La Corte Interamericana de Derechos Humanos emitió el 3 de julio de 2025 una opinión según la cual los países deben proteger el sistema climático como parte de sus obligaciones en materia de derechos humanos, conforme a la Convención Americana sobre Derechos Humanos y demás instrumentos de derechos humanos. Señaló que la crisis climática afecta numerosos derechos de las personas y las comunidades, entre ellos los pueblos indígenas, los afrodescendientes, las comunidades rurales y los niños y niñas, a quienes se les debe proteger bajo un estándar de debida diligencia reforzada.
La Corte subrayó que su decisión aplica a los 34 Estados miembros de la Organización de los Estados Americanos, incluidos Estados Unidos y Canadá. Según la Corte, prevenir daños al sistema climático constituye una obligación jurídica de alcance global, que recae sobre todos los Estados, y exige prohibir las actividades que “atentan de forma irreversible contra el equilibrio vital de los ecosistemas interdependientes que hacen factible la supervivencia de generaciones presentes y futuras en un planeta habitable”.
La tan esperada Opinión Consultiva sobre la Emergencia Climática y Derechos Humanos fue solicitada por Chile y Colombia en 2023. Ambos países solicitaron a la Corte precisar las obligaciones estatales bajo la Convención Americana, el Protocolo de San Salvador y otros tratados regionales.
La Corte señaló que los Estados deben adoptar medidas concretas, fundamentadas en la ciencia, para reducir progresivamente las emisiones de gases de efecto invernadero derivadas de los combustibles fósiles, la agricultura y la deforestación. También indicó que los gobiernos deben responsabilizar a los contaminadores, adoptar e implementar metas y estrategias de mitigación y adaptación, y garantizar la participación significativa de las personas y comunidades afectadas de manera desproporcionada por el cambio climático en la formulación de políticas climáticas.
En el caso de comunidades que consideran la reubicación por el aumento del nivel del mar y otros impactos climáticos, los gobiernos deben abordar la reubicación planificada como una medida de último recurso, “de conformidad con las normas internacionales y regionales de derechos humanos”, evitando reproducir ciclos de desposesión.
Las Opiniones Consultivas en el Sistema Interamericano tienen un peso político y jurídico significativo. A nivel nacional, la decisión puede impulsar nuevos compromisos climáticos y asegurar que la sociedad civil influya en dichas decisiones mediante una participación significativa. El fallo exige explícitamente que las autoridades estatales garanticen la compatibilidad de sus políticas climáticas con la Opinión. Esto resulta especialmente relevante dado que la mayoría de los países de la región aún no han actualizado sus compromisos de mitigación climática.
Las Américas ya enfrentan graves amenazas a los derechos humanos debido al cambio climático, con graves consecuencias en el Amazonas, territorios insulares y Estados caribeños. Human Rights Watch ha documentado previamente cómo la deficiente regulación gubernamental de industrias nocivas facilita la deforestación y la quema de combustibles fósiles, principales impulsores de las emisiones de gases de efecto invernadero responsables del calentamiento global, con efectos devastadores para los Pueblos indígenas, las comunidades dependientes del bosque y las poblaciones situadas junto a infraestructuras de combustibles fósiles.