El 31 de marzo se conmemora el Día Internacional de la Visibilidad Transgénero, un día para reconocer los logros y la resiliencia de las personas trans en todo el mundo, y también para visibilizar los desafíos que siguen enfrentando para poder gozar plenamente de sus derechos humanos.
El día de hoy, Human Rights Watch hace público un mapa que destaca algunos de los avances en México en materia de derechos trans, pero también señala las áreas donde todavía queda camino por recorrer. El mapa revela que 22 de los 32 estados de México han modificado la legislación local, creando un procedimiento administrativo para el reconocimiento legal de la identidad de género para las personas trans. Esto les da la posibilidad de modificar sus documentos oficiales de identidad para que reflejen correctamente su identidad de género autopercibida.
El reconocimiento legal de la identidad de género es un derecho humano, sin el cual muchos trámites relacionados con documentos oficiales pueden exponer a las personas trans a discriminación, violencia y humillación. Human Rights Watch ha documentado estas violaciones en escuelas, clínicas de salud y en el ámbito laboral de los estados de Guanajuato y Tabasco.
En México, el poder judicial ha sido clave en el reconocimiento de este derecho. En 2019 la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió una sentencia histórica en la que estableció directrices para que los estados regularan un procedimiento administrativo para el reconocimiento de la identidad de género. En 2022, la SCJN amplió este derecho para incluir a niñas, niños y adolescentes. Además, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha determinado de manera clara que los estados tienen la obligación de garantizar un procedimiento simple y accesible para que las personas trans, incluidas las infancias, puedan obtener el reconocimiento legal de su identidad de género.
En México, los estados tienen la facultad de determinar sus propias leyes en materia civil, familiar y del registro civil, lo que incluye la posibilidad de implementar reformas legislativas para facilitar el reconocimiento de la identidad de género. Sin embargo, en algunos estados, la falta de voluntad política ha entorpecido los avances en este ámbito. Ocho estados aún no cuentan con un procedimiento administrativo para el reconocimiento legal de la identidad de género, y otros dos realizan procedimientos, pero estos todavía no están regulados por la ley.
Por otro lado, en algunos de los estados donde ya existe un procedimiento administrativo para el reconocimiento de la identidad de género, aún queda mucho por avanzar. Solo siete estados extienden este derecho a niñas, niños y adolescentes, y solo tres han reconocido explícitamente las identidades no binarias en su legislación.
Data: Reconocimiento legal de género en México
state_name | summary | law_1 | link_1 | law_2 | link_2 |
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Aguascalientes | Aguascalientes no ha reformado su legislación para crear un procedimiento legal de reconocimiento de género para las personas transgénero. | ||||
Baja California | En 2022, el Congreso del Estado local promulgó una <a href="https://www.google.com/url?sa=t&source=web&rct=j&opi=89978449&url=https://legislacion.scjn.gob.mx/Buscador/Paginas/AbrirDocReforma.aspx%3Fq%3DnLJHBX9G5HZ%2BppDlBlVGhMfLMpuaxgZP3d6aPdHvAyCP1opAlooJMDQIXqWtHsiFzQR4fO0L6XADTsT8Bgrb3rzJmz4tekLCOL51ey6aw78FAvzqS7TpFDn1dZztWeSs&ved=2ahUKEwjBnuLh4ZqMAxXNzwIHHYSHFmUQFnoECBgQAQ&usg=AOvVaw3x_ZKGJM_N7iVEC1KsXhcv"><u>reforma</u></a> al Código Civil para el Estado de Baja California, creando un procedimiento administrativo para el reconocimiento legal de la identidad de género para personas adultas. En junio de 2023, la Suprema Corte de Justicia de la Nación <a href="https://www.dof.gob.mx/nota_detalle_popup.php?codigo=5714822"><u>determinó</u></a> la invalidez del requisito previsto en la ley de tener “al menos 18 años”, ya que no reconocía los derechos de las infancias y adolescencias transgénero. Como resultado, en 2024, el Congreso del Estado aprobó una nueva <a href="https://legislacion.scjn.gob.mx/Buscador/Paginas/AbrirDocReforma.aspx?q=nLJHBX9G5HZ+ppDlBlVGhMfLMpuaxgZP3d6aPdHvAyBgSKFLpFCGHm58KAb9W7PpkzXp+hLMOgA7K8QPmH9Z1VLQr8Z6ov9Gzjz2WiuTjvQeVe42EWMLbw3BAyMHf5pE"><u>reforma</u></a> al Código Civil, estableciendo un procedimiento para las personas menores de 18 años y ampliando el reconocimiento legal de la identidad de género no binaria. | Reforma al Código Civil (pp. 9-11) | https://www.congresobc.gob.mx/Documentos/ProcesoParlamentario/Decretos/XXIVDECRETO No. 75.pdf | ||
Baja California Sur | En 2021, el Congreso del Estado aprobó <a href="https://finanzas.bcs.gob.mx/wp-content/themes/voice/assets/images/boletines/2021/28bis.pdf"><u>una reforma</u></a> al Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Baja California Sur, creando un procedimiento administrativo para el reconocimiento legal de la identidad de género. En junio de 2023, la Suprema Corte de Justicia de la Nación <a href="https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5704191&fecha=06/10/2023#gsc.tab=0"><u>determinó</u></a> que era inconstitucional excluir a las infancias y adolescencias del acceso a este procedimiento. En 2024, el Congreso del Estado aprobó otra <a href="https://finanzas.bcs.gob.mx/wp-content/themes/voice/assets/images/boletines/2024/48.pdf"><u>reforma</u></a> al Código Civil y amplió el acceso al reconocimiento legal de la identidad de género a las infancias, adolescencias y a las personas no binarias. | Reforma al Código Civil | https://www.cbcs.gob.mx/SESIONES/PORDINARIO23XV/06-ABRIL-2021/XPUNTO.pdf | ||
Campeche | En 2024, el Congreso del Estado aprobó una <a href="http://periodicooficial.campeche.gob.mx/sipoec/public/periodicos/202408/PO2232QS16082024.pdf"><u>reforma</u></a> al Código Civil del Estado de Campeche, creando un procedimiento administrativo para el reconocimiento legal de la identidad de género. | Reforma al Código Civil | |||
Chiapas | Chiapas no ha reformado su legislación para crear un procedimiento legal de reconocimiento de género para las personas transgénero. | ||||
Chihuahua | A pesar de que a marzo de 2025 no se ha llevado a cabo ninguna reforma legislativa sobre el reconocimiento de la identidad de género, el Registro Civil realiza <a href="https://www.oas.org/es/sap/dgpe/puica/docs/Compendio-de-practicas-de-reconocimiento-legal-de-la-Identidad-de-genero-en-las-entidades-federativas-de-Mexico.pdf"><u>procedimientos administrativos</u></a> para el reconocimiento legal de la identidad de género, acatando lo resuelto en una <a href="https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/2020001"><u>jurisprudencia</u></a> de 2019. Dicha resolución determinó que las disposiciones del Código Civil del Estado de Chihuahua transgreden los derechos a la igualdad, a la identidad y al nombre de las personas trans al exigir un proceso judicial. Asimismo, la resolución estableció que un procedimiento administrativo es el mecanismo adecuado para garantizar estos derechos. | Sentencia de la Corte Suprema | https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/ejecutoria/28693 | Más antecedentes | https://laverdadjuarez.com/2019/11/25/sin-amparo-personas-trans-pueden-adecuar-su-acta-de-nacimiento-en-chihuahua/ |
Ciudad de México | En 2014, el Congreso local aprobó una <a href="https://data.consejeria.cdmx.gob.mx/portal_old/uploads/gacetas/7bb8a79364dfde1302011f559a62d207.pdf"><u>reforma</u></a> al Código Civil para el Distrito Federal y al Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, creando un procedimiento administrativo para el reconocimiento legal de la identidad de género aplicable sólo a mayores de edad. En 2021, la Jefa de Gobierno de la Ciudad de México emitió un <a href="https://data.consejeria.cdmx.gob.mx/portal_old/uploads/gacetas/091771983997a7b58875142bd6d8d889.pdf"><u>decreto </u></a>que amplió el acceso al procedimiento de reconocimiento de la identidad de género a las personas adolescentes a partir de los 12 años. | Reforma al Código Civil (arts. 135 Bis - 135 Quintus) | https://data.consejeria.cdmx.gob.mx/portal_old/uploads/gacetas/7bb8a79364dfde1302011f559a62d207.pdf | 2021: Decreto con lineamientos para garantizar los derechos humanos de adolescentes en el procedimiento administrativo de reconocimiento legal de la identidad de género en la Ciudad de México | https://sidh.cdmx.gob.mx/storage/app/media/Docs/ComSocial/GacetaOficial_BIS_270821_LGBTTI.pdf |
Coahuila | En 2018, el Congreso del Estado <a href="https://periodico.segobcoahuila.gob.mx/ArchivosPO/95-PS-27-NOV-2018.PDF"><u>aprobó</u></a> la emisión de la Ley del Registro Civil del Estado de Coahuila, la cual contempla un procedimiento administrativo para el reconocimiento de la identidad de género autopercibida. | Reforma al Ley del Registro Civil (arts. 124-128; pp. 20-21) | http://periodico.sfpcoahuila.gob.mx/ArchivosPO/95-PS-27-NOV-2018.PDF | ||
Colima | En 2019, el Congreso del Estado aprobó una <a href="https://periodicooficial.col.gob.mx/p/27022019/p9022701.pdf"><u>reforma</u></a> al Código Civil para el Estado de Colima, creando un procedimiento administrativo para el reconocimiento legal de la identidad de género. | Reforma al Código Civil | https://periodicooficial.col.gob.mx/p/27022019/p9022701.pdf | ||
Durango | Durango no ha reformado su legislación para crear un procedimiento legal de reconocimiento de género para las personas transgénero. | ||||
Estado de México | En 2021, el Congreso del Estado aprobó una <a href="https://legislacion.edomex.gob.mx/sites/legislacion.edomex.gob.mx/files/files/pdf/gct/2021/julio/jul222/jul222c.pdf"><u>reforma</u></a> al Código Civil del Estado de México, creando un procedimiento administrativo para el reconocimiento legal de la identidad género. En junio de 2023, la Suprema Corte de Justicia de la Nación <a href="https://dof.gob.mx/nota_detalle_popup.php?codigo=5741418"><u>declaró</u></a> la inconstitucionalidad de la fracción normativa que exigía la mayoría de edad para tener acceso a este procedimiento. A marzo de 2025, el Congreso del Estado no ha reformado su legislación en los términos establecidos en la sentencia. | Reforma al Código Civil | https://legislacion.edomex.gob.mx/sites/legislacion.edomex.gob.mx/files/files/pdf/gct/2021/julio/jul222/jul222c.pdf | ||
Guanajuato | En 2024, el Congreso del Estado aprobó una <a href="https://congreso-gto.s3.amazonaws.com/uploads/dictamen/publicacion_archivo/6665/PER._OF._DEC.___50_51_52_53_54_55_56_Y_57.pdf"><u>reforma</u></a> al Código Civil para el Estado de Guanajuato, creando un procedimiento administrativo para el reconocimiento legal de la identidad de género. | ||||
Guerrero | Guerrero no ha reformado su legislación para crear un procedimiento legal de reconocimiento de género para las personas transgénero. | ||||
Hidalgo | En 2019, el Congreso del Estado aprobó una <a href="https://periodico.hidalgo.gob.mx/?tribe_events=periodico-oficial-alcance-1-del-15-de-mayo-de-2019"><u>reforma</u></a> a la Ley para la Familia del Estado de Hidalgo, creando un procedimiento administrativo para el reconocimiento legal de la identidad de género, disponible solamente para personas mayores de 18 años. En 2022, el Congreso local aprobó otra <a href="https://periodico.hidalgo.gob.mx/?tribe_events=periodico-oficial-alcance-4-del-24-de-noviembre-de-2022"><u>reforma</u></a> ampliando el reconocimiento de la identidad de género no binaria. | Reforma a la Ley para la Familia del Estado (p. 12) | https://periodico.hidalgo.gob.mx/?tribe_events=periodico-oficial-alcance-1-del-15-de-mayo-de-2019 | ||
Jalisco | En 2020, el Gobernador del Estado emitió el <a href="https://apiperiodico.jalisco.gob.mx/api/sites/periodicooficial.jalisco.gob.mx/files/10-29-20-ii.pdf"><u>decreto</u></a> mediante el cual se modifica el Reglamento del Registro Civil del Estado de Jalisco, permitiendo a todas las personas, independientemente de su edad, acceder al procedimiento administrativo para el reconocimiento legal de la identidad de género. En 2022, el Congreso del Estado aprobó una <a href="https://apiperiodico.jalisco.gob.mx/newspaper/import/04-09-22-iv.pdf"><u>reforma</u></a> a la Ley del Registro Civil del Estado de Jalisco para reconocer este derecho, pero limitó su acceso solamente a personas mayores de edad.<br /> En junio de 2023, la Suprema Corte de Justicia de la Nación <a href="https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5701395&fecha=11/09/2023#gsc.tab=0"><u>declaró </u></a>inconstitucional que el Congreso limitara el acceso a este derecho únicamente a personas adultas. En marzo de 2025, el Congreso del Estado <a href="https://www.congresojal.gob.mx/boletines/rechazan-reforma-para-que-menores-puedan-cambiar-de-identidad-de-g-nero-en-actas-de"><u>votó</u></a> un proyecto de reforma a la Ley del Registro Civil que pretendía acatar la sentencia del máximo tribunal y extender este derecho a las infancias y adolescencias; sin embargo, no alcanzó la mayoría de votos requerida para su aprobación. | Decreto del gobernador, Reforma del Reglamento del Registro Civil (pp. 10-17) | https://periodicooficial.jalisco.gob.mx/sites/periodicooficial.jalisco.gob.mx/files/10-29-20-ii.pdf | 2022: Reforma de la Ley del Registro Civil (Art. 23, p. 8) | https://periodicooficial.jalisco.gob.mx/sites/periodicooficial.jalisco.gob.mx/files/04-09-22-iv.pdf |
Michoacán | En 2017, el Congreso del Estado aprobó una <a href="http://congresomich.gob.mx/file/Decreto-390.pdf"><u>reforma</u></a> al Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo, creando un procedimiento administrativo para el reconocimiento legal de la identidad de género. | Reforma al Código Familiar | https://periodicooficial.michoacan.gob.mx/download/2017/agosto/18 de Agosto del 2017/7a-9717.pdf | ||
Morelos | En 2021, el Congreso del Estado aprobó una <a href="https://periodico.morelos.gob.mx/obtenerPDF/2021/5986.pdf"><u>reforma</u></a> al Código Familiar para el Estado Libre y Soberano de Morelos, creando un procedimiento administrativo para el reconocimiento legal de la identidad de género. En noviembre de 2021, el Gobernador del Estado emitió un <a href="https://database.ilga.org/api/downloader/download/1/MX%20-%20LEG%20-%20Morelos%20Decree%20to%20amend%20the%20Regulations%20of%20the%20Civil%20Registry%20(2021)%20-%20OR-OFF%20(es).pdf"><u>decreto</u></a> que modificaba el Reglamento del Registro Civil del Estado de Morelos para ampliar este derecho a las adolescencias de entre 12 y 17 años. | Reforma al Código Familiar (ejemplar 14.09.2021) | https://periodico.morelos.gob.mx/ejemplares | 2021: Reforma del Reglamento del Registro Civil (ejemplar 26.11.2021) | https://periodico.morelos.gob.mx/ejemplares |
Nayarit | En 2017, el Congreso del Estado aprobó una <a href="https://periodicooficial.nayarit.gob.mx/descargar_pdf.php?archivo=D%20270717%20(06).pdf"><u>reforma</u></a> al Código Civil del Estado de Nayarit, creando un procedimiento administrativo para el reconocimiento legal de la identidad de género. | Reforma al Código Civil | http://periodicooficial.nayarit.gob.mx:8080/periodico/resources/archivos/D 270717 (06).pdf | ||
Nuevo León | Aunque la legislaciónrially administrative, managed almost entirely through the civil registry. del Estado no ha sido reformada para garantizar un <a href="https://www.oas.org/es/sap/dgpe/puica/docs/Compendio-de-practicas-de-reconocimiento-legal-de-la-Identidad-de-genero-en-las-entidades-federativas-de-Mexico.pdf"><u>procedimiento administrativo</u></a> para el reconocimiento legal de la identidad de género, la coordinación entre el Registro Civil y el Poder Judicial local ha permitido la implementación de procedimientos que, aunque formalmente judiciales, en la práctica tienen una naturaleza administrativa. Estos procedimientos se llevan a cabo conforme a los estándares establecidos en la <a href="https://www.corteidh.or.cr/docs/opiniones/seriea_24_esp.pdf"><u>Opinión Consultiva OC-24/17</u></a> de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Los niños, niñas y adolescentes trans pueden acceder a este proceso a través de sus padres, madres o personas tutoras legales. | Un procedimiento formalmente judicial, pero, en la práctica, administrativo y gestionado casi en su totalidad a través del registro civil. | https://www.sdpnoticias.com/diversidad/cambio-identidad-de-genero-en-nuevo-leon-tramite-personas-trans.html | ||
Oaxaca | En 2019, el Congreso del Estado aprobó una <a href="http://www.periodicooficial.oaxaca.gob.mx/listado.php?d=2019-10-5"><u>reforma </u></a>al Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Oaxaca, creando un procedimiento administrativo para el reconocimiento legal de la identidad de género. En 2021, el Congreso del Estado aprobó otra <a href="http://www.periodicooficial.oaxaca.gob.mx/listado.php?d=2021-10-16"><u>reforma </u></a>que amplió el acceso a este derecho a las personas adolescentes mayores de 12 años. En junio de 2023, la Suprema Corte de Justicia de la Nación <a href="https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5730515&fecha=14/06/2024&print=true"><u>declaró </u></a>inconstitucional que el Código Civil excluyera a las personas infantes menores de 12 años. Con esa reforma anulada, las niñas, niños y adolescentes pueden ahora tener acceso al procedimiento. | Reforma al Código Civil (arts. 136-137 Quáter; pp. 2-3) | http://www.periodicooficial.oaxaca.gob.mx/files/2019/10/SEC40-02DA-2019-10-05.pdf | 2021: Reforma del Código Civil que permite el reconocimiento de la identidad de género para menores de edad (arts. 137 Ter – 137 Quáter; pp. 4-5) | http://www.periodicooficial.oaxaca.gob.mx/files/2021/10/SEC42-04TA-2021-10-16.pdf |
Puebla | En 2021, el Congreso del Estado aprobó una <a href="https://periodicooficial.puebla.gob.mx/media/k2/attachments/T_E_V_26032021_C.pdf"><u>reforma</u></a> al Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla, incorporando el procedimiento administrativo para el reconocimiento legal de la identidad de género. De igual manera, en 2021, el Congreso local aprobó la <a href="https://ojp.puebla.gob.mx/media/k2/attachments/Reglamento_del_Registro_Civil_de_las_Personas_T5_22062021.pdf"><u>reforma </u></a>correspondiente al Reglamento del Registro Civil de las Personas para el Estado de Puebla para regular este procedimiento. Uno de los requisitos establecidos en la reforma al Código Civil es que la persona solicitante tenga al menos 18 años de edad. En marzo de 2022, la Suprema Corte de Justicia de la Nación <a href="https://www.dof.gob.mx/nota_detalle_popup.php?codigo=5681822"><u>declaró </u></a>inválida esa disposición. El Congreso del Estado no ha legislado en los términos establecidos en la sentencia. | Reforma al Código Civil | http://periodicooficial.puebla.gob.mx/media/k2/attachments/T_E_V_26032021_C.pdf | ||
Querétaro | Querétaro no ha reformado su legislación para crear un procedimiento legal de reconocimiento de género para las personas transgénero. | ||||
Quintana Roo | En 2020, el Congreso del Estado aprobó una <a href="https://documentos.congresoqroo.gob.mx/decretos/EXVI-2020-11-17-61.pdf"><u>reforma</u></a> al Código Civil para el Estado de Quintana Roo, creando un procedimiento administrativo para el reconocimiento legal de la identidad de género. | Reforma al Código Civil | http://documentos.congresoqroo.gob.mx/dictamenes/DI-XVI-2020-11-17_720_8.pdf | Más antecedentes | https://www.jornada.com.mx/noticia/2020/11/19/estados/reforman-codigo-civil-de-qroo-para-reconocer-a-personas-2018trans2019-4694 |
San Luis Potosí | En 2019, el Congreso del Estado aprobó una <a href="http://congresosanluis.gob.mx/sites/default/files/unpload/tl/gpar/2019/10/uno.pdf"><u>reforma</u></a> a la Ley del Registro Civil del Estado de San Luis Potosí, creando un procedimiento administrativo para el reconocimiento de la identidad de género. | Decreto del gobernador, Reforma de la ley del Registro Civil | http://www.cegaipslp.org.mx/HV2019Tres.nsf/nombre_de_la_vista/0EB945AEA16E405486258488006CA7FD/$File/Inic1-.pdf | ||
Sinaloa | En 2022, el Congreso del Estado aprobó una <a href="https://media.transparencia.sinaloa.gob.mx/uploads/files/2/POE-16-marzo-2022-033-I.PDF"><u>reforma</u></a> al Código Familiar del Estado de Sinaloa, creando un procedimiento administrativo para el reconocimiento legal de la identidad de género, disponible también para las infancias y adolescencias. | Reforma al Código Familiar (pp. 3-11) | http://media.transparencia.sinaloa.gob.mx/uploads/files/2/POE-16-marzo-2022-033-I.PDF | ||
Sonora | En 2021, el Congreso del Estado aprobó una <a href="https://cipes.gob.mx/resources/docs/boletin/Decreto_142.pdf"><u>reforma</u></a> a la Ley del Registro Civil para el Estado de Sonora, creando un procedimiento administrativo para el reconocimiento legal de la identidad de género para personas mayores de edad. En junio de 2023, la Suprema Corte de Justicia de la Nación <a href="https://diariooficial.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5706097&fecha=20/10/2023&print=true"><u>declaró </u></a>inconstitucional la exclusión de las infancias y adolescencias. A marzo de 2025, el Congreso del Estado no ha reformado la ley en los términos establecidos en la sentencia. | Reforma al Ley del Registro Civil | http://www.boletinoficial.sonora.gob.mx/boletin/images/boletinesPdf/2021/02/2021CCVII9I.pdf | ||
Tabasco | Tabasco no ha reformado su legislación para crear un procedimiento legal de reconocimiento de género para las personas transgénero. | ||||
Tamaulipas | Tamaulipas no ha reformado su legislación para crear un procedimiento legal de reconocimiento de género para las personas transgénero. | ||||
Tlaxcala | En 2019, el Congreso del Estado aprobó una <a href="https://publicaciones.tlaxcala.gob.mx/indices/Ex14102019.pdf"><u>reforma</u></a> al Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, creando un procedimiento administrativo para el reconocimiento legal de la identidad de género. | Reforma al Código Civil | https://congresodetlaxcala.gob.mx/wp-content/uploads/2019/10/D.-113.-SE-REFORMAN-Y-ADICIONAN-DIVERSAS-DISPOSICIONES-DEL-CÓDIGO-CIVIL-DEL-ESTADO-DE-TLAXCALA.-011019.pdf | ||
Veracruz | En 2025, el Congreso del Estado aprobó una reforma al Código Civil, creando un procedimiento administrativo para el reconocimiento legal de la identidad de género autopercibida. La reforma no contempla ningún requisito de edad para acceder al procedimiento. | Reforma al Código Civil (pp. 21-23) | https://legisver.gob.mx/gaceta/gacetaLXVII/GACETA34.pdf | ||
Yucatán | En 2024, el Congreso del Estado aprobó una <a href="https://www.yucatan.gob.mx/docs/diario_oficial/diarios/2024/2024-04-26_2.pdf"><u>reforma</u></a> a la Ley del Registro Civil del Estado de Yucatán, creando un procedimiento administrativo para el reconocimiento legal de la identidad de género. | ||||
Zacatecas | En 2022, el Congreso del Estado aprobó una <a href="https://periodico.zacatecas.gob.mx/visualizar/f54730ab-c545-4b5a-b769-a5025a7fe4be;1.2"><u>reforma</u></a> al Código Familiar del Estado de Zacatecas, creando un procedimiento administrativo para el reconocimiento legal de la identidad de género. En 2023, el Director del Registro Civil <a href="http://periodico.zacatecas.gob.mx/visualizar/1f058a50-e51c-4a4e-aef8-8a2eef072b1d;1.2"><u>emitió</u></a> los lineamientos correspondientes para implementar la ley. | Reforma al Código Familiar | https://www.congresozac.gob.mx/coz/images/uploads/20230126134044.pdf | http://periodico.zacatecas.gob.mx/visualizar/1f058a50-e51c-4a4e-aef8-8a2eef072b1d;1.2 |
Las personas lesbianas, gais, bisexuales y trans (LGBT) continúan enfrentando crecientes amenazas a sus derechos en todo el mundo. Esto incluye la aprobación de leyes restrictivas por parte de gobiernos, el uso de discursos de odio por líderes políticos y una violencia generalizada que sigue siendo frecuente. En este contexto, las personas trans son un grupo especialmente vulnerable, incluso en México.
Es urgente que las autoridades de los estados que aún no han implementado procedimientos para el reconocimiento legal de la identidad de género tomen acciones para garantizar que las personas trans puedan gozar plenamente de sus derechos humanos. México tiene la oportunidad de convertirse en un referente de progreso e inclusión en este desafiante contexto para el movimiento de derechos LGBT.