Washington, D.C., 5 de septiembre de 2013
S.E. Cristina Fernández de Kirchner
Presidenta de la República Argentina
Casa Rosada
Balcarce 50
Buenos Aires - Argentina
De mi mayor consideración:
Tengo el honor de dirigirme a S.E. y a otros miembros del MERCOSUR para instarlos a que procuren activamente que el gobierno de Venezuela revoque su decisión de abandonar el sistema interamericano de derechos humanos, que tendrá efectos a partir del 10 de septiembre de 2013. A partir de esa fecha, los ciudadanos y residentes de Venezuela ya no podrán apelar a una instancia que durante años ha sido —para los países de toda la región— el mecanismo externo más importante para reclamar la reparación de abusos en aquellos casos en los cuales los tribunales nacionales no lo hacen. Esto resulta particularmente problemático en un país como Venezuela, donde existe falta de independencia judicial, y el Tribunal Supremo de Justicia ha convalidado en reiteradas oportunidades diversas políticas gubernamentales que atentan contra derechos fundamentales.
Como posiblemente recuerde, en agosto de 2012, tras la incorporación de Venezuela como miembro del MERCOSUR, escribimos a todos los presidentes de los demás estados que conforman este bloque regional, señalando que el Protocolo de Asunción sobre Compromiso con la Promoción y Protección de los Derechos Humanos del MERCOSUR implicaba para los gobiernos una oportunidad importante y un deber, de abordar seriamente junto con el gobierno de Venezuela los graves problemas de derechos humanos que existían en ese país[1].
Lamentablemente, durante el último año la situación de derechos humanos en Venezuela continuó deteriorándose. Persisten los graves problemas que expusimos en nuestra carta anterior, que incluyen la falta de independencia judicial y restricciones cada vez mayores al ejercicio del derecho de libertad de expresión y a la capacidad de las organizaciones no gubernamentales de trabajar de manera independiente.
A su vez, las autoridades venezolanas no han investigado adecuadamente algunas denuncias serias sobre violaciones de derechos humanos ocurridas luego de los comicios presidenciales de abril de 2013, en los cuales Nicolás Maduro resultó electo por una estrecha diferencia, según datos oficiales proporcionados por las autoridades electorales de Venezuela.
Por ejemplo, una delegación del Foro por la Vida, una red integrada por 18 organizaciones de derechos humanos venezolanas, publicó un informe donde señalaba haber encontrado evidencias de que miembros de las fuerzas de seguridad recurrieron a un uso excesivo de la fuerza para dispersar las manifestaciones a favor de Henrique Capriles Radonski, el candidato de la oposición, en el estado de Lara durante el 15 y 16 de abril[2]. Según este informe, elaborado por miembros de la renombrada organización de derechos humanos PROVEA y por el Centro de Derechos Humanos de la Universidad Central de Venezuela, las fuerzas de seguridad detuvieron arbitrariamente al menos a 62 personas que participaban pacíficamente en la manifestación, e hirieron a otras 38, incluidos 11 trabajadores de medios de comunicación. Los detenidos indicaron haber sido golpeados violentamente, amenazados con sufrir violencia sexual, y privados de alimentos durante más de 24 horas. Según las organizaciones que entrevistaron a las víctimas, se les preguntó a los detenidos “¿Quién es tu presidente?”. Y si no respondían “Nicolás Maduro”, recibían golpes en distintas partes del cuerpo. Varios testigos señalaron que se aplicaron descargas eléctricas contra una de las personas.
También COFAVIC, otra respetada organización de derechos humanos de Venezuela, emitió un informe donde se documentan 72 casos de presuntas detenciones arbitrarias, torturas y violaciones del debido proceso, que supuestamente se habrían producido en los estados de Lara, Carabobo y Barinas durante el 15 y el 16 de abril[3]. El informe indica que miembros de las fuerzas de seguridad habrían actuado con fuerza excesiva para dispersar manifestaciones pacíficas, disparando indiscriminadamente perdigones de goma y plomo contra los participantes. Estos agentes también habrían detenido arbitrariamente y golpeado a manifestantes en la cabeza, el cuello y la espalda con bastones policiales, cascos y botellas de agua congelada. La organización informó que los detenidos —que en su mayoría fueron llevados a bases militares de la Guardia Nacional o a dependencias policiales— en general fueron obligados a cantar consignas a favor del Presidente Maduro y a desprenderse de gorras, pulseras u otros accesorios con grabados de frases de campaña a favor de Capriles. En al menos ocho de los casos, los detenidos afirmaron haber sido obligados a quitarse la ropa y amenazados de muerte o con la posibilidad de sufrir violencia sexual. Según el informe, quienes sufrieron lesiones mientras permanecieron detenidos o durante la movilización no tuvieron acceso inmediato a atención médica.
Diversas organizaciones locales de derechos humanos dijeron a Human Rights Watch que, según la información que pudieron recabar sobre las investigaciones, las autoridades gubernamentales no han investigado adecuadamente los casos documentados en los informes, a pesar de que en varios de ellos las víctimas habían presentado denuncias. En respuesta a las denuncias difundidas por la prensa que indicaban que miembros de las fuerzas de seguridad habían cometido abusos contra personas detenidas en varias manifestaciones, incluso en Lara, la Fiscal General comentó que estas denuncias eran falsas “porque aquí en Venezuela no se maltrata a las personas que son privadas de libertad”[4]. Según fuentes oficiales, de un total de 35 denuncias de abusos cometidos en el estado de Lara por miembros de las fuerzas de seguridad durante actos políticos e inmediatamente después de ellos, solamente estaban siendo investigados dos casos sobre presunto maltrato por parte de miembros de fuerzas de seguridad[5].
Venezuela es parte de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y está sujeta a la jurisdicción de la Corte Interamericana desde 1977[6].Durante décadas, los venezolanos han tenido la posibilidad de recurrir al sistema interamericano de derechos humanos para reclamar reparación por abusos sufridos cuando no existían recursos disponibles a nivel interno o estos no eran efectivos. La Corte ha reconocido los derechos de los venezolanos en varios casos vinculados, entre otras cuestiones, con ejecuciones extrajudiciales, condiciones carcelarias, libertad de expresión, el derecho a postularse a cargos públicos e independencia judicial. Los venezolanos ya no podrán solicitar que la Corte intervenga en casos de abusos cometidos luego de que la denuncia del tratado entre en vigor en los próximos días[7].
Ha transcurrido un año desde que Venezuela ingresó al MERCOSUR, y durante ese período ni su gobierno ni el de otros estados partes del MERCOSUR han abordado frente al gobierno de Venezuela, de manera pública y seria, estos graves problemas de derechos humanos. Actualmente, Venezuela ejerce la presidencia pro témpore del bloque regional. Al ignorar el compromiso de proteger y promover derechos fundamentales y respetar las instituciones democráticas en los estados partes, estos transmiten un mensaje desacertado de que los compromisos internacionales establecidos en el Protocolo de Asunción no son más que promesas meramente formales.
Si su gobierno y los otros estados partes logran revertir la decisión del gobierno venezolano de retirarse del sistema interamericano de derechos humanos, habrán dado un paso muy concreto para fortalecer las garantías de derechos humanos y, sin duda, uno clave para las víctimas de abusos en Venezuela.
Aprovecho la oportunidad para expresarle los sentimientos de mi más alta consideración y estima.
Atentamente,
José Miguel Vivanco
Director
División de las Américas
CC: Canciller Héctor Timerman
[1]El artículo 1 del Protocolo de Asunción sobre Compromiso con la Promoción y Protección de los Derechos Humanos del MERCOSUR dispone que “[l]a plena vigencia de las instituciones democráticas y el respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales son condiciones esenciales para la vigencia y evolución del proceso de integración entre las Partes”. A su vez, el artículo 2 establece que “[l]as Partes cooperarán mutuamente para la promoción y protección efectiva de los derechos humanos y libertades fundamentales a través de los mecanismos institucionales establecidos en el MERCOSUR”. Protocolo de Asunción sobre Compromiso con la Promoción y Protección de los Derechos Humanos del MERCOSUR, Mercosur/CMC/DEC. N, 17/05, http://www.mercosur.int/msweb/Normas/normas_web/Decisiones/ES/CMC_2005-0... (consultado el 2 de septiembre de 2013).
[2]PROVEA, “Criminalización de las protestas ocurridas en Venezuela durante el mes de abril del 2013”, 16 de mayo de 2013, copia en los registros de Human Rights Watch.
[3]COFAVIC, “Informe DDHH en contexto post electoral de abril de 2013 en Venezuela”, 11 de julio de 2013, http://www.cofavic.org/det_noticia.php?id=244 (consultado el 2 de septiembre de 2013).
[4]“Estado venezolano respeta derechos de privados de libertad que participaron en actos fascistas”, Venezolana de Televisión, sin fecha,
http://www.vtv.gob.ve/articulos/2013/04/24/estado-venezolano-garantiza-respeto-de-los-derechos-humanos-a-privados-de-libertad-8640.html(consultado el 2 de septiembre de 2013).
[5]Fiscalía General de la República, “FGR: Sólo se manejan dos denuncias por presuntos maltratos en el estado Lara”, 9 de mayo de 2013, http://www.mp.gob.ve/web/guest/buscador/-/journal_content/56/10136/2373034(consultado el 2 de septiembre de 2013).
[6]El tratado fue suscripto el 22 de noviembre de 1969, y ratificado el 23 de junio de 1977. Departamento de Derecho Internacional de la OEA, “B-32: Convención Americana sobre Derechos Humanos ‘Pacto San José de Costa Rica’”, sin fecha, http://www.oas.org/juridico/english/Sigs/b-32.html (consultado el 2 de septiembre de 2013).
[7]En septiembre de 2012, el gobierno de Venezuela presentó ante autoridades de la OEA la denuncia de la Convención que, según su artículo 78, tendría efectos un año después. “Secretario General de la OEA comunica denuncia de la Convención Americana sobre Derechos Humanos de parte de Venezuela”, 10 de septiembre de 2012, http://www.oas.org/es/centro_noticias/comunicado_prensa.asp?sCodigo=C-30...(consultado el 2 de septiembre de 2013). Departamento de Derecho Internacional de la OEA, “B-32: Convención Americana sobre Derechos Humanos ‘Pacto San José de Costa Rica’”, sin fecha, http://www.oas.org/juridico/english/Sigs/b-32.html (consultado el 2 de septiembre de 2013).