El 26 de mayo, Costa Rica se convirtió en el primer país centroamericano en permitir los matrimonios entre personas del mismo sexo. Este no es un logro político menor en un país donde el tema dividió al electorado durante la campaña presidencial de 2018, y en una subregión con un fuerte componente religioso y de conservadurismo social. Previamente este mes, los legisladores incluso terminaron a los puños por una propuesta para dilatar la entrada en vigor de la sentencia de la Sala Constitucional que habilitó el matrimonio igualitario.
La meritoria reivindicación de los derechos de las parejas del mismo sexo en Costa Rica tiene gran significancia regional. Demuestra un firme respeto del país por las obligaciones internacionales asumidas y las instituciones de las cuales es parte.
En 2016, Costa Rica pidió a la Corte Interamericana de Derechos Humanos que interpretara el alcance del derecho a la privacidad, el derecho al nombre y el derecho a la protección igualitaria conforme a la Convención Americana de Derechos Humanos. En una opinión paradigmática emitida en 2017, aplicable a 23 Estados Parte, el tribunal regional dispuso que todos los derechos aplicables a las relaciones de familia de las parejas heterosexuales debían extenderse también a las parejas del mismo sexo.
Luego, en 2018, la Sala Constitucional costarricense se pronunció a favor del matrimonio igualitario, y basó sus fundamentos en la opinión de la Corte Interamericana. Concedió un plazo de 18 meses para que la Asamblea Legislativa de Costa Rica aprobara una norma reglamentaria. El 26 de mayo se cumplió este plazo dispuesto por la Sala, luego del cual pasaría a ser legal el matrimonio entre personas del mismo sexo, al quedar sin efecto los obstáculos legales establecidos en el Código de Familia.
Desde la decisión adoptada por Costa Rica en materia de matrimonio igualitario, la Corte Constitucional de Ecuador también hizo lo propio y se pronunció a favor en 2019, basándose en la decisión de la Corte Interamericana. La sentencia consolidó una importante oleada de avances en América Latina, donde seis países ahora prevén el matrimonio igualitario (los otros son Argentina, Brasil, Colombia y Uruguay, cuyos adelantos en términos de matrimonio entre personas del mismo sexo son anteriores a la decisión de la Corte Interamericana). En México, 18 estados y el distrito federal reconocen el matrimonio igualitario, mientras que en los otros 13 estados las parejas del mismo sexo pueden contraer matrimonio pero deben obtener una orden judicial.
No obstante, la decisión de la Corte Interamericana abordó más que la cuestión del matrimonio. En 2016, Costa Rica también pidió a la Corte que brindara orientación sobre los estándares dispuestos en la Convención para el reconocimiento legal del nombre. La Corte dispuso que las personas no solo tienen derecho a cambiar de nombre, sino que los Estados deben establecer procedimientos eficaces y no onerosos para que las personas puedan cambiar su nombre, imagen y género en los documentos oficiales en función de cómo se identifican. En junio de 2018, el presidente de Costa Rica firmó una directriz y un decreto en el cual dispuso que los organismos gubernamentales debían emitir documentos oficiales para aplicar este estándar. Una vez más, Costa Rica demostró su compromiso con los derechos y los mecanismos regionales.
Otros países también se han acogido a los estándares de la Corte Interamericana sobre reconocimiento legal del género, al menos en el caso de los adultos. En 2018, el Supremo Tribunal Federal de Brasil determinó que el gobierno no podía seguir exigiendo a las personas interesadas en que se cambiara su nombre y el marcador de género en sus documentos de identidad se sometieran a procedimientos médicos o a la aprobación judicial de sus decisiones. En 2018, Uruguay también aprobó una ley integral de identidad de género basada en la autoidentificación.
En la actualidad, cinco países latinoamericanos han adoptado procedimientos legales de género acordes con la decisión de la Corte Interamericana (los otros son Argentina y Colombia). En México, ocho estados y el distrito federal cuentan con reconocimiento legal del género, y en noviembre la Suprema Corte de Justicia determinó que el reconocimiento legal del género debía extenderse a todos los mexicanos.
Algunos Estados Partes en la Corte Interamericana solo han cumplido parcialmente con los estándares regionales, o directamente no lo han hecho. En Chile, una decisión del Tribunal Constitucional emitida en abril negó al acceso al matrimonio civil a las parejas del mismo sexo. Si bien Bolivia aprobó una ley de identidad de género en 2016, esta exige que el solicitante supere un examen psicológico. La decisión de la Corte Interamericana indicó específicamente que estos requisitos son patologizantes. Además de Costa Rica, otros países de América Central y el Caribe casi no han hecho avances en la implementación de la decisión interamericana, y en el Cono Sur, la situación de Paraguay está muy por detrás de los adelantos legales alcanzados en los países vecinos.
Que Costa Rica se sume a los países de la región que respetan los derechos en lo vinculado con las personas lesbianas, gais, bisexuales y transgénero (LGBT) debe servir de inspiración a otros países de la región donde la igualdad debería ser la norma. Mientras los países del hemisferio occidental abordan el matrimonio entre personas del mismo sexo y el reconocimiento legal del género, deberían recordar que la discriminación de las personas LGBT avalada por el Estado, incluso mediante la omisión, agudiza la situación de marginación económica y abuso de estas personas.
Costa Rica ha tenido la valentía de encarar estas cuestiones y plegarse a la tendencia regional a favor de la igualdad. Otros países deberían hacer lo mismo.