(Washington, DC, 26 de junio de 2015) – La decisión emitida por la Corte Suprema de Estados Unidos el 26 de junio de 2015, en la cual se dispone que la Constitución estadounidense reconoce a parejas del mismo sexo el derecho a contraer matrimonio, es un logro histórico para el matrimonio igualitario en EE. UU. que podría impulsar cambios en todo el mundo, señaló hoy Human Rights Watch.
“La decisión de la Corte Suprema representa una importantísima victoria para las parejas del mismo sexo en EE. UU., que podrá replicarse en numerosos países donde todavía se niega a algunos el derecho a contraer matrimonio con la persona que aman”, indicó Boris Dittrich, director de incidencia de la división de derechos de lesbianas, gais, bisexuales y personas transgénero (LGBT) de Human Rights Watch. “Fortalecerá los derechos fundamentales de todas las personas a la igualdad y a no ser discriminadas, independientemente de cuál sea su orientación sexual o identidad de género”.
En el caso Obergefell v. Hodges, la corte analizó si la Constitución de EE. UU. exige que los estados de este país deban autorizar a dos personas del mismo sexo a contraer matrimonio. El magistrado Anthony Kennedy, quien redactó el voto de la mayoría (de 5 contra 4), indicó que el matrimonio es un derecho fundamental que corresponde a todas las parejas de conformidad con la XIV Enmienda de la Constitución, la cual reconoce protección igualitaria a todos los ciudadanos al amparo de la ley. “No hay unión más profunda que el matrimonio, ya que plasma los más altos ideales de amor, fidelidad, devoción, sacrificio y familia […], que exigen igual dignidad ante la ley. La Constitución [de EE. UU.] les reconoce este derecho”, destacó el magistrado Kennedy.
La decisión ha sido dictada luego de una serie de importantes pronunciamientos judiciales que han ampliado los derechos de personas LGBT en EE. UU. En junio de 2003, la Corte dispuso en Lawrence v. Texas que las prohibiciones impuestas por los estados a conductas privadas y consensuadas entre personas del mismo sexo suponían una violación del derecho constitucional a la privacidad. En junio de 2013, en United States v. Windsor, la Corte dispuso la inconstitucionalidad del título 3 de la Ley de Defensa del Matrimonio (Defense of Marriage Act) de 1996, que prohibía cualquier reconocimiento a nivel federal del matrimonio entre personas del mismo sexo celebrado en el ámbito de los estados.
Luego del caso Windsor, la Corte había rechazado intervenir en apelaciones planteadas contra varias decisiones de tribunales inferiores que determinaron la inconstitucionalidad de la prohibición al matrimonio entre personas del mismo sexo en los estados. En noviembre de 2014, el Tribunal Federal de Apelaciones del Sexto Circuito, en su decisión en Obergefell v. Hodges, ratificó las prohibiciones al matrimonio entre personas del mismo sexo en Ohio, Michigan, Kentucky y Tennessee. Esta decisión fue el primer pronunciamiento, luego de la sentencia de la Corte Suprema en Windsor, en el cual un tribunal federal de apelación había considerado constitucional la prohibición del matrimonio entre personas del mismo sexo impuesta a nivel de los estados. La decisión de la Corte Suprema anula el pronunciamiento del tribunal inferior y dispone que las prohibiciones implicaron una violación del derecho constitucional de gais y lesbianas a la protección igualitaria conforme a la ley.
Antes de la sentencia, 36 estados de EE. UU. y el Distrito de Columbia reconocían el derecho legal al matrimonio de personas del mismo sexo. Además de las prohibiciones de cuatro estados que fueron declaradas inconstitucionales en el pronunciamiento de hoy, otros 10 estados conservan actualmente algún tipo de prohibición al matrimonio entre personas del mismo sexo. No está claro cuándo los estados que aún prohíben el matrimonio entre personas del mismo sexo cumplirán con el pronunciamiento de la Corte Suprema y comenzarán a autorizar el matrimonio de parejas del mismo sexo.
En marzo, Human Rights Watch presentó un memorial en calidad de amicus (“amigos del tribunal”) conjuntamente con el Colegio de Abogados de la Ciudad de Nueva York y con varias organizaciones no gubernamentales que trabajan en otros países. El memorial solicitaba a la Corte que considerara la situación de países como Argentina, Canadá, Países Bajos, Nueva Zelandia y Sudáfrica, que otorgan licencias matrimoniales o autorizaciones similares, conforme a las leyes, a personas del mismo sexo para contraer matrimonio. Al establecer estas políticas, los gobiernos y tribunales de estos países ponderaron consideraciones jurídicas y constitucionales similares a las que abordó la Corte Suprema de EE. UU.
Más tarde, otros países también adoptaron medidas en este mismo sentido. En la actualidad, el matrimonio entre personas del mismo sexo ha sido legalizado en Argentina, Bélgica, Brasil, Canadá, Dinamarca, España, Francia, Irlanda, Islandia, Luxemburgo, Nueva Zelandia, Noruega, Países Bajos, Portugal, Sudáfrica, Suecia, el Reino Unido y Uruguay, así como en algunas regiones de México. En mayo, los votantes en Irlanda aprobaron por mayoría abrumadora un referéndum para consagrar el derecho al matrimonio igualitario en la constitución del país. Se espera que la ley en cuestión entre en vigor más adelante este año.
Dittrich inició el debate sobre el matrimonio igualitario como miembro del Parlamento de los Países Bajos en 1994. Tras acalorados debates en el seno del parlamento y la sociedad en general, en 2001 se promulgó una ley sobre matrimonio entre personas del mismo sexo, y los Países Bajos se convirtieron así en el primer país del mundo en reconocer legalmente este tipo de uniones.
“La decisión de la Corte es un motivo de celebración para las parejas del mismo sexo en EE. UU. y para sus familias”, manifestó Dittrich. “Los legisladores de los estados deberían reaccionar rápidamente y derogar las prohibiciones estatales al matrimonio entre personas del mismo sexo, y asegurar que todos aquellos a quienes representan puedan ejercer libremente su derecho constitucional al matrimonio igualitario”.