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El Salvador: Trato inhumano a reclusos en centros penitenciarios

El aval del presidente al uso de la fuerza letal ignora estándares internacionales

Esta foto, publicada el sábado 25 de abril de 2020 por la oficina de prensa de la presidencia de El Salvador, muestra a reclusos durante una operación de seguridad llevada adelante por la policía en la prision de Izalco en San Salvador, El Salvador. © 2020 El Salvador presidential press office via AP
(Washington, DC) – El presidente de El Salvador Nayib Bukele ordenó el encierro en celdas hacinadas, insalubres y sin luz a miembros de pandillas que se encuentran detenidos, señaló hoy Human Rights Watch. El presidente también anunció que autorizaba “el uso de la fuerza letal” por las fuerzas de seguridad para “defensa propia o para la defensa de la vida de los salvadoreños”, sin mencionar que, según el derecho salvadoreño e internacional, ésta constituye una medida de último recurso.

Luego de varias semanas en las cuales se reportaron pocos casos de asesinatos, hubo 77 homicidios entre el 24 y el 27 de abril de 2020 en El Salvador. El presidente afirmó que contaba con “información de inteligencia” que indicaba que los homicidios habían sido ordenados por pandilleros desde las cárceles. Posteriormente, dispuso el encierro obligatorio de pandilleros detenidos en condiciones inhumanas que pueden constituir tratos o castigos crueles, inhumanos o degradantes. También tuiteó sobre el uso de la fuerza letal contra los líderes de pandillas en las calles. 

“Ante la pandemia de Covid-19, las cárceles en El Salvador, al igual que en otros lugares, son un potencial epicentro de brote; este riesgo se ha exacerbado por las nuevas medidas de confinamiento dispuestas por el gobierno de Bukele”, expresó José Miguel Vivanco, director para las Américas de Human Rights Watch. “Paradójicamente, el discurso de mano dura que utiliza el Presidente Bukele ante los 77 asesinatos de los últimos días, pone muchas más vidas en riesgo por posible contagio, tanto dentro como fuera de los centros de detención”.

El 25 de abril, Bukele, a través de Twitter, ordenó que el Viceministro de Justicia y director de centros penales, Osiris Luna, declarara la “emergencia máxima en todos los centros penales de pandilleros” del país. A continuación, las autoridades implementaron el “encierro absoluto” de pandilleros, que consistió en confinarlos en celdas las 24 horas del día, y el “aislamiento solitario” de los cabecillas por tiempo indefinido. Para impedir la comunicación entre miembros de una misma pandilla, las autoridades ubicaron a integrantes de distintas pandillas en celdas compartidas. El 27 de abril, Bukele ordenó que se sellaran todas las celdas y señaló que “ya no se podrá ver hacia afuera de la celda” y que los reclusos estarán “adentro, en lo oscuro, con sus amigos de la otra pandilla”. Luna, confirmó más tarde que “no va a entrar ni un rayo de sol a ninguna celda”.

Juntar a miembros de distintas pandillas en una misma celda podría agravar el riesgo de motines y violencia en las cárceles, explicó Human Rights Watch.

Una medida similar había entrado en vigencia el 3 de marzo, cuando Bukele declaró la “emergencia máxima” en todos los centros penales luego del homicidio de dos soldados, presuntamente cometidos por pandilleros. El gobierno afirmó contar con “informes de inteligencia penitenciaria” que sugerían que la orden de matar se había dado desde establecimientos carcelarios. Señaló en un tuit que todos los presos deberían estar en “encierro total, ni un rayo de sol para nadie (…), todos en sus celdas, incomunicados, 24/7, hasta nueva orden”.

Para reducir la propagación de Covid-19 en las cárceles, el 10 de marzo Bukele le pidió a Luna que “levante la emergencia” e implemente “protocolos sanitarios para prevenir el Coronavirus en la población penitenciaria”.

En fotografías y videos difundidos por el gobierno durante el fin de semana del 25 y 26 de abril, se observa a miles de detenidos casi totalmente desnudos y amontonados en el piso dentro de las cárceles, mientras la policía requisaba sus celdas. Solo algunos tenían mascarillas y habían sido trasladados y ubicados en el suelo sin ningún tipo de distanciamiento social. Tampoco se observaron otras pautas de salud pública para prevenir la propagación de Covid-19.

Luna expresó que la declaración de emergencia en los establecimientos penitenciarios se extendería “por tiempo indefinido”. No obstante, ello carece de fundamento legal, ya que la ley que reglamenta el sistema penitenciario establece que las declaraciones de emergencia deben durar un máximo de 15 días, a menos que sean prorrogadas. La ley también exige que se notifique de inmediato al Procurador para la Defensa de los Derechos Humanos y a la Fiscalía General sobre la decisión de declarar la emergencia en los establecimientos. Un representante de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos indicó a Human Rights Watch que no habían sido notificados.

Conforme a los estándares internacionales de derechos humanos, las autoridades deben asegurarse de que los reclusos tengan acceso a luz y ventilación adecuadas, a medidas de higiene y a un espacio personal adecuado, así como la posibilidad de hacer actividad física al aire libre. Cuando los internos compartan una celda, las autoridades deben seleccionarlos cuidadosamente para asegurarse de que sea “adecuado” que estén juntos. Se prohíbe en todas las circunstancias disponer el aislamiento solitario prolongado o indefinido, ubicar a un interno en una celda oscura y establecer castigos colectivos.

A su vez, el artículo 10 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos establece que “[t]oda persona privada de libertad será tratada humanamente y con el respeto debido a la dignidad inherente al ser humano”. La Convención Americana sobre Derechos Humanos contiene una disposición similar.

Las requisas policiales tras la declaración de emergencia en los establecimientos penitenciarios, que dieron lugar a que se amontonara a internos sin mascarillas, pueden haber contribuido a exacerbar el riesgo ya elevado de que se propague la Covid-19 en las hacinadas prisiones salvadoreñas, apuntó Human Rights Watch.

Por otra parte, cuando el 26 de abril Bukele “autorizó” el uso de la fuerza letal en defensa propia y para proteger la vida de los salvadoreños, agregó que “el gobierno se encargará de la defensa legal de quienes sean injustamente acusados, por defender la vida de la gente honrada”. Al día siguiente, Bukele tuiteó que las fuerzas de seguridad estaban capturando a líderes de pandillas en las calles y advirtió que “el pandillero que ponga resistencia será abatido con fuerza proporcional y posiblemente letal por nuestra fuerza pública”.

Los Principios Básicos de las Naciones Unidas sobre el Empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego por los Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley establecen que los funcionarios de aplicación de la ley solamente deberían usar armas de fuego para impedir una amenaza a la vida o la integridad física, y solo cuando “resulten insuficientes medidas menos extremas”. El uso letal deliberado de armas de fuego —es decir, disparar con la intención de matar— solo está permitido cuando resulte “estrictamente inevitable para proteger una vida”.  

El uso de la fuerza letal ya se encuentra regulado en El Salvador en el Protocolo de Actuación Conjunta entre la Policía Nacional Civil y las Fuerzas Armadas de El Salvador y en su Código Procesal Penal. Ambos documentos establecen que la fuerza letal solamente debe usarse como último recurso y exclusivamente en casos en los que haya un riesgo para la vida o la integridad física, observando rigurosamente los principios de proporcionalidad, legalidad y necesidad.

“Las irresponsables declaraciones del Presidente Bukele sobre el uso de la fuerza letal podrían incentivar a los agentes de las fuerzas de seguridad a ejecutar a presuntos pandilleros, violando principios básicos del derecho salvadoreño e internacional”, señaló Vivanco.

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