(Washington D.C.) – Miembros de la Policía Nacional de Colombia han cometido abusos gravísimos en contra de manifestantes en su mayoría pacíficos durante las protestas que empezaron en abril de 2021, señaló hoy Human Rights Watch. El gobierno de Colombia debería tomar medidas urgentes para proteger los derechos humanos e iniciar una reforma policial profunda para garantizar que los agentes respeten el derecho de reunión pacífica y los responsables de abusos sean llevados ante la justicia.
El 28 de abril, miles de personas salieron a las calles en decenas de ciudades de Colombia en protesta contra un proyecto de reforma tributaria. El gobierno retiró la propuesta algunos días después, pero las manifestaciones continuaron por motivos que incluyen la desigualdad económica, la violencia policial, el desempleo y la falta de servicios públicos adecuados. En reiteradas ocasiones los policías han dispersado manifestaciones pacíficas de manera arbitraria y empleado la fuerza de forma excesiva, y a menudo brutal, incluso mediante el uso de municiones letales. Human Rights Watch ha documentado numerosas muertes cometidas directamente por policías, así como violentas golpizas, abusos sexuales y detenciones arbitrarias de manifestantes y transeúntes.
“Las violaciones a los derechos humanos cometidas por la policía en Colombia no son incidentes aislados de agentes indisciplinados, sino el resultado de fallas estructurales profundas”, señaló José Miguel Vivanco, director para las Américas de Human Rights Watch. “Se necesita una reforma seria que permita separar claramente a la Policía de las Fuerzas Militares y asegurar una supervisión y rendición de cuentas adecuada para impedir que estos abusos vuelvan a ocurrir o queden impunes”.
Aunque la mayoría de las protestas han sido pacíficas, algunos individuos han cometido actos graves de violencia, como quemar estaciones de policía y atacar a policías, dos de los cuales han muerto.
Human Rights Watch entrevistó, en su mayoría por teléfono o videoconferencia, a más de 150 personas ubicadas en 25 ciudades de Colombia, incluidas víctimas, sus familiares y abogados, testigos presenciales, funcionarios judiciales, funcionarios de la Defensoría del Pueblo y defensores de derechos humanos. Human Rights Watch también se reunió con la vicepresidenta de Colombia, quien también es la canciller; el director de la Policía; el fiscal general; y el director de la justicia penal militar.
Miembros del Grupo Independiente de Expertos Forenses (Independent Forensic Expert Group, IFEG) del Consejo Internacional para la Rehabilitación de Víctimas de la Tortura (International Rehabilitation Council for Torture Victims, IRCT), organización internacional integrada por reconocidos expertos forenses, elaboraron dictámenes sobre algunas de las evidencias de abusos. Human Rights Watch consultó registros policiales y médicos, necropsias, fotos y videos de las víctimas, publicaciones de organizaciones de derechos humanos e informes de prensa. Human Rights Watch también corroboró más de 50 videos publicados en redes sociales y obtuvo información de la Defensoría del Pueblo, la Procuraduría General de la Nación, la Fiscalía General de la Nación y los Ministerios de Defensa y de Interior acerca de la respuesta del gobierno ante abusos cometidos en protestas anteriores.
Human Rights Watch ha recibido denuncias creíbles sobre 68 muertes ocurridas desde el comienzo de las manifestaciones. Human Rights Watch recibió denuncias de estas muertes a través de organizaciones locales, incluyendo, entre otras, Temblores y la coalición de organizaciones de derechos humanos Defender la Libertad. Human Rights Watch documentó cada uno de los casos de forma independiente y con evidencias de primera mano.
Hasta ahora, hemos confirmado que 34 de estas muertes ocurrieron en el contexto de las protestas, incluidas las de dos policías, un investigador judicial y 31 manifestantes o transeúntes, de los cuales al menos 20 parecen haber muerto a manos de policías. Personas armadas vestidas de civil también han atacado a manifestantes y han causado la muerte de por lo menos cinco de ellos.
Las autoridades colombianas deben llevar a cabo investigaciones prontas, independientes y rigurosas sobre todos los casos de abuso policial y otros hechos graves de violencia, incluyendo por parte de hombres armados de civil que atacaron a manifestantes, señaló Human Rights Watch. También deben investigar a los agentes de policía que podrían haber incumplido su deber de proteger a manifestantes de ataques armados cometidos por particulares.
Human Rights Watch obtuvo evidencias creíbles que indican que la policía mató al menos a 16 manifestantes o transeúntes con municiones letales disparadas con armas de fuego. En la gran mayoría de estos casos, las víctimas tenían heridas de bala en órganos vitales, como el tórax o la cabeza, lo cual, según aseguraron autoridades judiciales a Human Rights Watch, es consistente con que hayan sido causadas con la intención de matar.
Al menos una víctima más murió por golpizas y otras tres por uso indebido o excesivo de gases lacrimógenos o aturdidoras.
Más de 1.100 manifestantes y transeúntes han sufrido lesiones desde el 28 de abril, según datos del Ministerio de Defensa, aunque es probable que la cifra total sea mayor, dado que muchos casos no se han denunciado ante las autoridades.Human Rights Watch documentó los casos de nueve personas que sufrieron lesiones oculares graves, al parecer como resultado de cartuchos de gases lacrimógenos o proyectiles de impacto cinético disparados con fusiles antidisturbios. Siete de estas personas probablemente perderán la visión en un ojo.
Entre los heridos hay periodistas y defensores de derechos humanos que estaban cubriendo las protestas. Muchos de ellos estaban usando chalecos que los identificaban como miembros de la prensa o de organizaciones de derechos humanos.
El 3 de junio, el Ministerio de Defensa señaló que, desde el 28 de abril, la policía había detenido a más de 1.200 personas por delitos presuntamente cometidos durante las protestas. Los fiscales habían imputado a 215. La Fiscalía General de la Nación dijo a Human Rights Watch que cientos de detenidos fueron liberados luego de que un juez o fiscal determinara que sus derechos habían sido violados durante la detención o que no existían evidencias de que habían cometido un delito.
A su vez, la policía ha privado de la libertad a más de 5.500 personas sobre la base de una disposición legal que le permite “trasladar” a una persona a un “centro asistencial o de protección” para “su protección” o la de terceros. Human Rights Watch documentó múltiples casos de detenciones arbitrarias, incluyendo varios en los que la policía empleó la figura de “traslado por protección”.
El 14 de mayo, la Defensoría del Pueblo reportó que había recibido quejas en contra de miembros de la Policía por 2 casos de violación sexual, 14 casos de agresión sexual y otros 71 casos de violencia basada en género, incluyendo bofetadas y abuso verbal. Las organizaciones de derechos humanos colombianas han informado sobre más casos. Human Rights Watch documentó dos casos de violencia sexual por parte de policías contra manifestantes.
Human Rights Watch también documentó 17 golpizas violentas cometidas por la policía, en muchos casos con bastones. Una víctima, Elvis Vivas, de 24 años, murió en un hospital después de recibir una golpiza brutal por parte de policías.
Se ha informado que al menos 419 personas han desaparecido durante las protestas. El 4 de junio, la Fiscalía indicó que había localizado a 304 de esas personas. En algunos casos, quienes las reportaron como desaparecidas no sabían que estas personas habían sido detenidas.
Aunque la mayoría de las manifestaciones se desarrollaron de manera pacífica, algunos individuos cometieron actos graves de violencia, incluidas agresiones violentas contra policías y ataques a estaciones de policía con piedras y cócteles Molotov, saqueos e incendios de bienes públicos y privados. Al 2 de junio, más de 1.200 policías habían sido lesionados, al menos 192 de gravedad, dos agentes habían muerto y siete seguían hospitalizados, según el Ministerio de Defensa. Veinte policías fueron heridos por armas de fuego, según el director general de la Policía. El 29 de abril, varios individuos golpearon y abusaron sexualmente de una mujer policía mientras atacaban una estación policial en Cali.
Grupos de manifestantes bloquearon calles y vías por períodos prolongados, lo cual en algunos casos restringió o impidió la distribución de alimentos o la circulación de ambulancias, sobre todo en los departamentos de Valle del Cauca y Cundinamarca. En ocasiones, estas restricciones dificultaron el acceso a insumos de salud, incluido el oxígeno para pacientes con Covid-19, indicó el Ministerio de Salud. Una bebé recién nacida murió el 23 de mayo luego de que los manifestantes bloquearan la ambulancia que la trasladaba entre Cali y Buenaventura.
“La violencia contra policías y los bloqueos que impidan el acceso a alimentos o servicios de salud son absolutamente injustificables, pero no pueden ser un pretexto para la brutalidad policial”, señaló Vivanco.
Casos de abusos cometidos durante protestas ocurridas en 2019 y 2020 motivaron peticiones, incluyendo por parte de Human Rights Watch, de que se realizara una reforma policial.
La Policía colombiana depende del Ministerio de Defensa y con frecuencia ha sido desplegada para combatir a grupos armados junto con las Fuerzas Armadas, lo cual ha hecho que no exista una separación clara sobre las diferentes funciones de estas dos fuerzas. En situaciones de conflicto armado, el uso de la fuerza se rige por el derecho internacional humanitario, y las reglas son muy distintas a las de contextos civiles, tales como en protestas. Asimismo, los policías implicados en abusos a menudo son juzgados en tribunales militares, donde hay pocas probabilidades de que los agentes respondan por esos abusos dada su tradicional opacidad y falta de independencia.
Colombia necesita una Policía de carácter civil que esté entrenada para responder a las manifestaciones de una manera respetuosa de los derechos humanos, y cuyos miembros rindan cuentas por los abusos cometidos, dijo Human Rights Watch. Establecer una separación clara entre la Policía y las Fuerzas Armadas es un primer paso clave para ello.
El 6 de junio, el Presidente Iván Duque anunció una serie de medidas para “transformar” la Policía. Algunas de estas medidas, tales como la reforma al sistema disciplinario, podrían tener un impacto positivo para prevenir y sancionar abusos policiales, si son diseñadas e implementadas adecuadamente, sostuvo Human Rights Watch. Sin embargo, otras de las medidas anunciadas parecen ser más bien de carácter cosmético y, en general, las reformas propuestas no son suficientes para prevenir violaciones de derechos humanos y garantizar justicia por los abusos.
El Presidente Duque ha reconocido que la policía cometió algunos abusos y manifestado que los agentes implicados serían procesados y castigados. En el pasado, Duque ha rechazado otras propuestas de reformas policiales mayores, y ha señalado que su gobierno tiene “tolerancia cero” frente a abusos de la policía.
Sin embargo, el sistema disciplinario interno de la Policía, que no es suficientemente independiente, no ha castigado a los agentes responsables por abusos durante protestas en 2019 y 2020, conforme indican datos oficiales obtenidos por Human Rights Watch. La Fiscalía, que adelanta investigaciones penales, tampoco ha logrado avances suficientes en sus investigaciones sobre abusos cometidos durante esas protestas.
Ver abajo recomendaciones detalladas y más información sobre las conclusiones de Human Rights Watch.
Dispersión arbitraria de protestas pacíficas; uso excesivo de la fuerza
El gobierno colombiano ha desplegado a policías regulares y a miembros del Escuadrón Móvil Antidisturbios (ESMAD) para responder a las protestas. Los policías regulares asisten cada dos años a un curso de 45 horas sobre cómo actuar en manifestaciones pacíficas, pero no reciben capacitación específica sobre cómo responder a disturbios, dijo el director de la Policía a Human Rights Watch.
Asimismo, desde el 1 de mayo, el presidente Duque ha desplegado a soldados para “asistir” a la policía, pero no para emplear la fuerza contra manifestantes. El 28 de mayo, Duque aumentó el número de soldados desplegados y ordenó que varios gobernadores y alcaldes trabajaran en conjunto con las fuerzas de seguridad para adoptar las “medidas necesarias” para “levantar los bloqueos”.
El derecho internacional de los derechos humanos establece que las autoridades deben proteger las reuniones pacíficas y no deben dispersarlas incluso si consideran que son ilícitas. Las autoridades deben abstenerse de usar la fuerza a menos que esto resulte necesario y proporcionado para responder a incidentes específicos de violencia. Como norma general, las manifestaciones pacíficas que bloquean el tránsito pueden dispersarse solo si generan perturbaciones graves y sostenidas.
Sin embargo, Human Rights Watch ha documentado varios casos en los cuales agentes del ESMAD o policías regulares violaron estos principios al dispersar de manera arbitraria protestas pacíficas o usar la fuerza de manera indiscriminada o excesiva, incluyendo mediante el uso de armas letales.
Uso indebido de armas letales
Conforme a los estándares internacionales de derechos humanos, las armas letales solo pueden emplearse cuando resulte estrictamente necesario para abordar un riesgo inminente para la vida o la integridad física. El uso de armas letales para dispersar reuniones o manifestaciones es siempre ilícito.
Conforme al derecho colombiano, la policía puede usar armas de fuego en defensa propia o para proteger a personas de un “peligro inminente de muerte o lesiones graves, o con el propósito de evitar la comisión de un delito particularmente grave que entrañe una seria amenaza para la vida”.
La Policía colombiana indicó a Human Rights Watch que la policía regular y los miembros del ESMAD no han usado armas letales durante las manifestaciones.
Sin embargo, Human Rights Watch corroboró varios videos en los que se ve a policías disparando armas de fuego en el contexto de las manifestaciones, en circunstancias en las cuales no parecía haber un riesgo para la vida o la integridad física de una persona.
Human Rights Watch documentó 16 casos en los cuales la policía parece haber matado con municiones letales a manifestantes no armados. En al menos 15 de los casos, las víctimas tenían heridas de bala en órganos vítales: 7 tenían heridas en el tórax, 6 en la cabeza y 2 en el abdomen. Esas heridas son consistentes con haber sido causadas con la intención de matar, señalaron autoridades judiciales a Human Rights Watch.
Uso indiscriminado e inapropiado de armas menos letales
La policía utilizó gases lacrimógenos en varias oportunidades contra manifestantes pacíficos, según señalaron manifestantes y funcionarios de la Defensoría del Pueblo a Human Rights Watch.
Asimismo, la policía parece haber disparado gases lacrimógenos con armas antidisturbios de forma imprudente y peligrosa en varias ocasiones. La policía debe disparar los cartuchos de gases lacrimógenos al cielo, a fin de reducir la velocidad de la trayectoria de los proyectiles, que son pesados, para que luego de un arco descendente caigan en el suelo. Sin embargo, a través de entrevistas con diversos manifestantes y videos, Human Rights Watch pudo corroborar que policías dispararon los cartuchos directamente hacia los manifestantes.
La policía colombiana también usó un sistema de lanzamiento de proyectiles múltiples, conocido como Venom, que permite disparar hasta 30 cartuchos de gas lacrimógeno, humo o aturdidoras por vez. Human Rights Watch corroboró videos de su uso en varias ciudades, incluidas Bogotá y Popayán (departamento de Cauca). Se supone que el sistema lanza los proyectiles con una trayectoria “parabólica” —es decir, hacia el cielo— para evitar que haya un “impacto directo” contra los manifestantes, según indicó la Policía a Human Rights Watch en una carta. Sin embargo, la carta también indica que el Venom puede disparar desde un ángulo de apenas 10 grados, lo cual no permitiría que sea “parabólico”.
Human Rights Watch también corroboró varios videos de la policía utilizando el Venom desde el suelo y disparando de forma directa contra los manifestantes en Popayán.
El Venom produce efectos indiscriminados en un área extensa y no es posible usarlo de un modo que permita distinguir amenazas legítimas, explicó Human Rights Watch. Su uso no resulta adecuado para manifestaciones pacíficas. Incluso si se producen sucesos violentos aislados en el contexto de protestas, la policía debe responder de manera proporcional y no indiscriminada.
Human Rights Watch documentó casos de siete personas heridas y tres fallecidas, al parecer como resultado del impacto de cartuchos de gases lacrimógenos. Estos casos incluyen los siguientes:
En 2019, la policía colombiana disparó cartuchos de perdigones con escopetas de calibre 12 contra los manifestantes. Un manifestante murió debido a esta arma. En enero de 2020, la Procuraduría General de la Nación, un órgano independiente, concluyó que los policías tenían formación limitada o nula en el uso de esta escopeta. En septiembre de 2020, la Corte Suprema suspendió el uso de estas armas por parte de la policía.
El director de la Policía indicó a Human Rights Watch que los policías no están usando ningún tipo de escopetas de perdigones actualmente, y que las escopetas calibre 12 están almacenadas en las estaciones policiales.
La Policía indicó que están usando fusiles antidisturbios para disparar cartuchos que contienen entre 12 y 24 bolas que, según dijeron, son de plástico. Human Rights Watch documentó varios casos en los que los manifestantes parecen haber sido heridos por estos proyectiles de impacto cinético.
Algunas de las víctimas recibieron el impacto de varios proyectiles al mismo tiempo, lo cual sugiere que les dispararon de cerca, dado que estos proyectiles se dispersan a medida que se alejan.
Golpizas
Human Rights Watch documentó 17 casos de golpizas a manifestantes o transeúntes cometidas por la policía, a menudo con bastones. Algunas de estas personas fueron luego detenidas. Una murió a causa de las heridas.
Violencia basada en género
El 14 de mayo, la Defensoría del Pueblo informó que había recibido quejas contra miembros de la Policía por 2 casos de violación sexual, 14 casos de agresiones sexuales y otros 71 casos de violencia de género, incluyendo bofetadas y abuso verbal. Las organizaciones de derechos humanos colombianas han informado más casos. Human Rights Watch documentó dos casos de violencia sexual cometidos por policías contra manifestantes:
Detenciones arbitrarias; imputaciones desproporcionadas
Cientos de manifestantes fueron detenidos por la policía y liberados luego de que un juez o fiscal concluyera que sus derechos habían sido violados durante la detención o que no había evidencias para vincularlos a un delito, según dijo la Fiscalía. Human Rights Watch documentó en detalle 27 casos de personas que parecen haber sido detenidas de manera arbitraria. Fiscales, funcionarios de derechos humanos y abogados de víctimas señalaron que existen decenas de casos más.
Los fiscales han realizado imputaciones desproporcionadas por cargos de “terrorismo” en contra de algunos manifestantes que presuntamente participaron en hechos de vandalismo. Mientras la pena por daño en bien ajeno es de entre 16 y 90 meses de prisión, las penas por terrorismo son de hasta 22 años y medio, con arreglo al derecho colombiano. Los estándares internacionales de derechos humanos exigen que las imputaciones y sanciones penales sean proporcionales a la gravedad de las conductas en cuestión y la responsabilidad del presunto culpable. Las autoridades no deberían utilizar de forma arbitraria la figura penal de “terrorismo” ante crímenes de menor gravedad, señaló Human Rights Watch.
La policía también privó de la libertad a más de 5.500 personas utilizando una figura legal que permite que los agentes “trasladen” a una persona a un “centro asistencial o de protección” para su propia “protección” o la de terceros. Human Rights Watch documentó varios casos en los cuales la policía parece haber usado esta disposición de forma abusiva. La norma permite dicho “traslado” solo cuando sea el “único medio disponible para evitar el riesgo a la vida o integridad” y exige que el policía primero contacte a familiares para que “asuma[n] la protección”; si eso no es posible, deben llevar a la persona a un “centro asistencial”, un centro de salud, un hospital o un “lugar especialmente destinado para tal fin”, o a sus hogares de ser posible. La legislación colombiana establece que la persona trasladada no puede ser enviada a un centro de detención bajo ningún motivo. Sin embargo, en los casos documentados por Human Rights Watch la policía llevó a los privados de libertad a estaciones de policía, en lugar de a centros de salud o sitios de detención administrativa, y no llamó a sus familiares.
Miembros de la Policía detuvieron a José Mauricio García Nieto, de 24 años; Dan Brayer Andrade Bolanos, de 22; Jorge Mario Ramírez Álzate, de 22; Daniel Navarrete Varón, de 22; Jorge Andrés Noguera Flórez, de 23; y Santiago Ramírez Duque, de 26, en la tarde del 25 de mayo en Tuluá, Valle del Cauca. Un informe policial al que tuvo acceso Human Rights Watch indica que al momento de la detención cuatro de ellos estaban tirando piedras a edificios; uno estaba encendiendo una botella de plástico para supuestamente lanzarla a una estación de policía; y uno estaba “incitando” a otras personas a “oponerse al procedimiento policial”.
Durante una audiencia virtual realizada el día siguiente ante un juez, un fiscal los imputó por “terrorismo”. Human Rights Watch tuvo acceso a los videos de la audiencia. La única evidencia que presentó el fiscal contra ellos es el informe de la policía y declaraciones de policías. El fiscal reconoció que los actos específicos que habrían cometido los indiciados podrían constituir por sí solos el delito de daño en bien ajeno, pero dijo que la imputación por “terrorismo” estaba justificada porque los detenidos eran parte de una “turba” que les producía “agitamiento”. Sin embargo, el fiscal no presentó evidencia de que los indiciados hubieran actuado de forma coordinada entre sí o con otros manifestantes, y reconoció que no había evidencias que los vincularan con la quema del Palacio de Justicia de Tuluá que ocurrió esa noche, luego de que fueran detenidos. El derecho colombiano no permite la prisión preventiva para el delito de daño en bien ajeno, que es un delito menor, pero sí para el delito de terrorismo.
El fiscal también dijo en la audiencia que los detenidos le habían dicho a través de llamadas de WhatsApp que la policía los había golpeado. Sin embargo, los detenidos no fueron llevados a un centro médico para un examen, supuestamente debido a los disturbios en la ciudad, según otro informe policial al que tuvo acceso Human Rights Watch. Sin presentar ninguna evidencia al respecto, el fiscal dijo que existía la “posibilidad” de que los detenidos hubieran resistido su captura y que era “factible” que la fuerza utilizada por la policía hubiera sido adecuada. El juez legalizó la captura.
El 28 de mayo, el mismo juez concluyó que los detenidos eran un “peligro para la comunidad” y ordenó que estén en prisión preventiva. Los seis jóvenes se encuentran en la cárcel de Popayán, sus abogados y familiares dijeron a Human Rights Watch.
Presunta participación de grupos armados y civiles
El gobierno de Colombia señaló que varios grupos armados, incluido el Ejército de Liberación Nacional (ELN) y grupos que surgieron de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC), se habían “infiltrado” en las protestas para cometer actos de vandalismo y atacar a la policía. El fiscal general indicó a Human Rights Watch el 4 de junio que las autoridades habían detenido a 11 presuntos miembros de grupos armados en relación con actos violentos durante las manifestaciones.
Por otra parte, personas armadas vestidas de civil participaron en actos violentos contra manifestantes. En Pereira, departamento de Risaralda, un grupo de personas de civil atacaron al manifestante y líder social Lucas Villa cuando estaba haciendo declaraciones contra el gobierno durante una protesta el 5 de mayo. Uno de ellos le disparó y lo mató, un testigo que resultó herido le dijo a Human Rights Watch. Autoridades judiciales con conocimiento del caso señalaron que las evidencias indican que bandas locales de narcotráfico podrían estar involucradas.
En algunos casos, agentes de policía no reaccionaron debidamente cuando personas de civil atacaron a manifestantes. Human Rights Watch corroboró videos que muestran cómo hombres armados que en las imágenes se encuentran junto a la policía dispararon a manifestantes en Cali el 28 de mayo. Los policías no parecen haber tomado acciones para prevenir o frenar estos ataques. El día siguiente, un comandante de la policía reconoció que los agentes “omitieron su deber” y dijo que serían investigados.
El director general de la Policía, General Jorge Luis Vargas, dijo a Human Rights Watch que no se enviaron policías vestidos de civil a operativos de control de multitudes ni para detener a manifestantes. Sin embargo, Human Rights Watch corroboró videos que muestran que policías vestidos de civil detuvieron a manifestantes que estaban bloqueando una autopista en Cali el 17 de mayo.
Limitada rendición de cuentas por abusos policiales
Las autoridades colombianas, incluida la Fiscalía General de la Nación, que adelanta investigaciones penales, y la Policía y la Procuraduría General de la Nación, que pueden impulsar procedimientos disciplinarios, han logrado avances limitados en relación con los abusos policiales contra manifestantes.
La Fiscalía informó a Human Rights Watch el 4 de junio que solo había imputado a un policía en relación con los abusos cometidos durante la reciente ola de protestas. Se trata de un agente que fue imputado el 13 de mayo por el homicidio del manifestante Marcelo Agredo Inchima. Miembros de la Delegada de Seguridad Ciudadana de la Fiscalía, que está adelantando todos los procesos por abusos policiales, dijeron que esa unidad había asignado a fiscales e investigadores adicionales para adelantar los casos de abusos policiales y que la directora de la unidad estaba realizando reuniones semanales con los fiscales para analizar los avances en cada caso.
El 28 de mayo, el director de la justicia penal militar señaló a Human Rights Watch que los jueces militares habían abierto 34 investigaciones en relación con las protestas, incluyendo 10 por homicidios y 11 por lesiones personales. Conforme a estándares regionales de derechos humanos, los tribunales penales militares no deben adelantar procesos por graves violaciones de derechos humanos.
El director de la Policía manifestó el 14 de mayo que habían iniciado investigaciones disciplinarias contra 117 agentes por posibles conductas indebidas durante la actual ola de protestas. De esos agentes, cinco habían sido suspendidos temporalmente, incluidos tres que se encontraban bajo investigación disciplinaria por homicidio. El resto seguía desempeñando sus funciones. La Procuraduría, que también adelanta investigaciones disciplinarias, señaló el 31 de mayo que había iniciado 78 investigaciones de posibles abusos de poder y uso excesivo de la fuerza por parte de policías; la gran mayoría se encontraba en etapas preliminares.
No se han realizado avances significativos en la investigación de abusos policiales cometidos durante protestas anteriores. El 4 de junio, la Fiscalía le dijo a Human Rights Watch que había abierto 90 investigaciones por abusos policiales cometidos durante las protestas de 2019 y otras 116 por abusos cometidos durante las manifestaciones de 2020. La Fiscalía señaló que había iniciado el juicio en cinco casos de 2020 y había logrado imputaciones en otros dos casos. Ningún agente de policía había sido imputado en relación con los abusos cometidos durante las protestas de 2019.
La Procuraduría tampoco ha logrado ningún avance significativo. El 10 de mayo, la entidad informó a Human Rights Watch que había iniciado 24 investigaciones sobre las protestas de 2019, y otras 5 sobre las de 2020. Ningún policía había sido objeto de sanciones disciplinarias y la mayoría de los casos continuaban en etapas preliminares.
El 17 de abril de 2021, el Ministerio de Defensa dijo a Human Rights Watch que la Policía había iniciado 40 investigaciones disciplinarias en relación con las protestas de 2019. De esas, 24 se habían archivado sin que se le aplicaran medidas disciplinarias a ningún policía, según señaló el Ministerio de Defensa, mientras que las demás se encontraban en trámite. El Ministerio de Defensa también informó que, de las 92 investigaciones disciplinarias que la Policía había iniciado sobre las protestas de 2020, 54 se habían archivado; en la mayoría de los casos debido a que los investigadores no habían podido identificar al policía involucrado. Solamente dos policías habían recibido sanciones disciplinarias en casos que parecían tener alguna relación con violaciones de derechos humanos, y otros cuatro habían resultado absueltos.
El sistema disciplinario policial carece de la independencia necesaria, concluyó Human Rights Watch. El director de la Policía Nacional señaló que no existe una carrera profesional separada para los agentes que realizan las investigaciones por asuntos disciplinarios. Esto significa que no existen salvaguardas para asegurar que los investigadores no acaben trabajando junto con policías a quienes hayan investigado previamente, o bajo su mando. La legislación colombiana también permite que el director de la Policía Nacional revoque cualquier decisión disciplinaria.
El director de la Policía Nacional afirmó que el sistema disciplinario se encuentra desbordado por procedimientos relacionados con cuestiones menores que, según señaló, retrasan el avance de las investigaciones por infracciones graves. El director afirmó que estaba trabajando en una reforma orientada a mejorar los procesos por infracciones graves y transferir los casos sobre “graves violaciones de derechos humanos” a la Procuraduría, un organismo que debe ser independiente.
Posible desacato de una decisión de la Corte Suprema
En septiembre de 2020, la Corte Suprema dispuso que se implementaran varias reformas para prevenir abusos en el contexto de protestas. Sin embargo, Human Rights Watch comprobó que los esfuerzos para cumplir con la sentencia de la Corte han sido en su mayoría proforma, y han tenido escaso impacto sobre la actuación policial. La principal o única excepción ha sido la prohibición de usar escopetas calibre 12, las cuales, hasta donde ha podido comprobar Human Rights Watch, no se han utilizado.
La Corte Suprema ordenó que el gobierno colombiano estableciera un nuevo protocolo sobre el “uso de la fuerza frente a manifestaciones pacíficas”. El gobierno efectivamente publicó un nuevo protocolo en enero de 2021, pero este no incluye ninguna nueva medida o mecanismo de supervisión serio para prevenir el uso excesivo de la fuerza durante manifestaciones o garantizar la rendición de cuentas cuando estos hechos ocurren.
La corte también ordenó que las organizaciones de derechos humanos y las agencias de la ONU fueran autorizadas para “verificar” las detenciones y los traslados por “protección” durante las protestas. En octubre de 2020, después de las protestas de ese año, la Procuraduría General de la Nación y la Policía crearon un comité para ese fin, el cual incluía a la Oficina de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH), pero no a las organizaciones locales de derechos humanos. Human Rights Watch recibió información que indica que la Policía y la Procuraduría en numerosas ocasiones no han convocado el comité durante las protestas actuales.
Asimismo, la corte resolvió que el gobierno debía expedir un acto administrativo, a más tardar en octubre de 2020, que ordenara que todos los funcionarios gubernamentales protegieran y respetaran todas las “manifestaciones no violentas”, incluso aquellas que se organizaran en contra del gobierno. El gobierno no ha dictado esa norma.
Del mismo modo, la corte ordenó que la Defensoría del Pueblo realizara un seguimiento estricto a los abusos del ESMAD en contra de manifestantes. Los funcionarios de la Defensoría del Pueblo han estado monitoreando la respuesta a las protestas y buscando mecanismos de diálogo con manifestantes para levantar bloqueos. Sin embargo, el número de funcionarios asignados a esta tarea ha sido insuficiente y no han dado abasto con la labor. El defensor del pueblo no ha reportado periódicamente sobre los abusos ni los ha condenado de forma inequívoca.
El 27 de mayo, la Corte Suprema abrió un procedimiento formal para determinar si el gobierno había incurrido en un desacato.
Recomendaciones
Al gobierno del Presidente Iván Duque, incluido el director de la Policía Nacional:
- Tomar medidas inmediatas para garantizar el respeto y la protección de los derechos humanos y comenzar a reparar los daños, tales como:
- Condenar de forma inequívoca las violaciones de derechos humanos, incluyendo los casos de uso excesivo de la fuerza y de violencia sexual por parte de policías, así como los casos en los cuales miembros de la Policía no tomaron acciones para frenar ataques en contra de manifestantes.
- Presentar una disculpa, en nombre del Estado colombiano, por abusos policiales cometidos durante las protestas.
- Garantizar que todos los funcionarios de gobierno eviten utilizar lenguaje que pueda ser percibido como estigmatizante hacia los manifestantes.
- Asegurar que la policía, incluyendo el ESMAD, proteja las protestas pacíficas, no las disperse y priorice mecanismos que no involucren el uso de la fuerza en todas sus acciones para levantar bloqueos.
- Priorizar las investigaciones disciplinarias sobre abusos policiales, por lo menos los cometidos desde las protestas de 2019, y comprometerse a reportar de forma pública y periódica los avances en estas investigaciones. Las investigaciones disciplinarias deben garantizar la rendición de cuentas de los agentes que cometieron abusos durante las protestas, así como de los comandantes de las unidades y los comandantes de policía a cargo de los operativos que puedan haber ordenado la comisión de tales abusos o que puedan tener responsabilidad, conforme al derecho colombiano, por no haber adoptado las medidas adecuadas a efectos de prevenir delitos o hacer que los responsables rindan cuentas por su actuación.
- Suspender el uso de proyectiles de impacto cinético y del Venom hasta que se realice un examen independiente sobre el riesgo de estas armas, los protocolos para su uso y la capacitación que han recibido los agentes policiales para utilizarlos.
- Llevar a cabo una revisión exhaustiva de los protocolos, las prácticas y los equipos de control de multitudes de la policía, y de la capacitación de los agentes sobre el uso de la fuerza, el derecho a reunirse en forma pacífica y otros derechos humanos.
- Brindar reparaciones, así como acceso a servicios de salud, a víctimas de violencia policial, incluyendo servicios integrales para víctimas de violencia sexual.
- Convocar el comité creado para verificar detenciones y “traslados por protección” durante las manifestaciones y reformar el protocolo que creó este comité para garantizar la participación de representantes de la sociedad civil.
- Ampliar significativamente la capacitación sobre control de multitudes que se brinda a policías, incluso para aquellos que no forman parte del ESMAD.
- Fortalecer los sistemas para prevenir y sancionar los actos de violencia basada en género perpetrados por policías.
Al Congreso de Colombia:
- Iniciar un proceso con amplia participación de grupos de la sociedad civil y agencias internacionales que operan en Colombia para reformar la Policía, adoptando las siguientes medidas, entre otras:
- Transferir la Policía del Ministerio de Defensa al Ministerio del Interior o a un nuevo Ministerio de Seguridad, a fin de asegurar que el rol y las funciones de los policías estén claramente separados de los de los militares.
- Establecer salvaguardas sólidas que aseguren que los “traslados por protección” no se usen de modo arbitrario.
- Reformar el sistema disciplinario de la Policía para asegurar su independencia.
- Garantizar que el sistema de justicia militar no adelante investigaciones sobre violaciones de derechos humanos cometidas por policías.
- Revisar los protocolos policiales sobre uso de la fuerza a fin de asegurar que existan mecanismos sólidos para prevenir el uso excesivo de la fuerza por parte de policías.
- Establecer mecanismos independientes de supervisión y control sobre la policía.
- Fortalecer los mecanismos para prevenir y sancionar actos de violencia de género perpetrados por policías.
- Reformar el Código Penal para asegurar que los fiscales tengan la obligación de investigar de oficio cualquier lesión que haya sufrido una persona, incluidas las lesiones causadas por policías, con independencia de si se ha realizado una denuncia penal por el hecho.
A la Fiscalía General de la Nación:
- Priorizar los procesos por abusos policiales realizando investigaciones sobre los agentes que hayan estado directamente involucrados en abusos cometidos en el contexto de protestas, al menos desde el año 2019, así como sobre los comandantes a cargo de unidades y operativos que puedan haber ordenado la comisión de tales abusos o que puedan tener responsabilidad, conforme al derecho colombiano, por no haber adoptado las medidas adecuadas a efectos de prevenir delitos o hacer que los responsables rindan cuentas por su actuación.
- Crear un grupo especial de fiscales e investigadores dentro de la Delegada de Seguridad Ciudadana que se estén a cargo exclusivamente de investigar abusos policiales cometidos contra manifestantes, al menos desde 2019.
- Presentar escritos judiciales para solicitar que los jueces resuelvan que sea la Fiscalía —y no el sistema de justicia militar— la que se ocupe de los casos de violaciones de derechos humanos cometidos por la policía.
- Investigar de oficio todos los casos en los cuales los jueces hayan concluido que miembros de la Policía violaron derechos de los detenidos cuando esas acciones constituyan un delito con arreglo al derecho colombiano.
A la Procuraduría General de la Nación:
- Garantizar una rendición de cuentas por los abusos policiales, lo cual incluye investigar disciplinariamente a los agentes que hayan estado directamente involucrados en abusos cometidos en el contexto de protestas, al menos desde el año 2019, así como a los comandantes de las unidades y a los comandantes de policía a cargo de los operativos que puedan haber ordenado la comisión de tales abusos o que puedan tener responsabilidad, conforme al derecho colombiano, por no haber adoptado las medidas adecuadas a efectos de prevenir delitos o hacer que los responsables rindan cuentas por su actuación.
- Apoyar las acciones legales que busquen garantizar que los casos de violaciones de derechos humanos cometidos por la policía sean transferidos de la justicia penal militar a la justicia penal ordinaria.
- Convocar el comité creado para verificar detenciones y “traslados por protección” durante las manifestaciones y reformar el protocolo que creó este comité para garantizar la participación de representantes de la sociedad civil.
- Investigar de oficio todos los casos en los cuales los jueces hayan concluido que miembros de la Policía violaron los derechos de los detenidos cuando esas acciones constituyan una infracción disciplinaria con arreglo al derecho colombiano.
A la Defensoría del Pueblo:
- Asegurar un control “estricto, fuerte e intenso” sobre abusos cometidos por el ESMAD durante manifestaciones, tal y como lo ordenó la Corte Suprema en su sentencia de septiembre de 2020.
- Aumentar el número de funcionarios a cargo de monitorear los abusos policiales durante las protestas y garantizar que reciban protección y apoyo adecuado para realizar su trabajo.
- Informar de forma pública y periódica sobre los casos de abusos policiales cometidos durante las protestas.