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Panamá debe reconocer los derechos de las parejas del mismo sexo

Publicado en: La Prensa
Los panameños y panameñas protestan contra las reformas constitucionales el 2 de noviembre. © 2019 Iván Chanis Barahona

Este es un día importante para las parejas del mismo sexo. Por primera vez, en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos tendrá lugar una audiencia pública sobre el matrimonio igualitario en Panamá. Los defensores tendrán la oportunidad de explicar ante un órgano regional por qué al privar a las parejas del mismo sexo del acceso igualitario al matrimonio se violan sus derechos humanos.

Las parejas del mismo sexo en Panamá han esperado años a que el gobierno reconozca sus vínculos. En octubre de 2016, Enrique Jelenszky presentó el primer recurso ante la Corte Suprema de Justicia panameña para que declarara inconstitucional la parte del artículo 26 del Código de Familia que define al matrimonio como la unión “entre un hombre y una mujer”. Jelenszky, un ciudadano panameño, contrajo matrimonio con su esposo al amparo de la ley británica e intentó inscribir el matrimonio en Panamá. La Dirección Nacional de Registro Civil rechazó el pedido.

Desde 2016, otras tres parejas del mismo sexo han interpuesto recursos judiciales contra el artículo 26 del Código de Familia, así como contra el artículo 34 de ese código y el artículo 35 de la Ley N.º 61 (2015), que reiteran la definición del matrimonio como la unión entre personas de distinto sexo. Todos los casos están en trámite ante distintos tribunales: el pleno de la Corte Suprema, la Sala Tercera de la Corte Suprema (que se ocupa de causas administrativas) y el Tribunal Electoral. Aunque, jurídicamente, los casos son diversos, todas las parejas reclaman la igualdad ante la ley conforme al derecho internacional e interno.

En virtud del derecho internacional de los derechos humanos, es ilegal dispensar arbitrariamente a las parejas del mismo sexo un trato diferente al de las parejas de sexo opuesto, incluso con respecto al matrimonio. En una emblemática opinión de 2017, la Corte Interamericana de Derechos Humanos expresó que todos los derechos aplicables a las relaciones familiares de las parejas heterosexuales debían extenderse a las parejas del mismo sexo. Esta opinión resulta aplicable en 23 Estados Partes, incluido Panamá.

Varios de los vecinos de Panamá han dado cumplimiento a la decisión interamericana. En 2018 y 2019, respectivamente, los tribunales constitucionales de Costa Rica y Ecuador se pronunciaron a favor del matrimonio igualitario, y basaron los fundamentos de sus decisiones en la opinión interamericana. Estos adelantos dieron continuidad a una oleada de avances en América Latina, donde Argentina, Brasil, Colombia y Uruguay reconocieron el matrimonio entre personas del mismo sexo antes de que el órgano interamericano emitiera su opinión. En México, en 18 estados y la Ciudad de México se reconoce el matrimonio igualitario, mientras que en los demás estados las parejas del mismo sexo pueden casarse pero deben antes obtener una orden judicial.

Sin embargo, los acontecimientos recientes en Panamá han sido mixtos. En noviembre de 2019, la Asamblea Nacional aprobó en forma preliminar una enmienda constitucional que define al matrimonio como la unión entre un hombre y una mujer. Los panameños salieron a las calles para protestar ante esta y otras reformas controvertidas, y esto llevó a que el presidente Laurentino Cortizo recomendara eliminar la reforma. En vez de incorporar la discriminación a su texto constitucional, Panamá debería observar las obligaciones que asumió conforme al derecho internacional y promover la igualdad de derechos para todos sus ciudadanos y ciudadanas.

Este no es un sueño imposible. En julio, el gobierno panameño consiguió un adelanto importante a favor de los derechos de las personas lesbianas, gais, bisexuales y transgénero (LGBT). En respuesta a actos de discriminación ocurridos durante la cuarentena por géneros, cinco ministerios de gobierno y la Defensoría del Pueblo emitieron una declaración en la que expresaron que “el Gobierno Nacional rechaza cualquier tipo de hostilidad, violencia, xenofobia, homofobia, transfobia o discriminación”. Al invocar las obligaciones internacionales que asumió el país, altos funcionarios demostraron un firme compromiso político con los principios de igualdad y no discriminación.

Las autoridades en Panamá deben encarar con ese mismo espíritu la audiencia que se realizará hoy en el sistema interamericano. Mientras las parejas del mismo sexo expliquen sus reclamos a la comunidad internacional, las autoridades deben tener presente que brindar un trato desigual, aun cuando sea por omisión, no solo provoca perjuicios devastadores, sino que además contraviene de manera flagrante lo establecido en el derecho internacional. La audiencia debe recordar a las autoridades sobre sus obligaciones y poner a Panamá en la senda que le permita sumarse a los países de la región que han reconocido el matrimonio igualitario.

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