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Ecuador: Se niega a víctimas de violación sexual la posibilidad de abortos seguros y lícitos

La prohibición dificulta el acceso a servicios y contribuye a la mortalidad materna

(Washington, DC) – La legislación restrictiva de Ecuador en materia de aborto pone en riesgo la salud y la vida de víctimas de violación sexual, señaló Human Rights Watch en un informe divulgado hoy. Está previsto que a fines de agosto de 2013, la Asamblea Nacional trate una serie de importantes reformas al Código Penal. No existen certezas de si una propuesta de despenalización de todos los casos de violación, que surgió durante un debate en la Asamblea en 2012, avanzará durante las deliberaciones de 2013.

El informe de 26 páginas, “Criminalización de las víctimas de violación sexual: El aborto ilegal luego de una violación en Ecuador”,comprobó que el Código Penal de Ecuador limita los derechos reproductivos de mujeres y jóvenes al prohibir el aborto salvo en contadas excepciones, incluso en el caso de embarazos provocados por hechos de violencia sexual. El Código Penal prevé penas de prisión de uno a cinco años para las mujeres y jóvenes que se sometan a abortos, en tanto los profesionales médicos que los practiquen quedan alcanzados por penas aún más rigurosas. Debido a estas penas, algunas mujeres y jóvenes recurren a abortos practicados de manera ilegal e insegura, lo cual frustra los esfuerzos de Ecuador por reducir la mortalidad y las lesiones maternas.

“Una mujer o joven que ha sufrido la experiencia traumática de ser violada no debería enfrentarse a la posibilidad de ser encarcelada si decide someterse a un aborto”, observó Amanda Klasing, investigadora sobre derechos de la mujer para la región de América de Human Rights Watch. “Penalizar el aborto para las víctimas de violación sexual no sólo vulnera los derechos de mujeres y jóvenes, sino que además puede poner en riesgo su salud o incluso su vida”.

La Asamblea Nacional debería asegurar que todas las mujeres y jóvenes que hayan sido víctimas de violación sexual puedan acceder a servicios integrales de salud, incluido el aborto en caso de que lo soliciten, señaló hoy Human Rights Watch. La Asamblea Nacional debería además modernizar el lenguaje del Código Penal, en el cual la cláusula sobre aborto tiene más de 70 años, eliminando la excepción agraviante e imprecisa a las penas por aborto en casos de mujer “idiota o demente” y despenalizando todos los abortos voluntarios, incluidos los casos de embarazos provocados por violación.

El presidente Rafael Correa ha señalado en declaraciones públicas, incluso a través de su cuenta de Twitter durante el debate de julio de 2012 sobre la reforma  del Código Penal, que vetaría cualquier ley que amplíe las condiciones para el aborto legal estipuladas en el Código Penal. El presidente Correa debería abandonar su postura, dado que podría provocar mayores perjuicios a las mujeres que han sido violadas sexualmente.

Entre mayo y julio, Human Rights Watch entrevistó a 37 mujeres y jóvenes, de las cuales casi la mitad eran afroecuatorianas o indígenas, que habían intentado recibir atención o servicios de salud reproductiva o por violencia de género, así como a 22 funcionarios y especialistas en derechos de la mujer y 45 médicos de establecimientos de salud tanto públicos como privados.

Los datos oficiales muestran que las complicaciones provocadas por abortos —ya sea abortos legales u obtenidos ilegalmente— causaron la muerte de al menos 10 mujeres o jóvenes en Ecuador durante 2011. La cantidad de mujeres o jóvenes que murieron como resultado de abortos inseguros e ilegales podría ser incluso mayor, dado que estas muertes a veces se registran como causadas por condiciones médicas vinculadas con este tipo de abortos, pero no se atribuyen abiertamente a abortos en los informes estadísticos. Algunas de las 93 muertes que se atribuyeron a hemorragia posparto, septicemia y muertes “no especificadas” en ese año podrían deberse a abortos inseguros, observó Human Rights Watch. Los hospitales de Ecuador atendieron más de 23.000 casos de complicaciones, enfermedades, incapacidad o lesiones vinculadas con abortos “no especificados” durante 2011.

Un médico de Quito relató a Human Rights Watch el caso de una mujer de 24 años que se presentó en el principal hospital de maternidad de esa ciudad con perforación uterina y sangrado interno como resultado de un aborto inseguro. El médico contó que si bien él y otros colegas adoptaron medidas de emergencia inmediatamente, la mujer murió en sus brazos. “[Cuando el aborto es ilegal], las mujeres atraviesan la experiencia del aborto solas”, dijo. “Toda la información sobre el aborto se perdió cuando esta mujer murió”.

Las mujeres y jóvenes de Ecuador están expuestas a altos índices de violencia, incluida la violación sexual. Una encuesta efectuada en 2011 por el gobierno en todo el territorio del país, que relevó casi 19.000 hogares en la totalidad de las 24 provincias, comprobó que el 60 por ciento de las mujeres entrevistadas habían sufrido algún tipo de violencia de género durante su vida, y el 26 por ciento informó haber sido víctima de violencia sexual.

En una clínica de la ciudad de Santo Domingo en Tsachilas, dos médicos comentaron durante entrevistas separadas con Human Rights Watch el caso de una mujer a quien habían atendido en dos ocasiones después de un aborto, en abril y junio. Ambos médicos tenían evidencias previas de que la mujer tenía una pareja íntima violenta. Pero no insistieron en que la mujer les proporcionara mayor información sobre la conducta violenta de su pareja ni tampoco derivaron el caso de abuso a las autoridades por temor a que la mujer fuera procesada debido a que ella misma había provocado los abortos.

Human Rights Watch determinó que incluir el aborto entre las conductas tipificadas en el Código Penal de Ecuador:

  • Obstaculiza la detección y prevención de la violencia sexual y de género;
  • Contribuye a las lesiones y la mortalidad materna;
  • Genera obstáculos para las mujeres y jóvenes que necesitan atención médica posiblemente vital; y
  • Perpetúa los estereotipos negativos y la desigualdad de mujeres y jóvenes con discapacidad.

A fin de reforzar las garantías que existen en Ecuador para mujeres y jóvenes contra la violencia y respetar sus derechos, incluido el derecho a la vida, la integridad física, la salud y a no ser discriminadas, el gobierno de ese país debería suprimir las sanciones penales previstas para el aborto. Debería eliminar sin demora las sanciones para todas las mujeres y jóvenes que solicitan abortos luego de actos de violencia sexual y reemplazar el lenguaje ofensivo contenido en el Código Penal en referencia a mujeres y jóvenes con discapacidad.

El gobierno debería además mejorar los mecanismos de obtención de datos relativos a salud reproductiva y materna. Tales medidas deberían asimismo evaluar los costos que supone para el sistema de salud tratar las complicaciones provocadas por abortos inseguros e ilegales y sobre todo mantener un registro de las muertes y lesiones maternas causadas por este tipo de abortos.

Esta prohibición generalizada del aborto contribuye a la mortalidad y morbilidad materna. Si bien Ecuador ha formulado normas, protocolos y directrices clínicas progresistas vinculadas con salud materna y reproductiva, estadísticas gubernamentales divulgadas recientemente sugieren de manera clara que aún no adopta todas las medidas necesarias para alcanzar la meta de reducir la mortalidad materna para 2015 establecida en los Objetivos de Desarrollo del Milenio de las Naciones Unidas para todos los países. Las cifras del gobierno sobre el índice de mortalidad materna habían aumentado en más del doble para 2011, con 105 muertes maternas cada 100.000 nacimientos con vida, respecto de 2006, cuando se registraron 48 muertes cada 100.000 nacimientos con vida.

“Las mujeres que sean víctimas de violación sexual no deberían además ser victimizadas por el gobierno cuando optan por interrumpir su embarazo”, opinó Klasing. “Los legisladores de Ecuador deberían aprovechar esta oportunidad de reforma al Código Penal para eliminar las peligrosas restricciones que se aplican al aborto, en particular después de un hecho de violencia sexual”.

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