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Ecuador debe garantizar el acceso real y efectivo al aborto en casos de violación

La Asamblea Nacional y el Presidente tienen la oportunidad histórica de dejar de castigar innecesariamente a mujeres y niñas

Publicado en: GK
Women hold letters forming the phrase "Legal Abortion Now" during an abortion rights protest in Quito, Ecuador, Monday, September 28, 2020.  © 2020 AP Photo/Dolores Ochoa

Lucía tenía 15 años cuando fue violada por un desconocido mientras volvía a casa de la escuela. Quedó embarazada y en junio de 2015 parió sola en el baño de su casa. Su parto fue de emergencia y el recién nacido no sobrevivió. Lucía fue condenada a 5 años de prisión por homicidio. Pasó cuatro años y tres meses en una institución de menores. La interrupción legal del embarazo por violación —que se discute actualmente en la Asamblea Nacional del Ecuador— podría haber evitado esta situación.

La Asamblea discute un proyecto que garantizaría el acceso real y efectivo a la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) en casos de violación. Su aprobación debería ser prioritaria. El proyecto definitivo no debería incluir obstáculos prácticos al acceso a la atención, como los límites relativos a la edad gestacional y la obligación de denunciar la violencia sexual como requisito para acceder al servicio. 

El proyecto también debería regular la objeción de conciencia para no permitir que obstaculice el acceso oportuno al aborto y exigir al personal sanitario el resguardo de la confidencialidad y el secreto profesional. 

Si el proyecto cumple estos estándares, el presidente Guillermo Lasso debería aprobarlo. Cuando aún no asumía formalmente su cargo, el Presidente manifestó que respetaría la sentencia de la Corte Constitucional que despenalizó el aborto en casos de violación. Pero su reciente intención de vetar el proyecto representa un cambio de postura que resulta preocupante, y tendría consecuencias graves.

La situación es bastante compleja. En cumplimiento a la sentencia de la Corte Constitucional, la Comisión de Justicia de la Asamblea debía redactar un texto que promoviera la regulación para garantizar el acceso a la interrupción voluntaria del embarazo en casos de violación.

En diciembre pasado, la Comisión presentó el informe para el primer debate en el Pleno. En el Ecuador, en el primer debate en el que intervinieron miembros de la sociedad civil y asambleístas, no se vota. En él, los miembros de la Comisión debieron acoger las observaciones de los asambleístas para que el proyecto regrese a la Comisión y se integren los comentarios. Y eso hicieron. 

Por ese entonces, una minoría de la Comisión apoyó un informe paralelo que contemplaba numerosos obstáculos y condiciones que frustrarían el acceso al servicio de la interrupción del embarazo en estos casos. 

El informe de mayoría para segundo debate estuvo listo en enero y el 25 de ese mes, fue la primera parte del segundo debate que luego se suspendió. La sesión se retomó el 3 de febrero, cuando por más de ocho horas, los legisladores expusieron sus posturas.

El informe volvió, nuevamente, a la Comisión de Justicia. Y el 11 de febrero, la Comisión aprobó el texto final que deberá ser votado mañana, 17 de febrero de 2022. El proyecto necesitará de 70 votos para ser aprobado. Si eso ocurre, se remitirá al presidente Lasso, quien podrá aprobar o vetar la ley en forma parcial o total.

La Asamblea y el presidente Lasso deberían aprobar una ley que garantice el acceso real y efectivo a la interrupción voluntaria del embarazo de todas las personas que estén embarazadas producto de una violación. Solo así, Ecuador podrá cumplir con sus obligaciones internacionales de derechos humanos y dar respuesta a un grave problema de salud pública. Según datos del Ministerio de Salud, casi el 10% de las muertes maternas en 2019 y el 6% en 2020 fueron consecuencia de abortos inseguros.

Lucía no es la única que atravesó esta situación. Para un informe reciente, Human Rights Watch analizó 148 casos en los cuales mujeres, niñas, profesionales de la salud y acompañantes fueron acusados de obtener o practicar abortos entre 2009 y 2019. De estos casos, 120 fueron contra mujeres y niñas. Estos son un claro ejemplo de cómo la criminalización del aborto tiene consecuencias devastadoras para la vida y la salud de mujeres y niñas que intentan acceder a servicios esenciales de salud reproductiva. 

María, de 20 años, tuvo un aborto espontáneo tras caer por las escaleras en su lugar de trabajo. Los médicos la denunciaron ante la policía. María estuvo en prisión durante cuatro meses junto a su hijo de tres años, a la espera del juicio. Otras mujeres y niñas fueron acusadas tras intentar obtener atención post aborto.

El 73% de los casos analizados se iniciaron después de que un profesional de la salud denunció a una paciente ante la policía, violando el secreto profesional. Entre esas personas están Delfina, de 17 años, y Josefa, de 21, quienes tuvieron abortos espontáneos en 2014 y acudieron al servicio de urgencias para obtener atención médica. Delfina estuvo 18 meses en régimen de detención domiciliaria a la espera del juicio. Josefa cumplió una pena de 7 meses de cárcel. 

En el 66% de los casos, la policía interrogó a las mujeres en el hospital sin representación legal. La conducta y las decisiones de los jueces a menudo reflejaron estereotipos de género y consideraciones religiosas. En varios casos, las mujeres fueron condenadas a realizar tareas comunitarias en orfanatos, o terapias orientadas a convertirlas en “buenas madres”.

Las interpretaciones autorizadas de tratados de derechos humanos ratificados por Ecuador han establecido hace ya tiempo que las leyes excesivamente restrictivas sobre aborto resultan violatorias de los derechos humanos de las mujeres y niñas. 

El Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW) de la ONU, en el examen que realizó en 2021 sobre el cumplimiento del tratado por Ecuador, recomendó que el país legalizara el aborto en casos de violación sexual, riesgo para la vida o la salud de la mujer embarazada o “malformación grave del feto”. También instó que despenalizara el aborto en todos los demás casos y que brindara acceso al aborto seguro y servicios de atención posterior a un aborto a mujeres y niñas. 

La Asamblea Nacional y el presidente Lasso tienen una oportunidad histórica de poner fin a la negación discriminatoria del acceso a la interrupción voluntaria del embarazo en Ecuador y de permitir que mujeres y niñas efectivicen su derecho a servicios integrales de salud sexual y reproductiva después de un hecho de violencia sexual. 

Es una oportunidad para que Ecuador deje de castigar innecesariamente a mujeres y niñas y empiece a protegerlas.

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