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Chile: Sentencia sobre derechos de gais constituye un avance notable

Debe invalidarse decisión sobre custodia que niega derechos a madre lesbiana

(Nueva York) – La determinación de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de que la orientación sexual de una persona no puede ser usada para negar derechos de custodia constituye un precedente histórico para lesbianas, gais, bisexuales y personas transgénero (LGBT) en toda América, señaló hoy Human Rights Watch. La sentencia se dictó en la causa Atala Riffo e hijas c. Chile el 24 de febrero de 2012, y se difundió el 21 de marzo.

La Corte concluyó que la Corte Suprema de Chile había actuado de manera discriminatoria y en contra de la Convención Americana sobre Derechos Humanos al negar a Karen Atala el derecho de custodia de sus tres hijas, en razón de que Atala es lesbiana y vive con una pareja del mismo sexo.

“Se trata de una sentencia emblemática para la región, ya que la Corte Interamericana aclaró por primera vez que la orientación sexual y la identidad de género son categorías protegidas contra la discriminación por la Convención Americana bajo la denominación ‘otra condición social’”, señaló Boris Dittrich, director de Incidencia del Programa de Derechos de Lesbianas, Gais, Bisexuales y Personas Transgénero de Human Rights Watch. “Es probable que esta sentencia tenga un impacto mucho más amplio en la jurisprudencia de todos los Estados miembros de la Organización de los Estados Americanos y posiblemente para el respeto de los derechos de todas las personas LGBT de la región”.

La Corte Suprema de Chile se había pronunciado en contra de Atala y había resuelto que la convivencia de Atala con su pareja del mismo sexo no redundaría en favor del interés superior de sus hijas. La Corte Interamericana determinó que esta conclusión no estaba basada en evidencias claras, sino en argumentos abstractos y discriminatorios derivados de estereotipos que violaban los derechos de igualdad ante la ley y a no ser discriminado/a, los cuales  se establecen en los artículos 24 y 1.1 de la Convención Americana, respectivamente.

La Corte Interamericana estableció asimismo que al discriminar a la madre en función de su orientación sexual, la decisión de la Corte Suprema había también lesionado a las hijas y vulnerado su derecho a protección sin discriminación.

La Corte Interamericana exigió al Gobierno chileno que pagase una indemnización a Atala por el daño causado, que adoptara medidas para asegurar que ella y sus hijas tuvieran acceso libre a los servicios de salud que fueran necesarios por los perjuicios sufridos y que continuara implementando programas de educación dirigidos a todos los funcionarios públicos, incluidos los del poder judicial, sobre las obligaciones establecidas en la Convención Americana.

Human Rights Watch instó al Gobierno chileno a asegurar que se subsanen los perjuicios sufridos como resultado de la sentencia de la Corte Suprema dejando sin efecto la decisión. El Gobierno chileno debería además asegurar que las controversias sobre custodia se examinen nuevamente en función de criterios que no sean discriminatorios y teniendo en cuenta el interés superior de los niños y el pleno respeto de los derechos de todas las partes involucradas.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos es el órgano judicial de la Organización de los Estados Americanos, y fue creada en 1979 para aplicar e interpretar las disposiciones de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Las sentencias de la Corte son vinculantes para las partes. Human Rights Watch presentó junto con otras organizaciones un memorial en calidad de Amicus curiae en este caso.

“Esta sentencia es un valioso precedente para la lucha contra la discriminación y la igualdad, y ayudará a lesbianas, gais, bisexuales y personas transgénero —cuyos derechos humanos son vulnerados diariamente—a defenderse de la injusticia”, afirmó Dittrich.

 

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