Skip to main content

Human Rights Watch

Presentación para el EPU

República Bolivariana de Venezuela

Marzo de 2016[1]

 

I. Resumen

La acumulación de poder en el Ejecutivo y el debilitamiento de las garantías de derechos humanos en Venezuela han permitido que el gobierno intimide, censure y persiga penalmente a sus críticos. Dirigentes políticos de oposición fueron arbitrariamente detenidos, juzgados y condenados, y se les ha prohibido también postularse a cargos públicos. Las autoridades también procesaron a decenas de opositores menos conocidos por haber criticado al gobierno. Miembros de las fuerzas de seguridad han cometido graves violaciones de derechos humanos contra personas que participaron en manifestaciones contra el gobierno y durante operativos de seguridad pública, y estos hechos casi siempre quedan impunes. Otros problemas incluyen la falta de acceso a medicamentos e insumos básicos, que derivan de políticas gubernamentales, y el repetido hostigamiento a defensores de derechos humanos por parte de funcionarios.

II. Problemas de derechos humanos

Abusos por miembros de las fuerzas de seguridad
Durante el Examen Periódico Universal (EPU) de Venezuela que se llevó a cabo en 2011, el gobierno rechazó una recomendación que instaba a “luchar activamente contra el abuso de poder por las fuerzas de seguridad”. Desde entonces, integrantes de las fuerzas de seguridad venezolanas han cometido graves abusos contra quienes participan en manifestaciones contra el gobierno, transeúntes y otras personas, que casi siempre quedan impunes.

A comienzos de 2014, las autoridades respondieron a manifestaciones masivas contra el gobierno con un uso brutal de la fuerza. A lo largo de varias semanas, miembros de las fuerzas de seguridad recurrieron a un uso ilegítimo de la fuerza contra manifestantes que no estaban armados y contra transeúntes. También toleraron que pandillas armadas partidarias del gobierno atacaran impunemente a manifestantes, o a veces incluso colaboraron de manera directa con ellas. En muchos casos, las personas detenidas permanecieron incomunicadas en bases militares por 48 horas o períodos mayores antes de ser llevadas ante un juez, y algunas sufrieron abusos durante la detención que incluyeron violentas golpizas, descargas eléctricas o quemaduras, y ser obligadas a mantenerse en cuclillas o arrodilladas, sin moverse, por varias horas.

El Ministerio Público informó haber iniciado 189 investigaciones de presuntos abusos cometidos por integrantes de las fuerzas de seguridad durante las manifestaciones, e indicó que 42 funcionarios de seguridad pública habían sido acusados por uso indebido de la fuerza y armas de fuego, y maltrato a ciudadanos.

Sigue siendo habitual que manifestantes sean procesados por participar en manifestaciones pacíficas. Por ejemplo, José Gregorio Hernández Carrasco, un estudiante, fue detenido en mayo de 2016, dos días después de haber participado en una manifestación contra el gobierno en Caracas. Según relató, fue golpeado y torturado, hasta que finalmente aceptó firmar una confesión. Las torturas incluyeron aplicarle descargas eléctricas, cubrirle la cabeza con una bolsa plástica para provocarle asfixia y colocarle un palo en el recto y amenazar con violarlo. Hernández Carrasco fue liberado en julio, pero sigue en curso el proceso penal en su contra.

En 2016, ciudadanos venezolanos afirmaron haber sido detenidos durante protestas contra la escasez de alimentos —incluyendo algunas organizadas y otras espontáneas— y haber sufrido golpizas y otros maltratos durante su detención. Médicos y enfermeros de hospitales públicos que se expresaron públicamente sobre la crisis humanitaria afirman haber sido amenazados con perder su empleo.

Desde julio de 2015, el Presidente Maduro ha movilizado a más de 80.000 integrantes de las fuerzas de seguridad en todo el país, en una serie de redadas efectuadas en el marco de la “Operación Liberación del Pueblo”, supuestamente con el fin de hacer frente a la inseguridad, así como a la venta ilegal de productos con desabastecimiento. En estos operativos, miembros de las fuerzas de seguridad habrían violado derechos fundamentales a través de detenciones arbitrarias, allanamientos ilegales de viviendas y abusos físicos. El gobierno informó que ocurrieron 245 muertes durante los operativos, y en varios casos, existen señalamientos creíbles de que algunas víctimas habrían sido ejecutadas extrajudicialmente.       

En agosto de 2015, el presidente declaró el estado de excepción en seis municipios del estado de Táchira, cerca de la frontera con Colombia. Entre agosto y fines de septiembre, las fuerzas de seguridad venezolanas deportaron a más de 1.700 ciudadanos colombianos. Al menos otros 22.000 se han ido de Venezuela por temor a sufrir abusos o ser deportados. Cientos de colombianos afirman haber sufrido el desalojo forzoso de sus viviendas, que luego fueron destruidas; abusos físicos y verbales por parte de miembros de las fuerzas de seguridad venezolanas; y separación forzosa de sus familias. A pesar de que algunos ciudadanos colombianos deportados contaban con permisos legales para vivir en Venezuela, no se les permitió objetar las deportaciones.

Independencia judicial
Durante el EPU de Venezuela en 2011, el gobierno rechazó recomendaciones que instaban a abordar la falta de independencia judicial en el país.

Desde que el ex Presidente Chávez y sus partidarios en la Asamblea Nacional llevaron a cabo en 2004 un copamiento político del Tribunal Supremo de Justicia, el poder judicial ha dejado de actuar como un poder independiente del gobierno. Miembros del Tribunal Supremo han rechazado abiertamente el principio de separación de poderes, han expresado en forma pública su compromiso con promover la agenda política del gobierno y reiteradamente emitieron sentencias a favor de este, avalando así su creciente desprecio por los derechos humanos.

Desde que asumió la nueva composición de la Asamblea Nacional, con mayoría opositora, en enero de 2016, el Tribunal Supremo, ante el pedido del Presidente Maduro de que se realizara un análisis constitucional de las normas adoptadas por la Asamblea, ha derogado casi todas las leyes sancionadas. En septiembre, la Sala Constitucional resolvió que todas las leyes sancionadas por la composición actual de la Asamblea serían inconstitucionales. Sostuvo que la Asamblea no estaba cumpliendo una sentencia dictada en enero por la Sala Electoral por la cual se había suspendido temporalmente la designación de tres legisladores. (En junio, los dirigentes de la Asamblea habían tomado juramento a los legisladores con el argumento de que la Sala Electoral no se había expedido sobre una medida cautelar que debía haberse resuelto en pocos días).

La Jueza María Lourdes Afiuni continúa procesada penalmente como consecuencia de una decisión dictada en 2009, en la cual concedió la libertad condicional a un crítico del gobierno. Si bien la decisión de Afiuni daba cumplimiento a una recomendación emitida por organismos internacionales de derechos humanos y era acorde con el derecho venezolano, un juez provisorio que había declarado públicamente su lealtad al Presidente Chávez dispuso su procesamiento por corrupción, abuso de autoridad y "favorecimiento para la evasión". Fue puesta en libertad tras un año de prisión y dos años de arresto domiciliario, pero sigue sujeta a proceso penal.

Recomendaciones:

A la Asamblea Nacional:

  • Implementar un proceso de ratificación, por única vez, para legitimar la composición del Tribunal Supremo de Justicia, por ejemplo, exigiendo el voto de confirmación de una mayoría de dos tercios para cada magistrado del tribunal cuya designación se haya producido tras la promulgación de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de 2004, incluidos aquellos nombrados en diciembre de 2015. Deberían adoptarse medidas que permitan la destitución legítima de cualquier magistrado que no obtenga una mayoría de dos tercios de los votos durante este proceso. Las vacantes que se generen deberían ser cubiertas a través de un proceso de selección abierto, transparente y que asegure el mayor consenso político posible.
  • Derogar las disposiciones de la Ley del Tribunal Supremo que atentan contra la independencia del Tribunal, al permitir que los magistrados puedan ser destituidos por mayoría simple de votos.
  • Adoptar normas para garantizar que los jueces de tribunales inferiores sean designados para ocupar cargos permanentes y gocen de la garantía de inamovilidad.

El Ministerio Público debería desistir de todos los cargos contra la Jueza María Lourdes Afiuni.

Enjuiciamiento de críticos
En múltiples oportunidades, las autoridades venezolanas han utilizado la falta de independencia del sistema judicial para detener y procesar a importantes dirigentes políticos de oposición. Durante el EPU de 2011, el gobierno rechazó una recomendación que instaba a Venezuela a “[a]bolir la práctica de utilizar el sistema judicial para acallar las críticas al Gobierno”.

En septiembre de 2015, la justicia condenó al dirigente opositor Leopoldo López a más de 13 años de prisión por diversos delitos, entre ellos el de “incitación pública” a delinquir durante una manifestación en Caracas en febrero de 2014. También se condenó a tres estudiantes cuyas causas estaban vinculadas con la de López: dos de ellos recibieron cuatro años y medio de prisión, y el tercero una pena de más de diez años. La jueza dispuso que los tres podrían cumplir la pena en régimen de libertad condicional.

Durante el juicio de López, la fiscalía no presentó evidencias creíbles que vincularan a López con ningún delito, y la jueza interviniente, cuya designación es provisoria y no goza de garantía de inamovilidad en su cargo, no había permitido que sus abogados aportaran evidencias para su defensa.

Las autoridades también han iniciado o amenazado con iniciar acciones penales contra decenas de venezolanos por criticar al gobierno. Por ejemplo, en 2015, agentes del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (SEBIN) detuvieron a un médico y amenazaron con iniciar acciones penales por haber hablado de la escasez de medicamentos en televisión. También lo hicieron con un ingeniero luego de que un periódico local publicara declaraciones suyas en las cuales criticaba políticas gubernamentales sobre regulación en el acceso a la electricidad, y con un empresario un día después de que criticara en televisión políticas económicas del gobierno. También se ha actuado penalmente contra abogados por brindar asistencia letrada legítima a clientes.

En 2016, el Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (SEBIN) detuvo a decenas de personas alegando que estaban planificando o incitando acciones violentas contra el gobierno, o que estaban participando en acciones de este tipo, incluso algunas que se trataba de protestas pacíficas. Muchas personas afirman haber sido torturadas o sufrido otros abusos mientras estuvieron bajo custodia, o que no habían podido ver a sus familias o abogados durante horas —en algunos casos, durante días— después de la detención. En varios casos documentados por Human Rights Watch, los fiscales no presentaron evidencias creíbles que vincularan a los acusados con la comisión de delitos. En algunos casos, las pruebas consistían simplemente en la posesión de materiales de contenido político, como panfletos en los cuales se pedía la liberación de presos políticos.

Recomendaciones:

El gobierno venezolano debería disponer la liberación inmediata e incondicional de Leopoldo López y otros líderes políticos y críticos menos conocidos, que han sido condenados por haber criticado al gobierno o haberse pronunciado sobre temas de interés público. También debería ordenar a los agentes del SEBIN que dejaran de efectuar detenciones arbitrarias y de cometer abusos contra disidentes políticos.

Al Ministerio Público:

  • Abstenerse de presentar cargos contra críticos del gobierno por haber cuestionado acciones o políticas gubernamentales;
  • Renunciar a todos los cargos contra críticos del gobierno que están siendo procesados penalmente por haber cuestionado acciones o políticas gubernamentales, e
  • Investigar las denuncias de abusos cometidos por miembros de fuerzas de seguridad contra personas detenidas.

Libertad de expresión
Durante la última década, el gobierno ha ampliado y ejercido en forma abusiva su facultad de regular los medios de comunicación, y ha reducido la disponibilidad de medios de comunicación que ofrecen una programación crítica. Si bien algunos periódicos, páginas web y estaciones de radio expresan críticas al gobierno, la autocensura por temor a sufrir represalias gubernamentales es habitual.

En 2010, la Asamblea Nacional reformó la Ley Orgánica de Telecomunicaciones para conceder al gobierno la potestad de suspender o revocar licencias a medios privados cuando “lo juzgue conveniente a los intereses de la Nación”. También extendió a Internet el alcance de una ley de medios de contenido restrictivo, y permitió así la suspensión arbitraria de sitios web en el supuesto de “incitación”, una infracción definida de manera muy poco precisa. Diversas reformas anteriores del Código Penal habían ampliado el alcance e incrementado la severidad de los delitos difamación que criminalizan la ofensa a funcionarios gubernamentales de alto rango.

Durante el EPU de Venezuela en 2011, el gobierno rechazó recomendaciones relativas al respeto de la libertad de expresión en el país, y algunas que instaban específicamente a Venezuela a reformar normas que vulneran el derecho de libertad de expresión.

En abril de 2015, el político oficialista Diosdado Cabello, que era entonces presidente de la Asamblea Nacional, inició acciones civiles y penales por difamación agravada contra 22 “accionistas, directores, [miembros del] consejo editorial y dueños” de los periódicos venezolanos Tal Cual y El Nacional así como el sitio web de noticias La Patilla, por reproducir un artículo del periódico español ABC. El artículo contenía declaraciones atribuidas a un ex escolta de Cabello, quien, según se indicaba en la nota, estaba colaborando con autoridades estadounidenses en la investigación de supuestos vínculos de Cabello con un cartel de narcotráfico. En marzo de 2016, el director del periódico Correo del Caroni fue condenado a cuatro años de prisión por los delitos de difamación e injuria, tras haber publicado artículos sobre señalamientos de corrupción vinculados con una empresa minera estatal.

En 2016, miembros de las fuerzas de seguridad han detenido e interrogado a varios periodistas, y han confiscado sus equipos. Por ejemplo, el 3 de septiembre, Braulio Jatar, un destacado periodista venezolano nacido en Chile que dirige un medio digital independiente en el estado de Nueva Esparta, desapareció después de haber cubierto una protesta espontánea, que se manifestó por medio de un cacerolazo, contra el Presidente Maduro, en un vecindario afín al gobierno en la isla Margarita. Su cobertura tuvo una amplia difusión, tanto en Venezuela como internacionalmente. Durante más de 36 horas, la familia de Jatar no tuvo información sobre su paradero. En un informe de inteligencia, se acusó a Jatar de ser un “agente de la CIA” que estaba organizando “actividades terroristas” como preparación para una reunión del Movimiento de Países No Alineados, cuyo inicio estaba previsto para el 13 de septiembre en Margarita. Un juez acusó a Jatar de “legitimación de capitales” —un delito que puede ser penado con hasta 15 años de prisión— por tener, presuntamente, alrededor de US$ 25.000 en efectivo en su automóvil. Jatar afirma que las pruebas fueron plantadas para incriminarlo. A la fecha de la redacción de este documento, Jatar se encuentra en prisión preventiva.

Recomendaciones:

La Asamblea Nacional debería derogar todas las disposiciones legales que contravienen las normas internacionales sobre libertad de expresión y generan una presión indebida de autocensura. Concretamente, debería derogar todas las leyes sobre desacato y aquellas que criminalizan la difamación de funcionarios públicos e instituciones; establecer límites a las demandas civiles por difamación, para evitar que tengan un efecto amedrentador en la libertad de expresión; y reformar la redacción del artículo 29(1) de la Ley de Responsabilidad Social, a fin de que la incitación se defina claramente y se aplique sólo a situaciones en las cuales las emisoras inciten de manera directa y explícita a la comisión de delitos.

El Ministerio Público debería desistir de todos los cargos en las causas penales por difamación en curso. También debería desistir de los cargos presentados contra Braulio Jatar y disponer su liberación inmediata.

El gobierno de Venezuela debería garantizar la imparcialidad y el debido proceso en los procedimientos para el cumplimiento de las leyes de transmisión. Concretamente, debería garantizar que la investigación y la sanción de las supuestas infracciones a las leyes de transmisión estén a cargo de un organismo imparcial e independiente, exento de interferencia política; y que se garantice a los presuntos infractores de las normas sobre difusión de radio y televisión el derecho de responder a las acusaciones en su contra.

Defensores de derechos humanos
Si bien Venezuela aceptó algunas recomendaciones durante el EPU de 2011 relativas a apoyar las actividades de defensores de derechos humanos e incrementar el diálogo y la cooperación con estos, también rechazó otras que instaban al gobierno a apoyar la “labor independiente de las ONG” para “crear un entorno en el que puedan trabajar libremente”, y a “permitir el acceso a la financiación internacional para que los defensores de los derechos humanos puedan seguir realizando su legítima labor”.

Desde entonces, el gobierno venezolano ha intentado desacreditar a los defensores de derechos humanos del país, a través de reiteradas acusaciones infundadas de que estos buscan atentar contra la democracia venezolana. En 2015, durante su programa semanal en la televisión estatal, Cabello señaló en varias oportunidades que la participación de organizaciones de derechos humanos en audiencias ante organismos internacionales de derechos humanos como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) o en las Naciones Unidas pretendía “desestabilizar al gobierno”.

En 2010, el Tribunal Supremo resolvió que las personas u organizaciones que reciban financiamiento del exterior podrían ser juzgadas por “traición a la patria”. A su vez, la Asamblea Nacional promulgó una ley que impide a organizaciones dedicadas a la “defensa de los derechos políticos” o el “control sobre los poderes públicos” recibir financiamiento internacional.

En mayo de 2016, el Presidente Maduro dictó un decreto mediante el cual, además de declarar el “estado de excepción” y arrogarse la potestad de suspender derechos, instruyó al Ministerio de Relaciones Exteriores que suspendiera todos los convenios que prevean financiamiento extranjero para personas u organizaciones cuando “se presuma” su “utilización con fines políticos o de desestabilización de la República”.

Recomendaciones:

El gobierno venezolano debería abandonar su agresiva postura de confrontación con defensores de derechos humanos y organizaciones de la sociedad civil. Concretamente, los funcionarios deberían:

  • Evitar los ataques infundados contra la credibilidad de los defensores de los derechos humanos y las organizaciones de la sociedad civil, y
  • Retractarse públicamente de las declaraciones públicas infundadas contra defensores de derechos y organizaciones.

Asimismo, la Asamblea Nacional debería reformar las leyes que limitan la posibilidad de que estas organizaciones obtengan financiamiento internacional.

Condiciones carcelarias
Venezuela aceptó únicamente algunas de las recomendaciones formuladas en el EPU de 2011 para mejorar su sistema penitenciario. Las condiciones carcelarias en Venezuela siguen siendo absolutamente deficitarias. La corrupción, la seguridad deficiente, el deterioro de la infraestructura, la sobrepoblación, la falta de personal suficiente y la capacitación inadecuada de guardias han permitido que miembros de pandillas armadas ejerzan el control efectivo de las cárceles en las cuales están recluidos. La organización de derechos humanos Observatorio Venezolano de Prisiones indica que 6.663 personas murieron en las cárceles entre 1999 y 2015. En julio de 2016, el porcentaje de sobrepoblación en las cárceles venezolanas era del 210 por ciento, según datos del Observatorio.

Derechos a la salud y a la alimentación
Pese al compromiso asumido durante el EPU de 2011 de proteger el derecho a la salud, el gobierno no ha asegurado la disponibilidad y accesibilidad de medicamentos e insumos esenciales para todos los venezolanos, sin discriminación. No ha suministrado medicamentos ni insumos al sistema de salud pública, y al mismo tiempo sus normas sobre tipo de cambio y controles de precios obstaculizan la importación de medicamentos y productos de salud, lo cual redunda en una oferta absolutamente inadecuada de medicamentos e insumos médicos básicos.

En marzo de 2015, una red de médicos residentes que trabajan en hospitales públicos de distintas regiones del país informó que el 44 por ciento de los quirófanos en Venezuela no estaban funcionando, y que el 94 por ciento de los laboratorios no tenían los insumos que necesitaban para funcionar adecuadamente. En agosto de 2016, denunciaron la grave escasez —o la falta absoluta— de medicamentos básicos en el 76 por ciento de los hospitales encuestados, lo cual muestra un incremento respecto del 55 por ciento observado en 2014 y el 67 por ciento registrado en 2015.

Las estadísticas oficiales sobre tasas de mortalidad infantil y materna en 2016 son significativamente más altas que aquellas informadas en años anteriores. La tasa de mortalidad infantil para los primeros cinco meses de 2016 fue de 18,61 muertes por cada 1.000 nacidos vivos; lo cual es un 45 por ciento más alto que las cifras de 2013. La tasa de mortalidad materna para los primeros cinco meses de 2016 fue de 130,70 muertes por cada 100.000 nacimientos, lo cuál es un 79 por ciento más alto que las últimas cifras oficiales disponibles, que corresponden a 2009.

La grave escasez de alimentos hace que, para muchas personas, sea sumamente difícil tener una nutrición adecuada. En una encuesta llevada a cabo en 2015 por organizaciones de la sociedad civil y dos prestigiosas universidades venezolanas, el 87 por ciento de las personas entrevistadas en todo el país —la mayoría, pertenecientes a hogares de bajos ingresos— tenían dificultades para comprar alimentos. El 12 por ciento de las personas entrevistadas comían dos veces por día o menos.

Recomendaciones:

El gobierno venezolano debería asegurar la disponibilidad y accesibilidad de medicamentos e insumos esenciales para todos, sin discriminación. Debería adoptar medidas inmediatas y urgentes para formular e implementar políticas efectivas destinadas a abordar la crisis en el sector de salud y la escasez de alimentos en Venezuela, y dar difusión pública a tales políticas.

Discriminación política
En junio de 2016, decenas de trabajadores del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria fueron despedidos en aparente represalia por haber apoyado el referéndum revocatorio contra el Presidente Maduro. Los medios han informado que cientos de otras personas de todo el país que estaban a favor del referéndum fueron despedidas en circunstancias similares. El derecho internacional prohíbe a los gobiernos discriminar o tomar represalias contra personas por sus opiniones políticas.

Recomendaciones:

El gobierno de Venezuela debe cumplir con las normas de derecho internacional que prohíben la discriminación por motivos políticos.

Con respecto a la Corte Penal Internacional:

  • Venezuela debería completar el proceso para adecuar plenamente su legislación nacional a todas las obligaciones conforme al Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional (CPI).  

Anexos:

  1. “Una Década de Chávez: Intolerancia política y oportunidades perdidas para el progreso de los derechos humanos en Venezuela”, informe de Human Rights Watch, septiembre de 2008.
  2. “Concentración y Abuso de poder en la Venezuela de Chávez”, informe de Human Rights Watch, julio de 2012.
  3. “Castigados por protestar: Violaciones de derechos humanos en las calles, centros de detención y el sistema de justicia de Venezuela”, informe de Human Rights Watch, mayo de 2014.
  4. “Poder sin Límites: Redadas policiales y militares en comunidades populares y de inmigrantes en Venezuela”, informe de Human Rights Watch, abril de 2016.
  5. “Crisis humanitaria en Venezuela: La inadecuada y represiva respuesta del gobierno ante la grave escasez de medicinas, insumos y alimentos”, informe de Human Rights Watch, octubre de 2016.
  6. Otros contenidos de Human Rights Watch:
    1. “La crisis del sistema de salud de Venezuela”, abril de 2015, https://www.hrw.org/es/news/2015/04/29/la-crisis-del-sistema-de-salud-de-venezuela .
    2. “Críticos bajo amenaza”, agosto de 2015, https://www.hrw.org/es/news/2015/08/06/venezuela-criticos-bajo-amenaza .
    3. “Inhabilitación arbitraria de candidatos”, agosto de 2015,

https://www.hrw.org/es/news/2015/08/27/venezuela-inhabilitacion-arbitraria-de-candidatos

  1. “La emboscada contra Leopoldo López”, diciembre de 2015, https://www.hrw.org/es/news/2015/12/02/la-emboscada-contra-leopoldo-lopez .
  2. “Venezuela debe revocar decreto de emergencia vigente”, mayo de 2016, https://www.hrw.org/es/news/2016/05/19/venezuela-debe-revocar-decreto-de-emergencia-dictado-por-maduro .
  3.  “Despiden a trabajadores que apoyan el referéndum revocatorio”, julio de 2016, https://www.hrw.org/es/news/2016/07/22/venezuela-despiden-trabajadores-que-apoyan-el-referendum-revocatorio .
  4. “Disidentes denuncian torturas y confesiones forzadas”, julio de 2016, https://www.hrw.org/es/news/2016/07/27/venezuela-disidentes-denuncian-torturas-y-confesiones-forzadas .

 

 

 

[1] Los datos actualizados al 5 de octubre de 2016 se incluyen en negrita.

 

Your tax deductible gift can help stop human rights violations and save lives around the world.

Región / País

Las más vistas