(Berlín) – El 18 de mayo de 2021, el Congreso de los Diputados de España rechazó una proposición de ley emblemática que habría permitido el reconocimiento legal del género basado en la autodeterminación, señaló hoy Human Rights Watch. El proceso que existe actualmente para modificar los indicadores de género en documentos oficiales implica una patologización de las personas transgénero y no reconoce a las personas no binarias.
En la actualidad, a las personas transgénero en España solo se les puede reconocer legalmente el género con el cual se identifican si presentan pruebas de un diagnóstico de disforia de género. También deben someterse a dos años de tratamientos médicos para “acomodar” sus características físicas a las “correspondientes” al género que reclaman. Las únicas categorías disponibles son “femenino” y “masculino”, y esto implica que las personas no binarias deben portar documentos donde se les designa con un género con el que no se identifican.
“El Congreso votó para impedir que España avance en lo referente a los derechos y la dignidad de las personas trans y no binarias”, explicó Cristian González Cabrera, investigador sobre derechos de las personas LGBT en Human Rights Watch. “En España, el proceso actual para el reconocimiento legal del género es engorroso, inadecuado y está fuera de sintonía con los avances en materia de identidad de género en Europa y en otras partes del mundo”.
La reforma propuesta, Proposición de Ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans (122/000133), habría eliminado el requisito de presentar pruebas médicas o psicológicas para modificar la identidad de género de una persona. También habría permitido que, en los documentos de identidad, se incluyeran marcadores de género no binario o la posibilidad de dejar en blanco ese punto, para reconocer los derechos y la dignidad de las personas que no se identifican con un género binario rígido. El cambio, tal como se propuso, habría consagrado la autodeterminación de los niños, niñas y adolescentes al permitirles el acceso al reconocimiento legal de su género.
La votación final de la proposición de ley tuvo como resultado 78 votos a favor, 143 en contra y 120 abstenciones. Para avanzar en el proceso legislativo, la propuesta requería el apoyo del Partido Socialista Obrero Español (PSOE), el mayor partido político de la coalición gobernante de España, cuyos diputados se abstuvieron.
El 3 de mayo, Human Rights Watch envió una comunicación al presidente Pedro Sánchez Pérez-Castejón, en la cual instó a su gobierno a respaldar el reconocimiento legal del género sobre la base de la autodeterminación y subrayó que mantener la situación actual con respecto a los documentos oficiales puede constituir una avasallamiento de los derechos humanos. Estos incluyen el derecho a la privacidad, el derecho a la libertad de expresión y los derechos relacionados con el empleo, la educación, la salud, la seguridad, el acceso a la justicia y la capacidad de circular libremente.
La Asociación Profesional Mundial para la Salud de las Personas Transgénero (World Professional Association for Transgender Health), una organización interdisciplinaria que cuenta con más de 700 miembros en todo el mundo, determinó que los obstáculos médicos y de otro tipo al reconocimiento del género para las personas transgénero, incluidos los requisitos sobre diagnóstico, “pueden afectar la salud física y mental”.
La reforma propuesta y otro proyecto de ley similar presentado por el Ministerio de Igualdad, han incitado un conflicto político creciente que incluso, ha generado actos vandálicos transfóbicos en los últimos meses en España. No obstante, ambos eran congruentes con los estándares de derechos humanos internacionales y regionales, que defienden la autonomía de las personas en lo que refiere a la identidad de género.
En el principio tres de los Principios de Yogyakarta sobre la Aplicación de la Legislación Internacional de Derechos Humanos en relación con la Orientación Sexual y la Identidad de Género, se afirma que la identidad de género que cada persona defina para sí “es esencial para su personalidad y constituye uno de los aspectos fundamentales de su autodeterminación, su dignidad y su libertad”.
En el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) se garantiza la igualdad en el goce de los derechos civiles y políticos para todas las personas (artículo 3), el derecho al reconocimiento que todos tienen ante la ley (artículo 16) y el derecho a la privacidad (artículo 17). En virtud del PICDP, España está obligada a garantizar la igualdad ante la ley y a brindar igual protección de la ley para todas las personas sin ningún tipo de discriminación, incluso debido al sexo (artículo 26).
El Comité de Derechos Humanos de la ONU recomendó que los Gobiernos garanticen los derechos de las personas transgénero, incluido el derecho al reconocimiento legal de su género, y que los Estados deroguen requisitos que resulten abusivos y desproporcionados para el reconocimiento de la identidad de género.
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos dictaminó en Goodwin contra Reino Unido (2002) que el “conflicto entre la realidad social y el Derecho”, que se presenta cuando el Gobierno no reconoce la identidad de género de una persona, representa una “grave intromisión en la vida privada”. En 2010 el Comité de Ministros del Consejo de Europa exhortó a los Estados miembros a adoptar “las medidas pertinentes para garantizar el pleno reconocimiento de la reasignación de género de una persona en todas las áreas de la vida, en especial, haciendo posible el cambio de nombre y género en documentos oficiales de manera expeditiva, transparente y accesible”.
En América, la Corte Interamericana de Derechos Humanos sostuvo en una opinión consultiva de 2017 que, a efectos de dar cumplimiento a la Convención Americana sobre Derechos Humanos, los procedimientos de reconocimiento del género deben ser “expeditos y deben tender a la igualdad” y estar “basados únicamente en el consentimiento libre e informado del solicitante” sin exigir requisitos médicos o psicológicos.
Una cantidad cada vez mayor de países de todo el mundo eliminaron requisitos engorrosos que se aplicaban al reconocimiento legal del género, como las evaluaciones médicas o psicológicas, la esterilización y el divorcio. Países como Argentina, Bélgica, Dinamarca, Irlanda, Luxemburgo, Malta, Noruega, Portugal y Uruguay se encuentran a la vanguardia en materia de autonomía individual respecto de la identidad de género y ofrecen procesos administrativos sencillos basados en la propia declaración. Costa Rica y los Países Bajos adoptaron medidas para, directamente, eliminar los marcadores de género en los documentos de identidad.
“La decisión del Congreso de descartar la Proposición de Ley y mantener el statu quo implica que las personas trans y no binarias tendrán que seguir portando documentos de identificación que no se corresponden con su identidad”, manifestó González. “Los legisladores españoles deberían aprovechar la próxima oportunidad que se presente para asegurar que las leyes respeten plenamente los derechos de las personas transgénero y no binarias que residen en España”.