Skip to main content

 

I. Resumen

 

El gobierno del presidente Rafael Correa ha expandido el control estatal sobre los medios de comunicación y la sociedad civil y ha abusado de sus facultades para acosar, intimidar y castigar a sus críticos. Otras preocupaciones incluyen las limitaciones a la independencia judicial, las condiciones carcelarias y el acceso limitado de mujeres y niñas a la atención de su salud reproductiva debido al temor a ser procesadas penalmente. A pesar de haber aceptado recomendaciones sobre todos estos temas durante el EPU de Ecuador en 2012, el gobierno no las ha implementado debidamente.

II. Cuestiones de derechos humanos

El uso excesivo de la fuerza contra manifestantes
Durante el EPU de Ecuador en 2012, el gobierno aceptó las recomendaciones de “garantizar el respeto de todos los derechos humanos por parte de miembros de la Policía Nacional” y “garantizar una investigación pronta, imparcial y oportuna de todos los abusos de la policía”. No obstante, las fuerzas de seguridad ecuatorianas han cometido abusos contra manifestantes y transeúntes, que habitualmente han quedado impunes.

En septiembre de 2014, las fuerzas de seguridad cometieron abusos físicos graves—incluyendo golpizas, patadas y descargas eléctricas, durante el arresto y la detención—contra decenas de manifestantes y transeúntes en respuesta a manifestaciones mayormente pacíficas en Quito. Una minoría de manifestantes recurrió a la violencia, se enfrentó con la policía e hirió a más de 30 agentes. Dentro de las primeras 24 horas, más de 100 detenidos fueron llevados ante la justicia y acusados de delitos tales como ataque o resistencia a la autoridad y daños a la propiedad pública o privada. Los detenidos no fueron informados de los cargos en su contra previo a las audiencias y no tuvieron contacto con sus familiares o abogados hasta inmediatamente antes de las audiencias.

Ante las denuncias de abusos, el gobierno felicitó públicamente a la Policía Nacional por su desempeño durante las manifestaciones, amenazó con procesar a abogados que denunciaran violaciones de derechos humanos y desafió a los medios de comunicación que publicaran información sobre los abusos.

Acusaciones penales desproporcionadas contra manifestantes
Durante el EPU de Ecuador en 2012, el gobierno aceptó la recomendación de asegurar que los ecuatorianos puedan “ejercer su derecho a la libre asociación y protesta y que las legislación antiterrorista no sea empleada inapropiadamente para censurar dichas actividades”.

No obstante, las vagas disposiciones en el capítulo “sabotaje y terrorismo” del anterior Código Penal fueron aplicadas en varias ocasiones por fiscales contra manifestantes. Dichas disposiciones han sido utilizadas para condenar a más de 100 personas por su participación en supuestas manifestaciones violentas durante un motín policial, que el gobierno definió como un intento de golpe de Estado, en septiembre de 2010.

Los fiscales han presentado otras acusaciones graves contra participantes en protestas que son desproporcionadas con relación a los supuestos actos cometidos. En febrero de 2013, por ejemplo, 12 estudiantes fueron acusados de rebelión, un delito con una condena a prisión de hasta 6 años, por su supuesta participación en incidentes violentos durante una protesta en Quito contra la decisión de cambiar el nombre de su universidad. Posteriormente, un juez desestimó los cargos luego de que el fiscal no pudiera justificarlos. Después de que el Presidente Rafael Correa criticara la decisión del juez en su programa de televisión semanal, otro fiscal reabrió el caso. En un segundo juicio en julio, los 12 fueron declarados culpables y condenados a 21 días de prisión.

Cientos de ecuatorianos salieron a las calles en diciembre de 2015 para protestar ante la aprobación, por parte de la Asamblea Nacional, de una reforma constitucional que le otorgaba a las Fuerzas Armadas poderes para asistir a la policía en operaciones de seguridad pública, que le permitía al presidente y otros funcionarios públicos presentarse a elecciones indefinidamente luego de 2017, y que declaró las comunicaciones un servicio público— otorgando, de ese modo, amplios poderes al gobierno para adoptar regulaciones restrictivas que afectaran a los medios de comunicación. El día después de las protestas, un tribunal declaró culpable a 21 personas y las condenó a 15 días de prisión por “emitir expresiones de descrédito y deshonra contra los policías”.

Libertad de expresión
Durante el EPU de Ecuador en 2012, el gobierno aceptó las recomendaciones de “derogar todas las disposiciones legales que transgredan” la libertad de expresión, “garantizar en todos los casos la independencia de los medios de comunicación”, “eliminar las disposiciones penales sobre difamación” y “proteger el derecho a la libre expresión de los periodistas”.

En 2013, el presidente Correa firmó una Ley Orgánica de Comunicación que le otorga al gobierno amplios poderes para limitar la libertad de expresión. La ley exige que toda información difundida por los medios de comunicación sea “verificada” y “precisa”, lo cual abre la puerta a la censura al permitirle al gobierno decidir qué información cumple con estos vagos criterios. A su vez, prohíbe el “linchamiento mediático”, definido como “la difusión de información que [...] sea producida de forma concertada y publicada reiterativamente [...] con el propósito de desprestigiar a una persona natural o jurídica o reducir su credibilidad pública”. Asimismo, prohíbe la “censura” que, conforme la definición en la ley, incluye la falta de cobertura, por parte de medios de comunicación privados, de asuntos que el gobierno considera que son de “interés público”.

La Superintendencia de la Información y Comunicación (SUPERCOM), la autoridad de vigilancia y control creada por la Ley Orgánica de Comunicación de 2013, ha ordenado, en decenas de casos, a medios de comunicación y a periodistas que “corrijan” o “rectifiquen” artículos (incluso artículos de opinión y caricaturas), o que se disculpen públicamente por su contenido. La SUPERCOM también ha acusado a los medios de “censurar” al no publicar información que las autoridades consideraban relevante.

El gobierno de Correa ha usado reiteradamente la Ley Orgánica de Comunicación para ordenar a los medios de comunicación a publicar información favorable al gobierno o transmitir cadenas en las cuales el gobierno contestaba a noticias desfavorables. En julio de 2016, por ejemplo, la Secretaría Nacional de Comunicación ordenó al canal de televisión Ecuavisa que transmitiera una emisión oficial de treinta minutos justo en el momento en el que un programa de investigación estaba programado para salir aire con un informe en el que criticaba el uso de fondos públicos por parte del gobierno para crear material audiovisual en apoyo de sus políticas de gobierno. Ecuavisa pudo transmitir parte del programa de investigación en el tiempo restante; y publicó el resto en internet.

La difamación penal sigue siendo una preocupación, a pesar de la reforma legal de 2014 que acotó la definición del delito. En junio de 2016, por ejemplo, el Presidente Correa presentó una queja por calumnias contra el vicealcalde de Quito, por decir, en una entrevista radial, que el Presidente Correa había manipulado el sistema judicial para enviar dinero al extranjero sin pagar impuestos. En septiembre, el vicealcalde fue condenado a 15 días de prisión.

Los intentos para aprovecharse de la ley de derechos de autor de Estados Unidos para lograr que se elimine inmediatamente contenido crítico del gobierno ecuatoriano de YouTube y de otros importantes proveedores de contenidos es recurrente— y, a menudo, exitoso. El presidente, su partido político y sus miembros, los medios de comunicación estatales y oficinas de gobierno han presentado solicitudes para eliminar imágenes y documentos de Internet. Los usuarios, a veces, logran restaurar el contenido, pero sólo luego de un proceso legal que puede llevar semanas.

Libertad de asociación, organizaciones de la sociedad civil y defensores de derechos humanos
Durante el EPU de Ecuador en 2012, el gobierno aceptó las recomendaciones de “crear un entorno jurídico propicio para que las organizaciones de la sociedad civil contribuyan a la gobernabilidad democrática”, y de “proteger a los defensores de derechos humanos… contra el acoso y los ataques y garantizar plenamente su libertad de asociación”.

En 2015, el presidente Correa emitió un decreto en el que confirmó los amplios poderes del gobierno, vigentes desde 2013, para intervenir en las operaciones de las ONG. Estos poderes incluyen la facultad de disolver grupos que “afecten la paz pública” o participan en actividades que son diferentes a aquellas que señalaron cuando se registraron con el gobierno.

En diciembre de 2013, el gobierno disolvió la Fundación Pachamama, una ONG que había participado en la defensa de los derechos ambientales y derechos humanos durante más de 16 años, argumentando que varios de sus miembros habrían participado en  una manifestación violenta contra la extracción de petróleo en la región amazónica. A Pachamama no se le dio previo aviso sobre la disolución, y sus impugnaciones judiciales fueron rechazadas.

En agosto de 2015, el ministro de Educación disolvió la Unión Nacional de Educadores, el mayor y más antiguo sindicato de maestros, por presuntamente haber violado su obligación legal de registrar a los miembros del directorio. La disolución se produjo después de que el presidente del sindicato se reuniera con la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas para informar sobre violaciones a los derechos de los educadores, entre ellos la estabilidad laboral y la libre asociación.

Independencia judicial
La corrupción, la ineficiencia y la interferencia política han afectado al sistema judicial de Ecuador durante años. El presidente Correa recibió un mandato popular, en un referéndum de 2011, para solucionar estos problemas. Durante el EPU de Ecuador en 2012, el gobierno aceptó varias recomendaciones para asegurar que la reforma judicial que se estaba llevando a cabo respetara la independencia judicial. No obstante, como parte de sus reformas, el Consejo de la Judicatura nombró y removió a cientos de jueces, incluidos todos los magistrados de la Corte Nacional de Justicia, a través de mecanismos altamente cuestionables que han socavado la independencia judicial.

Condiciones carcelarias
El hacinamiento en las cárceles y las condiciones carcelarias son problemas de larga data en Ecuador. Durante el EPU de Ecuador en 2012, el gobierno aceptó una serie de recomendaciones para reformar su sistema penitenciario. Desde entonces, el gobierno ha gastado millones de dólares para construir nuevos centros de detención, pero sus ubicaciones remotas y las estrictas y limitadas reglas de visita impiden a los presos tener contacto adecuado con sus familiares.

En agosto de 2016, después de que la Defensoría Pública presentara una solicitud de habeas corpus en nombre de los detenidos en el centro de detención de Turi, en la provincia de Azuay, se filtraron al público una serie de videos en los que se mostraba cómo guardias golpeaban a los presos, algunos de ellos desnudos, y los sometían a descargas eléctricas. El 30 de septiembre, un juez admitió el habeas corpus y ordenó medidas para proteger los derechos de los detenidos.

Migrantes y refugiados
Según estadísticas oficiales de 2013, Ecuador contaba con cerca de 55.000 refugiados registrados, el mayor número de cualquier país de América Latina. La mayoría son colombianos que huyen del conflicto armado en su país.

En septiembre de 2014, la Corte Constitucional del Ecuador resolvió que varias disposiciones de un decreto presidencial de 2012 que regulaba los procedimientos de asilo eran inconstitucionales. La Corte sostuvo que la definición de “refugiado” el decreto era demasiado estrecha e incompatible con la definición incluida en la Declaración de Cartagena sobre los Refugiados de 1984. También amplió el plazo para presentar una solicitud de asilo a tres meses después de la entrada del peticionario al país y proporcionó protección adicional para la apelación de decisiones sobre asilo, indicando que los refugiados no pueden ser devueltos hasta que un juez haya tomado una decisión final sobre sus casos.

La sentencia, no obstante, confirmó otras disposiciones problemáticas del decreto, incluyendo procedimientos injustos para determinar qué solicitudes de asilo deben ser consideradas “manifiestamente infundadas” y facultades excesivamente amplias para revocar la condición de refugiado. Una ley integral para regular los derechos de los migrantes y solicitantes de asilo se encuentra actualmente pendiente ante la Asamblea Nacional.

En julio de 2016, aproximadamente 150 cubanos fueron detenidos durante una redada en un parque donde estaban durmiendo en carpas para protestar por la imposibilidad de obtener una visa humanitaria especial por parte de México que les permitiera viajar a la frontera con Estados Unidos, y desde allí buscar asilo en los Estados Unidos. Los jueces llevaron a cabo audiencias de deportación que no cumplieron con garantías básicas del debido proceso y ordenaron la deportación de la mayoría de los detenidos, entre ellos algunos que habían solicitado asilo en Ecuador. Los cubanos fueron deportados antes de tener la oportunidad de apelar las decisiones y, en algunos casos, a pesar de contar con órdenes judiciales a su favor.

Investigaciones penales por abusos del pasado
El gobierno de Correa creó una Comisión de la Verdad para investigar los abusos que se cometieron durante todas las presidencias desde el comienzo del gobierno represivo de León Febres Cordero en 1984 hasta que Correa asumió el cargo en 2008. La Comisión documentó 136 casos de abusos contra 456 víctimas, entre las que se encuentran 68 víctimas de ejecuciones extrajudiciales y 17 de desaparición forzada. El progreso por parte de una unidad especial de la fiscalía creada en 2010 para investigar estos casos ha sido lento. Hasta diciembre de 2015, los procesos judiciales sólo se habían iniciado en ocho casos.

Derechos reproductivos
Durante el EPU de Ecuador en 2012, el gobierno aceptó una recomendación de “reforzar las medidas para hacer frente a los embarazos adolescentes, a través de la promoción del acceso a servicios de salud reproductiva”.

El derecho a solicitar un aborto se limita a los casos en los cuales la salud o la vida de la mujer están en riesgo, o cuando el embarazo es producto de la violación de una “mujer que padezca discapacidad mental”. El miedo a la persecución penal lleva a algunas mujeres y niñas a tener abortos ilegales e inseguros, e impide que las víctimas de violencia sexual tengan acceso a servicios de salud. El temor a ser procesadas también dificulta la detección y prevención de la violencia sexual y de género. Según estadísticas del gobierno publicadas en 2010, una de cada cuatro mujeres mayores de 15 años ha sido víctima de violencia sexual en Ecuador.

III. Recomendaciones

Para hacer frente a los problemas de derechos humanos incluidos en el presente documento:

El gobierno de Ecuador debería:

  • Asegurarse que todas las fuerzas de seguridad respeten los Principios Básicos sobre el Empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego por los Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley al dispersar manifestaciones públicas y que los guardias penitenciarios respeten los derechos de los detenidos;
  • Dejar de usar la Ley Orgánica de Comunicación para ordenar a los medios de comunicación que publiquen o transmitan propaganda política, incluyendo material dirigido a combatir la cobertura de noticias poco favorables sobre el gobierno y sus políticas;
  • Poner fin a la práctica de censurar material crítico publicado en Internet empleando la ley de derechos de autor de Estados Unidos;
  • Derogar el decreto presidencial que otorga al gobierno poderes amplios para intervenir en las operaciones de las organizaciones de la sociedad civil, y asegurarse que las organizaciones que han sido disueltas por su aplicación puedan ser restablecidas y operar libremente; y
  • Asegurarse de que sus esfuerzos por reformar la justicia protejan la independencia judicial, y adoptar medidas tendientes a revertir las acciones que han dañado la independencia y la integridad del poder judicial.

 

La Asamblea Nacional debería:

  • Modificar las disposiciones del Código Orgánico Integral Penal que socavan la libertad de expresión, entre ellas las versiones revisadas de terrorismo, sabotaje y las disposiciones sobre difamación;
  • Derogar la Ley Orgánica de Comunicación de 2013;
  • Adoptar una ley integral sobre los derechos de los migrantes y los solicitantes de asilo que respete sus derechos conforme el derecho internacional; y
  • Despenalizar el aborto, al menos en los casos de violación, incesto y malformación fetal grave, según lo recomendado por el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer de la ONU en febrero de 2015.

La Fiscalía General del Estado debería:

  • Llevar a cabo investigaciones inmediatas, exhaustivas e imparciales de todos los abusos cometidos por la policía y guardias penitenciarios, así como de las violaciones de derechos humanos documentadas por la Comisión de la Verdad; y
  • No presentar más cargos penales desproporcionados contra manifestantes, incluyendo pero sin limitarse a los cargos de “terrorismo” y  “sabotaje”.

Anexos:

 

 

Your tax deductible gift can help stop human rights violations and save lives around the world.

Las más vistas