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Chile debe rechazar proyecto de ley contra el negacionismo

Proyecto de ley sobre crímenes de la dictadura penalizaría expresiones protegidas

El General Augusto Pinochet, quien entre 1973 y 1990 lideró un gobierno militar en Chile responsable de incontables violaciones a los derechos humanos, en 1975. © AP Photo.

(Washington D.C.) – El Senado de Chile debería rechazar una propuesta legislativa que criminalizaría el negacionismo en relación con los abusos cometidos durante la dictadura militar, señaló hoy Human Rights Watch.

El 22 de septiembre de 2020, la Cámara de Diputados de Chile aprobó un proyecto legislativo que penalizaría con hasta tres años de prisión a quien “justificare”, “aprobare” o “negare” violaciones a los derechos humanos cometidas durante el período de la dictadura, entre 1973 y 1990. El proyecto de ley aún debe ser debatido por el Senado. 

“Las expresiones ofensivas, por hirientes que resulten, deben ser contrarrestadas con argumentos, no con sanciones penales”, expresó José Miguel Vivanco, director para las Américas de Human Rights Watch. “El proyecto de ley contra el negacionismo contraviene estándares internacionales de derechos humanos actualmente en vigencia y probablemente no contribuirá a que cesen las expresiones ofensivas en el país”. 

El proyecto de ley sería aplicado a expresiones sobre violaciones de derechos humanos documentadas en informes oficiales sobre las graves atrocidades cometidas durante la dictadura. Según el proyecto legislativo, las sanciones solo se aplicarían a expresiones que “perturben el orden público” o “impidan, obstruyan o restrinjan de forma ilegítima” el ejercicio de derechos de terceros. 

Conforme al derecho internacional, la libertad de expresión solo puede ser limitada en circunstancias muy específicas. El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) y la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH), ambos ratificados por Chile, disponen que las leyes solo pueden limitar el ejercicio de la libertad de expresión de forma proporcional y necesaria para asegurar el respeto de los derechos o la reputación de otras personas, o “la protección de la seguridad nacional, el orden público o la salud o la moral públicas”. Las restricciones establecidas en el proyecto de ley que está siendo discutido en Chile no resultan ni necesarias ni proporcionales al logro de estos objetivos.

Chile tiene un interés legítimo en garantizar que la sociedad conozca de forma certera los aberrantes abusos cometidos durante la dictadura y en asegurar que se respete a las víctimas. Sin embargo, la criminalización de expresiones ofensivas no es una forma aceptable de lograr esos objetivos, explicó Human Rights Watch.

El Marco Jurídico Interamericano sobre el Derecho a la Libertad de Expresión señala que la tolerancia, el pluralismo y el espíritu de apertura propios de una sociedad democrática implican que “la libertad de expresión debe garantizarse no sólo en cuanto a la difusión de ideas e informaciones recibidas favorablemente o consideradas inofensivas o indiferentes, sino también en cuanto a las que ofenden, chocan, inquietan, resultan ingratas o perturban al Estado o a cualquier sector de la población”.

El Comité de Derechos Humanos de la ONU, órgano encargado de interpretar el PIDCP y evaluar su cumplimiento por parte de los Estados, ha determinado que las “leyes que penalizan la expresión de opiniones sobre hechos históricos son incompatibles con las obligaciones que el Pacto impone a los Estados partes”.

“Sancionar las expresiones ofensivas no es una forma eficaz de contrarrestarlas, e incluso podría resultar contraproducente”, señaló Vivanco. “Estas sanciones pueden convertir a los sancionados en víctimas y conseguir que sus ideas generen aún más atención”.

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