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Colombia: Oportunidad para corregir graves defectos de la justicia transicional

Corte Constitucional analiza el componente de justicia del acuerdo de paz

(Washington, D.C.) – El componente de justicia del acuerdo de paz con las FARC presenta graves deficiencias que la Corte Constitucional de Colombia debería abordar, señaló hoy Human Rights Watch. El tribunal comenzará a analizar el Acto Legislativo 1 de 2017, que creó la Jurisdicción Especial para la Paz, un sistema judicial acordado con las FARC como parte de las negociaciones que terminaron con el conflicto armado entre las partes después de más de 52 años de guerra.

El tribunal debería limitar una disposición que permite que guerrilleros de las FARC responsables de crímenes atroces puedan postularse o ejercer cargos públicos incluso mientras cumplen con sus sanciones. Esta limitación debería asegurar el cumplimiento pleno e incondicional de las sanciones impuestas por la Jurisdicción Especial para la Paz. La corte también debería corregir la definición acotada de “responsabilidad de mando” para miembros de la fuerza pública, un principio que determina cuando los comandantes militares pueden ser considerados penalmente responsables por los delitos cometidos por sus subordinados. La definición incluida en el Acto Legislativo es incompatible con el derecho internacional, señaló Human Rights Watch, y podría permitir que altos mandos de la fuerza pública evadan la justicia.

“Al aprobar esta reforma constitucional, el Congreso ignoró deliberadamente graves defectos del componente de justicia del acuerdo de paz”, afirmó José Miguel Vivanco, director para las Américas de Human Rights Watch. “Ahora, la Corte Constitucional tiene la posibilidad de sentar las bases para que los miembros de la fuerza pública y de las FARC responsables de atroces crímenes de guerra al menos enfrenten unos mínimos de justicia”.

Ahora, la Corte Constitucional tiene la posibilidad de sentar las bases para que los miembros de la fuerza pública y de las FARC responsables de atroces crímenes de guerra al menos enfrenten unos mínimos de justicia.
José Miguel Vivanco

Director para las Américas


En el pasado, la Corte Constitucional ha desempeñado un rol fundamental para garantizar justicia para víctimas del conflicto armado. En 2006, el tribunal corrigió graves falencias en la Ley de Justicia y Paz, que regulaba la desmovilización de grupos paramilitares. En 2013, la corte modificó una reforma constitucional —conocida como el “Marco Jurídico para la Paz”— que habría permitido al Congreso suspender plenamente las sanciones para agentes del Estado y miembros de las FARC condenados por crímenes atroces.

En virtud del acuerdo de paz y el Acto Legislativo 1 de 2017, los guerrilleros de las FARC responsables de crímenes de guerra no estarían sujetos a ninguna restricción respecto de sus derechos políticos. Si bien un objetivo fundamental del proceso de paz es permitir que antiguos miembros de las FARC promuevan sus objetivos políticos en un marco democrático, permitir que se postulen y desempeñen cargos públicos mientras cumplen condenas por crímenes atroces podría menoscabar seriamente las sanciones impuestas por la Jurisdicción Especial para la Paz, afirmó Human Rights Watch.

Desde su formación a mediados de la década de 1960, las FARC han cometido atrocidades de forma sistemática. Sus miembros han matado y secuestrado a civiles, tomado rehenes, cometido desapariciones forzadas, reclutado a niños, celebrado juicios manifiestamente injustos, desplazado a civiles de manera forzada y sometido a combatientes capturados a tratos crueles e inhumanos.

Las definiciones de “responsabilidad de mando” propuestas durante el proceso de paz que, eventualmente, se aplicarán a militares y comandantes de las FARC, han suscitado reiteradas preocupaciones de parte de organizaciones colombianas de derechos humanos y organismos internacionales, incluida la propia fiscal de la Corte Penal Internacional. Human Rights Watch ha criticado las definiciones de “responsabilidad de mando” propuestas a partir del proceso de paz, incluida una definición aplicable a miembros de las FARC que aún no ha sido aprobada por el Congreso. En enero de 2017, Human Rights Watch escribió una carta a legisladores colombianos señalando que la definición propuesta para militares—que es idéntica a la aprobada en el Acto Legislativo 1 de 2017—distorsiona el derecho internacional de un modo que en la práctica dificulta que los comandantes de la Fuerza Pública rindan cuentas por sus actos.  

Entre 2002 y 2008, brigadas del Ejército a lo largo de Colombia asesinaron a más de 3.000 civiles, en lo que se conoce como “falsos positivos”. Soldados y oficiales, presionados por sus superiores para mostrar resultados “positivos” exageraron el número de bajas en el combate a las guerrillas. Se llevaban por la fuerza a víctimas o las engañaban con promesas falsas de trabajo. Posteriormente las asesinaban, colocaban armas junto a los cuerpos e informaban que se trataba de combatientes enemigos muertos en enfrentamientos para recibir vacaciones, bonos, ascensos y otros beneficios.

Si bien más de 1.000 miembros del Ejército han sido condenados por estos delitos, pocos de los comandantes que dirigían las brigadas responsables de los asesinatos —y luego obtuvieron ascensos en los escalafones militares— han rendido cuentas por estos hechos. Todavía no resulta claro si la Jurisdicción Especial para la Paz, que tendrá competencia sobre delitos relacionados con el conflicto armado, entenderá en estos casos.

“Si la Jurisdicción Especial para la Paz interviene en casos de “falsos positivos” y aplica la definición distorsionada sobre responsabilidad de mando que aprobó el Congreso, es probable que los altos mandos responsables de estos atroces asesinatos nunca rindan cuentas por sus crímenes”, señaló Vivanco.
 

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