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Uruguay: Nueva ley sobre aborto marca un paso histórico para los derechos de las mujeres

Pero la complejidad del procedimiento podría dificultar el acceso

En una decisión histórica adoptada esta semana, el presidente uruguayo José Mujica promulgó una ley que despenaliza los abortos practicados durante las primeras 12 semanas de gestación siempre que se cumplan ciertos procedimientos, y en las primeras 14 semanas para casos de violación sexual.

La ley supone un avance notable para el ejercicio efectivo de los derechos humanos de las mujeres y la prevención de abortos inseguros y clandestinos en la región.

“Esta ley es un paso adelante en la prevención del aborto clandestino y los riesgos que esa práctica supone para la vida”, afirmó Amanda Klasing, investigadora sobre derechos de la mujer de Human Rights Watch. “Los países vecinos de Uruguay deberían tener en cuenta este avance. Más allá de que el aborto sea un tema delicado, los gobiernos pueden y deben sancionar leyes que permitan salvar la vida de mujeres”.

Los países latinoamericanos presentan algunas de las políticas más restrictivas de todo el mundo en materia de aborto. En varios países, como Chile, El Salvador y Nicaragua, existe una prohibición absoluta del aborto, que no contempla ningún tipo de excepción. Estas leyes sumamente restrictivas favorecen la práctica de abortos clandestinos e inseguros y ponen en riesgo la vida de las mujeres. La Organización Mundial de la Salud de las Naciones Unidas estima que cerca del 13 por ciento de las muertes maternas registradas en la región se producen a causa de abortos practicados en condiciones inseguras.

En diciembre de 2011, el presidente Mujica había prometido ratificar la norma aprobada por el Senado que despenalizaba el aborto con tan sólo algunas restricciones. Sin embargo, recién en septiembre de 2012 el proyecto consiguió aprobación en la Cámara de Diputados de Uruguay. La Cámara baja efectuó modificaciones importantes al proyecto del Senado, e incorporó una serie de requisitos que deberán ser cumplidos por las mujeres que soliciten abortos. El proyecto se aprobó con una diferencia de tan sólo un voto, con 50 diputados a favor y 49 en contra. En octubre, la Cámara de Senadores ratificó la versión del proyecto legislativo aprobada en Diputados, y allanó así el camino para la refrenda presidencial. La versión definitiva continúa tipificando al aborto como un delito en el Código Penal, pero prevé la exención de la pena.

La ley exige que las mujeres que soliciten un aborto informen a un médico en qué circunstancias se produjo el embarazo y cuáles son las dificultades económicas, sociales o familiares que les impedirían continuarlo. Ese mismo día o el siguiente, el médico deberá consultar a un equipo interdisciplinario integrado por un mínimo de tres profesionales, incluido al menos un ginecólogo, un profesional de salud mental y un especialista en asistencia social. El equipo interdisciplinario debe reunirse con la mujer para brindarle información acerca de la ley, el procedimiento de aborto, y cualquier riesgo inherente a este. También se le informará sobre alternativas al aborto y se le ofrecerá apoyo psicosocial e información.

Después de esta reunión con el equipo, la ley establece un período de espera de cinco días para que la mujer pueda reflexionar antes de confirmar su decisión de llevar adelante el aborto. Una vez que la mujer brinda su consentimiento informado, un médico podrá llevar a cabo el procedimiento. Solamente la mujer interviene en la decisión de realizar el aborto. Estos requisitos no se aplican cuando se trata de víctimas de violación sexual o incesto. En estos casos, la única condición es haber radicado una denuncia penal.

Si bien la nueva ley representa un avance en la región, las disposiciones respecto del proceso que se debe completar —en particular, el período de reflexión de cinco días y la consulta con el equipo de profesionales— podrían constituir un obstáculo arbitrario para el acceso a los servicios de aborto. El Relator Especial de las Naciones Unidas sobre el Derecho a la Salud ha señalado que las restricciones legales pueden provocar que el aborto legal resulte inaccesible. Algunos ejemplos sobre restricciones al aborto que fueron criticadas por el Relator en un informe de 2011 son “asesoramiento y plazos de espera obligatorios para las mujeres que desean interrumpir un embarazo” y “la obligación de obtener la aprobación de más de un profesional de la salud”.

El Ministerio de Salud Pública de Uruguay deberá ahora formular las reglamentaciones necesarias para la implementación de la ley. Estas reglamentaciones deben asegurar que ninguna mujer que solicite un aborto dentro del plazo legal se vea privada de esta posibilidad debido a demoras causadas por los requisitos establecidos en la ley para el procedimiento. Las organizaciones de la sociedad civil deben tener la posibilidad de participar en el desarrollo de tales reglamentaciones.

“Después de haber dado este paso positivo, Uruguay debe asegurar que, en la práctica, las mujeres que solicitan este servicio médico esencial puedan obtenerlo sin interferencias arbitrarias”, señaló Klasing.

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