(New York: Human Rights Watch, 1997)

VENEZUELA

La situación de los derechos humanos

Al igual que en años anteriores, las violaciones de los derechos humanos en 1997 estuvieron estrechamente ligadas a la lucha contra el crimen en las ciudades venezolanas. Enfrentándose al difícil reto de controlar el creciente nivel del crimen en los barrios pobres, situados a las afueras de Caracas y otras ciudades de Venezuela, las fuerzas de seguridad cometieron abusos sistemáticos, incluyendo tortura, ejecuciones extrajudiciales y un uso desproporcionado de la fuerza letal. Los métodos consagrados para encubrir las muertes ilegales, unidos a un sistema legal anticuado que impide realizar investigaciones prontas e imparciales, aseguraron la impunidad a la mayoría de los autores de estos abusos. A pesar de los esfuerzos realizados por las autoridades gubernamentales para mejorar las condiciones penitenciarias, los presos condenados y aquéllos esperando juicio continuaron encarcelados en condiciones que violan las normas internacionales.

No se apreció signo alguno de que los abusos policiales hubiesen aminorado su progresión con respecto al año anterior, dado que las fuerzas de policía venezolanas--entre ellas también la Policía Técnica Judicial (PTJ)--, continuaron cometiendo graves violaciones de derechos humanos, incluyendo ejecuciones sumarias. En algunos casos, la policía ejecutó a personas consideradas como criminales peligrosos o buscó vengarse del asesinato de agentes de policía. En otras ocasiones, la policía disparó contra sospechosos que huían del lugar de los hechos o trataban de escapar a la detención. En una última serie de casos, la policía cometió abusos no relacionados con su trabajo policial, como por ejemplo con motivo de peleas o para ajustar cuentas personales. Según la Red de Apoyo por la Justicia y la Paz, la policía cometió al menos noventa ejecuciones extrajudiciales entre enero y agosto, cifra comparable a la cifra total del año previo.

Al investigar asesinatos arbitrarios a manos de la policía, Human Rights Watch descubrió que muchos de esos asesinatos habían sido planeados de antemano y que la policía parecía seguir unas pautas de procedimiento designadas para evitar responsabilidad. Así, por ejemplo, los agentes llevaban capuchas para no ser identificados, alejaban con antelación del lugar de los hechos a posibles testigos, y disparaban al aire una vez cometido el asesinato para simular un tiroteo. Con el objetivo de encubrir estos abusos, retiraban a veces el cadáver antes de que llegaran los investigadores forenses con el pretexto de llevar a la víctima al hospital, le ponían encima armas o drogas, o le quitaban la ropa y cualquier documento de identificación personal. Asimismo, los agentes intimidaban a familiares o testigos para disuadirles de denunciar lo que habían visto. En varias ocasiones, en las autopsias realizadas por la Medicatura Forense, instituto forense nacional que depende de la PTJ, se omitió toda información acerca del número y localización de las heridas de bala.

De manera típica, agentes de la PTJ asesinaron a José Gregorio Rondón el 4 de julio en su casa del barrio de Catia en Caracas. La policía llegó a la casa a las 5:00 a.m., entró en ella por la fuerza, y redujo a Roldón, que estaba acostado en el primer piso. Su hermana, Ana Rosa, lo vio tumbado en el suelo con la cabeza aplastada por el pie de un policía, antes de que ésta las encerrara a ella y a su madre en una habitación del piso de abajo, desde donde oyeron los disparos. Después de soltar a las dos mujeres, la policía le dijo a Ana Rosa que se había disparado contra Roldón porque éste había tratado de resistirse a la detención. Su cuerpo fue retirado y llevado a la morgue. La policía detuvo a la hermana de Roldón, llevándola a la comisaría general de la PTJ, situada en Parque Carabobo, donde la amenazaron con torturarla y encarcelarla si no firmaba una declaración que incriminase a su hermano.

También se tuvo noticias de abusos sistemáticos de la policía en otros Estados, como el de Anzoátegui, en la costa caribeña de Venezuela. El 1 de agosto, a las 6:30 p.m., agentes de la Policía Metropolitana (PM) detuvieron a Aníbal José Vargas, un apasionado del fútbol de dieciocho años, cuando se encontraba entrenando con un equipo local en una barriada pobre de la ciudad de Barcelona. Según los vecinos de la localidad, la policía lo confundió con un delincuente, y aunque Vargas les mostró su documento de identidad, un agente ordenó a otro que disparara contra él. El joven recibió un tiro a bocajarro efectuado con una bala explosiva, muriendo prácticamente al instante. El policía responsable realizó más disparos para simular un tiroteo y en un informe policial publicado en la prensa se dijo, efectivamente, que la víctima había muerto en el intercambio de un tiroteo.

Aunque las autoridades policiales declararon que los agentes acusados de haber cometido un asesinato habían sido detenidos o estaban suspendidos de oficio a la espera de las investigaciones judiciales, tales investigaciones se enfrentaron a obstáculos casi insuperables. En Venezuela existe un procedimiento legal único que permite que los casos entablados contra la policía puedan ser apartados de la maquinaria judicial durante largos períodos de tiempo. Este procedimiento, conocido como averiguación de nudo hecho, requiere que se someta a los funcionarios a una investigación preliminar antes de que se inicie la investigación criminal oficial. Pero aunque se prevé que estos trámites se resuelvan en un plazo de diez días, lo cierto es que suelen alargarse a menudo durante meses y años. De ahí que tengan como efecto el proteger a las personas que deban ser procesadas, al no poderse entablar acusaciones penales contra ellas hasta que no finalice la investigación preliminar. Entretanto, el agente puede además permanecer en activo. Con frecuencia, los cuerpos de policía acusados de haber cometido abusos no respondieron a las repetidas órdenes de los tribunales solicitando la información necesaria para llevar el caso a juicio. Por otra parte, hasta que el agente no ha sido detenido y se hayan entablado cargos formales contra él, las investigaciones del tribunal son secretas. De este modo, tras varios años esperando una respuesta, familiares de las víctimas de los asesinatos de la policía manifestaron a Human Rights Watch que aún no habían tenido acceso a las investigaciones del tribunal.

Además de realizar ejecuciones sumarias, la policía continuó utilizando la tortura con regularidad en el marco de los procesos de investigación criminal. Según un informe publicado en diciembre de 1996 por el Relator Especial de las Naciones Unidas contra la Tortura, Nigel S. Rodley, las fuerzas de seguridad "recurren con frecuencia al uso de la tortura como un método de castigo o para obtener información, especialmente entre las capas bajas de la población, en una sociedad caracterizada por unos altos índices de criminalidad." (Traducción de Human Rights Watch) Tras la publicación del informe del relator especial, el número de casos de tortura denunciados se ha incrementado considerablemente. Durante los ocho primeros meses de 1997, la Red de Apoyo documentó 767 denuncias de torturas o malos tratos, lo que supone un aumento de más de 300 casos en comparación con cifras análogas de 1996. Los cuerpos de policía más frecuentemente citados por el relator especial fueron: la PM, que actúa bajo la jurisdicción del gobernador de Caracas; la PTJ, que depende del ministro de Justicia; la Dirección de los Servicios de Inteligencia y Prevención (DISIP), dependiente del ministro de Interior; así como diferentes fuerzas de policía nacionales, dependientes de los gobernadores estatales.

Luis Evelio Quintero, conductor para una empresa de alimentación, declaró que había sido injustamente detenido y torturado por agentes de la PTJ para hacerle confesar un robo que no había cometido. El 4 de febrero, el camión de Quintero fue secuestrado, y él y su acompañante fueron abandonados en una autopista al este de Caracas, después de lo cual denunciaron el delito ante la PTJ en la localidad cercana de Guarenas. El 28 de febrero fue robado otro camión de la misma empresa. Su propietario fue a la PTJ a denunciar el robo, tras lo cual la PTJ detuvo a Quintero y a su copiloto, los llevó a la comisaría de la PTJ en El Llanito, en el Estado de Miranda, y los tuvo detenidos ocho días, período máximo permitido por la ley. Durante este tiempo, los llevaron por la noche a una casa abandonada situada a una media hora de la comisaría. Allí, golpearon a Quintero y le aplicaron descargas eléctricas por todo el cuerpo. Después de esposarlo con los brazos detrás de la espalda, lo alzaron en el aire en varias ocasiones, dejándolo suspendido durante treinta minutos. Como consecuencia de ello, Quintero sufrió una paralización de la mano izquierda.

José Francisco Palencia Ruiz, un ex bombero voluntario de diecinueve años que trabajaba en una estación forestal, fue detenido el 8 de julio por miembros de la policía municipal de Baruta y torturado para hacerle confesar el robo de la caja fuerte de la estación. Palencia fue esposado y colgado por las esposas de una viga, al tiempo que le golpeaban y daban patadas en el estómago. Varias veces, cuando la policía intentaba hacerle confesar, le pusieron una bolsa de plástico en la cabeza. En un momento determinado, los torturadores le golpearon repetidas veces para que confesara haber robado una suma de dinero aún mayor.

La PTJ podía tener detenidos durante ocho días a los sospechosos antes de ponerlos a disposición del juez, siendo éste un período excesivamente largo, que proporcionaba un margen mayor para los malos tratos. En cualquier caso, este período de tiempo fue a menudo ignorado. Human Rights Watch no tiene constancia de que se haya castigado a un solo torturador, a pesar de la amplia documentación sobre casos de tortura elaborada por organismos de derechos humanos venezolanos e internacionales. Uno de los muchos factores que contribuyó a esta impunidad fue el hecho de que el Instituto Médico-Legista dependiese de la PTJ, uno de los cuerpos de policía más frecuentemente implicado en casos de tortura. Además, con unas autopsias practicadas rápida y descuidadamente, y cuyos resultados son secretos, resulta difícil probar que existen indicios de tortura. Otro factor fue el procedimiento del "nudo hecho", ya que a menudo los trámites tardaban tanto que el delito acababa prescribiendo antes de que finalizara la investigación preliminar y pudiera entablarse la acusación.

Hacinadas, carentes de personal, físicamente deterioradas, plagadas de corrupción oficial y abusos, e infestadas de bandas y armas de todo tipo, las prisiones venezolanas languidecen en un aparentemente permanente estado de crisis. Aunque el Ministerio de Justicia, encargado de dirigir el sistema penitenciario de la nación, dio ciertos pasos en pos de la reforma, los problemas estructurales globales de las prisiones no mejoraron sensiblemente. Aunque el cierre en enero del Retén de Catia, centro caracterizado por su violencia y masificación, acabó con un símbolo famoso de la tragedia carcelaria nacional, sirvió también para agravar el hacinamiento de los restantes centros penitenciarios de Caracas. A escala nacional, con más de 25.000 internos hacinados en treinta y dos instituciones penitenciarias, la población carcelaria continuó excediendo con creces la capacidad disponible.

Uno de los problemas más destacados de los que afectan a las prisiones de forma crónica fue el de la extrema violencia, que siguió alcanzando los niveles más altos de toda la región. Según informes de prensa, ochenta y dos presos fueron asesinados durante los ocho primeros meses del año --cifra que, aún siendo escandalosamente alta, supuso una disminución sustancial con respecto a años anteriores. Una de las cárceles más violentas fue la de Tocuyito, en Valencia, en la que fueron asesinados entre enero y septiembre al menos veintinueve reclusos, muchos de ellos a tiros. En Tocuyito y en otras prisiones, estos asesinatos fueron cometidos en su práctica totalidad por otros internos. Dotados de todo tipo de armas y vigilados por un pequeño número de guardias sin formación y escasamente remunerados, son en efecto los propios presos quienes controlan las cárceles, como incluso el ministro de Justicia ha reconocido públicamente.

El año estuvo jalonado por estallidos de violencia carcelaria excepcionalmente feroces. El 28 de agosto, en la prisión de El Dorado, un centro aislado situado en la selva al sudeste del país, un ataque sorpresa de una de las bandas contra sus rivales terminó con un saldo de veintinueve muertos y numerosos heridos. Incluso antes de este suceso, las condiciones deplorables de "Casa Amarilla", el área de la prisión donde ocurrieron los asesinatos, habían llevado a la Fiscalía General a reclamar su cierre.

Las graves condiciones de masificación e insalubridad en las cárceles, unidas a una carencia pavorosa de atención médica, fomentaron la aparición y propagación de enfermedades. La tuberculosis fue la más común de las enfermedades, según la Fiscalía General, que en agosto informó de 1.011 casos declarados en las prisiones. En mayo, estalló un brote de cólera en la cárcel de Sabaneta, un centro en decadencia y con una alta densidad de población, situado al oeste de Venezuela. Según se informó, ochenta y cinco presos cayeron enfermos y casi 600 más necesitaron tratamiento. También se tuvo noticias de casos de cólera en la prisión de La Planta en julio y en la de El Rodeo II en septiembre. En un intento esperanzador por detener el avance de la enfermedad, el gobierno del Estado de Miranda instituyó un proyecto piloto consistente en enviar a las prisiones locales a grandes equipos médicos en misiones de duración limitada, para efectuar pruebas, proporcionar vacunas y distribuir los tan necesitados suministros médicos.

A raíz de la masacre acaecida en la cárcel de El Dorado, el nuevo ministro de Justicia designado en marzo prometió que, en menos de un año, la crisis penitenciaria estaría bajo control, y presentó una serie impresionante de medidas destinadas a alcanzar este objetivo, entre las que se encontraba el desarrollo de un nuevo cuerpo de guardias de prisiones mejor formado y remunerado. Sin embargo, y dada la triste historia de Venezuela en lo que a intentos de reforma penitenciaria se refiere, habrá que juzgar estas declaraciones a la luz de los resultados obtenidos y no en base a la gran envergadura de los propósitos. El Ministerio de Justicia realizó, efectivamente, un censo detallado de la población penitenciaria como primer paso hacia la clasificación de los reclusos, para separar a los presos preventivos de los condenados y a los delincuentes con un primer delito menor de los reincidentes peligrosos. Creó asimismo una oficina nueva del defensor del pueblo para las prisiones, con mayor independencia de la que demostraron anteriores organismos de control de ese tipo.

Más de dos tercios de la población carcelaria de Venezuela estaba formada por presos preventivos y por otros en distintas fases del proceso judicial criminal --como gente que, después de varios años encarcelada, fue absuelta de los cargos de los que se la acusaba. Esto constituía la prueba de que una solución duradera para la crisis penitenciaria venezolana necesitaba la intervención de otras autoridades gubernamentales. En concreto, el sistema judicial penal de la nación necesitaba una reforma radical, que debía contar con el esfuerzo de los poderes legislativo y judicial, entre otros.

El Ministro de Justicia Hilarión Cardozo reconoció la gravedad de la situación en las cárceles del país y aprobó las propuestas de reforma hechas por Foro por la Vida, un consorcio de organizaciones no gubernamentales. Sin embargo, el gobierno sólo aceptó poner en práctica unas cuantas de las recomendaciones globales planteadas por el Foro.

Grupos locales de derechos humanos denunciaron detenciones indiscriminadas, torturas y asesinatos arbitrarios en el Estado de Apure, a lo largo de la frontera venezolana con Colombia, donde las garantías constitucionales seguían estando suspendidas debido a las incursiones de las guerrillas colombianas. El 6 de febrero, por ejemplo, tropas de la Guardia Nacional (GN) mataron a tiros al profesor Juan José Rodríguez Bastidas y al niño colombiano de tres años Jesús Castellanos Vasco, cuando iban en barco por el río Arauca. El tiroteo tuvo lugar una hora después del enfrentamiento armado, de una orilla a otra del río, entre la GN y las guerrillas colombianas. Cuando la embarcación estaba pasando por un puesto de control ribereño de la GN, la policía abrió fuego, alegando más tarde que lo había hecho en respuesta a los tiros procedentes de la orilla colombiana. Sin embargo, según los testigos, ningún tiro realizado desde el lado colombiano precedió al ataque de la GN, y la policía no dio ningún tipo de aviso antes de abrir fuego. Otros cuatro pasajeros de la embarcación resultaron heridos. Ese mismo día, tropas de la GN asesinaron a tiros a Ignacio José Briceño, un ganadero de veintiocho años, cuando éste desatendió la orden de detenerse en un puesto móvil de control de la GN en El Molino.

Habiendo sido considerablemente criticado en 1996 por las violaciones de los derechos humanos, el gobierno venezolano tomó ciertas medidas en 1997 para hacer que éstos figurasen en su agenda política. El Presidente Caldera nombró así a 1997 "Año de los Derechos Humanos", y anunció la creación de una Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), compuesta por ministros clave y el gobernador de Caracas, dando a continuación instrucciones de que la comisión estableciera una "agenda nacional" en materia de derechos humanos. Sin embargo, a diferencia de otras comisiones de derechos humanos o defensores del pueblo en América Latina, a la CNDH de Venezuela no se le atribuyeron poderes para investigar o hacer recomendaciones acerca de casos individuales de violaciones de los derechos humanos. Su papel se limitó a coordinar la información entre los ministerios en materia de derechos humanos, contestando a los organismos intergubernamentales de derechos humanos, y actuando como enlace entre los grupos nacionales de observación. En octubre, la CNDH seguía careciendo de secretaría, personal y presupuesto, y sólo se había reunido en cinco ocasiones. En un plano más positivo, la Corte Suprema declaró inconstitucional una ley de 1965, llamada Ley de los Vagabundos y los Indeseables, que permitía a las autoridades realizar detenciones administrativas por un período de hasta cinco días. A menudo, la ley había sido utilizada para detener a gente desempleada o a otras personas consideradas como indeseables.

Una de las primeras reuniones de la CNDH se celebró para estudiar una respuesta oficial al Informe por Países sobre las Prácticas en materia de Derechos Humanos en 1996 (Country Reports on Human Rights Practices for 1996) del Departamento de Estado de los Estados Unidos. En las veintitrés páginas que conformaban la respuesta venezolana, publicada el 4 de febrero, se acusaba a los Estados Unidos de estar usurpando la competencia supervisora de los cuerpos de derechos humanos de las Naciones Unidas y de la Organización de Estados Americanos, dándose a entender que el informe del Departamento de Estado era deficiente porque presentaba los hechos fuera de contexto e ignoraba el reciente pasado inestable de Venezuela.

En otro foro internacional, Venezuela adoptó una actitud inquietante ante un tratado que prohibía las minas terrestres. De los ochenta y nueve países que tomaron parte en las negociaciones para redactar el borrador de un convenio sobre la prohibición total de armas, Venezuela fue uno de los cuatro Estados que señaló que era poco probable que fuera a firmar el tratado, aprobado en septiembre.

La defensa de los derechos humanos

Miembros de la Oficina de Derechos Humanos del Vicariato de Puerto Ayacucho, en el Estado de Amazonas, recibieron ataques a su labor en nombre de los indios amazónicos. Durante la última semana de mayo, políticos locales y algunos miembros del gobierno regional, que intentaban frustrar el borrador de una ley sobre los derechos de los indios sobre sus tierras, lanzaron ataques contra el Vicariato en la prensa y la radio, acusando a sus miembros de fomentar la división y la violencia entre los indios y los colonos blancos. El 27 de mayo, dos vehículos, pertenecientes uno a Luis Jesús Bello, coordinador general de la Oficina de Derechos Humanos, y otro a una monja salesiana, sufrieron daños al vertirse ácido sobre ellos.

El 7 de junio, una persona sin identificar insultó y amenazó en la calle a un ingeniero que trabajaba para la Oficina. El 9 de junio, la Corte Superior de Puerto Ayacucho decretó que el proceso entablado por la Fiscalía General del Estado de Amazonas contra la Oficina de Derechos Humanos por "usurpación de funciones" estaba injustificado y ordenó que fuera abandonado.

El gobierno procuró mejorar sus relaciones con la amplia red de organizaciones no gubernamentales de derechos humanos existente en el país. En 1996 y años anteriores, los funcionarios del gobierno habían tratado a menudo de desacreditar y estigmatizar a los grupos locales. En 1997, sin embargo, se invitó a dichas organizaciones a que participaran en reuniones con funcionarios del gobierno para que hicieran su aportación a la lista de medidas de reforma necesarias en materia de derechos humanos. La primera de estas citas tuvo lugar el 4 de julio, cuando el Foro por la Vida se reunió con ministros y otros funcionarios de menor grado, presentando una lista detallada de recomendaciones y acogiendo dicho encuentro como un primer paso positivo.

El papel de los Estados Unidos

El Informe por Países sobre las Prácticas en materia de Derechos Humanos en 1996 (Country Reports on Human Rights Practices for 1996) del Departamento de Estado de los Estados Unidos hizo, en la sección correspondiente a Venezuela, una descripción precisa de la grave situación de los derechos humanos en el país. La embajada estadounidense se abstuvo de intervenir en el debate provocado por la publicación de la respuesta de la CNDH al informe del Departamento de Estado sobre los derechos humanos. Human Rights Watch no tuvo noticia de que los Estados Unidos hicieran declaración pública alguna sobre asuntos relacionados con los derechos humanos. PANORAMA GENERAL EN AMÉRICA LATINA REGRESAR AL PRINCIPIO

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