La Policía Nacional del Ecuador y funcionarios de Servicio de Migración detuvieron a 149 cubanos el miércoles pasado. Los cubanos se encontraban durmiendo en un campamento en la ciudad de Quito, protestando para conseguir que autoridades mexicanas les otorgaran una visa humanitaria para llegar a Estados Unidos, donde podrían solicitar asilo. Los funcionarios procuraron dispersar la protesta.
El gobierno ecuatoriano informó que al 11 de julio, un total de 75 cubanos habían sido enviados de regreso a Cuba y otros 22 habían sido liberados y autorizados a permanecer en Ecuador.
El gobierno sostuvo que los derechos de los detenidos se habían respetado. Sin embargo, los detenidos fueron detenidos durante varias horas en la Unidad de Flagrancia Penal de Quito, según defensores de derechos humanos que procuraron asistir legalmente a los detenidos. Allí permanecieron privados de alimentos y agua, y sin acceso a familiares ni abogados, según los defensores.
Desde el 7 de julio, un día después de las detenciones, se realizaron una serie de audiencias de deportación en las cuales los detenidos habrían tenido pocos minutos para presentar su defensa. Abogados defensores reportaron que prácticamente no pudieron hablar con los detenidos con anterioridad a las audiencias, y que entre los ciudadanos cubanos detenidos habría solicitantes de refugio, personas con estatus migratorio legal, y otros que habrían solicitado refugio durante la audiencia.
Los jueces resolvieron deportar a decenas de ciudadanos cubanos, incluyendo algunos casos en los cuales los detenidos habían solicitado refugio. Las decisiones judiciales de deportación se elevan luego a consulta con el Ministro del Interior José Serrano. Los jueces realizaron las audiencias y resolvieron sobre las deportaciones a pesar de que existía una solicitud de habeas corpus presentada por un grupo de abogados defensores de derechos humanos, que se encontraba pendiente de resolución.
Defensores de derechos humanos ecuatorianos que documentaron las deportaciones informaron a Human Rights Watch que algunos de los deportados habían solicitado refugio y las deportaciones ocurrieron antes de que pudieran apelar las decisiones judiciales en sus casos.
El gobierno ecuatoriano tiene la obligación jurídica internacional de respetar el principio de nonrefoulement, que indica que no pueden devolverse a refugiados a un lugar donde sus vidas o libertades se encuentren amenazadas. También debe cumplir con los principios básicos del debido proceso y permitirles a solicitantes de refugio que sus casos sean justa y debidamente considerados. Cualquier medida que vulnere estas obligaciones viola derechos fundamentales y debería ser fuertemente condenada por los gobiernos de la región, la representación de la Organización de Naciones Unidas en Quito, y la oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados.