a portrait of Sandra R., a transgender woman, with two family members

“Solo quiero aportar a la sociedad”

La necesidad del reconocimiento legal de la identidad de género en Tabasco, México

“La familia es como un círculo”, retrato de Sandra R., mujer trans entrevistada para el informe, con su madre y su abuela en Villahermosa. © 2019 Pablo Zarate y Saraí Gavilán para Centro Comunitario para la Inclusión

Resumen

En los últimos años, las noticias de asesinatos y otros actos violentos contra personas trans en el estado de Tabasco, México, han conmocionado a la comunidad. En un ejemplo especialmente atroz, en agosto de 2023, el cuerpo de Karina Gómez, una mujer trans de la capital, Villahermosa, fue encontrado en el río Carrizal con un bloque de concreto atado a sus pies. Detrás de este tipo de violencia, pero en gran medida invisible, se encuentra la discriminación y el acoso que hace que las personas trans se sientan desprotegidas y vulnerables.

Un amplificador pernicioso de dicha discriminación, destacado durante años por los activistas trans de Tabasco pero aún subestimado y poco reconocido por las autoridades, son los obstáculos a los que se enfrentan las personas trans al buscar el reconocimiento legal de su nombre o género autopercibido. Debido a la discrepancia entre su identidad vivida y su identidad legal, regularmente son cuestionadas y descartadas en las interacciones diarias. También son señaladas de formas que perpetúan los prejuicios sociales.

Tabasco no cuenta con un procedimiento legal de reconocimiento de la identidad de género para las personas trans, es decir, una ley o política que les permita modificar sus documentos de identidad de acuerdo con su identidad de género autopercibida. En México, cada estado tiene la autoridad de determinar sus leyes y políticas en cuestiones civiles, de familia y de registro de acuerdo con la constitución. Esta omisión de Tabasco significa que, para muchas personas trans del estado, cada coyuntura de la vida cotidiana en la que se solicitan documentos o se examina la apariencia puede llevar a violencia, acoso y humillación. Esto impide a las personas trans participar plenamente en la sociedad, empujando a muchas de ellas a la marginación social.

Este presente informe, elaborado en conjunto por Human Rights Watch y el Centro Comunitario para la Inclusión, expone estos impedimentos y sus impactos. Aunque la discriminación que sufren las personas trans cuando existe una falta de correspondencia entre su género y sus documentos de identidad es polifacética, el informe se centra en los derechos socioeconómicos, el ámbito que más destacaron las personas trans que entrevistamos. Descubrimos que la falta del reconocimiento legal de la identidad de género en Tabasco, a menudo en combinación con prejuicios antitrans, restringe los derechos de las personas en cuatro áreas clave: empleo, salud, educación y transacciones financieras.

La mayoría de las personas trans entrevistadas relataron casos de discriminación laboral por parte de posibles empleadores y en el lugar de trabajo. En algunos casos, el trato discriminatorio comenzó después de que los posibles empleadores se dieran cuenta de que las personas eran trans al mirar sus documentos. Algunos empleadores dijeron explícitamente a las personas que no las contratarían por ser trans. Las personas que consiguieron un empleo se enfrentaron a acoso laboral relacionado con su identidad, y la insistencia de los empleadores en utilizar sus nombres legales en lugar de sus nombres preferidos dificultó la continuación de su empleo. Algunas personas entrevistadas dijeron que, debido a la discriminación, se dedicaron a trabajos informales en vez de a trabajos profesionales o especializados para los que se habían formado. 

La mayoría de las personas trans que entrevistamos afirmaron que sufrían discriminación cuando acudían a establecimientos de atención de salud públicos o privados porque sus documentos no coincidían con su identidad de género. El personal de salud exponía regularmente a las personas como trans gritando sus nombres legales en las salas de espera, sometiéndolas a onerosos interrogatorios sobre su identidad, humillándolas y, en ocasiones, burlándose abiertamente de ellas. Al darse cuenta de que los pacientes eran trans, algunos médicos hicieron comentarios estigmatizadores, prestaron una atención médica cuestionable o los maltrataron.

Algunas personas entrevistadas habían asistido a la universidad en los últimos años o estaban matriculadas al momento de la investigación. Todas describieron un trato discriminatorio por parte de profesores y compañeros, que incluía acoso, intimidación y otros señalamientos debido a la falta de correspondencia entre su nombre legal y su género. Sabiendo que la educación puede ser un camino para salir de la precariedad que viven las personas trans en Tabasco, la mayoría de las personas entrevistadas soportaron la discriminación, aunque con repercusiones en su salud mental. Una persona abandonó la universidad por completo debido al acoso. Muchas personas también dijeron que el acoso y la intimidación habían formado parte de su experiencia en la escuela primaria
y secundaria.

Las personas entrevistadas también se enfrentaron a obstáculos para realizar transacciones financieras debido a la incongruencia entre su aspecto físico y su documento de identidad, lo que obstaculizó sus derechos y actividades económicas. La mayoría de estas dificultades se produjeron en los bancos, donde los empleados se negaron a tramitar las transacciones porque no creían que los documentos de identidad que presentaban las personas trans les pertenecieran. Al estar ya excluidas de ciertas oportunidades económicas debido a la discriminación, los impedimentos en las transacciones financieras eran especialmente frustrantes para las personas que entrevistamos.

La discriminación y las desventajas resultantes que experimentan las personas trans debido a la falta de reconocimiento legal de la identidad de género en Tabasco no deberían estar ocurriendo. En 2017, la Corte Interamericana de Derechos Humanos emitió una opinión consultiva en la que determinó que, en virtud de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, los Estados tienen la obligación de establecer procedimientos sencillos y eficaces de reconocimiento legal de la identidad de género basados en la autoidentificación, sin requisitos invasivos y patologizantes. México es parte de la convención y reconoce la jurisdicción de la Corte Interamericana.

En 2019, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dictó una sentencia histórica con directrices claras sobre el reconocimiento legal de la identidad de género. El tribunal determinó que obligar a las personas trans a someterse a un procedimiento judicial para que se reconozca legalmente su identidad de género viola sus derechos constitucionales a la privacidad, la identidad y el libre desarrollo de la personalidad. El tribunal dictaminó que, para cumplir con la constitución, las autoridades deben garantizar que las personas trans puedan rectificar sus documentos legales a través de un proceso administrativo que cumpla con “los estándares de privacidad, sencillez, expeditez y adecuada protección de la identidad de género” establecidos por la Corte Interamericana. En 2022, la corte amplió el derecho al reconocimiento legal de la identidad de género para incluir a niños, niñas y adolescentes.

Veintiún de las treinta y dos entidades federativas ya crearon un procedimiento para reconocer la identidad de género, ya sea mediante reformas aprobadas por los congresos estatales o mediante decretos administrativos promulgados por el gobierno en el poder. Tabasco no ha hecho ninguna de las dos cosas.

 

En los estados como Tabasco que no cuentan con un procedimiento para el reconocimiento de la identidad de género, las personas trans deben iniciar un juicio de amparo para solicitar una orden judicial que obligue al estado a reconocer su identidad de género basándose en las sentencias de la Suprema Corte y en el derecho internacional. Los jueces federales, obligados por la jurisprudencia del Suprema Corte de 2019, suelen emitir dichas órdenes, pero puede ser un proceso largo y costoso y requiere contratar a un abogado con experiencia.

En un caso de amparo que prospera, el juez ordena al registro civil que resguarde permanentemente el acta de nacimiento original de una persona trans—lo que significa que ya no es fácilmente accesible en sus sistemas de información—y que expida un acta corregida. Esta nueva acta es necesaria para solicitar nuevos documentos de identificación con validez nacional, como una credencial de elector, un número de identificación fiscal o un pasaporte. Muy pocas personas trans de Tabasco han hecho uso de esta opción legal. Las personas trans que entrevistamos nos dijeron que el proceso es simplemente demasiado engorroso y costoso, y una persona lo describió como “una pesadilla”.

Como demuestra la experiencia de las personas trans en otros lugares de México, el reconocimiento legal de la identidad de género, aunque no elimina la discriminación social, produce un cambio radical en las actitudes de la sociedad y en el propio sentimiento de pertenencia. Como nos dijo una mujer trans de Tabasco:

Queremos que [la tramitación de] nuestra documentación sea rápida, para que no tengamos tantas trabas. Cambiaría la perspectiva de buscar trabajo. Necesito trabajar. Solo quiero aportar, sentirme útil en la sociedad.

Otra persona dijo:

México es un país que tiene la posibilidad de avanzar, y nosotros [las personas trans] podemos contribuir a la nación. Solo necesitamos igualdad y oportunidades en todos los ámbitos. Tenemos derecho a progresar, a experimentar la felicidad, a ser aceptados.

Las autoridades de Tabasco deben cumplir con la sentencia de la Suprema Corte y crear urgentemente un procedimiento administrativo de reconocimiento legal de la identidad de género. Esto no solo contribuirá a aliviar la precariedad socioeconómica de las personas trans en el estado, sino que también les permitirá contribuir más plenamente a la sociedad y respetará su dignidad. La provisión de documentos de identidad precisos para las personas trans también indicará que el gobierno apoya los derechos fundamentales de las personas trans, contribuyendo a la comprensión y aceptación de la diversidad de género. En Tabasco también ayudará a combatir las causas de los actos más violentos perpetrados con demasiada frecuencia contra las personas trans.

 

Metodología

Human Rights Watch y el Centro Comunitario para la Inclusión llevaron a cabo la mayor parte de la investigación para este informe entre marzo y noviembre de 2023, incluyendo entrevistas con 30 personas y la revisión de pruebas documentales, análisis jurídicos y diversas fuentes secundarias. Veintitrés entrevistas fueron con personas trans de Tabasco. También entrevistamos al personal de cuatro organizaciones de derechos LGBT del estado y a tres abogados de derechos humanos. En algunos casos, hemos utilizado seudónimos cuando las personas entrevistadas así lo solicitaron.

La mayoría de las entrevistas se realizaron durante un viaje de investigación en Tabasco en marzo de 2023, durante el cual los investigadores viajaron a Centla, Jalpa de Méndez, Tenosique y Villahermosa. El Centro Comunitario para la Inclusión, que presta servicios sociales a personas LGBT en todo el estado, identificó a las personas entrevistadas a través de su red. La mayoría eran mujeres; dos eran hombres. Entre ellas había personas de diversos orígenes socioeconómicos, incluidas personas desempleadas. 

Los investigadores obtuvieron el consentimiento informado verbal de todos las personas entrevistadas. Además, les explicaron cómo se utilizarían sus testimonios y que podían negarse a responder preguntas o interrumpir la entrevista en cualquier momento. Human Rights Watch reembolsó los gastos de transporte público a las personas que se desplazaron para reunirse con los investigadores y les proporcionó un refrigerio o una comida cuando las entrevistas tuvieron lugar durante una hora de comida. No les pagó ninguna compensación. 

Human Rights Watch informó a las siguientes oficinas gubernamentales y ministerios de sus conclusiones preliminares y solicitó una respuesta: Gobernación del estado de Tabasco; Fiscalía General de Tabasco; Centro de Conciliación Laboral del Estado de Tabasco; Secretaría de Salud; Secretaría de Educación. También solicitó a estas instituciones información estadística específica sobre violaciones de derechos humanos y cualquier información adicional que quisieran compartir. Ninguna de las oficinas proporcionó respuestas.  

 

I. Derechos LGBT en Tabasco

Tabasco es uno de los estados más pobres de México. En 2022, el 46,5% de su población vivía en la pobreza, y una cuarta parte de este porcentaje vivía en la pobreza extrema[1]. Estas cifras no solo reflejan la pobreza de ingresos, sino también la “pobreza multidimensional”, definida como la tasa de exclusión de seis derechos sociales: educación, alimentación, salud, vivienda, seguridad social y otros servicios básicos del hogar[2]. En conjunto, la gran mayoría de la población tabasqueña (80,1%) está privada de al menos 1 de los 6 derechos sociales incluidos en el índice de pobreza multidimensional y el 42,8% de más de 3.

Casi un tercio de los hogares de Tabasco tuvieron al menos una víctima de la delincuencia durante 2020, en comparación con la media nacional del 28,4 por ciento, según una encuesta realizada en 2021 por el organismo nacional de estadística de México[3]. La criminalidad ha aumentado en los últimos años, y la Fiscalía General del estado ha informado de cierto incremento en las denuncias de extorsión, asesinato, tráfico de drogas a pequeña escala, robo con violencia, robo de coches, robo de motocicletas, trata de personas y violación[4]. La encuesta nacional de 2021 reveló que el 60% de la población adulta cita la inseguridad como su principal fuente de preocupación[5]. La encuesta también reveló que, del total de delitos en Tabasco durante 2020, sólo se denunciaron el 8,6 por ciento, frente al 10,1 por ciento a nivel nacional[6]. El 29 por ciento de las víctimas de delitos encuestadas en Tabasco dijo que denunciar un delito es una pérdida de tiempo, mientras que el 13,1 por ciento dijo que no confiaba en las autoridades[7].

Otra encuesta del organismo nacional de estadística reveló que más de dos tercios de las mujeres y niñas mayores de 15 años en Tabasco han sufrido violencia en algún momento de su vida. Esto equivale aproximadamente al promedio nacional de 70.1 por ciento y representa un aumento en el estado desde la encuesta de 2016[8]. En la encuesta de 2021, el 39,6 por ciento de las mujeres de Tabasco declararon haber sufrido violencia en los últimos 12 meses, frente a una media nacional del 42,8 por ciento[9]. El 50 por ciento de las mujeres tabasqueñas declaró haber sufrido violencia psicológica en su vida; el 46 por ciento, violencia sexual; el 36,2 por ciento, violencia física; y el 26,9 por ciento, violencia económica o discriminación[10]. La situación más común en la que las mujeres se enfrentan a la violencia en Tabasco es en el contexto de una relación actual o reciente (43,2 por ciento), seguida de los entornos comunitarios (41,1 por ciento), educativos (31,8 por ciento), el lugar de trabajo (27,1 por ciento) y la familia (11,3 por ciento)[11].

Las personas lesbianas, gays, bisexuales y trans (LGBT) de Tabasco deben lidiar con todos estos retos en materia de derechos humanos y a menudo se enfrentan a una discriminación o violencia adicional basada en su orientación sexual o identidad de género[12].

En los últimos años, ha habido algunos casos notorios de presuntos asesinatos de personas trans en Tabasco. En agosto de 2023, el cuerpo de Karina Gómez, una mujer trans de la capital, Villahermosa, fue encontrado en el río Carrizal, con un bloque de concreto atado a sus pies[13]. En enero de 2022, el cuerpo de Dayana Karrington, mujer trans de Cárdenas, fue encontrado en un terreno baldío, con el rostro irreconocible por los golpes que recibió[14]. En junio de 2020, el cuerpo de Gabriela Reyes fue encontrado en Villahermosa con múltiples heridas de bala y otras lesiones físicas[15]. Reyes era una respetada activista que defendía derechos de las trabajadoras sexuales y la salud sexual. No se han dictado condenas en estos casos. El código penal de Tabasco no castiga los delitos de odio motivados por la orientación sexual o la identidad de género de la víctima y las autoridades no recopilan datos oficiales sobre este tipo de delitos.

La Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación en el Estado de Tabasco cubre la discriminación motivada por la orientación sexual y el género[16]. La ley establece protecciones contra la discriminación en la educación, el empleo, la salud y el acceso a la justicia, y enumera varios ejemplos de posibles violaciones de los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales. Los activistas de Tabasco han criticado la desconexión entre las amplias protecciones de la ley y la realidad de violencia y discriminación que viven las personas LGBT en el estado. En 2009, el Congreso de Tabasco declaró el 17 de mayo como el Día Estatal contra la Discriminación y la Homofobia, alineado con la conmemoración del Día Internacional contra la Homofobia, la Bifobia y la Transfobia[17].

Tabasco legalizó el matrimonio igualitario en octubre de 2022[18]. Fue una de las últimas entidades federativas de México en dar el paso, siete años después de una sentencia de la Corte Suprema de 2015 que declaró inconstitucionales las prohibiciones del matrimonio entre personas del mismo sexo y reconoció que los estados debían aprobar el matrimonio igualitario[19]. El diputado José Hernández Díaz, del partido Morena, presentó el proyecto de ley en octubre de 2022[20] y fue aprobado ese mismo mes. Se habían presentado proyectos de ley en 2015 y 2016[21].

En 2022, Casilda Ruiz, del partido Movimiento Ciudadano, presentó una iniciativa de ley para penalizar las “terapias de conversión”. La propuesta busca añadir una disposición al artículo 161 del Código Penal de Tabasco, para penalizar con 2 a 5 años de prisión “al que promueva, ofrezca, imparta, aplique, obligue, induzca o someta a tratamiento, terapia o cualquier tipo de servicio que pretenda cambiar la orientación sexual y/o identidad de género de una persona”[22]. Cuando los gobiernos se comprometen a prohibir las prácticas de conversión, deben reconocer que las prohibiciones penales pueden no ser suficientes para acabar con dichas prácticas y, para ser eficaces, deben formar parte de una estrategia más amplia para acabar con la estigmatización y la discriminación basadas en la orientación sexual y la identidad de género. Las prohibiciones excesivamente amplias o punitivas pueden cuestionarse por razones de necesidad, proporcionalidad y no discriminación.

Reconocimiento legal de la identidad de género en Tabasco

Las autoridades de Tabasco no han protegido el derecho al reconocimiento legal de la identidad de género. En 2019, la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió una sentencia histórica con directrices claras sobre el reconocimiento legal del género. El tribunal dijo que, para cumplir con la Constitución, las autoridades deben garantizar que las personas trans puedan actualizar sus documentos legales a través de un proceso administrativo que cumpla “con los estándares de privacidad, sencillez, expeditez y adecuada protección de la identidad de género”[23]. Estos requisitos siguen los estándares establecidos por la Corte Interamericana en 2017, que son vinculantes para México[24]. En 2022, la SCJN también dictaminó que el derecho a la identidad de género no podía negarse a los adolescentes y otros niños[25].

Las autoridades tabasqueñas no han creado un procedimiento de reconocimiento de la identidad de género, a diferencia de otros 21 estados[26]. Debido a esta omisión legal, las personas trans de Tabasco que quieran que se les reconozca legalmente su género deben iniciar un juicio de amparo para obtener una orden judicial que obligue al estado a reconocer su identidad de género basándose en las sentencias de la Suprema Corte y en el derecho internacional. Obligados por la jurisprudencia de la Supreme Corte, los jueces federales conceden el amparo. Sin embargo, la presentación de la demanda es onerosa y puede resultar larga y costosa.

En un caso de amparo que prospera, el juez ordena al registro civil que resguarde el acta de nacimiento original de una persona trans y emita un acta corregida. Esta nueva acta de nacimiento estatal es necesaria para solicitar nuevos documentos de identificación con validez nacional, como una credencial de elector, un número de identificación fiscal o un pasaporte. Aunque no se dispone de un número exacto, se sabe que muy pocas personas trans han interpuesto recursos de amparo para que se reconozca legalmente su género. Una estimación realizada en 2022 sugería que sólo unas 15 personas en Tabasco habían obtenido el reconocimiento en sus documentos oficiales a través de la acción judicial, mientras que hasta otros 20 casos estaban pendientes[27]. Las personas trans dijeron a Human Rights Watch y al Centro Comunitario para la Inclusión que el proceso es demasiado oneroso para hacerlo. Una mujer trans que pasó por el proceso en Tabasco relató su experiencia a los investigadores:

El juicio de amparo fue frustrante. Tardó ocho meses para que me dieran una respuesta favorable. Fue exasperante. Yo decía: “¿Va a proceder?”. Yo no conocía [organizaciones de la sociedad civil] para pedir ayuda. No sabía que [las autoridades] iban a realmente cambiar mi nombre, era un tema incierto. Hay que defenderte ante varias instituciones, por su ignorancia no lo entienden. Hay trabas y el proceso se hace largo y tedioso. Te hacen dar vueltas. Es un gasto [económico]. Hay que ir a la capital, dar no sé qué dato, esperar más días. Fue una pesadilla[28].

Los comentarios de una mujer trans de 59 años de Tenosique reflejan lo que dijeron muchas personas entrevistadas:

Si fuera más fácil, lo haría [el trámite legal], pero es un lío, demasiados trámites. Si pudiera darles mi acta de nacimiento, lo haría, pero es demasiado. Me hubiera encantado tener mis documentos desde joven. Ahora es tarde[29].

Como se documenta en este informe, la falta de reconocimiento legal del género en Tabasco vulnera los derechos socioeconómicos de las personas trans. Éstas fueron las áreas en las que las personas entrevistadas se sintieron más afectadas. Esto no significa, sin embargo, que otras áreas de la vida no se vean impactadas. Por ejemplo, dos personas que entrevistamos dijeron que policías en retenes las interrogaron porque sus documentos de identidad no coincidían con su aspecto físico. María J., una mujer trans de 31 años de Jalpa de Méndez, describió una experiencia en la carretera en 2021, durante la cual los policías la trataron de forma diferente a los demás pasajeros:

Regresaba de Ciudad del Carmen [ciudad costera en Campeche] y había una caseta donde revisan tus documentos. Yo iba en una unidad [un vehículo], delante de otros pasajeros. Me preguntaron: “¿De dónde vienes? ¿Adónde vas?”. Me hicieron bajar de la unidad y me entrevistaron durante 20 minutos. Solo a mí me hicieron una entrevista, a nadie más. Fue muy incómodo[30].

Dante T., un hombre trans de 26 años de Villahermosa, tuvo una experiencia similar en un retén en marzo de 2023:

Si vas en moto, siempre te chequean tus papeles porque [los delincuentes] roban motos. Me pidieron mi licencia [de conducir]. Como tenía el cabello corto, no creían que era mi foto. Me hicieron quitar el casco. Se me quedaban viendo. Me dejaron ir, pero el policía se lavó las manos después de revisarme. Se lavó con una botella de agua, como si yo le di asco. Lo dejé pasar sin decir nada, pero viví un caso de transfobia... Reaccioné tarde, pero después me sentí mal[31].

Las autoridades de Tabasco deben realizar todas las reformas necesarias para el pleno reconocimiento legal de la identidad de género de las personas trans a través de un procedimiento administrativo sencillo. Dicho reconocimiento legal pleno es coherente con las obligaciones legales internacionales, regionales y nacionales del estado y puede ser una forma importante para combatir todas las formas de discriminación antitrans, incluso en las cuatro áreas que se detallan a continuación: el empleo, la salud, la educación y los derechos económicos.

 

II. Derecho al trabajo

Las personas trans de Tabasco se enfrentan a obstáculos para conseguir un empleo digno, que no tiene la población en general, incluso cuando han completado estudios universitarios. Casi todas las personas trans con que hablaron Human Rights Watch y el Centro Comunitario para la Inclusión habían sufrido algún tipo de discriminación o violencia en el ámbito laboral, lo que las había empujado al sector informal, a la precariedad económica y a la marginación social. La discriminación solía estar relacionada con la incongruencia entre el nombre legal y el género de las personas trans y su aspecto físico. Los perpetradores eran posibles empleadores, colegas y jefes o supervisores. Una persona entrevistada resumió el sentimiento que expresaron muchas otras personas sobre su deseo de trabajar:

México es un país que tiene la posibilidad de avanzar, y nosotros [las personas trans] podemos contribuir a la nación. Solo necesitamos igualdad y oportunidades en todos los ámbitos. Tenemos derecho a progresar, a experimentar la felicidad, a ser aceptados[32].

Discriminación en la contratación

Las personas trans que entrevistamos informaron que la discriminación comenzaba con el proceso de contratación. Juan Carlos G., un hombre trans de 25 años de Centla, licenciado en biología, contó a los investigadores que en enero de 2023 un posible empleador decidió no contratarlo al notar que su nombre legal era femenino:

En un café internet buscaban personas para el mantenimiento de los sistemas de computación. Llevé mis papeles, pero [el empleador] cambió su forma cuando vio mis papeles. Primero me había dicho: “Buenos días, joven. Bien, deme sus documentos”. Luego cambió y dijo que quería hombres para el puesto. Me dijo más serio: “No, tú eres mujer”. Se alejó [físicamente] de mí y me dijo: “No puedo tener a alguien como tú trabajando [aquí]”[33].

Antes de este incidente, Juan Carlos ya había sufrido discriminación laboral. En agosto de 2022, había sido contratado como asistente de profesor en una escuela privada, pero el empleador le dijo que nunca lo contratarían como profesor porque su identidad de género “confundiría” a los alumnos. Tres meses después dimitió debido a estos y otros comentarios discriminatorios del empleador[34].

La discriminación en la contratación es especialmente frustrante para las personas que han pasado años en la escuela estudiando para una carrera específica. Karla H., una mujer trans de 49 años de Villahermosa, nos contó que terminó la carrera de enfermería en 2000, graduándose con honores en la Universidad Juárez Autónoma de Tabasco (UJAT), pero que desde entonces ha estado buscando un trabajo de enfermera. En 2020, Karla se enteró de una convocatoria para un puesto de enfermera en el Instituto de Seguridad Social del Estado de Tabasco (ISSET). Se presentó, pasó todas las pruebas requeridas y le notificaron que había conseguido el puesto. Relató la discriminación que sufrió a partir de entonces:

El área de Recursos Humanos me dijo que me notificarían sobre la fecha para ir a recoger el gafete y firmar el contrato de trabajo. Esperé, pero no me llamaban, así que fui [en persona]…Cuando hablé con la jefa enfermería, decía primero que no sabía dónde estaba mi documentación. Pero luego me dijo: “No te lo quería decir, pero hay varios problemas contigo. Uno es que tu imagen de mujer y tienes nombre de hombre. Hay una discordancia. Después me di cuenta de que eras un hombre vestido de mujer. ¿Cómo vas a ir a un baño? ¿Qué vas a hacer con el cabello? ¿Qué vas a hacer con las chichis [los senos]?”[35].

La jefa de enfermería le dijo entonces que ya habían contratado a otra persona para el puesto.

Karla presentó una denuncia y dijo que en marzo de 2021 se abrió una investigación por discriminación por parte de la Fiscalía General de Tabasco, apoyada por la Comisión Estatal de Derechos Humanos. Sin embargo, dijo que la investigación nunca se concluyó porque le pareció demasiado onerosa. Dijo que tuvo que buscar servicios de salud mental debido a la frustración de no encontrar empleo como enfermera después de muchos años de intentarlo. “Conseguí superar esa etapa de depresión, pero a los 49 años ya no eres deseable en un hospital”, explicó[36]. Dijo que ha intentado conseguir trabajo en hoteles, farmacias y otras empresas, pero al menos en cinco ocasiones los empleadores le han preguntado por qué sus documentos no coinciden con su aspecto físico y no la han contratado.

Samanta L., una mujer trans de 31 años de Jalpa de Méndez, expresó la frustración de ser perjudicada por su nombre legal y su género incluso después de graduarse en psicología en 2018:

No puedo ejercer mi carrera. Me gradué, pero seguí trabajando en [una empresa de ventas].... Aunque lleve fotos y papeles [como prueba] y aunque explique que soy la misma persona, siempre es complicado para los empleadores[37].

Alexandra M., una mujer trans de 33 años de Villahermosa, relató múltiples incidentes de trato discriminatorio cuando presentó a posibles empleadores documentos que revelaban su nombre legal y su género. En agosto de 2022, Alexandra dijo que presentó sus documentos de solicitud de empleo a una tienda de ropa y se enfrentó a un escrutinio adicional debido a la discrepancia entre su apariencia y sus documentos: “Al momento que pasé con la persona de Recurso humanos, vio mis documentos, mi vio de pies a cabeza y dijo ‘nosotros te vamos a marcar’”[38]. Nunca recibió una llamada.

Alexandra describió otra experiencia buscando trabajo en una empresa inmobiliaria en julio de 2021, en la que su aspecto físico, sus documentos de identidad, o ambas cosas, pueden haber contribuido a que no la contrataran:

Toqué la puerta. Me preguntaron: “¿Qué busca?”. Respondí: “Una solicitud [de empleo]”. Me cerraron la puerta. Volví, tenía una cita. Toqué otra vez. Al momento de entrar [en la oficina], sentí las miradas. Susurraban. Me presenté a Recursos Humanos y me dijeron que tenía que dejar mi documentación para poder aplicar. Entregué todos [mis documentos]. Me marcaron después diciendo que yo no era la “persona correcta” [para el puesto][39].

Discriminación en el lugar de trabajo

Las personas trans entrevistadas explicaron que la discriminación no solo se producía en la contratación, sino también cuando ya estaban empleadas. A menudo, esto se manifestaba como acoso relacionado con el género legal o el nombre de las personas. Alexandra relató el acoso que sufrió cuando trabajaba en una tienda de telecomunicaciones en Villahermosa entre noviembre de 2022 y enero de 2023:

Mis compañeros de trabajo se burlaban de mí, me preguntaban qué genitales tenía. Me hacían maldades. No me permitían estar en ventas [un trabajo de cara al público]. Me decían “la transformer” o decían: “Ahí viene ese bicho raro”[40].

Sandra R., una mujer trans de 42 años de Villahermosa, dijo a los investigadores que ha sufrido discriminación por parte de sus colegas en la Comisión Federal de Electricidad (CFE) donde ha estado trabajando como limpiadora durante tres años. La discriminación fue especialmente difícil durante el primer año de su empleo:

Los compañeros decían cosas como: “¿Por qué estás tú aquí?”. Me hacían burlas, comentarios, acoso. Alguien que trabajaba allí escribió en los pizarrones [de la oficina]: “Eres putito” o “¿Te crees mujer?”. Poco a poco otros empezaron a hacerlo también. Yo llegaba [al trabajo] y me daba cuenta[41].

Sandra explicó que, mientras ordenaba la oficina, a menudo encontraba notas dirigidas a ella que decían cosas como “No toques mi escritorio para nada”, lo que interpretó como un rechazo transfóbico hacia ella[42]. También contó que, durante los primeros meses de su trabajo en la CFE, estaba limpiando el baño cuando entró un trabajador y la agredió sexualmente:

Se bajó el cierre [de los pantalones] y dijo que quería que yo lo hiciera el sexo oral porque él tenía ganas y como era así [trans], tenía que hacerlo. Me negué totalmente[43].

Sandra dijo que no denunció el incidente a sus supervisores porque el agresor le dijo: “es mi palabra contra la tuya”, y como era relativamente nueva en el trabajo, pensó que nadie le creería. “Es muy difícil encontrar trabajo para personas [trans] como nosotras, así preferí quedarme callada [sobre el acoso]”, explicó[44].

Sandra dijo a los investigadores que cree que tener documentos legales que reflejen su identidad de género aliviaría parte de la discriminación en el lugar de trabajo porque, dijo, “podría trabajar como soy”, es decir, como mujer. Dijo que ha considerado buscar un empleo que le permita trabajar desde casa para “no exponerse” a la discriminación.

A Luna G., una mujer trans de 20 años de Villahermosa, los incidentes transfóbicos le obligaron a mantener oculta su identidad en el trabajo. Contó a los investigadores que, entre abril de 2021 y marzo de 2022, trabajó en una cadena de tiendas de comestibles, pero no se sentía cómoda revelando su identidad de género. Su jefe, que sospechaba que era trans, le pidió que no hiciera la transición mientras trabajara allí. Luna dejó ese trabajo y empezó a buscar otro en diciembre de 2022. Explicó algunas de sus dificultades para conseguir un empleo como persona trans, debido a los documentos de identidad, así como la discriminación que sufrió en el lugar de trabajo:

Tuve varias entrevistas.... [El empleador] me dio la explicación de que “el puesto ya no está vacante”. Pero fue raro porque lo dijo después de leer mi deadname [nombre legal][45].

Luna pudo finalmente conseguir un trabajo en un restaurante gracias a conexiones personales, pero ni siquiera este apoyo informal la protegió de un lugar de trabajo hostil. Ella dijo:

                                                                                                                            

Conseguir mi trabajo actual no fue difícil porque conocía al dueño. Pero ahora que estoy trabajando, la jefa me trata mal. Es irrespetuosa, intolerante e imprudente [conmigo][46].

Luna dijo a los investigadores que cree que su jefe le da a propósito más trabajo que a otros colegas. Dijo que le han diagnosticado ataques de ansiedad debido al estrés que le causa la carga de trabajo adicional. Sin embargo, no quiere quejarse, en parte debido a su vulnerabilidad como mujer trans en el mercado laboral:

Mi cerebro dice que no está bien que me sobre exijan. Pero tengo que cuidar este trabajo porque no hay otras opciones. Siento que no puedo quejarme, porque siento que me van a correr[47].

Algunos empleadores han exigido a las personas trans que cambien su aspecto físico para que coincida con su nombre legal y su género, aunque cumplir con esta exigencia no siempre ha bastado para evitar la discriminación. Ángel P., una mujer trans de 20 años de Villahermosa, contó a los investigadores que, para conseguir un empleo en una empresa de telecomunicaciones como promotora de productos en 2022, el empleador le dijo que tenía que cortarse el pelo para parecer más masculina. “Cuando presenté mi solicitud, el gerente me dijo que no podía ir a trabajar así [con el pelo largo], que tendría que cambiarme de vestimenta”, dijo[48].

Incluso después de cortarse el pelo y de trabajar en la empresa, Ángel dijo que nunca se sintió aceptada, sobre todo porque el director y otros compañeros le hacían preguntas con frecuencia sobre su sexualidad: “Si sospechan que eres de la comunidad LGBT, te hacen preguntas. ‘¿Tienes novia?’. Me limitaba a decir lo básico”[49]. Ángel dejó el trabajo a los tres meses debido al acoso. 

A Alicia S., una mujer trans de 60 años de Tenosique, también le pidieron que cambiara su aspecto físico. Explicó que trabajaba como secretaria de una contadora en el municipio en 2013. Para su tarjeta de identidad laboral, el empleador la obligó a cortarse el pelo y a no llevar aretes. Dijo que se sentía “raro” hacer esto pero que quería el trabajo. Así que cumplió con la exigencia, aunque hubiera preferido mantener su aspecto femenino[50]. Alicia trabaja ahora de forma independiente como decoradora y artesana, en parte debido a la discriminación en el mercado laboral. Dice que su negocio suele ir bien, aunque a veces los clientes potenciales expresan su reticencia a trabajar con ella debido a su identidad de género[51].

Samanta L., la licenciada en psicología mencionada anteriormente, dijo que sufrió acoso en una empresa de ventas en la que trabajaba a causa de su nombre legal. Esto la llevó a dejar el trabajo en 2019 tras ocho años trabajando allí:

Tuve un conflicto con un colega. Me empezó a tratar con mi nombre de pila. Me hablaba por la radio [de la empresa] o por teléfono y siempre recalcaba mi nombre de pila. Llegó al punto de que estuvo llamándome así durante todo el turno de trabajo. Me cansé del acoso y fui [a quejarme] con Recursos Humanos[52].

Samanta no esperó a que la situación mejorara y dejó su trabajo poco después de presentar la denuncia. Cuando los investigadores hablaron con ella, llevaba dos años dirigiendo un salón de belleza informal desde su casa.

Otras personas entrevistadas que describieron discriminación relacionada en el lugar de trabajo fueron Guadalupe J., una mujer trans de 36 años de Villahermosa; Mati López, una mujer trans de 38 años de Cunduacán; e Isabel H., una mujer trans de Nacajuca[53].

Empujadas a los márgenes

La discriminación empujó a algunas personas trans que entrevistamos a realizar trabajos informales, no deseados o arriesgados, o incluso a temer buscar empleo. Paola L., una mujer trans de 56 años de Villahermosa que tiene su propia peluquería, afirmó que la discriminación laboral empuja a muchas personas trans a trabajar de forma independiente para salir adelante[54].

Patricia E., una mujer trans de 52 años de Villahermosa, dijo que nunca intentó conseguir un empleo formal porque no le parecía una opción por su identidad[55]. Dijo que ejerció el trabajo sexual, a pesar de los peligros que conlleva. Patricia dijo que en 2007 fue drogada por un cliente, pero siguió trabajando por necesidad[56].

Alexandra, la mujer trans de 33 años de Villahermosa mencionada anteriormente, contó a los investigadores que, debido a la discriminación transfóbica en el mercado laboral, también ganó dinero ejerciendo trabajo sexual durante algunos años. “No me gustaba, pero tenía que hacerlo porque no tenía opción”, dijo[57].

Algunas personas decidieron dejar de buscar trabajo. Analisa C., una mujer trans de 48 años de Villahermosa, dijo a los investigadores que anteriormente había intentado conseguir empleo en bares locales, pero cree que nunca la contrataron debido a los prejuicios contra las mujeres trans. Actualmente trabaja cuidando a su tía en casa, aunque este trabajo no es remunerado[58]. Del mismo modo, Melissa A., una mujer trans de 48 años de Villahermosa, dijo que se dedica principalmente a ser ama de casa. Licha C., una mujer trans de 68 años de Tenosique, trabaja ayudando a su hermana en todo lo que necesita en la casa y fuera de ella[59].

Mia C., una mujer trans de 41 años originaria de Villahermosa, dijo que no ha querido buscar trabajo desde que regresó a la ciudad durante la pandemia. Cuando los investigadores hablaron con ella, dijo que, debido a la discriminación laboral, estaba planeando volver a la Ciudad de México, donde había vivido durante muchos años. “No he tratado conseguir trabajo aquí [en Tabasco], es más fácil en Ciudad de México. Quiero trabajar como Mia y no quiero sentirme mal”, dijo[60].

Experiencias positivas

Aunque la mayoría de las personas entrevistadas expresaron obstáculos en el mercado laboral, algunos relataron experiencias de respeto o aceptación. Juan Carlos, el licenciado en biología mencionado anteriormente, consiguió un puesto como ayudante de veterinario en febrero de 2023 y mantenía ese trabajo cuando lo entrevistamos. Dijo que este empleador le preguntó “¿Cómo te gustaría que te llamemos?” desde el principio y que lo ha tratado con respeto[61].

María J., una mujer trans de 31 años de Jalpa de Méndez, ha estado empleada en la oficina administrativa de una comercializadora multinacional durante unos 10 años y no ha sufrido discriminación en el lugar de trabajo. Sin embargo, señaló que consiguió el empleo gracias a una conexión familiar. “Creo que en otra empresa me habrían rechazado por mi identidad de género”[62].

Ángel, la mujer trans de 20 años de Villahermosa que renunció a su trabajo en una empresa de telecomunicaciones debido al acoso, finalmente consiguió un empleo en la misma comercializadora multinacional que María, aunque en la capital del estado. Para ella ha sido una experiencia positiva ya que “es una empresa más incluyente, y la gente de la comunidad LGBT tiene buenos puestos ahí, y la empresa capacita bien a sus trabajadores y abordan el tema LGBT”[63]. Sin embargo, Ángel dice que le sigue molestando que sus documentos legales no reflejen su identidad de género y se pregunta qué pasará si algún día busca otro trabajo.

Sandra R., la mujer trans empleada en CFE, dijo que, en una ocasión, en los primeros meses de su empleo, el jefe de la oficina oyó a un compañero referirse a ella como “putito” y le dijo al trabajador que tenía que “respetarlo [sic]”, que no toleraría ese lenguaje y que si Sandra le incomodaba “con evitarlo [sic] era suficiente”. Este fue el único caso que los investigadores pudieron documentar de un supervisor que abordó la discriminación.

Muchas de las entrevistadas creen que el reconocimiento del género contribuiría en gran medida a mejorar su situación laboral. Como dijo Karla, la enfermera de Villahermosa, al final de nuestra entrevista:

El reconocimiento [legal de la identidad de género] debería ser automático. Queremos que [la tramitación de] nuestra documentación sea rápida, para no tener tantas trabas. Cambiaría la perspectiva de buscar trabajo. Necesito trabajar. Sólo quiero contribuir, sentirme útil en la sociedad[64].
 

III. Derecho a la salud

Como la mayoría de los tabasqueños, las personas trans deben enfrentarse a los problemas estructurales de la sanidad pública en el estado. Sin embargo, se enfrentan a barreras de acceso adicionales debido a la discriminación basada en la identidad de género. Las personas que Human Rights Watch y el Centro Comunitario para la Inclusión entrevistaron dijeron que la discriminación se manifestaba de dos formas principales: la exposición de su identidad de género en las clínicas, a menudo acompañada de interrogatorios humillantes e invasivos, y la atención médica discriminatoria por parte del personal de salud. Este tipo de trato se producía a menudo después de que el personal viera que sus documentos de identidad no coincidían con su aspecto físico.

El sistema sanitario mexicano

México tiene un sistema sanitario fragmentado, con varios proveedores de servicios disponibles en función de la situación laboral de la persona. Para quienes trabajan en el sector público federal, el principal proveedor es el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE)[65]. Tabasco cuenta con un sistema para sus trabajadores estatales llamado Instituto de Seguridad Social del Estado de Tabasco (ISSET). El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) proporciona cobertura a los empleados del sector privado y a sus dependientes, y está financiado por el gobierno federal y las cotizaciones de empleados y empresarios. Para quienes no están cubiertos por estas opciones, la principal alternativa de asistencia pública son los Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-Bienestar), que sustituyó a la cobertura del Instituto de Salud para el Bienestar (INSABI) en 2023, que a su vez sustituyó al Seguro Popular en 2020. Estos son administrados por la Secretaría de Salud de Tabasco en colaboración con el gobierno federal.

Según una encuesta del gobierno de 2020, las opciones sanitarias más utilizadas en Tabasco en ese momento eran el Seguro Popular (1,08 millones de usuarios), el IMSS (381.000 usuarios) y “otros” (356.000 usuarios)[66]. Cifras más recientes que cubren el periodo posterior a la disolución del Seguro Popular apuntan a un aumento de la falta de acceso a los servicios sanitarios del 27 al 44,8 por ciento entre 2020 y 2022[67]. Sin embargo, el derecho a la cobertura sanitaria no significa que los tabasqueños reciban necesariamente atención médica de alta calidad cuando la necesitan. México, en general, se enfrenta a problemas estructurales en el sector médico, como la escasez de profesionales y medicamentos, lo que suele afectar de forma más aguda a las poblaciones marginadas social y económicamente[68]. Pero las personas trans se enfrentan a obstáculos a los que otros no se enfrentan.

Exposición de la identidad de género

Muchas de las personas trans que entrevistamos dijeron que su identidad de género quedaba expuesta públicamente cuando las enfermeras y otros miembros del personal de salud las llamaban por su nombre en la sala de espera, delante de otros miembros del personal y de los pacientes. Esto violaba su derecho a la privacidad, las exponía a más abusos y las disuadía de buscar atención médica. Por ejemplo, María J., una mujer trans de 31 años de Jalpa de Méndez, dijo a los investigadores que no tener su nombre e identidad de género legalmente reconocidos ha provocado la exposición humillante y discriminatoria de su identidad en las clínicas en varias ocasiones, siempre delante de otros pacientes:

En la clínica dicen mi nombre [legal]. Mi médico me conoce, pero si es un médico nuevo, utilizan mi nombre legal. Cuando me ven, me preguntan: “¿Es usted un familiar?”. Les digo: “No, soy yo”. Me dicen: “enséñeme su credencial”. Es incómodo, y ocurre delante de todo el mundo, y todo el mundo se me queda mirando[69].

La falta de reconocimiento legal, en combinación con los prejuicios antitrans, puede haber causado en algunos casos preguntas invasivas en las clínicas. Luna G., una mujer trans de 20 años, relató a los investigadores una experiencia de este tipo en un hospital del IMSS en Villahermosa en marzo de 2023:

En la sala de espera gritaron mi deadname [nombre legal]. Había una señora de la administración [de la clínica]. Me pidió mi carné del hospital, mi identificación [personal] y algún otro documento. Se los di. Ella preguntó: “¿Por qué me da la identificación de [nombre legal de Luna]?”. Le dije que yo era [nombre legal].... Le entregó los documentos a la enfermera. La doctora salió y me pidió el documento. Se lo di. “¿Es usted [nombre legal]?”, me preguntó. Le dije que sí. Se sorprendió y su cara cambió. No se disculpó. El trato fue indiferente durante la consulta. Finalmente, tomó mi cartilla y me puso cuatro condones[70].

Luna consideró discriminatoria la entrega no solicitada de preservativos porque no se encontraba en el hospital por una cuestión relacionada con la salud sexual. Explicó que sentía que el médico era parcial y que sólo podía verla como paciente de VIH/SIDA.

Alexandra M., una mujer trans de 33 años de Villahermosa, dijo que ha tenido al menos cinco experiencias similares entre 2018 y 2022 en establecimientos de atención de salud de Tabasco. Explicó a los investigadores cómo se sintió en febrero de 2022, cuando acudió a una clínica del IMSS por una dolorosa lesión en el talón y se refirieron a ella por su nombre legal:

Cuando me llamó, la enfermera dijo “chavo” delante de los demás pacientes. Me dio pena, me dio vergüenza. Me intimida y me pone mal [cuando eso ocurre] porque he luchado por ser quien soy. Eso hiere. La tristeza es grande. Nosotras [las personas trans] nos sentimos incómodas e inseguras y eso nos baja la autoestima[71].

Algunas otras personas entrevistadas expresaron la angustia que han sentido cuando su identidad de género es expuesta en las clínicas de atención médica. Melissa A., una mujer trans de 48 años de Villahermosa dijo: “Me duele que me llamen por [mi nombre legal], es una falta de respeto, todos se te quedan viendo”[72]. Samanta L., una mujer trans de 31 años de Jalpa de Méndez, que ha experimentado esto al menos tres veces, dijo: “Tienes que ser fuerte, pero cambia cómo te defines a ti misma, te derrumba por completo”[73]. Analisa C., una mujer trans de 48 años de Villahermosa, dijo que fue hospitalizada alrededor de 2020 debido a una afección pulmonar y que el personal de salud le preguntó por su “nombre normal”, lo que le pareció degradante[74].

En las comunidades pequeñas, estas violaciones del derecho a la privacidad pueden ser especialmente difíciles de superar. Alicia S., una mujer trans de 60 años de Tenosique, dijo que en enero de 2023 también la llamaron por su nombre legal en el Hospital General de Tenosique. Dijo que eso la incomodó, sobre todo porque ya nadie en su vida la conoce por su nombre legal, y que exponía su identidad de género a otros pacientes. “Te expone a una posible transfobia”, dijo[75].

Otras entrevistadas cuya identidad de género fue expuesta en las clínicas son Ángel P., una mujer trans de 20 años; Patricia E., una mujer trans de 52 años; y Guadalupe J., una mujer trans de 36 años. Las tres son de Villahermosa[76].

Aunque reconocer legalmente el nombre elegido y el género autopercibido de una persona trans no eliminará toda la discriminación, algunas experiencias sugieren que los documentos de identificación precisos pueden ayudar a aliviar algunos tratos discriminatorios[77]. Isabel H., una mujer trans de 29 años de Nacajuca, una de las pocas personas trans del estado de Tabasco que ha logrado el reconocimiento de su género mediante un juicio de amparo, dijo a los investigadores que las experiencias en su clínica han cambiado desde entonces:

Antes de cambiar mis papeles, me preguntaban: “¿Es usted familiar del paciente?”. Esto ya no ocurre. Llegué a la clínica y todo fue normal, no más preguntas[78].

Atención discriminatoria

Las personas entrevistadas también se enfrentaron a tratos y comentarios ofensivos y prejuiciosos del personal de salud durante sus consultas, normalmente después de la revelación de su identidad de género a través de su nombre legal en sus documentos. María J., la mujer trans de Jalpa de Méndez, relató que en 2019 acudió a una clínica privada y el médico la tocó de una forma que le pareció discriminatoria:

El médico empezó a interrogarme sobre mi cuerpo. Tocó mi cuerpo, tocó mis pechos. Me preguntó: “¿Qué te metes [en el cuerpo]? Quítate los pechos falsos”. No conocía de las personas trans. Y cuando estás enferma y vulnerable, solo quieres salir de allí[79].

María no se había quejado de sus pechos ni de ningún lugar que tocó el médico.

Del mismo modo, Guadalupe J., una mujer trans de 36 años de Villahermosa, dijo que en febrero de 2023 fue tratada de forma discriminatoria cuando acudió a una clínica debido a la presión arterial alta y el colesterol:

No me sentía bien. La doctora abrió mi expediente. Me llamó por mi verdadero nombre [nombre legal]. Ellos [el personal administrativo] me pusieron como “Guadalupe” en el expediente. Pero la doctora me habló con mi nombre [legal], como para joderme. La doctora comenzó con unas ganas de no tocarme. “No estoy infectada”, le dije. Sentí que no quería atenderme. Para ellos [la gente con prejuicios], no somos una persona, nos ven como bichos raros. Me trató, pero a las malas[80].

Dante T., un hombre trans de 26 años de Villahermosa, contó a los investigadores que en 2021 un psicólogo del Hospital Regional de Salud Mental de Villahermosa hizo comentarios discriminatorios sobre su identidad de género y su salud:

Ya vivía con mi identidad [masculina]. El psicólogo me hablaba como a una niña. Le dije: “Puede llamarme ‘él’ o por mi apellido”, pero lo hizo para joder. Me dijo: “Tus problemas psiquiátricos se deben a tu forma de vida”, es decir, a que soy trans. Puse una queja por escrito, pero no sé si le dieron seguimiento[81].

Paola L., una mujer trans de 56 años de Villahermosa, dijo: “Una vez un doctor me dijo: ‘¿Qué haces vestido de mujer? ¿No ves que eres un hombre?’”[82].

Incluso cuando los pacientes tienen buenas relaciones con sus médicos, los cambios de personal exponen a los pacientes a personal que puede ser discriminatorio. Karla H., una mujer trans de 49 años de Villahermosa, contó a los investigadores que en 2019 acudió al Hospital Regional Dr. Juan Graham Casasús de Villahermosa para programar una cirugía que su médico le dijo que necesitaba. Explicó lo que sucedió cuando su médico habitual no estaba ahí:

Cambiaron el médico porque mi médico se sale, ya no iba a seguir trabajando allí. El nuevo médico se vio muy grosero. Me trataba como hombre. Le pedí que me tratara como mujer. Me dijo: “Para mí, legalmente, [tu nombre legal] es así”. También me dijo: “Conmigo tienes que empezar de nuevo con todos los exámenes [médicos]”. Le dije: “¿No se supone que tiene que haber un expediente médico?”. Me dijo: “A mí me vale madre”. No pensé en denunciarlo, porque [las autoridades] no hacen nada[83].

La atención ginecológica para los hombres trans puede ser especialmente difícil. Juan Carlos G., un hombre trans de 25 años de Centla, dijo a los investigadores que sufrió discriminación en un hospital comunitario de Centla en febrero de 2023 debido a su nombre legal, así como a la falta de concientización del personal de salud sobre los hombres trans:

Fue un ginecólogo. Tenía una cita. Llegué y empezaron a pasar a la gente. Dijeron mi nombre legal en la sala de espera. Fue raro. Había como tres personas [pacientes] y todos levantaron la vista para mirarme... Luego entré a la consulta. La enfermera me conocía, pero no el ginecólogo. Me dijo: “¿Y qué haces tú aquí? No te voy a atender”. Le dije: “De acuerdo, tendré que hablar con el director”. Me dijo: “Habla con quien quieras”. No quería hacer un escándalo más grande. Quería presentar levantar un reporte con el director, pero mi novia no quería. Al final fui a un médico privado y no tuve problemas[84]

Juan Carlos señaló que ahora prefiere gastar dinero acudiendo a una clínica privada, donde generalmente se ha enfrentado a menos discriminación. Dijo que por la consulta en la clínica privada pagó aproximadamente 2.500 pesos mexicanos (145 dólares estadounidenses) y 4.800 pesos (280 dólares estadounidenses) por un examen adicional. Estos gastos pueden ser significativos para las personas trans que tienen dificultades para conseguir empleo.

Sandra R., una mujer trans de 42 años de Villahermosa, dijo que la discrepancia entre su nombre legal y su nombre preferido dio lugar a un trato discriminatorio durante una consulta dental basado en la asociación estereotipada de que las personas trans son propensas a ser seropositivas. Describió una limpieza dental en el Hospital Rovirosa de Villahermosa en 2021:

Me detectaron gingivitis y las encías sangraban mucho. La muchacha haciéndome la limpieza gritó: “¡Doctora, es que está sangrando mucho!”. La doctora dijo: “¿Cómo te llamas?”. Le contesté: “Me llamo [mi nombre legal]”. Pero la doctora dijo confundida: “Lo que estoy viendo aquí [en mi expediente] no refleja tu apariencia”. Luego me dijo: “¿Ya te hiciste la prueba [del VIH]? No puedo hacerte el servicio [dental] sin la prueba”. No dejó que la muchacha continuara con la limpieza. Quería una prueba reciente.... No lo pensé reportar porque aquí la población es cerrada de mente. Sería una perdedera de tiempo[85].
 

IV. Derecho a la educación

Algunas de las personas trans que Human Rights Watch y el Centro Comunitario para la Inclusión entrevistaron habían asistido a la universidad en los últimos años o estaban matriculadas al momento de la investigación. Todas se enfrentaron a un trato discriminatorio por parte de profesores o compañeros de estudios relacionado con su nombre legal o su identidad de género. Para uno hombre trans, este tipo de discriminación lo llevó a abandonar la universidad por completo. Algunas personas entrevistadas afirmaron que si hubieran tenido documentos legales que reflejaran su identidad, podrían haberse evitado parte del acoso y las humillaciones que sufrieron.

Muchas personas trans entrevistadas mencionaron que el acoso y la intimidación formaron parte de su experiencia en la escuela primaria y secundaria. Dado que ninguna de las personas que entrevistamos es actualmente un menor y que la mayoría asistió a la escuela hace más de 10 años, sus testimonios no reflejan necesariamente las prácticas actuales en las escuelas de Tabasco en lo que se refiere a la identidad de género. Sin embargo, ya que el reconocimiento legal de la identidad de género aún no es posible en Tabasco, es probable que al menos algunos menores sufran discriminación debido a su identidad de género y a su nombre legal, como las personas que entrevistamos de mayor edad en la universidad.

Discriminación en la educación terciaria

En muchos casos, la discriminación que sufrieron las personas en la universidad repercutió negativamente en su rendimiento académico. Dante T., un hombre trans de 26 años de Villahermosa, relató a los investigadores que durante sus estudios universitarios sufrió acoso verbal por parte de profesores que se negaron a reconocer su identidad de género y su nombre social. Esto ocurrió en la Universidad Juárez Autónoma de Tabasco (UJAT) durante dos semestres a partir de 2016, tras lo cual interrumpió sus estudios:

Siempre había pequeños conflictos con los profesores. Era caso diario, como en ocho materias con cinco profesores. Un profesor era preponente. Me dijo: “Vas a entrar en mi clase como ‘ella’. No quiero tus desconexiones [de género]”. Otra dijo: “Vas a respetar los valores [tradicionales o religiosos]”. Lo dijo hablándome directamente a mí, en la puerta de entrada, cerca de los demás alumnos. “Vas a asistir bajo mis reglas”, dijo[86].

Dante contó a los investigadores que, tras entrar en la universidad, perdió la motivación para estudiar y al final lo echaron de la universidad. Sin embargo, ahora que han pasado algunos años, se ha planteado volver a esa universidad porque es la más asequible, a pesar de su experiencia negativa allí[87].

Al igual que Dante, Samanta L., mujer trans de 31 años originaria de Jalpa de Méndez, dijo que la discriminación por su nombre legal y género impactó su desempeño en clases. Estuvo inscrita en la Universidad de Los Ángeles en Comalcalco entre 2015 y 2018, donde estudió psicología:

Algunos profesores sí preguntaban: “¿Cómo gustarías que te llamen?”. Pero con otros era complicado. Había una psicóloga [profesora] que empezó a repetir mi nombre de pila legal durante las clases, delante de todo el mundo. Yo participaba mucho en las clases, pero debido a eso [la discriminación] ya no participaba cuando ella quería que opinara. Creo que no era porque ella [la profesora] no entendiera [la identidad de género]; lo hacía porque era conservadora[88].

Finalmente, Samanta se licenció en psicología en 2018, pero afirma que sus títulos académicos siguen teniendo su nombre legal masculino, lo que le hace temer la búsqueda de empleo. Según Samanta, lo que más valoran los empleadores son los documentos académicos de un candidato y los suyos no reflejan su apariencia femenina, lo que crea complicaciones a los empleadores y la expone a la discriminación. “La universidad me ha dicho que tengo que presentar una demanda para que cambien legalmente mi nombre en mi diploma, pero no quiero más procesos judiciales”, afirmó[89].

Juan Carlos G., un hombre trans de 25 años de Centla, relató una serie de incidentes discriminatorios y violentos relacionados con su identidad de género y su nombre legal mientras estudiaba biología en la UJAT. “De los 50 profesores que tuve [durante mis estudios], unos 20 no respetaban mi nombre [elegido]. Les gustaba humillarme”, dijo. Una interacción con un profesor en febrero de 2018 fue especialmente perturbadora para Juan Carlos:

Era mi profesor de genética. Un día paró de decir mi nombre [elegido]. Me paré [en clase] y le dije: “Me llamo [nombre legal], pero me identifico y prefiero ‘Juan Carlos’”. El profesor me dijo: “Te voy a llamar por el nombre que está en la lista [de asistencia]. Eres lo que eres. En esta clase no voy a aceptar desviaciones psicológicas”. Le dije: “Puede pensar lo que quiera, pero no va a cambiar quién soy”. La clase se quedó en silencio. Era nuestro cuarto semestre, así que todos [los alumnos] me conocían y me respetaban, pero algunos se alinearon con el profesor[90].

Juan Carlos señaló que este tipo de interacción le ocurrió unas diez veces, normalmente cuando le tocaba hablar en clase. Durante sus cuatro años de estudio, dijo que tuvo que abandonar unos diez cursos debido a este tipo de discriminación, a pesar de que los necesitaba para graduarse. Dijo que cumplía los requisitos de esos cursos estudiando por su cuenta y aprobando un examen sobre la materia o, cuando eso era demasiado difícil, esperando a que un nuevo profesor diera el curso[91].

Juan Carlos dijo que las tres o cuatro primeras veces que se produjo este tipo de discriminación, le afectó emocionalmente. “No quería ir a clase. En los pasillos oía cuchicheos [sobre mí], más gente hablando mal de mí”, dijo. Durante uno de sus semestres, Juan Carlos dejó de asistir a clase por completo porque “cuatro de los cinco cursos eran insoportables” debido a la discriminación relacionada con su identidad de género[92]. Juan Carlos dijo que presentó múltiples quejas por escrito, pero las autoridades universitarias siempre dijeron que investigarían, pero nunca hubo ningún seguimiento. “Nunca resultó en nada. Dejé de reportar, porque para qué sirve”, dijo a los investigadores[93].

Juan Carlos también dijo que su nombre legal exponía su identidad de género a sus compañeros de clase, lo que provocó comentarios discriminatorios como “¿cómo puedes ser un hombre sin nada entre las piernas?”. También puede haber llevado a Juan Carlos a sufrir acoso en los baños de la universidad:

A mediados de 2018, estaba en un cubículo y alguien estaba tomando una foto con su teléfono desde arriba. Tomó la foto. Es ese periodo, en otra ocasión en el baño de hombres, dos chavos me empujaron contra la pared y me dijeron que no usara el baño de hombres. Me dijeron: “Solo eres una machorra, estás enferma”. Mi amigo entró y me preguntó si estaba bien. Me dio tanto miedo y pensé que iba a pasar algo más. En otra ocasión, me sacaron del baño de mujeres. Creo que tal vez ellos [estos agresores] ni siquiera habrían sabido que soy trans de no ser porque los profesores me expusieron con mi nombre de pila[94].

Incluso para las personas que en general tuvieron buenas experiencias en la universidad, su nombre y género legal crearon problemas. Luna G., una mujer trans de 20 años de Villahermosa y estudiante de enfermería en la UJAT, dijo a los investigadores que su experiencia en la universidad ha sido en general positiva, pero la exposición de su nombre legal a menudo la lleva a situaciones humillantes:

Los profesores han sido inclusivos y no he tenido muchos problemas. Algunos me preguntan: “¿Cómo te identificas?”. Pero para el listado, el primer día de clase, siempre dicen mi deadname [nombre legal]. Yo me pongo brava. Me ha pasado un montón de veces, cinco el semestre pasado. En junio de 2022, me ocurrió algo humillante cuando iba a tomar un examen. Entré en la sala, había 30 personas. Los encargados te llaman por tu nombre delante de todos. Cuando lo hicieron, todos se me quedaron viendo. No dijeron nada, pero fue raro[95].

Luna G. también señaló que en octubre de 2022 tuvo una profesora de anatomía que se negó a referirse a ella utilizando pronombres femeninos a pesar de que Luna le pidió en múltiples ocasiones que respetara su identidad de género. “Un día estaba en el baño de mujeres y me dijo que no podía usar ese baño, que no se sentía cómoda y que temía ‘una infección’”, señaló Luna como muestra del sesgo antitrans de la profesora[96]. Luna no presentó ninguna queja contra el profesor a pesar de que quería hacerlo. “No quería problemas, tenía miedo de que me corrieran [de la universidad]”, dijo[97].

Isabel H., una mujer trans de 29 años de Nacajuca y actual estudiante de arquitectura en la UJAT, dijo a los investigadores que sus actuales compañeros de clase saben que es trans, entienden su identidad y, en general, la respetan. Sin embargo, Isabel terminó otra licenciatura en administración de empresas en 2016. Nunca recogió su diploma debido a la falta de correspondencia entre sus documentos de identidad y su apariencia física:

Para que la universidad me entregue mi diploma, la foto del diploma tiene que coincidir con mi nombre legal. Sigo luchando para conseguir mi diploma[98].

El nombre legal y el género de una persona pueden suponer un reto incluso cuando se realizan cursos en línea. Mia C., una mujer trans de 41 años de Villahermosa, contó a los investigadores que en 2021 se inscribió en un curso en línea de psicología en Monterrey, que nunca terminó. Debido a su nombre legal, sufrió discriminación por parte del instructor en línea:

Entré en el curso como mujer, pero mis documentos eran masculinos. La maestra me dijo que ella sabía que yo estaba mal. Me llamó por mi nombre legal. Me dijo que no soy lo que digo que soy [una mujer][99].

Discriminación en la educación primaria y secundaria 

Prácticamente todos las personas que entrevistamos describieron la discriminación relacionada con la identidad de género en sus primeros años en la escuela. Ángel P., una mujer trans de 20 años de Villahermosa, resumió la discriminación general que sufrió durante toda su educación primaria y secundaria debido a su expresión femenina:

En la escuela primaria, era el bullying. Ellos [los alumnos] siempre se burlaban de mí, me golpeaban. Cuando pasé a secundaria, se calmó un poco por parte de los alumnos, pero empezó con los profesores. Ellos [los profesores] no dejaban de burlarse de mí, no me dejaban en paz. Lo denuncié a [otros] profesores, pero nadie hizo nada[100].

Ángel dijo que el acoso podría haberse evitado si sus documentos legales “respaldaran” la forma femenina en que quería presentarse físicamente:

Fue un profesor de clase de historia de secundaria en 2016. Fue porque tenía el pelo largo. No era una mujer, me dijo. Lo dijo en tono de burla. Incitaba a mis compañeros a hacerme bullying, a burlarse de mí.... Finalmente lo reporté, pero la directora no hizo nada.
En 2020, durante la pandemia, iba a una prepa. El director de la escuela era una persona religiosa. Tenía un código de vestimenta. Ellos [los profesores] no me dejaban ir a clase por mi pelo y mi maquillaje. Tenían un filtro [una persona] en la entrada para revisar la ropa. Si detectaban algo, no te dejaban entrar en la escuela. Hasta expulsaron a un compañero por ir maquillado[101].

En el momento en que los investigadores entrevistaron a Ángel, ella estaba intentando terminar su bachillerato a través de un curso en línea. Dijo que le resultaba conveniente hacerlo así “para continuar [su educación] en casa sin discriminación”[102].

Luna, la mujer trans de 20 años que estudia enfermería en la UJAT, también dijo que sufrió discriminación por su identidad de género cuando estaba en la escuela secundaria y en el instituto:

En 2016 tuve un profesor de historia en la secundaria. Empezó a hablar de la homosexualidad [en clase]. Lo dijo de forma indirecta, pero sentí que se dirigía a mí. Solo él traía el tema. Decía: “Si usted es homo, todo bien”, pero de forma burlona. En 2017, un chico de otra clase dijo: “Él [sic] huele a SIDA”. No podía hacer nada, ni siquiera podía denunciar porque llamarían a mi mamá. Mi papá se lo diría a mi papá. Y mi padre iba a golpear[103].

Una de las personas que entrevistamos contaba con la aceptación de sus padres y cree que no habría sufrido discriminación de no ser por sus documentos de identidad. María J., una mujer trans de 31 años de Jalpa de Méndez, comenzó su transición cuando tenía unos 12 años, y ha recibido terapia de sustitución hormonal y apoyo de salud mental desde aproximadamente esa época. En todo momento ha contado con el apoyo de su familia para vivir como niña y luego como mujer. Contó a los investigadores que no sufrió discriminación por su aspecto físico, pero que a menudo la exponían en la escuela debido a su nombre legal:

Los alumnos nunca se daban cuenta de que era trans, hasta que oían mi nombre, por ejemplo cuando empezaban las clases y [los profesores] decían mi nombre [legal]. Todos me miraban dos veces. Quizá fuera curiosidad, quizá morbo, pero era invasivo. La gente está mal informada [sobre las identidades trans][104].

Muchas otras personas entrevistadas dijeron que sufrieron burlas y acoso en la escuela y que desearían haber tenido el apoyo necesario para expresar su identidad de género a una edad más temprana. Algunos de estas personas entrevistadas dijeron que les habría gustado que les llamaran por un nombre que reflejara su identidad de género y piensan que así se habría evitado al menos parte de la discriminación. Entre ellas se encontraban Mati L., una mujer trans de 38 años de Cunduacán; Melissa A., una mujer trans de 48 años de Villahermosa; y Alexandra M., una mujer trans de 33 años de Villahermosa[105].

 

V. Discriminación en transacciones financieras

Muchas de las personas trans entrevistadas por Human Rights Watch y el Centro Comunitario para la Inclusión dijeron que se enfrentaban a obstáculos para realizar transacciones financieras, incluido el acceso a su propio dinero. Esto debido a que su apariencia física no correspondía con el género y nombre en sus documentos legales. Tales desafíos se produjeron en diferentes instituciones financieras del estado, frustrando a menudo los esfuerzos financieros de estas personas y humillándolas. En algunos casos, su identidad de género fue revelada a los trabajadores y a otros clientes. Algunas personas trans incluso han tenido que hacer arreglos, como pedir a terceros que realicen transacciones en su nombre o pagar por servicios que les resultan más seguros y cómodos, pero costosos.

Discriminación en los bancos

Muchas personas trans que entrevistamos sufrieron discriminación en los bancos. Michelle V., una mujer trans de 50 años de Centla, dijo que había tenido problemas en su banco debido a su documento de identidad:

El gerente dijo: “Pero no veo a la persona del documento. ¿Cómo se llama?” Le contesté: “Me llamo Michelle”. Estaba confundido. Él quizá no lo hizo con [una intención discriminatoria], pero me estaba exponiendo delante de la gente, preguntándome mi nombre legal. Yo no me puse a pelear, pero la gente se me quedaba viendo ya que la gente aquí [en Centla] es muy cerrada[106].

Samanta L., una mujer trans de 31 años de Jalpa de Méndez, explicó que ese trato discriminatorio durante las transacciones financieras debido a sus documentos de identidad le ha ocurrido al menos nueve veces y le hace sentirse impotente:

A la hora de presentar tu tarjeta, se fijan en tu nombre y luego te piden el documento de identidad. Tienes que explicar que eres una mujer trans. Es incómodo. También ha pasado en centros comerciales y en [tiendas de ventas]. Cuando ven tu nombre, tienes que mostrar inmediatamente tu documento de identidad. Entonces crean un lío, tienen que llamar al supervisor para ver si autoriza [la transacción]. Tienen mucho poder. Todo depende de si te “aceptan” o no, o de si te “creen”[107].

Este sentimiento de impotencia ha llevado a algunas personas a realizar gestiones alternativas para llevar a cabo transacciones financieras. Juan Carlos G., un hombre trans de 25 años de Centla, dijo que ha tenido problemas con transacciones financieras aproximadamente cuatro veces en dos bancos distintos. A principios de marzo de 2023, fue a hacer un depósito en su nueva cuenta y dijo que fue humillado durante su interacción con el cajero:

Llamaron a [mi nombre legal]. Les dije: “Es mi cuenta”. Llamaron al gerente. Llegó el gerente y dijo: “Este documento de identidad es falso”. Dijeron que no podía hacer el depósito. Dije: “No es un documento de identidad falso”. Se armó un show. Fueron muy groseros, muy a la defensiva. Gritaban. Al final, hice el depósito en [otra institución financiera intermediaria] donde cobran una comisión [por los depósitos][108].

Debido a este tipo de experiencias, Juan Carlos afirma que, si es posible, pide a su novia que realice transacciones en su nombre.

Sin embargo, buscar alternativas no siempre garantiza un trato justo. Analisa C., una mujer trans de 48 años de Villahermosa, relató que en febrero de 2021 fue a hacer una transferencia de dinero a otra institución financiera que no era su banco:

Ellos [los trabajadores] estaban viendo mi credencial. “Sí, es ella”, dijeron. “¿Pero por qué tiene este nombre?”, preguntaron. Les expliqué que quería cambiarme el nombre legal pero que estaba en ese proceso. Se quedaron mirándome y uno de ellos sacudía la cabeza. Me hizo sentir mal, incómoda. Es algo personal, y tengo que contárselo a desconocidos[109].

Para Paola L., una mujer trans de 56 años de Villahermosa, se trataba menos del dinero y más de cómo le hacía sentir. En diciembre de 2022, cuando una empleada del banco le preguntó si era hombre o mujer, salió molesta. “Uno va [al banco] con miedo, sintiéndose descontado, discriminado. Lo mal que te haga sentir depende de lo que esté pasando en tu vida ese día”[110].

Algo parecido le ocurrió a Alicia S., una mujer trans de 60 años de Tenosique, que dijo que ha tenido que explicar su documento de identidad muchas veces en el banco. “Me preguntan: ‘¿Eres realmente tú? No te pareces [a la persona de la foto]. Eres una mujer’”[111].

La discriminación no puede eliminarse por completo, pero la experiencia de Isabel H. sugiere que puede evitarse cierto trato desigual. Isabel, una mujer trans de 29 años de Nacajuca, contó a los investigadores que, en marzo de 2021, fue a su banco a retirar una cantidad de dinero superior a la habitual y se encontró con problemas debido a que sus documentos de identidad no coincidían con su aspecto físico:

La mujer [cajera del banco] me trató con desconfianza. No se creía que el nombre y la foto fueran de la misma persona que tenía delante. Dijo que tenían que asegurarse de que era yo, así que hicieron una revisión de seguridad. Tuvieron que confirmar el titular y mis huellas. Todo esto duró unos 30 minutos. Y ocurrió delante de todos los demás clientes. Me sentí incómoda[112].

Desde entonces, sin embargo, Isabel interpuso un recurso de amparo para que se modificara su acta de nacimiento de modo que reflejara su nombre y su sexo. Isabel afirma que, ahora que ha modificado sus documentos, ya no sufre discriminación en los bancos. “Me siento más segura con mi documento, cuando salgo, cuando inicio una transacción, cuando dicen mi nombre, no siento ansiedad”, explicó.

Discriminación en otras transacciones financieras

Alicia S., la mujer trans de Tenosique citada anteriormente, dijo que su documento de identificación le ha causado dificultades para acceder a las prestaciones para personas mayores en México, a pesar de que tiene derecho a ellas. Dijo que en marzo de 2023 intentó utilizar su documento de identificación del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM)[113] para obtener un descuento para viajar, y fue rechazada:

Me dijeron: “¿Su identificación del INAPAM? Esto no se parece a usted. No es una identificación original. ¿Es usted la persona que aparece en el documento? No tiene 60 años, y parece una mujer”[114].

Melissa A., una mujer trans de 48 años de Villahermosa, también dijo que se le ha cuestionado su identidad y su documento de identidad cuando ha intentado reclamar el apoyo financiero del gobierno al que tiene derecho[115].

Una persona tuvo problemas con otro tipo de transacción financiera debido a sus documentos de identificación. Mia C., una mujer trans de 41 años de Villahermosa, dijo que en marzo de 2023 fue a una casa de empeño para ganar algo de dinero vendiendo un artículo. Como estaba desempleada, necesitaba el dinero. Allí, se enfrentó a las dudas del personal debido a su documento de identidad, que era necesario para completar la transacción, pero que no muestra su género femenino:

Llevé los artículos y mostré mi credencial...  Ellos [los trabajadores de la casa de empeños] no quisieron ayudarme. Al principio me sacó de onda, pero se lo expliqué para quitarles la incomodidad y que me asistieran. Me sentí frustrada[116].

Otras personas entrevistadas que tuvieron problemas para realizar transacciones financieras debido a la falta de correspondencia entre su apariencia física y su documento legal son Ángel P., una mujer trans de 20 años; Dante T., un hombre trans de 26 años; Karla H., una mujer trans de 49 años; y Guadalupe J., una mujer trans de 36 años. Los cuatro son de Villahermosa.

Alexandra M., que es una de las pocas personas trans que consiguió que se reconociera su género legal a través de un juicio de amparo, dijo que desde entonces ha notado una diferencia en su capacidad para hacer negocios en su banco:

He tenido oportunidades de tener una casa, de tener un crédito en el banco sin ser discriminada. Tengo opciones en el banco que antes tenía menos. Tengo derecho a ser la mujer que soy[117].
 

VI. Obligaciones conforme al derecho internacional

Reconocimiento legal de la identidad de género

En noviembre de 2017, la Corte Interamericana de Derechos Humanos afirmó a través de una opinión consultiva que, para defender los derechos a la privacidad, a la no discriminación y a la libertad de expresión bajo la Convención Americana sobre Derechos Humanos[118], los Estados deben establecer procedimientos sencillos y eficientes que permitan a las personas cambiar sus nombres y género en los documentos oficiales. Según la opinión consultiva, esto debe ser posible mediante un proceso de autodeclaración, sin requisitos invasivos o patologizantes como las evaluaciones médicas[119].

El tribunal hizo hincapié en que estos procedimientos “deben llevarse a cabo con la mayor celeridad posible”, ya que son de “tal magnitud” y cualquier retraso puede causar efectos perjudiciales para un individuo. Recomendó un procedimiento administrativo o notarial (en lugar de procedimientos judiciales, que a menudo implican retrasos) y dejó claro que el Estado tiene la responsabilidad de garantizar que las identidades de género estén actualizadas en diferentes registros, para evitar que un individuo tenga que realizar “varios trámites” que impliquen “una multiplicidad de autoridades” y “cargas irrazonables”[120].

En 2019, la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió una decisión histórica con directrices claras sobre el reconocimiento legal de género. El tribunal señaló que debe tratarse de un proceso administrativo que “cumpla con los estándares de privacidad, sencillez, expeditez y protección adecuada de la identidad de género”[121].

En marzo de 2021, la Corte Interamericana ordenó la primera aplicación de la norma establecida en la opinión consultiva en un caso contencioso, subrayando que el reconocimiento legal de la identidad de género es una obligación en virtud de la Convención Americana sobre Derechos Humanos[122].

El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) establece la igualdad de derechos civiles y políticos para todos (artículo 3), el derecho al reconocimiento de todos ante la ley (artículo 16) y el derecho a la privacidad y a la familia (artículo 17)[123].  Los gobiernos están obligados por el PIDCP a garantizar la igualdad ante la ley y la igual protección de la ley de todas las personas sin discriminación por ningún motivo, incluido el sexo (artículo 26).

El Comité de Derechos Humanos, el órgano de tratados encargado de supervisar la aplicación del PIDCP, ha recomendado específicamente que los gobiernos garanticen los derechos de las personas trans, incluido el reconocimiento legal de su género sobre la base de la autoidentificación, y que los Estados deroguen los requisitos abusivos y desproporcionados para acceder a este[124].

En su informe a la Asamblea General de la ONU en 2018, el experto independiente de la ONU sobre orientación sexual e identidad de género señaló que “la falta de reconocimiento legal niega la identidad de las personas afectadas hasta el punto de que provoca lo que puede describirse como una ruptura fundamental de las obligaciones estatales... [C]uando los Estados deniegan el acceso legal a las identidades trans, lo que verdaderamente están haciendo es lanzar un mensaje de qué es un buen ciudadano”[125]. Ha dicho que el reconocimiento legal del género debe ser un simple procedimiento administrativo basado en la autodeterminación y sin requisitos abusivos como la certificación médica[126]. En particular, el experto independiente ha destacado la “exclusión sistemática” de las personas trans de la “educación, el empleo, la vivienda, la atención sanitaria y todos los demás sectores de la vida social y comunitaria” como razón por la que el reconocimiento del género es un “imperativo de derechos humanos”[127].

El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (CESCR), el órgano de tratados encargado de supervisar la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC)[128], también ha establecido un vínculo explícito entre la falta de reconocimiento del género de las personas trans y las violaciones de los derechos socioeconómicos.  En consecuencia, ha pedido al menos a un Estado que garantice que las personas trans tengan acceso efectivo a los derechos económicos, sociales y culturales[129].

Los Principios de Yogyakarta, redactados por un grupo de expertos internacionales en derechos humanos que se reunieron en 2006 en Yogyakarta (Indonesia) y actualizados en 2017, también instan a los Estados a garantizar la existencia de procedimientos administrativos que permitan indicar la identidad de género autodefinida de una persona en todos los documentos de identidad expedidos por el Estado que incluyan el género[130]. Los principios también respaldan el derecho de una persona a elegir cómo y cuándo revelar su identidad de género en virtud del derecho a la privacidad[131].

Derecho al trabajo

El PIDESC protege el derecho al trabajo, que incluye el derecho de toda persona a tener la oportunidad de ganarse la vida mediante un trabajo libremente escogido o aceptado y exige a los Estados que adopten medidas adecuadas para salvaguardar este derecho[132]. Las constituciones de México y Tabasco también protegen el derecho al trabajo[133].

El CESCR ha llegado a la conclusión de que la igualdad en el lugar de trabajo se aplica a todos los trabajadores sin distinción basada en la orientación sexual, la identidad de género, entre otros motivos[134]. El comité también afirmó que todos los trabajadores deben estar libres de acoso físico y mental, incluido el acoso sexual y que la legislación, como las leyes antidiscriminatorias, el código penal y la legislación laboral, debe definir el acoso de forma amplia, con referencia explícita al acoso sexual y a otras formas de acoso, como por motivos de sexo, discapacidad, raza, orientación sexual, identidad de género y condición intersexual[135]. El comité hizo hincapié en que los Estados Parte deben adoptar medidas, que deben incluir la legislación, para garantizar que los individuos y las entidades de la esfera privada no discriminen por motivos prohibidos, incluso en el lugar de trabajo[136].

La Ley Federal del Trabajo de México también protege el derecho al trabajo, incluso contra la discriminación y el acoso por motivos de “género... preferencias sexuales o estado civil”[137]. También prohíbe las prácticas de contratación discriminatorias basadas en estas características protegidas[138]. Tabasco cuenta con una ley que crea un Centro de Conciliación Laboral, que conoce de los conflictos laborales entre trabajadores y empresarios, incluso en lo relativo a las violaciones de la Ley Federal del Trabajo[139].

El Convenio de la OIT sobre la violencia y el acoso en el mundo del trabajo establece que se garantizará “el derecho a la igualdad y a la no discriminación en el empleo y la ocupación, incluyendo a las trabajadoras, así como a los trabajadores y otras personas pertenecientes a uno o a varios grupos vulnerables, o a grupos en situación de vulnerabilidad que están afectados de manera desproporcionada por la violencia y el acoso en el mundo del trabajo”[140]. Según el tratado, “violencia y acoso” se refiere a comportamientos y prácticas “que tengan por objeto, que causen o sean susceptibles de causar, un daño físico, psicológico, sexual o económico”[141]. Incluye la violencia y el acoso por razón de género”, que se refiere a tales actos dirigidos contra las personas por razón de su sexo o género, o que afectan de manera desproporcionada a personas de un sexo o género determinado, e incluye el acoso sexual”[142].

El Principio 12 de Yogyakarta pide específicamente a los Estados que garanticen el derecho al trabajo, incluida la protección contra el desempleo, sin discriminación por motivos de orientación sexual o identidad de género, incluso en la contratación y el despido de trabajadores[143].

Derecho a la salud

El PIDESC reconoce “el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental”[144]. Las constituciones de México y Tabasco también protegen el derecho a la salud, incluso contra la discriminación[145].

El PIDESC garantiza que el derecho a la salud debe ejercerse sin discriminación alguna por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social[146]. El CESCR ha dejado claro que dicho tratado prohíbe toda discriminación en el acceso a la atención sanitaria y a los factores determinantes de la salud, así como a los medios y derechos para su obtención[147].

México cuenta con un Protocolo Federal para el Acceso sin Discriminación a la Prestación de Servicios de Atención Médica a la Población Lésbica, Gay, Bisexual, Transexual, Travesti, Transgénero e Intersexual con importantes orientaciones para los establecimientos de atención de salud sobre la prestación de atención médica no patologizante a las personas trans y el tratamiento de las personas trans por su nombre e identidad autodeclarados, o por su apellido[148].

El Comité de los Derechos del Niño ha dicho que:

A fin de lograr la plena realización del derecho de todos los niños a la salud, los Estados partes tienen la obligación de asegurar que la salud del niño no quede minada por la discriminación, importante factor que contribuye a la vulnerabilidad …. [incluida la discriminación por motivos de] la orientación sexual, la identidad de género y el estado de salud[149].

Derecho a la educación

La Convención sobre los Derechos del Niño (CDN) y el PIDESC garantizan el derecho a la educación[150]. Además, tanto este último como el Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos (el Protocolo de San Salvador) protegen explícitamente la educación superior[151]. Las constituciones de México y Tabasco protegen el derecho a la educación.[152] La Ley General de Educación Superior de México garantiza el derecho a la educación superior para quienes reúnan los requisitos y protege contra
la discriminación
[153].

Un Estado viola el derecho a la educación cuando no adopta medidas eficaces para prevenir el acoso, el aislamiento o la discriminación, todo lo cual puede provocar un estrés persistente o problemas de salud mental que dificulten que los estudiantes, incluidos los niños y adultos trans, permanezcan en la escuela o la universidad y se centren en el aprendizaje. Tanto el PIDESC como el Protocolo de San Salvador protegen el derecho a la educación superior[154]. Según el Comité de los Derechos del Niño, que interpreta la CDN, los gobiernos deben tomar medidas para proteger a los niños de la intimidación, el acoso y otras formas de violencia. Esto incluye cuestionar las actitudes discriminatorias que permiten que florezcan la intolerancia y la violencia[155].

Tabasco también cuenta con un Protocolo de Prevención, Detección y Actuación para Atender la Violencia y Acoso Escolar contra Niñas, Niños y Adolescentes en los Planteles de Educación Básica y Media Superior. Este exhorta a las instituciones educativas a realizar capacitaciones para el personal y los padres de familia sobre temas como “tipos de violencia y acoso escolar” y “derecho a la educación sin discriminación”. También proporciona directrices para prevenir y tratar la violencia y el acoso en las escuelas[156].

 

Recomendaciones

Al gobernador del estado de Tabasco

  • Emitir urgentemente un decreto administrativo para crear un proceso sencillo y económico en el registro civil a través del cual las personas trans puedan cambiar su nombre y género en los documentos de identidad emitidos por el Estado como las actas de nacimiento.

Al Congreso de Tabasco

  • Reformar el Código Civil del estado y otras leyes pertinentes para permitir que las personas cambien su nombre legal y género en documentos de identidad oficiales, incluyendo las actas de nacimiento, mediante un proceso administrativo sencillo, como una solicitud en el registro civil. El reconocimiento legal del género no debe implicar requisitos onerosos que violen los derechos, como la exigencia de someterse a un divorcio, a una intervención quirúrgica o a una evaluación psiquiátrica para cambiar el género y otros datos personales de los documentos de identidad.

A los gobiernos municipales de Tabasco

  • Sensibilizar sobre la identidad de género a los funcionarios públicos que trabajan en las instituciones municipales mediante cursos de formación, conferencias y talleres. Esto debería incluir la familiarización del personal del registro civil con los requisitos legales para un proceso administrativo de reconocimiento de la identidad de género de las personas trans, incluida la documentación necesaria para el procedimiento.

Al Centro de Conciliación Laboral de Tabasco

  • Garantizar que el personal de los centros reciba formación sobre la discriminación laboral basada en la identidad de género, para gestionar adecuadamente los conflictos laborales entre trabajadores trans y empleadores que violen la disposición de no discriminación de la Ley Federal del Trabajo.
  • De acuerdo con el requisito de “difusión e información” de la Ley sobre el Centro de Conciliación Laboral, garantizar que los trabajadores trans del estado conocen los servicios que presta el centro, incluyendo, entre otros, campañas de información sobre las protecciones contra la discriminación.

Al secretario de Salud de Tabasco

  • Garantizar que los centros médicos que operan en el estado respeten y reciban formación sobre el Protocolo Para el Acceso sin Discriminación a la Prestación de Servicios de Atención Médica de las Personas Lésbico, Gay, Bisexual, Transexual, Travesti, Transgénero e Intersexual. El secretario debe verificar que los centros médicos sigan la orden del protocolo de establecer procedimientos para proteger contra la discriminación que abarquen aquella basada en la identidad de género de un paciente y disponer de mecanismos eficaces para denunciar violaciones de los mismos.
  • Garantizar que los centros sanitarios cumplan con la prohibición del protocolo de proporcionar asistencia médica que considere las identidades de género no normativas como patologías; su requisito de que los documentos internos de los centros médicos se refieran a una persona por su nombre e identidad autodeclarados; y su recomendación de que el proveedor de servicios llame a la persona por su apellido cuando no esté seguro de que el nombre que aparece en los registros sea el que utiliza y no sea posible confirmarlo.

Al secretario de Educación de Tabasco

  • Verificar que las instituciones educativas cumplan con el Protocolo de Prevención, Detección y Actuación para Atender la Violencia y Acoso Escolar contra Niñas, Niños y Adolescentes en los Planteles de Educación Básica y Media Superior de Tabasco, incluyendo la realización de capacitaciones para el personal y los progenitores sobre temas como “tipos de violencia y acoso escolar” y “derecho a la educación sin discriminación”.
  • Garantizar que las formaciones incluyan las identidades de género no normativas y aborden cómo éstas suelen motivar el acoso y otras formas de violencia escolar, y que las instituciones educativas dispongan de mecanismos de denuncia adecuados cuando se produzcan actos de violencia y acoso, incluso contra los jóvenes trans.
 

Agradecimientos

La investigación y la redacción de este informe estuvo a cargo de Cristian González Cabrera, investigador sénior del programa de Derechos LGBT de Human Rights Watch, con el apoyo del personal de Centro Comunitario para la Inclusión. Luis Barrueto, pasante del Programa de Derechos LGBT de Human Rights Watch, apoyó con la investigación.

El informe fue revisado y editado por Kyle Knight, subdirector interino del programa de derechos LGBT de Human Rights Watch; Joseph Saunders, subdirector de programas; Tyler Mattiace, investigador de la división de las Américas; Lena Simet y Matt McConnell, investigadores de la división de justicia económica; y Michael Bochenek, asesor legal sénior. Armando Cornelio, director del Centro Comunitario para la Inclusión, también revisó el informe. 

Yasemin Smallens, coordinadora del programa de derechos LGBT de Human Rights Watch, y André Rangel, Director Asociado de Comunicación para América, contribuyeron a la producción del informe. Grace Choi, directora de publicaciones; Travis Carr, coordinador de publicaciones; y Fitzroy Hepkins, gerente administrativo sénior, brindaron asistencia adicional en la producción.

Human Rights Watch y Centro Comunitario para la Inclusión desean agradecer a las organizaciones y personas que contribuyeron a la investigación de este informe y a todas las personas trans que nos transmitieron su testimonio, a pesar de las circunstancias extremadamente difíciles que atraviesan muchas de estas personas.

 

 

[1] Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL), “Medición Multidimensional de la Pobreza: Tabasco”, https://www.coneval.org.mx/Medicion/MP/Documents/MMP_2022/AE_estatal_2022.zip (consultado el 15 de febrero de 2024).

[2] Este enfoque, que México aplica desde 2008, define la pobreza multidimensional cuando una persona tiene ingresos inferiores al umbral de pobreza y carece de al menos un derecho social. Esto se puede clasificar como pobreza moderada o pobreza extrema. Además, toma en cuenta a las personas que tienen ingresos iguales o superiores a la línea de pobreza por ingresos pero que, sin embargo, viven en vulnerabilidad por carencia de derechos sociales, así como a las personas cuya vulnerabilidad se debe exclusivamente a su nivel de ingresos pero que no padecen carencia o privación de derechos sociales. CONEVAL, “Metodología para la medición multidimensional de la pobreza en México”, 2019, https://www.coneval.org.mx/InformesPublicaciones/InformesPublicaciones/Documents/Metodologia-medicion-multidimensional-3er-edicion.pdf (consultado el 26 de enero de 2024). La principal forma de exclusión es la de la seguridad social, que afectó a 58.3 por ciento de la población tabasqueña en 2022. Le siguieron, en orden descendente, la falta de acceso a los servicios de salud (44.8 por ciento); a los servicios básicos en el hogar (43.9 por ciento); a una alimentación nutritiva y de calidad (38.9 por ciento); el rezago educativo (17.9 por ciento); y la falta de acceso a la vivienda (12.3 por ciento). Ibíd.

[3] INEGI, “Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública (ENVIPE) 2021: Principales resultados - Tabasco, https://www.inegi.org.mx/contenidos/programas/envipe/2021/doc/envipe2021_tab.pdf (consultado el 26 de enero de 2024), p. 7. 

[4] José Pérez, “Suben los delitos de alto impacto en 7 municipios de Tabasco”, El Heraldo de Tabasco, 12 de junio de 2022, https://www.elheraldodetabasco.com.mx/local/suben-delitos-de-alto-impacto-en-7-municipios-de-tabasco-8423108.html (consultado el 26 de enero de 2024).

[5] INEGI, “Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública (ENVIPE) 2021: Principales Resultados – Tabasco”, p. 23.

[6] Ibíd., p. 18.          

[7] Ibíd., p. 21.

[8] INEGI, “Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares: Tabasco”, https://www.inegi.org.mx/contenidos/programas/endireh/2021/doc/27_tabasco_resultados.pdf (consultado el 26 de enero de 2024), p. 7.

[9] Ibíd., p. 8.

[10] Ibíd., p. 9. Según el INEGI, la violencia económica se refiere a cualquier acto u omisión de un agresor que afecte a la supervivencia económica de la víctima. Incluye, por ejemplo, actos que crean desigualdad salarial dentro del mismo lugar de trabajo. INEGI, “Glosario, https://www.inegi.org.mx/app/glosario/default.html?p=ENDIREH2021 (consultado el 26 de febrero de 2024).

[11] Ibíd., p. 11.

[12] Una encuesta federal de 2021 reveló que 112.593 tabasqueños se identificaban como LGBTI+, lo que equivale al 6,2 por ciento de la población del estado. INEGI, “Encuesta Nacional sobre Diversidad Sexual y de Género 2021 - Presentación de Resultados, https://www.inegi.org.mx/contenidos/programas/endiseg/2021/doc/endiseg_2021_resultados.pdf (consultado el 26 de enero de 2024). La encuesta se realizó mediante una combinación de metodologías, incluyendo un censo de alrededor de 44,000 hogares y una encuesta en línea con 14,364 encuestados. A pesar de la incorporación de mecanismos para garantizar la confidencialidad, como el uso de entrevistas sólo de audio para las preguntas sobre temas delicados, métodos como éste pueden seguir subestimando el tamaño real de la población LGBT. La confidencialidad y el anonimato aumentan la probabilidad de que los encuestados sean más precisos a la hora de comunicar información sensible, pero su disposición a hacerlo también puede verse influida por elementos contextuales, como la prevalencia de la violencia y el estigma.

[13] Ángel Castro, “‘El Pozolero mató a mi hija': exigen justicia por crimen de travesti’”, Tabasco Hoy, 11 de agosto de 2023, https://www.tabascohoy.com/el-pozolero-mato-a-mi-hija-exigen-justicia-por-crimen-de-travesti/ (consultado el 26 de enero de 2024).

[14] M. Albert Hernández, “Caso Dayana Karrington: Detienen a Cristian Ernesto ‘N’, presunto responsable del transfeminicidio”, El Financiero, 24 de enero de 2022, https://www.elfinanciero.com.mx/estados/2022/01/24/caso-dayana-karrington-detienen-a-cristian-ernesto-n-presunto-responsable-del-transfeminicidio/ (consultado el 26 de enero de 2024).

[15] Casimiro Sánchez, “Indignación y luto en la comunidad LGBT de Tabasco”, El Heraldo de Tabasco, 30 de junio de 2020, https://www.elheraldodetabasco.com.mx/policiaca/indignacion-y-luto-en-la-comunidad-lgbt-de-tabasco-5434310.html, (consultado el 26 de enero de 2024).

[16] Congreso de Tabasco, Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación en el Estado de Tabasco (2016), https://congresotabasco.gob.mx/wp/wp-content/uploads/2019/02/Ley-para-Prevenir-y-Eliminar-la-Discriminacion-en-el-Estado-de-Tabasco.pdf, art. 3.

[17] Congreso de Tabasco, Decreto 160 (2009), https://congresotabasco.gob.mx/wp/wp-content/uploads/2021/02/Acuerdo_Disp_ANEXOS_Cumplim_RR-DAI-456-2020-PI_INFOMEX_2021.pdf (consultado el 26 de enero de 2024), art. 1.

[18] Diario Oficial de Tabasco, Decreto 079 (2022), https://tabasco.gob.mx/PeriodicoOficial/descargar/3486 (consultado el 26 de enero de 2024).

[19] Tesis de jurisprudencia 43/2015, Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), 1a./J. 43/2015 (10a.), 3 de junio de 2015, https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/2009407 (consultado el 26 de enero de 2024); “El Congreso de Tabasco aprobó el matrimonio igualitario”, Infobae, 19 de octubre de 2022, https://www.infobae.com/america/mexico/2022/10/20/el-congreso-de-tabasco-aprobo-el-matrimonio-igualitario/ (consultado el 26 de enero de 2024). 

[20] Congreso de Tabasco, Iniciativa de reformas al Código Civil para el estado de Tabasco en materia de matrimonio igualitario (2022), https://congresotabasco.gob.mx/wp/wp-content/uploads/2022/10/124.-Iniciativa-de-decreto-por-el-que-se-reforma-el-Codigo-Civil-para-el-Estado-de-Tabasco.pdf (consultado el 26 de enero de 2024).

[21] Ibíd., p. 9.

[22] Congreso de Tabasco, Iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan diversas disposiciones al código penal (2022), https://congresotabasco.gob.mx/wp/wp-content/uploads/2022/03/85.-Iniciativa-de-decreto-por-el-que-se-adicionan-al-Codigo-Penal-para-el-Estado.pdf (consultado el 26 de enero de 2024).

[23] Tesis de Jurisprudencia 173/2019, Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), 2a./J. 173/2019 (10a.), 9 de diciembre de 2019, https://bj.scjn.gob.mx/doc/tesis/cPZqMHYBN_4klb4HuEFn/%22Actas%20de%20nacimiento%22 (consultada el 26 de enero de 2024).

[24] Corte Interamericana de Derechos Humanos, Identidad de género e igualdad y discriminación de parejas del mismo sexo, Opinión Consultiva OC-24/17, Inter-Am. Ct. H.R. (ser. A) No. 24 (24 de noviembre de 2017), pp. 43-72, http://www.corteidh.or.cr/docs/opiniones/seriea_24_esp.pdf (consultado el 26 de enero de 2024).

[25] Acción de Inconstitucionalidad 73/2021, Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), 7 de marzo de 2022, https://www.cndh.org.mx/sites/default/files/resolucion/2023-03/Acc_Inc_2021_73_Demanda.pdf (consultado el 26 de enero de 2024).

[26] “Reconocimiento de género en México por estado”, Human Rights Watch, https://www.hrw.org/sites/default/files/media_2024/02/LGR%20Chart%20EN.pdf

[27] José Pérez, “No hay en Tabasco voluntad política para legislar cambio de identidad de género”, El Heraldo de Tabasco, 4 de marzo de 2022, https://www.elheraldodetabasco.com.mx/local/no-hay-en-tabasco-voluntad-politica-para-legislar-cambio-de-identidad-genero-7947357.html (consultado el 26 de enero de 2024).

[28] Entrevista con Isabel H., Jalpa de Méndez, 22 de marzo de 2023.

[29] Entrevista con Alicia S., Tenosique, 25 de marzo de 2023.

[30] Entrevista con María J. (seudónimo), Jalpa de Méndez, 22 de marzo de 2023.

[31] Entrevista con Dante T., Villahermosa, 24 de marzo de 2023.

[32] Entrevista con Sandra R., Villahermosa, 20 de marzo de 2023.

[33] Entrevista con Juan Carlos G., Centla, 24 de marzo de 2023.

[34] Ibíd.

[35] Entrevista con Karla H., Villahermosa, 22 de marzo de 2023. 

[36] Ibíd. 

[37] Entrevista con Samanta L., Jalpa de Méndez, 22 de marzo de 2023.

[38] Entrevista con Alexandra M., Villahermosa, 23 de marzo de 2023.

[39] Ibíd.

[40] Ibíd.

[41] Entrevista con Sandra R., Villahermosa, 20 de marzo de 2023.

[42] Ibíd.

[43] Ibíd.

[44] Ibíd.

[45] Entrevista con Luna G., Villahermosa, 24 de marzo de 2023.

[46] Ibíd.

[47] Ibíd.

[48] Entrevista con Ángel Pérez, Villahermosa, 20 de marzo de 2023.

[49] Ibíd.

[50] Entrevista con Alicia S., Tenosique, 25 de marzo de 2023.

[51] Ibíd.

[52] Entrevista con Samanta L., Jalpa de Méndez, 22 de marzo de 2023.

[53] Entrevista con Guadalupe J. (seudónimo), Villahermosa, 24 de marzo de 2023; entrevista con Mati L., Villahermosa, 23 de marzo de 2023; entrevista con Isabel H., Villahermosa, 22 de marzo de 2023.

[54] Entrevista con Paola L., Villahermosa, Villahermosa, 23 de marzo de 2023.

[55] Entrevista con Patricia E., Villahermosa, Villahermosa, 20 de marzo de 2023.

[56] Ibíd.

[57] Entrevista con Alexandra M., Villahermosa, 23 de marzo de 2023.

[58] Entrevista con Analisa C., Villahermosa, 23 de marzo de 2025.

[59] Entrevista con Licha C., Tenosique, 25 de marzo de 2023.

[60] Entrevista con Mia C., Villahermosa, 23 de marzo de 2023.

[61] Entrevista con Juan Carlos G., Centla, 24 de marzo de 2023.

[62] Entrevista con María J. (seudónimo), Jalpa de Méndez, 22 de marzo de 2023.

[63] Entrevista con Ángel P., Villahermosa, 20 de marzo de 2023.

[64] Entrevista con Karla H., Villahermosa, 22 de marzo de 2023.

[65] Gobierno de México, “¿Qué hacemos?” https://www.gob.mx/issste/que-hacemos (consultado el 26 de enero de 2024).

[66] Gobierno de México, “Tabasco”, https://www.economia.gob.mx/datamexico/es/profile/geo/tabasco-tb#health-coverage (consultado el 26 de enero de 2024).

[67] Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL), “Medición Multidimensional de la Pobreza: Tabasco”, https://www.coneval.org.mx/Medicion/MP/Documents/MMP_2022/AE_estatal_2022.zip (consultado el 15 de febrero de 2024).

[68] Valeria Villarreal, “Infografía: ¿Cómo reciben atención sanitaria los mexicanos?” 7 de octubre de 2022, Wilson Center, https://www.wilsoncenter.org/article/infographic-how-do-mexicans-get-healthcare (consultado el 26 de enero de 2024).

[69] Entrevista con María J. (seudónimo), Jalpa de Méndez, 22 de marzo de 2023.

[70] Entrevista con Luna G., Villahermosa, 24 de marzo de 2023.

[71] Entrevista con Alexandra M., Villahermosa, 23 de marzo de 2023.

[72] Entrevista con Melissa A., Villahermosa, 22 de marzo de 2023.

[73] Entrevista con Samanta L., Jalpa de Méndez, 22 de marzo de 2023.

[74] Entrevista con Analisa C., Villahermosa, 23 de marzo de 2023.

[75] Entrevista con Alicia S., Tenosique, 25 de marzo de 2023.

[76] Entrevista con Ángel P., Villahermosa, 20 de marzo de 2023; entrevista con Patricia E., Villahermosa, 20 de marzo de 2023; entrevista con Guadalupe J. (seudónimo), Villahermosa, 24 de marzo de 2023.

[77] Entrevista con Isabel H., Jalpa de Méndez, 22 de marzo de 2023.

[78] Entrevista con Isabel H., Jalpa de Méndez, 22 de marzo de 2023.

[79] Entrevista con María J. (seudónimo), Jalpa de Méndez, 22 de marzo de 2023.

[80] Entrevista con Guadalupe J. (seudónimo), Villahermosa, 24 de marzo de 2023.

[81] Entrevista con Dante T., Villahermosa, 24 de marzo de 2023.

[82] Entrevista con Paola L., Villahermosa, 23 de marzo de 2023.

[83] Entrevista con Karla H., Villahermosa, 22 de marzo de 2023.

[84] Entrevista con Juan Carlos G., Centla, 24 de marzo de 2023.

[85] Entrevista con Sandra R., Villahermosa, 20 de marzo de 2023.

[86] Entrevista con Dante T., Villahermosa, 24 de marzo de 2023.

[87] Ibíd.

[88] Entrevista con Samanta L., Jalpa de Méndez, 22 de marzo de 2023.

[89] Ibíd.

[90] Entrevista con Juan Carlos G., Centla, 24 de marzo de 2023.

[91] Ibíd.

[92] Ibíd.

[93] Ibíd.

[94] Ibíd.

[95] Entrevista con Luna García, Villahermosa, 24 de marzo de 2023.

[96] Ibíd.

[97] Ibíd.

[98] Entrevista con Isabel H., Villahermosa, 22 de marzo de 2023.

[99] Entrevista con Mia C., Villahermosa, 23 de marzo de 2023.

[100] Entrevista con Ángel P., Villahermosa, 20 de marzo de 2023.

[101] Ibíd.

[102] Ibíd.

[103] Entrevista con Luna García, Villahermosa, 24 de marzo de 2023.

[104] Entrevista con María J. (seudónimo), Jalpa de Méndez, 22 de marzo de 2022.

[105] Entrevista con Mati L., Villahermosa, 23 de marzo de 2023; entrevista con Melissa A., Villahermosa, 22 de marzo de 2023; entrevista con Alexandra M., Villahermosa, 23 de marzo de 2023.

[106] Entrevista con Michelle Vásquez, Centla, 24 de marzo de 2023.

[107] Entrevista con Samanta L., Jalpa de Méndez, 22 de marzo de 2023.

[108] Entrevista con Juan Carlos G., Centla, 24 de marzo de 2023.

[109] Entrevista con Analisa C., Villahermosa, 23 de marzo de 2023.

[110] Entrevista con Paola L., Villahermosa, 23 de marzo de 2023.

[111] Entrevista con Alicia S., Tenosique, 25 de marzo de 2023.

[112] entrevista con Isabel H., Villahermosa, 22 de marzo de 2023.

[113] Entre sus muchos beneficios, la tarjeta de identificación del INAPAM permite a las personas de 60 años o más obtener descuentos en billetes de autobús, transporte público, servicios médicos, medicamentos, alimentos, ropa y muchos otros productos. Gobierno de México, “Directorio de Beneficios 2024 con Credencial INAPAM”, https://www.gob.mx/inapam/acciones-y-programas/beneficios-test (consultado el 20 de diciembre de 2023).

[114] Entrevista con Alicia S., Tenosique, 25 de marzo de 2023.

[115] Entrevista con Melissa A., Villahermosa, 22 de marzo de 2023.

[116] Entrevista con Mia C., Villahermosa, 23 de marzo de 2023.

[117] Entrevista con Alexandra M., Villahermosa, 23 de marzo de 2023.

[118] Convención Americana sobre Derechos Humanos (“Pacto de San José de Costa Rica”), adoptada el 22 de noviembre de 1969, O.A.S. Treaty Series No. 36, 1144 U.N.T.S. 123, entró en vigor el 18 de julio de 1978, reimpresa en Basic Documents Pertaining to Human Rights in the Inter-American System, OEA/Ser.L.V/II.82 doc.6 rev.1 at 25 (1992), a la que se adhirió México el 24 de marzo de 1981.

[119] Corte Interamericana de Derechos Humanos, Identidad de género e igualdad y discriminación de parejas del mismo sexo, Opinión Consultiva OC-24/17, Inter-Am. Ct. H.R. (ser. A) No. 24 (24 de noviembre de 2017), párr. 229(3), http://www.corteidh.or.cr/docs/opiniones/seriea_24_esp.pdf (consultado el 20 de enero de 2024).

[120] Ibíd., párrs. 142, 124.

[121] Tesis de Jurisprudencia 173/2019, Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), 2a./J. 173/2019 (10a.), 9 de diciembre de 2019, https://bj.scjn.gob.mx/doc/tesis/cPZqMHYBN_4klb4HuEFn/%22Actas%20de%20nacimiento%22 (consultada el 26 de enero de 2024).

[122] Corte Interamericana de Derechos Humanos, Vicky Hernández y otros c. Honduras, Sentencia de 26 de marzo de 2021, Inter-Am. Ct. H.R. (ser. C) No. 422 (2021), párrs. 170-73, https://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_422_esp.pdf (consultado el 20 de enero de 2024).

[123] Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), adoptado el 16 de diciembre de 1966, A.G. Res. 2200A (XXI), 21 U.N. GAOR Supp. (No. 16) en 52, U.N. Doc. A/6316 (1966), 999 U.N.T.S. 171, en vigor desde el 23 de marzo de 1976, al que se adhirió México el 23 de marzo de 1981.

[124] Véase, por ejemplo, Comité de Derechos Humanos de la ONU, Observaciones finales: Uzbekistán, U.N. Doc. CCPR/C/UZB/CO/5 (1 de mayo de 2020), párr. 11(d); Observaciones finales: Irlanda, U.N. Doc. CCPR/C/IRL/CO/4 (19 de agosto de 2014), párr. 7; Observaciones finales: Ucrania, U.N. Doc. CCPR/C/UKR/CO/7 (22 de agosto de 2013), párr. 10.

[125] Asamblea General de la ONU, Informe del Experto Independiente sobre orientación sexual e identidad de género: Protección contra la violencia y la discriminación basadas en la orientación sexual y la identidad de género, U.N. Doc. A/73/152 (12 de julio de 2018), párr. 23, undocs.org/A/73/152 (consultado el 21 de junio de 2022).

[126] Consejo de Derechos Humanos de la ONU, La ley de la inclusión: Informe del Experto Independiente sobre la protección contra la violencia y la discriminación por motivos de orientación sexual e identidad de género, Víctor Madrigal-Borloz, U.N. Doc. A/HRC/47/27 (3 de junio de 2021), https://undocs.org/A/HRC/47/27 (consultado el 21 de junio de 2022), párr. 36.

[127] Ibíd., párrafo 41.

[128] Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC), adoptado el 16 de diciembre de 1966, A.G. Res. 2200A (XXI), 21 U.N. GAOR Supp. (No. 16) en 49, U.N. Doc. A/6316 (1966), 993 U.N.T.S. 3, en vigor desde el 3 de enero de 1976, al que se adhirió México el 23 de marzo de 1981.

[129] Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU, Observaciones finales: Costa Rica, Doc. ONU. E/C.12.CRI/CO/5 (21 de octubre de 2016), párrs. 20-21.

[130] Los Principios de Yogyakarta: Principios sobre la aplicación de la legislación internacional de derechos humanos en relación con la orientación sexual y la identidad de género (marzo de 2007), principio 3(c), http://yogyakartaprinciples.org/wp-content/uploads/2016/08/principles_en.pdf (consultado el 26 de enero de 2024). Véase también Principios de Yogyakarta más 10: Principios adicionales y obligaciones de los Estados sobre la aplicación de la legislación internacional de derechos humanos en relación con la orientación sexual, la identidad de género, la expresión de género y las características sexuales para complementar los Principios de Yogyakarta (noviembre de 2017), principio 31, https://yogyakartaprinciples.org/wp-content/uploads/2017/11/A5_yogyakartaWEB-2.pdf (consultado el 23 de febrero de 2024).

[131] Ibíd., principio 6(f).

[132] PIDESC, art. 6.

[133] Constitución mexicana, art. 123, https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf (consultado el 26 de enero de 2024); Constitución de Tabasco, art. 2 (XXXIV), https://tabasco.gob.mx/leyes/descargar/5/115 (consultado el 26 de enero de 2024).

[134] Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Observación General 23, párr. 11, https://www.ohchr.org/en/documents/general-comments-and-recommendations/general-comment-no-23-2016-right-just-and-favourable (consultado el 2 de marzo de 2023).

[135] Ibíd, párr. 48.

[136] Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Observación general nº 20, párr. 11, https://www.refworld.org/docid/4a60961f2.html (consultado el 2 de marzo de 2023).

[137] Ley Federal del Trabajo, arts. 2-3 bis, https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFT.pdf (consultado el 26 de enero de 2024).

[138] Ibíd, art. 133.

[139] Ley del Centro de Conciliación Laboral de Tabasco, https://tabasco.gob.mx/leyes/descargar/0/515 (consultado el 26 de enero de 2024).

[140] Convenio núm. 190 de la OIT sobre la eliminación de la violencia y el acoso en el mundo del trabajo (Convenio sobre la violencia y el acoso), adoptado el 21 de junio de 2019, en vigor desde el 25 de junio de 2021, al que se adhirió México el 6 de julio de 2022, art. 6. 6, https://www.ilo.org/dyn/normlex/en/f?p=NORMLEXPUB:12100:0::NO::P12100_ILO_CODE:C190 (consultado el 23 de febrero de 2024).

[141] Ibíd., art. 1(a)

[142] Ibíd., art. 1(b).

[143] Principios de Yogyakarta, Principio 12.

[144] PIDESC, art. 12.

[145] Constitución mexicana, art. 4; Constitución de Tabasco, art. 2(XXX).

[146] PIDESC, art. 2.

[147] CDESC, Observación General nº 14: El derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud, art. 12, Doc. E/C.12/2000/4 (2000), párr. 18 (consultado el 22 de enero de 2024).

[148] Gobierno de México, Protocolo Federal para el Acceso sin Discriminación a la Prestación de Servicios de Atención Médica a la Población Lésbica, Gay, Bisexual, Transexual, Travesti, Transgénero e Intersexual, https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/558167/Versi_n_15_DE_JUNIO_2020_Protocolo_Comunidad_LGBTTI_DT_Versi_n_V_20.pdf (consultado el 24 de enero de 2024).

[149] Comité de los Derechos del Niño, Observación general n.º 15, El derecho del niño al disfrute del más alto nivel posible de salud, U.N. Doc. CRC/C/GC/15 (17 de abril de 2013), párr. 8.

[150] PIDESC, art. 13; Convención sobre los Derechos del Niño (CDN), adoptada el 20 de noviembre de 1989, 1577 U.N.T.S. 3, en vigor desde el 2 de septiembre de 1990, a la que se adhirió México el 21 de septiembre de 1990, arts. 28-29.

[151] PIDESC, art. 13(2)(C); Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Protocolo de San Salvador), O.A.S. Treaty Series No. 69 (1988), adoptado el 17 de noviembre de 1988, en vigor desde el 16 de noviembre de 1999, ratificado por México el 8 de marzo de 1996, art. 13(3)(c).

[152] Constitución de México, art. 3; Constitución de Tabasco, art. 2(XXXII).

[153] Ley General de Educación Superior, art. 4. https://tabasco.gob.mx/sites/default/files/users/setabasco/LEY%20GENERAL%20DE%20EDUCACION%20SUPERIOR%20LGES_200421.pdf (consultado el 24 de enero de 2024).

[154] El PIDESC estipula que la educación superior debe “hacerse igualmente accesible a todos, sobre la base de la capacidad de cada uno, por cuantos medios sean apropiados”, mientras que el Protocolo de San Salvador establece que la educación superior debe “hacerse igualmente accesible a todos, sobre la base de la capacidad de cada uno, por cuantos medios sean apropiados”. PIDESC, art. 13(2)(c); Protocolo de San Salvador, art. 13(3)(c).

[155] Comité de los Derechos del Niño, Observación general n.º 13, El derecho del niño a una vida libre de toda forma de violencia, U.N. Doc. CRC/C/GC/13 (2011), párr. 47(a)(i), https://www2.ohchr.org/english/bodies/crc/docs/crc.c.gc.13_en.pdf (consultado el 24 de enero de 2024).

[156] Periódico Oficial de Tabasco, Protocolo para prevenir, detectar y atender la violencia y el acoso escolar contra niñas, niños y adolescentes en la educación primaria y secundaria, 15 de noviembre de 2017, https://tabasco.gob.mx/sites/default/files/users/setabasco/PROTOCOLO%20DE%20ATENCIÓN%20ACOSO%20Y%20VIOLENCIA%20ESCOLAR_compressed.pdf (consultado el 24 de enero de 2024).