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Chile: Emblemática sentencia limita prohibición del aborto

Tribunal Constitucional rechaza cuestionamientos sobre nueva ley de aborto

Activistas a favor de la despenalización del aborto se manifiestan frente al Tribunal Constitucional donde legisladores de la oposición presentaron argumentos en contra de la nueva ley de aborto, en Santiago, Chile.  © 2017 Esteban Felix/AP photo

(Washington, D.C.) – El Tribunal Constitucional de Chile protegió los derechos fundamentales de las mujeres al declarar la constitucionalidad de una nueva ley que terminó con la criminalización absoluta del aborto en el país, sostuvo hoy Human Rights Watch.

La decisión del Tribunal Constitucional rechazó dos requerimientos presentados por legisladores de la oposición, quienes cuestionaron la constitucionalidad de la ley poco después de que esta fuera aprobada por el Congreso el 2 de agosto de 2017. La ley despenaliza el aborto en tres circunstancias: si está en riesgo la vida de la mujer o la niña; si el embarazo es el resultado de una violación sexual; y si el feto sufre condiciones de salud graves incompatibles con la vida extrauterina.

“La decisión del Tribunal Constitucional es una excelente noticia para los derechos humanos en Chile”, sostuvo José Miguel Vivanco, director para las Américas de Human Rights Watch. “Al terminar la política cruel, dañina y retrógrada de criminalizar el aborto en todos los supuestos, el Tribunal protegió la vida y los derechos fundamentales de las mujeres”.

Esperamos que esta sentencia incentive a los países de la región que aún imponen una prohibición absoluta del aborto a rexaminar su legislación, siguiendo el avance clave que ha ocurrido en Chile.
José Miguel Vivanco

Director para las Américas

En su exposición frente al Tribunal Constitucional, el 16 de agosto de 2017, Vivanco sostuvo que “la prohibición total del aborto es una carga abrumadora y desproporcionada sobre las mujeres que atenta contra su dignidad y sus derechos humanos básicos, incluidos sus derechos a la vida, a la salud, y a no sufrir tratos crueles, inhumanos o degradantes”.

La Presidenta Michelle Bachelet presentó el proyecto de ley para terminar con la prohibición absoluta del aborto en enero de 2015. Los artículos 342 (3) y 344 del Código Penal chileno penaban el aborto provocado por la mujer embarazada u otra persona con hasta cinco años de cárcel.

Si bien la nueva ley representa un avance importante en Chile, las limitaciones en la ley y en la sentencia aún restringen de forma indebida el acceso al aborto. La ley no permite que las mujeres que enfrentan problemas de salud, y no riesgos para su vida, debido a un embarazo puedan interrumpirlo legalmente. A su vez, el tribunal habría permitido que hospitales privados nieguen el acceso al aborto legal sobre la base de la objeción de conciencia de instituciones, y no sólo de médicos individuales. La decisión completa del Tribunal Constitucional se dará a conocer el 28 de agosto de 2017.

Antes de la sentencia, Chile era uno de los pocos países del mundo donde el aborto se penaliza sin ninguna excepción. Nicaragua, El Salvador y República Dominicana en América Latina aún forman parte del puñado de países que criminalizan el aborto en todos los supuestos. Estas leyes sumamente restrictivas favorecen la práctica de abortos clandestinos e inseguros y ponen en riesgo la vida de las mujeres.

“Esperamos que esta sentencia incentive a los países de la región que aún imponen una prohibición absoluta del aborto a rexaminar su legislación, siguiendo el avance clave que ha ocurrido en Chile”, sostuvo Vivanco. 

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