Es sabido que las fuerzas militares venezolanas ejercen un inmenso poder político en el país, que altos mandos militares ocupan posiciones clave en el gobierno y que los abusos aberrantes, que incluyen ejecuciones extrajudiciales, torturas y detenciones arbitrarias, permanecen impunes. Sin embargo, una faceta particularmente perversa del desprecio manifiesto de las fuerzas militares por los derechos humanos no ha recibido la atención que merece.
Una disposición draconiana del Código Orgánico de Justicia Militar de Venezuela castiga con hasta tres años de cárcel y despido las relaciones sexuales consensuadas entre personas del mismo sexo parte de las fuerzas armadas. Esta disposición, que forma parte de un capítulo del código titulado “De la Cobardía y otros Delitos contra el Decoro Militar”, penaliza los “actos sexuales contra la natura”. No prohíbe las relaciones sexuales consensuadas entre personas heterosexuales.
No resulta claro cuántas condenas se han impuesto invocando esta norma. Se ha registrado al menos una en 2013. Pero la norma tiene consecuencias más amplias. Se ha indicado que la posibilidad de despido contemplada en la disposición es usada por supervisores y otras personas para hostigar a gais y lesbianas en las fuerzas armadas.
Giovanni Piermattei, presidente de la organizaciones de la sociedad civil Venezuela Igualitaria, que trabaja en temas de derechos de personas LGBT en Venezuela, dijo a Human Rights Watch que su entidad ha recibido denuncias reiteradas sobre este tipo de acoso homofóbico, incluso en enero de este año. Luego de que Venezuela Igualitaria presentara una demanda de inconstitucionalidad, el Tribunal Supremo de Justicia ha anunciado que analizará la constitucionalidad de la disposición.
Esta disposición convierte a Venezuela en uno de los pocos países de América Latina que todavía penalizan las relaciones sexuales entre personas del mismo sexo. En algunos países anglófonos del Caribe, como Jamaica, Guyana y Dominica, estas leyes siguen en vigencia, un legado del imperialismo británico. Los actos sexuales entre personas del mismo sexo siguen estando penalizados en 69 países, incluyendo a Irán, Myanmar y Sudán.
La prohibición de relaciones sexuales entre personas del mismo sexo, incluso en las fuerzas armadas, viola el derecho internacional de los derechos humanos, incluidos los derechos a la privacidad, a no sufrir detención arbitraria y a la igualdad y a no ser objeto de discriminación. Diversos organismos nacionales, regionales e internacionales han rechazado de lleno los señalamientos de que factores como la disciplina militar puedan invocarse para justificar la prohibición de relaciones entre personas del mismo sexo en el ámbito militar.
La demanda de inconstitucionalidad de Venezuela Igualitaria contra la ley podría dar esperanzas a los y las militares que sufren los abusos y el estigma asociados con una norma discriminatoria. De hecho, el tribunal ha ampliado anteriormente los derechos de las personas LGBT en el país, y a través de un pronunciamiento 2016 se reconoció la custodia compartida a las parejas del mismo sexo. Pero en Venezuela no hay un poder judicial independiente.
El tribunal no ha actuado como freno del poder ejecutivo desde que el expresidente Hugo Chávez y sus partidarios en la Asamblea Nacional tomaron el control político de esa institución en 2004. Los magistrados que integran el tribunal se han rehusado a considerar recursos contra las flagrantes arremetidas de las autoridades venezolanas al Estado de derecho y la separación de poderes.
Cuando la Asamblea Nacional —que fue copada por miembros oficialistas tras una controvertida elección en diciembre de 2020— revisó el Código Orgánico de Justicia Militar en 2021, desaprovechó la oportunidad de derogar la disposición que penaliza los actos sexuales entre personas del mismo sexo. La Asamblea Nacional responde al Nicolás Maduro, que además es comandante en jefe de las fuerzas armadas venezolanas.
La situación de los derechos de las personas LGBT es una de las tantas deficiencias relacionadas con los derechos humanos existentes durante el gobierno de Maduro. No existen en Venezuela leyes civiles integrales que protejan de la discriminación por motivos de orientación sexual e identidad de género, si bien se prevén protecciones limitadas en algunas áreas. Por ejemplo, la Ley Orgánica del Trabajo prohíbe la discriminación por motivos de orientación sexual, mientras una ley sobre vivienda prohíbe la discriminación en razón de la orientación sexual y la identidad de género en ese sector. Sin embargo, mientras esté vigente la ley que penaliza las relaciones sexuales entre personas del mismo sexo en las fuerzas armadas, esto seguirá dando a entender que el Estado avala la discriminación y los prejuicios.
Las autoridades que responden a Maduro parecen haber hecho concesiones únicamente ante las fuertes presiones internacionales. Es crucial que los actores internacionales clave de todas las corrientes políticas, que han defendido los derechos de las personas LGBT en su país, alcen la voz en apoyo a los esfuerzos de los defensores de derechos humanos venezolanos que cuestionan la discriminación en las poderosas fuerzas armadas de su país.