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El Senado debería rechazar la propuesta de reforma constitucional

Las reformas en materia de seguridad otorgarían al presidente poderes peligrosos de emergencia

El presidente de Chile, José Antonio Kast, saluda a carabineros tras anunciar una nueva agenda de seguridad y medidas más estrictas para el control de la inmigración, en la Plaza de Armas de Santiago, Chile, el 6 de agosto de 2026. © 2026 Esteban Felix/AP Photo

(Washington, D. C.) – El Congreso chileno debería rechazar una propuesta de reforma constitucional impulsada por el presidente José Antonio Kast que pondría en peligro una amplia gama de derechos humanos, afirmó hoy Human Rights Watch.

El 18 de agosto de 2026, el gobierno chileno presentó ante el Senado una propuesta de ocho reformas constitucionales, con el objetivo declarado de reforzar la lucha contra el crimen organizado. Entre otras, la propuesta otorgaría al presidente una autoridad prácticamente ilimitada para declarar estados de emergencia en respuesta a cualquier situación que considere una amenaza inminente para la “seguridad pública”. Esto se sumaría a los cuatro tipos de estados de emergencia ya previstos en la Constitución chilena.

“Las reformas constitucionales propuestas amenazan los derechos de los chilenos y ponen en peligro sus instituciones”, afirmó Juanita Goebertus, directora para las Américas de Human Rights Watch. “Se trata de una peligrosa usurpación de poder que pone en riesgo los derechos de todos los chilenos”.

El nuevo estado de emergencia por “seguridad pública” podría durar hasta 240 días sin requerir la aprobación del Congreso y otorgaría al presidente la autoridad de “suspender o restringir la libertad personal y de locomoción y el derecho de reunión” y “restringir el ejercicio del derecho de asociación; interceptar, abrir o registrar documentos y toda clase de comunicaciones y disponer [de] requisiciones de bienes”. La propuesta establece que un Oficial General, ya sea de las fuerzas armadas o de los Carabineros de Chile, nombrado por el presidente, se encargará de la “zona afectada” declarada en emergencia.

La propuesta de reforma constitucional también otorgaría al presidente una nueva facultad para declarar a ciertos grupos como organizaciones terroristas o criminales, pero no especifica los efectos legales de dicha declaración. 

La propuesta también crearía “regímenes penitenciarios diferenciados”, que incluirían restricciones a las visitas y a los beneficios penitenciarios para ciertas categorías de detenidos.

Con arreglo al artículo 4 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, los gobiernos pueden suspender algunas de las obligaciones de derechos humanos establecidas en el Pacto “en situaciones excepcionales que pongan en peligro la vida de la nación”. Las suspensiones deben ser solo aquellas “estrictamente limitada[s] a las exigencias de la situación”.

Asimismo, el artículo 27 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos permite a los gobiernos suspender algunas obligaciones de derechos humanos en caso de “guerra, de peligro público o de otra emergencia que amenace la independencia o seguridad del Estado”, siempre que tales medidas sean estrictamente necesarias para hacer frente a las exigencias de la situación y sean consistentes con otras obligaciones de derecho internacional.

Las reformas propuestas, con su amplia concesión de facultades para suspender o restringir los derechos humanos fundamentales, no se ajustan ni intentan ajustarse a las obligaciones internacionales de Chile, señaló Human Rights Watch. 

“En lugar de proteger a los chilenos, esta propuesta, que crea un nuevo tipo de estado de emergencia y amplía las facultades presidenciales, pone en riesgo los derechos a la libertad de reunión y de asociación”, dijo Goebertus. 

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