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A comienzos de diciembre, cientos de ecuatorianos salieron a las calles para protestar por la aprobación en la Asamblea Nacional de enmiendas constitucionales que abren la puerta a la adopción de medidas que podrían restringir aún más la libertad de expresión y permiten la reelección presidencial indefinida luego de 2017.

Manifestantes participan en una protesta en Quito el 3 de diciembre de 2015 durante el segundo debate de las enmiendas constitucionales en la Asamblea Nacional. © 2015 Reuters

El 4 de diciembre, un día después de las protestas, 21 personas fueron condenadas a 15 días de cárcel por proferir “expresiones de descrédito y deshonra en contra de policías” en el marco de las protestas. Varios detenidos informaron al tribunal haber sufrido abusos físicos y verbales por parte de policías, y algunos afirmaron que ni siquiera estaban participando en las protestas cuando fueron arrestados. Algunas personas habrían estado detenidas varias horas sin que se les permitiera llamar a un familiar o un abogado.

En la sentencia, el juez se refirió a declaraciones de testigos que describieron episodios de violencia durante las protestas y casos de manifestantes que insultaron a policías. Sin embargo, el juez no especificó qué constituyen “expresiones de descrédito y deshonra” o qué actos realizaron las 21 personas que implicaran descrédito para los policías, ni tampoco citó pruebas que las vincularan de manera directa con los incidentes. La semana pasada, un tribunal de apelación rechazó un recurso de hábeas corpus planteado por abogados defensores para liberar a los detenidos.

Incluso si las 21 personas efectivamente hubieran desacreditado o deshonrado a los policías (lo cual es imposible de determinar sobre la base de la evidencia presentada en la decisión judicial), la pena de encarcelamiento resulta absolutamente inadecuada. Conforme a los estándares internacionales de derechos humanos, los funcionarios públicos están expuestos a un mayor escrutinio público y riesgo de sufrir críticas. Por ello, si bien corresponde que sean protegidos legalmente de ataques indebidos, esta protección debe balancearse con la necesidad de proteger el derecho de libertad de expresión.

En un país donde la independencia judicial se encuentra gravemente debilitada, los abusos suelen quedar impunes y el mismo Presidente Rafael Correa ha apelado a acciones penales por difamación para enjuiciar a críticos, no resulta sorprendente que la justicia ignore las obligaciones de Ecuador de respetar la libertad de expresión y los estándares regionales que exigen que la reputación de los funcionarios públicos esté garantizada por sanciones civiles y no penales.

El gobierno de Correa ha actuado reiteradamente como si tuviera un cheque en blanco para restringir la libertad de expresión, y mientras no se le llame la atención sobre esto a nivel internacional, se mantendrá el riesgo de que siga haciéndolo. 

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