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Expulsión masiva de cubanos de Ecuador

Publicado en: El País

Ecuador es el país de la región con la mayor cantidad de refugiados. La expulsión sin debido proceso de decenas de cubanos de ese país en los últimos días pone en evidencia el enorme riesgo para los solicitantes de refugio cuando existe un gobierno autoritario que está dispuesto a ignorar con impunidad los derechos humanos más básicos previstos en el derecho internacional de los refugiados. 

Cubanos detenidos en el calabozo de la unidad judicial de delitos flagrantes de Quito, esperando a ser deportados o liberados luego de audiencias de deportación, 9 de julio de 2016. © 2016 Juan Pablo Alban

La Policía Nacional del Ecuador y funcionarios de Servicio de Migración detuvieron a 149 cubanos en la madrugada del 6 de julio pasado. Los cubanos se encontraban durmiendo en un campamento en la ciudad de Quito, protestando para conseguir que autoridades mexicanas les otorgaran una visa humanitaria para llegar a Estados Unidos, donde podrían solicitar asilo.

El gobierno ecuatoriano informó que al 11 de julio, un total de 75 cubanos habían sido enviados de regreso a Cuba y otros 22 habían sido liberados y autorizados a permanecer en Ecuador. 

El gobierno sostuvo que los derechos de los detenidos se habían respetado. Sin embargo, los cubanos fueron detenidos durante largas horas en la Unidad de Flagrancia Penal de Quito, según defensores de derechos humanos que intentaron asistirlos legalmente. Allí permanecieron privados de alimentos y agua, y sin acceso a familiares ni abogados, según los defensores.

Desde el 7 de julio, un día después de las detenciones, se realizaron una serie de audiencias de deportación en las cuales los detenidos habrían tenido escasos minutos para presentar su defensa. Abogados defensores reportaron que prácticamente no pudieron hablar con los detenidos con anterioridad a las audiencias, y que entre los cubanos detenidos habría solicitantes de refugio, personas con estatus migratorio legal, y otros que habrían solicitado refugio durante la audiencia.

En efecto, los jueces resolvieron deportar a decenas de cubanos, incluyendo algunos detenidos que habían solicitado refugio. Las decisiones judiciales de deportación se elevaron luego a consulta con el Ministro del Interior José Serrano. Defensores de derechos humanos ecuatorianos que documentaron las deportaciones informaron a Human Rights Watch que las deportaciones ocurrieron antes de que los deportados pudieran apelar las decisiones judiciales en sus casos y con anterioridad a que se resolviera una solicitud de habeas corpus presentada a favor de los detenidos. 

Las obligaciones jurídicas internacionales actualmente en vigencia y que también obligan a Ecuador prevén la firme protección del derecho de las personas refugiadas a solicitar asilo. La Convención Americana sobre Derechos Humanos garantiza “el derecho de buscar y recibir asilo en territorio extranjero” y asegura que “en ningún caso el extranjero puede ser expulsado o devuelto a otro país . . . donde su derecho a la vida o a la libertad personal está en riesgo de violación...” (énfasis agregado). Este texto recoge el llamado “principio de no devolución” (non-refoulement), un pilar fundamental de la protección de las personas refugiadas que está previsto en la Convención sobre Refugiados y es ampliamente reconocido como parte del derecho internacional consuetudinario.

Human Rights Watch no puede establecer cuántos de los cubanos expulsados tenían solicitudes legítimas de asilo, pero tampoco puede hacerlo el gobierno ecuatoriano debido a que no les ha permitido presentar sus casos en las audiencias justas a las cuales tienen derecho. 

Cualquier medida que vulnere las obligaciones de respetar el principio de no devolución y las garantías básicas del debido proceso viola derechos fundamentales y debería ser fuertemente condenada por los gobiernos de la región, el sistema interamericano de derechos humanos, la representación de la Organización de Naciones Unidas en Quito, y la oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados. El gobierno ecuatoriano no debería tener un cheque en blanco para deportar sumariamente a solicitantes de refugio que podrían enfrentar persecución o abusos en el país del cual huyeron.

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