(Washington, DC) – La objeción parcial del presidente de Colombia Iván Duque a una ley de justicia transicional podría socavar y retrasar la rendición de cuentas por casos vinculados al conflicto armado, señaló hoy Human Rights Watch. El 10 de marzo, el presidente Duque anunció que objetaría seis disposiciones del proyecto de ley estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz, un sistema creado como parte del acuerdo de paz con las FARC.
El proyecto de ley –que es una de las normas clave para implementar el acuerdo– será enviado al Congreso, cuyos legisladores deberán decidir si aceptan las objeciones. La objeción presidencial busca revivir algunas disposiciones que han sido declaradas inconstitucionales por la Corte Constitucional, de manera que es muy probable que la Corte las vuelva a rechazar. Mientras tanto, la Jurisdicción Especial para la Paz no tendrá bases legales claras con las cuales adelantar sus casos.
“Si bien comparto algunas de las preocupaciones expresadas por el presidente Duque, la objeción presidencial no es la forma correcta de solucionar estos serios defectos”, señaló José Miguel Vivanco, director para las Américas de Human Rights Watch. “Es muy probable que estas objeciones retrasen los procesos judiciales y socaven la justicia que esta decisión presidencial dice promover”.
Una de las disposiciones objetadas suspendería en buena medida los procesos penales en la justicia ordinaria hasta que estos casos sean transferidos a la Jurisdicción Especial para la Paz. Human Rights Watch ha expresado repetidamente serias preocupaciones sobre que esta disposición podría generar demoras inadmisibles en los procesos judiciales por crímenes atroces. Sin embargo, en una decisión de agosto de 2018, la Corte Constitucional respaldó y amplió esta disposición, argumentando que, con arreglo a la Constitución colombiana, la Jurisdicción Especial para la Paz tiene competencia exclusiva sobre estos casos.
Otra disposición que ha objetado el presidente permite que la Jurisdicción Especial para la Paz renuncie a la persecución penal de aquellos que no sean considerados los “máximos responsables” de crímenes de guerra y de lesa humanidad. Esta disposición fue agregada por la Corte Constitucional en su decisión de agosto de 2018. La corte consideró que procesar penalmente a todos los acusados por crímenes cometidos durante el conflicto armado “podría conducir a un desconocimiento de los derechos de las víctimas” puesto que el “volumen de los posibles responsables y hechos podría exceder la capacidad de la jurisdicción especial”.
“La objeción presidencial de Duque seguramente lo ayude a ganar apoyo entre quienes se oponen al acuerdo de paz”, señaló Vivanco. “Pero es probable que no ayude en nada a garantizar que las víctimas del conflicto armado obtengan la justicia que tanto necesitan y a la que tienen derecho”.