Skip to main content

Ecuador debe adoptar recomendaciones de la ONU sobre aborto

Es necesario despenalizar el aborto en casos de violación, incesto y malformaciones graves del feto

(Washington, DC) – La Asamblea Nacional de Ecuador debería despenalizar el aborto de acuerdo con las recomendaciones formuladas por la Organización de Naciones Unidas (ONU) al país, señaló hoy Human Rights Watch en una carta enviada al presidente de la Comisión de Justicia y Estructura del Estado de la Asamblea. En febrero de 2015, el Comité de la ONU para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer exhortó a Ecuador a despenalizar el aborto en casos de violación, incesto y malformaciones graves del feto.

El Código Orgánico Integral Penal de Ecuador prohíbe el aborto. Solamente prevé excepciones para aquellos casos que representen un peligro para la vida o salud de la mujer embarazada si este peligro no puede ser evitado por otros medios, y cuando el embarazo es consecuencia de la violación de una mujer que padezca discapacidad mental. Todas las demás mujeres o jóvenes, incluso aquellas embarazadas a causa de una violación sexual o cuyo embarazo sea inviable, no pueden acceder a abortos legales y podrían recibir penas de hasta dos años de prisión si recurren a esta práctica. El Código Penal prevé penas incluso más severas para los médicos profesionales que practiquen abortos. El gobierno de Ecuador afirmó recientemente que se están impulsando casi 100 causas penales por aborto.

“Las mujeres deberían poder obtener atención médica sin temor a ser encarceladas”, observó Liesl Gerntholtz, directora de derechos de la mujer de Human Rights Watch. “La Asamblea Nacional no debería permitir que siga vigente una ley que perjudica a víctimas de violación sexual y a las mujeres que enfrentan la durísima realidad de un embarazo inviable; eso es cruel y no respeta los derechos humanos de las mujeres”.

Como consecuencia de la legislación ecuatoriana sobre aborto, muchas mujeres y jóvenes embarazadas recurren a abortos clandestinos e inseguros, poniendo en riesgo su vida y su salud. El aborto representa la segunda causa de morbilidad femenina (enfermedades, discapacidades o lesiones) y una causa significativa de mortalidad materna en Ecuador.

En 2013, la Asamblea Nacional discutió posibles reformas a las disposiciones penales relativas a aborto, y votó a favor de modificar el lenguaje anticuado que se utilizaba para referirse a mujeres con discapacidades. No obstante, la Asamblea no aprobó reformas que permitirían que todas las víctimas de violación que resultó en un embarazo o las mujeres y jóvenes con embarazos inviables obtengan abortos sin temor a sufrir persecuciones penales.

Human Rights Watch documentó el impacto de la legislación sobre aborto de Ecuador en víctimas de violación sexual, y concluyó, en un informe de 2013, que la legislación llevó a que médicos se rehúsen a brindar tratamiento a víctimas que buscaban obtener abortos seguros. Varios médicos dijeron a Human Rights Watch que habían negado atención integral médica luego de un aborto a víctimas de violaciones, algunas de apenas 12 años, debido a que la ley les prohibía brindar servicios de aborto. 

Your tax deductible gift can help stop human rights violations and save lives around the world.

Región / País

Las más vistas