Personas LGBT de América Central, muchas de las cuales huían de la persecución en su país de origen, atravesaron México en noviembre de 2018 en su trayecto para pedir asilo en Estados Unidos. 

“Vivo cada día con miedo”

Violencia y discriminación contra las personas LGBT en El Salvador, Guatemala y Honduras y obstáculos al asilo en Estados Unidos

Personas LGBT de América Central, muchas de las cuales huían de la persecución en su país de origen, atravesaron México en noviembre de 2018 en su trayecto para pedir asilo en Estados Unidos.  © 2018 Spencer Platt/Getty Images

Resumen

Camila Díaz Córdova, una mujer transgénero de 29 años, intentó durante años escapar de la violencia que había marcado su vida en El Salvador. Llegó a Estados Unidos en 2017 con la intención de pedir asilo, pero tras cuatro meses en detención inmigratoria, en noviembre de ese año fue deportada a El Salvador, donde encontraría la muerte.

El 27 de julio de 2020, un tribunal de El Salvador condenó a tres policías por el asesinato de Díaz. La fiscalía sostuvo que, el 31 de enero de 2019, los agentes la obligaron a subir a la parte trasera de su camioneta, la golpearon y la arrojaron desde el vehículo en movimiento. Falleció días después. El juez determinó que las pruebas, como el registro de GPS del vehículo, el sitio donde se halló el cuerpo de Díaz Córdova y el informe de autopsia establecían la responsabilidad penal de los agentes. Fue la primera vez que se condenó a alguien por el asesinato de una persona transgénero en El Salvador.

Aunque esta sentencia representó un primer paso absolutamente necesario en El Salvador para que se haga justicia por los hechos de violencia contra las personas trans; sigue habiendo delitos motivados por el odio contra personas lesbianas, gais, bisexuales y transgénero (LGBT) allí y en los países vecinos de Honduras y Guatemala. A su vez, en Estados Unidos, el gobierno de Donald J. Trump se ha abocado activamente a cerrar puertas a los solicitantes de asilo, incluidas personas LGBT procedentes de América Central.

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Carlos G.
I arrived with the caravan. I decided to come to the United States to seek asylum. I left Honduras because I was being threatened. The truth is that I was about to lose my life.

Neela Ghoshal
LGBT people in Honduras, El Salvador, and Guatemala suffer discrimination and violence because of their sexual orientation and gender identity and expression. Carlos faced violence and threats. One day he was attacked by gang members.

Carlos G.
One day, I was walking in a dark area and four or five guys came to me and surrounded me, they told me that this day it was my turn. We fought and then they shot me in the back.

Neela Ghoshal
The police came to the hospital but Carlos chose not tell them what happened. In Honduras, as well as in Guatemala and El Salvador, LGBT people often face additional discrimination and sometimes violence from the very law enforcement agents charged with keeping them safe. Carlos himself had faced sexual harassment from the police.

Carlos G.
My interaction with the police has been very different. Because I think the police doesn’t support the LGBT community.

Neela Ghoshal
In late 2018, Carlos left Honduras and travelled through Guatemala and Mexico to seek asylum in the US. 

Carlos G.
We endured a lot of hunger, heat, sleeping on the floor, sleeping in the mountains. I saw how people died, they fell from trucks. It was a very horrible experience.

Neela Ghoshal
Carlos arrived in the US just in time before the country closed its doors to most asylum seekers traveling north. In recent years, the US government has implemented a series of policies that restrict access to asylum and that narrowly interpret the refugee definition in ways that may exclude LGBT people. Most recently, Customs and Border Protection have used the pandemic as cover to turn away most asylum seekers.

Carlos G.
I did receive asylum. But the process was difficult because I was making my case from immigration detention.

Neela Ghoshal
The governments of Honduras, El Salvador and Guatemala should take meaningful steps to protect LGBT people from violence and discrimination. Meanwhile the US should reverse its harmful policies that limit protection for LGBT asylum seekers and allow more people like Carlos to seek safety.

En marzo de 2020, el gobierno de EE. UU. cerró en forma total la frontera sur del país a los solicitantes de asilo, exponiéndolos así a ser perseguidos en sus países de origen o en México. La pandemia de Covid-19 es el pretexto que se usó para el cierre. Sin embargo, durante años, el gobierno del presidente Trump había adoptado medidas cada vez más severas orientadas a impedir que los solicitantes de asilo llegaran a Estados Unidos y a expulsarlos de inmediato si lograban cruzar la frontera. Una de estas medidas fue un programa que obligó a los solicitantes de asilo a permanecer en México durante períodos extensos, con escaso o ningún contacto con abogados, en un intento por frenar a aquellos que hubieran pasado por un tercer país antes de llegar a la frontera de EE. UU., así como una política para trasladar a los solicitantes de asilo a Guatemala, donde no accedían a medidas de protección eficaz. Entre los solicitantes de asilo a quienes afectaron todas estas medidas había personas LGBT, que fueron enviadas de regreso a condiciones prácticamente idénticas a las que existían en los lugares de donde huyeron.

En este informe se documentan actos de violencia y discriminación contra personas LGBT ocurridos en El Salvador, Guatemala y Honduras —que se conocen, en conjunto, como el Triángulo Norte de América Central— y, en algunos casos, en las rutas migratorias que recorren para pedir asilo. Se elaboró a partir de 116 entrevistas con personas LGBT de El Salvador, Guatemala y Honduras y 93 funcionarios públicos, representantes de organizaciones no gubernamentales, funcionarios de las Naciones Unidas, abogados, periodistas y otras partes interesadas.

Las personas LGBT en el Triángulo Norte enfrentan altos niveles de violencia y el derecho interno les reconoce pocas garantías. En los últimos años, un número significativo ha huido de su lugar de origen para emprender peligrosos trayectos y pedir asilo en Estados Unidos. La migración de personas LGBT es algo que ocurre desde hace años, pero recién tuvo repercusión en los medios cuando se sumaron personas LGBT a las “caravanas” de migrantes que, en grupo, se desplazaron hasta la frontera entre EE. UU. y México a comienzos de 2017. Al igual que otros integrantes de las caravanas, las personas LGBT huían de contextos con altos niveles de violencia generalizada. Sin embargo, muchas también huían de la persecución basada en la orientación sexual o la identidad de género.

Human Rights Watch entrevistó a personas LGBT en el Triángulo Norte y procedentes de allí, quienes se refirieron a la compleja red de violencia y discriminación que pone en riesgo su integridad física, limita sus opciones de vida y, en algunos casos, las obliga a huir de sus países. Algunas indicaron haber sufrido violencia por parte de familiares, y esto hizo que se fueran del hogar, incluso a muy temprana edad, con apenas ocho años. Otras contaron incidentes de acoso escolar y discriminación que hicieron que dejaran la escuela o que limitaron sus posibilidades de conseguir logros académicos. Aunque no hay estadísticas sobre la situación económica de las personas LGBT en el Triángulo Norte, muchos de los entrevistados nos dijeron que el rechazo por parte de familiares y la discriminación agravan las probabilidades de marginación económica, sobre todo para las mujeres trans, varias de quienes afirmaron no poder encontrar ningún trabajo que no fuera de índole sexual. A su vez, la situación de pobreza expone a las personas LGBT a un alto riesgo de violencia ejercida por integrantes de pandillas, otras personas en general, policías y miembros de otras fuerzas de seguridad. Y si bien las víctimas de violencia en El Salvador, Guatemala y Honduras en general enfrentan obstáculos considerables cuando intentan obtener algún tipo de reparación —al toparse con la fragilidad institucional, la corrupción y la influencia de las pandillas—, las víctimas LGBT a menudo deben lidiar con una barrera adicional: la del estigma y la discriminación por parte de los mismos funcionarios de aplicación de la ley responsables de garantizar su seguridad.

Ante los altos niveles de violencia y discriminación que enfrentan numerosas personas LGBT en el Triángulo Norte, el gobierno de EE. UU. debería proteger rigurosamente la posibilidad de las y los solicitantes de asilo LGBT de cruzar la frontera hacia Estados Unidos y pedir asilo. En vez de ello, el gobierno de Trump ha interpuesto una serie de obstáculos, que parecen ser interminables, y esto cerca toda vía posible de llegar a un contexto de seguridad para las personas LGBT.

Camila Díaz Córdova, al igual que muchas otras personas más, no tenía que morir. La responsabilidad por su muerte le corresponde, ante todo, a los policías salvadoreños que la asesinaron, pero también le cabe responsabilidad al Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (Immigration and Customs Enforcement, ICE) de Estados Unidos por no haberle dado a Camila la posibilidad de plantear su solicitud de asilo. Esto hizo que la deportaran a un sitio donde su vida estaba en peligro.

Human Rights Watch insta al Gobierno de EE. UU. a revertir las políticas perniciosas que prácticamente han bloqueado el acceso al asilo para las y los solicitantes LGBT y demás solicitantes de asilo procedentes del Triángulo Norte, incluida la orden emitida en marzo de 2020 por los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (Centers for Disease Control and Prevention, CDC) que cierra la frontera sur de EE. UU. a los solicitantes de asilo. Los jueces de inmigración en Estados Unidos deben tener presentes las múltiples formas de violencia y discriminación que enfrentan las personas LGBT del Triángulo Norte y deben hacer cumplir la Convención sobre Refugiados de 1951 y su Protocolo de 1967 al seguir reconociendo a las personas LGBT como miembros de un grupo social que es vulnerable a la persecución.

Los gobiernos de El Salvador, Guatemala y Honduras deben asegurar que rindan cuentas los funcionarios públicos que cometan actos de violencia o discriminación debido a la orientación sexual o la identidad de género, o que sean cómplices de estos actos. A su vez, deben adoptar medidas concretas y acordes con el respeto de los derechos humanos, a través de la reforma de leyes o políticas, para prevenir la discriminación por estos motivos en todos los sectores, incluidos los de empleo, educación, vivienda, atención de la salud y acceso a bienes y servicios. Deben fortalecer los sistemas existentes para el seguimiento y la investigación de delitos basados en la animadversión hacia las personas LGBT. Asimismo, cuando haya leyes sobre delitos motivados por el odio, deben procesar penalmente estos hechos como delitos de odio y asegurar que los agresores respondan por sus actos. Deben establecer procedimientos administrativos para el reconocimiento legal del género que permitan a las personas trans obtener documentos que reflejen su identidad de género, sin trámites engorrosos innecesarios. Sus líderes deben realizar declaraciones inequívocas de apoyo a los derechos de las personas LGBT, incluidos los derechos a no sufrir discriminación y a no sufrir violencia.

Cada día que pasa sin la debida protección, se expone la vida de las personas LGBT del Triángulo Norte al riesgo de persecución y abuso. Estados Unidos y los gobiernos del Triángulo Norte están obligados a adoptar medidas para proteger a estas personas.

Glosario

Bisexual: Orientación sexual de una persona que se siente atraída sexual o afectivamente tanto hacia hombres como hacia mujeres.

Cisgénero: Término que denota o guarda relación con una persona cuya percepción de identidad personal y género coincide con el sexo asignado al nacer.

Gay: Sinónimo de homosexual en muchas partes del mundo. En este informe, se usa específicamente en referencia a la orientación sexual de un hombre cuya principal atracción sexual o afectiva es hacia otros hombres.

Género: Códigos sociales y culturales (que se relacionan con las ideas sobre el sexo biológico, pero no se corresponden con estas) empleados para distinguir lo que la sociedad concibe como “feminidad” y “masculinidad”.

Identidad de género: El sentimiento interno y profundo de una persona de ser hombre o mujer, hombre y mujer o algo distinto de hombre o mujer.

Heterosexual: La orientación sexual de una persona que se siente principalmente atraída, en lo sexual o lo afectivo, hacia personas de otro sexo.

Homofobia: Temor, desprecio o discriminación con respecto a las personas homosexuales y la homosexualidad que, por lo general, se basa en estereotipos negativos sobre la homosexualidad.

Homosexual: La orientación sexual de una persona que se siente principalmente atraída, en lo sexual o lo afectivo, hacia personas del mismo sexo.

Intersexual: Término general que alude a diversos rasgos y condiciones que hacen que una persona nazca con cromosomas, gónadas y/o genitales que difieren de lo que suele considerarse habitual para los cuerpos femeninos o masculinos.

LGBT: Personas lesbianas, gais, bisexuales y transgénero; un término inclusivo para grupos e identidades que suelen agruparse también como “minorías sexuales y de género”.

LGBTI/LGBTQ/LGBTIQ/LGBTQI: Términos generales utilizados para referirse de manera inclusiva a las personas lesbianas, gais, bisexuales y transgénero conjuntamente con quienes son queer y/o intersexuales.

No binario: La identidad de género de personas que no se identifican como hombres ni como mujeres.

Queer: Término general inclusivo que abarca múltiples identidades y que a veces se usa en forma indistinta con “LGBTQ”. También se utiliza para describir divergencias respecto de las normas heterosexuales y cisgénero sin especificar nuevas categorías de identidad.

Orientación sexual: Forma en que se manifiestan los deseos sexuales o afectivos de una persona. El término describe si a una persona le atraen principalmente las personas del mismo o de otro sexo, ambas o algo distinto.

Violencia sexual: Todo acto sexual, intento de obtener un acto sexual u otro acto contra la sexualidad de una persona ejercido mediante coerción por cualquier persona, independientemente de cuál sea su relación con la víctima y del contexto[1].

Transgénero: La identidad de género de personas cuyo sexo asignado al nacer no coincide con el género con el cual se identifican o según el cual viven. Una persona transgénero por lo general adopta, o preferiría adoptar, una expresión de género que coincida con su identidad de género pero tal vez no desee modificar en forma permanente sus características físicas para adecuarlas a su identidad de género.

Hombres transgénero: Personas designadas como de sexo femenino al nacer, pero que se identifican y pueden presentarse como hombres. Al referirse a hombres transgénero, en general se utilizan pronombres masculinos.

Mujeres transgénero: Personas designadas como de sexo masculino al nacer, pero que se identifican y pueden presentarse como mujeres. Al referirse a mujeres transgénero, en general se utilizan pronombres femeninos.

Transfobia: Temor, desprecio o discriminación con respecto a las personas transgénero que, por lo general, se basa en estereotipos negativos sobre la identidad transgénero.

Travesti: Término que presenta distintos significados según el contexto cultural, pero que en América Central en general lo emplean personas a quienes les asignaron el sexo masculino al nacer y que transitan al género femenino. Los travestis no siempre se identifican como mujeres y, a veces, utilizan el término para denotar una identidad política.

 

Recomendaciones

Recomendaciones al Gobierno de Estados Unidos

Al Poder Ejecutivo

  • Desistir del uso de aranceles, sanciones comerciales, ayuda exterior y demás medidas para presionar a otros países a suscribir acuerdos como “terceros países seguros”, sobre todo si estos países no están en condiciones de brindar protección jurídica o física efectiva a los solicitantes de asilo.

Al Fiscal General

  • Expresar claramente que Estados Unidos tiene previsto cumplir con lo establecido en el derecho estadounidense y en las normas internacionales sobre refugiados, reconociendo que la persecución por motivos de orientación sexual e identidad de género constituyen un fundamento legítimo para el otorgamiento del asilo.
  • Expresar claramente que Estados Unidos tiene previsto cumplir con lo establecido en el derecho estadounidense y en las normas internacionales sobre refugiados, reconociendo que las personas que huyen de situaciones de violencia doméstica en Estados donde no existe la posibilidad o la voluntad de brindarles protección adecuada tienen un fundamento legítimo para que se les otorgue el asilo.
  • Expresar claramente que Estados Unidos tiene previsto cumplir con lo establecido en el derecho estadounidense y en las normas internacionales sobre refugiados, reconociendo que las personas que huyen de la violencia de pandillas en Estados donde no existe la posibilidad o la voluntad de brindarles protección adecuada tienen un fundamento legítimo para que se les otorgue el asilo.

A los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC)

  • Cancelar la Norma Final Interina que se publicó en el Boletín Federal el 24 de marzo de 2020, así como la Orden de los CDC del 20 de marzo de 2020 sobre “Suspensión del ingreso de ciertas personas de países donde exista una enfermedad transmisible”, y asegurar que toda reglamentación vinculada con la salud pública relativa al ingreso de personas extranjeras reconozca la obligación de EE. UU. de proteger a los refugiados de que regresen a un contexto donde puedan ser perseguidos o quedar expuestos a torturas o condiciones o castigos crueles, inhumanos o degradantes, o amenazas a la vida y la integridad física.

Al Departamento de Seguridad Nacional

  • Retirar el proyecto de Norma sobre Obstáculos y Procesamiento relativos a Seguridad (Rule on Security Bars and Processing), que privaría de la posibilidad de asilo y de la suspensión de expulsiones a los “ciudadanos extranjeros cuyo ingreso suponga un riesgo de mayor propagación de enfermedades o condiciones infecciosas o altamente contagiosas, en razón de emergencias de salud pública declaradas en Estados Unidos o debido a condiciones en el país de origen o en el punto de embarque hacia Estados Unidos”.
  • Cancelar el proyecto de norma federal que modificaría las reglamentaciones relativas a los estándares y procedimientos sobre asilo, suspensión de expulsiones, temor creíble y temor razonable.
  • Poner fin al Protocolo de Protección de Migrantes (PPM). Hasta tanto eso ocurra, adoptar reglamentaciones que aclaren que las personas lesbianas, gais, bisexuales y transgénero (LGBT), cuya seguridad en México no puede garantizarse, están incluidas en los grupos vulnerables excluidos de tal protocolo.
  • Poner fin a la Revisión Rápida de Solicitudes de Asilo (Asylum Claim Review, PACR) a fin de asegurar que todos los solicitantes de asilo, incluidas las personas LGBT, tengan la posibilidad de presentar sus solicitudes ante un representante del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas y puedan obtener asesoramiento legal.
  • Poner fin al sistema de “cupos (metering)” implementado por la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza, que limita la cantidad de personas que se permite que ingresen cada día en Estados Unidos para plantear su caso de asilo.
  • Poner fin a los Acuerdos de Cooperación sobre Asilo con Guatemala, Honduras y El Salvador, al reconocer que ninguno de estos países cumple los criterios de tercer país seguro para los solicitantes de asilo, incluidos aquellos que son personas LGBT.
  • Priorizar los recursos de modo que en los puntos de ingreso en la frontera entre EE. UU. y México se puedan tramitar y considerar las solicitudes de asilo de manera justa y oportuna.

Al Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE, un organismo que forma parte del Departamento de Seguridad Nacional)

  • Poner fin a todas las detenciones innecesarias por motivos migratorios. En casos en los cuales la detención está justificada en función del riesgo o el peligro de fuga demostrado por el gobierno a un juez de inmigración, que debe revisarse con regularidad, ubicar a los inmigrantes detenidos en áreas más accesibles para sus familias, abogados y los servicios de apoyo comunitarios. Brindar a las personas que estén a disposición del ICE información redactada en su propio idioma, incluidas las órdenes de expulsión y otros documentos que se les pueda pedir que firmen.

Al Congreso

  • Prohibir que se usen fondos para implementar los Protocolos de Protección de Migrantes, la Revisión Rápida de Solicitudes de Asilo, los Acuerdos de Cooperación sobre Asilo y cualquier otra ulterior revisión de tales protocolos y acuerdos que obstaculizan el acceso al derecho a pedir asilo en Estados Unidos.
  • Ejercer su potestad de supervisión realizando audiencias en las que se aborde el cumplimiento, por parte de Estados Unidos, de sus responsabilidades en materia de asilo y protección, así como sobre los riesgos que experimentan las personas LGBT que son obligadas a esperar en México por extensos períodos antes de poder pedir asilo, trasladadas a Guatemala o deportadas de Estados Unidos a sus países de origen.
  • Aprobar la Ley “GLOBE” sobre Mayor Liderazgo en el Extranjero en Beneficio de la Ley de Igualdad de 2019 (H.R. 3874, S. 3004 – Greater Leadership Overseas for the Benefit of Equality Act of 2019 [GLOBE]), que establecería para la diplomacia estadounidense un marco de protección de los derechos humanos de las personas LGBT a nivel mundial.

Al Departamento de Estado

  • Conceder los pedidos pendientes de los Procedimientos Especiales de las Naciones Unidas y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos para visitar la frontera entre EE. UU. y México con el fin de llevar a cabo la comunicación y el seguimiento de políticas y prácticas que afecten el derecho internacionalmente reconocido a solicitar asilo.
  • Brindar asistencia económica y técnica a mecanismos de rendición de cuentas en El Salvador, Guatemala y Honduras orientados a investigar y documentar delitos basados en prejuicios, incluso dentro del ámbito de las dependencias del Ministerio Público y las instituciones nacionales de derechos humanos.
  • Brindar apoyo económico y técnico a organizaciones lideradas por personas LGBT en el Triángulo Norte en todos los aspectos de su labor, incluidos los relativos a la documentación de violaciones de derechos humanos, incidencia, empoderamiento económico y provisión de servicios.
  • Hablar en forma pública en apoyo a los derechos de las personas LGBT en el Triángulo Norte e instar a los gobiernos del Triángulo Norte a adoptar políticas para combatir la violencia y la discriminación contra las personas LGBT.

A la Agencia Estadounidense para el Desarrollo Internacional (United States Agency for International Development, USAID)

  • Proporcionar fondos para servicios destinados a personas LGBT que sean víctimas de hechos de violencia en el Triángulo Norte, incluidos albergues, asistencia psicosocial y programas que les permitan generar medios de vida.
  • Incrementar el apoyo económico y técnico a organizaciones lideradas por personas LGBT en el Triángulo Norte en todos los aspectos de su labor, incluidos los relativos a la documentación de violaciones de derechos humanos, incidencia, empoderamiento económico y provisión de servicios.
  • Brindar asistencia de emergencia a personas LGBT y defensores de derechos humanos que trabajan en temas vinculados con el género y la sexualidad en el Triángulo Norte cuando enfrenten riesgos para la seguridad.

 

Recomendaciones al Gobierno de El Salvador

Al presidente y al Poder Ejecutivo

  • Crear una institución especializada a la cual se encomiende trabajar para erradicar la discriminación contra las personas LGBT, promover políticas públicas inclusivas, asegurar el trato igualitario en la provisión de servicios e incrementar la concienciación y sensibilización con respecto a la orientación sexual y la identidad de género. El gobierno debe dotar a esta institución de un presupuesto operativo y recursos suficientes para lograr sus objetivos.
  • Tratar de manera directa con las organizaciones de la sociedad civil que promueven y defienden los derechos de las personas LGBT para analizar las formas más eficaces de reforzar la protección de esos derechos.
  • Rescindir el Acuerdo de Cooperación sobre Asilo firmado con Estados Unidos.
  • Asegurar el cumplimiento riguroso del Decreto 56 de 2010 que prohíbe la discriminación en el poder ejecutivo y exigir que todos los ministerios y otros organismos gubernamentales prohíban la discriminación por motivos de orientación sexual e identidad de género en las acciones de selección, contratación y en todas las demás actividades, y adopten medidas para contrarrestar la discriminación sistémica contra las personas LGBT.

A la Fiscalía General de la República

  • Llevar a cabo investigaciones oportunas, exhaustivas e independientes sobre delitos perpetrados contra personas LGBT a fin de que los agresores respondan ante la justicia.
  • Trabajar en el monitoreo y la evaluación de los sistemas existentes para el seguimiento de los delitos motivados por prejuicios. Asegurar que a todos los funcionarios que reciben denuncias, incluidos policías y fiscales, se les brinde capacitación sobre orientación sexual e identidad de género, a fin de que puedan identificar con mayor eficacia estos delitos; y que pregunten de manera sistemática a las personas denunciantes si es posible que ellas (o las víctimas) hayan sido agredidas en razón de su orientación sexual o identidad de género.
  • Capacitar a jueces y fiscales sobre los delitos de odio, incluidos los elementos que constituyen un delito de odio conforme al derecho salvadoreño, a fin de que los delitos motivados por prejuicios se juzguen como tales.

A la Asamblea Legislativa

  • Aprobar leyes civiles integrales contra la discriminación que incluyan de manera expresa la orientación sexual y la identidad de género como clases protegidas y que abarquen a sectores como, entre otros, los de educación, empleo, salud y vivienda. Asimismo, asegurar que las leyes civiles contra la discriminación que ya existan también se apliquen a la discriminación por motivos de orientación sexual e identidad de género.
  • Aprobar una ley sobre identidad de género que permita a las personas cambiar el componente sexo que figura en sus documentos oficiales a través de un proceso administrativo sencillo, como la presentación de una solicitud ante el Registro Civil. Para el reconocimiento legal del género no deben imponerse requisitos engorrosos que resulten violatorios de derechos, como la exigencia de someterse a divorcio, cirugías o evaluaciones psiquiátricas antes de que una persona pueda modificar el componente sexo.

Al Ministerio de Justicia y Seguridad Pública

  • En colaboración con las organizaciones de la sociedad civil que trabajan por los derechos de las personas LGBT, brindar capacitación a policías y otro personal del ministerio con respecto a su obligación de respetar y proteger los derechos de las personas LGBT.

Al Ministerio de Desarrollo Local

  • Establecer servicios de asistencia destinados a personas jóvenes, incluidas niñas, niños, adolescentes y adultos jóvenes, que sean expulsados de su hogar por motivos vinculados con la orientación sexual o la identidad de género, incluidas medidas de albergue, servicios de orientación, servicios educativos y capacitación para el empleo.

Al Ministerio de Educación

  • Asegurar el cumplimiento de políticas que exijan que todas las escuelas, públicas y privadas, no discriminen a los estudiantes por su orientación sexual, su identidad o expresión de género.
  • Asegurar el cumplimiento de políticas contra el acoso escolar que exijan que todas las escuelas adopten medidas para prevenir instancias de este tipo de acoso por la orientación sexual, la identidad de género y la expresión de género, incluso por parte del personal y los docentes, y que respondan cuando estos hechos ocurran.
  • Asegurar que todos los planes de estudio, incluidos los contenidos sobre educación integral en sexualidad, abarquen la diversidad sexual y de género y favorezcan su aceptación.
  • Ofrecer a los estudiantes que hayan abandonado los estudios antes de terminar la escuela secundaria, incluidas las personas LGBT, oportunidades para concluir su formación de nivel secundario, y entablar contacto con las organizaciones de personas LGBT para que los adultos jóvenes de la comunidad LGBT tengan conocimiento de tales oportunidades.

Al Ministerio de Trabajo

  • Reanudar el diálogo con las organizaciones de la sociedad civil LGBT con respecto a la creación de programas para ofrecer oportunidades laborales y capacitación para el empleo a personas LGBT.

A la Dirección General de Estadística y Censos

  • Asegurar que se recopilen datos sobre discriminación, marginación económica y exclusión social por motivos de orientación sexual e identidad de género, así como datos sobre el impacto de dicha exclusión para el desarrollo económico y el bienestar individual.

Recomendaciones al Gobierno de Guatemala

Al presidente y al Poder Ejecutivo

  • Rescindir el Acuerdo de Cooperación sobre Asilo firmado con Estados Unidos.
  • A través de la Secretaría de Planificación y Programación, formular políticas que promuevan la protección y la promoción de los derechos humanos de las personas LGBT. Tratar de manera directa con las organizaciones de la sociedad civil que promueven y defienden los derechos de las personas LGBT para analizar las formas más eficaces de reforzar la protección de esos derechos.
  • Cumplir el compromiso expresado en noviembre de 2012 a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de establecer una política pública integral que garantice a las personas LGBT e intersexuales el goce de sus derechos.
  • Expresar apoyo en forma pública a la labor de la Procuraduría de los Derechos Humanos orientada a propugnar la protección de los derechos de las personas LGBT.
  • Exigir que todos los ministerios y otros organismos gubernamentales prohíban la discriminación por motivos de orientación sexual e identidad de género en las acciones de selección, contratación y en todas las demás actividades, y adopten medidas para contrarrestar la discriminación sistémica contra las personas LGBT.

Al Ministerio Público

  • Llevar a cabo investigaciones oportunas, exhaustivas e independientes sobre delitos perpetrados contra personas LBGT a fin de que los agresores respondan ante la justicia.
  • Emitir pautas orientativas que indiquen que la Ley contra el Femicidio se aplica a la violencia contra las mujeres transgénero.
  • Trabajar en el monitoreo y la evaluación de los sistemas existentes para el seguimiento de los delitos motivados por prejuicios. Asegurar que a todos los funcionarios que reciben denuncias, incluidos policías y fiscales, se les brinde capacitación sobre orientación sexual e identidad de género, a fin de ayudarlos a identificar estos delitos. Asimismo, se debe asegurar que pregunten de manera sistemática a las personas denunciantes si es posible que ellas (o las víctimas) hayan sido agredidas por su orientación sexual o identidad de género.

Al Congreso de la República

  • Aprobar la Iniciativa de Ley 5674 de 2019 que propone prevenir y sancionar los delitos por prejuicio contra las personas LGBT.
  • Cancelar la consideración de la Iniciativa de Ley 5272 de 2017 sobre la “Protección a la Vida y la Familia.”
  • Interrumpir los esfuerzos orientados a destituir al actual Procurador de los Derechos Humanos por la posición que este ha adoptado en respaldo de los derechos de las personas LGBT y el acceso al aborto.
  • Aprobar leyes civiles integrales contra la discriminación que incluyan de manera expresa la orientación sexual y la identidad de género como clases protegidas y que abarquen a sectores como los de educación, empleo, salud y vivienda, entre otros. Asimismo, asegurar que las leyes civiles contra la discriminación que ya existan también se apliquen a la discriminación por motivos de orientación sexual e identidad de género.
  • Aprobar una ley sobre identidad de género que permita a las personas cambiar el componente sexo que figura en sus documentos oficiales a través de un proceso administrativo sencillo, como la presentación de una solicitud ante el Registro Civil. Para el reconocimiento legal del género no deben imponerse requisitos engorrosos que resulten violatorios de derechos, como la exigencia de someterse a divorcio, cirugías o evaluaciones psiquiátricas antes de que una persona pueda modificar el componente sexo.

Al Ministerio de Gobernación

  • Adoptar una reglamentación que prohíba de manera clara la discriminación por motivos de orientación sexual o identidad de género y asegurar que los agentes de aplicación de la ley que participen en este tipo de discriminación respondan por sus actos.
  • Trabajar en el monitoreo y la evaluación de los sistemas existentes para el seguimiento de los delitos motivados por prejuicios. Asegurar que a todos los funcionarios que reciben denuncias, incluidos policías y fiscales, se les brinde capacitación sobre orientación sexual e identidad de género, a fin de ayudarlos a identificar estos delitos. Asimismo, asegurar que pregunten de manera sistemática a las personas denunciantes si es posible que ellas (o las víctimas) hayan sido agredidas en razón de su orientación sexual o identidad de género.

Al Ministerio de Desarrollo Social

  • Establecer servicios de asistencia destinados a personas jóvenes, incluidas niñas, niños, adolescentes y adultos jóvenes, que sean expulsados de su hogar por motivos vinculados con la orientación sexual o la identidad de género, como medidas de albergue, servicios de orientación, servicios educativos y capacitación para el empleo.

Al Ministerio de Educación

  • Adoptar una política contra la discriminación que exija que todas las escuelas, públicas y privadas, no discriminen a los estudiantes en función de la orientación sexual, la identidad de género o la expresión de género.
  • Adoptar políticas contra el acoso escolar que exijan que todas las escuelas establezcan medidas para prevenir instancias de este tipo de acoso por motivos de la orientación sexual, la identidad de género y la expresión de género.
  • Asegurar que todos los planes de estudio, incluidos los contenidos sobre educación integral en sexualidad, abarquen la diversidad sexual y de género y favorezcan su aceptación.
  • Ofrecer a los estudiantes que hayan abandonado los estudios antes de terminar la escuela secundaria, incluidas las personas LGBT, oportunidades para concluir su formación de nivel secundario, y entablar contacto con las organizaciones de personas LGBT para que los adultos jóvenes de la comunidad LGBT tengan conocimiento de tales oportunidades.

Al Ministerio de Trabajo

·       Lanzar una campaña pública para informar a empleadores y personas que buscan empleo que la discriminación por motivos de orientación sexual o identidad de género es ilegal en Guatemala.

Al Instituto Nacional de Estadística

  • Asegurar que se recopilen datos sobre discriminación, marginación económica y exclusión social por motivos de orientación sexual e identidad de género, así como sobre el impacto de dicha exclusión para el desarrollo económico y el bienestar individual.

Recomendaciones al Gobierno de Honduras

Al presidente y al Poder Ejecutivo

  • Rescindir el Acuerdo de Cooperación sobre Asilo firmado con Estados Unidos.
  • Prohibir que la Policía Militar del Orden Público intercepte y registre a civiles en retenes y en las calles.
  • Exigir que todos los ministerios y otros organismos gubernamentales prohíban la discriminación por motivos de orientación sexual e identidad de género en las acciones de selección, contratación y en todas las demás actividades, y adopten medidas para contrarrestar la discriminación sistémica contra las personas LGBT.

A la Fiscalía General de la República

  • Llevar a cabo investigaciones oportunas, exhaustivas e independientes sobre delitos perpetrados contra personas LGBT a fin de que los agresores respondan ante la justicia.
  • Trabajar en el monitoreo y la evaluación de los sistemas existentes para el seguimiento de los delitos motivados por prejuicios. Asegurar que a todos los funcionarios que reciben denuncias, incluidos policías y fiscales, se les brinde capacitación sobre orientación sexual e identidad de género, a fin de ayudarlos a identificar estos delitos. Asimismo, asegurar que pregunten de manera sistemática a las personas denunciantes si es posible que ellas (o las víctimas) hayan sido agredidas en razón de su orientación sexual o identidad de género.
  • Capacitar a jueces y fiscales sobre los elementos de los delitos de odio, a fin de que los delitos motivados por prejuicios se juzguen como tales.

A las secretarías de Seguridad Pública y Defensa

  • Adoptar una reglamentación que prohíba de manera clara la discriminación por motivos de orientación sexual o identidad de género y asegurar que los agentes de aplicación de la ley y militares que participen en este tipo de discriminación respondan por sus actos.

Al Congreso Nacional

  • Aprobar leyes civiles integrales contra la discriminación que incluyan de manera explícita la orientación sexual y la identidad de género como clases protegidas y que abarquen a sectores como, entre otros, los de educación, empleo, salud y vivienda.
  • Aprobar una ley sobre identidad de género que permita a las personas cambiar el componente sexo que figura en sus documentos oficiales a través de un proceso administrativo sencillo, como la presentación de una solicitud ante el Registro Civil. Para el reconocimiento legal del género no deben imponerse requisitos engorrosos que resulten violatorios de derechos, como la exigencia de someterse a divorcio, cirugías o evaluaciones psiquiátricas antes de que una persona pueda modificar el componente sexo.

A la Secretaría de Derechos Humanos, en colaboración con la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia

  • Establecer servicios de asistencia destinados a personas jóvenes, incluidas niñas, niños, adolescentes, y adultos jóvenes, que sean expulsados de su hogar por motivos vinculados con la orientación sexual o la identidad de género, como medidas de albergue, servicios de orientación, servicios educativos y capacitación para el empleo.

A la Secretaría de Educación

  • Adoptar una política contra la discriminación que exija que todas las escuelas, públicas y privadas, no discriminen a los estudiantes en función de la orientación sexual, la identidad de género o la expresión de género.
  • Adoptar políticas contra el acoso escolar que exijan que todas las escuelas establezcan medidas para prevenir instancias de este tipo de acoso por motivos de orientación sexual, identidad de género y la expresión de género.
  • Crear un sistema para recopilar y publicar datos sobre acoso escolar motivado por la orientación sexual y la identidad de género.

A la Secretaría de Trabajo, en conjunto con el Comisionado Nacional de los Derechos Humanos

  • En colaboración con las organizaciones de personas LGBT, realizar una investigación de alcance nacional sobre señalamientos de discriminación en el empleo por motivos de orientación sexual e identidad de género, y sancionar a los empleadores que violen las leyes nacionales realizando acciones discriminatorias.
  • Llevar a cabo una campaña pública de mensajes para que empleadores y personas LGBT tengan presente la ley que prohíbe la discriminación en el empleo por motivos de orientación sexual e identidad de género.

 

 

Metodología

El presente informe se elaboró a partir de investigaciones primerias realizadas en 2019 y principios de 2020 en El Salvador, Guatemala, Honduras, México y Estados Unidos. La investigación se conceptualizó a comienzos de 2019, tras la llegada de varias caravanas de migrantes y solicitantes de asilo —las cuales iniciaban el recorrido en Honduras y pasaban por El Salvador, Guatemala y México antes de llegar a la frontera sur de EE. UU.— que dieron visibilidad a las violaciones específicas de derechos humanos que afectan a las personas LGBT del Triángulo Norte con tanta intensidad que hacen que muchas tomen la difícil y riesgosa decisión de irse de su país.

Ante las experiencias comunes de las personas LGBT solicitantes de asilo provenientes del Triángulo Norte, y las similitudes que hay entre sus países de origen con relación a las protecciones legales (o más bien, la falta de estas) y formas de violencia comunes, Human Rights Watch decidió investigar la violencia y la discriminación en los tres países.

Esta investigación tuvo dos objetivos principales. El primero fue contribuir a preservar o mejorar el acceso al asilo en Estados Unidos brindando información precisa y confiable, basada en testimonios directos, a quienes adoptan medidas en Estados Unidos y a los jueces y abogados inmigratorios con respecto a las condiciones en los países de los cuales huyen las personas LGBT procedentes del Triángulo Norte. El segundo fue utilizar el informe en la labor de incidencia que se desarrolla con organizaciones regionales, nacionales y locales de defensa de los derechos de las personas LGBT y otros derechos humanos en el Triángulo Norte para promover reformas en los países que pongan coto a la violencia y la discriminación.

Una investigadora de Human Rights Watch realizó entrevistas en El Salvador (San Salvador, La Unión y San Miguel) en mayo y julio de 2019; en Guatemala (Ciudad de Guatemala, Huehuetenango, Jalapa, Guastatoya y Quetzaltenango) en mayo y agosto de 2019; y en Honduras en mayo y agosto de 2019 (Tegucigalpa, Comayagüela, San Pedro Sula y El Progreso). En estos lugares, entrevistó a personas LGBT que habían sido víctimas de violaciones de derechos humanos, a representantes de organizaciones LGBT y de otras organizaciones de derechos humanos, a funcionarios públicos y a funcionarios de las Naciones Unidas.

Los investigadores de Human Rights Watch también entrevistaron a solicitantes de asilo LGBT y miembros de organizaciones que les brindan representación legal y otro tipo de apoyo en México (Tijuana) y Estados Unidos (Los Ángeles y Washington D.C.), hablaron por teléfono con activistas LGBT del Triángulo Norte que habían intentado refugiarse en Suiza y España, y se comunicaron por teléfono y correo electrónico con un amplio abanico de organizaciones que trabajan en cuestiones vinculadas con las personas LGBT y con las personas refugiados en Estados Unidos.

En total, Human Rights Watch entrevistó a 116 víctimas de abusos contra las personas LGBT[2].

País de origen

Mujeres lesbianas o bisexuales

Hombres gais o bisexuales

Mujeres trans

Hombres trans

Persona no binaria u otra

Total

El Salvador

2

10

17

9

1 persona no binaria, 2 personas travestis

41

Guatemala

7

23

19

1

1 persona travesti

51

Honduras

6

5

9

3

1 persona no binaria

24

Dos de las personas entrevistadas eran solicitantes de asilo o refugiadas a quienes Human Rights Watch entrevistó en México y Estados Unidos en diciembre de 2019 y enero de 2020.

La investigación se enfoca en la violencia y la marginación económica, que exponen a las personas LGBT a un mayor riesgo de violencia. Por tal motivo, el informe incluye casos de discriminación en la educación y el empleo, pero no incluye otras formas de discriminación como, por ejemplo, en los entornos médicos. Aunque sí se documentaron varios casos de este tipo de discriminación, como acoso sexual por parte de proveedores de atención de la salud por motivos de orientación sexual o identidad de género, estos incidentes no contribuían claramente a la marginación económica o la violencia física. La exclusión de estos incidentes no pretende sugerir que no sean violaciones graves de derechos humanos que ameritan una investigación y un análisis más exhaustivos.

Las personas entrevistadas que habían sido víctimas de violaciones de derechos humanos fueron contactadas con la ayuda de organizaciones nacionales de derechos de personas LGBT en El Salvador, Guatemala y Honduras, o con el apoyo de abogados inmigratorios y organizaciones que brindan servicios de apoyo a solicitantes de asilo y refugiados en México y Estados Unidos. Las entrevistas las realizaron en español por investigadores de Human Rights Watch que hablan ese idioma. La mayoría de las entrevistas se llevaron a cabo en forma individual en espacios privados, aunque algunas se realizaron en grupos reducidos de personas que se conocían y que afirmaron sentirse cómodas hablando juntas. No se proporcionó a las personas entrevistadas ninguna compensación.

Aunque Human Rights Watch intentó entrevistar a personas de todo el espectro LGBT, la mayoría de los entrevistados fueron personas trans u hombres gais. Esto se debe a varias razones.

En primer lugar, buscamos deliberadamente identificar casos de violencia y, en muchas partes del mundo, las mujeres trans y los hombres gais suelen estar entre los más expuestos al riesgo de ser blanco de violencia por transgredir las normas de género. En segundo lugar, las mujeres lesbianas y bisexuales suelen estar menos conectadas con organizaciones de derechos de personas LGBT. Las organizaciones lideradas por mujeres queer reciben escasos fondos de donantes, es posible que las mujeres se sientan alienadas o excluidas por organizaciones dirigidas o dominadas por hombres y, además, las mujeres suelen tener mayores dificultades para obtener el grado de independencia de sus familias que les permita participar en organizaciones LGBT. La tendencia en las personas que integran nuestro grupo de entrevistados no debe llevar a pensar que las mujeres lesbianas y bisexuales en el Triángulo Norte no son víctimas de violencia y discriminación debido a su orientación sexual. Es posible que esa violencia ocurra en la esfera “privada”, sea ejercida por familiares o parejas íntimas y no se denuncie nunca a la policía ni a organizaciones de derechos humanos.

Human Rights Watch también entrevistó a otras 93 personas que tenían conocimiento de violaciones de derechos humanos que afectaban a personas LGBT en el Triángulo Norte o durante el proceso de solicitud de asilo en Estados Unidos, incluidos funcionarios públicos, funcionarios de las Naciones Unidas, activistas de derechos humanos, periodistas y abogados.

Asimismo, Human Rights Watch llevó a cabo un análisis de fuentes bibliográficas, como informes publicados por organizaciones LGBT en el Triángulo Norte y Estados Unidos, informes de órganos regionales e internacionales como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y agencias de las Naciones Unidas, informes del Departamento de Estado de EE. UU. y sentencias judiciales de países del Triángulo Norte y de Estados Unidos.

Human Rights Watch envió pedidos de información a los gobiernos de El Salvador, Guatemala y Honduras en julio de 2019, en los cuales solicitó conocer datos sobre la cantidad de casos de violencia contra las personas LGBT que se habían denunciado a la policía, el número en el cual se habían iniciado acciones penales y la cantidad de condenas obtenidas, y nuevamente en septiembre de 2020, solicitando más información sobre los esfuerzos para combatir la violencia y la discriminación por motivos de identidad de género y orientación sexual. Los tres gobiernos enviaron respuestas y en las secciones sobre países de este informe se brinda un análisis más detallado de la información proporcionada. Las respuestas también se incluyen en este informe como anexos. Durante la preparación de este informe, Human Rights Watch se comunicó además por correo electrónico con representantes gubernamentales que contestaron información sobre casos específicos.

Human Rights Watch no realizó investigaciones exhaustivas en México y, por lo tanto, no incluyó en este informe recomendaciones dirigidas al gobierno mexicano. Sin embargo, muchas personas LGBT entrevistadas informaron sobre violaciones que se produjeron en México, tanto en el trayecto hacia Estados Unidos como en casos en los que personas LGBT del Triángulo Norte intentaron refugiarse brevemente en México, ya sea al pedir asilo formalmente o al vivir en México sin documentos, antes de regresar a sus países de origen.

I. Antecedentes

El Salvador, Guatemala y Honduras, que integran el Triángulo Norte de América Central, están entre los países del mundo con las tasas de homicidio más altas[3]. La violencia vinculada con pandillas, en gran parte exportada desde Estados Unidos como resultado de anteriores deportaciones de miembros de pandillas callejeras que se formaron inicialmente en ciudades estadounidenses en las décadas de 1980 y 1990, es un problema que persiste y sigue extendiéndose[4]. Decenas de pandillas locales y transnacionales tienen presencia en cada uno de estos países, donde controlan el lucrativo comercio local de estupefacientes y emplean la violencia como herramienta para obtener dinero mediante extorsiones y así conseguir que se cumplan sus reglas. Las pandillas con mayor presencia son Mara Salvatrucha 13, también conocida como MS-13, y la mara Barrio 18, o Mara 18, que en la actualidad funciona como dos facciones distintas[5].

La violencia ocasionada por las pandillas representa un peligro para los residentes de los países del Triángulo Norte de cualquier clase social, pero afecta particularmente a las personas que viven en vecindarios de bajos recursos, muchos de los cuales, en la práctica, están bajo el control de las maras[6]. Son pocos los casos en los cuales la policía investiga hechos de violencia vinculada con pandillas, y la mayoría de los homicidios nunca se juzgan[7]. En algunos casos, las pandillas actúan deliberadamente contra personas LGBT. Matan, agreden, amenazan o extorsionan a estas personas por motivos que, según dijeron entrevistados a Human Rights Watch, pueden estar vinculados con la animadversión hacia las personas LGBT, la intención de imponer el control o el dominio social o porque las bandas advierten que las personas LGBT, sobre todo aquellas de sectores de bajos recursos, suelen contar con sistemas de contención social frágiles para protegerse.

La violencia en el Triángulo Norte está asociada con factores económicos. Lo mismo cabe decir con respecto a la violencia de pandillas, y también la violencia policial: Las entrevistas que mantuvo Human Rights Watch sugieren que algunos policías creen que pueden ser abusivos con las personas que viven en situación de pobreza u otro tipo de marginación, o ignorar sus necesidades, sin que haya consecuencias. Las personas LGBT en el Triángulo Norte pertenecen a distintos sectores económicos; sin embargo, algunas de ellas, sobre todo las personas trans y género no conforme, son empujadas a los márgenes sociales y económicos tras una vida de discriminación. Esta marginación sistemática suele empezar con el rechazo y el abuso por parte de sus familias: conforme se documenta en los capítulos siguientes, personas LGBT de los tres países indicaron a Human Rights Watch que sus padres y otros familiares las sometieron a agresiones físicas y las expulsaron del hogar.

La discriminación en la educación y el empleo por motivos de orientación sexual o identidad de género agudizan la marginación económica y, con el tiempo, dejan a muchas personas LGBT sin medios de vida estables y con pocas opciones habitacionales que no sean en vecindarios de bajos recursos, a menudo controlados por pandillas[8]. Un número considerable de mujeres trans en el Triángulo Norte, que con frecuencia no pueden conseguir otra clase de empleo, se dedican al trabajo sexual, una actividad para la que suele ser necesario interactuar habitualmente con miembros de pandillas y policías y, a veces, las expone a la violencia.

Ninguno de los gobiernos del Triángulo Norte ha criminalizado las relaciones entre personas del mismo sexo desde el siglo XIX; sin embargo, no se adoptan suficientes medidas para proteger frente a la discriminación a las personas LGBT. Como se analiza en los siguientes capítulos, Honduras prohíbe en su Código Penal la discriminación en el empleo por razones de orientación sexual e identidad de género. No obstante, activistas en Honduras indicaron a Human Rights Watch que no tienen conocimiento de ningún caso en el cual se haya hecho cumplir esa disposición[9]. El Salvador y Guatemala prohíben la discriminación por diversos motivos, pero no incluyen en forma explícita a la orientación sexual o la identidad de género. Incluso, cuando tales leyes son abiertas en cuanto a las categorías a las cuales protegen, igualmente no se aplican[10]. A su vez, a fin de contrarrestar la discriminación sistémica, los Estados deben priorizar la adopción de leyes civiles y administrativas integrales que prohíban la discriminación. Aunque la aplicación del derecho penal se encuentra justificada cuando la discriminación se manifiesta de maneras especialmente graves, como actos de violencia o incitación a la violencia, la centralidad que esta rama del derecho asigna a la intencionalidad delictiva, que debe demostrarse más allá de toda duda razonable, resulta inadecuada para atender y sancionar un amplio espectro de comportamientos discriminatorios[11]. Ninguno de los tres países cuenta con garantías de derecho civil frente a la discriminación[12].

En lo que respecta a proteger frente a la posibilidad de delitos, los gobiernos de El Salvador, Guatemala y Honduras no han frenado la violencia de pandillas contra la población. Sin embargo, las personas LGBT pueden enfrentar un obstáculo adicional a la protección: en los tres países, las personas LGBT informaron ser estigmatizadas y discriminadas por policías cuando intentaron denunciar delitos, lo cual disuade a algunas personas LGBT que son víctimas de delitos de denunciar directamente los hechos, tal y como se muestra en las secciones II a IV de este informe.

Tanto Honduras como El Salvador han aprobado leyes sobre delitos de odio en los últimos 10 años, que incrementan las sanciones penales previstas para algunos delitos motivados por la animadversión contra las personas LGBT. Si bien estos son, en principio, factores legales de disuasión importantes, ninguno de los países ha condenado a ninguna persona por delitos de odio[13].

Los tres países tienen procedimientos destinados a recopilar datos sobre delitos contra personas LGBT, pero en la práctica la recolección de esos datos es dispar. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha señalado que en toda América:

La insuficiente capacitación de agentes de policía, fiscales y autoridades forenses también puede producir registros imprecisos. Por ejemplo, cuando las víctimas que son personas trans son registradas según su sexo asignado al nacer, su identidad de género no es reflejada en los registros. Las mujeres trans con frecuencia son identificadas en los registros púbicos como “hombres vestidos con ropa de mujer”[14].

En julio de 2019, Human Rights Watch escribió al Ministerio Público y las Defensorías del Pueblo de cada uno de estos países solicitando información sobre delitos. Las respuestas recibidas se incluyen en este informe como anexos.

Las personas transgénero en el Triángulo Norte son especialmente vulnerables debido a la ausencia de leyes que establezcan un procedimiento administrativo para modificar el marcador de género en sus documentos de identidad oficiales. Una opinión consultiva emitida en noviembre de 2017 por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte I.D.H.) indicó que para defender los derechos a la privacidad, a no ser discriminado y a la libertad de expresión —tal como están obligados a hacerlo los Estados Miembros, incluidos los países del Triángulo Norte, conforme a la Convención Americana sobre Derechos Humanos—, los Estados deben establecer procedimientos sencillos y eficientes que permitan a las personas cambiar sus nombres y marcadores de género en los documentos oficiales a través de un proceso de declaración espontánea, sin requisitos invasivos ni ningún tipo de patologización, como las evaluaciones médicas o psiquiátricas, o el divorcio[15].

Hasta el momento, ninguno de los países del Triángulo Norte lo ha hecho, a diferencia de varios otros países latinoamericanos[16]. La ausencia del reconocimiento legal del género en El Salvador, Guatemala y Honduras implica que, cada vez que una persona transgénero debe presentar un documento de identidad, se expone a sufrir humillación, discriminación e, incluso, violencia[17].

La violencia contra las mujeres transgénero en el Triángulo Norte es un fenómeno de tal magnitud que los activistas han acuñado el término “transfemicidio” o “transfeminicidio” en referencia al homicidio de mujeres trans debido a su género, como mujeres, y a su identidad de género como mujeres trans[18]. El término reconoce la interseccionalidad de la violencia y la discriminación que sufren las mujeres transgénero como resultado de las estructuras sociales patriarcales establecidas sobre la base de normas y roles de género rígidos.

Migración: Una vía para salir de la violencia

Entre enero de 2007 y noviembre de 2017, al menos 4.385 personas intentaron pedir asilo en Estados Unidos sobre la base de señalamientos de persecución vinculada con su identidad de género u orientación sexual, según datos que NBC News obtuvo a través de un pedido ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (United States Citizenship and Immigration Services) invocando la Ley de Libertad de Información[19]. Los tres países donde se originaba el mayor número per cápita de solicitantes LGBT de asilo en Estados Unidos eran El Salvador (con 1.228 solicitantes de asilo que presentaron pedidos por motivos de orientación sexual o identidad de género en ese período), Honduras (651) y Guatemala (369)[20]. Estos datos no resultan sorprendentes, si se toma en cuenta la violencia contra las personas LGBT que se manifiesta sin ningún freno en los países del Triángulo Norte y la proximidad con Estados Unidos. La red REDLAC, dedicada a temas migratorios, indica que para muchas personas LGBT del Triángulo Norte “el único mecanismo de adaptación es el desplazamiento interno o transnacional, e intentar solicitar asilo en Estados Unidos o México (aunque no todas las personas en situación de desplazamiento forzado piden asilo y muchas desconocen que tienen derecho a hacerlo)”[21].

Durante décadas, personas LGBT del Triángulo Norte han huido de sus países por motivos vinculados, en parte, con la discriminación y la violencia basada en la identidad de género o la orientación sexual. No obstante, los solicitantes de asilo LGBT en todo el mundo prácticamente no tuvieron visibilidad en el plano internacional hasta 2008, cuando la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) emitió las primeras notas de orientación sobre las solicitudes de la condición de refugiado relacionadas con la orientación sexual y la identidad de género[22]. La orientación, destinada a complementar las pautas emitidas previamente en 2002 sobre persecución por motivos de género, ratificó que debe reconocerse que las personas LGBT que huyen de la persecución por motivos de orientación sexual e identidad de género reúnen las condiciones para el estatus de refugiadas conforme a la Convención sobre Refugiados. Dicha convención ofrece protección por motivos como raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un grupo social determinado y opinión política. El ACNUR señaló que “la transgresión de normas sociales o religiosas, en particular por la expresión de una orientación o identidad sexual, se pueden analizar en términos de opinión política, religión o pertenencia a determinado grupo social”, aunque la mayoría de las solicitudes de personas LGBT se tramitan en la última categoría[23].

En agosto de 2017, llegó a Estados Unidos la primera “caravana” reconocida de personas solicitantes de asilo transgénero y gais procedentes de América Central, que escapaban de la violencia en su país de origen[24]. La siguieron otras caravanas de cientos de migrantes y solicitantes de asilo entre los cuales había personas centroamericanas de todos los orígenes, incluidas personas LGBT, durante 2018 y 2019[25]. Al igual que otros en las caravanas, las personas LGBT huían de contextos con formas de violencia que afectan a personas de todo tipo de género y sexualidad. Sin embargo, muchas también huían de la persecución basada en la orientación sexual o la identidad de género.

Obstáculos al asilo en Estados Unidos

En lo que respecta a los derechos de las personas LGBT, el gobierno del presidente Donald J. Trump ha simulado respetar algunos derechos y ha denigrado otros. En particular, ha erosionado los derechos de las personas transgénero. Son muchas las políticas adoptadas que contradicen la supuesta consideración que expresa el gobierno de Trump por la seguridad de las personas LGBT, en el país y en el extranjero[26]. Esto incluye las políticas sobre asilo e inmigración que ponen en riesgo a los solicitantes de asilo, incluidas las personas LGBT que huyen de serios peligros en el Triángulo Norte.

El 20 de marzo de 2020, en respuesta a la pandemia de Covid-19, los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (Centers for Disease Control and Prevention, CDC) establecieron una cláusula de salud pública que autorizó a la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (Customs and Border Protection, CBP) de EE. UU. a expulsar en forma sumaria a migrantes no autorizados, incluidos solicitantes de asilo, niños y niñas, sin considerar si son elegibles para recibir protección conforme al derecho estadounidense[27]. La orden se fundamenta en las facultades sobre cuarentena que tienen los CDC conforme al título 42 del Código de Reglamentaciones Federales, en vez del título 8, relativo a inmigración. Utiliza un criterio de cuarentena médica para revocar protecciones que el derecho estadounidense sobre inmigración reconoce a las personas refugiadas, y pasa por alto el derecho de los solicitantes de asilo a que se les conceda la oportunidad de presentar solicitudes o que estas se analicen[28]. En los primeros cinco meses tras el dictado de la orden de los CDC, la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza expulsó en forma sumaria a más de 105.000 personas de Estados Unidos invocando la medida[29]. La orden de los CDC representa la primera vez, desde que se promulgó la Ley de Refugiados de EE. UU. en 1980, en que se ha devuelto en forma sumaria a solicitantes de asilo en la frontera, sin posibilidad de plantear su caso de asilo ni consideración del riesgo que pueden enfrentar en México u otros países de origen[30].

Incluso antes de que Estados Unidos cerrara del todo la frontera como parte de su respuesta al Covid-19, había múltiples obstáculos a la posibilidad de acceder al asilo. Estos se analizan brevemente aquí, y en mayor profundidad en la sección V de este informe.

Los cupos (metering) son una estrategia de “ralentización” que implementa la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza para limitar de manera artificial la cantidad de solicitantes de asilo que pueden entrar en Estados Unidos a través de los cruces fronterizos cada día. Incluso antes de que EE. UU. cerrara totalmente las fronteras como parte de su respuesta al Covid-19, el sistema de cupos obligaba a los solicitantes de asilo a esperar en ciudades a lo largo de la frontera mexicana por hasta seis meses antes de poder siquiera completar el primer paso del proceso de asilo de EE. UU., que consiste en la entrevista sobre temor creíble[31]. Esta táctica dilatoria tiene consecuencias particularmente perniciosas para las personas LGBT que solicitan asilo y que enfrentan discriminación y violencia en ciudades de la frontera mexicana debido a su identidad de género u orientación sexual.

El Protocolo de Protección de Migrantes (PPM), también conocido como programa de “Permanencia en México (Remain in Mexico)”, obliga a los solicitantes de asilo a permanecer en México mientras se resuelven sus solicitantes de asilo en Estados Unidos. Un memorando del Departamento de Seguridad Nacional exime a “personas de poblaciones vulnerables... según un análisis de cada caso en particular”, lo que implica que tales personas pueden quedarse en Estados Unidos mientras se resuelve su solicitud. Sin embargo, el memorando no incluye a las personas LGBT como miembros de un grupo vulnerable, y Human Rights Watch ha recibido información de que hay personas LGBT en el programa de “Permanencia en México”[32]. Las audiencias del PPM han estado suspendidas desde marzo de 2020, y esto ha prolongado el período de espera de los solicitantes de asilo.

El proceso de Revisión Rápida de Solicitudes de Asilo (Prompt Asylum Claim Review, PACR), iniciado por la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza en octubre de 2019, acelera los procedimientos de expulsión de los solicitantes de asilo que llegan a la frontera de Estados Unidos. El proceso rápido crea condiciones que pueden desalentar a las personas que han sufrido un trauma de hablar abiertamente sobre el contexto de persecución del que han huido[33]. El PACR se suspendió en marzo de 2020 tras la orden de los CDC que cerró la frontera a los solicitantes de asilo[34].

El Acuerdo de Cooperación sobre Asilo (ACA) con Guatemala, un acuerdo celebrado entre los gobiernos de EE. UU. y Guatemala en julio de 2019, habilita a Estados Unidos a expulsar en forma rápida a Guatemala a solicitantes de asilo que no sean guatemaltecos, sin permitirles plantear pedidos de asilo en Estados Unidos, y además deja a estas personas sin acceso a protección efectiva en Guatemala[35]. Como resultado, muchas personas se sienten obligadas a desistir de sus solicitudes de asilo y regresar a sus países de origen, donde están expuestas a un riesgo real de sufrir graves daños[36]. Para una persona salvadoreña u hondureña que ha huido de la brutalidad de las pandillas y, a veces, de las autoridades de su país de origen, ser transferida de manera forzosa a Guatemala, donde numerosos solicitantes de asilo temen enfrentar formas similares de persecución a las de sus países de origen, es un revés devastador. El riesgo de daños para los solicitantes de asilo enviados a Guatemala es tan grave que Human Rights Watch y Refugees International emitieron un informe conjunto en mayo de 2020, en el cual instaron a ambos gobiernos a dejar sin efecto completamente la política[37].

Los Departamentos de Justicia y Seguridad Nacional incluso procuraron establecer una prohibición estricta del asilo en Estados Unidos para todos los solicitantes de asilo que hubieran pasado por algún otro país durante el trayecto hacia Estados Unidos, algo que se conoce como Norma de Asilo en Tercer País (Third-Country Asylum Rule). La justicia federal invalidó la norma el 30 de junio de 2020 por cuestiones procesales[38].

***

Las personas LGBT que consiguen superar estos obstáculos y logran pedir asilo en la frontera de Estados Unidos siguen estando expuestas a violaciones de derechos humanos.

Muchas pasan meses, o incluso hasta un año, detenidas a disposición del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (Immigration and Customs Enforcement, ICE). A menudo, los funcionarios del ICE detienen a las mujeres trans junto con hombres[39]. Human Rights Watch ha documentado abusos de mujeres trans bajo custodia del ICE, incluida la agresión sexual por parte de otros detenidos, ser obligadas a desnudarse para cacheos por guardias de sexo masculino, uso irrazonable de la reclusión en régimen de aislamiento y acceso inadecuado a la atención médica[40]. En 2018 y 2019, se produjeron dos muertes de mujeres trans que estuvieron relacionadas con atención médica insuficiente en establecimientos del ICE. En enero de 2020, 45 miembros del Congreso pidieron que se liberara a todas las personas migrantes y solicitantes de asilo transgénero, al sostener que el ICE no podía garantizar su salud ni su seguridad[41]. Varias organizaciones también han documentado violaciones de derechos humanos de solicitantes de asilo gais bajo custodia del ICE[42].

 

II. El Salvador

Ya no podía tolerar esta situación. No podía continuar con esta vida. Porque eso no era vida. Sufría por culpa de mis vecinos, de las pandillas, de mi familia y de las autoridades de mi país.


—Pricila P., mujer trans de San Salvador, Los Ángeles, California, EE. UU., 11 de diciembre de 2019.

Antecedentes

En 2015, El Salvador tuvo la tasa de homicidios más alta del mundo[43]. Cinco años más tarde, la tasa de homicidios sigue estando entre las más altas a nivel mundial[44]. El Salvador también tiene miles de casos de personas con paradero desconocido y de delitos sexuales, según datos aportados por la Fiscalía General de la República[45].

Históricamente, las autoridades estatales han sido mayormente ineficaces en lo que hace a proteger a la población de esta violencia, a menudo perpetrada por pandillas, sobre las cuales el presidente Nayib Bukele, electo en 2019, ha dicho que dirigen “un estado paralelo”[46]. Es posible que las autoridades no puedan ayudar a proteger a los ciudadanos de El Salvador que son víctimas de violencia por motivos que incluyen el temor por su propia seguridad, infiltración de pandillas en las oficinas de autoridades y recursos insuficientes[47].

A su vez, miembros de las propias fuerzas de seguridad salvadoreñas han sido responsables de ejecuciones extrajudiciales, agresiones sexuales, desapariciones forzadas y hechos de tortura. La impunidad es generalizada. La relatora especial de las Naciones Unidas sobre las ejecuciones extrajudiciales denunció en 2019 la existencia de “un patrón de comportamiento en el personal de seguridad, que podría considerarse como ejecuciones extrajudiciales y uso excesivo de la fuerza, el cual es alimentado por respuestas institucionales débiles, a nivel de investigación y judicial”. Su informe señalaba abusos cometidos por policías y miembros del Ejército[48]. La Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH) de El Salvador determinó que las investigaciones llegaron a la instancia de audiencias en solo 14 de 48 casos relativos a 116 ejecuciones extrajudiciales cometidas por policías desde 2014 hasta 2018, y que solamente en dos casos se impusieron condenas[49].

Se estima que el 38 % de los salvadoreños vive en condiciones de pobreza, y aproximadamente el 8 % vive en condiciones de pobreza extrema[50]. Solamente alrededor de una cuarta parte de los hogares tienen acceso a servicios básicos como educación, salud e infraestructura, y un cuarto de la población está empleada en el sector formal[51]. Human Rights Watch identificó 138 casos en los cuales personas deportadas por Estados Unidos a El Salvador en los últimos siete años habían sido asesinadas, y otros 70 casos en los cuales las personas sufrieron abusos graves, incluidas agresiones sexuales o torturas, después de haber sido deportadas de Estados Unidos a El Salvador[52].

Orientación sexual e identidad de género en El Salvador

Contexto legal y de políticas

En materia de leyes y políticas oficiales, El Salvador está en una posición más adelantada que la mayoría de los países de América Central en el reconocimiento de los derechos de las personas LGBT. No obstante, en su entorno legal y de políticas aún faltan protecciones.

El Salvador es el único miembro centroamericano del Core Group LGBTI de las Naciones Unidas, un grupo de países que, desde 2008, promueve las mejores prácticas en la defensa de los derechos de personas LGBT e intersexuales[53].

La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema resolvió, en 2009, que una disposición de la Constitución del país que brinda protección contra la discriminación basada en la “nacionalidad, raza, sexo o religión” se aplica a la orientación sexual, citando jurisprudencia del Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas. El pronunciamiento no se refiere a la identidad de género, aunque sus conclusiones —incluido que los motivos mencionados en el artículo 3 de la Constitución son enunciativos y no taxativos— podrían aplicarse también a la identidad de género[54].

El artículo 246 del Código Penal prohíbe la discriminación laboral basada en “sexo, estado de gravidez, origen, estado civil, raza, condición social o física, ideas religiosas o políticas, adhesión o no a sindicatos y a sus acuerdos, vínculos de parentesco con otros trabajadores de la empresa”[55]. En algunas jurisdicciones de otras partes del mundo, se ha considerado que el término “sexo” comprende la orientación sexual e identidad de género; e incluso la Corte Suprema de Estados Unidos lo ha interpretado de este modo. No obstante, ni la jurisprudencia existente ni ninguna orientación legal autorizada en El Salvador define claramente si esos motivos se encuentran cubiertos por el artículo 246[56]. El artículo 292 del Código Penal tipifica como delito la discriminación por parte de funcionarios del gobierno por motivos de “nacionalidad, raza, sexo, religión o por cualquier otra condición de una persona”. De ese modo, deja abierta la posibilidad de persecución penal por motivos de discriminación basada en la orientación sexual y la identidad de género. Sin embargo, la norma no cubre abusos por parte de actores no estatales[57].En respuesta a una solicitud de información de Human Rights Watch, la Fiscalía General de El Salvador afirmó que nunca nadie ha sido condenado por discriminación basada en la orientación sexual o la identidad de género.[58] Además, el derecho penal, que históricamente ha sido utilizado de manera abusiva contra personas LGBT, no debería ser el marco primario que se utilice para ofrecer protección contra la discriminación y hacer que quienes cometen actos discriminatorios rindan cuentas por sus conductas. Entre las disposiciones contra la discriminación que no son de tipo penal se incluye el Decreto Ejecutivo 56 de 2010, que prohíbe toda política, actividad, acción u omisión del Poder Ejecutivo que tenga como resultado la discriminación basada en la orientación sexual o la identidad de género, y establece que deben revisarse todas las políticas para asegurar que cumplan con este decreto[59]. Si bien constituye una medida importante, el decreto, que solamente se aplica al Poder Ejecutivo y no a otros actores públicos o privados, tiene una aplicación limitada. No existe una ley civil amplia que prohíba la discriminación por parte de actores públicos y privados.

El Decreto Ejecutivo 56 condujo a la creación de la Dirección de Diversidad Sexual de El Salvador, a la cual se le asignó la responsabilidad de capacitar a los empleados gubernamentales, incluidos policías, sobre cuestiones de orientación sexual e identidad de género, como así también de llevar a cabo investigaciones sobre temas LGBT en el país[60]. En 2017, la dirección lanzó un Índice de inclusión con el objeto de fijar estándares y evaluar a todos los ministerios y organismos gubernamentales respecto de la inclusión de personas LGBT. Esto pareció motivar a las instituciones gubernamentales: varias se jactaron en declaraciones públicas de las puntuaciones recibidas en su primera evaluación[61]. No obstante, en junio de 2019, el presidente Bukele disolvió la Secretaría de Inclusión Social, en la cual tenía su base la dirección de diversidad sexual, y la dirección fue absorbida por una Unidad de Género que ya existía en el Ministerio de Cultura, renombrada Unidad de Género y Diversidad. Activistas LGBT plantearon críticas a esta iniciativa, y señalaron que apenas unas pocas de las graves preocupaciones que tenían sobre seguridad y discriminación podían abordarse de manera adecuada desde el ámbito de la cultura[62]. También expresaron su preocupación porque otras iniciativas gubernamentales que tienen por objeto promover la inclusión de personas LGBT han tenido escaso seguimiento o ningún seguimiento concreto, particularmente desde que asumió el presidente Bukele. Esto incluye una serie de capacitaciones llevadas a cabo por el Ministerio de Justicia y Seguridad Pública en 2018 con el estandarte de una campaña denominada “Hago lo justo”[63].

El Ministerio de Justicia y Seguridad Pública de El Salvador lleva un registro de los delitos contra personas LGBT, entre otras cosas, al incluir un casillero “LGBT” que se puede marcar en los formularios de denuncia. Esto debería brindar al Estado datos que ayuden a comprender los patrones y a mitigar esos delitos[64]. No obstante, según un funcionario de la Fiscalía General de la República, los fiscales a menudo se sienten inhibidos de preguntar acerca de la orientación sexual o identidad de género de los denunciantes, lo cual probablemente se traduzca en cifras inferiores a las reales en los conteos[65].

En 2015, El Salvador aprobó una ley histórica sobre delitos de odio que llevó a un aumento de las sentencias condenatorias por homicidios y amenazas basados en la identidad y la expresión de género y en la orientación sexual, como así también la raza, el origen étnico, la religión, el género y la filiación política, aunque la ley no se extiende a otros delitos como agresión y violación sexual[66]. Pero en los cinco años intermedios, los fiscales solamente han presentado cargos por delitos de odio en tres oportunidades sobre la base de la identidad de género, y en ningún caso en función de la orientación sexual. En el juicio por el homicidio de Camila Díaz Córdova, en 2020, un juez desestimó los cargos por delitos de odio, aparentemente por la falta de pruebas suficientes[67]. Otros dos casos seguían en trámite a la fecha de redacción de este informe[68].

La Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH), un órgano autónomo del gobierno que recibe denuncias relativas a derechos humanos deriva los casos a otros organismos del gobierno y puede instarlos a tomar medidas para abordar las violaciones de los derechos humanos. La PDDH ha recibido una serie de denuncias de víctimas de discriminación y violencia anti-LGBT. En mayo de 2019, la PDDH publicó un informe sobre 19 homicidios no resueltos de personas LGBT, principalmente mujeres trans, que había conseguido documentar entre 2009 y 2016. En el informe se señalaba que ni la policía ni los fiscales habían llevado adelante una investigación y un juzgamiento diligente de los delitos de odio contra personas LGBT[69].

Si bien algunos poderes del gobierno han intentado abordar la violencia y la discriminación contra las personas LGBT, no han tomado una de las medidas que podrían reducir esas violaciones: sancionar una ley que permita a las personas transgénero cambiar su nombre e identidad de género en documentos oficiales a través de un proceso administrativo sencillo[70]. La discrepancia entre identidad de género y documentación oficial es una fuente de discriminación y humillación para las personas trans, así como también una fuente de conflicto con las autoridades. Por ejemplo, cuando María I., una mujer trans, intentó renovar su documento de identidad en 2010, un funcionario del centro de tramitación del documento único de identidad (DUI) en Ciudad Delgado, San Salvador, se negó a tomarle la fotografía si no regresaba vestida con ropa de hombre y sin maquillaje[71].

En 2018, la congresista Lorena Peña presentó un proyecto de ley sobre identidad de género, redactado en colaboración con organizaciones trans[72]. El proyecto de ley fue debatido por la comisión parlamentaria sobre mujeres e igualdad de género en mayo de 2019, pero no ha avanzado hasta un debate parlamentario en pleno[73]. En al menos dos casos, los jueces permitieron que personas transgénero cambiaran legalmente su nombre y su sexo, pero solamente después de extensos procedimientos judiciales y en función de haberse sometido a una cirugía de reasignación de sexo[74]. Erika Q., una mujer trans de 39 años de San Salvador, manifestó:

No sé por qué los gobiernos hacen que sea tan complicado que las personas lleven el nombre con el cual se sienten cómodas. No es justo que nieguen algo que podría cambiar la vida de tantas personas. Es algo primordial en la vida de una persona; es una manera de sentir que te respetan. Si aprueban la ley de género, las personas trans tendrán una manera de pensar diferente: ‘existe una ley que me valida’[75].

El Salvador ha intentado abordar mediante legislación el problema de la violencia contra las mujeres, pero los resultados han sido poco satisfactorios en lo que hace a erradicar la violencia[76]. La Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres, promulgada en 2011, establece sanciones severas para el femicidio, definido como el asesinato de una mujer cuando está motivado por “odio o menosprecio por su condición de mujer”, pero no altera las condenas establecidas para otras formas de violencia física y sexual contra mujeres. Prohíbe la discriminación en su aplicación, incluso por motivos de “identidad sexual”[77]. No está claro si la definición de “mujeres” conforme a la ley pretende incluir a las mujeres trans.

En 2017, El Salvador estableció tribunales especializados para casos de violencia contra mujeres en San Salvador[78]. Estos tribunales tienen competencia sobre el femicidio y una serie de otros delitos incluidos en la Ley Especial Integral, que incluyen la obstrucción del acceso a la justicia. También tienen competencia sobre delitos contemplados en el Código Penal, incluido el artículo 246, que tipifica la discriminación en el empleo (por motivos de sexo, pero sin abordar explícitamente la orientación sexual ni la identidad de género), y el artículo 292, que sanciona la discriminación por parte de funcionarios públicos por motivos de “nacionalidad, sexo, raza, religión o cualquier otra condición de una persona”[79]. Dado que las mujeres transgénero no son legalmente reconocidas como mujeres, no resulta claro que puedan beneficiarse a partir de la existencia de estos tribunales. Incluso es posible que las lesbianas enfrenten actitudes de exclusión: Andrea Ayala, una activista de la organización ESMULES (Espacio Mujeres Lesbianas Salvadoreñas por la Diversidad), dijo que, en los dos casos en los cuales ESMULES intentó ayudar a la víctimas a obtener un recurso —uno relacionado con violencia doméstica y el otro, con discriminación en el empleo—, funcionarios del tribunal de violencia contra las mujeres manifestaron que no tenían jurisdicción sobre estos casos porque las mujeres eran lesbianas[80].

Estigmatización social

La violencia y la discriminación tienen lugar en un contexto de rechazo familiar y estigmatización social que tienen un impacto negativo sobre el bienestar de las personas LGBT. Pese a que se han logrado algunos avances en las actitudes contra las personas LGBT en El Salvador, la estigmatización social no ha cedido.

Las personas entrevistadas por Human Rights Watch señalaron que los grupos de iglesias y las familias son fuentes significativas de estigmatización. Erika Q., una mujer trans de 39 años de San Salvador, destacó la influencia de las iglesias sobre las normas sociales en un país golpeado por la inseguridad y por un Estado de derecho sumamente frágil:

Todos los días recibes insultos. Gran parte de esto viene de las iglesias, donde el acoso verbal es constante. Son las iglesias las que tienen el poder. No tengo nada contra las iglesias, pero son la fuente de mucha discriminación y odio contra las personas LGBT. Las personas no se sienten protegidas por la policía ni por el gobierno, pero sí se sienten protegidas por la religión. Sin embargo, algunas iglesias usan esto en nuestra contra. Se enfocan en nosotros como parte del problema[81].

En algunos casos, las iglesias practican la terapia de conversión, que intenta cambiar la identidad de género o la orientación sexual de las personas. Ricardo S., un hombre gay de 28 años, describió una experiencia en un retiro religioso para jóvenes cuando tenía 17 años:

Me arrojaron al piso, me sostuvieron abajo y me pusieron un crucifijo sobre el pene y otro sobre los glúteos mientras el sacerdote gritaba: ‘¡Ordeno a este demonio que abandone tu cuerpo!’ Luego, vino un guía espiritual [a San Salvador] de Sonsonate, y continuó con el seguimiento de mi caso. Me obligaron a vestirme de otro modo y me dijeron que, si sentía que quería enamorarme de un hombre, debía comenzar a orar con más intensidad. Pensé que estaba poseído por el demonio de la homosexualidad. Eso duró tres años[82].

Octavio M., un hombre trans de 25 años, fue sometido a terapia de conversión, en su caso, en un centro de salud mental, por personal del orfanato de filiación cristiana donde creció:

Cuando tenía entre 15 y 17 años, me hicieron ir a un psicólogo. Hacíamos ejercicios, yo tenía que dibujar cosas. Y ellos tenían muñecos que representaban una familia y decían que un hombre no podía estar con un hombre, y que una mujer no podía estar con otra mujer. Finalmente empecé a decirles las cosas que yo creía que querían escuchar[83].

Cruz Torres, entonces director de diversidad sexual en la Secretaría de Inclusión Social, dijo a Human Rights Watch que las iglesias eran la fuente de una campaña enérgica contra la llamada ideología de género, un término amplio que los fundamentalistas religiosos usan para referirse a un supuesto movimiento liderado por gais y feministas para subvertir a las familias tradicionales y los valores sociales[84].

Muchas mujeres trans entrevistadas por Human Rights Watch sobrevivieron realizando trabajo sexual, y su trabajo las expuso a niveles particularmente altos de estigmatización social. Serafina N., una trabajadora sexual trans con base en la zona del Hospital Benjamín Bloom de San Salvador, manifestó que las personas que pasaban en sus automóviles a menudo arrojaban basura, piedras y mangos a los trabajadores y las trabajadoras sexuales de esa zona[85].

Las personas entrevistadas señalaron que el rechazo social y familiar y el acoso escolar contribuyeron a sus cuadros de depresión, e incluso a las ideas de suicidio. Xavier H., un hombre trans, relató haber descubierto su identidad de género cuando era niño, a los tres años de edad. La grave situación de acoso escolar que sufría, relató, hizo que intentara suicidarse a los seis años[86]. Otros dos hombres trans y una mujer trans entrevistados por Human Rights Watch en El Salvador también señalaron que habían considerado seriamente la posibilidad del suicidio o habían intentado suicidarse[87].

Violencia contra personas LGBT en El Salvador

“Mi vida nunca fue feliz”, dijo a Human Rights Watch María I., una mujer trans de San Salvador. “Mi madre murió en el terremoto de 1986. Mi padre no me quería y me dejó con mi abuela. La primera vez que me violaron, tenía nueve años”. A los nueve años de edad, María habría sido percibida como un muchacho joven. Un extraño la engañó ofreciéndole una muñeca —“primero intentó darme una pelota, pero no me gustó”— y luego la empujó hacia el interior de un baño y la violó mientras su abuela estaba fuera comprando comida. María, quien se describe como “bonita y femenina”, tiró a la basura su ropa interior manchada de sangre porque creyó que su abuela iba a culparla. No le contó a nadie lo que había sucedido. A los 14, María se fue de su hogar a causa del rechazo que expresaba su abuela por su identidad transgénero. En la calle, fue violada nuevamente[88].

Siendo adulta, María volvió a ser violada, esta vez, por miembros de una pandilla, en 2015. Para ese momento, El Salvador ya contaba con una ley sobre delitos de odio, con severas penas para la violencia basada en la orientación sexual y la identidad de género. Había establecido instituciones como la Dirección de Diversidad Sexual, que abrió sus puertas a personas que necesitan servicios como María, una mujer trans que, en algunas oportunidades, realizaba trabajo sexual para sobrevivir. Aun así, hasta donde María tiene conocimiento, aunque ella presentó una denuncia, nunca se detuvo a ninguna persona por la agresión.

El gobierno salvadoreño reconoce la violencia y la discriminación que enfrentan los salvadoreños LGBT. La Fiscalía General de El Salvador dio a conocer estadísticas, en enero de 2020, que indicaban que había tabulado 692 casos de violencia contra personas LGBT e intersexuales en cinco años[89]. Y lo que es importante es que el gobierno también ha reconocido que hubo violaciones perpetradas por funcionarios de seguridad. Un informe del Ministerio de Justicia y Seguridad Pública de 2017 lo expresó sin rodeos:

No puede negarse que el país está marcado por altos niveles de violencia y criminalidad, que, además de generar restricciones sobre la libertad de las personas, también viola derechos fundamentales como el derecho a la vida y la integridad física. En términos generales, el país presenta altos niveles de exclusión social y vulnerabilidad, dentro de los cuales las prácticas culturales reproducen la violencia y la discriminación.
Una de las poblaciones más afectadas por esta situación es la que está compuesta por personas LGBTI, quienes, además de sufrir todo tipo de discriminación, también enfrentan múltiples formas de violencia, que incluyen actos de tortura, trato inhumano o degradante, uso excesivo de la fuerza, detenciones ilegales y arbitrarias y otras formas de abuso; muchos de estos actos cometidos por agentes de seguridad pública[90].

Las directrices del ACNUDH de 2016 para las solicitudes de asilo de salvadoreños señalaban que las personas LGBT “constantemente han sido objeto de ataques y asesinatos por parte de pandillas y otros sectores de la sociedad, entre ellos la policía y otras autoridades estatales” y que las pandillas de El Salvador han demostrado “odio virulento y los maltratos contra las personas por su orientación sexual y/o identidad de género percibidas”, particularmente contra mujeres trans[91]. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos manifestó preocupaciones similares[92].

Tal como se señaló anteriormente, varias iniciativas de política sugieren que existe buena voluntad por parte de instituciones gubernamentales para hacer que las políticas públicas sean inclusivas con respecto a las personas con diversas identidades de género y orientaciones sexuales. No obstante, para muchas personas LGBT, la vida cotidiana en las calles es controlada no por el Estado, sino por bandas delictivas, incluidas las dos facciones de la mara Calle 18, o Barrio 18, y Mara Salvatrucha 13, o MS-13. Las personas LGBT, especialmente las mujeres trans, enfrentan violencia perpetrada por pandillas que puede estar motivada por animadversión hacia las personas LGBT o con oportunismo por la vulnerabilidad social y económica percibida o real de las personas LGBT. Las personas LGBT también son víctimas de violencia ejercida por policías, y los activistas han señalado que poner más policías en las calles —una característica clave de la estrategia contra el delito adoptada por el gobierno de Bukele— no es necesariamente beneficioso para las personas LGBT[93]. El caso de Camila Díaz Córdova, sobre tres policías acusados de haber matado a una mujer trans en enero de 2019, que se analiza a continuación, ilustra las diversas formas de violencia y discriminación que experimentan las personas LGBT.

Entre octubre de 2019 y marzo de 2020, al menos siete mujeres transgéneros y un hombre gay fueron asesinados en El Salvador[94]. Varios casos mostraban claros indicios de ser delitos de odio contra personas LGBT[95]. La incesante violencia, y la amenaza de violencia, hacen que muchas personas trans, y en algunos casos, lesbianas, gais y bisexuales vivan escapando. En 2019, la organización de derechos de las personas transgénero COMCAVIS Trans informó que había asistido a 84 personas que habían sido desplazadas internamente debido a su orientación sexual o identidad de género[96].

Según COMCAVIS, la mayoría huyó de sus hogares debido a las amenazas de las pandillas o por intentos de asesinato basados en su identidad de género u orientación sexual[97].

Violencia doméstica

Para demasiadas personas LGBT en El Salvador, la violencia comienza en el hogar; en algunos casos, desde una edad muy temprana, especialmente para aquellos que transgreden las normas de género.

Michelle S., una mujer trans de 25 años que creció en una finca del municipio de Zacatecoluca, departamento de La Paz, dijo a Human Rights Watch que había sido gravemente golpeada por su padre cuando tenía cinco o seis años. Michelle manifestó:

Mi padre me golpeaba por mi manera de caminar. Llegó al punto de colgarme del techo sujetada por los pies, por hasta una hora. Eso lo hizo muchas veces. Me golpeaba con sogas que antes pasaba por arena para causarme más dolor. También me golpeaba con un látigo de goma, de los que se usan para golpear a los caballos... Cuando me golpeaba, me decía que ojalá no hubiera nacido, que yo le daba vergüenza. A mis hermanos y hermanas nunca los golpeaba[98].

Las golpizas se agravaron cuando Michelle tenía 11 o 12 años:

Yo tenía un amigo que era como yo, y un amigo de mi padre le dijo: 'Tu hijo anda con otro marica’, y me golpeó en las piernas. La maestra vio [las marcas] y llamó a la policía. La policía fue a la escuela, y me llevaron a casa y hablaron con él. Conocían a mi padre. No hicieron nada por su amistad con él y porque era sargento del Ejército[99].

La respuesta del padre de Michelle fue atarla al portón para impedir que pudiera escapar a la casa de su abuela. Según manifestó Michelle, en dos oportunidades, su padre la golpeó con tanta fuerza que vomitó sangre y tuvo que buscar asistencia médica. Michelle contó a los investigadores de Human Rights Watch que les dijo a los médicos que se había caído, por miedo a que, si decía la verdad, su padre volviera a golpearla. Aproximadamente en esta época, como reacción a la violencia, Michelle comenzó a cortarse. Finalmente se escapó de su hogar a los 15 años y recurrió al trabajo sexual para poder sobrevivir, lo cual implicó una mayor vulnerabilidad a la violencia, tal como se analiza en mayor detalle más adelante[100].

María I., una mujer trans de San Salvador, manifestó haber sido golpeada por un tío cuando era niña:

Un tío vivía con nosotros. Era motociclista y muy machista, y me humillaba. Cuando observó cambios en mí; por ejemplo, cuando me dejé crecer el cabello y me empolvaba la cara, él me golpeaba[101].

Laura I., una mujer trans de 27 años, dijo que, cuando tenía 13 y comenzó a desarrollar una expresión de género femenina, su padre amenazó con matarla:

Mi padre siempre me trató mal. Aún no le había hablado de mi expresión de género [identidad], pero creo que él ya lo percibía. A fines de 2005 [mi padre] dijo: ‘Si te haces maricón, te voy a moler a palos y te voy a matar’[102].

A los 15 años, Laura contó a su padre que era trans. Él no la golpeó, pero intentó forzarla a tener sexo con una trabajadora sexual mujer, y le decía que eso era “para que se hiciera hombre”. Laura dijo a Human Rights Watch que, años después, aún se sentía traumatizada por este incidente[103].

Navas F., un hombre trans, dijo que sus familiares lo golpearon la primera vez que tuvo una relación con una mujer, alrededor del noveno grado. Su tía lo llevó para que le hicieran un exorcismo con una mujer que era considerada bruja. Navas dijo que su incapacidad para “cambiar” y la negativa de su familia a aceptarlo hicieron que cayera en una profunda depresión y que intentara suicidarse[104].

Violencia y acoso por parte de miembros de las fuerzas de seguridad del Estado

María I., una mujer trans de San Salvador, vivía atemorizada cuando Human Rights Watch la entrevistó en julio de 2019. La mejor amiga de María, Camila Aurora Díaz Córdova, había sido asesinada en enero. Tres policías habían sido detenidos y acusados por el homicidio de Camila Díaz anteriormente en el mes de julio. María tenía miedo de que no hubieran actuado solos, y que los demás policías pudieran estar buscándola a ella[105].

María I. habló con Human Rights Watch acerca de la vida de Díaz, y sobre su muerte a los 29 años. Según María I., Díaz se mudó a San Salvador a los 17 años, escapando de una familia que rechazaba su identidad de género e intentó “cambiarla” inscribiéndola en una institución militar. Díaz comenzó a hacer trabajos sexuales para mantenerse, y se hizo amiga de María I. Las dos mujeres huyeron a México juntas en marzo de 2016, y escaparon de un entorno violento en el cual pandilleros habían asesinado a otra amiga cercana, Mónica, habían violado a María y habían amenazado a Camila. Pero la vida en México les resultó peligrosa e insostenible desde el punto de vista económico, y entonces regresaron a El Salvador. Díaz volvió a escapar en 2017. En esta oportunidad, llegó a Estados Unidos y se entregó a las autoridades de inmigración en agosto. Pero en noviembre, fue deportada nuevamente a El Salvador. Volvió a realizar trabajo sexual. Catorce meses más tarde, estaba muerta.

En julio de 2020, tres policías fueron condenados por el homicidio de Díaz[106]. Según la fiscalía, recogieron a Díaz aproximadamente a las 3:00 a.m. del 31 de enero, después de haber recibido la denuncia de que alguien estaba causando disturbios en la calle. La esposaron, la colocaron boca abajo en la parte trasera de una camioneta policial, y la golpearon fuertemente antes de arrojarla del vehículo en movimiento[107]. Díaz falleció en el hospital Rosales el 3 de febrero de 2019.

Es destacable que en El Salvador se haya impuesto una condena por el homicidio de una mujer trans, y los registros policiales indican que la presión internacional tuvo una incidencia importante para que se diera impulso a las investigaciones[108]. Lo que no es aceptable es que las personas trans, y en algunos casos, otras minorías sexuales, sean víctimas de hechos de violencia grave perpetrados por las fuerzas de seguridad.

Pricila P., una mujer trans de San Salvador, relató que, en febrero de 2018, al regresar a su hogar después del trabajo por la noche, cuatro policías la agredieron después de un “control de rutina” en el cual exigieron que todos los hombres descendieran de un minibús público y los revisaron en busca de drogas:

Cuando todos los demás volvieron a subir, a mí no me lo permitieron, y le dijeron al conductor que siguiera. Me preguntaron si era gay, y respondí que sí, porque nunca me gustó ocultarlo. Me dijeron: ‘¿No entiendes que eres un hombre?’.
Uno de los policías tomó mis testículos y los apretó. Le dije que me soltara. Él respondió: ‘Te das cuenta de que eres un hombre porque sientes dolor. Si fueras una mujer, no sentirías dolor’. El dolor hizo que cayera al suelo. Uno de ellos se paró con su bota sobre mi mano. Me dijo que iba a hacerme hombre a la fuerza. Me golpearon y me dejaron allí.
Llegué a mi casa, me bañé y me cambié. Me di cuenta de que no podía sentirme segura con la policía en mi país[109].

Un activista de una organización de derechos trans acompañó a Pricila P. a la estación central de policía para hacer una denuncia, pero los policías se negaron a aceptarla, según dijo:

Vieron que éramos personas de la comunidad [LGBT]. El hombre de la recepción dijo que, si se trataba del maltrato de un gay, no tenía sentido hacer una denuncia. Dijo que era mi culpa, que quizás les había faltado el respeto a los policías, que me lo merecía... Tuvimos que resignarnos y volver a casa. Recuerdo que [el activista] dijo: ‘Por eso hay tantas, tantas muertes’[110].

En noviembre de 2018, una patrulla policial interceptó a Pricila P. cuando volvía a su casa temprano por la mañana, y estaba maquillada. Los policías le preguntaron: “¿Por qué estás así? Eres un hombre” y le arrojaron una botella de agua en la cara, según dijo. Le quitaron su cartera donde llevaba la medicación antirretroviral. Según lo manifestó Pricila P.:

Les dije que no me la quitaran porque eran los medicamentos que tenía que tomar todos los días. Se dieron cuenta de que eran para el VIH, y dijeron: ‘Oh, te vas a morir... No necesitas esto, ya te estás acercando a la muerte’[111].

Pricila P. se quedó sin tratamiento antirretroviral durante dos meses después del incidente: le resultó difícil conseguir una cita para que le resurtieran la receta, y el hospital estaba en un vecindario controlado por una pandilla rival, peligrosa para los residentes de vecindarios controlados por la MS-13. Dijo a Human Rights Watch: “Mi salud se deterioró, el virus se volvió detectable por no tomar mis medicamentos durante dos meses”[112].

Aldo Peña, un hombre trans de 35 años fue la única persona entrevistada por Human Rights Watch que logró presentar cargos contra agentes de seguridad del Estado por violencia contra las personas LGBT. Peña estaba en un autobús regresando a su hogar después de haber asistido a la marcha del orgullo LGBT en San Salvador el 27 de junio de 2015, cuando entró en un altercado con el conductor, que había omitido detenerse en su parada. El conductor ordenó a Peña y a su amigo que bajaran del autobús y los dejó frente a tres policías. Peña los reconoció como los policías que anteriormente lo habían acosado en el vecindario, y le habían exigido ver su documento de identidad y se habían burlado de él por ser transgénero[113].

Peña dijo que uno de los policías lo sujetó de la camisa, ante lo cual Peña respondió: “No soy un delincuente”. Los policías comenzaron a golpear a Peña y a su amiga mujer, y la golpiza empeoró cuando Peña preguntó por qué la estaban golpeando. Peña manifestó que los policías lo arrojaron al suelo, saltaron sobre él y lo golpearon con un arma, lo cual hizo que perdiera el conocimiento brevemente. Cuando se despertó, señaló, estaba esposado y boca abajo en el piso[114].

Los policías llevaron a Peña y a su amiga a una estación cercana, donde podía escuchar sus gritos cuando la golpeaban con un cinturón. Según lo refirió Peña, los policías le gritaban a él: “¡Siempre andas con esa tortillera!”. Los policías golpearon a Peña y saltaron sobre él, según dijo, “como si yo fuera un “trampolín...”. Un policía dijo: “Ven y toca a este hijo de puta y vas a ver qué es”[115]. Alrededor de doce policías lo estaban golpeando. Peña manifestó:

Me dijeron que me iba a despertar en una zanja, y que ellos iban a decir que habían sido las pandillas. [Ellos dijeron:] ‘Si eres un hombre, puedes aguantar’. Pensé que era el último día de mi vida[116].

Activistas de organizaciones LGBT, incluidas Entre Amigos y Comcavis Trans, movilizaron la atención nacional e internacional hacia el caso de Aldo Peña, y atrajeron el apoyo de personas entre las cuales se encontraba el entonces alcalde de San Salvador, Nayib Bukele —actual Presidente— y la Primera Dama Margarita Villalta de Sánchez, lo cual finalmente tuvo como resultado la liberación de Peña[117]. Después de haber sido hospitalizado por sus lesiones, Peña presentó una denuncia contra los policías, que avanzó hasta llegar a juicio[118]. No fue fácil, según señaló: “La fiscal de mi caso sufría acoso por parte de sus colegas por estar en mi caso. Le decían que este era el caso de un marica, de una tortillera”. El juez de instrucción también tenía una actitud hostil:El juez interino de Juzgado de Instrucción siempre se refería a mí como marica”. Finalmente, Peña obtuvo un resultado infrecuente en El Salvador: dos de los policías que lo habían atacado fueron condenados a cuatro años de prisión[119].

Peña concluyó: “La violencia [policial] fue lo peor que me pasó. Tengo suerte de estar vivo todavía”[120].

La experiencia de María I., por otro lado, demuestra por qué pocas víctimas trans de violencia policial se toman la molestia de presentar denuncias. María I., una mujer trans que vive en San Salvador, manifestó que, en 2016, una amiga la estaba llevando hasta su casa cuando la policía detuvo el automóvil en un puesto de control. María relató:

Le pidieron la documentación a mi amiga, cosas normales, y luego le preguntaron adónde iba. Ella respondió: ‘Voy a llevar a mi amiga’. Uno de los policías me miró por la ventanilla y dijo: ‘Ah, pero esta cosa no es una mujer’. Me hicieron salir del auto y querían que me desnudara en la calle para ver si era una mujer. Yo me negué y dije: ‘Estás violando mis derechos’. Y él me respondió: ‘Para mí, tus derechos están en la basura’. Me pidieron el documento de identidad y les dije que no lo tenía. Me dijeron que, si no tenía mi documento de identidad era, probablemente, porque era un delincuente, y empezaron a tomarme fotografías y a decir que iban a ponerlas en internet para ver si yo había cometido algún delito. Me sentí impotente; ellos, que tienen el uniforme, son la autoridad[121].

Dado que la conductora del automóvil sí tenía sus documentos, María relata que les preguntó a los policías: “¿Por qué motivo me van a multar?”. En lugar de responder, María relató: “Me dieron puntapiés”[122].

María I. habló con un amigo, quien la alentó a que presentara una denuncia.

Dos días más tarde, fui a la estación de policía para hacer una denuncia, [pero] la persona que iba a registrar mi denuncia me dijo que era mejor no hacerla porque era en contra de policías. ‘Nosotros somos la ley y usted no puede hacer una denuncia contra la ley. No podemos aceptar su denuncia’. Y le dijo a otra persona que estaba allí: ‘¿Puedes creer que este caballero vino a presentar una denuncia contra [nuestros] camaradas?’. Y comenzaron a burlarse y a reírse de mí. Entonces, dije que iba a buscar ayuda en otro lugar, que iría a la oficina de derechos humanos a presentar una denuncia, y que iba a presentar una contra ellos al mismo tiempo, por no aceptar mi denuncia. Ante mis palabras, ellos respondieron: ‘Yo aquí pongo sus derechos por mis huevos’[123].

María también presentó una denuncia ante la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, pero dijo que, hasta donde tenía conocimiento, no se había realizado ningún seguimiento. Manifestó: “Lo más difícil era presentar una denuncia, porque yo sabía que me exponía a un peligro mayor”[124].

El abuso de autoridad por parte de la policía no se limitó a las golpizas. En el caso de Yadira Q., una mujer trans, agentes de policía usaron su poder para extorsionarla sexualmente, lo cual constituye una forma de agresión sexual. Yadira Q. dijo que, en noviembre de 2017, estaba sentada con un grupo de amistades transgénero y cisgénero en un área al aire libre cuando cuatro policías hombres se acercaron a ellos, los revisaron a todos y encontraron que una persona tenía marihuana. Los policías apartaron a tres mujeres trans del grupo y les pidieron que entraran al vehículo policial. Las llevaron a un lugar muy alejado, donde dijeron que podían detener a todo el grupo de amigos por “asociación” con el hombre que tenía marihuana, o que las mujeres trans podían practicarles sexo oral como una “solución”. Por temor a ser detenidas, Yadira y sus dos amigas accedieron al pedido[125].

Otras personas describieron amenazas, acoso y discriminación por parte de policías. Mario L., un hombre gay de 26 años, manifestó que policías lo habían amenazado en enero de 2018 cuando estaba parado en la calle con su novio.

Unos policías se acercaron a nosotros y nos preguntaron qué estábamos haciendo. Les dijimos que solo estábamos hablando. Ellos dijeron que alguien los había llamado [para decir] que estábamos cometiendo actos inmorales. Había cuatro policías... Nos preguntaron si éramos gais y dijimos que sí, pero que ni siquiera nos habíamos besado [en la calle]… Uno comenzó a enojarse y dijo ‘Para curarlos de esto, hay que molerlos a palos’. … Y agregó: ‘¿No les da vergüenza estar haciendo esto? ¿Realmente son gais o son pandilleros y están tratando de lavarnos el cerebro? Veamos si pueden darse un beso para demostrarnos que es verdad’. No lo hicimos. Y luego, dijeron que estábamos faltándoles el respeto y que teníamos que subir al auto [de la policía]...
Mi amiga, que estaba dentro de la casa, salió y preguntó si tenían una orden para llevarnos. Le dijeron que no se metiera [y] le apuntaron con su arma… Luego, uno de los policías [quien no había participado en la intimidación] subió al auto para irse, y entonces los demás también subieron[126].

Si bien la mayoría de los casos que documentó Human Rights Watch de violencia y discriminación por parte de agentes de las fuerzas de seguridad involucraban a policías, hubo tres casos relacionados con acoso por parte de soldados.

Nelson V., un hombre trans de 25 años, dijo que había sido detenido en la calle por soldados que buscaban a un pandillero. Cuando advirtieron su no conformidad de género, manifestó:

Me levantaron la camiseta y dijeron: ‘¿Qué es esto?’. Yo respondí: ‘Soy un hombre trans’. Uno de ellos dijo: ‘Oh, es una chica. Es una mujer. Tortillera, nunca estuviste con un hombre. Cuando estés con un hombre vas a cambiar’. Podía percibir el odio que sentían por mí. ‘Conozco tortilleras y maricas, pero no conozco personas como tú’[127].

Angie R., una mujer trans de 36 años en San Salvador, dijo que, el 8 de noviembre de 2018, dos soldados y un policía la interceptaron cuando volvía a su hogar por la noche después de haber asistido a un partido de fútbol con un amigo. La amenazaron con plantarle drogas si no les practicaba sexo oral. Angie R. se negó y amenazó con denunciarlos. Al día siguiente, un primo que trabajaba en una tienda cerca de su casa dijo a Angie que policías y pandilleros se habían presentado buscándola. Angie R. decidió mudarse de la casa donde vivía con su madre y alquilar otro lugar, por miedo a sufrir violencia por parte de los agentes de las fuerzas de seguridad y los pandilleros que, según suponía, estaban trabajando con los agentes. Presentó una denuncia ante la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, pero, aunque los funcionarios iniciaron una investigación, Angie R. temía sufrir represalias, y no hizo un seguimiento de la denuncia[128]. Casi dos años después, Angie no había regresado a la casa de su madre porque temía por su seguridad, aunque tenía dificultades para pagar la renta[129].

Mario L., el hombre gay de San Miguel que fue amenazado por policías por estar parado en la calle con su pareja, señaló que, en otra ocasión, había recibido amenazas de soldados porque usaba aretes. “Me dijeron: si te vemos con un arete otra vez, te vamos a golpear y te vamos a quitar el arete de la oreja”[130].

Violencia de pandillas

En numerosas ocasiones, las pandillas de El Salvador actuaron contra personas LGBT con violencia o amenazas de violencia, específicamente por su orientación sexual o identidad de género.

Ramón L., un hombre gay de 22 años, describió el asesinato de un amigo en Nuevo Guadalupe en 2015.

Geovanni Francisco Pérez, lo llamábamos Geo, era amigo mío. Era abiertamente gay y fue asesinado por su orientación sexual... Tenía una relación con un pandillero... Eso fue hace aproximadamente cinco años, en 2014. Como amigos, le dijimos: esto te va a traer problemas. Los pandilleros no querían que uno de sus miembros saliera con una persona gay. Le dijeron que fuera a un lugar y nunca volvió a su casa. Lo encontraron tres días más tarde. En los periódicos salieron fotografías realmente horribles. Lo habían torturado, [fue] terrible… Realmente me impactó esa imagen. Me hizo sentir miedo porque era mi amigo. Pensé que algo como eso podía pasarme a mí también[131].

Ramón dijo que la madre de Geo no recurrió a la justicia, pese al hecho de que “todos sabían” qué pandilleros estaban presuntamente implicados, porque temía sufrir represalias[132]. Ramón lamentó la muerte del amigo que había perdido:

Nos encontrábamos en un cibercafé y nos gustaba jugar videojuegos juntos. Jugábamos a Capture the Fish, Mortal Combat…. Se acababa de graduar con un título en Psicología, había conseguido un empleo, estaba feliz. Era muy conocido como jugador de softball[133].

María I., una mujer trans de San Salvador, habló de la pérdida de una de sus mejores amigas, Mónica, en 2011. (El asesinato de su otra mejor amiga, Camila Díaz Córdova, por el cual han sido acusados policías, se ha relatado anteriormente). María I. dijo que, en 2006, pandillas obligaron a Mónica a irse del barrio Montreal en San Salvador, donde su madre tenía una casa: “Los pandilleros dijeron que no querían verla más allí”. María I. supuso que el motivo era que Mónica era una persona trans. En 2011, Mónica dijo a María que volvería a mudarse con su familia. María I. relató: “Los pandilleros la habían obligado a irse, pero ella dijo que no tenía dinero para alquilar otro lugar. Le dije que no, que era peligroso”.

Mónica regresó al barrio Montreal el 14 de mayo, recordó María. Una semana más tarde, estaba muerta. María dijo a Human Rights Watch que había escuchado de segunda mano, a través de un familiar de un testigo, que Mónica había recibido dos disparos por parte de pandilleros que le habían advertido que se mantuviera alejada del vecindario[134].

María I., también se convirtió en víctima de las pandillas en el vecindario de Montreal, en 2013. Dijo a Human Rights Watch: “Los pandilleros me dijeron: ‘Oye, marica, si quieres vivir aquí, tienes que pagar USD 10 por semana’”. María I. sabía que trabajadoras sexuales del vecindario, tanto transgénero como cisgénero, sufrían extorsión, pero intentó explicar que estaba realizando trabajo doméstico y ganando muy poco dinero[135]. Los pandilleros fueron implacables, y le dijeron que debía pagarles para poder vivir allí[136].

En septiembre de 2015, María I. no pudo pagar durante algunas semanas. Comentó al respecto:

Una noche, salí a comprar un refresco. Se apareció un hombre a mi lado, quien me golpeó y me dijo que fuera con él. Había otro hombre. Me llevaron a un barranco y allí vi a otros dos. Me dijeron que caminara hacia abajo por el barranco... Dije que no quería ir allí abajo, que si querían hacerme algo iban a tener que hacerlo aquí. [Pero] me empujaron y me caí [por el barranco], y ellos me golpearon y me violaron. Los cuatro. Durante bastante tiempo, tuve miedo de haber contraído alguna enfermedad, porque no usaron protección[137].

Después de haber violado a María I., los pandilleros le advirtieron que le convenía continuar pagándoles o de lo contrario sufriría más violencia. María I. presentó una denuncia policial contra sus agresores, pero hasta donde tiene conocimiento, ninguno de ellos fue detenido[138].

Sandra C., una mujer lesbiana de 24 años de San Miguel, describió cómo miembros de la MS-13 la sometieron a amenazas y extorsión después de haber asesinado al hermano del esposo de su tía, “Luis”. La pandilla había matado a Luis en 2017 porque él también estaba siendo sometido a extorsión y no pagó lo exigido, relató Sandra C. El esposo de la tía de Sandra confrontó a los miembros de la MS-13 por la muerte de su hermano, y los amenazó con un machete. Poco después, él y la tía de Sandra, junto con su abuela, huyeron de El Salvador hacia México, y en enero de 2018, la pandilla centró su atención en Sandra, que tenía un pequeño comercio.

Las pandillas me amenazaron más de 10 veces. La primera vez, vinieron a mi trabajo. Dijeron que eran pandilleros de la MS y tuve que pagarles la cuota para que me protegieran y para no tener problemas. Más tarde, dijeron que sabían que yo tenía una novia. Creo que fue la tercera vez que vinieron. Comenzaron a hacer comentarios machistas: ‘Nunca estuviste con un hombre, no sabes lo bien que se siente’... Dijeron que me iban a enseñar lo que era realmente estar con un hombre. Temí que fueran a hacer algo más que amenazarme[139].

Sandra pagó mientras pudo, y nunca consideró la posibilidad de denunciar las amenazas que sufrió ante la policía:

Nunca traté de recurrir a la policía... [En El Salvador], la policía ni siquiera comienza las investigaciones. Nunca había ido a la policía. Había escuchado esto de otras personas, y a través de las noticias. Las personas presentan denuncias y los policías no hacen nada. Lo único que se puede hacer es escapar... Cuando ya no pude pagarles más, decidí irme[140].

Sandra permaneció en Chiapas, México, con su tía, su tío y su abuela durante seis meses, pero se fue de México a Estados Unidos después de que cuatro hombres la agredieron sexualmente en Chiapas, tal como se documenta en la sección que aparece a continuación. Cuando su tío regresó a El Salvador en 2019 para cuidar a un hijo que se había quedado allí, dijo Sandra, miembros de la MS-13 lo asesinaron[141].

Un peligro que enfrentan muchos salvadoreños que viven en vecindarios controlados por pandillas, pero que es particularmente importante en relación con las personas trans y algunas personas lesbianas, gais y bisexuales, es el reclutamiento forzado.

Johanna Ramírez, una investigadora del Servicio Social Pasionista, en el vecindario Mejicanos de San Salvador, dijo a Human Rights Watch: “Las personas LGBT son reclutadas por las pandillas como colaboradoras porque son vistas como personas vulnerables, más fáciles de manipular”[142].

Pricila P., una mujer trans de 32 años de San Salvador, enfrentó intentos de reclutamiento forzado. En 2017, miembros de la MS-13 le pidieron que guardara armas y drogas en su hogar. Sabían que vivía sola porque su familia la había rechazado. “Pensaron que porque yo era marica — la identidad de género no existe para ellos — tendría que colaborar con ellos”[143]. La noche siguiente, dijo, tres pandilleros llegaron a su casa para exigirle una respuesta.

Cuando dije ‘no’, uno de ellos me agarró y me arrojó al suelo. Me dio un puntapié en el estómago. Uno de ellos se levantó la camisa y me mostró su tatuaje. Dijo: ‘Las pandillas se respetan. Estas dos letras se respetan’. Me golpearon y me quemaron parte del pie. Con un encendedor, prendieron fuego una tela y lo arrojaron sobre mi pie[144].

Pricila P. mostró a los investigadores de Human Rights Watch la cicatriz que tenía en el pie, resultado de que los pandilleros habían prendido fuego una tela y se la habían arrojado a ella[145].

Cuando continuó negándose a trabajar con la MS-13, le dijeron que tendría que pagar el “impuesto” dos veces por mes:

Todos los días 1 y los días 16 del mes venían a mi casa. Muchas veces, no podía pagarles. Cuando no podía pagar, venían con un bate de madera. Al final de la comunidad había una casa grande y vacía. Me llevaron allí, me pusieron contra la pared y me golpearon. Decían que su bate era la ley. Me golpearon 13 veces, para representar el nombre de la pandilla. En muchas ocasiones, tuve que permanecer tirado allí, vomitando sangre, hasta que pude levantarme e ir a casa... No puedes pedir ayuda, porque obviamente las personas no se involucran, por su propia seguridad[146].

También les dijeron a personas del vecindario que Pricila tenía sida. Después de esto, ella dijo: “Las personas comenzaron a gritarme, a golpearme, a arrojarme piedras”[147].

Para pagar la “renta” que exigía la MS-13, Pricila, que tenía un empleo con bajo sueldo en una tienda, se volcó al trabajo sexual. “No me gustaba ejercer esa profesión, pero lamentablemente tenía que hacerlo para pagarles a las pandillas. Esto continuó hasta 2018, el trabajo formal y el trabajo informal”, dijo[148].

El 13 de febrero de 2019, Pricila fue testigo del secuestro, por parte de la MS-13, de un amigo gay, a quien la pandilla también había intentado reclutar. Vio cómo los pandilleros obligaban a su amigo a subir al auto y se alejaban. Más tarde esa noche, vinieron a buscar a Pricila.

Alrededor de las 11:30 o 12:00 de la noche, me golpearon la puerta y dijeron que, si yo seguía negándome [a unirme a la pandilla], la siguiente desaparecida iba a ser yo, y también por haber sido testigo... Entonces, lamentablemente, tuve que irme de mi país, a las cuatro de la madrugada, el 14 de febrero. Solo agarré una mochila, no planifiqué nada. Puse dentro unas pocas cosas y algo de dinero que tenía[149].

Pricila P. siguió experimentando violencia en su viaje por México, pero finalmente consiguió llegar a Estados Unidos y solicitó asilo. Cuando se redactó este informe, su siguiente audiencia recién estaba programada para diciembre de 2021 debido al freno en la actividad del sistema inmigratorio estadounidense relacionado con el Covid-19[150].

Kiana C., una mujer trans de 30 años, también huyó de El Salvador debido a la violencia de las pandillas, acompañada por un trato discriminatorio por parte de la policía. Kiana C. dijo a Human Rights Watch que, en diciembre de 2018 y en enero de 2019, pandilleros de la MS-13 y la Barrio 18 amenazaron con matarla:

La MS controlaba la zona donde yo vivía y la 18 el lugar donde trabajaba [como trabajadora sexual]. Fueron los de la Barrio 18 los que me atacaron. Me dijeron que tenía que irme de la colonia o saldría en una bolsa. La fiscalía y la policía vinieron a mi casa, y la MS pensó que era [porque yo los había denunciado] a ellos. Me dijeron que tenía que irme lejos o me iban a matar[151].

En su intento de denunciar las amenazas a la policía, con la asistencia de la organización trans COMCAVIS, se encontró con nuevos abusos:

Presenté una denuncia, pero los policías me denigraron y me llamaron prostituta, gay, me dijeron que era una ramera de las calles y que no me iban a ayudar. Me llamaron ‘marica’[152].

Kiana C. dijo que la policía se negó a entregarle una copia de la denuncia penal que detallaba el testimonio que ella había dado y el número de expediente, y que no sabía si el caso se había investigado alguna vez. Al no tener una copia de la denuncia penal, a ella también le faltará un documento importante para corroborar su experiencia de violencia en su solicitud de asilo. Atemorizada por la posibilidad de que su vida corriera riesgos, huyó a México[153]. Entró en Estados Unidos y presentó una solicitud de asilo poco antes de que se cerrara la frontera para los solicitantes de asilo en marzo de 2020[154].

No siempre está claro en qué medida la violencia en El Salvador está directamente relacionada con la orientación sexual o la identidad de género de una víctima, pero, en algunas ocasiones, las pandillas utilizaron estos aspectos para amenazar más gravemente a las personas.

Frank, una persona no binaria de Santa Ana, dijo que, en 2010, cuando tenía 16 años, había sufrido un secuestro por parte de una pandilla y había permanecido por la fuerza en una cueva durante cuatro días. Los pandilleros exigían a la familia de Frank en Estados Unidos un rescate de USD 20.000. Durante toda esta terrible experiencia, en la cual los pandilleros golpeaban a Frank en los pies y en el estómago y le negaban la comida, también preguntaban reiteradamente: “¿Eres marica?”. Amenazaban con “vender” a Frank si su familia no entregaba el dinero. Frank recuperó la libertad cuando su familia pagó el rescate[155].

Yésica N., una mujer trans de San Luis Talpa, relató una escalofriante historia del homicidio de tres de sus amigas cercanas —Daniela, Yasuri y Elizabeth, todas mujeres trans— cuando se negaron a vender drogas para una pandilla. No resulta claro si la exigencia de la pandilla estuvo relacionada con la identidad de género de las víctimas. Yésica N. dijo a Human Rights Watch:

Los pandilleros les habían dicho, un año antes de su muerte: ‘Si quieren vivir aquí, tienen que vender drogas para nosotros’. Dos [otras amigas trans que habían sido amenazadas] huyeron a México. Las otras permanecieron en el país. El 19 de febrero [de 2017], mataron a las dos primeras. A menos de 50 pasos de la estación de policía local, durante el baile por el Día de San Valentín[156].

Yésica N. dijo que, dos días más tarde, en el entierro de las dos primeras víctimas, Daniela y Yasuri, la tercera víctima, Elizabeth, recibió una llamada telefónica y salió para encontrarse con alguien. Su cuerpo fue hallado a la mañana siguiente. Yésica dijo que a Elizabeth le habían sacado los ojos, tenía las manos atadas y la habían degollado. Yésica dijo: “De algún modo, fue como si yo también hubiera muerto”[157].

Laura I., una mujer trans de 28 años que había abandonado la escuela secundaria debido al acoso, dijo que, en 2015, estaba estudiando para obtener el diploma secundario en una escuela nocturna, pero que sus esfuerzos por asistir a la escuela de noche también se frustraron. En al menos tres ocasiones en las que caminaba en dirección a su casa cuando ya había caído la noche, fue amenazada por pandilleros a bordo de un auto, quienes le dijeron que no querían verla en el vecindario. La tercera vez, uno de ellos bajó del vehículo. “Se levantó la camisa para mostrarme que tenía un arma. Desde ese momento, y durante un año, no salí de mi casa después de las seis de la tarde”, dijo Laura I. a Human Rights Watch. “Creo que era porque me veían como una mujer trans y suponían que estaba ofreciendo servicios sexuales”[158].

Yadira Q., una mujer trans de La Unión, dijo que, si bien no había sufrido personalmente a causa de las pandillas, conocía a otras mujeres trans a quienes los pandilleros habían agredido sexualmente, y había recibido amenazas de violencia sexual:

Para evitar problemas, tienes que aceptar tener sexo con ellos. Los pandilleros me dijeron una vez: ‘No tenemos nada en contra de ustedes los maricas. Es solo que tomamos lo que queremos. Si les decimos que hagamos algo, lo hacen porque quieren o lo hacen a la fuerza’[159].

Las personas LGBT que se ganan la vida a través del trabajo sexual enfrentan un alto nivel de exposición a la violencia ejercida por pandillas.

Michelle S., una mujer trans de Zacatecoluca, comenzó a intercambiar sexo por dinero a los 15 años, tras escapar de la violencia que ejercía su padre, como se relató anteriormente[160]. Cuando tenía 16 o 17 años, presenció el asesinato de su amiga, que también era trans y vendía servicios sexuales cuando pandilleros le dispararon frente a ella por negarse a pagarles la “renta”. La policía llegó al lugar del crimen y Michelle, por miedo a revelar la verdad acerca del ataque, dijo que personas desconocidas les habían exigido dinero. En lugar de brindarle apoyo a Michelle o derivarla a los servicios de apoyo para víctimas de explotación sexual, los policías comenzaron a acosarla por su identidad de género. “Los policías me tomaron declaración, pero también me dijeron que esto nos pasaba por estar vestidas como mujeres”[161].

Cuando las mujeres trans u otras personas de género no conforme son testigos de la violencia que ejercen las pandillas, es posible que sean particularmente susceptibles a sufrir consecuencias por las dificultades para asimilarse al resto de las personas. Erika, una mujer trans de 39 años de San Salvador, manifestó: “Yo fui siempre una de esas personas que decían ‘No quiero irme nunca de mi país. Voy a morir en mi país’”. Pero huyó en 2015 después de haber sido testigo del homicidio de cuatro personas de su vecindario por pandilleros. “Cuando esto ocurrió, ellos me vieron. Sabían que yo era testigo. Una semana más tarde, vinieron a amenazarme”[162].

Erika no sabía dónde esconderse, o cómo confundirse con el resto de las personas, por ser una mujer trans visible en un país pequeño en el cual el poder es ejercido, en gran medida, por pandillas.

A veces me decían que debía mudarme a otro departamento, pero el gobierno no tiene el control del país, y toda la criminalidad está interconectada, así que no puedes escapar de ella. Especialmente siendo trans, no puedes esconderte[163].

Cuando Lisa A., una mujer trans de 27 años de San Miguel, fue secuestrada por una pandilla, tuvo muy pocas posibilidades de recurso, especialmente porque la policía pareció adoptar un papel de complicidad en la violencia al devolverla a sus agresores después que ella pidió ayuda. Lisa A. paró un taxi para volver a su casa después una fiesta el 8 de noviembre de 2018. Luego, el conductor recogió a un hombre quien, según dijo, era un amigo a quien dejaría antes de llevar a Lisa a su lugar de destino. Pero en las afueras de la ciudad, el conductor detuvo el automóvil en una zona oscura y despoblada.

Sacó una pistola de su cinturón y me dijo: ‘Te metiste con alguien con quien no deberías haberte metido’. ‘¿Quién?’ Pregunté. Y él respondió: ‘Te voy a dejar aquí con dos balas en el cuerpo’.
Me dijo que fuera hacia el bosque, pero entonces pensé: No estoy lista para morir así. Lo golpeé con mi cartera. La pistola cayó al suelo y yo salí corriendo[164].

Lisa A. corrió hacia los cerros, se escondió entre los arbustos y llamó al 911. El operador le dijo que activara el GPS de su teléfono para enviarle su ubicación. Cuando llegó la policía 30 minutos más tarde, Lisa salió de su escondite y se acercó a los policías, quienes estaban hablando con los hombres que la habían amenazado; hombres que, según concluyó, debían de ser pandilleros. Según lo señaló Lisa:

El policía simplemente me miró. Le mostré mi teléfono celular para que viera que yo había hecho la llamada al 911. Me quitó el teléfono y preguntó: ‘¿Qué estabas haciendo con ellos?’. ‘No los conozco, yo quería que el conductor del taxi me llevara de regreso a mi vecindario y no sé por qué me trajeron aquí’. Los policías y los pandilleros se quedaron mirándose durante un rato. Entonces, el policía simplemente me entregó a los pandilleros, sin decir nada. El policía me empujó y me entregó[165].

Lisa A. dijo que la pandilla la mantuvo cautiva en una cueva en el bosque, donde a los dos secuestradores se sumaron otras personas[166]. Lisa A. describió su cautiverio:

Durante el tiempo en que me tuvieron allí, me torturaron, me golpearon, me preguntaron por qué me visto así y decían: ‘No nos gustan los maricas’. … Varios de ellos me violaron... Me afeitaron la cabeza[167].

Lisa A. logró escapar después de cuatro días. Corrió por el bosque, encontró la autopista y pudo regresar en un vehículo a San Miguel, donde se dirigió a la estación de policía para hacer una denuncia. Los policías de guardia insistieron en que ella solamente podía hacer una denuncia si tenía sus documentos de identidad. Lisa A. señaló que, pese a la explicación de que acababa de escapar de un secuestro, y a que sus lesiones eran evidentes, los policías la echaron. Intentó hacer la denuncia en otra estación de policía, pero después tener que esperar durante varias horas mientras policías se burlaban de su expresión de género, se fue sin haber podido hacer su denuncia[168].

Discriminación en El Salvador: Un camino hacia una vida en los márgenes

Si bien el código penal de El Salvador prohíbe la discriminación por parte de funcionarios del Estado, como se analizó anteriormente, las personas LGBT no tienen protección contra la violencia en sectores como educación, empleo y vivienda. Un estudio del año 2018, llevado a cabo por la Agencia Española de Cooperación Internacional y Desarrollo determinó que “el carácter estructural de la discriminación y la exclusión de las personas LGTBI las inserta, a menudo desde temprana edad, en un ciclo de pobreza por falta de acceso a servicios, oportunidades y prestaciones sociales”[169]. El Salvador, como la mayoría de los países, no mantiene estadísticas sobre la vulnerabilidad económica de las personas LGBT, pero Human Rights Watch recibió testimonios de personas LGBT salvadoreñas que decían que la discriminación en la educación y en el empleo limitaba sus opciones, y que a veces los empujaba hacia la pobreza.

La pobreza en El Salvador no solo es un problema en sí mismo, sino que, además, las personas que viven en la pobreza se ven afectadas de un modo desproporcionado por la violencia. En la investigación que Human Rights Watch llevó a cabo en 2020 para el informe Deportados al peligro, se determinó que la violencia de pandillas está concentrada en vecindarios urbanos específicos, muchos de los cuales están completamente controlados por estas bandas[170].

Es probable que las personas LGBT, quienes son empujadas hacia los márgenes sociales y económicos por toda una vida de discriminación, tengan escasas opciones cuando se trata de elegir un lugar seguro para vivir. Las mujeres trans, que a menudo están empobrecidas y se ven obligadas a realizar trabajo sexual como resultado de la discriminación en el empleo, son incluso más propensas a enfrentar violencia por parte de pandillas, de la policía y de sus clientes. Erika Q., una mujer trans de 39 años de San Salvador, manifestó que había comenzado a realizar trabajo sexual para poder sobrevivir al no haber podido conseguir otro empleo:

En El Salvador, muchos caen en la prostitución porque no hay otra manera de subsistir. Se pierden las esperanzas. Yo perdí las esperanzas de poder conseguir un trabajo en El Salvador. Me postulé en muchos lugares, pero nunca me volvieron a llamar... Lo que realmente necesitamos es acceso al trabajo[171].

Erika Q. había abandonado la escuela debido al acoso, y esto se convirtió en un impedimento para sus oportunidades futuras:

Estudié hasta noveno grado. Me sentí desalentada [y abandoné la escuela porque] cuando comienzas a darte cuenta de que tienes una identidad diferente, te das cuenta de que va a ser una lucha. Los demás estudiantes hacían muchas bromas. No estás psicológicamente preparada para eso. Ellos nos ven [a las personas trans] como personas sin sentimientos[172].

Otras personas LGBT fueron expulsadas de las clases o amenazadas con ser expulsadas de la escuela debido a la no conformidad de género. Nelson V., un hombre trans, dijo que, en cuarto grado, el vicedirector de su escuela primaria comenzó a acosarlo por el hecho de usar pantalones en lugar de una pollera. Según dijo, tuvo que repetir un grado después de haber sido expulsado de la clase muchas veces.

El vicedirector dijo que me iba a expulsar de la escuela. Me envió a mi casa porque fui a la escuela con pantalones, y no me permitieron entrar a la clase. Siempre me molestaba: ‘¿Quién es tu novio? ¿Jorge es tu novio? ¿O es tu novia?’[173].

Ricardo S., un hombre gay, dijo que sus profesores de la escuela secundaria de San Salvador lo acosaban por ser “muy afeminado”. Una docente, quien lo encontró usando maquillaje, le dijo que eso era “para maricas” y amenazó con expulsarlo. Esa docente lo envió a un psicólogo, quien lo instó a que consiguiera una novia. Para poder permanecer en la escuela y evitar más problemas, Ricardo simuló que una amiga suya era su novia[174].

Xavier H., un hombre trans de 26 años, recordó haber sufrido acoso por parte de sus compañeros de clase por ser “diferente”. Le arrojaba piedras, según manifestó, y los docentes no intervenían. A veces, Xavier se escondía en el baño para almorzar, con la intención de escaparse del acoso, pero en algunas ocasiones, “me sacaban del baño a la fuerza y me golpeaban con violencia”[175]. Xavier continuó sufriendo discriminación en la universidad, donde, en 2015, durante lo que se suponía que iba a ser el último año de su carrera de veterinaria, fue rechazado reiteradamente cuando se postulaba para las pasantías externas obligatorias, por motivos que, según él cree, se debían a prejuicios contra las personas trans. Cuando Human Rights Watch lo entrevistó en 2019, aún no había logrado hacer esta pasantía y finalizar la carrera[176].

Xavier pudo conseguir un empleo en una clínica veterinaria, pese a no haber finalizado su carrera, pero allí también enfrentó acoso por parte de sus colegas, quienes hablaban en términos despectivos de su identidad de género e insistían en llamarlo por el nombre que había dejado de usar (el que figuraba en sus documentos oficiales). Xavier dijo que a él también le pagaban menos que a colegas con una formación similar. Finalmente, dejó el trabajo[177].

Navas F., un hombre trans de San Salvador que estudió hotelería, también descubrió que las oportunidades de empleo estaban cerradas para él debido a su identidad de género. “Dejé mi CV en hoteles y restaurantes, pero nadie me abrió una puerta”. Lo invitaron a una entrevista laboral en un restaurante, donde la persona que lo entrevistó observó que había un “error” en sus documentos de identidad. Navas explicó que era un hombre trans, y no volvió a tener noticias del empleador[178].

Las personas LGBT también pueden ser privadas de oportunidades o de ascensos. Henryk A., un hombre trans, dijo que su supervisor no accedió a enviarlo a capacitaciones y le negó oportunidades de avanzar que sí estaban disponibles para sus colegas cisgénero en el laboratorio médico donde trabajaba[179].

Pricila P., una mujer trans de San Salvador, dijo que, para encontrar un empleo, debía ocultar su identidad de género: “Las personas como yo no son aceptadas. Yo siempre supe que era una mujer, pero tenía que cortarme bien corto el cabello y vestirme con ropa de hombre para tener un trabajo formal”[180].

III. Guatemala

Su intención es eliminar lo que “no es normal”.


—Juan Pablo Escalante, activista gay, Huehuetenango, Guatemala, 5 de agosto de 2019.

Antecedentes

En un informe de enero de 2020, la Alta Comisionada de las Naciones Unidas (ONU) para los Derechos Humanos, Michelle Bachelet, se refirió a la situación en Guatemala como “un contexto difícil en materia de derechos humanos, con altos y persistentes niveles de desigualdad, discriminación, inseguridad e impunidad”[181]. Poderosas organizaciones criminales, “entre las más sofisticadas y peligrosas de Centroamérica”, controlan a las personas y al territorio a través del terror, y sus principales herramientas son la violencia y la extorsión[182]. La Ciudad de Guatemala es una de las más violentas de América Latina. En 2018, se registraron 42.5 homicidios por cada 100.000 habitantes[183].

La impunidad en el sistema de justicia penal es generalizada, y es difícil para las víctimas obtener resarcimiento por delitos que varían desde corrupción y violencia de pandillas hasta delitos de lesa humanidad perpetrados durante los 36 años del conflicto civil en Guatemala. La Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala (CICIG), establecida en 2007 con el respaldo de las Naciones Unidas, tuvo un rol significativo en la desarticulación de redes delictivas. Sin embargo, el gobierno la clausuró en 2019 luego de que intentara quitar la inmunidad presidencial al entonces presidente Jimmy Morales con el fin de investigar su posible papel en el financiamiento ilícito de la campaña presidencial[184]. En 2019, Alexander Giammattei resultó electo por su propuesta de potenciar el crecimiento económico y controlar la violencia[185].

La pobreza y la inseguridad económica afectan a muchos guatemaltecos; según informó el PNUD, en 2019 más del 28 % de la población sufría pobreza multidimensional, que se refiere a los efectos acumulativos de la pobreza sobre, entre otras cosas, la educación, la salud, los estándares de vida, la calidad del trabajo y la exposición a la violencia[186]. La proporción de personas LGBT en situación de pobreza puede ser particularmente alta: La Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala describió como “preocupante” un hallazgo de su encuesta de 2017 a personas LGBTQI guatemaltecas, que indicó que el 58 % de las personas encuestadas ganaban menos de 5.000 quetzales (alrededor de USD 650) mensuales[187].

Orientación sexual e identidad de género en Guatemala

Contexto legal y político

La Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala ha condenado la ausencia de políticas públicas que aborden la discriminación contra las personas LGBT que han sido víctimas de delitos, al señalar que en el sistema de justicia guatemalteco “se encuentran totalmente invisibilizadas las personas LGBTIQ que han sido víctimas de delitos, cuya causa principal hubiere sido la orientación sexual e/o identidad de género diversa, especialmente en el delito de discriminación”. Esto crea un contexto en el que es poco probable que empleadores, propietarios de viviendas de alquiler, centros de salud, escuelas y otras instituciones públicas y privadas rindan cuentas por la discriminación contra las personas LGBT[188].

Guatemala no cuenta con leyes civiles integrales contra la discriminación que protejan de manera explícita de aquella que responde a motivos de orientación sexual e identidad de género. El artículo 202 bis del Código Penal prohíbe la discriminación por motivos de género, raza, etnia, idioma, edad, religión, situación económica, enfermedad, discapacidad, estado civil o “cualesquiera otro motivo, razón o circunstancia”[189]. En diciembre de 2019, la legisladora Karina Paz presentó un proyecto legislativo, que estaba en trámite cuando se elaboró este informe, para modificar el artículo 202 bis, de modo que incluya la orientación sexual y la identidad de género[190]. En lugar de priorizar la extensión del derecho penal, que no debería utilizarse como instrumento principal para proteger contra la discriminación, los legisladores deberían concentrarse en adoptar leyes civiles integrales que prohíban la discriminación.

Guatemala cuenta con algunas protecciones legales contra la discriminación que no son del orden penal. Por ejemplo, el Código de Trabajo protege contra la discriminación en el empleo por motivos de raza, religión, opinión política y condición socioeconómica. Sin embargo, no menciona la orientación sexual ni la identidad de género y no contiene una disposición amplia que incluya “otros motivos”[191].

La discriminación contra las personas transgénero, en particular, se agrava en un contexto en el que no hay leyes que permitan que cambien sus marcadores de género en documentos oficiales. La legisladora Sandra Moran, quien pasó a la historia en 2015 como la primera persona abiertamente del colectivo de lesbianas, gais, bisexuales o transgénero que fuera elegida como legisladora, intentó presentar una ley de este tipo en 2017 (Iniciativa 5395). El proyecto legislativo fue enviado a la Comisión de la Mujer y la Comisión Legislativa dentro del Congreso. En ambas comisiones recibió un dictamen desfavorable en agosto de 2018 y, como consecuencia de esto, el proyecto nunca llegó a la instancia de votación en el Congreso[192]. El presidente de la Comisión de la Mujer, Aníbal Rojas, objetó el proyecto alegando que el reconocimiento legal del género podría dar lugar al matrimonio entre dos hombres[193].

En 2008, Guatemala aprobó una ley contra el femicidio y otras formas de violencia contra las mujeres, incluidas la violencia física y sexual. Conforme a esta ley, el femicidio, definido como la “muerte violenta de una mujer, ocasionada en el contexto de las relaciones desiguales de poder entre hombres y mujeres, en ejercicio del poder de género en contra de las mujeres”, está penado con 25 a 50 años de prisión. Otras formas de violencia contra la mujer están penadas con 5 a 12 años de prisión[194]. La Ley contra el Femicidio, que complementa el Código Penal, es notable no solo porque establece penas más largas sino también por las obligaciones que impone al Estado, que incluyen brindarles refugio a las sobrevivientes de violencia doméstica y recopilar datos sobre violencia contra las mujeres. El Estado, en general, no ha cumplido estas obligaciones[195]. La aplicación de la ley rara vez ha dado lugar a condenas[196]. Diversos funcionarios guatemaltecos han indicado que la Ley contra el Femicidio no se aplica a las mujeres trans porque estas no son “mujeres biológicas”[197].

En 2017, la legisladora Morán presentó la Iniciativa 5278, un proyecto legislativo que proponía modificar el artículo 27 del Código Penal para sancionar como delitos agravados los delitos de odio por motivos de orientación sexual, identidad de género, edad y religión, y que también habría tipificado la discriminación contra personas LGBT[198]. El proyecto fue rechazado en una comisión del Congreso y no llegó a la instancia de votación[199]. En diciembre de 2019, Morán volvió a presentar una nueva iniciativa contra los delitos de odio, la Iniciativa 5674, que obligaría al gobierno a observar al compromiso asumido ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en 2020 de establecer un plan nacional integral para proteger los derechos de las personas LGBT e intersexuales. La iniciativa también requeriría que el Ministerio de Educación establezca un plan contra el acoso escolar tendiente a proteger a los estudiantes LGBT y que el Ministerio de Desarrollo Social establezca programas para combatir la marginación social de las personas trans[200].

El Ministerio Público intenta hacer un seguimiento de los delitos de odio contra las personas LGBT. En 2014, a través de su sistema de gestión de casos, SICOMP, el Ministerio Público incorporó una casilla que el funcionario que recibe una denuncia puede marcar si la persona que la presenta se identifica a sí misma como LGBT. Sin embargo, varios entrevistados dijeron a Human Rights Watch que, en la práctica, la casilla no se usa. Lucía O., una mujer lesbiana que presentó una denuncia después de que su novia actuara de manera violenta contra ella y le robara, dijo al respecto: “La muchacha que recibió la denuncia no sabía dónde estaba la casilla para marcar que yo era LGBT”[201]. Noelia A., que acompañó a otra mujer trans a hacer una denuncia después de ser agredida, señaló al respecto: “El fiscal que nos atendió se dirigió a ella como si fuera un hombre. Y me dijo que no era posible indicar ‘mujer trans’ en el expediente. Le pedí que lo hiciera, pero me dijo ‘No’”[202].

Mientras tanto, sí ha prosperado en la legislatura un proyecto legislativo basado en argumentos homofóbicos. En 2018, varios líderes evangélicos redactaron la propuesta de “Ley para la Protección de la Vida y la Familia”, que institucionalizaría la discriminación contra las personas LGBT en Guatemala, y presentaron el proyecto ante el Parlamento como una iniciativa popular[203]. El proyecto, aprobado por el Congreso en una lectura inicial en agosto de 2018, define el matrimonio como la unión entre un hombre y una mujer. El proyecto describe la “diversidad sexual” como “incompatible con los aspectos biológicos y genéticos del ser humano”. Establece que la “libertad de conciencia y expresión” protege a las personas de ser “obligadas a aceptar como normales las conductas y prácticas no heterosexuales”, una disposición que podría utilizarse para justificar la denegación discriminatoria de servicios. El líder evangélico detrás del proyecto de Ley para la Protección de la Vida y la Familia dijo a los medios de comunicación que la iniciativa también buscaba “evitar que Guatemala participe de alguna convención [internacional] sobre diversidad de género”[204]. El presidente entrante Giammattei expresó en la campaña electoral que apoyaba el proyecto[205]. Cuando se redactó este informe, el proyecto aún debía recibir otras aprobaciones legislativas consistentes en una tercera lectura en el Congreso, para que el presidente pudiera promulgarlo.

Ante la ausencia de leyes o políticas públicas de protección sólidas, la Procuraduría de los Derechos Humanos, un organismo casi independiente dentro del gobierno de Guatemala, ha intervenido para apoyar con vehemencia los derechos de las personas LGBT[206]. En julio de 2020, varios legisladores lanzaron una campaña para que el procurador, Jordán Rojas, fuera separado del cargo debido a sus posturas en apoyo a los derechos de las personas LGBT y al acceso al aborto[207].

Estigmatización social

En este difícil contexto legal, los activistas LGBT han hecho algunos avances en la presión para conseguir respeto e igualdad, incluso dentro de la esfera política. Sandra Morán, legisladora electa en 2015, tenía trayectoria en el activismo, como una de las organizadoras del primer colectivo de lesbianas conocido en Guatemala en los años noventa[208]. Morán solo cumplió un mandato, pero en 2019 el primer legislador abiertamente gay de Guatemala, Aldo Dávila, siguió sus pasos en el Congreso. No obstante, ni siquiera el éxito electoral sirve como protección contra la estigmatización social. En marzo de 2020, Dávila presentó una denuncia ante autoridades legislativas después de que otros legisladores le profirieran insultos homofóbicos en la cámara del Congreso[209].

El mismo tipo de insultos asola a las personas LGBT guatemaltecas en las calles, las escuelas, en la web y en sus lugares de trabajo. Sécia G. de la organización lesbiana ODISCEA contó que su organización había “recibido muchos mensajes de odio en el sitio, junto con palabras tales como ‘por qué existen si no retribuyen nada a la sociedad’, refiriéndose al hecho de que nosotras [las lesbianas] no tendríamos hijos”[210]. Paloma C., una mujer trans en la Ciudad de Guatemala, dijo a Human Rights Watch que la humillación pública, incluidas las burlas por su identidad de género, es algo “tan común que simplemente asumimos que ocurrirá”[211]. Dolores F., una mujer trans de Chichicastenango, contó que había escuchado a personas referirse a las mujeres trans como “demonios”[212]. Brandon Saucedo, un activista gay del departamento de Huehuetenango que se describe a sí mismo como de apariencia andrógina, con cabello largo y aretes, señaló:

Salí del clóset cuando tenía 14 años, pero no me atrevo a salir solo por la noche, por temor a lo que pueda ocurrir. Incluso hay niños de seis y siete años que me gritan ‘marica’ en la calle[213].

En zonas rurales, los temas LGBT son especialmente tabú, y la información sobre orientación sexual e identidad de género es escasa. Debido al probable rechazo social, muchas personas LGBT no revelan su condición, y esto hace que quienes están descubriendo su identidad sexual o de género tengan pocos modelos a seguir[214]. Las personas LGBT también experimentan el rechazo de sus familias. Darwin N., un hombre gay de 22 años quien vive en una pequeña ciudad de Jalapa y brinda asistencia informal a muchas personas gais jóvenes, dijo a Human Rights Watch:

Varias personas me dijeron que el rechazo [que sufrieron] por parte de su familia [al dar a conocer su condición] las llevó a querer quitarse la vida. Algunas lo han intentado... La última vez que escuché [algo así] fue hace tres días. Hablamos ese mismo día. En el momento en que quería hacerlo, me llamó... Este año, 10 [personas LGBT en mi ciudad] han intentado suicidarse hasta el momento[215].

Lupita L., una activista lesbiana de Quetzaltenango, describió la muerte de una amiga por suicidio tras enfrentar el rechazo de su familia: “Le dijeron que ya no era parte de la familia. Ella me contó que no sabía qué hacer... Y entonces se suicidó”[216].

En algunos casos, el rechazo familiar obliga o empuja a las personas LGBT a someterse a una terapia de conversión, ofrecida tanto por profesionales de la salud mental como por líderes religiosos, a veces en forma de exorcismo de supuestos demonios[217]. Geraldo R., un hombre gay de 23 años de Jalapa, contó que cuando tenía 17 años sus padres lo enviaron a un campamento de terapia de conversión organizado por la iglesia, de dos semanas de duración. Contó que los 13 niños y las 3 niñas del campamento pasaban el día entero en terapias individuales con psicólogos y psiquiatras. Recuerda que le mostraron videos de un joven y una mujer teniendo relaciones sexuales y le preguntaron cómo se sentía. Geraldo volvió del campamento convencido de que no podría cambiar su orientación sexual. Sin embargo, dijo a Human Rights Watch: “Tuve que hacer de cuenta que había cambiado, para evitar que me obligaran a quedarme en el campamento varias semanas o meses más. Tuve que recurrir a mi mejor amiga mujer para simular que éramos una pareja”[218].

Para afrontar la inmensa presión familiar, algunos hombres gais y lesbianas acceden a matrimonios heterosexuales. Marco Antonio H., un activista gay de una pequeña localidad en Huehuetenango, dijo:

No puedes contarle a nadie en la comunidad. Y entonces las personas se casan, por la presión social y familiar. Lo haces para reducir el riesgo de violencia y porque el aislamiento social es muy potente[219].

El rechazo social hace que algunos niños y niñas LGBT huyan de sus hogares. Miriam D., una mujer trans de 33 años en Quetzaltenango, dijo a Human Rights Watch:

Desde que expresé mi orientación, mi familia comenzó a discriminarme. Me violaron, pero mi familia no me creyó, y me fui de mi casa a los 12 años[220].

Miriam D. contó que intercambia sexo por dinero desde que tenía 14 años. Las normas internacionales sobre los derechos de los niños y las niñas establecen claramente que la prostitución infantil es una de las peores formas de trabajo infantil. Los Estados deberían procesar a quienes utilizan de esta manera a los niños y las niñas, y brindarles asistencia a los niños y niñas que son sometidos a explotación sexual con fines comerciales.

Noelia A., una mujer trans de 42 años que lidera un colectivo de trabajadoras sexuales trans en la Ciudad de Guatemala, describió la marginación que conduce a muchas mujeres trans a dedicarse al trabajo sexual:

Nos han olvidado. Hemos tenido que dedicarnos al trabajo sexual a causa de la estigmatización [que conlleva ser una mujer trans] y debido a la discriminación por parte de [nuestras] familias y en el trabajo[221].

Noelia A. contó que se había formado como cocinera y pastelera, pero que la habían discriminado cuando trabajaba en restaurantes: “Aquí, si vendemos comida, las personas no nos compran porque dicen que tenemos VIH”[222].

Marco Antonio H., el activista gay de Huehuetenango, describió el aislamiento que sufren las mujeres trans en el municipio conservador de 50.000 personas donde creció:

No te dan oportunidades de trabajo si eres diferente... En el municipio hay tres mujeres trans, y lo único que pueden hacer es trabajar en un antro y brindar servicios sexuales. Es algo que está muy oculto. Todos en el municipio las conocen y las tratan mal, pero igualmente están allí. Una de ellas obtuvo un préstamo a través de un grupo de mujeres y las personas la acusaron de robo y la corrieron de donde vivía con su familia. Las personas no las respetan, los ebrios las manosean...[223]

Gabriela Mundo, una funcionaria de la Procuraduría de los Derechos Humanos, dijo a Human Rights Watch que hay grupos de extrema derecha que fomentan las opiniones contra las personas LGBT: “El discurso antiderechos, especialmente en lo que respecta a las mujeres y a las personas LGBTQ, está muy presente. Es un discurso de grupos de ultraderecha que se utiliza para apoyar los ataques contra las personas LGBTQ”[224].

De acuerdo con estadísticas oficiales, alrededor del 44 % de la población de Guatemala es indígena[225]. Arcadio S. y Sabino C., activistas maya quiché que trabajan con la organización indígena LGBT Kajib Kawoq, señalaron que la homofobia en las comunidades indígenas contemporáneas se debía en parte al legado del colonialismo español y a la imposición del catolicismo en las comunidades mayas, y que las iglesias fueron una fuente importante de discriminación contra las personas LGBT[226]. Arcadio S. dijo que para el pueblo quiché, una de las 22 culturas indígenas de Guatemala:

Los homosexuales han desempeñado tradicionalmente un papel importante en el liderazgo espiritual y artístico. Pero la imposición del catolicismo cambió las cosas: estereotipos de género, “no usar camisas rosadas”... Tenemos una espiritualidad dualista, un dios que es hombre y mujer. El catolicismo cambió eso[227].

Guatemala también tiene una gran población evangélica (protestante) cada vez más numerosa, y algunas iglesias evangélicas influyentes han sido el eje central de iniciativas para promover y adoptar políticas públicas contra las personas LGBT[228]. El resultado es que en algunas comunidades indígenas contemporáneas sumamente cerradas, la influencia católica y evangélica se combina con las normas comunitarias para generar un entorno hostil hacia las personas LGBT[229]. Las personas indígenas de la comunidad LGBT que se mudan a la Ciudad de Guatemala o a otras ciudades en busca de mayor libertad individual o una vida más dinámica en la comunidad queer pueden luego enfrentarse a la discriminación por ser indígenas.

La combinación de rechazo familiar, animadversión religiosa, control de territorios por parte de pandillas y antipatía de la derecha contribuye a generar condiciones en las que las personas LGBT en general, y las personas trans en particular, experimentan discriminación y abuso.

Violencia contra personas LGBT en Guatemala

El año 2020 comenzó en Guatemala con el homicidio de una mujer transgénero. El día de Año Nuevo, Jennifer Ávila, de la pequeña ciudad de Mazatenango, al oeste de Guatemala, fue hallada gravemente herida, con signos de tortura y agresión sexual. Murió después de ser llevada al hospital[230]. En agosto de 2020, el Procurador de los Derechos Humanos, Jordán Rojas, informó que al menos 11 personas que se sabía que pertenecían a la comunidad LGBT habían sido asesinadas en Guatemala desde el comienzo del año[231].

De las 52 personas LGBT guatemaltecas que Human Rights Watch entrevistó, seis dijeron que habían experimentado personalmente violencia vinculada con su identidad de género u orientación sexual, y al menos 11 señalaron que las había afectado personalmente el homicidio o una agresión grave contra una persona LGBT amiga o conocida, o las historias sobre otras personas LGBT asesinadas en su localidad. En Quetzaltenango, activistas de la organización de mujeres queer Vidas Paralelas relataron historias de mujeres trans que conocían y que habían sido asesinadas a lo largo de los años, algunas en agresiones armadas, y otras estranguladas[232]. Human Rights Watch entrevistó a varias personas LGBT en Jalapa y Guastatoya que describieron casos de violencia contra otras personas LGBT que conocían, que parecían ser delitos de odio, incluidos los asesinatos de al menos dos personas trans en Jalapa y un hombre gay de 18 años en Guastatoya, en 2018[233].

En Huehuetenango, varios entrevistados hablaron del homicidio no esclarecido de José Díaz, un joven gay de 18 años que murió apedreado el 25 de marzo de 2019[234]. Dos días después de que Díaz, un educador que trabajaba con la organización Gente Positiva, desapareciera el 25 de marzo de 2018, su amigo Yancy S. escuchó que el cuerpo de Díaz había sido encontrado en una obra en construcción. Rápidamente se acercó al lugar. Yancy S. dijo a Human Rights Watch:

Cuando llegué al lugar de los hechos, la policía se estaba acercando al área en la que fue encontrado. Les dije a quienes estaban allí que buscaba a un amigo, y luego vi el cuerpo... Estaba boca abajo y tenía un ‘18’ escrito en la mejilla. Estaba detrás de un cobertizo de madera, una especie de cuarto donde guardan los materiales de construcción[235].

Human Rights Watch habló con varios amigos de Díaz, que no estaban seguros de por qué lo habían atacado. Cuando se preparó este documento, dos años más tarde, nadie había sido arrestado por el homicidio.

El Ministerio Público de Guatemala, en principio, mantiene registros de la orientación sexual o la identidad de género de las víctimas y denunciantes de delitos. Autoridades guatemaltecas dijeron a Human Rights Watch que tenían registros de 51 denuncias penales presentadas entre 2016 y 2019 en las que la víctima era una persona LGBT. Dijeron que en cuatro de estos casos se obtuvieron condenas[236].

Sin embargo, Marlon González, un amigo de José Díaz, describió las dificultades que enfrentó al intentar que el caso de homicidio se registrara como un delito vinculado con una persona LGBT. Señaló que tuvo que pedir proactivamente a la persona que registró su denuncia que tomara nota de la orientación sexual de González, en calidad de denunciante, y que la funcionaria no estaba segura de dónde debía consignar esta información:

Tuve que presentar una denuncia ante el Ministerio Público y en la hoja de información había una casilla LGBT para marcar. La persona que tomó la denuncia ni siquiera sabía escribir la palabra gay. Le dije que tenía que ir más arriba en el formulario y le mostré dónde tenía que hacer clic. Tuve que repetirlo [gay] dos veces[237].

Incluso habiendo sistemas para hacer un seguimiento de los delitos de odio contra personas LGBT, muchas de ellas en Guatemala dijeron que la impunidad era algo común. En algunos casos, la impunidad se dio tras la discriminación o indiferencia policial. Noelia A., una activista trans de la Ciudad de Guatemala, indicó que llamó a la policía cuando una amiga trans fue agredida, por segunda vez en un corto período, por un conductor de taxi del vecindario que, anteriormente, la había golpeado con un bate de béisbol.

Fuimos a llamar a la policía para decir que la habían atacado. El mismo joven volvió a atacarla cuando salió del hospital, y llamamos a la policía, pero dijeron: ‘Al que están golpeando es un marica’”[238].

En otros casos, la inacción policial estuvo relacionada con el temor a las pandillas. Lupita L., una mujer lesbiana de Quetzaltenango, manifestó: “Una amiga fue asesinada por la expareja hombre de su novia. Acudí a la policía a denunciar el hecho y dijeron que no tomarían el caso porque la expareja es miembro de una pandilla”[239].

Una manera en que las autoridades de Guatemala facilitan la violencia contra las personas trans es colocando a las mujeres trans en cárceles de hombres y exponiéndolas así a la violencia, incluidas agresiones sexuales. Bárbara Herrarte, una activista trans de la organización Redmmutrans (Red Multicultural de Mujeres Trans) Guatemala, describió su experiencia en una cárcel de hombres: “Siempre, de noche, alguien se metía en mi cama y me obligaba a tener sexo”[240].

Carlos Valdés de Lambda, una organización de defensa de derechos de las personas LGBT de Guatemala, dijo a Human Rights Watch que la violencia contra las personas LGBT en Guatemala es tan común que lleva a lo que Lambda describe como un desplazamiento forzado interno[241]. Las personas LGBT pueden verse obligadas a mudarse o a vivir escapando a causa de la violencia que ejercen las pandillas. Esa violencia, endémica en Guatemala, puede afectar a las personas LGBT, en particular, debido a las actitudes anti-LGBT y a su vulnerabilidad percibida, que las hace presas fáciles de pandillas que las extorsionan o las obligan a colaborar. Las personas LGBT también pueden ser víctimas de violencia familiar, expulsadas o abusadas por progenitores, tutores o parejas. También pueden verse desplazadas por la hostilidad de sus vecinos. Estas diversas formas de violencia hacen que muchas personas LGBT vivan con temor. Para algunas, la mejor solución es directamente irse de Guatemala.

Violencia doméstica

“La familia nuclear es uno de los primeros y más comunes agresores de las personas LGBTI”, informa la organización guatemalteca de derechos de las personas LGBT Lambda, al señalar que mediante dicha violencia se intenta “convertir” a los niños y niñas LGBTI a un marco de cishomonormatividad[242]. La Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala también ha informado sobre hechos de violencia contra personas LGBT ejercida por parejas íntimas, específicamente violencia contra mujeres lesbianas o bisexuales por parte de exparejas de sexo masculino[243].

Human Rights Watch entrevistó a tres personas LGBT que experimentaron graves abusos durante la infancia o al comienzo de la edad adulta en el hogar de sus padres. Basilio A., un hombre gay de 24 años, fue adoptado cuando tenía seis meses y creció en una zona rural cercana a la ciudad de Cobán, en el centro de Guatemala. Su padre adoptivo lo golpeó en varias ocasiones a lo largo de su infancia. Basilio se dio cuenta de que era gay alrededor de los 15 años y comenzó a tener contacto a través de los medios sociales con otras personas LGBT, algunas de ellas en Guatemala, pero la mayoría en México. En 2014, cuando Basilio tenía 18 años, su padre adoptivo se enteró de su orientación sexual al ver mensajes en su teléfono:

Mi padre encontró todas mis conversaciones en el teléfono. Comenzó a golpearme. Hizo que me sangraran la nariz y la boca. Me decía: ‘Qué, entonces eres un marica, entonces te gustan los hombres’. Intenté decir que las conversaciones eran de un amigo de la escuela [que usaba mi teléfono]. Mi padre me tomó del cuello. Trataba de estrangularme. [Después de la golpiza] me dejó las piernas cubiertas de moretones. Me quedé en la casa durante semanas. Dejé de ir a la escuela[244].

Basilio A. huyó de su casa para escapar de la violencia y se trasladó a la Ciudad de Guatemala a los 19 años. Durante un mes, durmió debajo de un puente. Cuando una vendedora del mercado supo que Basilio estaba en situación de calle, lo invitó a quedarse con su familia, pero allí, contó: “Sus hijos me obligaban a mantener relaciones sexuales con ellos. Era un esclavo sexual. Y la mujer lo sabía”[245]. Finalmente huyó a México.

Carlitos B., una persona no binaria de 23 años de Chiquimula a quien le asignaron el sexo femenino al nacer, sufrió diversas formas de violencia y discriminación, incluidas agresiones sexuales por parte de un vecino, que se describen a continuación. La violencia familiar terminó convenciendo a Carlitos B. de que no estaría a salvo en Guatemala.

Realmente me fui del país porque uno de mis hermanos intentó abusar de mí. Fue algo terrible, nunca imaginé que alguien de mi familia pudiera lastimarme[246].

Carlitos B. contó que “Herman”, aproximadamente nueve años mayor que Carlitos, había ejercido abuso físico durante años: “Le gustaba pegarme desde que yo tenía nueve años. Siempre fue porque yo era diferente”[247]. Cuando Carlitos tenía 16 años, Herman amenazó con agredirlo sexualmente.

Estaba en la casa; recién llegaba de la escuela. [Mi hermano] dijo: ‘Te estaba esperando, me dijeron que te vieron con una chica, ¿eres una tortillera, te gustan las chicas?’. No respondí. Me tomó del cuello y dijo: ‘Si eres una tortillera, te haré mujer’. Me pateó en el estómago y yo logré escapar corriendo. Fui a casa de mi tía y le conté lo ocurrido. Me dijo que me quedara allí hasta que mi madre volviera a casa. Pero cuando le contó a mi madre, esta dijo: ‘Es el mayor, debe corregir a sus hermanos’[248].

La segunda vez que Herman amenazó con agredir sexualmente a Carlitos B., Carlitos tenía 19 años.

Llegué a casa y me puse a preparar comida. Él llegó… y le dije: ‘Me voy’. Contestó: ‘¿Por qué te vas, me tienes miedo?’ Y comenzó a golpearme fuerte. Dijo: ‘Hoy voy a hacerte mujer’. Lo golpeé en la cabeza. Entonces, vino con una madera y me dijo: ‘Voy a matarte’[249].

Herman finalmente dejó de golpearlo y, más tarde, la hermana de Carlitos le convenció de presentar cargos penales contra Herman. Cuando Carlitos fue a la estación de policía por primera vez, los policías se rieron de su expresión de género, recuerda, pero algunos vecinos que sabían del abuso salieron en defensa de Carlitos. “Lo arrestaron porque los vecinos también vinieron y dijeron ‘Si lo dejan, va a matarla’”[250].  

Carlitos B. se fue de la casa de su madre y alquiló una habitación mientras la denuncia contra Herman tramitaba en los tribunales. Tres años más tarde, un tribunal de Chiquimula condenó a Herman a cinco años de cárcel. Sin embargo, la madre de Carlitos B. pagó una fianza que permitió que le conmutaran la pena a Herman por cinco años de libertad condicional, sin cumplimiento efectivo de la pena privativa de libertad, una posibilidad contemplada en el Código Penal de Guatemala para condenas de cinco años o menos. Carlitos B. concluyó: “Pensé que la ley me protegería, pero no hay ley que proteja a las personas LGBT”[251].

La falta de protección finalmente llevó a Carlitos B. a huir de Guatemala. En un primer momento fue a El Salvador mientras la causa contra su hermano tramitaba en la justicia “porque no quería estar más allí [Guatemala]”[252]. Tenía la esperanza de continuar sus estudios en El Salvador, pero no pudo pagarlos, y entonces trabajó durante seis meses en un empleo mal remunerado. Volvió a Guatemala para cuando se dictó la condena contra su hermano. Posteriormente, relató:

Después de la última fecha ante el tribunal, mi madre decía que yo ya no era su hija, que debía olvidarme de que era mi madre, y que me olvidara de mi familia No tenía dinero suficiente para quedarme en El Salvador y entonces me enteré de la caravana que salía de Honduras. Solo me quedaban 800 quetzales (USD 104). Entonces la caravana pasó por Chiquimula y me fui con ella[253].

Eddie, una mujer trans de 24 años en Huehuetenango, contó que cuando tenía 15 años, su madre le dijo que dejara de ser “marica” y le arrojó una plancha. Esto le provocó un golpe lateral en la cabeza con sangrado que requirió atención hospitalaria. Su madre la echó de la casa por dos semanas después de agredirla, por lo que se quedó con su padre durante ese período. Después de dos semanas, pidió volver a la casa y su madre aceptó[254].

Violencia por parte de pandillas y miembros del público

Diversas pandillas callejeras, incluidas las dos facciones de la 18 y Mara Salvatrucha 13 (MS-13), tienen presencia activa en todo el territorio de Guatemala, especialmente en áreas urbanas[255]. Tres personas LGBT guatemaltecas dijeron a Human Rights Watch que experimentaron violencia o amenazas de muerte claramente vinculadas con pandillas, mientras que una cuarta persona experimentó extorsión y amenazas que supuso provenían de pandillas, aunque los autores no se identificaron como tales.

Kennedy W., una mujer trans del departamento de Izabal, a quien Human Rights Watch entrevistó cuando solicitaba asilo en Estados Unidos, huyó de su hogar a causa del rechazo de su familia cuando tenía 11 años. Conoció a un grupo de trabajadoras sexuales trans mayores en la Ciudad de Guatemala quienes, según contó, la explotaron sexualmente durante los siguientes 14 años, prostituyéndola con clientes y quedándose con sus pagos. Cuando Kennedy W. tenía 16 años, fue violada por siete hombres a quienes identificó como miembros de pandillas. Esto le provocó lesiones tan graves que debió ser hospitalizada durante 18 días. “Me buscaron porque mi hermano formaba parte de una pandilla rival”, contó a Human Rights Watch[256].

Cuando Kennedy W. logró dejar a quienes la explotaban y comenzó a dedicarse al trabajo sexual por su cuenta a los 25 años, miembros de pandillas y policías con nexos con pandillas la extorsionaban y, por lo general, se llevaban casi todo el dinero que ganaba. Kennedy dijo a Human Rights Watch:

Si pierdo mi caso de asilo y tengo que regresar a Guatemala, creo que me matarán. Porque tienes que trabajar toda tu vida para pagar extorsiones, y yo no estoy dispuesta a hacerlo[257].

Miriam D., de Organización Trans Reinas de la Noche (OTRANS), que ayuda a trabajadores sexuales trans, relató haber huido a México en 2016 después de que miembros de una pandilla la extorsionaran y amenazaran con matarla por no pagar. Contó que pandilleros ya habían matado a otras mujeres trans en Quetzaltenango y que ella sabía que las amenazas eran en serio. Cuando llegó a México, no sabía cómo solicitar asilo, y luego de tres días allí, la deportaron[258].

Mynor E., una persona no binaria de Puerto Barrios, Izabal, que utiliza pronombres masculinos, dijo que, en mayo de 2019, miembros de pandillas lo atacaron e intentaron quitarle dinero mediante extorsión, lo cual lo llevó a huir a Estados Unidos y solicitar asilo:

Vine [a Estados Unidos] porque me amenazaron. Dos hombres me golpearon en la casa. Me llamaron ‘maldito marica’ [y dijeron], ‘Vas a morir si no nos pagas’. No tenía el dinero que exigían y sabía que iban a matarme si no les pagaba. Había visto que esto les ocurrió a otras personas que fueron extorsionadas.
Dijeron que sabían dónde vivía y adónde iba; ya sabían todo. Pretendían que les diera 10.000 quetzales (alrededor de USD 1.300).
Duele, porque dejé a mi madre y a mi familia. Por lo general, ni siquiera salía de mi departamento [Izabal]. Nunca tuve intención de dejar a mi familia[259].

Alé D., una mujer trans de 32 años de la Ciudad de Guatemala, dejó Guatemala en 2018 debido a la extorsión y las amenazas —según cree, de miembros de pandillas— y por la respuesta insuficiente y discriminatoria que obtuvo de la policía. Contó lo siguiente:

Soy diseñadora de indumentaria y maquilladora. Recibí muchas llamadas [de un número], y cuando contestaba, alguien primero preguntaba por un tratamiento de maquillaje, pero luego comenzaba a intentar extorsionarme... Me propinaba insultos como marica, hijo de puta, cuando me llamaba. ‘Sabemos dónde vives, vamos a matarte, sabemos en qué parada te bajas y que caminas dos cuadras’[260].

En noviembre de 2018, Alé intentó presentar una denuncia en una dependencia policial en el vecindario El Trébol de la Ciudad de Guatemala.

Expliqué que recibía amenazas de muerte y que tenía miedo. Me pidieron pruebas. Les mostré las llamadas en mi teléfono, les mostré el número del que me llamaban. Llamaron al número y nadie respondió. Me dijeron: ‘No podemos hacer nada por ti’. Yo les contesté: ‘Pero este es el número’. Y agregaron: ‘No, no podemos hacer nada por usted, váyase’. Vi que otra mujer entraba y tomaron su declaración sin que aportara ninguna prueba. Volví y dije: ‘¿Por qué no pueden tomar mi caso?’ y dijeron: ‘Lárguese, maldito marica’. Nunca tomaron mi denuncia[261].

Alé dijo que dejó de responder a las llamadas, pero la persona empezó a acosarla a través de un perfil de Facebook falso y siguió amenazando con matarla. Comenzó a hacer planes para irse de Guatemala.

Tenía un pequeño taller de costura allí y mis dos maniquíes. No sabía qué hacer, la policía no me ayudaba en absoluto. Tenía 32 años, ya tenía mi vida establecida. No quería irme, escapar de mi país, de mi tierra, el lugar donde había nacido. Te vas y estás sola[262].

Alé ya había sido víctima de violencia. En 2013, la atacaron tres hombres cuando se acercó hasta un Taco Bell por un bocadillo tarde en la noche, después de actuar en un espectáculo de transformismo, aún vestida con ropa de mujer.

Estaban ebrios, tres de ellos, y comenzaron a insultarme y a golpearme... Me dijeron: ‘Marica, hijo de puta, todos ustedes deberían estar muertos’. Les respondí, y así es como comenzó la pelea. Uno de ellos se puso de pie y me arrancó la peluca. Los otro dos saltaron sobre mí. Me golpearon con una botella, en la frente y en la espalda. Tuve dos cortes por la botella y otros moretones, pero nadie hizo nada por ayudarme. Eran tres contra uno, no podía hacer nada... Nadie me defendió. Me golpearon hasta que quedé perdí el conocimiento y me llevaron al hospital[263].

El ataque contra Alé en Taco Bell, al igual que otros casos de violencia contra personas LGBT que fueron documentados por Human Rights Watch, aparentemente no estuvieron vinculados con pandillas, sino con miembros hostiles del público. El activista gay Juan Pablo Escalante, del departamento de Huehuetenango, dijo que muchos delitos de odio no están relacionados con pandillas: “Los delitos de odio en Huehue son a manos de civiles, incluso a veces organizados. Su intención es eliminar lo que no es normal”[264].

Iván R., de 31 años, sobrevivió a un intento de homicidio en 2014 en Guastatoya, departamento de El Progreso. Iván R. contó a Human Rights Watch que “solía ser trans, pero ahora tengo miedo”, y actualmente usa pronombres masculinos. De oficio esteticista, Iván había interpretado a Paquita La Del Barrio, una cantante mexicana que se ha convertido en ícono gay, en un espectáculo de transformismo en la ciudad de Usumatlán, departamento de Zacapa, después del festival de la ciudad. Cuando concluyó el espectáculo, alrededor de las 2:00 a.m., estaba esperando a unos amigos en una esquina cuando se detuvieron dos motocicletas, cada una con dos personas. Iván R. contó:

Las motocicletas se detuvieron frente a mí y me dijeron: ‘Hola, Paquita’. Y yo dije: ‘Hola’… Cuando me di vuelta para mirar, un hombre me estaba apuntando con un arma... Solo pude ver la mitad de sus rostros y no eran personas que yo conocía. A continuación, me dispararon. Después de dispararme cuatro veces —dos en la pierna y dos en el abdomen— intenté correr, pero no pude. Me caí y me giré; el hombre me estaba apuntando, pero el arma solo hizo ‘tsk-tsk’ porque estaba atascada. Pensé: ‘Se terminó todo para mí’. Les dije: ‘No me disparen’. [Luego] cambió el cartucho, volvió a apuntarme, pero el disparo no salió. Solo volvió a hacer ‘tsk’[265].

En ese momento, otras personas que se iban del festival se acercaron y los motociclistas huyeron.

Iván R. estuvo hospitalizado 10 días y lo sometieron a cirugía para quitar las balas. El dolor persistente en la pierna a causa de los disparos no le permite trabajar de pie. Además, Iván R. tenía miedo de salir de casa, y todo esto hizo que abandonara su salón de belleza.

Pasé dos años en casa, ni siquiera abría la puerta por temor. Sentía mucha ansiedad. Escuchaba constantemente el sonido del arma disparándose, alrededor de mí. Hacía tamales y chuchitos [tamales guatemaltecos sin relleno] en mi casa y mis hermanas me ayudaban vendiéndolos[266].

Iván no había recibido amenazas antes de los disparos y no conocía a los agresores, pero dijo a Human Rights Watch: “Me parece que todo se trata de machismo”[267]. En 2016, tras recuperarse física y mentalmente, abrió un salón en otra ciudad en el departamento cercano de Zacapa. Pero en abril de 2017, agresores desconocidos dispararon contra el salón[268]. Temiendo por su vida, Iván huyó a Costa Rica durante un mes. Volvió a abrir otro salón en una ciudad diferente de Zacapa en 2018, pero recibía constantemente mensajes de texto con exigencias de dinero y amenazas de muerte si no pagaba. Iván R. presentó una denuncia policial, pero, por lo que sabe, la policía no investigó[269]. Dijo a Human Rights Watch: “Sigo trabajando, pero vivo con miedo todos los días”[270].

Estuardo Juárez, activista de la organización de derechos de personas LGBT Lambda, se refirió a un caso que había llegado a Lambda sobre un niño de 17 años a quien otros miembros de su comunidad, una aldea en San Juan Sacatepéquez, expulsaron del lugar al enterarse de que era gay. El niño se había trasladado a la localidad para vivir con sus abuelos porque sus padres no lo aceptaban. Según Juárez:

La comunidad se organizó y quería quemar la casa. Los abuelos salieron y hablaron con las personas, y el niño se las arregló para huir. En Guatemala, es común que las personas hagan justicia por mano propia[271].

Carlitos B., una persona no binaria de 23 años, de Chiquimula, contó que un vecino le violó cuando tenía ocho años. La agresión tuvo las características de una violación “correctiva”.

Salí a comprar tortillas. Yo me daba cuenta que el hombre siempre me miraba, pero era pequeño y, la verdad, no le prestaba atención. Ese día, me tomó por la fuerza y me llevó a su casa. Me dijo: ‘¿Por qué siempre te vistes como un niño?’. Yo siempre usaba la ropa de mi hermano. Dijo: ‘Si le cuentas a tu padre, te mataré’. Me quitó la ropa y me violó. Mientras estábamos en esa habitación, entraron sus dos sobrinos y le preguntaron: ‘¿Qué estás haciendo?’. Él les dijo: ‘Cállense, ustedes van a recibir su parte también’. Entonces todos me violaron.… Después el hombre me limpió después y yo no pude hacer otra cosa más que irme casa y dormirme[272].

Violencia y acoso por parte de miembros de las fuerzas de seguridad del Estado

Human Rights Watch entrevistó a 10 personas que relataron incidentes en los cuales agentes de seguridad del Estado las golpearon, les exigieron mantener relaciones sexuales, las humillaron, las discriminaron o las acosaron por su presunta orientación sexual o identidad de género. La mayoría de los abusos no parecían responder a órdenes de superiores de que atacaran a personas LGBT, sino a actos de abuso de poder por parte de agentes de seguridad que sabían que era poco probable que tuvieran que responder por sus acciones.

La mayoría de los casos de abusos perpetrados por miembros de las fuerzas de seguridad informados por personas LGBT guatemaltecas fueron atribuidos a policías. Raya E., una mujer trans en la Ciudad de Guatemala, describió múltiples episodios de abuso policial. Contó que, a comienzos de 2019, estaba caminando por la Zona 13 cuando vio que un policía detenía en forma agresiva a un hombre. La policía vio que estaba mirando y la llamó para que se acercara. Dijo que, luego: “Me arrojaron al suelo por la fuerza y me abrieron las piernas con violencia. ‘¡Eres hombre! ¡Danos la bolsa!’”. Le quitaron dinero y la dejaron irse, contó Raya E.[273].

Raya E. ya estaba familiarizada con la violencia policial. En 2017, estaba tomando un trago con una amiga trans en un bar, alrededor de las 11:30 p.m., cuando unos policías comenzaron a acosarlas.

Los policías aparecieron y comenzaron a molestarnos. La policía comenzó a golpear a mi amiga, le quitaron la peluca y comenzaron a arrojarse la peluca entre ellos…. Querían meter a mi amiga en el patrullero, pero yo logré que un taxi se detuviera en la calle y nos subimos rápidamente[274].

Raya E. también había sido agredida por policías mientras estaba parada en la calle en compañía de otra amiga trans, en 2014 o 2015.

Cuando estaba hablando con una amiga trans, la golpearon con un bastón policías de tránsito. Pregunté por qué la golpeaban, ya que no estábamos haciendo nada. Un policía me golpeó en la mandíbula, por las dos semanas siguientes, solo pude beber líquidos con un sorbete. Amenazó con matarme[275].

Juan C., un hombre gay de 24 años, describió haber sufrido agresión sexual a manos de policías en Huehuetenango.

En julio de 2017, un patrullero me detuvo en la calle, cerca de la medianoche. Había cuatro policías. Me gritaron y luego me pusieron contra la pared para cachearme. Se dieron cuenta de que era gay y me dijeron que iba a ir con ellos a dar un paseo en el patrullero. Me subieron a la parte trasera. Cuando nos detuvimos, tres de ellos se bajaron y uno se quedó adentro conmigo. Hizo que le practicara sexo oral. Luego, me dejaron en el lugar donde me pasaron a buscar... No había nada que pudiera hacer [más que aceptar la situación]; de lo contrario, podrían haberme tomado por la fuerza[276].

Mynor E., una persona no binaria que utiliza pronombres masculinos, contó que una noche en Puerto Barrios, al salir vestido con ropa de mujer junto a un grupo de mujeres trans, la policía le arrojó gas pimienta al grupo mientras estaban en una esquina y les ordenaron que se fueran de lugar[277].

La policía ha realizado redadas en varias reuniones de personas LGBT, incluida una fiesta en la sede de Gente Positiva, en la Zona 1 de la Ciudad de Guatemala, después del festival del Orgullo en horas de la madrugada del 21 de julio de 2019[278]. Gaby Dávila, directora de Gente Positiva, dijo que los policías que realizaron la redada amenazaron con golpear a su hermano Aldo Dávila, exdirector de la organización, quien recientemente había sido elegido legislador. Contó que la policía utilizó gas pimienta para dispersar a los asistentes de la fiesta. Varios activistas llamaron de inmediato a la Procuraduría de los Derechos Humanos para presentar una denuncia[279]. También hicieron una denuncia policial, pero según Dávila, los policías responsables de los abusos nunca tuvieron que rendir cuentas[280].

Dávila también dijo que agentes de seguridad que formaban parte de un colectivo multisectorial, una unidad conjunta del Ministerio Público y el Ministerio de Salud que investiga infracciones de la ley de bebidas alcohólicas, habían abusado de su poder al acosar a personas en lugares orientados a personas LGBT. Mencionó un caso, de abril de 2019, en el que 14 patrulleros se hicieron presentes para una redada en un club gay. Los agentes usaban pasamontañas, portaban fusiles de asalto y tomaban fotografías de los clientes. Si bien no hicieron arrestos, las redadas intimidaron a las personas LGBT[281].

Stacy Velásquez, directora ejecutiva del grupo OTRANS, indicó a Human Rights Watch que las personas LGBT en general no presentan denuncias contra policías por hechos de violencia o acoso, ya que temen ser victimizadas si lo hacen. “Si presentas una denuncia contra un policía, ese mismo día él sabrá quién presentó una denuncia en su contra. Eso te lleva a temer que te maten”, dijo Velásquez[282].

En dos casos, las personas entrevistadas mencionaron abusos por parte de integrantes de las Fuerzas Armadas de Guatemala. Kennedy W., una mujer trans, describió que la obligaron a practicar sexo oral a seis soldados[283]. Gaby Dávila, directora ejecutiva de la organización Gente Positiva, que congrega a personas con VIH y que promueve el respeto por los derechos de las personas LGBT, pero que también está involucrada en otro tipo de activismo por los derechos humanos, describió casos de presunta vigilancia de Gente Positiva por parte de soldados en abril de 2018 y enero de 2019[284].

Discriminación en Guatemala: Un camino hacia una vida en los márgenes

Las personas LGBT en Guatemala, en la práctica, reciben escasa protección contra la discriminación. Algunas, especialmente las personas trans y de género no conforme, son empujadas a una situación de marginación social y económica por una vida de discriminación, incluso en la escuela y en el acceso al empleo, como destaca un informe de 2020 de la Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala[285].

La discriminación motivada por la orientación sexual y la identidad de género es, por sí sola, un hecho dañoso —dado que viola el derecho internacional de los derechos humanos—, y es también pernicioso en cuanto limita las oportunidades y las elecciones de vida de las personas LGBT, al conducir a muchas de ellas a una situación de pobreza que, para muchos guatemaltecos en esas condiciones, se ve agravada por la violencia[286]. Las pandillas por lo general ejercen violencia contra quienes viven en vecindarios de bajos ingresos. Es altamente probable que las personas que se dedican al trabajo sexual —por lo general, una de las únicas fuentes de ingresos disponibles para las personas trans como resultado de la discriminación en la escuela y en el lugar de trabajo— enfrenten violencia por parte de pandillas, policías y clientes.

Discriminación en contextos educativos

No hay ninguna ley en Guatemala que prohíba en forma expresa la discriminación contra los estudiantes LGBT, y el Ministerio de Educación no ha establecido pautas orientadas a prevenir el acoso escolar relacionado con la orientación sexual o la identidad de género. De las 52 personas LGBT guatemaltecas que Human Rights Watch entrevistó, 13 señalaron que experimentaron acoso y discriminación en las escuelas por mostrar signos de sexualidad o expresión de género no normativas, lo cual replica las experiencias documentadas en otros estudios[287]. Para las personas trans, el acoso sexual y la discriminación dieron lugar, en algunos casos, a la denegación total del derecho a la educación.

Carlitos B., una persona no binaria de 23 años de Chiquimula, enfrentó acoso escolar y discriminación en varias escuelas, lo cual hizo que finalmente abandonara los estudios. Sus experiencias con el acoso escolar comenzaron en la escuela primaria, donde una maestra en el colegio de niñas al que asistía “les dijo a las demás niñas que no se juntaran conmigo”, recordó Carlitos. Los padres de sus compañeras de clases les dijeron lo mismo a sus hijas, y esto hizo que Carlitos se quedara con pocos amigos[288].

En una ocasión, el padrastro y los primos de una alumna agredieron a Carlitos B. en instalaciones de la escuela. Carlitos contó que le hicieron sentir que tenía la culpa del incidente:

Tenía una novia en esa escuela. Pero los niños les contaron a sus padres. Y su padrastro y dos primos me golpearon a la salida de la escuela. El padrastro dijo: ‘¿Qué estás haciendo con mi hijastra?’. El primo tomó mi mochila y me arrojó al piso, y el hombre me pateó en la cara y me partió el labio[289].

Carlitos se cambió a otra escuela al año siguiente, pero esto no resolvió sus problemas. Allí, según señaló Carlitos, cuando intentaba usar ropa de niño “la directora de la escuela me dijo: ‘No puedo aceptar esto por la reputación de mi escuela’”[290]. La política de uniforme discriminatoria, sumada al costo de la educación secundaria, llevó a Carlitos a abandonar la escuela[291].

Kennedy W., una mujer trans de Izabal, contó que desde que tenía 9 años había enfrentado intentos de agresión sexual y acoso escolar como resultado de su expresión de género. Abandonó la escuela a los 10 años y solo cursó hasta tercer grado:

Un maestro de la escuela primaria intentó tocarme cuando era muy pequeña. Le conté a mi madre. Nadie me escuchó, ni siquiera mi madre, que me pegó por mentir. Los demás alumnos me arrojaron a un pantano, me golpearon y me fracturaron el brazo. Es lo que sucede cuando te ves así. A los 10 años, mi padre me dijo que no iba a [pagar para] que recibiera educación porque yo era una vergüenza[292].

Martín Y., un hombre trans de 18 años, también se vio obligado a abandonar la escuela por la transfobia:

En enero de 2018, mi madre y yo fuimos a hablar con la directora de mi escuela… [Mi madre] explicó que soy un chico trans, que estábamos procesando mi cambio de nombre y que quería que yo pudiera usar el uniforme masculino de la escuela. La directora se enfadó muchísimo y dijo que, si quería seguir yendo a la escuela, tenía que ir como mujer y con el uniforme femenino. Pregunté si podía tomarme un mes para pensarlo. Yo quería seguir estudiando. Entonces, en febrero de 2018, me reuní con la directora nuevamente y le dije que estaba bien, que continuaría usando el uniforme femenino. Pero nos dijeron que ya no había más lugar y que no podía matricularme. Sabía que no era verdad. Busqué otras escuelas, pero ninguna quiso aceptarme. Decían que debido a la "política de la escuela" no podían aceptarme.
A veces iba a la escuela a recoger a mi hermano y ver a mis amigos, aquellos que saben de mi transición. Y luego, en marzo de 2018, un administrador de la escuela me dijo que la directora había ordenado que no se me permitiera acercarme a la escuela, porque eso ‘confundía a los niños’ y que los padres se habían quejado al respecto[293].

Martín Y. dijo que su hermano abandonó la escuela más tarde ese año, después de ser acosado por tener un hermano trans[294].

Sin embargo, otras personas que siguieron asistiendo a la escuela soportaron tratos que comprometieron su derecho a la educación. Basilio A., un hombre gay de una zona rural cerca de Cobán, tenía 18 años cuando sus compañeros de clase y profesores se enteraron de su orientación sexual. El acoso en la escuela, sumado a la violencia por parte de su padre adoptivo, que se mencionó antes, lo llevaron a considerar la posibilidad de suicidarse.

Quería suicidarme... Me sentía aterrorizado, no sabía qué hacer. Estudiaba en el básico. Todos mis compañeros de clase me insultaban y mis profesores se reían de mí: ¿Qué, te gustan los hombres?’. Pensé en tirarme de un puente[295].

Mynor V., una persona no binaria de Puerto Barrios, manifestó que desde edad temprana era visiblemente género no conforme y que, cuando tenía alrededor de 11 años, en cuarto grado, un compañero de clase le tocó los senos. En respuesta, según dijo, el maestro golpeó a Mynor: “Me golpeó por haber dejado que el otro niño lo hiciera”[296]. Ofelia G., una mujer lesbiana de 21 años en Jalapa, describió cómo ella y otras amigas lesbianas sufrieron acoso sexual por parte de sus compañeros de clase:

Algunos niños nos arrojaban semillas de jocote, nos llamaban lesbianas... Siempre había comentarios tales como ‘Debes probar un hombre’[297].

Geraldo R., un hombre gay de 23 años de Jalapa, contó que compañeros de clase lo acosaban por sus “modos afeminados”, pero los maestros lo veían a él, en vez de a sus compañeros, como el problema, y lo enviaban a ver a los psicólogos de la escuela para intentar que cambiara[298].

Raya E., una mujer trans de Chimaltenango que se identificó como gay cuando era estudiante, recordó la experiencia que tuvo con una psicóloga escolar cuando tenía 16 o 17 años.

En mi escuela secundaria había una psicóloga. Cuando hacía gestos ‘femeninos’, me llamaba para decirme que no me comportara así. Me decía que me comportara como hombre porque yo era un hombre, no una mujer…. Citó a mi madre para decirle que me corrigiera. Mi madre me retó y me golpeó[299].

Discriminación en el empleo

Las personas LGBT guatemaltecas que se ven obligadas a dejar la escuela o que ven comprometida su posibilidad de éxito en los estudios por el acoso escolar y la discriminación ya corren con desventaja en el mercado laboral. Esta desventaja se ve agravada por la discriminación en el empleo por motivos de identidad de género u orientación sexual. La asociación Lambda describe el entorno laboral en Guatemala como “extremadamente hostil” para las personas LGBT e intersexuales[300]. Una encuesta realizada en 2019 a 94 personas LGBT en la Ciudad de Guatemala determinó que el 22 % de las personas encuestadas tenían certeza de que les habían negado empleos por su orientación sexual o identidad de género, y a otro 23 % se les habían negado empleados por motivos que, según dijeron, podían vincularse con su orientación sexual o identidad de género. El 31 % de las personas entrevistadas habían experimentado un trato discriminatorio en el trabajo[301].

Geraldo R., un hombre gay de 23 años en Jalapa, contó a Human Rights Watch que cuando tenía 17 años, su supervisora en una cafetería no solo lo despidió tras descubrir que era gay, sino que, además, se lo contó a su madre.

Me despidieron por ser gay, en una cafetería. Un hombre gay vino y me dijo: ‘¡Hola, amiga!’. Mi jefa le preguntó al hombre: ‘¿Por qué lo llamó amiga?’. Le respondió que me llamaba así porque yo era gay. Ella me preguntó si era verdad, y dije que sí. Entonces, comenzó a tratarme mal. Esto ocurrió hace seis años, el 3 de junio de 2013. Lo recuerdo, porque fue un hecho que me afectó mucho. Me dijo que debía ir a la iglesia y llamó a mi madre[302].

Carlitos B., una persona no binaria de 23 años de Chiquimula, contó que cuando tenía 17 años, se postuló a un empleo en una ferretería. “El hombre dijo: ‘No les damos trabajo a personas como tú, porque es malo para la reputación de mi negocio con mis clientes’”[303]. Carlitos B. finalmente obtuvo un empleo en una zapatería de propiedad de una amiga de su hermana.

Las mujeres trans son especialmente vulnerables a la discriminación en el empleo. Yolanda U., una activista de la organización REDMMUTRANS (Red Multicultural de Mujeres Trans), lo resumió así: “No tenemos acceso al empleo en Guatemala. Se nos pregunta por nuestra identidad, pero no por nuestras aptitudes”[304]. A veces, la discriminación es evidente, como la que experimentó Alé D., una mujer trans de la Ciudad de Guatemala:

Solicitó un empleo en un restaurante. El jefe me dijo: ‘No puedo darle trabajo a una mujer trans. Las personas son sensibles, no les gusta que personas como usted toquen su comida, les disgustan las personas como usted’.

Raya E., una mujer trans de la Ciudad de Guatemala dijo que cuando la despidieron de su trabajo de reparto de periódicos, una colega cisgénero le dijo que el supervisor la despedía porque era trans[305]. Bárbara Herrarte, una mujer trans de 53 años y miembro de Redmmutrans Guatemala, contó a Human Rights Watch que ella renunció a su empleo en un restaurante de comidas rápidas después de que la obligaron a usar ropa de hombre[306].

Noelia A., en la Ciudad de Guatemala, cree que le negaron varias oportunidades empresariales debido a la discriminación contra las personas trans. Noelia, una cocinera experimentada que había trabajado en restaurantes, ya había llegado a un acuerdo con el dueño de un inmueble que le interesaba alquilar para abrir su propio pequeño restaurante. Contó que, sin embargo, cuando se presentó a firmar el contrato, ocurrió lo siguiente:

Vino con su hijo, y este me miró y luego habló [en privado] con su padre. Entonces el padre me dijo que no podía alquilarme el lugar, que ya se lo había dado a otra mujer. Siempre es lo mismo: rechazo y discriminación[307].

Noelia A. también contó que le negaron un préstamo bancario. “Me dijeron que no podían otorgarle un préstamo a una mujer trans… Eso fue hace tres años. Dejé de buscar préstamos por la vergüenza que implica”[308].

Dolores F., una mujer trans con VIH en la Ciudad de Guatemala, indicó que sufrió sabotaje en sus actividades comerciales debido a prejuicios:

Tengo una actividad, hago accesorios. Hace algunos años [en 2015], tuve un problema con una vecina de mi taller... Entonces ella dijo que mis accesorios estaban contaminados, se corrió el rumor y las personas [dejaron de] comprarme. Tuve que cerrar mi negocio[309].

En el momento de las entrevistas con Human Rights Watch, Raya E., Noelia A. y Dolores F., se dedicaban al trabajo sexual para mantenerse.

 

 

IV. Honduras

Estoy considerando irme [de Honduras]. Pero no tengo los medios económicos para comprar un pasaje de avión. Tampoco quiero arriesgar mi vida [viajando por tierra]. Si me quedo aquí, al menos tendré un entierro digno. Pero, ¿qué pasará si termino en la calle?


—William Alejandro Martínez, hombre trans entrevistado en Tegucigalpa, Honduras, el 16 de mayo de 2019, que actualmente está en proceso de solicitar asilo en España

Antecedentes

Honduras es el segundo país con mayor nivel de pobreza de América Central y está marcado por una abrumadora desigualdad en los ingresos[310]. La Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), un organismo regional de las Naciones Unidas encargado de promover el desarrollo económico en América Latina estimó que en 2018, el 56 % de la población vivía en la pobreza y el 19 % en condiciones de extrema pobreza[311]. Según estimaciones del gobierno hondureño respecto de esas mismas estadísticas, el 62 % vivía en la pobreza y el 39 % en condiciones de extrema pobreza[312].

La pobreza es uno de los factores que inciden en los desorbitados índices de violencia de Honduras[313]. Las pandillas, incluida la Mara Salvatrucha-13 (MS-13) y dos facciones de la Pandilla Calle 18 (Barrio 18), tienen mucho poder y cometen actos de violencia como homicidios, extorsión, secuestros, trata de personas e intimidación[314]. En 2019, en Honduras se cometieron 41.2 homicidios por cada 100.000 habitantes, una de las tasas más altas del mundo[315]. Organizaciones de derechos humanos y humanitarias locales han documentado casos de homicidios que no se denuncian a las autoridades porque las víctimas temen sufrir represalias —incluidas ejecuciones extrajudiciales— por parte de las organizaciones delictivas[316]. Por otra parte, la gran mayoría de los incidentes de violencia denunciados quedan impunes: en febrero de 2019, el Comisionado Nacional de Derechos Humanos de Honduras indicó que la ausencia de investigaciones genuinas daba por resultado que el 90 % de los homicidios del país quedaran impunes[317].

En 2009, un golpe militar destituyó al presidente Manuel Zelaya, el primero de una serie de ataques sostenidos a las instituciones democráticas, que también aumentó la influencia militar en el accionar policial[318]. Líderes de la sociedad civil, activistas de derechos humanos, activistas estudiantiles y periodistas son objeto de intimidación por parte de agentes del Estado y organizaciones criminales[319]. El Relator Especial de las Naciones Unidas sobre la independencia de los magistrados y abogados ha cuestionado la independencia del poder judicial de Honduras[320]. El sistema de justicia carece de fondos, equipos y personal suficientes, lo que hace que sea ineficaz y vulnerable a la intimidación, la corrupción, la manipulación y el clientelismo. La criminalidad organizada ha ejercido influencia en los resultados de algunos procedimientos judiciales[321].

Honduras es un lugar de tránsito para el tráfico de drogas desde Colombia y México hacia América del Norte, y según la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, poco después del golpe de 2009, los vuelos de narcotráfico a través de Honduras aumentaron notablemente y la delincuencia organizada tomó el control sobre un mayor territorio hondureño[322]. El narcotráfico ha corrompido a alcaldes, miembros del congreso nacional y a un expresidente, y fiscales estadounidenses han vinculado con el narcotráfico al actual presidente Juan Orlando Hernández[323]. Se ha implicado a miembros de la Policía Nacional en colaboración con traficantes para trasladar cocaína o recibir sobornos a cambio de no actuar ante actividades delictivas[324].

Orientación sexual e identidad de género en Honduras

Contexto legal y político

Honduras no tiene leyes civiles integrales que prohíban la discriminación sobre la base de la orientación sexual y la identidad de género. En 2013, Honduras adoptó un código penal que castiga la discriminación por diversos motivos, incluidas la orientación sexual y la identidad de género, así como el discurso público que incite a la “discriminación, al odio, al desprecio, la persecución o a cualquier forma de violencia o ataques” por los mismos motivos con hasta cinco años de prisión. Se aplican sanciones adicionales si el responsable es un funcionario público[325]. En respuesta a una solicitud de información de Human Rights Watch, la Fiscalía General declaró que cuatro personas han sido condenadas desde 2013 por cargos relacionados con discriminación anti-LGBT.[326] En junio de 2020 entró en vigor un nuevo Código Penal, con penas más bajas y una categorización más estrecha de los tipos de discriminación contemplados, aunque en el momento de la redacción de este documento, un grupo de jueces había impugnado el nuevo código ante la Corte Suprema, con el argumento de que instituía la impunidad por abuso de poder, lo cual es inconstitucional[327].

El Código Penal de 2013 también dispone penas más severas para todos los delitos motivados por prejuicios vinculados, entre otros, con la orientación sexual y la identidad de género, pero no se han confirmado condenas por estos delitos. Desde 2017, los formularios de denuncias penales incluyen una casilla que puede marcarse si la víctima que denuncia un delito se identifica como LGBTI, pero el Ministerio Público informó en respuesta a una solicitud de información de Human Rights Watch que la falta de casos indica “que está siendo ignorada por los funcionarios que reciben las denuncias”[328].

Honduras no cuenta con una ley que permita que una persona modifique su nombre y su género legal. En 2015 durante el Examen Periódico Universal en el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, Honduras aceptó varias recomendaciones orientadas a abordar la violencia y la discriminación por motivos de orientación sexual e identidad de género. Sin embargo, rechazó las recomendaciones de aprobar un proyecto de ley sobre identidad de género que establecería un proceso administrativo para el cambio de nombre y género en los documentos oficiales[329]. Las personas trans entrevistadas por Human Rights Watch refirieron enfrentar constantes dificultades relacionadas con la discrepancia entre su aspecto y el nombre y marcador de sexo en sus documentos oficiales: las dificultades cotidianas encontradas en trámites bancarios de rutina o al comprar un pasaje de ómnibus de larga distancia contribuían a la sensación de alienación y exclusión constantes[330].

El Comisionado Nacional de Derechos Humanos (CONADEH) de Honduras, un órgano semiautónomo establecido en 2014, tiene a su cargo la Defensoría de las Personas con VIH y de la Diversidad Sexual, pero no cuenta con recursos suficientes: su directora, Francia Maradiaga, señaló a Human Rights Watch que la defensoría no tiene capacidad suficiente para investigar casos individuales y se basa, principalmente, en información obtenida de la organización por los derechos humanos de las personas lesbianas Cattrachas, que documenta violaciones de derechos humanos cometidas contra el colectivo LGBT[331].

Un informe del CONADEH de mayo de 2018 estimó que más de 40 personas LGBT habían sido asesinadas en el año previo a la publicación del informe, aunque este no llegó a una determinación en cuanto a la cantidad de homicidios probablemente vinculados con la animadversión hacia las personas LGBT. El CONADEH condenó el entorno de impunidad de la violencia contra las personas LGBT e instó al Estado a llevar a los responsables ante la justicia. También expresó apoyo a un proceso de reconocimiento legal del género para las personas trans[332]. En 2019, el CONADEH señaló específicamente a agentes de seguridad del Estado entre los responsables de hechos de violencia contra las personas LGBT[333]. Maradiaga indicó a Human Rights Watch que el CONADEH había capacitado a 8.000 miembros de la Policía Nacional en cuestiones relativas a las personas LGBT, pero que la Policía Militar —pese a que se ocupa de cuestiones vinculadas con civiles y de la detención de civiles, incluidas personas LGBT— se había mostrado menos predispuesta a participar en las capacitaciones[334].

Honduras coloca a mujeres transgénero en cárceles de hombres, lo cual puede conducir a abusos físicos y sexuales. Una jueza informó a Human Rights Watch sobre el caso de una mujer trans que fue violada por otros detenidos con la complicidad de los guardias penitenciarios. La jueza dijo que informó a los fiscales cuando tuvo conocimiento del caso, pero que estos no investigaron lo ocurrido. “No hay manera de proteger” a las mujeres trans en las cárceles de hombres, señaló[335].

La Ley de Policía y de Convivencia Social de 2001 de Honduras establece un mandato policial sobre “prevención y eliminación de las perturbaciones a la tranquilidad, moralidad pública y buenas costumbres”[336]. Faculta a la Policía Nacional a arrestar a toda persona que “atente contra el pudor, las buenas costumbres y la moral pública... y al que por su conducta inmoral perturbe la tranquilidad de los vecinos”[337]. La ley prevé sanciones contra grupos particulares de personas, incluidos “vagos”, a los que define, entre otros, como “mendigos sin patente, los rufianes, prostitutas ambulantes, los drogadictos, ebrios y tahúres”[338]. Human Rights Watch determinó en un informe de 2009 que la ley se utilizó arbitrariamente para justificar aprehensiones de mujeres transgénero[339].

En 2005, Honduras aprobó una enmienda constitucional que prohibía el reconocimiento de matrimonio entre personas del mismo sexo, incluidos matrimonios entre personas del mismo sexo contraídos en otros países[340]. Honduras también prohíbe la adopción por parte de parejas del mismo sexo[341]. Si bien la falta de acceso al matrimonio no se encontró entre las causas que llevaron a dejar su país a las personas LGBT solicitantes de asilo entrevistadas por Human Rights Watch, la existencia de dicha enmienda es un indicio de la homofobia avalada por el Estado.

Estigmatización social y discriminación

Experiencias negativas en la familia, en la escuela y durante las interacciones cotidianas en las calles y en establecimientos públicos contribuyen a la estigmatización y la discriminación que experimentan las personas LGBT en Honduras.

Lucía P., una mujer transgénero de 25 años oriunda de Comayagüela, contó a Human Rights Watch que se fue de su casa a los 16 años porque su familia no aceptaba su expresión de género. “Mis padres siempre criticaban a las personas homosexuales… siempre me decían cosas como ‘Tienes que ser un hombre’”, señaló[342].

Nina G., una mujer lesbiana de 26 años de Tegucigalpa, dijo que cuando era adolescente, su padre echó a su medio hermano mayor de la casa después de que este reveló que era gay: “Mi padre le dijo: ‘No vas a contaminar a mi hija’”[343]. Cuando la propia Nina les comunicó a sus padres que era lesbiana, a los 19 años, “Mi padre me insultó, se enfadó mucho y dijo que era culpa de mi hermano”. La madre de Nina G. le dijo que estaba poseída por demonios[344].

William Martínez, un hombre transgénero de 36 años procedente de Comayagüela señaló que primero se asumió como lesbiana y luego como hombre trans. A los 28 años, reveló su identidad a sus padres, que le dijeron “todo lo peor que se le puede decir a un homosexual” y luego lo echaron de la casa familiar. Martínez describió su vulnerabilidad después de ser expulsado por sus padres:

Me corrieron de mi casa, con tres lempiras (USD 12 centavos) en la bolsa. Compré un cigarrillo y me quedé sin dinero. No sabía adónde ir... Me quedaba en gasolineras que estaban siempre abiertas. Caminaba largas distancias y me sentaba a hablar por horas con el guardia. Y durante el día visitaba a conocidos para poder comer. Una persona con quien me llevaba bien se dio cuenta de que algo me pasaba, me preguntó qué era y me ofreció un lugar para quedarme[345].

Juan Y., un hombre trans de 35 años que creció en el departamento de Francisco Morazán, explicó a Human Rights Watch que hay una relación directa entre la estigmatización y la discriminación, y el bienestar económico:

Cuando [las personas] se dan cuenta de que soy biológicamente mujer, sufro más discriminación, por ejemplo, en la playa o en la piscina. Por lo tanto, debo elegir adónde ir para no exponerme a peligros. Tiene mucho que ver con la situación económica de uno: cuando tengo menos medios, estoy más expuesto. Por ejemplo, ahora tengo más dinero, entonces puede tomar un auto, en vez del autobús, y puedo trabajar más desde casa[346].

Violencia contra las personas LGBT en Honduras

Dada la predominancia de la criminalidad en Honduras en general, no es sorprendente que las personas LGBT también sean víctimas de violencia. Pero en algunos casos hay claros indicios de animadversión hacia las personas LGBT, incluso cuando no está claro quién cometió esos delitos.

Por ejemplo, Shakira, una mujer trans también conocida por su sobrenombre “La Moy”, fue asesinada el 9 de junio de 2019 en Choloma, a 10 millas al norte de San Pedro Sula. Una persona que vio el cuerpo de Shakira le contó a un investigador de Human Rights Watch que fue mutilado con una piedra, le habían cortado el pene y dejaron una nota con el mensaje: “[este] es el primero, quedan dos”.[347]

Honduras, según algunas estimaciones, tiene el índice de homicidios de personas transgénero más alto del mundo[348]. También son comunes otras formas de violencia contra las personas trans. Human Rights Watch informó por primera vez sobre la violencia contra las mujeres trans en Honduras en 2009. En ese momento informamos sobre una serie de abusos basados en la identidad y la expresión de género, incluidas violaciones, golpizas, extorsiones y detenciones arbitrarias por parte de agentes de seguridad pública, así como inacción policial y falta recurrente de investigación de hechos de violencia contra las personas transgénero[349].

Esos abusos persisten. Once de las 25 personas LGBT hondureñas a quienes Human Rights Watch entrevistó habían experimentado alguna forma de violencia vinculada con su orientación sexual o identidad de género. La historia de Perla M., una mujer trans de 29 años de San Pedro Sula, es un caso emblemático de las múltiples formas de violencia que las personas trans, y algunas personas lesbianas, gais y bisexuales, experimentan en Honduras. Durante su niñez como persona no conforme con una expresión de género masculino, Perla fue agredida en reiteradas oportunidades. Contó a Human Rights Watch que su tío y dos amigos de él la violaron sexualmente cuando tenía seis años. Dos años más tarde, contó, también la violó un maestro de escuela[350]. Perla comenzó a dedicarse al trabajo sexual cuando tenía 15 años[351]. A los 20 años, Perla y otras cinco amigas trans fueron detenidas brevemente por la policía:

Bromeaban, decían que no teníamos ningún derecho. Nos pusieron en una celda con hombres. Estuvimos en una celda por 24 horas. Pedí agua a la policía y uno de ellos me arrojó agua en la cara. Dijo: ‘Todos ustedes no deberían existir, trabajamos protegiendo a la comunidad, pero no a animales como ustedes’[352].

Perla indicó que el abuso policial, en su propia experiencia y en la de otras personas, fue el principal motivo por el que se sumó a una caravana de solicitantes de asilo en enero de 2019. Contó que una amiga de ella fue arrestada y más tarde la encontraron muerta, y que había escuchado historias de policías que presuntamente mataban a mujeres trans. La violencia policial contra la población en general también fue un factor que contribuyó a su decisión, según dijo, en referencia a la respuesta policial abusiva a las protestas relacionadas con las elecciones en diciembre de 2017. “A muchas personas las golpearon, las mataron. Después de toda esa muerte, decidí ir en la caravana, porque quería proteger mi vida”[353].

El estado de Honduras ha sido demandado en un caso actualmente pendiente ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos relacionado con el homicidio de Vicky Hernández, una mujer trans asesinada en las calles de Tegucigalpa en 2009. Los peticionantes, la red lésbica Cattrachas y RFK Human Rights, sostienen que el Estado hondureño tiene responsabilidad directa por su muerte, y que, además, al no llevar adelante una investigación genuina sobre el homicidio, incluida la determinación de si la violencia fue motivada por prejuicios contra las personas LGBT, Honduras violó su derecho a la vida conforme a la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana determinó que Honduras es responsable, entre otros hechos, de la violación del derecho a la vida, el derecho a la protección igualitaria y sin discriminación, y el derecho a protección judicial conforme a la Convención Americana sobre Derechos Humanos[354]. La comisión presentó el caso ante la corte en abril de 2019 debido al incumplimiento, por parte de Honduras, de las recomendaciones de la comisión. Esas recomendaciones incluían las siguientes:

·       Adoptar medidas legislativas, administrativas o de otra índole para lograr el reconocimiento de la identidad de género autopercibida de las personas trans tomando en cuenta los estándares interamericanos en la materia;

·       Adoptar medidas legislativas, administrativas o de otra índole para efectuar un diagnóstico adecuado sobre el contexto de violencia que enfrentan las personas LGBT en Honduras y disponer una política integral de prevención y erradicación efectiva del mismo, atendiendo a sus causas estructurales;

·       Diseñar programas de formación, sensibilización y capacitación para los cuerpos de seguridad del Estado en materia de violencia por prejuicio contra personas LGBT[355].

Human Rights Watch escribió al Ministerio Público de Honduras en julio de 2019 para solicitar estadísticas disponibles sobre violencia contra las personas LGBT, incluidas causas penales iniciadas y causas que tuvieron como resultado condenas. Según lo indicado por ese organismo, la Fiscalía Especial de Delitos Contra la Vida, que se ocupa de la persecución penal de homicidios, inició 45 causas por el homicidio de personas LGBT entre 2015 y septiembre de 2019, de las cuales 12 tuvieron como resultado sentencias condenatorias. Ninguna de estas causas se juzgó como delitos de odio[356].

Violencia doméstica

Human Rights Watch entrevistó a cuatro personas LGBT hondureñas que describieron haber vivido violencia doméstica o abandono a manos de familiares o parejas íntimas, o ambos. Una acudió a la policía para presentar una denuncia, pero allí solo enfrentó más abuso. Las otras tres no consideraron la posibilidad de presentar denuncias, pues suponían que la policía no les daría una respuesta.

Carla T., una mujer transgénero de 24 años de Comayagüela, dijo que sufrió golpizas de su familia desde los 12 años debido a su diferencia de género percibida. “Me castigaban todos los días”, contó, agregando que su madre mantenía a sus tres hermanos alejados de ella, como si por estar cerca de ella fueran a “contagiarse” lo que ella tenía[357].

Anabel H., una mujer trans de Tegucigalpa, contó que cuando tenía 17 años su padre la echó de la casa sin nada más que lo puesto después de verla usando maquillaje y ropa de mujer. Caminó durante cuatro horas en busca de amistades que creía que podrían ayudarla. La introdujeron al mundo del trabajo sexual, la única manera que conocían para sobrevivir. En el caso de niños y niñas de menos de 18 años, el derecho internacional considera que el trabajo sexual es una de las peores formas de trabajo infantil, y Anabel vivió estas experiencias como una violación sexual[358].

Gabriela P., una mujer trans de 21 años que creció en el departamento de Cortés, experimentó graves situaciones de violencia doméstica en su infancia, que la condujeron a una vida en constante desplazamiento. La madre de Gabriela se fue de la casa cuando ella tenía un mes de vida, y fue criada por su padre. Le contó a Human Rights Watch cómo comenzó el abuso:

Cuando tenía ocho años, le dije a mi padre que no me comprara juguetes de varones, sino muñecas y vestidos. Le dije: ‘Me siento una niña’. Me tomó del cabello y me golpeó con un palo de escoba. Me encerró en una habitación. Pasé días sin comer. Dijo: ‘Si no quieres ser niño, vas a morir’.
Cuando mi padre me golpeó, intenté acudir a la policía, pero me llamaron marica y dijeron que no me ayudarían. En Honduras, fui dos veces a la policía. La segunda vez fui vestida como niña y me jalaron del cabello, me empujaron con un arma y me dijeron que me fuera[359].

Gabriela P. huyó de su familia abusiva, y de su país, por primera vez cuando tenía ocho años y medio. En ese momento, intentó llegar a México o Estados Unidos. Atravesó Guatemala hasta Belice, “yo sola, pidiendo indicaciones, pidiendo dinero”, hasta que las autoridades de ese país la hicieron dar media vuelta en la frontera y regresar a Honduras. De vuelta en Honduras, contó, pasó días sin que le dieran de comer. En un momento, su padre la sumergió en una pila, un receptáculo para lavar la ropa, en rechazo a su expresión de género, y solo se detuvo cuando intervino un vecino[360]. Volvió a huir cuando tenía 12 años, “mendigando alimento y dinero, descalza” y logró llegar hasta México. Allí, en Chiapas, Gabriela P. dijo que varios hombres la violaron en grupo. No denunció la violación a la policía, por temor a que la deportaran. Fue apresada por las autoridades de inmigración mexicanas y deportada de todas maneras, poco después de la violación. Gabriela P. escapó de Honduras cinco veces en total antes de llegar finalmente a Estados Unidos con una caravana, en 2018. Su caso de asilo estaba en trámite cuando Human Rights Watch la entrevistó.

Lucía P., una mujer trans de Comayagüela, experimentó violencia en forma de agresiones sexuales reiteradas por parte de un tío, desde los 7 hasta los 11 años. De adulta, también sufrió violencia. En 2017, una pareja íntima envió personas para que la agredieran tras tener una discusión con ella:

Mi pareja en Honduras dijo que envió personas para que me atacaran. No sé si él fue el que las envió, pero dos personas me atacaron. Perdí el conocimiento, entre seis y ocho minutos. Me dejaron un ojo morado, me sangraba la nariz. Pensé que se trataba de un robo, pero no me robaron[361].

Aproximadamente en 2014, su pareja le puso un arma en la boca. “Entonces decidí irme”, dijo Lucía P. Le contó a Human Rights Watch que nunca consideró presentar una denuncia policial: “Nosotras [las mujeres trans] no tenemos apoyo alguno del gobierno”[362].

Scarlett, una mujer bisexual de 35 años, se fue de Honduras tras ser golpeada por una expareja de sexo masculino, que descubrió que Scarlett tenía una relación con una mujer.

Se dio cuenta de que estaba con una mujer y comenzó a decir insultos, a llamarme lesbiana, tortillera. Me empujó a la cama y me golpeó en la espalda. Mi hijo tenía 10 años, se dio cuenta de lo que estaba haciendo y evitó que continuara.
Nunca acudí a la policía porque la policía no hace nada con respecto a las mujeres que están con hombres [y son golpeadas], mucho menos con las que estamos con mujeres. La hermana de mi expareja fue golpeada gravemente y presentó una denuncia, pero la policía nunca hizo nada[363].

Violencia y acoso por parte de miembros de las fuerzas de seguridad del Estado

De las 25 entrevistas con personas LGBT en Honduras o provenientes de ese país, ocho relataron violaciones por parte de agentes de seguridad del Estado. Estos agentes de seguridad pertenecían a la Policía Nacional y la Policía Militar, un comando especial de las Fuerzas Armadas que creó el expresidente Porfirio Lobo Sosa en 2013 para combatir la criminalidad organizada, pero que trabaja con la Policía Nacional para combatir delitos comunes[364]. Cuatro informaron haber sufrido agresiones sexuales o físicas, mientras que otras dijeron que miembros de la policía Nacional o Militar las habían humillado, acosado sexualmente o discriminado. Solo una persona, William Martínez., cuyo caso se documenta a continuación, informó que presentó una denuncia por violencia por parte de miembros de las fuerzas de seguridad. En su caso, esto generó represalias, que finalmente le llevaron a solicitar asilo.

Policía Nacional

Humberto M., un hombre gay de Tegucigalpa, estuvo preso en la Penitenciaría Nacional de Támara durante dos años, desde 2013 hasta 2015, por cargos de homicidio, hasta que finalmente fue absuelto. Contó que funcionarios de la rama de investigaciones de la Policía Nacional lo torturaron para que firmara un documento incriminatorio. Las denuncias de tortura y malos tratos en las cárceles hondureñas fueron un fenómeno común durante este período; el Centro de Prevención, Tratamiento y Rehabilitación de las Víctimas de la Tortura y sus Familiares (CPTRT) informa que 6 de cada 10 personas detenidas habrían sido sometidas a tortura o tratos crueles, inhumanos o degradantes durante su arresto en determinadas ciudades entre diciembre de 2013 y julio de 2014.[365] Es posible que algunas de las formas de tortura que experimentó Humberto M. no tuvieran relación con su orientación sexual: contó que policías lo golpearon, lo dejaron desnudo atado de pies y manos, le arrojaron agua y rociaron gas lacrimógeno en su celda. Pero otras formas de tortura y malos tratos, incluida la violación sexual con un instrumento, fueron claramente de naturaleza homofóbica.

El acoso también fue algo bastante constante. Uno me puso el pene en la cara. Uno me sostuvo, me levantó la cabeza y el otro me puso el pene en la cara. Me dijeron: ‘¿Pero no eres marica? ¿No es así como te gusta?’. Cuando me metieron el bastón en el recto, me dijeron: ‘¿No es esto lo que te gusta?’. Permanecí en silencio para soportar el dolor. Nuevamente me dejaron, tras darme un golpe en el rostro[366].

La red lésbica Cattrachas siguió de cerca su caso, y luego de seis meses un abogado de Cattrachas consiguió que lo trasladaran a otra cárcel[367].

Las agresiones sexuales perpetradas por policías también pueden tener carácter oportunista. Perla M., una mujer trans de 29 años de San Pedro Sula, señaló a Human Rights Watch que policías la acosaban en la calle cuando realizaba trabajo sexual. Según Perla, los policías les informaron a ella y a sus compañeras trabajadoras sexuales que, si querían trabajar, tendrían que vender drogas que la policía confiscaba a otras personas y brindar servicios sexuales a los agentes. La obtención de servicios sexuales mediante extorsión es una forma de agresión sexual[368].

Perla también indicó que cuando tenía 20 años, ella y otras cinco amigas transgénero fueron arrestadas por policías por cargos relacionados con trabajo sexual y permanecieron detenidas durante la noche. Tomaron los 100 lempiras (USD 4) que Perla tenía consigo y, cuando dijo que tenía sed, un agente le arrojó agua en el rostro[369].

Miguel R., un hombre bisexual de 26 años procedente de Tegucigalpa, describió varios incidentes de conducta policial abusiva. Cuando Miguel tenía 17 años, alrededor de 2010, tres policías lo detuvieron en la calle, lo llevaron a un lugar fuera de su vecindario y le ordenaron que se quitara la ropa. Tras preguntarle si era “un marica”, un policía le arrancó el arete. Cuando comenzó a sangrar, los policías lo dejaron ir[370]. Miguel dijo que recuerda haber sido acosado cuando tenía apenas 13 años por policías que se burlaron de él en la calle por su forma de caminar[371].

En 2012, Miguel, que entonces tenía 19 años, asistió a una reunión de la Asociación de Jóvenes en Movimiento (AJEM), una organización de derechos de personas LGBT y de comunidades indígenas. Cuando salió de la reunión con otros amigos, tres policías se les acercaron y les pidieron sus documentos de identidad. Los policías comenzaron a burlarse de ellos, y los insultaban llamándolos “malditos maricas”. Cuando uno de los amigos de Miguel les dijo a los policías que los dejaran en paz, estos les arrojaron agua y les apuntaron con sus armas. Después de que uno de los jóvenes comenzó a llorar, los policías se fueron y les dijeron a Miguel y sus amigos: “Dejen de hacer una escena”[372].

Alberto G., un hombre gay de 34 años del departamento de Colón, contó que en 2018 estaba regresando en bicicleta a su casa después del toque de queda cuando fue detenido por policías en un patrullero, que le pidieron su identificación. Dijo que los policías probablemente supusieron que era gay porque llevaba puesta ropa ajustada. Lo llevaron a un puesto de policía, donde le preguntaron si estaba buscando hombres, lo insultaron usando términos como “mariposita”, una palabra ofensiva utilizada para referirse a las personas gais, y le pidieron que proporcionara favores sexuales. Lo tuvieron detenido durante la noche, y solo le permitieron irse al día siguiente después de limpiar un patrullero. Alberto G. indicó a Human Rights Watch que no consideró la posibilidad de presentar una denuncia: “La policía no toma en serio a las personas gais”, señaló.[373]

Policía Militar

La creación de la Policía Militar del Orden Público de Honduras, parte de una iniciativa gubernamental para combatir la delincuencia organizada en 2013, ha llevado a un aumento de la militarización en las calles de Honduras. La policía militar, al igual que la Policía Nacional, instala retenes en las calles, intercepta a civiles de manera arbitraria y se ha visto implicada en varias violaciones de derechos humanos, incluso durante las elecciones nacionales de 2017[374]. La Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos ha recomendado que se dispongan medidas para controlar el papel de la policía militar en la aplicación de la ley[375]. El Comisionado Nacional de los Derechos Humanos se opuso a su creación, y un funcionario de la comisión manifestó que miembros de la policía militar actúan en violación de la ley[376].

En mayo de 2019, William Alejandro Martínez, un hombre transgénero de 36 años, iba camino a su casa del trabajo en una organización de derechos de personas LGBT en Comayagüela cuando tres policías militares lo interceptaron y le pidieron su identificación. A continuación, lo agredieron sexualmente y amenazaron con arrestarlo porque su expresión de género no coincidía con el marcador de sexo femenino que figuraba en su documento de identidad.

Miraron mi documento y dijeron: ‘Es una mujer’ y me la arrojaron [la identificación]. Dije: ‘Biológicamente, soy mujer, soy parte de la comunidad de diversidad sexual’. Uno de ellos me tomó la mano y dijo que me iban a llevar con ellos. ‘¿Qué carajos eres?’, dijo. Me tocó los senos y me metió la mano en los genitales. Le advertí: ‘No me toques, soy defensor de derechos humanos’. El otro me apuntó con el fusil y dijo: ‘Me importa un carajo lo que eres’.
Allí, me quedé helado. Estaba paralizado. Creí que iban a matarme. Vi mi vida pasar delante de mis ojos. En ese momento pasó una camioneta blanca y grité: ‘¡Ayúdenme, van a matarme!’. El conductor asomó la cabeza por la ventanilla y preguntó: ‘¿Qué sucede?’. El policía que me sujetaba tomó mi teléfono de mi bolsillo y dijo: ‘Te vamos a encontrar’. El otro, con el fusil, dijo: ‘Vete de aquí, maldita tortillera, cuando te encontremos, vamos a meterte esto’ y señaló el fusil.
No recuerdo cómo llegué a casa, no paraba de temblar[377].

Martínez presentó una denuncia ante el Ministerio Público, aunque dijo que el personal se rehusó a clasificar el delito como agresión sexual porque “no hubo penetración” con pene, y registró la denuncia simplemente como robo, discriminación y abuso de autoridad. Un año después de presentar la denuncia, Martínez no había tenido noticias del Ministerio Público. Martínez presentó una denuncia ante el Mecanismo de Protección a defensores de derechos humanos, periodistas, comunicadores sociales y operadores de justicia, un organismo del gobierno, pero afirmó que los funcionarios de allí simplemente sugirieron que cambiara su cronograma y sus horarios para evitar problemas[378]. Martínez explica cómo lo afectó el incidente:

Me mató, tener un fusil en la cara... Cuando llegué a casa lloré como; nunca. Lo más doloroso es que si me hubieran matado, solo sería un número más, y un homosexual menos. Un motivo de vergüenza menos para mi familia, ‘muerto el perro, se acabó la rabia’.
Psicológicamente, eso me ha destruido. Fue la gota que colmó el vaso. Lo principal siempre ha sido seguir viviendo, soportar todo, tener una sonrisa, pero ya no lo soporto más…. No hay nadie que proteja mi seguridad ni mis derechos. Nadie puede garantizarme un lugar seguro[379].

En junio de 2019, Martínez contó que los mismos tres policías militares se presentaron nuevamente cerca de su lugar de trabajo, esta vez vestidos de civil. Lo arrojaron al piso, lo patearon, le dijeron que sabían que había acudido al Ministerio Público, y amenazaron con matarlo. Temiendo por su vida, Martínez huyó a España 48 horas después con la ayuda de organizaciones LGBT en Honduras, con tan solo el pasaje de avión y € 60. Cuando se preparó este documento, estaba esperando la resolución de su solicitud de asilo en ese país[380].

Perla M., una mujer trans de 29 años de San Pedro Sula, contó a Human Rights Watch que, en 2017, tres agentes de la Policía Militar fueron a su casa y le dijeron que alguien había presentado una denuncia contra ella, y que debía acompañarlos. “Pero no me llevaron a un tribunal ni a una cárcel”, indicó. “Me dijeron que estaba por vivir mi peor pesadilla, y me llevaron a una casa abandonada donde me violaron”[381]. Perla contó que intentó presentar una denuncia ante la Policía Nacional Civil, pero que un oficial la llamó “marica” y le dijo que volviera otro día[382].

Lucía P., una mujer trans de 25 años, contó que cuanto tenía 20 años, un grupo de tenderos del mercado las insultaron a ella y a sus amigas, les arrojaron frutas y agua, y les dijeron que no deberían existir “personas como ellas”. Había cuatro policías militares cerca y Lucía y sus amigas pidieron ayuda, pero en lugar de ayudarlas, uno de los policías dijo: “Dios hizo a la mujer para el hombre, y al hombre para la mujer”[383].

JLo Córdova, una defensora trans de derechos humanos, de 30 años, experimentó episodios de violencia graves y reiterados. Córdova dijo que le habían disparado tres veces hombres que ella creía eran policías militares de Comayagüela, donde la policía militar tiene presencia activa. Cree que la atacaron porque es una conocida activista por los derechos humanos y solía denunciar públicamente hechos de acoso y violencia contra otras personas trans[384]. Córdova afirmó que le dispararon por primera vez en 2012 en un parque lindero a la sede del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas en Tegucigalpa. Vio dos hombres con uniformes militares y los escuchó decir que intentaban “limpiar el parque para que no haya más maricas”. Córdova dijo que cuando se fueron, se arrastró hasta la calle, sin poder caminar. Un patrullero la llevó al Hospital Escuela, donde le realizaron una cirugía[385].

Volvieron a dispararle a Córdova, esta vez sin que la alcanzaran, en octubre de 2016[386]. Después del ataque de octubre de 2016, presentó una denuncia y las autoridades le mostraron fotografías con fines de identificación, pero Córdova no reconoció a nadie. En octubre de 2017, cuando salía del trabajo, un hombre bajó de un auto, le disparó en la rodilla y se marchó sin decir nada. Una vez que se recuperó, volvió a presentar una denuncia[387]. Ninguna de las denuncias dio como resultado investigaciones ni arrestos, según la información que tiene Córdova[388].

Violencia por parte de pandillas

La violencia por parte de pandillas es generalizada en Honduras, y las personas LGBT señalan ser blanco de agresiones sexuales, extorsiones e intimidación a manos de integrantes de pandillas. Las personas LGBT que se sintieron obligadas a abandonar sus casas y comunidades con frecuencia mencionaron la violencia de pandillas como una de las causas. La violencia por parte de pandillas es tanto general como específica. Las personas LGBT se encuentran atrapadas en la violencia vinculada con pandillas en sentido general, pero, en algunos casos, también son víctimas de ataques dirigidos específicamente contra ellas por ser LGBT, o la forma de acoso que experimentan se relaciona con su orientación sexual o identidad de género. Miguel R., por ejemplo, dijo que fue amenazado por pandillas después haber presenciado un homicidio y no había indicios de que los agresores supieran que era gay[389]. En otros casos, miembros de pandillas se hicieron presentes para atacar a personas LGBT motivados por la animadversión hacia ellas, para ejercer poder o por la vulnerabilidad percibida de estas personas a la extorsión.

Es poco frecuente que las víctimas presenten denuncias cuando son agredidas por pandillas, por un motivo entendible: como lo explicó una funcionaria de la Oficina del Comisionado Nacional de los Derechos Humanos: “Si las personas denuncian, la situación empeora. Algunas presentan denuncias, pero luego no quieren que se investigue”[390].

Marina T., una mujer trans de San Pedro Sula, afirmó que, en 2017, nueve hombres de la MS-13 la violaron en grupo y le fracturaron la clavícula. Su hermano, a quien describió como transfóbico, también era miembro de la MS-13 y Marina T. le dijo a Human Rights Watch que creía que él había sido cómplice de su violación[391].

Fui violada por nueve miembros de la pandilla MS-13 en 2017. Volvía de trabajar, era estilista a domicilio, tenía muchos clientes. Esa noche me interceptaron con pistolas, me arrancaron la ropa e hicieron todo lo que pudieron con mi cuerpo. Me dejaron llena de moretones en los brazos. No presenté una denuncia porque dijeron que si hablaba iban a matar a mi madre y a mi hermana.
Solo le pedí fuerzas a Dios y fui a un centro de salud, para hacerme una prueba de VIH. Gracias a Dios, dio negativo[392].

Marina T. huyó de Honduras después del ataque. Contó a Human Rights Watch: “No tenía adónde huir en mi país”[393].

Noé E., un hombre trans de Comayagua, describió el ataque del que fueron objeto tres amigos gais por parte de miembros de pandillas, y la posterior inacción policial.

Un día iba caminando con mis amigos. Había miembros de pandillas donde vivía, y no podían soportar ver a un travesti o a una persona que fuera visiblemente gay, y atacaron y golpearon a mis amigos. Vino la policía, pero no hicieron nada. Un policía dijo: ‘Eso es lo que pasa cuando andas tentando a los hombres’. Mis amigos presentaron una denuncia, pero los policías que estaban presentes dijeron que no iba a pasar nada con la denuncia[394].

Alberto G., un hombre gay de 34 años del departamento de Colón, comenzó a tener problemas con miembros de pandillas en noviembre de 2011.

Estaba sentado en un parque en Tocoa, Colón. Se acercaron cuatro o cinco hombres, de entre 23 y 25 años aproximadamente. Sabía que eran miembros de pandillas por sus tatuajes y porque hacían señas de pandillas con los dedos. Dijeron: ‘Qué haces aquí, marica pedazo de mierda. ¡Vete de aquí!’. Dije: ‘Pero es un parque público’. A esto me contestaron: ‘Muévete antes de que te matemos, o te violemos’.

Pocos días después, Alberto comenzó a temer haberse puesto en riesgo por responderles a los miembros de la pandilla. Huyó a México por un corto tiempo, pero fue deportado ese mismo mes.

En febrero de 2012, Alberto se encontró con los mismos pandilleros en una calle poco iluminada.

Iba caminando a casa, por una calle oscura. Allí, me rodearon, los mismos que me habían amenazado. Me dijeron: ‘Hoy vas a morir, marica’. Les pedí que me dejaran en paz. Uno de ellos me empujó, luego me dispararon en la espalda. Grité lo más que pude.
No sé quién me llevó al hospital, pero terminé allí, sangrando. La policía llegó y preguntó qué me había sucedido. No les dije sobre mi orientación sexual, por temor, y porque mi familia y mis amigos estaban allí... Y no presenté una denuncia contra las personas que me dispararon, porque habían amenazado con hacerle daño a mi familia si los delataba[395].

La bala había perforado el intestino grueso de Alberto G. y pasó casi tres semanas en el hospital. Alberto nunca denunció el incidente a la policía porque los miembros de la pandilla le habían advertido que no lo hiciera. Cuando fue dado de alta, contó, las personas en la calle murmuraban que le habían disparado por ser gay[396].

En febrero de 2018, Alberto G. estaba caminando en Tocoa cuando se topó con tres o cuatro jóvenes que, según él creía, eran miembros de una pandilla, y que estaban “bebiendo, fumando y actuando de manera descontrolada”. Relató sobre lo ocurrido:

Se interpusieron en mi camino. Uno de ellos quería sexo. Me tomaron por la fuerza. Uno me golpeó con algo en el cuello. Les dije que me daban asco, y se enfadaron… Me desmayé [después de sentir] que me habían cortado la cara, con algo como un cuchillo… Cuando recuperé el conocimiento, se habían ido. No me violaron. Me salía sangre de la cara. Un motociclista pasó y me llevó al hospital, donde me dieron puntos[397].

Temiendo más ataques, se fue a vivir con su hermana a otra ciudad, donde estuvo gravemente deprimido, en parte por la cicatriz permanente en el rostro. Dijo que no denunció el incidente por temor a represalias. En septiembre de 2018, regresó a Tocoa y volvió a encontrarse con los mismos hombres, que le preguntaron si le gustaba el “recuerdo” que tenía en la cara. Alberto G. escapó corriendo. Estos incidentes de violencia finalmente lo llevaran a solicitar asilo en Estados Unidos[398].

Lucía P., una mujer transgénero de 25 años de Comayagüela, contó a Human Rights Watch que se fue de Honduras a Estados Unidos debido a las amenazas de la MS-13:

Comenzaron aproximadamente en enero de 2018. Me amenazaron en el centro comercial... Me dijeron: ‘No queremos personas como tú. Sabes lo que te va a pasar, por eso los encuentran en baldes, en bolsas de plástico, con cosas en las partes’. La segunda vez estaba en el trabajo y salí. Me empujaron contra un camión. Me dijeron: ‘Sabes que sucederá la tercera vez. Voy a llenarte de plomo’[399].

Carla T., una mujer transgénero de 24 años procedente de Comayagüela, dijo que ocho miembros de una pandilla fueron a la casa donde vivía con su abuela en diciembre de 2017 y le dijeron: “No queremos a personas como tú aquí. Tienes que irte. Infectarás a los niños”. En enero de 2018, los miembros de la pandilla fueron a su casa para quitarle 100 lempiras (USD 4) por medios extorsivos. Carla intentó presentar una denuncia en la estación de policía de San Isidro, pero los agentes no la tomaron en serio y la llamaron “marica”. Mientras estaba allí, aparecieron los miembros de la pandilla y dijeron que Carla había estado acosándolos. “Entonces la policía me encerró por una noche, por causarles problemas a los miembros de la pandilla”, contó a Human Rights Watch[400].

Las víctimas hondureñas de violencia por parte de pandillas que Human Rights Watch entrevistó eran todas gais o transgénero, pero también se sabe que las pandillas victimizan a las mujeres lesbianas. Francia Maradiaga de la Oficina del Comisionado Nacional de Derechos Humanos informó sobre un caso de pandilleros que sospechaban que la dueña de un restaurante local era lesbiana. Le pintaron “Lárgate de aquí, lesbiana” en el restaurante, y esto la obligó a cerrar el negocio e irse de la zona[401].

Violencia por parte de miembros del público

Entrevistas realizadas por Human Rights Watch revelaron que la violencia cotidiana, no necesariamente vinculada con pandillas, afecta a muchas personas LGBT en Honduras. Como sucede con otras formas de violencia contra personas LGBT, son varios los factores que impiden el acceso a la justicia, como el temor a las consecuencias o el escepticismo ante la probabilidad de un resultado positivo que desalienta a las víctimas a presentar denuncias, actitudes reales o percibidas contra las personas LGBT por parte de la policía y un sistema judicial fallido y corrupto.

Juan Y., un hombre trans de 35 años que se crió en el departamento de Francisco Morazán, contó a Human Rights Watch que, en 2013, el hombre a quien consideraba su mejor amigo, junto con otros hombres, lo abordaron cuando estaba caminando solo por la calle y lo violaron en grupo.

Acudí a la policía y me preguntaron: ‘¿Qué estaba haciendo? ¿Por qué se expuso al salir solo?’. Una mujer policía me dijo: ‘Una mujer no puede salir sola’. No creo que hayan registrado la denuncia. No me dieron ninguna copia. No me enviaron al consultorio de Medicina Forense, como suelen hacerlo en casos de violación. Un policía dijo: ‘Pero violarla a usted es como violar a un hombre’. Se lo tomaron en broma[402].

Anabel H., una mujer trans de 29 años de Tegucigalpa, dijo que tres hombres la emboscaron cuando llegaba a su apartamento en junio de 2011. Le robaron y la golpearon a puñetazos, le pegaron con un palo, la rociaron con alcohol y la prendieron fuego. Anabel logró escapar mientras discutían cómo matarla. Pasó nueve meses en el hospital después del ataque[403].

Discriminación en Honduras: Un camino hacia una vida en los márgenes

Varias personas entrevistadas refirieron ser víctimas de ataques y estigmatizadas desde temprana edad a causa de su expresión de género no normativa. Su diferencia percibida las hizo vulnerables al acoso y al abuso. El efecto acumulativo del rechazo en el hogar, el acoso en la escuela y el ostracismo de la comunidad refuerza un círculo de marginación y pobreza. Ese fue el caso de Gabriela P., quien soportó graves abusos por parte de su padre, antes de escapar a Belice, Guatemala, México y, por último, a Estados Unidos, como se describió arriba. Como consecuencia directa del abuso violento, Gabriela nunca volvió a la escuela después de que huyó de su casa la primera vez, cuando estaba en segundo grado[404].

Siete personas entrevistadas contaron a Human Rights Watch que habían experimentado acoso escolar y discriminación en ámbitos educativos. Describieron que sufrían ataques de compañeros, docentes y administradores. Algunas dijeron que, como resultado, se sintieron obligadas a dejar la escuela, lo que redujo sus oportunidades en la vida y las situó en un camino de fuerte inseguridad económica.

Discriminación educativa y acoso escolar

Personas entrevistadas describieron la escuela como un espacio inseguro, en especial para quienes son visiblemente de género no conforme. En el caso de dos personas trans entrevistadas por Human Rights Watch, el acoso escolar generalizado las llevó a abandonar la escuela.

Carla T., una mujer transgénero de 24 años procedente de Comayagüela, abandonó la escuela cuando tenía 13 años debido al acoso escolar y la discriminación directa de parte de los docentes, que la obligaban a sentarse separada del resto de los estudiantes[405]. Anabel H., una mujer trans de Tegucigalpa, contó que, desde los 10 años, dejaba de asistir a la escuela a mitad de cada año debido al acoso escolar. En la escuela secundaria, contó, sus compañeros amenazaron con violarla y le arrojaban botellas de agua. Cuando se quejó con el director de la escuela, le dijeron que debía comportarse como un varón si no quería que la molestaran. Anabel abandonó la escuela[406].

Noé E., una persona no binaria de Comayagua, abandonó los estudios a los 12 años. Sus maestros sabían que sufría acoso escolar y no se ocuparon, señaló. “No hicieron nada. Sabían cómo era y para ellos siempre era mi culpa”[407]. Noé E. también tuvo suspensiones en la escuela en varias oportunidades por rehusarse a usar el uniforme de las niñas.

A veces el docente me expulsaba por dos semanas, por no usar el uniforme. Porque debía usar una falda y una blusa. A veces me ponía el uniforme masculino, pero luego siempre tenía problemas con mi familia y con la escuela, porque los docentes me decían ‘¿Por qué estás usando eso? ¿Por qué te pones ropa de niño si eres una niña?’. Yo siempre decía: ‘Porque me gusta, ¿cuál es el problema?’ y me enviaban a casa[408].

Noé E. no fue la única persona que sufrió suspensiones o expulsiones a causa de su expresión de género. Juan Y., un hombre trans de 35 años que se crió en el departamento de Francisco Morazán, contó a Human Rights Watch que fue expulsado de la escuela media: “Dijeron que era porque era lesbiana. Dijeron que no podía quedarme allí porque arruinaba el entorno de la escuela. En la escuela secundaria, Juan dijo que el director lo envió a ver a un psicólogo después de que se enteró de que tenía novia, y que llevaron un pastor para darles un sermón a los estudiantes sobre la homosexualidad:

Dijo que Dios creó al hombre y a la mujer... que Dios condenaba la homosexualidad y que esos actos eran intolerables. Que el aula no podía contaminarse con esas personas[409].

Lucía P., una mujer transgénero de 25 años oriunda de Comayagüela, enfrentó discriminación y agresión sexual cuando era estudiante:

En la escuela, sufrí abuso tanto de estudiantes como de docentes. Los docentes incitaban a los estudiantes en mi contra. En el colegio, el acoso y el maltrato comenzaron de nuevo, también el hostigamiento. A veces me pegaban, a veces me apoyaban las partes, uno me puso el miembro en la boca, otro de ellos intentó obligarme a que le hiciera sexo oral[410].

Miguel R., un hombre bisexual de 26 años procedente de Tegucigalpa, dijo que, durante toda su educación, sufrió acoso de parte de sus compañeros, y que en una ocasión lo golpearon con una piedra porque era afeminado. Informaba a los maestros sobre el acoso, pero era él quien recibía las sanciones disciplinarias[411].

Kendra Jordany, una mujer transgénero de 31 años y activista de San Pedro Sula dijo que su escuela secundaria la derivó a un psicólogo que intentó “cambiarla”. Más tarde, entre 2011 y 2012, mientras estudiada en la Universidad Nacional Autónoma de Honduras en el Valle de Sula, se quejó de un profesor que la discriminó.

El profesor me abordó al final de la primera clase y me dijo: ‘No puede venir así vestido [...] usted es un hombre y está vestido como una mujer’. Y yo dije que era mi derecho y que él tenía que respetar mi identidad de género. Me dijo: ‘¿Pero si yo entro por esa puerta usando una falda, usted va a respetarme?’. Entonces le dije que no me importaba como se vistiera, pero le dije que iba a denunciarlo y que iba a dejar la clase, y que me daba asco que una persona como él me enseñara. Me fui y me largué a llorar. Yo estaba fumando y él se acercó con un cigarrillo y comenzó a hablar de Dios. Me quejé de él con el comisionado universitario, y le aplicaron una amonestación verbal[412].

Kendra Jordany fue la única persona LGBT entrevistada por Human Rights Watch que obtuvo alguna forma de recurso por discriminación en un ámbito educativo.

Discriminación en el empleo

Las personas LGBT en Honduras experimentan discriminación tanto durante la búsqueda de empleo como en el lugar de trabajo. De las 25 personas LGBT hondureñas entrevistadas por Human Rights Watch, ocho, incluidas siete personas trans y un hombre gay, describieron experiencias de discriminación en el empleo.

Noé E., la persona no binaria de Comayagua que abandonó la escuela cuando tenía 12 años debido al acoso escolar y la discriminación, cuya historia se describió arriba, también enfrentó rechazo en su hogar y se fue a los 15 años. Encontró trabajo vendiendo ropa y calzado, pero enfrentó discriminación en el empleo: “En algunos casos [los empleadores] decían: ‘No le puedo dar trabajo porque las personas van a mirarlo de manera extraña y no van a querer esto aquí’”[413].

Juan Y., un hombre trans de 35 años, le dijo a Human Rights Watch que enfrentó discriminación en el mercado laboral, agravada por el hecho de que sus documentos de identidad no coincidían con su identidad de género:

Hay muchas fábricas. Piden que se haga una fila de mujeres y una de hombres. Cuando ven el currículum dicen: ‘Esta no es la fila de mujeres. Tiene que venir otro día’. Cuando fui un día para mujeres, me rechazaron. Preguntaron: ‘¿Dónde lo pondremos?’. Cuando dije: ‘En cualquier parte, no importa’, respondieron: ‘¿Qué baño usará?’.
[...] Podría trabajar en el mercado porque allí no piden papeles. Sin embargo, si las personas se enteran [de tu identidad de género], puedes sufrir violencia [...] Para abrir un negocio, se necesita una licencia del municipio y para eso necesitas un documento de identidad. El documento que tengo no es aceptable para ellos[414].

JLo Córdova, una activista trans de 30 años, indicó a Human Rights Watch que el trabajo sexual puede ser el único empleo viable para las mujeres transgénero:

Nadie nos acepta. Se burlan de nosotras cuando presentamos nuestros documentos. Ni siquiera nos consideran para el trabajo doméstico. Entonces las mujeres trans recurrimos a vender nuestros cuerpos para sobrevivir. No tenemos otra alternativa[415].

Anabel H., una mujer trans de 29 años de Tegucigalpa, también intercambia sexo por dinero debido a la discriminación en el empleo.

Primero fui a una tienda de ropa. Llegué y me dijeron que el puesto estaba cubierto. Fue a causa de mi expresión de género porque me veía muy afeminada, eso es lo que sentí. […] Luego fui a un restaurante para lavar platos y limpiar. Me dijeron que no. No había nada para hacer. Mis amigos me dijeron que ya no podían continuar ayudándome. ‘Nos prostituimos de lunes a viernes para pagar el apartamento, la comida, la ropa, los zapatos’. Entonces dije: ‘Bien, no sé qué hacer’[416].

Carla T., una mujer trans de 24 años de Comayagüela, dijo que se postuló para un empleo en una tienda de ropa pero que fue rechazada porque “arruinaría la clientela”. También intentó infructuosamente conseguir un trabajo lavando platos y limpiando casas[417].

William Alejandro Martínez, un hombre transgénero de 36 años de Comayagüela, señaló a Human Rights Watch que cuando intentó conseguir un empleo en un salón de belleza, no lo quisieron porque lucía como un hombre. Cuando intentó conseguir un empleo en una carpintería, le dijeron que solo buscaban hombres[418].

Como se señaló antes, el Código Penal de Honduras penaliza la discriminación, incluida la discriminación en el empleo. Sin embargo, ninguna de las personas hondureñas entrevistadas por Human Rights Watch había intentado presentar una denuncia. Cattrachas indicó que no había recibido ninguna denuncia de discriminación en el empleo[419]. Un representante de la Secretaría de Derechos Humanos de Honduras le dijo a Human Rights Watch: “Las personas no presentan denuncias. A veces ni siquiera saben que se trata de discriminación”[420]. Las autoridades deberían asegurarse de que las víctimas no sean sometidas a mayor discriminación si deciden denunciar un caso de discriminación en el empleo.

 

V. Obstáculos al asilo en Estados Unidos y sus impactos

Castigados por buscar seguridad

Entre enero de 2007 y noviembre de 2017, al menos 2.253 personas LGBT del Triángulo Norte ingresaron a los Estados Unidos para buscar protección contra la persecución. Los casos provenientes de El Salvador, Guatemala y Honduras representaron más de la mitad del total de 4.385 solicitudes de asilo basadas en la persecución anti-LGBT, según datos del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos.[421]

Para cuando las personas LGBT del Triángulo Norte que buscan asilo llegan a la frontera sur de EE. UU., no solo han escapado de la violencia y la discriminación que padecían en su lugar de origen, sino que a menudo han sido hostigadas por la violencia y la discriminación en su camino a través de México. Una mujer trans describió su agotador viaje en autobús a través de México, durante el cual las autoridades migratorias detuvieron el vehículo en 23 ocasiones y verificaron sus documentos, molestándola “cada vez que veían la diferencia entre la foto de mi documento de identidad, en la que me veo como un hombre, y la foto de mi visa humanitaria”[422].

Estados Unidos no recibe con los brazos abiertos a estas combativas personas LGBT sobrevivientes. Cuando la caravana de migrantes y solicitantes de asilo centroamericanos llegó a Tijuana en abril de 2018, los funcionarios gubernamentales de EE. UU. afirmaron en reiteradas ocasiones que no se les permitiría ingresar. Aunque el rechazo de las personas que solicitan asilo en la frontera viola lo establecido por el derecho internacional sobre refugiados, la política de EE. UU. durante el gobierno del presidente Donald J. Trump ha restringido de forma decidida —a través de diversos mecanismos— el acceso a los Estados Unidos por parte de quienes solicitan asilo[423].

Las personas que huyen del Triángulo Norte para buscar seguridad en Estados Unidos, al final de un viaje a través de México que suele ser arduo, se enfrentan a una confusa multiplicidad de obstáculos jurídicos, burocráticos, procesales y de las fuerzas de seguridad que hacen cada vez más difícil que las personas que solicitan asilo provenientes de todos los contextos, incluidas las personas LGBT, ingresen a Estados Unidos, presenten una solicitud de asilo y se les otorgue la condición de refugiadas. Estos obstáculos, impuestos entre 2016 y 2020, y su impacto sobre las personas LGBT que solicitan asilo se analizan más abajo. No obstante, al momento de la redacción de este informe, el acceso al asilo en la frontera sur ha sido suprimido casi por completo en virtud de una orden del Centro para el Control y la Prevención de Enfermedades (Centers of Disease Control and Prevention, CDC) que, en la práctica, cierra la frontera en respuesta a la pandemia de Covid-19, oportunidad que el gobierno aprovechó para restringir aún más la migración.

La orden del CDC, dictada el 20 de marzo de 2020, suspende el ingreso en las fronteras terrestres de EE. UU. para la mayoría de las personas, sin excepciones para quienes solicitan asilo[424]. Una regla final provisoria emitida en simultáneo por el CDC autoriza a la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos (Customs and Border Protection, CBP) a expulsar de forma sumaria a los migrantes, incluidas las personas que solicitan asilo y los menores sin acompañantes, sin considerar si reúnen los requisitos para recibir protección en virtud del derecho estadounidense[425]. La orden se fundamenta en las facultades sobre cuarentena que tiene el CDC conforme al título 42 del Código de Reglamentaciones Federales; no se basa, en cambio, en el Título 8, que se refiere a la inmigración. Emplea el argumento de la cuarentena médica para cancelar las protecciones que la legislación estadounidense sobre inmigración reconoce a los refugiados y pasa por alto el derecho de quienes solicitan asilo a presentar o lograr que se analicen sus solicitudes[426]. En los primeros cinco meses posteriores al dictado de la orden del CDC, la CBP expulsó en forma sumaria de EE. UU. a más de 105.000 personas invocando de dicha orden[427]. Human Rights Watch presentó un comentario en el que insta a que la orden se deje sin efecto debido a que pone en grave riesgo las vidas de quienes solicitan asilo y podría dar lugar a violaciones de las obligaciones legales de EE. UU. de no enviar de regreso a las personas refugiadas a contextos de riesgo[428].

Antes de la orden del CDC, el gobierno de Trump ya había intentado suprimir la mayoría de las solicitudes de asilo de personas centroamericanas mediante la Norma sobre Asilo en Terceros Países, también conocida como la prohibición de asilo a personas en tránsito, la cual vedaba que cualquier persona que hubiera atravesado un tercer país solicitara asilo en los Estados Unidos, con el argumento de que quienes escapan de la persecución deben solicitar asilo en el primer país por el que transitan[429]. Casi todas las personas LGBT del Triángulo Norte que solicitan asilo en Estados Unidos viajan por vía terrestre a través de México. Un tribunal federal invalidó la norma el 30 de junio de 2020 por motivos procesales[430].

Siguen vigentes otras normas que imponen obstáculos al asilo, a pesar de que la pandemia de Covid-19 ha afectado su implementación, y algunas restricciones han sido desbancadas por la orden del CDC que impide que la mayoría de las personas que solicitan asilo siquiera intenten iniciar el proceso de asilo. Entre ellas se incluyen los instrumentos que se describen a continuación.

 

Acuerdo de Cooperación sobre Asilo con Guatemala

Se trata de un Acuerdo de Cooperación sobre Asilo (ACA), firmado entre los gobiernos de EE. UU. y Guatemala en julio de 2019, que habilita a Estados Unidos a expulsar en forma expeditiva hacia Guatemala a personas solicitantes de asilo que no sean guatemaltecas, sin permitirles que presenten solicitudes de asilo en Estados Unidos, pero que también las priva de acceder a protección efectiva en Guatemala. En consecuencia, en la práctica, muchas de esas personas se ven obligadas a abandonar sus solicitudes de asilo y, al parecer, algunas personas que tienen un temor fundado de persecución están regresando a sus países de origen, donde se enfrentan a un riesgo real de sufrir graves daños.

Estados Unidos intentó negociar un acuerdo de esta índole con México a mediados de 2018, con el objeto de devolver a México a todas las personas centroamericanas que solicitaran asilo, pero el gobierno mexicano se opuso al acuerdo[431]. En 2019, Estados Unidos negoció Acuerdos de Cooperación sobre Asilo con Guatemala, Honduras y El Salvador, en virtud de los cuales Estados Unidos trasladaría a los nacionales de cualquiera de los países del Triángulo Norte a uno de los otros dos países para que se examinaran sus solicitudes de asilo. Inicialmente, Guatemala se rehusó a firmar un acuerdo de este tipo con Estados Unidos, pero terminó cediendo ante la posibilidad de que Estados Unidos impusiera aranceles al comercio[432]. Hasta el momento, únicamente se ha implementado el acuerdo con Guatemala. Estados Unidos trasladó a Guatemala a 939 solicitantes de asilo de Honduras y El Salvador en virtud del ACA EE. UU.-Guatemala entre el 21 de noviembre de 2019 y el 16 de marzo de 2020, momento en el cual los traslados fueron suspendidos debido a la pandemia de Covid-19[433].

Las deportaciones en virtud del Acuerdo de Cooperación sobre Asilo con Guatemala violan el derecho estadounidense, según el cual el gobierno de EE. UU. únicamente puede excluir a una persona del procedimiento de asilo y devolverla a un país por el que haya transitado previamente si Estados Unidos cuenta con lo que se conoce como un “acuerdo de tercer país seguro” con ese país. La legislación estadounidense estipula los criterios que debe reunir un tercer país seguro, incluido el requisito de que el país pueda brindarle a la persona “acceso a un procedimiento completo e imparcial” para determinar el otorgamiento de asilo o una protección temporaria equivalente[434]. La Agencia de la ONU para los Refugiados (ACNUR) sostiene que, en virtud de dichos acuerdos, todo solicitante de asilo trasladado a un tercer país debe ser “evaluado individualmente en cuanto a la pertinencia del traslado, sujeto a las garantías procesales, antes del traslado”, con particular atención a los grupos vulnerables, y debe ser “protegido contra la devolución” o el regreso involuntario a su país de origen[435].

Guatemala —que, según la propia evaluación del Departamento de Estado de EE. UU., está “entre los países más peligrosos del mundo”— cuenta con un procedimiento de asilo rudimentario y complicado y, tal como quedó demostrado en los primeros meses de vigencia del ACA, no está lista para acoger a miles de solicitantes de asilo[436]. Tan solo 20 de las 939 personas trasladadas —aproximadamente un 2 %— solicitaron asilo en Guatemala[437]. Hasta septiembre de 2020, a ninguna de ellas se le concedió el asilo[438]. Tal como argumentaron Human Rights Watch y Refugees International en un informe de mayo de 2020, Guatemala no brinda acceso a un procedimiento de asilo integral y justo, ni ofrece protección efectiva a los solicitantes de asilo. Por lo tanto, Estados Unidos incumple sus obligaciones nacionales e internacionales de no devolución al no examinar las peticiones de asilo de los solicitantes provenientes de Honduras y El Salvador antes de su traslado a Guatemala[439].

Durante las entrevistas que Human Rights Watch y Refugees International realizaron en Guatemala, en febrero de 2020, a 30 personas a las que se aplicó el ACA, solo una afirmó que estaba solicitando asilo en Guatemala. Varias sostuvieron que no tenían familiares ni redes de apoyo en Guatemala y que temían por su seguridad en dicho país. Muchas indicaron que regresarían a El Salvador y Honduras a pesar de que seguían temiendo sufrir persecución allí.

El Servicio de Control de Inmigración y Aduanas de EE. UU. (Immigration and Customs Enforcement, ICE) trasladó a Guatemala a solicitantes de asilo prácticamente sin considerar si se enfrentaban a un riesgo de persecución en ese país, incluso por motivos de orientación sexual o identidad de género. Para una persona LGBT salvadoreña u hondureña que ha huido de la violencia y de la indiferencia u hostilidad de autoridades homofóbicas o transfóbicas en busca de seguridad, enfrentarse al traslado forzoso a Guatemala, donde existe la posibilidad de que deba hacer frente a formas parecidas de persecución y a una indiferencia u hostilidad similar por parte de las autoridades guatemaltecas, constituye un revés devastador.

Human Rights Watch habló con la abogada Linda Corchado, que representa a un cliente hondureño gay que fue trasladado a Guatemala el 23 de enero, a pesar de que informó a las autoridades inmigratorias estadounidenses que temía por su seguridad en dicho país. Josué huyó de Honduras luego de haber sido atacado y haber recibido amenazas de muerte por ser gay. Según Corchado, luego de que fuera enviado a Guatemala de conformidad con el ACA, Josué fue amenazado por hombres que le hicieron comentarios homofóbicos. Sufrió múltiples heridas en su rostro y cuerpo al caer mientras el grupo lo perseguía en una motocicleta. Josué le comunicó a su abogada que no se sentía seguro en Guatemala[440]. Al momento de la redacción de este informe, había regresado a México, pero también experimentaba inseguridad en ese lugar debido a la presencia de hombres armados que acosan específicamente a quienes solicitan asilo[441].

Según la Asociación Lambda, una de las organizaciones de derechos LGBT más prominentes de la Ciudad de Guatemala, el gobierno guatemalteco no ha coordinado su trabajo con las organizaciones LGBT para asegurarse de que las personas LGBT trasladadas recibieran información sobre sus derechos y los recursos a su disposición. Carlos Valdés de Lambda afirmó que era probable que la mayoría de las personas LGBT trasladadas regresaran a México para probar suerte allí, intentaran regresar a Estados Unidos o retornaran a su país de origen y al riesgo de persecución[442].

En Tijuana, Human Rights Watch consultó a personas LGBT solicitantes de asilo provenientes de Honduras y El Salvador que estaban esperando en México para tener su entrevista sobre temor creíble en el marco del programa de cupos (que se describe más abajo) sobre sus sentimientos respecto de ser trasladadas a Guatemala. Marina T., una solicitante de asilo transgénero de 28 años proveniente de Honduras que escapó de su país luego de ser violada en grupo por miembros de la MS-13, dijo lo siguiente:

No aceptaría ir a Guatemala. Queda cerca de mi país y la red que une a las pandillas es muy extensa. Podrían venir a buscarme a Guatemala y matarme[443].

Marina T. manifestó que su propio hermano es miembro de la MS-13, que él ha actuado en forma violenta con ella y que esto le hacía temer que los miembros de la pandilla puedan encontrarla con facilidad[444].

Felicia J., una mujer trans de Tegucigalpa, Honduras, a quien Human Rights Watch entrevistó en Tijuana, afirmó haber huido de dicho país luego de que miembros de una pandilla la amenazaran por su identidad de género. Viajó a través de El Salvador, Guatemala y México, y estuvo en Guatemala dos semanas. Al ser consultada por un investigador de Human Rights Watch sobre si consideraría solicitar asilo en Guatemala en virtud del ACA, expresó lo siguiente:

No puedo quedarme en Guatemala, ya estuve allí, no sería lógico, hay mucha violencia y las personas [trans] no pueden integrarse. Si me enviaran de vuelta a Guatemala, creo que sería mejor regresar a Honduras, porque al menos tengo familia allí. En Guatemala, no hay oportunidades, es casi lo mismo que Honduras. La mentalidad es la misma, las violaciones de derechos humanos, la impunidad. Si estoy en la calle, alguien puede acercarse con el auto y dispararme, y si dices que viste lo que ocurrió, eres el siguiente. Esto es exactamente de lo que estamos intentando escapar[445].

Michelle S., una mujer trans de 25 años proveniente de El Salvador, afirmó haber intentado buscar seguridad en Guatemala. Michelle, quien huyó de una situación brutal de abuso a manos de su familia a los 15 años y comenzó a ejercer el trabajo sexual, se dirigió a Guatemala a los 18 años para escapar de la amenaza de violencia de pandilleros en El Salvador: “Fui a Guatemala para que no me mataran”[446]. Pero casi encontró la muerte en Guatemala, donde continuó ejerciendo el trabajo sexual. Sobre esto, dijo lo siguiente:

Un hombre vino en busca de servicios [sexuales]. Pero había otros cuatro hombres en el automóvil y dijeron que iban a matarme porque no les gustan las mujeres trans[447].

Michelle, quien afirmó que llevaba habitualmente un cuchillo desde que experimentó episodios de violencia, relató que logró cortar a uno de los hombres y salir raudamente del auto; mostró a Human Rights Watch una cicatriz en la frente sufrida como consecuencia de haber caído en la calle. Asimismo, agregó:

No acudí a la policía; nunca hacen nada. Una amiga recibió una golpiza y casi le sacaron un ojo. Llamó a la policía, pero no hicieron nada[448].

Carlos Valdés, director ejecutivo de la organización guatemalteca de derechos Lambda, adelantó que sería casi imposible que las personas LGBT salvadoreñas y hondureñas trasladadas a Guatemala en virtud del ACA pudieran encontrar empleo formal estable. Valdés ya había intentado ayudar a personas LGBT solicitantes de asilo en Guatemala para que encontraran trabajo, pero no tuvo éxito:

Junto con la ACNUR, nos contactamos con empresas trasnacionales abiertas a contratar personas LGBT, pero estas no cuentan con lo necesario (en cuanto a calificaciones) porque no tuvieron acceso a la educación[449].

Aún no han entrado en vigor otros Acuerdos de Cooperación sobre Asilo similares suscritos por Estados Unidos con El Salvador y con Honduras[450]. No obstante, el propio Departamento de Estado de los Estados Unidos aconseja no viajar a Honduras[451]. El informe anual sobre derechos humanos del Departamento de Estado, publicado en marzo de 2020, describe los desafíos específicos que enfrentan las personas LGBT en Honduras, incluida la violencia, los obstáculos casi insuperables que afrontan las personas trans para encontrar empleo y otras formas de discriminación[452]. El informe del Departamento de Estado sobre El Salvador también hace referencia a graves violaciones de derechos humanos por parte de las autoridades, la prevalencia del crimen organizado y los homicidios de mujeres trans, lo cual plantearía una amenaza directa para las personas LGBT solicitantes de asilo que sean trasladadas a El Salvador[453].

Programa de cupos (metering)

Antes del cierre de la frontera sur de EE. UU. como consecuencia de la pandemia de Covid-19, las personas de todos los países que llegaban a la frontera estadounidense en busca de asilo eran sometidas al programa de cupos, una política de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) que limitaba la cantidad de solicitantes de asilo que podían ingresar a Estados Unidos en cada cruce fronterizo cada día, lo cual generaba demoras que, a veces, se extendían varios meses. La CBP reconoció que la intención del programa de cupos es reducir la cantidad de personas que ingresan a Estados Unidos; en otras palabras, obligar a que las personas abandonen sus solicitudes[454]. El programa de cupos fue suspendido en la mayoría de los cruces fronterizos como consecuencia del Covid-19. Sin embargo, muchas personas que solicitan asilo cuyos nombres se encontraban en las listas de cupos antes del cierre de las fronteras permanecen en localidades fronterizas a la espera de la oportunidad para solicitar asilo. En Tijuana, a mayo de 2020, 9.600 personas se encontraban en la lista[455]. Physicians for Human Rights describió el modo en el que el sistema de cupos cercenó en forma drástica el ingreso a Estados Unidos. Por ejemplo, en la frontera en San Ysidro/Tijuana, los ingresos se redujeron de entre 40 y 100 solicitantes de asilo por día en 2018 a aproximadamente 25 personas por día en septiembre de 2019[456].

Mientras aguardan a que toque su número, las personas que solicitan asilo se ven obligadas a esperar en México, donde a menudo permanecen en localidades fronterizas en las que es muy difícil obtener empleo y asistencia humanitaria adecuada y donde hay altas tasas de violencia, incluidos secuestros, violaciones sexuales y homicidios por parte de bandas delictivas.

Carlitos B. describió su experiencia al tener que permanecer en Tijuana luego de haber llegado desde Guatemala con una caravana en 2018. Cuando quedó claro que el programa de cupos ralentizaría el acceso al proceso de asilo en EE. UU., una organización no gubernamental ayudó a los miembros LGBT de la caravana a alquilar una vivienda mientras esperaban que tramitara su solicitud. No obstante, Carlitos B. manifestó que, inicialmente, los residentes de la zona se habían mostrado agresivos con sus nuevos vecinos LGBT y los habían acusado de ser una mala influencia para los niños y niñas y también para los esposos (dado que la mayoría de las personas LGBT eran hombres gais o mujeres trans)[457].

Cuando llegamos, los vecinos de Tijuana dijeron que no querían que estuviéramos allí y comenzaron a arrojarnos piedras. Los abogados llegaron y llamaron a la policía porque se estaba formando una gran multitud que se oponía a que nos quedáramos en esa casa[458].

Marina T., una mujer trans de Honduras entrevistada por Human Rights Watch en Tijuana en enero de 2020, dijo lo siguiente:

Estamos arriesgando nuestras vidas en Tijuana. Escuché de casos de otras mujeres trans que fueron asesinadas aquí, por lo que tengo miedo de salir. Si salgo, lo hago acompañada y tengo fobia a la policía mexicana después de tanta discriminación como mujer trans. No me siento segura en Tijuana, no me siento segura en ninguna ciudad de México, a causa de la discriminación que hay de parte de la mayoría. No todos, pero la mayoría de los mexicanos discriminan a las personas trans[459].

Kiana C., una mujer trans de El Salvador, describió situaciones de acoso por parte de la policía mexicana:

Si salgo a caminar, me interpelan: ‘¿A dónde vas? ¿Qué es lo que vendes? ¡Marica!’ Piensan que estoy vendiendo sexo incluso si lo único que hago es ir caminando. Me insultan mucho[460].

El temor a la violencia hace que algunas personas LGBT que solicitan asilo, especialmente las mujeres trans, eviten abandonar los albergues en los que se quedan en Tijuana, y cumplen así una especie de arresto domiciliario autoimpuesto. Shelley R., una mujer trans de Guatemala entrevistada por Human Rights Watch que estaba en un refugio de Tijuana, señaló que “debido a la inseguridad, no salimos de la casa, salvo para ir a la clínica”[461].

Programa de “Permanencia en México”

Una vez que una persona solicitante de asilo que proviene del Triángulo Norte (así como de otros países hispanohablantes) cruza físicamente la frontera y registra su intención de solicitar asilo ante un agente de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP), la CBP puede decidir aplicarle el denominado Protocolo de Protección de Migrantes (PPM), mejor conocido como el Programa “Permanencia en México (Remain in Mexico)”, lanzado por el Departamento de Seguridad Nacional de Estados Unidos en enero de 2019. Human Rights Watch presentó un reclamo ante la Oficina del Inspector General del Departamento de Seguridad Nacional en relación con las condiciones precarias y, en ocasiones, potencialmente fatales a las que se somete a las personas[462] como resultado de esta política y ha investigado e informado en repetidas oportunidades sobre las violaciones de derechos humanos que causa[463].

Muchas de las ciudades en las que las personas que solicitan asilo se ven obligadas a esperar mientras permanecen en México tienen altas tasas de secuestros, extorsión y violencia. Algunas de estas ciudades fueron hasta hace poco, o son actualmente, objeto de advertencias de viaje del Departamento de Estado de EE. UU., debido al riesgo de secuestro y otros delitos[464]. Una mujer trans relató ante los medios haber sido secuestrada y violada mientras esperaba su entrevista de asilo en Matamoros, Tamaulipas en el marco del programa de “Permanencia en México”[465].

Un memorando del Departamento de Seguridad Nacional exime a las “personas de poblaciones vulnerables (…) según un análisis de cada caso en particular”. En la práctica, las exenciones para las personas vulnerables han sido erráticas. Defensores y abogados han identificado personas con condiciones de salud mental y personas LGBT que fueron asignadas al programa y devueltas a México[466]. Con el pretexto del Covid-19, el Departamento de Seguridad Nacional suspendió todas las audiencias del PPM, lo cual implica que las personas que ya fueron asignadas al PPM y aguardan en México a que sus casos se procesen en Estados Unidos ahora deben esperar por tiempo indefinido.

Revisión Rápida de Solicitudes de Asilo (PACR)

En octubre de 2019, el Departamento de Seguridad Nacional de EE. UU. puso a prueba dos nuevos programas de “expulsión acelerada”, diseñados para limitar el derecho de asilo, en el cruce fronterizo de El Paso.

En virtud de la Revisión Rápida de Solicitudes de Asilo (Prompt Asylum Claim Review, PACR), aplicable a las personas de países que no sean México, y el Proceso de Revisión de Asilo Humanitario (Humanitarian Asylum Review Process, HARP), un programa idéntico aplicable a los nacionales de México, la propia Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza detenía a solicitantes de asilo luego de capturarlos en la frontera, en lugar de transferirlos a la custodia del ICE. Los agentes de la CBP, y no los funcionarios del ICE, eran quienes llevaban a cabo las entrevistas sobre temor creíble (entrevistas que marcan el umbral para determinar si se reúnen los requisitos para el asilo). Antes de la PACR y el HARP, Human Rights Watch había documentado que la CBP incumplía las leyes estadounidenses al evaluar a solicitantes de asilo[467]. En febrero de 2020, el comisionado interino de la CBP declaró ante el Congreso que el Departamento de Seguridad Nacional había ampliado los programas más allá de El Paso para abarcar la mayoría de los cruces fronterizos del sur y que había asignado a más de 3.700 migrantes a los programas de deportación acelerada HARP y PACR[468].

Antes de la suspensión de los programas en marzo de 2020, abogados y organizaciones de derechos humanos denunciaron que personas centroamericanas que solicitaban asilo asignadas al programa PACR eran retenidas en condiciones precarias bajo la custodia de la CBP y se les hacía atravesar a toda prisa las entrevistas sobre “temor creíble” en cuestión de días, frecuentemente sin acceso a abogados[469]. El proceso acelerado generó condiciones que pueden haber disuadido a las personas traumatizadas, incluidas las personas LGBT que fueron víctimas de violencia, de hablar abiertamente sobre la persecución de la que escaparon. Si las personas LGBT provenientes del Triangulo Norte que solicitan asilo fueran asignadas al PACR, existe un riesgo manifiesto de que los agentes de la CBP no les brinden una oportunidad adecuada de explicar el riesgo de persecución al que se enfrentan debido a su identidad de género u orientación sexual.

Cambios propuestos a la definición de refugiado

El 15 de junio de 2020, el gobierno de Trump propuso una nueva norma sobre asilo que modificaría radicalmente las definiciones y los estándares establecidos desde hace tiempo conforme a las leyes estadounidenses sobre asilo[470]. Entre otros cambios que probablemente tendrían un impacto extremadamente negativo sobre la posibilidad de las personas LGBT solicitantes de asilo de presentar sus solicitudes y obtener una decisión justa, se incluye una disposición que excluiría las pruebas en respaldo de las solicitudes de asilo si quien está a cargo de tomar la decisión considera que promueven un estereotipo cultural contra un país o una persona[471]. Esta disposición (así como otras partes de la norma propuesta) pretende codificar un dictamen del entonces Fiscal General, Jeff Sessions, en Matter of A-B- y Matter of A-R-C-G-, en el que Sessions criticó a la Junta de Apelaciones de Inmigración por haber promovido el “estereotipo cultural negativo” de que Guatemala tiene “una cultura de machismo y violencia familiar”[472]. Esto significa que podrían excluirse las pruebas de persecución —en particular, cuando la persona solicitante brinda pruebas de intención persecutoria— por temor a que pudiera percibirse que “promueven estereotipos culturales”.

La disposición podría utilizarse para impedir que las personas perseguidas por razones de género, orientación sexual, raza o religión puedan plantear sus argumentos. Por ejemplo, Fernanda Vallejo, una mujer transgénero de San Pedro Sula, Honduras, narró lo siguiente a Human Rights Watch en 2009 respecto de la persecución que experimentó:

Mi padre era un verdadero macho. Cada una de mis acciones femeninas era reprimida con golpizas, por lo que, en lugar de recibir amor, yo recibía golpizas (...). Aunque él [mi papá] me maltrataba, yo amaba a mi padre. Lo entendía. Para él, su apellido significaba trabajo y respeto y, en mi cabeza, me sentía culpable y preguntaba, ‘Dios, ¿por qué me hiciste así?’. No quería avergonzar a mi padre”[473].

Vallejo se refiere a su padre como “macho” y habla de una cultura de vergüenza. Si un juez considera que dicho testimonio promueve estereotipos culturales, podría desestimar las pruebas que demuestran la intencionalidad de su agresor y de la sociedad que tolera ese abuso.

La norma propuesta también contiene una lista extensa de circunstancias que normalmente no se considerarían suficientes para demostrar la pertenencia a un grupo social particular, lo cual constituye una de las causales protegidas en la definición de refugiado. Uno de los nueve grupos sociales excluidos son las personas involucradas en “conflictos interpersonales de los que las autoridades gubernamentales no tenían conocimiento o en los que no se involucraron”. Tal como se muestra en este informe, la policía y las demás autoridades suelen ignorar a las personas LGBT que sufren abusos domésticos o ataques de miembros del público y “no se involucran” en lo que pueden desestimar como un “conflicto interpersonal”. Al descartar la violencia contra personas LGBT como algo “interpersonal”, la norma propuesta no reconoce que la violencia de género es un medio social de represión y subordinación, no un problema individual, que requiere respuestas integrales, incluidas medidas estatales para cumplir con las obligaciones de prevención, investigación, enjuiciamiento y castigo[474].

Riesgos para los y las solicitantes de asilo LGBT en México

Cuando Sandra C., una mujer lesbiana de 24 años de El Salvador, se vio forzada a abandonar su país debido a amenazas y extorsión por parte de la MS-13 en marzo de 2018, en un primer momento solicitó asilo en México. Se le otorgó la condición de refugiada en julio o agosto, según afirmó, y encontró trabajo como vendedora de tacos en Tapachula. Sin embargo, en septiembre, cuatro hombres acorralaron a Sandra y dos de ellos la violaron:

Une vez estaba volviendo del trabajo alrededor de las 6 de la tarde y, al bajarme de autobús, vi a cuatro hombres que empezaron a seguirme. Me llevaron a un terreno baldío y abusaron de mí…. Dos de ellos me violaron. Son de la misma pandilla [Mara Salvatrucha]. Tenían los mismos tres puntos en sus manos, visten de azul y negro, sabían quién era yo y me dijeron ‘vamos a mostrarte lo que es estar con un hombre’. Ese fue el momento en el que decidí venir aquí [a Estados Unidos], porque no estaba segura en ninguna parte en ese lugar[475].

Sandra no presentó una denuncia en México. Sobre esto dijo: “Me fui tres días después (…). No sabía si podía confiar en la policía”[476].

Las políticas restrictivas de asilo del gobierno de Trump parecen basarse en la idea de que, si los pedidos de las personas solicitantes de asilo provenientes del Triángulo Norte son legítimos, deben plantearlos en México o en cualquier otro lugar por el que pasen en su viaje[477]. No obstante, para muchas personas LGBT entrevistadas por Human Rights Watch, como Sandra C., México no era una opción viable. La violencia homofóbica, junto con un sistema de justicia penal ineficaz, expusieron a Sandra C. a un riesgo significativo.

Basilio A., un hombre gay de 24 años proveniente de Guatemala, también tuvo la intención de permanecer en México cuando huyó en 2017, después de que su padre lo golpeara por ser gay. Nunca solicitó formalmente asilo, pero pasó dos años en Tapachula trabajando en ventas de tortillas y atendiendo mesas. Pero, luego, también fue víctima de violación. Human Rights Watch lo entrevistó en Tijuana en enero de 2020, donde relató lo siguiente:

Nunca pensé en venir aquí. Pero, en una ocasión, después de salir del trabajo alrededor de las 9 p.m., vi un auto negro y la chica que lo manejaba me dijo, ‘¿Qué tal? ¿A dónde vas?’. Se ofreció a llevarme a mi casa. Le dije, ‘no te conozco’. Ella respondió, ‘vamos, te daré un aventón’.
Entré al auto y vi que había dos personas más. El auto tenía vidrios oscuros. Ella dijo que eran sus amigos. Me dijeron que sus nombres eran Brian y José. Entonces, me cubrieron la nariz con un trapo y perdí el conocimiento.
Cuando desperté, estaba en medio de la calle, en la carretera que lleva a Puerto Madero. Me habían golpeado, me habían quitado todo y habían dejado mi mochila [vacía] a mi lado. Me dolían los glúteos y sangraba por el ano (…). No se lo dije a nadie. Tenía miedo de ir a la policía porque no tenía documentos. Nunca imaginé que pudiera pasarme esto. Permanecí allí varios meses y trabajé en otras tiendas de tortillas, pero tenía miedo todo el tiempo[478].

Marina T., una mujer trans de 28 años proveniente de Honduras, también se enfrentó a riesgos en Tapachula. A diferencia de Sandra C. y Basilio A., Marina T. tenía la intención de ingresar a Estados Unidos, donde creía que podría encontrar la seguridad como mujer trans, pero pasó tres meses esperando una visa humanitaria en Tapachula que le permitiera atravesar México de forma legal. En dos oportunidades, hombres mexicanos intentaron violarla. En ambas ocasiones, logró escapar. Marina T. creía que esos ataques contra ella se debían a su identidad de género. Según dijo, durante la mayor parte del resto de su estadía en Tapachula, se escondió en su apartamento ya que tenía miedo de salir[479].

Otras mujeres trans dijeron a Human Rights Watch que las denuncias de altas tasas de “transfemicidios”, o asesinatos selectivos de mujeres trans, las disuadían de permanecer en México. Kiana C., de El Salvador, a quien Human Rights Watch entrevistó en Tijuana después de haber pasado ocho meses en México a la espera de cruzar a Estados Unidos para solicitar asilo, dijo que “México no es seguro para las mujeres trans. Veo todas las noticias sobre asesinatos de mujeres trans”[480]. Tanto Kiana C. como Felicia J., una mujer trans de Honduras entrevistada por separado en Tijuana, hicieron referencia a las noticias sobre homicidios de mujeres trans en el estado de Veracruz, donde asesinaron a Alaska Ponce Contreras en 2018[481]. Felicia J. manifestó lo siguiente en relación con estos casos de violencia contra mujeres trans: “Todas estamos traumatizadas. Me despierto llorando por las noches”[482].

El riesgo de violencia que enfrentan las personas LGBT que solicitan asilo en México se ve acompañado del riesgo de discriminación. En un refugio de Tijuana que alberga a personas LGBT que solicitan asilo, un coordinador le comentó a Human Rights Watch que algunas de las personas que residían allí habían logrado obtener empleo mientras esperaban en México por aplicación del sistema de cupos, pero que, para las mujeres trans, era particularmente difícil encontrar trabajo[483].

Encontrar albergue también puede ser difícil tanto para las personas LGBT solicitantes de asilo que atraviesan México como para las que desean permanecer allí. Alé D., una mujer trans de Guatemala, manifestó que, a principios de 2019, durante el trayecto para llegar a Estados Unidos, fue expulsada de un refugio gestionado por una iglesia evangélica en Matamoros debido a su identidad de género[484].

Carlitos B., una persona no binaria de 23 años proveniente de Guatemala que logró llegar a Los Ángeles y solicitó asilo, expresó que se sentía más libre en Estados Unidos que en México.

Algunas personas de la caravana permanecieron en México y pidieron asilo allí. Yo vine aquí [a Estados Unidos] porque en México también hay gente que no acepta a las personas LGBT. Sí, hay algunos lugares donde las están aceptando, pero son pocos. Aquí, existen leyes que ayudan a las personas LGBT. Al menos eso es lo que creo. Se puede ser un poco más libre aquí[485].
 

VI. Obligaciones en virtud de las normas internacionales de derechos humanos

Obligaciones de El Salvador, Guatemala y Honduras de abordar la violencia y la discriminación contra las personas LGBT

El sistema interamericano se encuentra entre los sistemas regionales de derechos humanos más desarrollados en lo que se refiere a la articulación de los fundamentos de derechos y garantías relacionados con la orientación sexual y la identidad de género. Tal como ha manifestado la Comisión Interamericana de Derechos Humanos:

La no discriminación, la igualdad ante la ley, el derecho a la vida y a la integridad personal son principios fundantes del sistema regional y universal de derechos humanos, con deberes jurídicos que revisten especial importancia para las personas lesbianas, gay, bisexuales, trans, e intersex (en adelante “LGBTI”) en las Américas[486].

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (“la Corte”) ha determinado que la orientación sexual y la identidad de género son causales protegidas en virtud del artículo 1.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.(“la Convención”), que protege todos los derechos reconocidos en ese instrumento sin ningún tipo de discriminación[487].

El artículo 4 de la Convención protege el derecho a la vida y se hace eco del artículo 6 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), del que El Salvador, Guatemala y Honduras son Estados Parte. El artículo 5 protege la “integridad física, psíquica y moral” de cada persona y prohíbe el sometimiento a torturas y a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes[488]. Nadie debería vivir con la amenaza constante de sufrir actos de violencia, y los Estados están obligados en virtud del derecho regional e internacional a proteger el derecho a la seguridad personal y a la integridad física.

La Organización de los Estados Americanos (OEA), el principal órgano de gobernanza regional del hemisferio occidental, ha reconocido que los Estados Miembros tienen la obligación de abordar la violencia contra las personas LGBT. La Asamblea General de la OEA ha dictado resoluciones anuales desde 2013 en las que insta a sus Estados Miembros a producir datos sobre violencia basada en la orientación sexual y la identidad de género con miras a promover políticas públicas que eviten esa violencia[489].

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos, creada por la OEA como el principal órgano de derechos humanos del hemisferio, ha señalado que los Estados deberían “realizar esfuerzos y asignar recursos suficientes para recolectar y analizar datos estadísticos desagregados de manera sistemática respecto de la prevalencia y naturaleza de la violencia y la discriminación por prejuicio contra las personas LGBTI, o aquellas percibidas como tales”[490].

La Corte ha determinado que el derecho a la vida establecido en el artículo 4 de la Convención Americana, en conjunción con el artículo 1.1, comprende obligaciones tanto negativas como positivas[491]. Los Estados no solo deben garantizar que ninguna persona sea privada de la vida. Además, deben adoptar todas las medidas que correspondan para “prevenir, juzgar y castigar la privación de la vida como consecuencia de actos criminales en general, sino también para prevenir las ejecuciones arbitrarias por parte de sus propios agentes de seguridad”[492].

En ese sentido, la corte ha sostenido que para proteger el derecho a la vida es necesario:

... que los Estados investiguen efectivamente la privación del derecho a la vida y castiguen a todos sus responsables, especialmente cuando están involucrados agentes estatales, ya que de no ser así, se estarían creando, dentro de un ambiente de impunidad, las condiciones para que este tipo de hechos vuelva a repetirse, lo que es contrario al deber de respetar y garantizar el derecho a la vida[493].

La Comisión también ha hecho hincapié en que “todo menoscabo a los derechos humanos reconocidos en la Convención que pueda ser atribuido, según las reglas del Derecho Internacional, a la acción u omisión de cualquier autoridad pública, constituye un hecho imputable al Estado”[494].

El Comité de Derechos Humanos de la ONU, al velar por que los Estados cumplan con el PIDCP, hace hincapié en que las obligaciones positivas de los Estados:

…solo se podrán cumplir plenamente ... si el Estado protege a las personas, no sólo contra las violaciones de los derechos … que cometan sus agentes, sino también contra los actos que cometan particulares o entidades y menoscaben el disfrute de los derechos … en la medida que puedan aplicarse entre particulares o entidades privadas[495].

La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos señala que, si bien quienes ejercen violencia motivada por el odio contra personas LGBT suelen ser actores no estatales, “el hecho de que las autoridades estatales no investiguen ni sancionen este tipo de violencia constituye un incumplimiento de la obligación del Estado de proteger el derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de todas las personas”[496].

Conforme a la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, conocida como Convención de Belém do Pará, los Estados Parte tienen la obligación de actuar con la debida diligencia para combatir la violencia contra la mujer[497]. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha interpretado que la Convención de Belém do Pará, que define “violencia contra la mujer” como “cualquier acción o conducta, basada en su género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer”, es aplicable a las mujeres transgénero[498].

La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha dispuesto que, al llevar adelante investigaciones y juzgamientos de casos de violencia, en los procesos judiciales se debe prestar atención a las vulnerabilidades específicas de las personas LGBT. En marzo de 2020, en Azul Rojas Marín y Otra vs. Perú, un caso sobre violencia sexual y otras formas de tortura contra una mujer trans en la cárcel, la Corte sostuvo que, al investigar actos violentos, las autoridades estatales “tienen el deber de tomar todas las medidas que sean razonables para develar si existen posibles motivos discriminatorios”. Tal investigación no puede omitir hechos que puedan ser indicativos de violencia motivada por discriminación; la falta de investigación de los posibles móviles discriminatorios puede constituir en sí misma una forma de discriminación, contraria a la prohibición establecida en el artículo 1(1) de la Convención Americana[499].

En su decisión, la Corte le ordenó a Perú establecer un protocolo específico para la investigación y administración de justicia en casos de supuesta violencia contra personas LGBTI. Según la Corte, ese protocolo debía incluir la obligación de tener en cuenta la identidad de género y la orientación sexual de las víctimas, no apelar a estereotipos ni otros tratos discriminatorios, evitar la re-victimización y establecer métodos para identificar indicios de si la violencia sexual o tortura fue cometida con base en prejuicios contra las personas LGBTI[500].

Las normas regionales de derechos humanos condenan de manera igualmente categórica todas las formas de discriminación contra personas LGBT. La resolución de la Asamblea General de la OEA antes mencionada, además de instar a recolectar datos sobre violencia, exhorta a los Estados Miembros a adoptar políticas públicas contra la discriminación motivada por la orientación sexual y la identidad o expresión de género[501].

En noviembre de 2017, la Corte Interamericana de Derechos Humanos emitió una opinión consultiva en respuesta a una consulta de Costa Rica sobre sus obligaciones en virtud de la Convención Americana, en la que indicó que para defender los derechos a la privacidad, a no ser discriminado y a la libertad de expresión, los Estados deben establecer procedimientos sencillos y eficientes que permitan a las personas cambiar sus nombres y marcadores de género en los documentos oficiales a través de un proceso de declaración espontánea, sin requisitos invasivos ni ningún tipo de patologización, como las evaluaciones médicas o psiquiátricas, o el divorcio[502]. Hasta la fecha, ninguno de los países del Triángulo Norte lo ha hecho.

En febrero de 2020, entró en vigor la Convención Interamericana contra toda Forma de Discriminación e Intolerancia, que protege explícitamente contra la discriminación por motivo de identidad de género, expresión de género y orientación sexual y por otros motivos, como idioma, identidad cultural, condición de migrante o refugiado y situación socioeconómica. Esta convención ha sido suscripta por 12 países y ratificada por México y Uruguay. El Salvador, Guatemala y Honduras se encuentran entre los países que aún no han suscrito ni ratificado la convención[503].

Los “Principios de Yogyakarta sobre la aplicación de la legislación internacional de derechos humanos en relación con la orientación sexual y la identidad de género” abordan tanto la violencia como la discriminación contra personas LGBT. De acuerdo con los principios, los Estados deben tomar todas las medidas que sean necesarias a fin de prevenir la violencia y el hostigamiento relacionados con la orientación sexual o la identidad de género, lo que incluye investigaciones enérgicas, reparación para las víctimas y campañas de sensibilización para reducir los prejuicios[504].

En los Principios de Yogyakarta también se exhorta a los Estados a garantizar todos los derechos humanos sin discriminación por motivo de orientación sexual e identidad de género, incluidos los derechos a trabajar y a la educación[505]. Instan a los Estados a garantizar que existan procedimientos mediante los cuales la identidad de género autodefinida de una persona pueda indicarse en todos los documentos de identidad emitidos por el Estado que incluyan marcadores de género[506].

Como lo señala el Comité de Derechos Humanos de la ONU, el término “discriminación” debe entenderse en un sentido amplio, y “denotará distinción, exclusión, restricción o preferencia ... que tenga por objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad, de los derechos humanos y libertades fundamentales...”[507]. Independientemente de la intención, las políticas y prácticas que tengan resultados dispares en determinados grupos de personas (incluidas personas LGBT) pueden ser discriminatorias, y los Estados deben eliminarlas. El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU, el órgano autorizado que interpreta el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU, también ha destacado que los Estados tienen la obligación de eliminar no solo la discriminación de facto sino también la discriminación de hecho o sustantiva, y ha señalado:

Para eliminar la discriminación en la práctica se debe prestar suficiente atención a los grupos o personas que sufren injusticias históricas o son víctimas de prejuicios persistentes, en lugar de limitar la comparación al trato formal que reciben las personas en situaciones similares. Los Estados partes deben, por tanto, adoptar de forma inmediata las medidas necesarias para prevenir, reducir y eliminar las condiciones y actitudes que generan o perpetúan la discriminación sustantiva o de facto... Para erradicar la discriminación sustantiva en ocasiones los Estados Partes pueden verse obligados a adoptar medidas especiales de carácter temporal que establezcan diferencias explícitas basadas en los motivos prohibidos de discriminación[508].

En consecuencia, a fin de contrarrestar la discriminación sistémica, es fundamental que los Estados den prioridad a la adopción de leyes civiles y administrativas integrales que prohíban la discriminación. Aunque la aplicación del derecho penal se encuentra justificada cuando la discriminación se manifiesta de maneras especialmente graves, como actos de violencia o incitación a la violencia, la centralidad que esta rama del derecho asigna a la intencionalidad delictiva, que debe demostrarse más allá de toda duda razonable, resulta inadecuada para receptar y sancionar un amplio espectro de comportamientos discriminatorios[509]. Esto se verifica en especial cuando la discriminación se generaliza como parte de políticas y prácticas. En contraposición con ello, los marcos legales civiles y administrativos están mejor diseñados que el derecho penal para dar más importancia a las consecuencias de determinados actos y pueden ayudar a abordar y sancionar acciones y prácticas nocivas que afecten a grupos o grandes cantidades de personas de manera que se promuevan políticas y sistemas positivos.

Además, los Estados están obligados a adoptar políticas sociales y económicas sólidas en diversas áreas —educación, salud y empleo, entre otras— a fin de contrarrestar la discriminación social y sus efectos nocivos, y garantizar de manera afirmativa la igualdad de derechos de los grupos vulnerables, como las personas LGBT en el Triángulo del Norte.

Obligación de Estados Unidos de no enviar de regreso a refugiados

De conformidad con el derecho estadounidense y el Protocolo de 1967 sobre el Estatuto de los Refugiados, del que Estados Unidos es parte, ese país no puede enviar de regreso a los solicitantes de asilo a contextos donde sus vidas o libertad se encuentren amenazadas: 1) sin brindarles la oportunidad de solicitar asilo o protección contra la amenaza de tortura; y 2) sin analizar de manera completa y razonable esas solicitudes.

Desde que Estados Unidos suscribió el Protocolo de 1967 de la Convención de Refugiados de 1951, tiene la obligación de respetar las principales disposiciones de ese instrumento[510]. El gobierno de Estados Unidos sancionó la Ley de Refugiados (Refugee Act) de 1980 para adaptar las leyes internas a los términos de la Convención sobre Refugiados y su Protocolo, e incorporó en el derecho estadounidense la definición de “refugiado” proporcionada en la Convención (persona con fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social u opiniones políticas) y el principio de no retorno (también llamado “de no devolución”), que prohíbe la devolución de aquellos cuya vida o libertad peligre por causa de su raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social u opiniones políticas[511].

En el marco del derecho internacional, no existe el derecho a recibir asilo, pero sí el derecho a solicitarlo[512]. Formalmente, el derecho estadounidense reconoce, en general, este derecho. Establece que cualquier persona “físicamente presente en Estados Unidos o que llegue a ese país… independientemente de la condición de ese extranjero, puede solicitar asilo...”[513].

Sin embargo, las políticas instauradas por el gobierno de Trump que se analizan en la sección V, incluida la orden de expulsión sumaria de los CDC, el Acuerdo de Cooperación sobre Asilo con Guatemala, el sistema de cupos, el Protocolos de Protección de Migrantes, la Revisión Rápida de Solicitudes de Asilo y el intento por prohibir a gran escala el asilo para quienes cruzan a través de terceros países, prácticamente han vaciado de contenido el derecho de pedir asilo. Cada una de estas políticas, de manera individual, pero también en conjunto, genera un importante riesgo de devolución de refugiados, ya que, de acuerdo con las políticas existentes, las autoridades estadounidenses no pueden evaluar la solicitud de asilo de cada persona, que es el medio por el cual puede identificarse a los refugiados y se los puede proteger de tener que regresar a un contexto donde podrían sufrir persecuciones u otros daños graves.

En el marco del Acuerdo de Cooperación sobre Asilo con Guatemala, algunas personas que tienen un temor debidamente fundado de ser perseguidas aparentemente están abandonando sus solicitudes y regresando a sus países de origen, donde se encuentran en riesgo real de sufrir daños graves. Dado que Guatemala no se encuentra en situación de brindar protección efectiva, y ante el riesgo de que algunas personas LGBT hondureñas y salvadoreñas que sean transferidas a Guatemala en virtud del acuerdo puedan sufrir daños graves en ese país o al regresar a sus países de origen, Estados Unidos incumple sus obligaciones internas e internacionales sobre no devolución, al no considerar los pedidos de asilo de personas LGBT hondureñas y salvadoreñas que envía de manera forzosa a Guatemala. Dado que las condiciones de seguridad para las personas LGBT son insuficientes y que el sistema de asilo en El Salvador y en Honduras presenta falencias, es probable que se violen las mismas obligaciones de derechos humanos si Estados Unidos transfiere a solicitantes de asilo a Honduras y a El Salvador en virtud de los acuerdos de cooperación sobre asilo suscriptos, pero no implementados, con esos países[514].

 

VII. Sueños de un futuro mejor

Las personas LGBT solicitantes de asilo provenientes del Triángulo Norte a quienes Human Rights Watch entrevistó en Estados Unidos y en México sueñan con un futuro mejor: un futuro en el que se las trate con respeto y dignidad independientemente de su orientación sexual o identidad de género; un futuro sin violencia; un futuro en el que puedan estudiar y trabajar sin temor a ser discriminadas. Para muchas personas que han solicitado asilo, en especial, para aquellas que quedan atrapadas en una situación indefinida en México mientras el gobierno de Trump dicta una sucesión interminable de políticas que restringen aun más sus opciones, la posibilidad de cumplir esos sueños todavía se encuentra fuera de su alcance.

Muchas personas LGBT que solicitan asilo y que han logrado ingresar a Estados Unidos manifestaron que estaban ansiosas de integrarse y establecerse. Carlitos B., una persona no binaria de Guatemala, contó a los investigadores de Human Rights Watch durante una entrevista en Los Ángeles en 2019:

Estoy esperando mi permiso de trabajo. Quiero hacer todo legalmente, deseo trabajar, deseo poder rentar un cuarto. Quizás busque trabajo en un restaurante. Solía ayudar en un restaurante. Ahora estoy estudiando inglés por las noches, de 6 a 9 p.m. Por la mañana, a veces voy a correr a las montañas[515].

Marina T., una mujer trans de Honduras que estaba esperando que llamaran su número de cupo en Tijuana cuando Human Rights Watch la entrevistó, dijo:

Si consigo asilo en Estados Unidos, iré donde sea que haya alguien que me apoye. Quiero ser independiente, encontrar un trabajo, finalizar mis estudios y vivir una vida llena de paz, llena de amor, el amor que nunca recibí de mi familia en Honduras. No quiero seguir sufriendo[516].

Los gobiernos de El Salvador, Guatemala y Honduras son responsables de generar o de tolerar esas condiciones que obligaron a personas como Carlitos B. y Marina T. a huir de sus países. Deben actuar con rapidez para poner coto a la violencia y a la discriminación por motivo de orientación sexual e identidad de género, de manera que los cientos de miles de personas LGBT que permanecen en el Triángulo del Norte puedan aspirar a una vida en la que no tengan que elegir entre arriesgarse a sufrir actos de violencia y discriminación o abandonar su hogar.

Estados Unidos debería garantizar que una vez que personas como Carlitos B. y Marina T. llegan a la frontera sur, se les dé la oportunidad de acceder a un espacio seguro que les permita cumplir sus sueños.

 

 

VIII. Agradecimientos

Este informe fue preparado por Neela Ghoshal, investigadora sénior del programa de Derechos de LGBT de Human Rights Watch, con la colaboración de Cristian González Cabrera, investigador de dicho programa. Se elaboró sobre la base de investigaciones realizadas por Neela Ghoshal, Cristian González Cabrera y Mirte Postema, exinvestigadora del programa de Derechos de las Personas LGBT. El informe fue revisado por Graeme Reid, director del programa sobre Derechos de las Personas LGBT; Danielle Haas, editora sénior; Bill Frelick, director de la División de Refugiados y Migrantes; Alison Leal Parker, directora gerente del Programa sobre EE. UU.; Ariana Sawyer, investigadora de la situación en la frontera de EE. UU.; Tamara Taraciuk Broner, subdirectora interina de la División de las Américas; Tyler Mattice, investigador sobre México; Martina Rápido Raggozino, asistente de investigación en la división de las Américas; Amanda Klasing, codirectora interina de la división de Derechos de la Mujer; Michael Bochenek, investigador sénior en la división de Derechos del Niño; y María McFarland Sánchez-Moreno y Aisling Reidy, asesoras legales sénior.

Anjelica Jarrett, coordinadora del programa sobre Derechos de las Personas LGBT, colaboró con aspectos editoriales y de producción, así como con el formato del informe. También ayudaron con la producción Travis Carr, coordinador digital, y Fitzroy Hepkins, gerente administrativo sénior.

Agradecemos la asistencia de numerosas organizaciones y personas que nos ayudaron de distintas formas, como ponernos en contacto con personas entrevistadas, compartir información y análisis en forma periódica, revisar borradores del informe y responder las preguntas que teníamos. Quisiéramos agradecer específicamente a las siguientes organizaciones y personas, y pedimos nuestras más sinceras disculpas si hemos omitido alguna:

En El Salvador: ASPIDH, COMCAVIS Trans, Entre Amigos, Estrellas del Golfo, Estudiantes LGBTI+ UES, HT El Salvador y Paula Rosales.

En Guatemala: Asociación Lambda, Colectivo de Mujeres Trans Trabajadoras Sexuales de la Zona 11 del Trébol, Diversidad Jalapaneca, Gente Positiva, OTRANS Reinas de la Noche, Red Multicultural de Mujeres Trans de Guatemala (REDMMUTRANS), La Red Nacional de Diversidad Sexual y VIH de Guatemala (REDNADS), Trabajando Unidos y Visibles.

En Honduras: Arcoíris, Artemisa, Asociación Lésbica Cattrachas, Colectivo Violeta y Kukulcán.

En México: Al Otro Lado, Casa Arcoíris, Casa de Luz, El Jardín de las Mariposas y Transgender Law Project Border Butterflies.

En Estados Unidos: Carecen, Casa Ruby, Human Rights First, Immigration Equality, LA LGBT Center y TransLatin@ Coalition.

Agradecemos en particular a Mirte Postema por continuar brindando apoyo y comentarios mucho después de haber concluido su período de trabajo en Human Rights Watch.

Agradecemos a la Fundación Arcus por su generoso apoyo a esta investigación.

Por último, expresamos nuestro inmenso agradecimiento a todas las personas LGBT en El Salvador, Guatemala y Honduras o provenientes de esos países que hablaron con nosotros. Tendremos siempre presentes las experiencias que nos transmitieron, y la perseverancia que han demostrado ante numerosos obstáculos es una gran fuente de inspiración para nosotros. Sin esas personas, este informe no habría sido posible.

 

 

 

[1] Corte Penal Internacional, “Elements of Crimes”, https://legal-tools.org/doc/3c0e2d (consultado el 17 de septiembre de 2020).

 

 

[2] No todas las personas entrevistadas divulgaron su identidad de género ni su orientación sexual, y es posible que haya cierto solapamiento en las categorías. Por ejemplo, es posible que una mujer trans o un hombre trans sea también lesbiana, gay o bisexual; sin embargo, en función de la índole de las entrevistas cualitativas que se realizaron, algunos entrevistados solo se identificaron como trans sin referirse a su orientación sexual.

[3] “Murder Rate Per Country 2020” [Tasa de homicidios por país 2020], World Population Review, https://worldpopulationreview.com/country-rankings/murder-rate-by-country (consultado el 10 de septiembre de 2020); Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, “Global Study on Homicide 2019” [Estudio global sobre homicidios 2019], https://www.unodc.org/unodc/en/data-and-analysis/global-study-on-homicide.html (consultado el 10 de septiembre de 2020).

[4] Jonathan Pedneault (Human Rights Watch), “The Long Journey to the US Border”, opinión, Los Angeles Review of Books, 31 de agosto de 2019, https://www.hrw.org/news/2019/08/31/long-journey-us-border; Daniel Denvir, “Deporting People Made Central America’s Gangs. More Deportation Won’t Help”, Washington Post, 20 de julio de 2017, https://www.washingtonpost.com/news/posteverything/wp/2017/07/20/deporting-people-made-central-americas-gangs-more-deportation-wont-help (consultado el 10 de septiembre de 2020).

[5] International Crisis Group, Mafia of the Poor: Gang Violence and Extortion in Central America, 6 de abril de 2017, https://d2071andvip0wj.cloudfront.net/062-mafia-of-the-poor_0.pdf (consultado el 10 de septiembre de 2020).

[6] Ver, por ejemplo, Human Rights Watch, Deportados al peligro: Las políticas de Estados Unidos sobre deportación exponen a salvadoreños a muerte y abusos, 5 de febrero de 2020, https://www.hrw.org/es/report/2020/02/05/deportados-al-peligro/las-politicas-de-estados-unidos-sobre-deportacion-exponen, sección IV.

[7] Adriana Beltrán, “Niños y familias huyen de la violencia en Centroamérica”, WOLA, 1 de febrero de 2017, https://www.wola.org/es/analisis/ninos-y-familias-huyen-de-la-violencia-en-centroamerica/ (consultado el 10 de septiembre de 2020).

[8] Ninguno de los países del Triángulo Norte lleva un registro de estadísticas que releve la vulnerabilidad económica de las personas LGBT. El Banco Mundial ha instado a los países a recabar esos datos, en países en los cuales esto no suponga un riesgo para la privacidad y la seguridad de las personas LGBT. Banco Mundial y PNUD, Investing in a Research Revolution for LGBTI Inclusion, noviembre de 2016, http://documents.worldbank.org/curated/en/196241478752872781/pdf/110035-WP-InvestinginaResearchRevolutionforLGBTIInclusion-PUBLIC-ABSTRACT-SENT.pdf (consultado el 10 de septiembre de 2020).

[9] República de Honduras, Decreto 130-2017, Código Penal, https://www.tsc.gob.hn/web/leyes/Decreto_130-2017.pdf (consultado el 10 de septiembre de 2020), arts. 211-213.

[10] República de El Salvador, Código Penal, https://www.oas.org/dil/esp/Codigo_Penal_El_Salvador.pdf (consultado el 15 de septiembre de 2020), art. 246.a; Congreso de la República de Guatemala, Decreto 57-2002, http://scm.oas.org/pdfs/2002/cp10270.pdf (consultado el 10 de septiembre de 2020), art. 1.

[11] En muchos países, incluidos los del Triángulo Norte, los gobiernos han aplicado las leyes penales de un modo que afecta en forma desproporcionada a grupos especialmente vulnerables o marginados, como las personas LGBT, y esto permite dudar incluso más de su eficacia y pertinencia como herramienta principal para contrarrestar la discriminación.

[12] Ver en las secciones II, III y IV más información sobre el contexto jurídico y de políticas en cada país. Ver también en la sección IV un análisis más detenido de enfoques penales, civiles y administrativos contra la discriminación.

[13] REDLAC, “The Impact of Violence on the LGBTI Community in Northern Central America”, Snapshot No. 6, septiembre de 2019, https://reliefweb.int/sites/reliefweb.int/files/resources/Protection%20Snapshot%206%20-%20English%20-%20September%202019.pdf (consultado el 15 de septiembre), pág. 5.

[14] Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Violencia contra personas LGBTI, OAS/Ser.L/V/II.rev.1 Doc. 36, 12 de noviembre de 2015, http://www.oas.org/es/cidh/informes/pdfs/violenciapersonaslgbti.pdf (consultado el 10 de septiembre de 2020).

[15] Corte Interamericana de Derechos Humanos, Opinión Consultiva OC-24/17, 24 de noviembre de 2017, http://www.corteidh.or.cr/docs/opiniones/seriea_24_esp.pdf (consultado el 10 de septiembre de 2020), págs. 43-72; Neela Ghoshal (Human Rights Watch), “For LGBT Rights, 2018 Will Be the Year of the Courts”, comentario, Advocate, 24 de enero de 2018, https://www.hrw.org/news/2018/01/24/lgbt-rights-2018-will-be-year-courts.

[16] “OEA presenta informe sobre el reconocimiento oficial de la identidad de género en los países del Hemisferio”, comunicado de prensa de la OEA, E-058/20, 2 de junio de 2020, https://www.oas.org/es/centro_noticias/comunicado_prensa.asp?sCodigo=C-058/20 (consultado el 10 de septiembre de 2020).

[17] Neela Ghoshal y Kyle Knight, “Derechos en transición: Hacer del reconocimiento legal de las personas transgénero una prioridad global”, Human Rights Watch, Informe Mundial 2016, https://www.hrw.org/es/world-report/2016/country-chapters/285052.

[18] El transfemicidio/transfeminicidio ha sido reconocido oficialmente como una categoría de violencia por los gobiernos de Argentina y la Ciudad de México que, en ambos casos, han establecido las leyes sobre identidad de género que aseguran un respeto más amplio de estos derechos. No ha sido reconocido por los gobiernos del Triángulo Norte.

[19] Tim Fitzsimons, “Trump Proposals Threaten LGBTQ Asylum-seekers’ Hopes of Refuge in U.S.”, NBC News, 20 de agosto de 2020, https://www.nbcnews.com/feature/nbc-out/trump-proposals-threaten-lgbtq-asylum-seekers-hopes-refuge-u-s-n1236736 (consultado el 10 de septiembre de 2020).

[20] Según datos de NBC, en números absolutos, México generó más solicitantes de asilo LGBT que Guatemala, pero por el tamaño de la población, Guatemala generó más per cápita.

[21] REDLAC, “The Impact of Violence on the LGBTI Community in Northern Central America”, https://reliefweb.int/sites/reliefweb.int/files/resources/Protection%20Snapshot%206%20-%20English%20-%20September%202019.pdf, pág. 1.

[22] ACNUR, “Nota de orientación del ACNUR sobre las solicitudes de la condición de refugiado relacionadas con la orientación sexual y la identidad de género”, 21 de noviembre de 2008, https://www.acnur.org/fileadmin/Documentos/BDL/2009/6949.pdf?file=t3/fileadmin/Documentos/BDL/2009/6949 (consultado el 10 de septiembre de 2020).

[23] Ibíd., párrs. 29-32.

[24] “Caravan of 17 LGBT Central American Migrants Seeking Asylum to Arrive at US-Mexico Border”, comunicado de prensa de Transgender Law Center, 10 de agosto de 2017, https://transgenderlawcenter.org/archives/13983 (consultado el 10 de septiembre de 2020); María Inés Taracena, “Displaced LGBT People from Central America, Mexico Head North for Survival”, Arizona Public Media, 8 de septiembre de 2017, https://news.azpm.org/p/news-topical-border/2017/9/8/116373-displaced-lgbt-people-from-central-america-mexico-head-north-for-survival (consultado el 10 de septiembre de 2020).

[25] Maya Srikrishnan, “Border Report: A Caravan Within the Caravan Has Arrived in Tijuana”, Voices of San Diego, 12 de noviembre de 2018, https://www.voiceofsandiego.org/topics/news/border-report-a-caravan-within-the-caravan-has-arrived-in-tijuana (consultado el 10 de septiembre de 2020); Michael K. Lavers, “Group of 30 LGBTI migrants enter Mexico from Guatemala”, Washington Blade, 2 de febrero de 2019, https://www.washingtonblade.com/2019/02/02/group-of-30-lgbti-migrants-enter-mexico-from-guatemala (consultado el 10 de septiembre de 2020). Aunque otra caravana intentó cruzar desde Guatemala a México en enero de 2020, las fuerzas de seguridad mexicanas obligaron a la mayoría de las personas migrantes y solicitantes de asilo a volver a cruzar la frontera. En junio de 2020, se informó en los medios que otra caravana había salido de San Pedro Sula, en Honduras, con la intención de llegar a Estados Unidos atravesando Guatemala y México. Elvin Sandoval, “Nueva caravana de migrantes hondureños parte rumbo a Estados Unidos”, CNN Español, 30 de junio de 2020, https://cnnespanol.cnn.com/2020/06/30/alerta-nueva-caravana-de-migrantes-hondurenos-parte-rumbo-a-estados-unidos (consultado el 10 de septiembre de 2020).

[26] Centro Center for Transgender Equality, “The Discrimination Administration”, última actualización en julio de 2020, https://transequality.org/the-discrimination-administration (consultado el 10 de septiembre de 2020).

[27] Departamento de Salud y Servicios Humanos de EE. UU., Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades, Orden conforme a los artículos 362 y 365 de la Ley sobre Servicio de Salud Pública (Public Health Service Act) (42 U.S.C. §§ 265 y 268): Modificación y extensión de la orden por la que se suspende el ingreso de ciertas personas de países donde exista una enfermedad transmisible (Extension of Order Suspending Introduction of Certain Persons from Countries Where a Communicable Disease Exists), 19 de mayo de 2020, https://www.cdc.gov/quarantine/pdf/CDC-265-Order-Renewal_5-19-20-p.pdf (consultado el 15 de septiembre de 2020); Control of Communicable Diseases; Foreign Quarantine: Suspensión del ingreso a Estados Unidos de personas de países o lugares extranjeros designados por motivos de salud pública (Suspension of Introduction of Persons Into United States From Designated Foreign Countries or Places for Public Health Purposes), 24 de marzo de 2020, https://www.federalregister.gov/documents/2020/03/24/2020-06238/control-of-communicable-diseases-foreign-quarantine-suspension-of-introduction-of-persons-into (consultado el 15 de septiembre de 2020); Human Rights Watch, “Human Rights Watch Comment on CDC Interim Final Rule Suspending Entry of Persons into the US”, 23 de abril de 2020, https://www.hrw.org/news/2020/04/23/human-rights-watch-comment-cdc-interim-final-rule-suspending-entry-persons-us.

[28] Ver Lucas Guttentag, “Coronavirus Border Expulsions: CDC’s Assault on Asylum Seekers and Unaccompanied Minors”, Just Security, 13 de abril de 2020, https://www.justsecurity.org/69640/coronavirus-border-expulsions-cdcs-assault-on-asylum-seekers-and-unaccompanied-minors (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[29] Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de EE. UU., “Nationwide Enforcement Encounters: Title 8 Enforcement Actions and Title 42 Expulsions”, https://www.cbp.gov/newsroom/stats/cbp-enforcement-statistics/title-8-and-title-42-statistics (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[30] Dara Lind, “Leaked Border Patrol Memo Tells Agents to Send Migrants Back Immediately — Ignoring Asylum Law”, ProPublica, 2 de abril de 2020, https://www.propublica.org/article/leaked-border-patrol-memo-tells-agents-to-send-migrants-back-immediately-ignoring-asylum-law (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[31] Entrevista de Human Rights Watch con Chris Chambers, Casa Arcoíris, Tijuana, 31 de enero de 2020.

[32] Human Rights Watch, ‘We Can’t Help You Here’: US Returns of Asylum Seekers to Mexico, 2 de julio de 2019, https://www.hrw.org/report/2019/07/02/we-cant-help-you-here/us-returns-asylum-seekers-mexico; entrevista de Human Rights Watch con Emem Maurus, Tijuana, 30 de enero de 2020.

[33] “A Timeline of the Trump Administration’s Efforts to End Asylum”, National Immigrant Justice Center, última actualización en marzo de 2020, https://immigrantjustice.org/sites/default/files/uploaded-files/no-content-type/2020-04/04-01-2020-asylumtimeline.pdf (consultado el 11 de septiembre de 2020), pág. 5.

[34] Jorge Loweree, Aaron Reichlin-Melnick and Walter Ewing, “The Impact of COVID-19 on Noncitizens and Across the U.S. Immigration System”, American Immigration Council, 27 de mayo de 2020, https://www.americanimmigrationcouncil.org/research/impact-covid-19-us-immigration-system (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[35] También se han firmado ACA con Honduras y El Salvador, pero al momento de preparación de este documento no se habían iniciado traslados a ninguno de esos países.

[36] Refugees International y Human Rights Watch, Deportación con escala: Fracaso de las medidas de protección que establece el Acuerdo de Cooperación en materia de Asilo suscrito entre Estados Unidos y Guatemala, 19 de mayo de 2020, https://www.hrw.org/es/report/2020/05/19/deportacion-con-escala/fracaso-de-las-medidas-de-proteccion-que-establece-el.

[38] Kellie Mejdrich, “Federal Court Strikes Down Trump’s Asylum Ban”, Político, 1 de julio de 2020, https://www.politico.com/news/2020/07/01/federal-court-strikes-down-trumps-asylum-ban-346939 (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[39] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con Allegra Love, directora, Santa Fe Dreamers Project, 12 de junio de 2020.

[40] “Mujeres transgénero son abusadas en centros de detención inmigratoria de EE. UU.”, comunicado de prensa de Human Rights Watch, 23 de marzo de 2016, https://www.hrw.org/es/news/2016/03/23/mujeres-transgenero-son-abusadas-en-centros-de-detencion-inmigratoria-de-ee-uu.

[41] Tim Fitzsimons, “Democratic Lawmakers Call on ICE to Release Transgender Migrants”, NBC News, 16 de enero de 2020, https://www.nbcnews.com/feature/nbc-out/democratic-lawmakers-call-ice-release-transgender-migrants-n1116621 (consultado el 11 de septiembre de 2020); Transgender Law Center, “Roxsana Hernandez: Case Summary”, https://transgenderlawcenter.org/legal/immigration/roxsana (consultado el 11 de septiembre de 2020); Sandra E. García, “Independent Autopsy of Transgender Asylum Seeker Who Died in ICE Custody Shows Signs of Abuse”, New York Times, 27 de noviembre de 2018, https://www.nytimes.com/2018/11/27/us/trans-woman-roxsana-hernandez-ice-autopsy.html (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[42] “Immigrant Rights Advocates Demand Investigation And Meeting With Ice And Elected Officials To Address Mistreatment Of Gay Men And Transgender Women In Otero County Processing Center”, comunicado de prensa de American Civil Liberties Union (ACLU), 22 de marzo de 2019, https://www.aclu-nm.org/en/press-releases/immigrant-rights-advocates-demand-investigation-and-meeting-ice-and-elected-officials (consultado el 11 de septiembre de 2020); Immigration Equality, Complaint to Office of Civil Rights and Civil Liberties Re HIV Care in Detention Facilities, 23 de marzo de 2020, https://www.immigrationequality.org/wp-content/uploads/2020/03/Complaint-to-Office-of-Civil-RIghts-and-Civil-Liberties-Re-HIV-Care-in-Detention-Facilities.pdf (consultado el 14 de mayo de 2020).

[43] Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Declaración final de misión en El Salvador, Agnes Callamard, Relatora Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias de Naciones Unidas, 5 de febrero de 2018, https://www.ohchr.org/en/NewsEvents/Pages/DisplayNews.aspx?NewsID=22634&LangID=S (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[44] Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, “Global Study on Homicide 2019”, https://www.unodc.org/unodc/en/data-and-analysis/global-study-on-homicide.html.

[45] Datos obtenidos mediante pedido de información pública a la Unidad de Acceso a la Información Pública de la Fiscalía General de la República de El Salvador respecto de datos de incidencia de delitos en todo El Salvador; los datos sobre homicidios entre 2013 y 2017 se recibieron el 9 de noviembre de 2018 y los datos sobre delitos sexuales entre 2013 y 2017 se recibieron el 1 de noviembre de 2018. Los datos sobre homicidios correspondientes a 2018 se recibieron el 18 de febrero de 2019, los datos sobre delitos sexuales correspondientes a 2018 se recibieron el 25 de febrero de 2019 (en los registros de Human Rights Watch).

[46] Sharyn Alfonsi, “‘Our Whole Economy is in Shatters’: El Salvador’s Nayib Bukele on the Problems Facing His Country”, CBS News, 15 de diciembre de 2019, https://www.cbsnews.com/news/el-salvador-president-nayib-bukele-the-60-minutes-interview-2019-12-15 (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[47] Human Rights Watch, Deportados al peligro, pág. 73.

[48] Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Declaración final de misión en El Salvador, Agnes Callamard, Relatora Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias de Naciones Unidas, https://www.ohchr.org/en/NewsEvents/Pages/DisplayNews.aspx?NewsID=22634&LangID=S.

[49] Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, “Informe especial de la señora Procuradora para la Defensa de los Derechos Humanos, licenciada Raquel Caballero de Guevara, sobre las ejecuciones extralegales atribuidas a la Policía Nacional Civil, en El Salvador, periodo 2014-2018: Caracterización de casos de violación al derecho a la vida y patrones de actuación extralegal”, agosto de 2019, https://www.pddh.gob.sv/portal/file/index.php?dwfile=MjAxOS8xMC9JbmZvcm1lLWVzcGVjaWFsLXNvYnJlLWVqZWN1Y2lvbmVzLWV4dHJhbGVnYWxlcy0xLTEucGRm (consultado el 9 de mayo de 2020), págs. 87-89. Ver también Nelson Rauda Zablah y Gabriela Cáceres, “PDDH: La Policía ejecutó a 116 personas entre 2014 y 2018”, El Faro, 28 de agosto de 2019, https://elfaro.net/es/201908/el_salvador/23592/PDDH-La-Polic%C3%ADa-ejecut%C3%B3-a-116-personas-entre-2014-y-2018.htm?fbclid=IwAR3MMMKRWyebfe1kq8_qR_23R-MKzynnJJmvtrb4jvpc4CqwUbn8MTtp4xI (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[50] Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), Panorama Social de América Latina 2018, https://repositorio.cepal.org/bitstream/handle/11362/44395/11/S1900051_es.pdf (consultado el 11 de septiembre de 2020), pág. 83.

[51] Ibíd., págs. 39 y 194.

[52] Human Rights Watch, Deportados al peligro.

[53] Core Group LGBTI de la ONU, https://unlgbticoregroup.org (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[54] República de El Salvador, Corte Suprema de Justicia, Cámara Constitucional, decisión 18-2004 del 9 de diciembre de 2009, https://www.comcavis.org.sv/archivos/categorizados/63.pdf?1586958596 (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[55] República de El Salvador, Código Penal, https://www.oas.org/dil/esp/Codigo_Penal_El_Salvador.pdf, art. 246.

[56] Ryan Thoreson, “US Supreme Court Ruling A Victory for LGBT Workers”, columna de opinión de Human Rights Watch, 15 de junio de 2020, https://www.hrw.org/news/2020/06/15/us-supreme-court-ruling-victory-lgbt-workers.

[57] República de El Salvador, Código Penal, https://www.oas.org/dil/esp/Codigo_Penal_El_Salvador.pdf, art. 292.

[58] República de El Salvador, Fiscalía General de la República, carta dirigida a Human Rights Watch, 30 de septiembre de 2020, DFG-116/2020; ver Anexo II.

[59] República de El Salvador, Órgano Ejecutivo, Decreto N.º 56, sin fecha, ilo.org/dyn/natlex/docs/ELECTRONIC/86392/97471/F1174021459/SLV86392.pdf (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[60] Entrevista de Human Rights Watch con Cruz Torres, exdirector de diversidad sexual de la Secretaría de Inclusión Social, San Salvador, 29 de abril de 2019.

[61] Cruz Edgardo Torres Cornejo, “Índice de Inclusión Institucional LGBTI El Salvador”, sin fecha, https://www.transparencia.gob.sv/institutions/capres/documents/238541/download (consultado el 11 de septiembre de 2020); Ministerio de Trabajo y Bienestar Social, “Secretaría de Inclusión Social reconoce labor del MTPS en favor de comunidad LGBTI”, 7 de febrero de 2018, https://www.mtps.gob.sv/noticias/secretaria-inclusion-social-reconoce-labor-del-mtps-favor-comunidad-lgbti (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[62] Oscar Lopez, “Pressure Mounts for El Salvador to Investigate Wave of LGBT+ Killings”, Reuters, 21 de noviembre de 2019, https://www.reuters.com/article/us-el-salvador-lgbt-murder-trfn/pressure-mounts-for-el-salvador-to-investigate-wave-of-lgbt-killings-idUSKBN1XW01G (consultado el 11 de septiembre de 2020); Valeria Guzmán, “Federación LGBTI cuestiona el desamparo a la diversidad sexual en el nuevo gobierno”, El Faro, 4 de noviembre de 2019, https://elfaro.net/es/201911/el_salvador/23760/Federaci%C3%B3n-LGBTI-cuestiona-el-desamparo-a-la-diversidad-sexual-en-el-nuevo-gobierno.htm (consultado el 11 de septiembre de 2020); COMCAVIS Trans, Huir y Sobrevivir: Una Mirada a la Situación en El Salvador de las Personas LGBTI Desplazadas Internas y los Riesgos que Enfrentan, junio de 2020, pág. 9, en los registros de Human Rights Watch.

[63] “Gobierno de El Salvador despide a personal LGBTI”, Agencia Presentes, 5 de septiembre de 2019, https://agenciapresentes.org/2019/09/05/gobierno-de-el-salvador-despide-personal-lgbti-y-retrocede-en-derechos-laborales (consultado el 11 de septiembre de 2020); Ernesto Valle, “El Salvador Government Ministry Implements Pro-LGBTI Policies”, Washington Blade, 19 de noviembre de 2018, https://www.washingtonblade.com/2018/11/19/el-salvador-government-ministry-implements-lgbti-policies (consultado el 11 de septiembre de 2020); entrevista telefónica de Human Rights Watch con Aldo Peña, representante de Hombres Trans El Salvador, 5 de agosto de 2020.

[64] Mariana Arévalo, “Incluyen por primera vez a comunidad LGBTI en un informe oficial sobre violencia”, La Prensa Gráfica (San Salvador), 14 de diciembre de 2019, https://www.laprensagrafica.com/elsalvador/Incluyen-por-primera-vez-a-comunidad-LGBTI-en-un-informe--oficial-sobre--violencia-20191213-0800.html (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[65] Entrevista de Human Rights Watch con Marina de Ortega, directora de la Unidad de la Mujer, Niñez, Adolescencia, Población LGBTI y Grupos en Condición de Vulnerabilidad de la Fiscalía General de la República, San Salvador, 2 de mayo de 2019.

[66] República de El Salvador, Decreto Legislativo N.º 106 de fecha 3 de septiembre de 2015, http://www.jurisprudencia.gob.sv/busqueda/showExtractos.php?bd=2&nota=732213&doc=558819&&singlePage=false (consultado el 11 de septiembre de 2020). La reforma aumenta las condenas máximas por homicidio, de 30 a 50 años si el delito es cometido por un ciudadano común y de 40 a 70 años si es cometido por un funcionario público o si se determina que el homicidio es un delito de odio.

[67] Cristian González Cabrera (Human Rights Watch), “Justicia para personas LGBT en El Salvador requiere que se reconozca el componente de odio”, comentario, La Prensa Gráfica, 11 de abril de 2020, https://www.hrw.org/es/news/2020/04/11/justicia-para-personas-lgbt-en-el-salvador-requiere-que-se-reconozca-el-componente.

[68] Nahomy Alexandra, una niña trans que, según lo señalaron funcionarios de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, tenía entre 15 y 17 años, fue hallada estrangulada en la parte trasera de un automóvil en noviembre de 2018. El caso aún se encuentra pendiente de resolución, al igual que un caso sobre el homicidio de una mujer trans, Tita Andrade, en marzo de 2020. Entrevista de Human Rights Watch con Carlos Rodríguez, fiscal adjunto para los derechos humanos, Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, San Salvador, 24 de julio de 2019; comunicación por correo electrónico de Human Rights Watch con Jessica Torres de Cruz, Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, 19 de junio de 2020.

[69] Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, “Primer Informe Situacional sobre Crímenes de Odio Cometidos en Contra de la Población LGBTI”, mayo de 2019, https://www.pddh.gob.sv/portal/wp-content/uploads/2019/05/primer-Informe-crimenes-de-odio.pdf (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[70] Otros países y jurisdicciones han aprobado leyes que permiten la reafirmación del nombre y el género de un modo simple y económico; entre ellos se incluyen Argentina, Colombia y la Ciudad de México. Daniel Bezowsky Ramírez (Human Rights Watch), “La Corte Interamericana redirige el debate sobre los derechos LGBT”, comentario, Proceso, 6 de febrero de 2018, https://www.hrw.org/es/news/2018/02/06/la-corte-interamericana-redirige-el-debate-sobre-los-derechos-lgbt.

[71] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con María I., 25 de junio de 2020; Duicentro de Ciudad Delgado, “Acta de Suspensión de Trámite”, 30 de noviembre de 2010, en los archivos de Human Rights Watch.

[72] Grupo Parlamentario FMLN, Anteproyecto de Ley de Identidad de Género, 22 de marzo de 2018, https://www.asamblea.gob.sv/sites/default/files/documents/correspondencia/C28A646B-453C-48EB-A98F-55E1F6E47C6B.pdf (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[73] Marilú Alvarenga, “A estudio anteproyecto de Ley de Identidad de Género”, Asamblea Legislativa de El Salvador, 13 de marzo de 2019, https://www.asamblea.gob.sv/node/8874 (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[74] OEA, Panorama del reconocimiento legal de la identidad de género en las Américas, junio de 2020, http://clarciev.com/identidaddegenero/public/files/PANORAMA%20DEL%20RECONOCIMIENTO%20LEGAL%20DE%20LA%20IDENTIDAD%20DE%20GENERO%20EN%20LAS%20AMERICAS.pdf (consultado el 11 de septiembre de 2020), pág. 41; “Juzgado de Zacatecoluca autoriza cambio de nombre a mujer trans”, El Mundo, 30 de abril de 2019, https://diario.elmundo.sv/juzgado-de-zacatecoluca-autoriza-cambio-de-nombre-a-mujer-trans (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[75] Entrevista de Human Rights Watch con Erika Q., Washington D.C., 5 de diciembre de 2019.

[76] Ciara Nugent, “Violence Against Women in El Salvador Is Driving Them to Suicide — Or to the U.S. Border”, Time, 14 de mayo de 2019, https://time.com/5582894/gender-violence-women-el-salvador (consultado el 11 de septiembre de 2020); Jo Griffin, “‘Police Never Turned Up’: El Salvador’s Devastating Epidemic of Femicide”. Guardian, 8 de junio de 2018, https://www.theguardian.com/global-development/2018/jun/06/el-salvador-devastating-epidemic-femicide (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[77] Asamblea Legislativa de la República de El Salvador, Decreto N.º 520 de 2011, Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres), https://oig.cepal.org/sites/default/files/2011_decreto520_elsvd.pdf (consultado el 16 de septiembre de 2020).

[78] Asamblea Legislativa de la República de El Salvador, Decreto N.º 286 de 2016, Decreto para la Creación de los Tribunales Especializados para una Vida Libre de Violencia y Discriminación para las Mujeres, http://www.jurisprudencia.gob.sv/DocumentosBoveda/D/2/2010-2019/2016/04/B7837.PDF (consultado el 11 de septiembre de 2020); Unidad de Género, Corte Suprema de Justicia, “Tribunales Especializados para una Vida Libre de Violencia y Discriminación para las Mujeres,” Boletín de Género, N.º 4, julio de 2017, http://www.csj.gob.sv/Comunicaciones/2017/07_JULIO/BOLETINES/19.07.17%20BOLETIN%20G%C3%89NERO.pdf (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[79] República de El Salvador, Código Penal, https://www.oas.org/dil/esp/Codigo_Penal_El_Salvador.pdf, arts. 245-246, 292.

[80] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con Andrea Ayala, fundadora de ESMULES, 19 de abril de 2019.

[81] Entrevista de Human Rights Watch con Erika Q., Washington D.C., 5 de diciembre de 2019.

[82] Entrevista de Human Rights Watch interview con Ricardo S., San Salvador, 30 de abril de 2019.

[83] Entrevista de Human Rights Watch con Octavio M. (seudónimo), San Salvador, 3 de mayo de 2019.

[84] Entrevista de Human Rights Watch con Cruz Torres, San Salvador, 29 de abril de 2019.

[85] Entrevista de Human Rights Watch con Serafina N. (seudónimo), San Salvador, 13 de julio de 2019.

[86] Entrevista de Human Rights Watch con Xavier H., San Salvador, 3 de mayo de 2019.

[87] Entrevistas de Human Rights Watch con Alek D., San Salvador, 3 de mayo de 2019; Navas F., San Salvador, 24 de julio de 2019; y Laura I., San Salvador, 24 de julio de 2019.

[88] Entrevista de Human Rights Watch con María I., (el lugar se mantiene bajo reserva), 18 de julio de 2019.

[89] Eduardo Sosa, “Fiscalía reporta 692 casos de violencia contra población LGTBI en cinco años”, ElSalvador.com, 2 de enero de 2020, https://www.elsalvador.com/eldiariodehoy/fiscalia-reporta-692-casos-de-violencia-contra-poblacion-lgbti-en-cinco-anos/673637/2020 (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[90] Ministerio de Justicia y Seguridad Pública, Ministerio de Justicia y Seguridad Pública, Política del Ministerio de Justicia y Seguridad Pública para la Atención de la Población LGBT), diciembre de 2017 (en los registros de Human Rights Watch), pág. 9.

[91] ACNUR, Directrices de elegibilidad para la evaluación de las necesidades de protección internacional de los solicitantes de asilo procedentes de El Salvador, HCR/EG/SLV/16/01, marzo de 2016, https://www.refworld.org/cgi-bin/texis/vtx/rwmain/opendocpdf.pdf?reldoc=y&docid=57c8289d4 (consultado el 11 de septiembre de 2020), págs. 38 y 39.

[92] Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Violencia contra personas LGBTI, OAS/Ser.L/V/II.rev.1, http://www.oas.org/es/cidh/informes/pdfs/violenciapersonaslgbti.pdf, párr. 279.

[93] Carmen Valeria Escobar, “Para las personas LGBTI no existe el Plan Control Territorial: Bianka Rodríguez”, Gato Encerrado, 13 de diciembre de 2019, https://gatoencerrado.news/2019/12/13/para-las-personas-lgbti-no-existe-el-plan-control-territorial-bianka-rodriguez (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[94] Los nombres de las mujeres son Anahy Miranda Rivas, Jade Camila Díaz, Victoria Pineda, D. Rosa Granados, Cristi Conde Vásquez, Briyit Michelle Alas y Tita. Cristian González Cabrera, “Se abre juicio por homicidio de mujer transgénero en El Salvador”, comunicado de Human Rights Watch, 11 de marzo de 2020, https://www.hrw.org/es/news/2020/03/11/se-abre-juicio-por-homicidio-de-mujer-transgenero-en-el-salvador; Paula Rosales, “Asesinan a joven gay: dos crímenes de odio a LGBTI+ en una semana en El Salvador”, Presentes, 20 de marzo de 2020, http://agenciapresentes.org/2020/03/20/asesinan-a-joven-gay-dos-crimenes-de-odio-a-lgbti-en-una-semana-en-el-salvador (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[95] Cristian González Cabrera (Human Rights Watch), “Justicia para personas LGBT en El Salvador requiere que se reconozca el componente de odio”, comentario, La Prensa Gráfica, https://www.hrw.org/es/news/2020/04/11/justicia-para-personas-lgbt-en-el-salvador-requiere-que-se-reconozca-el-componente. Pineda fue hallada desnuda con el rostro desfigurado y cubierta con troncos y un neumático de automóvil en una aparente representación de la crucifixión, mientras que Andrade fue hallada con el 90 % por ciento del cuerpo quemado. Estos homicidios simbólicos y brutales suelen cometerse contra personas a quienes se endilgan “delitos morales”.

[96] COMCAVIS Trans, Huir y Sobrevivir, pág. 9.

[97] Brot fur die Welt (Bread for the World), (Lo que El Salvador no reconoce: Informe de las Organizaciones de la Sociedad Civil sobre los Casos de Desplazamiento Forzado por Violencia 2017-2018;, 11 de julio de 2019, https://www.fespad.org.sv/lo-que-el-salvador-no-reconoce-informe-de-las-organizaciones-de-la-sociedad-civil-sobre-los-casos-de-desplazamiento-forzado-por-violencia-2017-2018 (consultado el 11 de septiembre de 2020), pág. 28.

[98] Entrevista de Human Rights Watch con Michelle S., Washington D.C., 6 de diciembre de 2019.

[99] Ibíd.

[100] Ibíd.

[101] Entrevista de Human Rights Watch con María I., (el lugar se mantiene bajo reserva), 18 de julio de 2019.

[102] Entrevista de Human Rights Watch con Laura I. San Salvador, 24 de julio de 2019.

[103] Ibíd.

[104] Entrevista de Human Rights Watch con Navas F., San Salvador, 24 de julio de 2019.

[105] Entrevista de Human Rights Watch con María I., seudónimo, (el lugar se mantiene bajo reserva), 18 de julio de 2019.

[106] “El Salvador: Condenan a policías por el asesinato de una mujer transgénero”, comunicado de prensa de Human Rights Watch, 31 de julio de 2020, https://www.hrw.org/es/news/2020/07/31/el-salvador-condenan-policias-por-el-asesinato-de-una-mujer-transgenero.

[107] Cristian González Cabrera, “Se abre juicio por homicidio de mujer transgénero en El Salvador”, comunicado de Human Rights Watch, https://www.hrw.org/es/news/2020/03/11/se-abre-juicio-por-homicidio-de-mujer-transgenero-en-el-salvador.

[108] Un investigador de Human Rights Watch consultó el expediente, que incluía un documento en el cual un órgano policial de investigación solicitaba, en forma urgente, información sobre el caso a otro órgano, y señalaba que existía “presión internacional”.

[109] Entrevista de Human Rights Watch con Pricila P., Los Ángeles, 11 de diciembre de 2019.

[110] Ibíd.

[111] Ibíd.

[112] Ibíd.

[113] Entrevista de Human Rights Watch con Aldo Peña., San Salvador, 3 de mayo de 2019, y entrevista telefónica, 10 de abril de 2020.

[114] Ibíd.

[115] Ibíd.

[116] Ibíd.

[117] Mitch Kellaway, “Salvadoran Trans Man Says He Was Brutalized by Police After Pride Parade”, Advocate, 14 de julio de 2015, https://www.advocate.com/violence/2015/07/14/salvadoran-trans-man-says-he-was-brutalized-police-after-pride-parade (consultado el 11 de septiembre de 2020); entrevista de Human Rights Watch con Aldo Peña, San Salvador, 3 de mayo de 2019.

[118] El juicio es descrito por los periodistas que asistieron. María Luz Nóchez, Nelson Rauda Zablah y Jimmy Alvarado, “Las muertes invisibles de las mujeres y los hombres trans”, El Faro, 25 de enero de 2016, https://www.elfaro.net/es/201601/el_salvador/17819/Las-muertes-invisibles-de-las-mujeres-y-los-hombres-trans.htm (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[119] Entrevista de Human Rights Watch con Aldo Peña, San Salvador, 3 de mayo de 2019, y por teléfono, 10 de abril de 2020; Nelson Rauda Zablah, “Justicia absuelve a principal acusado de golpiza al agente del CAM transexual”, El Faro, 9 de octubre de 2016, https://www.elfaro.net/es/201610/el_salvador/19373/Justicia-absuelve-a-principal-acusado-de-golpiza-al-agente-del-CAM-transexual.htm (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[120] Entrevistas de Human Rights Watch con Aldo Peña, San Salvador, 3 de mayo de 2019.

[121] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con María I., 25 de junio de 2020.

[122] Entrevista de Human Rights Watch con María I., (el lugar se mantiene bajo reserva), 18 de julio de 2019.

[123] Ibíd.

[124] Como parte de la denuncia, María autorizó que se compartiera su caso con la división de supervisión de la policía, lo cual, según entendía, era riesgoso. Nunca tuvo noticias de la policía. Entrevista telefónica de Human Rights Watch con María I., 25 de junio de 2020. Una copia de la denuncia se encuentra en los registros de Human Rights Watch.

[125] Entrevistas de Human Rights Watch con Yadira Q. (seudónimo), La Unión, 19 de julio de 2019.

[126] Entrevista de Human Rights Watch interview con Mario L. (seudónimo), San Miguel, 17 de julio de 2019.

[127] Entrevista de Human Rights Watch con Nelson V., San Salvador, 3 de mayo de 2019.

[128] Entrevista de Human Rights Watch con Angie R. (seudónimo), San Salvador, 13 de julio de 2019, y entrevista telefónica, 12 de agosto de 2020.

[129] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con Angie R., 12 de agosto de 2020.

[130] Entrevista de Human Rights Watch con Mario L., San Miguel, 17 de julio de 2019.

[131] Entrevista de Human Rights Watch con Rámon L., San Miguel, El Salvador, 17 de julio de 2019; ver también Carlos Her Cruz, “Así asesinan a las personas trans en El Salvador”, Sin Etiquetas, 27 de julio de 2015, https://sinetiquetas.org/2015/07/27/asi-asesinan-a-las-personas-trans-en-el-salvador (consultado el 11 de abril de 2020); “San Miguel: Joven es encontrado muerto en Nueva Guadalupe”, Diario TRV, 22 de julio de 2015, https://www.youtube.com/watch?v=w8zdLy9ab3U (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[132] Entrevista de Human Rights Watch con Rámon L., San Miguel, 17 de julio de 2019.

[133] Ibíd.

[134] Entrevista de Human Rights Watch con María I., (el lugar se mantiene bajo reserva), 18 de julio de 2019.

[135] “Las trabajadoras sexuales se enfrentan a múltiples agresiones en medio de la ola de violencia que sacude El Salvador”, Plaperts Latinoamérica, 17 de julio de 2020, https://plaperts.nswp.org/node/48 (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[136] Entrevista de Human Rights Watch con María I., (el lugar se mantiene bajo reserva), 18 de julio de 2019.

[137] Ibíd.

[138] La denuncia policial se encuentra en los archivos de Human Rights Watch.

[139] Entrevista de Human Rights Watch con Sandra C., Los Ángeles, 10 de diciembre de 2019.

[140] Ibíd.

[141] Ibíd.

[142] Entrevista de Human Rights Watch con Johanna Ramírez, San Salvador, 23 de julio de 2019.

[143] Entrevista de Human Rights Watch con Pricila P., Los Ángeles, 11 de diciembre de 2019.

[144] Ibíd.

[145] Ibíd.

[146] Entrevista de Human Rights Watch con Pricila P., Los Ángeles, 11 de diciembre de 2019.

[147] Ibíd.

[148] Ibíd.

[149] Ibíd.

[150] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con Pricila P., 11 de agosto de 2020.

[151] Entrevista de Human Rights Watch con Kiana C., Tijuana, Mexico, 31 de enero de 2020.

[152] Ibíd.

[153] Ibíd.

[154] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con un representante de un albergue para personas LGBT en Tijuana, agosto de 2020.

[155] Entrevista de Human Rights Watch con Frank R., Los Ángeles, 11 de diciembre de 2019.

[156] Entrevista de Human Rights Watch con Yésica N. (seudónimo), San Salvador, 16 de julio de 2019.

[157] Ibíd.

[158] Entrevista de Human Rights Watch con Laura I., San Salvador, 24 de julio de 2019.

[159] Entrevista de Human Rights Watch con Yadira Q., La Unión, 19 de julio de 2019.

[160] De conformidad con las normas internacionales sobre los derechos de los niños y las niñas la prostitución infantil es una de las peores formas de trabajo infantil. La utilización de menores en actividades sexuales a cambio de una remuneración o cualquier otra forma de contraprestación debe considerarse un delito, y toda persona que utilice, ofrezca, obtenga, procure o proporcione a un niño o niña para dicha finalidad debe ser juzgada. El niño o la niña que sea víctima de explotación sexual comercial o realice trabajo sexual no debe ser juzgado(a) ni sancionado(a) por haber participado en actividades ilegales de trabajo sexual. Los niños y las niñas que realizan trabajo sexual deben recibir toda la asistencia pertinente, incluida asistencia en su recuperación física y psicológica, así como en la reintegración social y, cuando sea necesario, se deben tomar medidas de protección.

[161] Entrevista de Human Rights Watch con Michelle S., Washington, D.C., 6 de diciembre de 2019.

[162] Entrevista de Human Rights Watch con Erika Q., Washington D.C., 5 de diciembre de 2019.

[163] Ibíd. Human Rights Watch también ha informado lo difícil que resulta que cualquier víctima de violencia por parte de pandillas de El Salvador pueda reubicarse de manera segura en el país. Ver Human Rights Watch, Deportados al peligro, págs. 50-55.

[164] Entrevista de Human Rights Watch con Lisa A. (seudónimo), La Unión, 19 de julio de 2019.

[165] Entrevista de Human Rights Watch con Lisa A. (seudónimo), La Unión, 19 de julio de 2019.

[166] La existencia de esos escondites de pandilleros en los bosques ha sido confirmada por la policía salvadoreña. Fátima Membreño, “Policía descubre cuatro refugios de pandilleros en cerros”, La Prensa Gráfica, 4 de noviembre de 2019, https://www.laprensagrafica.com/elsalvador/Policia--descubre-cuatro-refugios-de-pandilleros-en-cerros-20191103-0753.html (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[167] Entrevista de Human Rights Watch con Lisa A. (seudónimo), La Unión, 19 de julio de 2019.

[168] Ibíd.

[169] Agencia Española de Cooperación Internacional y Desarrollo, Estudio sobre la situación de las personas LGBTI del norte de Centroamérica con necesidades de protección internacional en Guatemala y México, agosto de 2018, http://www.aecid.es/Centro-Documentacion/Documentos/Acci%C3%B3n%20Humanitaria/Estudio%20LGBTI%20Norte%20Centroamerica.pdf (consultado el 11 de septiembre de 2020), pág. 20.

[170] Human Rights Watch, Deportados al peligro, sección IV.

[171] Entrevista de Human Rights Watch con Erika Q., Washington D.C., 5 de diciembre de 2019.

[172] Entrevista de Human Rights Watch con Erika Q., Washington D.C., 5 de diciembre de 2019.

[173] Entrevista de Human Rights Watch con Nelson V., San Salvador, 3 de mayo de 2019.

[174] Entrevista de Human Rights Watch con Ricardo S., San Salvador, 30 de abril de 2019.

[175] Entrevista de Human Rights Watch con Xavier H., San Salvador, 3 de mayo de 2019.

[176] Entrevista de Human Rights Watch con Xavier H., San Salvador, 3 de mayo de 2019.

[177] Ibíd.

[178] Entrevista de Human Rights Watch con Navas F., San Salvador, 24 de julio de 2019.

[179] Entrevista de Human Rights Watch con Henrik A., San Salvador, 3 de mayo de 2019.

[180] Entrevista de Human Rights Watch con Pricila P., Los Ángeles, 11 de diciembre de 2019.

[181] Consejo de Derechos Humanos de la ONU, “Situación de los derechos humanos en Guatemala: Informe de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos”, A/HRC/43/3/Add.1, 17 de enero de 2020, https://undocs.org/es/A/HRC/43/3/Add.1 (consultado el 11 de septiembre de 2020), pág. 2, párr. 5.

[182] “Perfil de Guatemala”, InSight Crime, https://es.insightcrime.org/guatemala-crimen-organizado/guatemala/ (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[183] María Alejandra Navarrete y Anastasia Austin, “Balance de de homicidios en las capitales de América Latina en 2019”, Insight Crime, 5 de marzo de 2020, https://es.insightcrime.org/noticias/analisis/balance-homicidios-capitales-2019/ (consultado el 11 de septiembre de 2020). Aunque en otras partes de Guatemala hay menos instancias de violencia que en la Ciudad de Guatemala, las tasas son igualmente altas: en total, hubo 22,4 homicidios por cada 100.000 habitantes en 2018. Chris Dalby y Camilo Carranza, “Balance de InSight Crime sobre los homicidios en 2018”, InSight Crime, 22 de enero de 2019, https://es.insightcrime.org/noticias/analisis/balance-de-insight-crime-sobre-los-homicidios-en-2018/ (consultado el 11 de septiembre de 2020). En Washington D.C., por ejemplo, la tasa es de 5,9 homicidios cada 100.000 habitantes, Dan Taylor, “FBI Crime Stats: Ver Where DC Stands”, Patch, 3 de octubre de 2019, https://patch.com/district-columbia/washingtondc/fbi-crime-stats-see-where-dc-stands (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[184] “Guatemala’s President Shuts Down Anti-Corruption Commission Backed by U.N.”, Associated Press, reimpreso en The New York Times, 31 de agosto de 2018, https://www.nytimes.com/2018/08/31/world/americas/guatemala-corruption-commission-morales.html (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[185] Dina Fernández, “Giammattei: Funcionario, preso y ahora Presidente electo”, Soy 502, 12 de agosto de 2019, https://www.soy502.com/articulo/giammattei-funcionario-preso-ahora-presidente-electo-149 (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[186] PNUD, Informe sobre Desarrollo Humano 2019: Guatemala, http://hdr.undp.org/sites/all/themes/hdr_theme/country-notes/GTM.pdf (consultado el 11 de septiembre de 2020). La pobreza multidimensional se evalúa por medio de indicadores sobre salud (nutrición y mortalidad infantil), educación (años de escolaridad y asistencia escolar) y estándar de vida (electricidad, saneamiento, agua potable, vivienda, combustible para cocinar y activos). Los puntajes por debajo de 1/3 indican pobreza multidimensional. PNUD, Índices e indicadores de desarrollo humano: actualización estadística 2019, Notas Técnicas, http://hdr.undp.org/sites/default/files/hdr2018_technical_notes.pdf (consultado el 11 de septiembre de 2020), págs. 9-11.

[187] Procuraduría de los Derechos Humanos, Línea Base LGBTI, agosto de 2018, https://drive.google.com/file/d/1q5Dn82UF_yTKfR6PRcKzqmtIFzyRt0qC/view (consultado el 11 de septiembre de 2020), pág. 15.

[188] Procuraduría de los Derechos Humanos, “Contribución del Procurador de Derechos Humanos de Guatemala al Informe del experto independiente de Naciones Unidas sobre protección contra la violencia y la discriminación por orientación sexual e identidad de género”, febrero de 2019, https://www.ohchr.org/Documents/Issues/SexualOrientation/Data/GuatemalaOmbudsperson.docx (consultado el 11 de septiembre de 2020). Una excepción a esta invisibilidad es el Código de Migración de 2016, que incluye una disposición que protege a los migrantes de la discriminación por diversos motivos, incluidos sexo y orientación sexual. Código de Migración, Decreto N.º 44-2016, http://igm.gob.gt/wp-content/uploads/2017/09/CODIGO-MIGRACION-DTO-44-2016.pdf (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[189] Congreso de la República de Guatemala, Decreto Número 57-2002, http://scm.oas.org/pdfs/2002/cp10270.pdf (consultado el 11 de septiembre de 2020), art. 1. Las penas van de uno a tres años de prisión y multa, y pueden aumentar un 30 % cuando median circunstancias agravantes, como por ejemplo cuando el acusado es un funcionario público. Como señala la organización por los derechos de las personas LGBT Visibles, se puede interpretar que la ley incluye la orientación sexual y la identidad de género, aunque no las mencione específicamente como motivos protegidos. Visibles, Violencia Contra la Población LGBTIQ: Vivencias y dinámicas que la sostienen, 2020, https://visibles.gt/wp-content/uploads/2020/05/Violencia_contra_la_poblacion_LGBTIQ.pdf (consultado el 11 de septiembre de 2020), págs. 20-21. Human Rights Watch no tiene conocimiento de ningún caso en el que la ley se haya utilizado para juzgar un acto de discriminación contra personas LGBT.

[190] Oscar García, “Presentan iniciativa de ley para prevenir la discriminación contra personas LGTBIQ”, Guatevision, 18 de diciembre de 2019, https://www.guatevision.com/nacionales/presentan-iniciativa-de-ley-para-prevenir-la-discriminacion-contra-personas-lgtbiq (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[191] Código de Trabajo de Guatemala, Decreto N.° 1441, https://www.wipo.int/edocs/lexdocs/laws/es/gt/gt015es.pdf (consultado el 11 de septiembre de 2020). Visibles sostiene que el Código de Trabajo podría interpretarse en conjunto con las disposiciones sobre derechos constitucionales, de modo que las personas guatemaltecas LGBT tengan argumentos viables para impugnar la discriminación en el empleo, pero es posible que muchas de estas personas desconozcan la existencia de estas posibilidades de recurso legal. Visibles, Violencia Contra la Población LGBTIQ, https://visibles.gt/wp-content/uploads/2020/05/Violencia_contra_la_poblacion_LGBTIQ.pdf, págs. 19-20.

[192] Comisión de la Mujer, Congreso de la República, “Dictamen N.° 02-2018”, Re/: /ICDLM-012-AERE- cmcv-2018 Guatemala, 25 de septiembre de 2018, https://www.congreso.gob.gt/assets/uploads/info_legislativo/dictamen/1539621334_Dictamen%205395%20CM.pdf (consultado el 11 de septiembre de 2020); “Congreso vulnera derechos de personas LGBTIQ con dictamen desfavorable”, Visibles, 29 de agosto de 2018, https://www.visibles.gt/congreso-vulnera-derechos-de-personas-lgbtiq-con-dictamen-desfavorable (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[193] Dulce Rivera, “Ley de identidad de género recibe dictamen desfavorable”, Guatevisión, 29 de agosto de 2018, https://www.guatevision.com/noticias/nacional/ley-identidad-genero-dictamen-desfavorable (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[194] Congreso de la República de Guatemala, Decreto 22-2008, Ley contra el Femicidio y Otras Formas de Violencia contra la Mujer, 2 de mayo de 2008, https://www.oas.org/dil/esp/ley_contra_el_femicidio_y_otras_formas_de_violencia_contra_la_mujer_guatemala.pdf (consultado el 11 de septiembre de 2020), arts. 6 y 7. Por su parte, el Código Penal establece penas de 15 a 40 años de prisión para el delito de homicidio, y para el homicidio premeditado, la misma pena que para el femicidio; para casos de lesiones, dispone una pena de entre 6 meses y 12 años de prisión, dependiendo de la gravedad del daño físico sufrido. República de Guatemala, Código Penal, https://www.un.org/depts/los/LEGISLATIONANDTREATIES/PDFFILES/GTM_codigo_penal.pdf (consultado el 11 de septiembre de 2020), arts. 123, 132 (homicidio y asesinato) y 145-148 (lesiones).

[195] “Guatemala: Submission to the Human Rights Committee for the 11th Session”, The Advocates for Human Rights, agosto de 2015, https://www.theadvocatesforhumanrights.org/uploads/guatemala_hrc_loipr_august_2015.pdf (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[196] Héctor Ruiz, “No Justice for Guatemalan Women: An Update Twenty Years After Guatemala’s First Violence Against Women Law”, Hastings Women’s Law Journal vol. 29:1, invierno de 2018, https://cgrs.uchastings.edu/sites/default/files/Hector%20Ruiz_Guatemala%20VAW%20Article_2017.pdf (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[197] Ibíd.; REDLACTRANS, La noche es otro país: Impunidad y violencia contra mujeres transgénero defensoras de derechos humanos en América Latina, mayo de 2012, http://redlactrans.org.ar/site/wp-content/uploads/2013/05/Violencia-e-impunidad-Espa%C3%B1ol1.pdf (consultado el 11 de septiembre de 2020), pág. 30.

[198] Congreso de la República de Guatemala, Iniciativa 5278, Ley para Sancionar los Crímenes por Prejuicio, presentada el 27 de agosto de 2017, en los registros de Human Rights Watch; Henry Estuardo Pocasangre y Jessica Gramajo, “Iniciativa propone sancionar la homofobia”, Prensa Libre, 4 de mayo de 2017, https://www.prensalibre.com/guatemala/politica/iniciativa-propone-sancionar-la-homofobia (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[199] Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Informe Anual 2018, Capítulo V, Seguimiento de Recomendaciones Formuladas por la CIDH en sus Informes de País o Temáticos, Informe de Seguimiento de Recomendaciones Formuladas por la CIDH en el Informe sobre Situación de Derechos Humanos en Guatemala, http://www.oas.org/es/cidh/docs/anual/2018/docs/IA2018cap.5GU-es.pdf (consultado el 11 de septiembre de 2020), pág. 662.

[200] Congreso de la República de Guatemala, Proyecto de Ley Para Prevenir y Sancionar Crímenes Por Prejuicio, presentado el 11 de diciembre de 2019, en los registros de Human Rights Watch; Eddy Coronado y Dulce Rivera, “Diputada pide mayor sanción por crímenes contra comunidad LGBT”, Prensa Libre, 11 de diciembre de 2019, https://www.prensalibre.com/guatemala/politica/diputada-pide-sancionar-personas-que-cometan-crimenes-contra-comunidad-lgbt (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[201] Entrevista de Human Rights Watch con Lucía O., Quetzaltenango, 8 de mayo de 2019.

[202] Entrevista de Human Rights Watch con Noelia A., Ciudad de Guatemala, 12 de agosto de 2019.

[203] Una “iniciativa popular” es aquella presentada por el público a través de una petición para la que se reúnen firmas, en lugar de ser presentada por un miembro del Parlamento. Además de las disposiciones contra las personas LGBT, el proyecto legislativo amplía la criminalización del aborto y podría exponer a enjuiciamiento a las mujeres que sufren abortos espontáneos. “Guatemala debe rechazar la ‘Ley para la Protección de la Vida y la Familia’”, comunicado de prensa de Human Rights Watch, 31 de agosto de 2018, https://www.hrw.org/es/news/2018/08/31/guatemala-debe-rechazar-la-ley-para-la-proteccion-de-la-vida-y-la-familia.

[204] Diana Cariboni, “Los evangelistas en Guatemala, a punto de “legalizar la homofobia””, openDemocracy, 13 de diciembre de 2018, https://www.opendemocracy.net/es/los-evangelistas-en-guatemala-al-borde-de-legalizar-la-homofobia (consultado el 11 de septiembre de 2020). /

[205] Ángel García, “Alejandro Giammattei rechaza ideología de género y apoya la Ley de Protección a la Vida y la Familia”, Emisoras Unidas, 30 de julio de 2019, https://emisorasunidas.com/2019/07/30/alejandro-giammattei-ley-de-proteccion-a-la-vida-y-la-familia (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[206] Procurador de los Derechos Humanos de Guatemala, Informe Anual Circunstanciado de Actividades y de la Situación de los Derechos Humanos, 2019, enero de 2020, https://t.co/681PONQH8O?amp=1 (consultado el 11 de septiembre de 2020), págs. 249-252.

[207] “Guatemala: Procurador de Derechos Humanos en riesgo de ser destituido”, comunicado de prensa de Human Rights Watch, 22 de julio de 2020, https://www.hrw.org/es/news/2020/07/22/guatemala-procurador-de-derechos-humanos-en-riesgo-de-ser-destituido.

[208] Nina Lakhani, “In Guatemala to be a Feminist is Not Welcomed, a Lesbian, Even Less so. I am a Lesbian Feminist”, The Guardian, 11 de febrero de 2016, https://www.theguardian.com/global-development-professionals-network/2016/feb/11/guatemala-feminist-lesbian-sandra-moran (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[209] Ángel García, “Ante insultos homofóbicos contra diputado Aldo Dávila piden investigar a congresistas”, Emisoras Unidas, 11 de marzo de 2020, https://emisorasunidas.com/2020/03/11/aldo-davila-acusa-de-diputados-de-mofarse-de-su-orientacion-sexual (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[210] Entrevista de Human Rights Watch con Sécia G., coordinadora de ODISCEA, Ciudad de Guatemala, 8 de mayo de 2019.

[211] Entrevista de Human Rights Watch con Paloma C. (seudónimo), Ciudad de Guatemala, 10 de mayo de 2019.

[212] Entrevista de Human Rights Watch con Dolores F. (seudónimo), Ciudad de Guatemala, 12 de agosto de 2019.

[213] Entrevista de Human Rights Watch con Brandon Saucedo, Huehuetenango, 5 de agosto de 2019.

[214] Entrevista de Human Rights Watch con Secia G., coordinadora de ODISCEA, Ciudad de Guatemala, 8 de mayo de 2019.

[215] Entrevista de Human Rights Watch con Darwin N. (seudónimo), Jalapa, 13 de agosto de 2019.

[216] Entrevista de Human Rights Watch con Lupita L. (seudónimo), Quetzaltenango, 7 de agosto de 2019.

[217] Pía Flores, “Ser gay: Quisieron ‘curarme’ con un exorcismo y con el Hogar Seguro”, Nómada, 7 de febrero de 2018, https://nomada.gt/identidades/ser-gay-quisieron-curarme-con-un-exorcismo-y-con-el-hogar-seguro (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[218] Entrevista de Human Rights Watch con Geraldo R. (seudónimo), Jalapa, 13 de agosto de 2019.

[219] Entrevista de Human Rights Watch con Marco Antonio H. (seudónimo), Huehuetenango, 5 de agosto de 2019.

[220] Entrevista de Human Rights Watch con Miriam D. (seudónimo), Quetzaltenango, 7 de agosto de 2019. Human Rights Watch considera la participación de niños y niñas en trabajo sexual como explotación sexual y una de las peores formas de trabajo. Toda persona que utilice, ofrezca, obtenga, procure o proporcione a un niño o niña para dicha finalidad debe ser juzgada, mientras que los niños y niñas que realizan trabajo sexual deben recibir toda la asistencia pertinente, incluida asistencia en su recuperación física y psicológica, así como en la reintegración social y, cuando sea necesario, se deben tomar medidas de protección.

[221] Entrevista de Human Rights Watch con Noelia A. (seudónimo), Ciudad de Guatemala, 12 de agosto de 2019.

[222] Ibíd.

[223] Entrevista de Human Rights Watch con Marco Antonio H. (seudónimo), Huehuetenango, 5 de agosto de 2019.

[224] Entrevista de Human Rights Watch con Gabriela Mundo, Ciudad de Guatemala, 8 de mayo de 2019.

[225] Instituto Nacional de Estadística de Guatemala, “Resultado del Censo 2018”, https://www.censopoblacion.gt/cuantossomos (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[226] Entrevista de Human Rights Watch con Arcadio S. y Sabino C., Quetzaltenango, 7 de agosto de 2019.

[227] Entrevista de Human Rights Watch con Arcadio S., Quetzaltenango, 7 de agosto de 2019.

[228] Cariboni, “Los evangelistas en Guatemala, a punto de ‘legalizar la homofobia’”, openDemocracy, https://www.opendemocracy.net/es/los-evangelistas-en-guatemala-al-borde-de-legalizar-la-homofobia.

[229] Entrevistas de Human Rights Watch con Arcadio S. y Sabino C, Quetzaltenango, 7 de agosto de 2019.

[230] Pilar Salazar, “Lapidaron a una mujer trans en Guatemala: tenía 35 años”, Presentes, 2 de enero de 2020, https://agenciapresentes.org/2020/01/02/lapidaron-a-una-mujer-trans-en-guatemala-tenia-35-anos (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[231] Presentación de Jordán Rojas, Procurador de los Derechos Humanos, durante seminario web que coordinó la organización Visibles, al cual asistió un investigador de Human Rights Watch, 5 de agosto de 2020.

[232] Entrevista de Human Rights Watch con miembros de Vidas Paralelas, Quetzaltenango, 7 de agosto de 2019.

[233] Entrevistas de Human Rights Watch, Jalapa, 13 de agosto de 2019, y Guastatoya, 15 de agosto 2019.

[234] Entrevistas de Human Rights Watch, Huehuetenango, 6 de agosto de 2019.

[235] Entrevista de Human Rights Watch con Yancy S. (seudónimo), Huehuetenango, 6 de agosto de 2019.

[236] Human Rights Watch solicitó información sobre los tipos de delitos y la orientación sexual o la identidad de género de las víctimas. El Ministerio Público informó que se habían obtenido condenas en causas por una agresión sexual durante 2017, un homicidio de una persona trans en 2018 y un homicidio y una violación en 2019. Solo en el caso de homicidio de 2018 se registró oficialmente la orientación sexual o la identidad de género de la víctima. Ministerio Público, RESOLUCIÓN UIP/G 2019 — 005356 / bglpda, EXP UIP 2019-00254, 22 de julio de 2019, en los registros de Human Rights Watch.

[237] Entrevista de Human Rights Watch con Marlon González, Huehuetenango, 5 de agosto de 2019.

[238] Entrevista de Human Rights Watch con Noelia A., Ciudad de Guatemala, 12 de agosto de 2019.

[239] Entrevista de Human Rights Watch con Lupita L., Quetzaltenango, 6 de agosto de 2019.

[240] Entrevista de Human Rights Watch con Bárbara Herrarte, Ciudad de Guatemala, 10 de mayo de 2019.

[241] Asociación Lambda, Sin Raíz, 2016, págs. 48 y 49 (en los registros de Human Rights Watch).

[242] Ibíd., págs. 28, 43 y 44.

[243] Procuraduría de los Derechos Humanos, Línea Base LGBTI, https://drive.google.com/file/d/1q5Dn82UF_yTKfR6PRcKzqmtIFzyRt0qC/view.

[244] Entrevista de Human Rights Watch con Basilio A., Tijuana, 31 de enero de 2020.

[245] Ibíd.

[246] Entrevista de Human Rights Watch con Carlitos B., Los Ángeles, 9 de diciembre de 2019.

[247] Ibíd.

[248] Ibíd.

[249] Ibíd.

[250] Entrevista de Human Rights Watch con Carlitos B., Los Ángeles, 9 de diciembre de 2019.

[251] Ibíd.

[252] Ibíd.

[253] Ibíd.

[254] Entrevista de Human Rights Watch con Eddie P. (seudónimo), Huehuetenango, 5 de agosto de 2019.

[255] “Perfil de Guatemala”, InSight Crime, https://es.insightcrime.org/noticias-sobre-crimen-organizado-en-guatemala.

[256] Entrevista de Human Rights Watch con Kennedy W., Los Ángeles, 12 de diciembre de 2019.

[257] Ibíd.

[258] Entrevistas de Human Rights Watch con Miriam D., Quetzaltenango, 7 de agosto de 2019, y telefónica, 4 de agosto de 2020.

[259] Entrevista de Human Rights Watch con Mynor E., Los Ángeles, 12 de diciembre de 2019.

[260] Entrevista de Human Rights Watch con Alé D., Washington D.C., 5 de diciembre de 2019.

[261] Entrevista de Human Rights Watch con Alé D., Washington D.C., 5 de diciembre de 2019.

[262] Ibíd.

[263] Ibíd.

[264] Entrevista de Human Rights Watch con Juan Pablo Escalante, Huehuetenango, 5 de agosto de 2019.

[265] Entrevista de Human Rights Watch con Iván R., Guastatoya, El Progreso, 15 de agosto de 2019.

[266] Entrevista de Human Rights Watch con Iván R., Guastatoya, El Progreso, 15 de agosto de 2019.

[267] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con Iván R., 4 de agosto de 2020.

[268] Fotografías del salón después del ataque en los registros de Human Rights Watch.

[269] Entrevista de Human Rights Watch con Iván R., Guastatoya, 15 de agosto de 2019.

[270] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con Iván R., 4 de agosto de 2020.

[271] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con Estuardo Juárez, 10 de diciembre de 2019.

[272] Entrevista de Human Rights Watch con Carlitos B., Los Ángeles, 9 de diciembre de 2019.

[273] Entrevista de Human Rights Watch con Raya E., Ciudad de Guatemala, 12 de agosto de 2019.

[274] Ibíd.

[275] Entrevista de Human Rights Watch con Raya E., Ciudad de Guatemala, 12 de agosto de 2019.

[276] Entrevista de Human Rights Watch con Juan C., Huehuetenango, 5 de agosto de 2019.

[277] Entrevista de Human Rights Watch con Mynor E., Los Ángeles, 12 de diciembre de 2019.

[278] Comisión Interamericana de Derechos Humanos, “CIDH expresa preocupación por excesivo uso de la fuerza policial contra personas LGBTI en Guatemala”, 7 de agosto de 2019, https://www.oas.org/es/cidh/prensa/comunicados/2019/196.asp (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[279] Entrevista de Human Rights Watch con Gaby Dávila, Ciudad de Guatemala, 9 de mayo de 2019; Celeste Mayorga, “Policía reprimió fiestas del Orgullo LGBT y amenazó a diputado gay”, Presentes, 22 de julio 2019, https://agenciapresentes.org/2019/07/22/policia-reprimio-fiestas-del-orgullo-lgbt-en-guatemala-y-amenazo-a-diputado-gay (consultado el 11 de septiembre de 2020). Ver también Aisling Walsh, “Redadas, ataques y homofobia electoral hacen temer peores tiempos a grupos LGBTIQ+ en Guatemala”, openDemocracy, 6 de agosto de 2019, https://www.opendemocracy.net/es/redadas-ataques-y-homofobia-electoral-hacen-temer-peores-tiempos-grupos-lgbtiq-en-guatemala/ (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[280] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con Gaby Dávila, 3 de septiembre de 2020.

[281] Entrevista de Human Rights Watch con Gaby Dávila, Ciudad de Guatemala, 9 de mayo de 2019.

[282] Entrevista de Human Rights Watch con Stacy Velásquez, Ciudad de Guatemala, 10 de mayo de 2019.

[283] Entrevista de Human Rights Watch con Kennedy W., Los Ángeles, 12 de diciembre de 2019.

[284] Entrevista de Human Rights Watch con Gaby Dávila, Ciudad de Guatemala, 9 de mayo de 2019.

[285] Procuraduría de los Derechos Humanos de Guatemala, Informe Anual Circunstanciado de Actividades y de la Situación de los Derechos Humanos, 2019, https://t.co/681PONQH8O?amp=1, págs. 249-252.

[286] Nelly Erandy Reséndiz Rivera, “Violencia cotidiana, marginación, limpieza social y pandillas en Guatemala”, URVIO, Revista Latinoamericana de Estudios de Seguridad, N.º 19:2016, Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales, consultado el 6 de agosto de 2020, doi:10.17141/urvio.19.2016.2414.

[287] María Isabel Carrascosa Coll, “Bullying homofóbico”, Plaza Pública (Guatemala), 2 de julio de 2014, https://www.plazapublica.com.gt/content/bullying-homofobico (consultado el 4 de octobre de 2020; Carlos Cáceresy otros, “‘Era como ir todos los días al matadero...’ El bullying homofóbico en instituciones educativas públicas en Chile, Guatemala y Perú”, noviembre de 2013, consultado el 11 de septiembre de 2020, doi:10.13140/RG.2.1.3291.8888.

[288] Entrevista de Human Rights Watch con Carlitos B., Los Ángeles, 9 de diciembre de 2019.

[289] Ibíd.

[290] Ibíd.

[291] Ibíd.

[292] Entrevista de Human Rights Watch con Kennedy W., Los Ángeles, 12 de diciembre de 2019.

[293] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con Martín Y., 19 de junio de 2019.

[294] Ibíd.

[295] Entrevista de Human Rights Watch con Basilio A., Tijuana, México, 31 de enero de 2020.

[296] Entrevista de Human Rights Watch con Mynor V., Los Ángeles, 12 de diciembre de 2019.

[297] Entrevista de Human Rights Watch con Ofelia G., Jalapa, 13 de agosto de 2019.

[298] Entrevista de Human Rights Watch con Geraldo R., Jalapa, 13 de agosto de 2019.

[299] Entrevista de Human Rights Watch con Raya E., Ciudad de Guatemala, 12 de agosto de 2019.

[300] Asociación Lambda, Sin Raíz, págs. 30 y 55 (en los registros de Human Rights Watch).

[301] Proyecto Convivimos, Violencia en espacios laborales hacia lesbianas, gais y personas trans en la ciudad de Guatemala, octubre de 2019, https://www.flacso.edu.gt/publicaciones/wp-content/uploads/2019/10/Violencia-en-espacios-laborales-LGBTI.pdf (consultado el 11 de septiembre de 2020), págs. 52-54, 61.

[302] Entrevista de Human Rights Watch con Geraldo R. (seudónimo), Jalapa, 13 de agosto de 2019.

[303] Entrevista de Human Rights Watch con Carlitos B., Los Ángeles, 9 de diciembre de 2019.

[304] Entrevista de Human Rights Watch con Yolanda U. (seudónimo), Ciudad de Guatemala, 10 de mayo de 2019.

[305] Entrevista de Human Rights Watch con Raya E. (seudónimo), Ciudad de Guatemala, 12 de agosto de 2019.

[306] Entrevista de Human Rights Watch con Bárbara Herrarte, Ciudad de Guatemala, 10 de mayo de 2019.

[307] Entrevista de Human Rights Watch con Noelia A., Ciudad de Guatemala, 12 de agosto de 2019.

[308] Ibíd.

[309] Entrevista de Human Rights Watch con Dolores F., Ciudad de Guatemala, 12 de agosto de 2019.

[310] Steven Dudley, “Élites y crimen organizado en Honduras: Introducción”, InSight Crime, 9 de abril de 2016, https://es.insightcrime.org/investigaciones/elites-crimen-organizado-honduras-introduccion-honduras/ (consultado el 11 de septiembre de 2020); Agencia Central de Inteligencia, The World Factbook: Honduras, 20 de mayo de 2020, https://www.cia.gov/library/publications/the-world-factbook/geos/ho.html (consultado el 11 de septiembre de 2020); IndexMundi, Distribución del ingreso, “Índice de GINI (Estimación del Banco Mundial) - Ránking por país”, 28 de diciembre de 2019, https://www.indexmundi.com/facts/indicators/SI.POV.GINI/rankings (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[311] Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), Panorama Social de América Latina 2019, https://www.cepal.org/es/publicaciones/44969-panorama-social-america-latina-2019 (consultado el 11 de septiembre de 2020), pág. 96.

[312] Ibíd.

[313] Association for a More Just Society, “Why is Honduras so Violent? Drugs, Gangs, Corruption, and Impunity”, septiembre de 2019, https://www.ajs-us.org/wp-content/uploads/2019/09/why-is-honduras-so-violent.pdf (consultado el 11 de septiembre de 2020), pág. 3.

[314] Departamento de Estado de EE. UU., “Honduras 2019 Human Rights Report”, febrero de 2020, https://www.state.gov/wp-content/uploads/2020/02/HONDURAS-2019-HUMAN-RIGHTS-REPORT.pdf (consultado el 11 de septiembre de 2020). Ver también en general, Insight Crime, Maras y pandillas en Honduras, 21 de abril de 2016, https://www.insightcrime.org/images/PDFs/2015/MarasHonduras.pdf (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[315] Parker Asmann y Eimhin O’Reilly, “Balance de InSight Crime de los homicidios en 2019”, 28 de enero de 2020, https://es.insightcrime.org/noticias/analisis/balance-homicidios-2019/ (consultado el 11 de septiembre de 2020). En los últimos cinco años, el índice de homicidios de Honduras ha sido constantemente uno de los más altos de la región: era de 57,5 en 2015, 56,5 en 2016 y 41,7 en 2017. Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, “Global Study on Homicide 2019” [Estudio global sobre homicidios 2019], https://www.unodc.org/unodc/en/data-and-analysis/global-study-on-homicide.html, búsqueda de “datos sobre homicidios” para “Honduras” e “índice de homicidios”.

[316] Ibíd., pág. 15.

[317] “Ombudsman Hondureño: La impunidad es un problema de país que afecta la paz social”, CONADEH, 15 de febrero de 2019, https://www.conadeh.hn/?p=2514 (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[318] International Crisis Group, Mafia of the Poor: Gang Violence and Extortion in Central America, 6 de abril de 2017, https://d2071andvip0wj.cloudfront.net/062-mafia-of-the-poor_0.pdf, pág. 4.

[319] Immigration and Refugee Board of Canada, Honduras: Information Gathering Mission Report, febrero de 2018, https://www.ecoi.net/en/file/local/1429301/1226_1523526023_ffm-honduras-eng.pdf (consultado el 11 de septiembre de 2020), pág. 14.

[320] En agosto de 2019, el Relator Especial de las Naciones Unidas sobre la independencia de los magistrados y abogados indicó que cuatro magistrados de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema habían sido destituidos por el Congreso por razones políticas y señaló la falta de transparencia en los nombramientos judiciales y la falta de escrutinio público en la designación de funcionarios de alto rango. Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Observaciones preliminares sobre la visita oficial a Honduras, Relator Especial de las Naciones Unidas sobre la independencia de los magistrados y abogados, Sr. Diego García-Sayán, 22 de agosto de 2019, https://ohchr.org/SP/NewsEvents/Pages/DisplayNews.aspx?NewsID=24910&LangID=S (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[321] Departamento de Estado de EE. UU., “Honduras 2019 Human Rights Report”, https://www.state.gov/wp-content/uploads/2020/02/HONDURAS-2019-HUMAN-RIGHTS-REPORT.pdf.

[322] Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, Delincuencia Organizada Transnacional en Centroamérica y el Caribe: Una Evaluación de las Amenazas, septiembre de 2012, https://www.unodc.org/documents/data-and-analysis/Studies/TOC_Central_America_and_the_Caribbean_spanish.pdf (consultado el 11 de septiembre de 2020), págs. 32, 37 y 65.

[323] Steven Dudley, “Nuevos testimonios de un traficante de Honduras contra las élites del país”, InSight Crime, 20 de marzo de 2017, https://es.insightcrime.org/noticias/analisis/nuevos-testimonios-traficante-honduras-elites-pais/ (consultado el 11 de septiembre de 2020); Emily Palmer y Benjamin Weiser, “El Chapo Said to Have Given $1 Million to Honduran President’s Brother”, New York Times, 2 de octubre de 2019, https://www.nytimes.com/2019/10/02/world/americas/el-chapo-honduras-drug-trial.html (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[324] “Honduras Ex-Police Chief Faces US Drug Trafficking Charges”, BBC, 1 de mayo de 2020, https://www.bbc.com/news/world-latin-america-52502370 (consultado el 11 de septiembre de 2020); Christopher Sherman, Martha Mendoza y Garance Burke, “Honduras’ National Police Chief Helped Cartel Move 1,700 lbs. of Cocaine, Report Says”, Associated Press, reimpreso en el Chicago Tribune, 26 de enero de 2018, https://www.chicagotribune.com/ct-honduras-police-cocaine-20180126-story.html (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[325] República de Honduras, Código Penal de 2013, poderjudicial.gob.hn/CEDIJ/Leyes/Documents/CodigoPenal-ReformaIncluida.pdf, art. 321.

[326] República de Honduras, Ministerio Público, Oficio S.D.G.F. no 480-2020, 25 de septiembre de 2020; ver Anexo VII.

[327] República de Honduras, Decreto 130-2017, Código Penal, https://www.tsc.gob.hn/web/leyes/Decreto_130-2017.pdf, arts. 211-213; “Desde la AJD se llevó a cabo la Presentación de ‘Recurso de Inconstitucionalidad contra el Nuevo Código Penal’”, comunicado de prensa de la Asociación de Jueces por la Democracia, 6 de agosto de 2020, https://juecesporlademocracia.org/desde-la-ajd-se-llevo-a-cabo-la-presentacion-de-recurso-de-inconstitucionalidad-contra-el-nuevo-codigo-penal/?fbclid=IwAR0Qud2k3SNb0LTFHcnWJBqruNWLY6oXPX3beKnxx5sbt6HitTwzDUAQRMA (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[328] Ibíd.

[329] ARC International, UPR SOGIESC Database, Honduras (Cycle 2), https://arc-international.net/global-advocacy/universal-periodic-review (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[330] Entrevistas de Human Rights Watch con Pablo B. (seudónimo), Tegucigalpa, 14 de mayo de 2019, y Anabel H. (seudónimo), Tegucigalpa, 16 de mayo de 2019.

[331] Entrevista de Human Rights Watch con Francia Maradiaga, Tegucigalpa, 16 de mayo de 2019.

[332] CONADEH, “Prevalecen en la Impunidad Acciones de Violencia contra Miembros de la Diversidad Sexual”, 17 de mayo de 2018, https://www.conadeh.hn/?p=2008 (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[333] “Al menos 325 personas LGBTI asesinadas en Honduras desde 2009, Deutsche Welle, 15 de julio de 2019, https://www.dw.com/es/al-menos-325-personas-lgbti-asesinadas-en-honduras-desde-2009/a-49590145 (consulado el 11 de septiembre de 2020).

[334] Entrevista de Human Rights Watch con Francia Maradiaga, Tegucigalpa, 16 de mayo de 2019.

[335] Entrevista de Human Rights Watch con Mildred López, El Progreso, 28 de agosto de 2019.

[336] República de Honduras, Poder Legislativo, Decreto N.° 226-2001, Ley de Policía y de Convivencia Social, https://www.tsc.gob.hn/biblioteca/index.php/leyes/63-ley-de-policia-y-convivencia-social (consultado el 11 de septiembre de 2020), art. 5.

[337] República de Honduras, Poder Legislativo, Decreto N.° 226-2001, Ley de Policía y de Convivencia Social, https://www.tsc.gob.hn/biblioteca/index.php/leyes/63-ley-de-policia-y-convivencia-social, art. 142 (3).

[338] Ibíd., art. 99.

[339] Human Rights Watch, No Vales un Centavo: Abusos de derechos humanos en contra de las personas transgénero en Honduras, 29 de mayo de 2009, https://www.hrw.org/es/report/2009/05/29/no-vales-un-centavo/abusos-de-derechos-humanos-en-contra-de-las-personas.

[340] Constitución de Honduras, Decreto N.° 131, 11 de enero de 1982, modificado mediante el Decreto N.° 36 del 4 de mayo de 2005, https://www.oas.org/dil/esp/Constitucion_de_Honduras.pdf (consultado el 11 de septiembre de 2020), art. 112.

[341] “El Parlamento de Honduras prohíbe adopción a parejas del mismo sexo”, El Nuevo Diario (Tegucigalpa), 17 de agosto de 2018, https://www.elnuevodiario.com.ni/internacionales/centroamerica/472430-honduras-niega-adopcion-matrimonios-mismo-sexo (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[342] Entrevista de Human Rights Watch con Lucía P. (seudónimo), Los Ángeles, 10 de diciembre de 2019.

[343] Entrevista de Human Rights Watch con Nina G. (seudónimo), Tegucigalpa, 15 de mayo de 2019.

[344] Entrevista de Human Rights Watch con Nina G. (seudónimo), Tegucigalpa, 15 de mayo de 2019.

[345] Entrevista de Human Rights Watch con William Alejandro Martínez, Tegucigalpa, 16 de mayo de 2019.

[346] Entrevista de Human Rights Watch con Juan Y. (seudónimo), Tegucigalpa, 17 de mayo de 2019.

[347] Mirte Postema, “En un contexto de violencia, las y los hondureños marchan por el orgullo”, columna de opinión de Human Rights Watch, 9 de septiembre de 2019, https://www.hrw.org/es/news/2019/09/09/en-un-contexto-de-violencia-las-y-los-hondurenos-marchan-por-el-orgullo; Emy Padilla, “Honduras: tres crímenes de odio a personas LGBT en una semana”, Presentes, 12 de junio de 2019, https://agenciapresentes.org/2019/06/12/honduras-tres-crimenes-de-odio-contra-personas-lgbt-en-una-semana (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[348] Transgender Europe, “Observatorio de Personas Trans Asesinadas”, https://transrespect.org/en/map/trans-murder-monitoring/?submap=tmm_relative_numbers (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[349] “Honduras: Poner fin a violencia contra personas transgénero”, comunicado de prensa de Human Rights Watch, 29 de mayo de 2009, https://www.hrw.org/es/news/2009/05/29/honduras-poner-fin-violencia-contra-personas-transgenero.

[350] Entrevista de Human Rights Watch con Perla M. (seudónimo), Washington D.C., 5 de diciembre de 2019.

[351] Ibíd.

[352] Entrevista de Human Rights Watch con Perla M. (seudónimo), Washington D.C., 5 de diciembre de 2019.

[353] Ibíd.

[354] Comisión Interamericana de Derechos Humanos, OEA/Ser.L/V/II.170 Doc. 179, Informe N.° 157/18, Caso 13.051, Informe de Fondo, 7 de diciembre de 2018, https://www.oas.org/es/cidh/decisiones/corte/2019/13051FondoEs.pdf (consultado el 11 de septiembre de 2020), pág. 24.

[355] Comisión Interamericana de Derechos Humanos, OEA/Ser.L/V/II.170 Doc. 179, Informe N.° 157/18, Caso 13.051, Informe de Fondo, https://www.oas.org/es/cidh/decisiones/corte/2019/13051FondoEs.pdf, pág. 24.

[356] Ibíd.

[357] Entrevista de Human Rights Watch con Carla T. (seudónimo), Los Ángeles, 13 de diciembre de 2019.

[358] Organización Internacional del Trabajo, Convenio sobre las peores formas de trabajo infantil, 1999 (núm. 182), https://www.ilo.org/dyn/normlex/es/f?p=NORMLEXPUB:12100:0::NO::P12100_ILO_CODE:C182 (consultado el 11 de septiembre de 2020), art. 3(b); entrevista de Human Rights Watch con Anabel H., Comayagüela, 16 de mayo de 2019.

[359] Entrevista de Human Rights Watch con Gabriela P., Washington D.C., 5 de diciembre de 2019.

[360] Entrevistas de Human Rights Watch con Gabriela P., Washington D.C., 5 de diciembre de 2019, y telefónica, 26 de mayo de 2020.

[361] Entrevista de Human Rights Watch con Lucía P. (seudónimo), Los Ángeles, 10 de diciembre de 2019.

[362] Ibíd.

[363] Entrevista de Human Rights Watch con Scarlett, Los Ángeles, 11 de diciembre de 2019.

[364] República de Honduras, Poder Legislativo, Decreto N.° 168-2013, http://www.poderjudicial.gob.hn/CEDIJ/Leyes/Documents/Ley%20de%20la%20Policia%20Militar%20del%20Orden%20Publico%20%283%2C9mb%29.pdf (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[365] Centro de Prevención, Tratamiento y Rehabilitación de Víctimas de la Tortura y sus Familiares, “Informe para el Examen Periódico Universal Honduras”, 24 de agosto de 2013, https://uprdoc.ohchr.org/uprweb/downloadfile.aspx?filename=1754&file=SpanishTranslation (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[366] Entrevista de Human Rights Watch con Humberto M. (seudónimo), Tegucigalpa, 26 de agosto de 2019.

[367] Ibíd.

[368] Entrevista de Human Rights Watch con Perla R. (seudónimo), Washington D.C., 5 de diciembre de 2019.

[369] Entrevistas de Human Rights Watch con Perla M., Washington D.C., 5 de diciembre de 2019, y telefónica, 29 de junio de 2020.

[370] Entrevista de Human Rights Watch con Miguel R. (seudónimo), Los Ángeles, 12 de diciembre de 2019.

[371] Ibíd.

[372] Entrevista de Human Rights Watch con Miguel R. (seudónimo), Los Ángeles, 12 de diciembre de 2019.

[373] Entrevista de Human Rights Watch con Alberto G. (seudónimo), Los Ángeles, 13 de diciembre de 2019.

[374] Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Rendición de Cuentas por las Violaciones de Derechos Humanos cometidas en el Contexto de las Elecciones de 2017 en Honduras: Avances y Desafíos, enero de 2020, http://oacnudh.hn/wp-content/uploads/2020/01/INFORME-TEM%C3%81TICO-2017-Enero-2020.pdf (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[375] Ibíd., pág. 22; Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, “Las violaciones a los derechos humanos en el contexto de las elecciones de 2017 en Honduras”, sin fecha, https://www.ohchr.org/Documents/Countries/HN/2017ReportElectionsHRViolations_Honduras_SP.pdf (consultado el 11 de septiembre de 2020); Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, “Informe anual del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre la situación de los derechos humanos en Honduras”, A/HRC/34/3/Add.2, 9 de febrero de 2017, https://reliefweb.int/sites/reliefweb.int/files/resources/G1702934.pdf (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[376] Entrevista de Human Rights Watch con Francia Maradiaga, Tegucigalpa, 16 de mayo de 2019.

[377] Entrevista de Human Rights Watch con William Alejandro Martínez, Tegucigalpa, 16 de mayo de 2019.

[378] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con William Alejandro Martínez, 11 de junio de 2020.

[379] Entrevistas de Human Rights Watch con William Alejandro Martínez, Tegucigalpa, 16 de mayo de 2019, y telefónica, 11 de junio de 2020.

[380] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con William Alejandro Martínez, 11 de junio de 2020.

[381] Entrevistas telefónicas de Human Rights Watch con Perla M., 29 de junio de 2020 y 14 de agosto de 2020.

[382] Ibíd.

[383] Entrevista de Human Rights Watch con Lucía P. (seudónimo), Los Ángeles, 10 de diciembre de 2019.

[384] Entrevista de Human Rights Watch con JLo Córdova, 1 de septiembre de 2020.

[385] Entrevista de Human Rights Watch con JLo Córdova, Comayagüela, 21 de agosto de 2019.

[386] Front Line Defenders, “Assassination Attempt Against Jlo Córdoba”, 4 de noviembre de 2016, https://www.frontlinedefenders.org/en/case/assassination-attempt-against-jlo-cordoba (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[387] Entrevista de Human Rights Watch con JLo Córdova, Comayagüela, 21 de agosto de 2019.

[388] Entrevista de Human Rights Watch con JLo Córdova, 1 de septiembre de 2020.

[389] Entrevista de Human Rights Watch con Miguel R. (seudónimo), Los Ángeles, 12 de diciembre de 2019.

[390] Entrevista de Human Rights Watch con Francia Maradiaga, Tegucigalpa, 16 de mayo de 2019.

[391] Entrevista de Human Rights Watch con Marina T. (seudónimo), Tijuana, 31 de enero de 2020.

[392] Ibíd.

[393] Ibíd.

[394] Entrevista de Human Rights Watch con Noé E., Los Ángeles, 11 de diciembre de 2019.

[395] Entrevista de Human Rights Watch con Alberto G. (seudónimo), Los Ángeles, 13 de diciembre de 2019.

[396] Ibíd.

[397] Ibíd.

[398] Entrevista de Human Rights Watch con Alberto G., Los Ángeles, 13 de diciembre de 2019. Alberto le mostró a un investigador de Human Rights Watch la cicatriz en la cara.

[399] Entrevista de Human Rights Watch con Lucía P. (seudónimo), Los Ángeles, 10 de diciembre de 2019.

[400] Entrevista de Human Rights Watch con Carla T., Los Ángeles, 13 de diciembre de 2019.

[401] Entrevista de Human Rights Watch con Francia Maradiaga, Tegucigalpa, 16 de mayo de 2019.

[402] Entrevista de Human Rights Watch con Juan Y. (seudónimo), Tegucigalpa, 17 de mayo de 2019.

[403] Entrevista de Human Rights Watch con Anabel H. (seudónimo), Tegucigalpa, 16 de mayo de 2019.

[404] Entrevista de Human Rights Watch con Gabriela P., Washington D.C., 5 de diciembre de 2019.

[405] Entrevista de Human Rights Watch con Carla T. (seudónimo), Los Ángeles, 13 de diciembre de 2019.

[406] Entrevista de Human Rights Watch con Anabel H., Tegucigalpa, 16 de mayo de 2019.

[407] Entrevista de Human Rights Watch con Noé E., Los Ángeles, 11 de diciembre de 2019.

[408] Ibíd.

[409] Entrevista de Human Rights Watch con Juan Y. (seudónimo), Tegucigalpa, 17 de mayo de 2019.

[410] Entrevista de Human Rights Watch con Lucía P. (seudónimo), Los Ángeles, 10 de diciembre de 2019.

[411] Entrevista de Human Rights Watch con Miguel R. (seudónimo), Los Ángeles, 12 de diciembre de 2019.

[412] Entrevista de Human Rights Watch con Kendra Jordany, San Pedro Sula, 28 de agosto de 2019.

[413] Entrevista de Human Rights Watch con Noé E., Los Ángeles, 11 de diciembre de 2019.

[414] Entrevista de Human Rights Watch con Juan Y. (seudónimo), Tegucigalpa, 17 de mayo de 2019.

[415] Entrevista de Human Rights Watch con JLo Córdova, Comayagüela, 21 de agosto de 2019.

[416] Entrevista de Human Rights Watch con Anabel H. (seudónimo), Tegucigalpa, 16 de mayo de 2019.

[417] Entrevista de Human Rights Watch con Carla T. (seudónimo), Los Ángeles, 13 de diciembre de 2019.

[418] Entrevista de Human Rights Watch con William Alejandro Martínez, Tegucigalpa, 16 de mayo de 2019.

[419] Comunicación por mensaje de voz a Human Rights Watch de Astrid Ramos, Cattrachas, 29 de junio de 2020.

[420] Entrevista de Human Rights Watch con Jacqueline Anchecta, subsecretaria de promoción de derechos humanos, Tegucigalpa, 13 de mayo de 2019.

[421] Tim Fitzsimons, “Trump Proposals Threaten LGBTQ Asylum-seekers’ Hopes of Refuge in U.S.”, NBC News, 20 de agosto de 2020, https://www.nbcnews.com/feature/nbc-out/trump-proposals-threaten-lgbtq-asylum-seekers-hopes-refuge-u-s-n1236736 (consultado el 10 de septiembre de 2020). El conjunto de datos completo de USCIS, compartido por NBC News, está en los archivos de Human Rights Watch.

[422] Entrevista de Human Rights Watch con Marina T., Tijuana, 31 de enero de 2020.

[423] Una carta enviada por el presidente Trump a los líderes del Congreso en octubre de 2017 expresó la intención de su gobierno de reformar el sistema inmigratorio de EE. UU. En dicha carta, se manifestaba la voluntad de “[e]ndurecer sustancialmente los estándares y eliminar los vacíos legales en nuestro sistema de asilo”, “[e]levar la vara del estándar de prueba en las entrevistas sobre temor creíble” y “[a]mpliar la facultad de devolver a las personas que solicitan asilo a terceros países seguros”, entre otros cambios de política propuestos. “President Donald J. Trump’s Letter to House and Senate Leaders & Immigration Principles and Policies” [Carta del Presidente Donald J. Trump a los líderes de la Cámara de Representantes y el Senado y principios y políticas sobre inmigración], Casa Blanca, 8 de octubre de 2017, https://www.whitehouse.gov/briefings-statements/president-donald-j-trumps-letter-house-senate-leaders-immigration-principles-policies (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[424] Departamento de Salud y Servicios Humanos, Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades, Registro Federal, https://www.govinfo.gov/content/pkg/FR-2020-03-26/pdf/2020-06327.pdf; Departamento de Salud y Servicios Humanos de EE. UU., Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades, Orden de suspensión del ingreso de ciertas personas de países donde exista una enfermedad transmisible, https://www.cdc.gov/quarantine/pdf/CDC-Order-Prohibiting-Introduction-of-Persons_Final_3-20-20_3-p.pdf.

[425] Departamento de Salud y Servicios Humanos, Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades, Registro Federal, Tomo 85, N.° 57, 24 de marzo de 2020, Notificaciones, https://www.govinfo.gov/content/pkg/FR-2020-03-24/pdf/2020-06253.pdf (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[426] Guttentag, “Coronavirus Border Expulsions: CDC’s Assault on Asylum Seekers and Unaccompanied Minors”, Just Security, https://www.justsecurity.org/69640/coronavirus-border-expulsions-cdcs-assault-on-asylum-seekers-and-unaccompanied-minors.

[427] Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos, “Nationwide Enforcement Encounters: Title 8 Enforcement Actions and Title 42 Expulsions” [Encuentros Nacionales de Fuerzas de Seguridad: Acciones de seguridad según el Título 8 y expulsiones según el Título 42], https://www.cbp.gov/newsroom/stats/cbp-enforcement-statistics/title-8-and-title-42-statistics.

[428] Human Rights Watch, “Human Rights Watch Comment on CDC Interim Final Rule Suspending Entry of Persons into the US”, https://www.hrw.org/news/2020/04/23/human-rights-watch-comment-cdc-interim-final-rule-suspending-entry-persons-us.

[429] “US: New Rule Flouts Asylum Norms”, comunicado de prensa de Human Rights Watch, 15 de julio de 2019, https://www.hrw.org/news/2019/07/15/us-new-rule-flouts-asylum-norms.

[430] Mejdrich, “Federal Court Strikes Down Trump’s Asylum Ban”, Politico, https://www.politico.com/news/2020/07/01/federal-court-strikes-down-trumps-asylum-ban-346939.

[431] Gabriel Stargardter, “Exclusive: Mexico Opposes US Plan to Make it Take Asylum Seekers – Document, Source”, Reuters, 12 de julio de 2018, https://www.reuters.com/article/us-mexico-usa-immigration-exclusive/exclusive-mexico-opposes-u-s-plan-to-make-it-take-asylum-seekers-document-source-idUSKBN1K23BA (consultado el 11 de septiembre de 2020); Secretaría de Relaciones Exteriores, Gobierno de México, “Posicionamiento de México ante la decisión del Gobierno de EUA de implementar la sección 235(b)(2)(c) de su Ley de Inmigración y Nacionalidad”, https://www.gob.mx/sre/es/articulos/posicionamiento-de-mexico-ante-la-decision-delgobierno-de-eua-de-implementar-la-seccion-235-b-2-c-de-su-ley-de-inmigracion-y-nacionalidad-185774?idiom=es (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[432] John Wagner, Mary Beth Sheridan, David J. Lynch y María Sacchetti, “Trump Threatens Guatemala After it Backs Away From ‘Safe Third Country’ Asylum Deal”, Washington Post, 23 de julio de 2019, https://www.washingtonpost.com/politics/trump-threatens-guatemala-over-delay-in-safe-third-country-asylum-deal/2019/07/23/cc22417e-ad45-11e9-bc5c-e73b603e7f38_story.html (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[433] Camilo Montoya-Galvez, “Guatemala Suspends Deportation Flights, Pausing Trump Asylum Deal Over Coronavirus”, CBS News, 17 de marzo de 2020, https://www.cbsnews.com/news/guatemala-coronavirus-suspends-deportation-flights-trump-asylum-deal (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[434] Código de Estados Unidos, Ley de Inmigración y Nacionalidad, https://www.uscis.gov/laws-and-policy/legislation/immigration-and-nationality-act, sección 208 (a)(2)(A).

[435] ACNUR, Nota de orientación sobre los acuerdos bilaterales y/o multilaterales sobre el traslado de solicitantes de asilo, mayo de 2013, https://www.refworld.org/docid/51af82794.html (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[436] Departamento de Estado de EE. UU., Consejo Asesor de Seguridad de Ultramar, “Guatemala 2020 Crime & Safety Report” [Informe sobre delitos y seguridad - Guatemala 2020], 31 de marzo de 2020, https://www.osac.gov/Country/Guatemala/Content/Detail/Report/d8c492ad-b604-457b-bd8f-18550eec1ff2 (consultado el 11 de septiembre de 2020); Refugees International y Human Rights Watch, Deportación con escala.

[437] Montoya-Galvez, “Guatemala Suspends Deportation Flights, Pausing Trump Asylum Deal Over Coronavirus”, CBS News, https://www.cbsnews.com/news/guatemala-coronavirus-suspends-deportation-flights-trump-asylum-deal.

[438] Mensajes de correo electrónico entre Human Rights Watch y un representante del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, 8 de septiembre de 2020.

[439] Refugees International y Human Rights Watch, Deportación con escala.

[440] Mensajes de texto entre Human Rights Watch y la abogada especialista en inmigración Linda Corchado, 5 de febrero de 2020; Hamed Aleaziz, “Two Gay Immigrants Left Everything For Safety In The US. Instead, They Were Sent To Guatemala”, BuzzFeed News, 10 de febrero de 2020, https://www.buzzfeednews.com/article/hamedaleaziz/gay-immigrants-asylum-guatemala-us-trump (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[441] Mensajes de correo electrónico entre Human Rights Watch y Linda Corchado, 12 de agosto de 2020.

[442] Entrevista de Human Rights Watch con el director de Lambda, Carlos Valdés, Ciudad de Guatemala, 13 de febrero de 2020.

[443] Entrevista de Human Rights Watch con Marina T. (seudónimo), Tijuana, 31 de enero de 2020.

[444] Entrevista de Human Rights Watch con Marina T. (seudónimo), Tijuana, 31 de enero de 2020.

[445] Entrevista de Human Rights Watch con Felicia J. (seudónimo), Tijuana, 31 de enero de 2020.

[446] Entrevista de Human Rights Watch con Michelle S., Washington D.C., 6 de diciembre de 2019.

[447] Ibíd.

[448] Entrevista de Human Rights Watch con Michelle S., Washington D.C., 6 de diciembre de 2019.

[449] Entrevista de Human Rights Watch con Carlos Valdés, Ciudad de Guatemala, 7 de mayo de 2019.

[450] Priscilla Álvarez y Geneva Sands, “US Signs Asylum Deal with Honduras, the Latest in a String of Agreements with Central America”, CNN, 25 de septiembre de 2019, https://www.cnn.com/2019/09/25/politics/united-states-honduras-asylum-agreement/index.html (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[451] La advertencia de viaje del Departamento de Estado sobre Honduras, que coincide con los hallazgos de Human Rights Watch basados en entrevistas con personas LGBT hondureñas, dice lo siguiente: “Los crímenes violentos, como los homicidios y los robos armados, son comunes. Las actividades violentas por parte de pandillas, como la extorsión, los delitos callejeros violentos, las violaciones sexuales, el narcotráfico y la trata de personas, son generalizadas. La policía y los servicios de emergencia locales carecen de recursos suficientes para responder de forma efectiva a los delitos graves”. Departamento de Estado de EE. UU., Oficina de Asuntos Consulares, “Honduras Travel Advisory” [Advertencia de viaje sobre Honduras], actualizado por última vez el 6 de agosto de 2020, https://travel.state.gov/content/travel/en/traveladvisories/traveladvisories/honduras-travel-advisory.html (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[452] Departamento de Estado de EE. UU., Honduras 2019 Human Rights Report [Informe sobre Derechos Humanos - Honduras 2019], https://www.state.gov/reports/2019-country-reports-on-human-rights-practices/honduras (consultado el 11 de septiembre de 2020). El informe también señala que en 2019, “[a]lgunos elementos de la delincuencia organizada, incluso pandillas y narcotraficantes locales y trasnacionales, estuvieron entre los principales autores de delitos violentos y cometieron actos de homicidio, tortura, secuestro, extorsión, trata de personas, intimidación y otras amenazas y actos de violencia contra defensores de derechos humanos, autoridades judiciales, abogados, la comunidad empresarial, periodistas, bloggers, mujeres y miembros de poblaciones vulnerables”.

[453] Departamento de Estado de EE. UU., El Salvador 2019 Human Rights Report [Informe sobre Derechos Humanos - El Salvador 2019], https://www.state.gov/wp-content/uploads/2020/02/EL-SALVADOR-2019-HUMAN-RIGHTS-REPORT.pdf (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[454] Human Rights First, “Refugee Blockade: The Trump Administration’s Obstruction of Asylum Claims at the Border”, diciembre de 2018, https://www.humanrightsfirst.org/sites/default/files/December_Border_Report.pdf (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[455] Stephanie Leutert, Savitri Arvey, Ellie Ezzell y Marianne Richardson, “Metering Update: May 2020”, Centro Strauss para la Seguridad y el Derecho Internacionales de la Universidad de Texas en Austin y Centro de Estudios Estadounidenses/Mexicanos de la Facultad de Política y Estrategia Globales de la Universidad de California en San Diego, https://www.strausscenter.org/wp-content/uploads/MeteringUpdate_200528.pdf (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[456] Physicians for Human Rights, “‘If I Went Back, I Would Not Survive.’ Asylum Seekers Fleeing Violence in Mexico and Central America”, 9 de octubre de 2019, https://phr.org/our-work/resources/asylum-seekers-fleeing-violence-in-mexico-and-central-america (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[457] Entrevista de Human Rights Watch con Carlitos B., Los Ángeles, 9 de diciembre de 2019.

[458] Ibíd.

[459] Entrevista de Human Rights Watch con Marina T., Tijuana, México, 31 de enero de 2020.

[460] Entrevista de Human Rights Watch con Kiana C., Tijuana, México, 31 de enero de 2020.

[461] Entrevista de Human Rights Watch con Shelley R., Tijuana, México, 31 de enero de 2020.

[462] “EE. UU. debe investigar el programa ‘Permanecer en México’”, comunicado de prensa de Human Rights Watch, 2 de junio de 2020, https://www.hrw.org/es/news/2020/06/02/ee-uu-debe-investigar-el-programa-permanecer-en-mexico

[463] “EE. UU.: Cada vez más solicitantes de asilo en riesgo”, comunicado de prensa de Human Rights Watch, 25 de septiembre de 2019, https://www.hrw.org/es/news/2019/09/25/ee-uu-cada-vez-mas-solicitantes-de-asilo-en-riesgo; “Estados Unidos: Políticas del Covid-19 ponen en riesgo la vida de solicitantes de asilo”, comunicado de prensa de Human Rights Watch, 2 de abril de 2020, https://www.hrw.org/es/news/2020/04/02/estados-unidos-politicas-del-covid-19-ponen-en-riesgo-la-vida-de-solicitantes-de; Michael García Bochenek, “Estados Unidos: el programa ‘Permanencia en México’ afecta a los niños”, columna de opinión de Human Rights Watch, 12 de febrero de 2020, https://www.hrw.org/es/news/2020/02/13/estados-unidos-el-programa-permanencia-en-mexico-afecta-los-ninos; Human Rights Watch, “Q&A: Trump Administration’s ‘Remain in Mexico’ Program”, 29 de enero de 2020, https://www.hrw.org/news/2020/01/29/qa-trump-administrations-remain-mexico-program; “EE. UU.: Solicitantes de asilo enviados de regreso a la incertidumbre y el peligro en México”, comunicado de prensa de Human Rights Watch, 2 de julio de 2019, https://www.hrw.org/es/news/2019/07/02/ee-uu-solicitantes-de-asilo-enviados-de-regreso-la-incertidumbre-y-el-peligro-en.

[464] Human Rights Watch, “Q&A: Trump Administration’s ‘Remain in Mexico’ Program”, https://www.hrw.org/news/2020/01/29/qa-trump-administrations-remain-mexico-program.

[465] Reynaldo Leaños Jr., “LGBTQ Migrants Face Unique Dangers When U.S. Rejects And Returns Them To Mexico”, Texas Public Radio, 9 de septiembre de 2019, https://www.keranews.org/post/lgbtq-migrants-face-unique-dangers-when-us-rejects-and-returns-them-mexico (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[466] Human Rights Watch, “Q&A: Trump Administration’s ‘Remain in Mexico’ Program”, https://www.hrw.org/news/2020/01/29/qa-trump-administrations-remain-mexico-program; Molly Hennessy-Fiske, “For Transgender Migrants Fleeing Death Threats, Asylum in the U.S. is a Crapshoot”, Los Angeles Times, 29 de octubre de 2019, https://www.latimes.com/world-nation/story/2019-10-29/trump-administration-returns-vulnerable-lgbt-asylum-seekers-to-mexico (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[467] Human Rights Watch, “You Don’t Have Rights Here”: US Border Screening and Returns of Central Americans to Risk of Serious Harm, 16 de octubre de 2014, https://www.hrw.org/report/2014/10/16/you-dont-have-rights-here/us-border-screening-and-returns-central-americans-risk.

[468] “A Timeline of the Trump Administration’s Efforts to End Asylum”, National Immigrant Justice Center, https://immigrantjustice.org/sites/default/files/uploaded-files/no-content-type/2020-04/04-01-2020-asylumtimeline.pdf, pág. 5.

[469] “A Timeline of the Trump Administration’s Efforts to End Asylum”, National Immigrant Justice Center, https://immigrantjustice.org/sites/default/files/uploaded-files/no-content-type/2020-04/04-01-2020-asylumtimeline.pdf, pág. 5.

[470] Procedimientos relativos a asilo y suspensión de expulsiones; Entrevista sobre temor creíble y temor razonable, Regla propuesta por el Departamento de Seguridad Nacional y la Oficina Ejecutiva de Revisión de Casos de Inmigración, 15 de junio de 2020, https://www.federalregister.gov/documents/2020/06/15/2020-12575/procedures-for-asylum-and-withholding-of-removal-credible-fear-and-reasonable-fear-review (consultado el 16 de septiembre de 2020). De acuerdo con el Protocolo de 1967 sobre el Estatuto de los Refugiados, la sección 101(a)(42) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) (Título 8, sección 1101(a)(42) del Código de Estados Unidos) define el término “refugiado” como “cualquier persona que se encuentra fuera del país de su nacionalidad (...) que no puede o no desea regresar a (...) ese país por motivos de persecución o fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social u opiniones políticas”.

[471] Human Rights Watch, “Comment on Proposed Changes to Procedures for Asylum and Withholding of Removal; Credible Fear and Reasonable Fear”, 15 de julio de 2020, https://www.hrw.org/news/2020/07/15/comment-proposed-changes-procedures-asylum-and-withholding-removal-credible-fear.

[472] Departamento de Justicia de Estados Unidos, Matter of A-B, 27 I&N Dec. 316 (Fiscal General, 2018), https://www.justice.gov/eoir/page/file/1070866/download (consultado el 15 de septiembre de 2020), pág. 336, n.º 9.

[473] Human Rights Watch, No vales un centavo.

[474] Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, Recomendación general N.° 35 sobre la violencia por razón de género contra la mujer, por la que se actualiza la Recomendación general N.° 19, CEDAW/C/GC/35, 26 de julio de 2017, https://tbinternet.ohchr.org/_layouts/15/treatybodyexternal/Download.aspx?symbolno=CEDAW/C/GC/35&Lang=en (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[475] Entrevista de Human Rights Watch con Sandra C. (seudónimo), Los Ángeles, 10 de diciembre de 2019.

[476] Ibíd.

[477] Maya Rhodan, “President Trump Threatened to Turn Back Caravan Migrants If They Don't Claim Asylum in Mexico. That's Not Legal”, Time, 22 de octubre de 2018, https://time.com/5431447/donald-trump-threat-turn-back-caravan-migrants-not-legal (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[478] Entrevista de Human Rights Watch con Basilio A., Tijuana, México, 31 de enero de 2020.

[479] Entrevista de Human Rights Watch con Marina T., Tijuana, México, 31 de enero de 2020.

[480] Entrevista de Human Rights Watch con Kiana C., Tijuana, 31 de enero de 2020.

[481] Entrevistas de Human Rights Watch con Kiana C. y Felicia J., Tijuana, 31 de enero de 2020. Ver también “En el día de la memoria trans, la CIDH llama a los Estados a proteger integralmente la vida de las personas trans y de género diverso”, comunicado de prensa de la OEA, 20 de noviembre de 2018, http://www.oas.org/es/cidh/prensa/Comunicados/2018/247.asp (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[482] Entrevista de Human Rights Watch con Felicia J., Tijuana, 31 de enero de 2020.

[483] Entrevista de Human Rights Watch con Chris Chambers, Tijuana, 31 de enero de 2020.

[484] Entrevista de Human Rights Watch con Alé D., Washington D.C., 5 de diciembre de 2019.

[485] Entrevista de Human Rights Watch con Carlitos B., Los Ángeles, 9 de diciembre de 2019.

[486] Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Avances y desafíos hacia el reconocimiento de los derechos de las personas LGBTI en las Américas, OEA/Ser.L/V/II.170 Doc. 184, 7 de diciembre de 2018, https://www.oas.org/es/cidh/informes/pdfs/LGBTI-ReconocimientoDerechos2019.pdf (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[487] Corte Interamericana de Derechos Humanos, Caso Atala Riffo y niñas vs. Chile, Sentencia del 24 de febrero de 2012, https://corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_239_ing.pdf (consultado el 11 de septiembre de 2020), párr. 91; ver también Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Avances y desafíos hacia el reconocimiento de los derechos de las personas LGBTI en las Américas, https://www.oas.org/es/cidh/informes/pdfs/LGBTI-ReconocimientoDerechos2019.pdf, págs. 26-28.

[488] Convención Americana sobre Derechos Humanos, adoptada en la Conferencia Especializada Interamericana sobre Derechos Humanos,

San José de Costa Rica, 22 de noviembre de 1969, ratificada por El Salvador el 20 de junio de 1978, por Guatemala el 27 de abril de 1978, y por Honduras el 5 de septiembre de 1977, https://www.cidh.oas.org/basicos/merica/basic3.american%20convention.htm, artículos. 4 y 5; Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), adoptado el 16 de diciembre de 1966, Res. A. G. 2200A (XXI), 21 U.N. GAOR Supp. (N.° 16) en 52, Doc. de la ONU A/6316 (1966), 999 U.N.T.S. 171, en vigor desde el 23 de marzo de 1976, ratificado por El Salvador en 1967, por Guatemala en 1992 y por Honduras en 1997, art. 6.

[489] Asamblea General de la OEA, “Derechos humanos, orientación sexual e identidad y expresión de género”, AG/RES. 2807 (XLIII-O/13), aprobada en la cuarta sesión plenaria el 6 de junio de 2013, https://www.oas.org/es/cidh/lgtbi/docs/AG-RES2863-XLIV-O-14esp.pdf (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[490] Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Avances y desafíos hacia el reconocimiento de los derechos de las personas LGBTI en las Américas, https://www.oas.org/es/cidh/informes/pdfs/LGBTI-ReconocimientoDerechos2019.pdf.

[491] Corte Interamericana de Derechos Humanos, Caso Myrna Mack Chang vs. Guatemala, Fondo, Reparaciones y Costas, Sentencia del 25 de noviembre de 2003, Serie C N.° 101, https://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_101_esp.pdf (consultado el 11 de septiembre de 2020), párr. 153.

[492] Ibíd.

[493] Corte Interamericana de Derechos Humanos, Caso Myrna Mack Chang vs. Guatemala, Fondo, Reparaciones y Costas, Sentencia del 25 de noviembre de 2003, Serie C N.° 101, https://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_101_esp.pdf, párr. 156.

[494] Comisión Interamericana de Derechos Humanos, “Informe sobre seguridad ciudadana y derechos humanos”, OEA/Ser.L/V/II., Doc. 57, 31 de diciembre de 2009, https://www.cidh.oas.org/countryrep/Seguridad.eng/CitizenSecurity.IV.htm#_ftnref21 (consultado el 11 de septiembre de 2020), párr. 39.

[495] Comité de Derechos Humanos de la ONU, Observación General N.° 31, Naturaleza de la obligación jurídica general impuesta a los Estados Partes en el Pacto, Doc. de la ONU CCPR/C/21/Rev.1/Add.13 (2004), https://www.refworld.org/cgi-bin/texis/vtx/rwmain/opendocpdf.pdf?reldoc=y&docid=478b26ea2, párr. 8.

[496] Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas, “Nacidos libres e iguales: Orientación sexual e identidad de género en las normas internacionales de derechos humanos”, octubre de 2012, https://www.ohchr.org/Documents/Publications/BornFreeAndEqualLowRes_SP.pdf (consultado el 11 de septiembre de 2020), pág. 14.

[497] Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará), adoptada el 9 de junio de 1994, en vigor desde el 9 de marzo de 1995, https://www.oas.org/es/mesecvi/docs/BelemDoPara-ESPANOL.pdf (consultado el 16 de septiembre de 2020), arts. 7 y 8. El Salvador, Guatemala y Honduras ratificaron el tratado en 1995.

[498] Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Informe de fondo, Vicky Hernández y familia, Honduras, OEA/Ser.L/V/II.170 Doc. 179, Informe N.° 157/18, Caso 13.051, 7 de diciembre de 2018, https://www.oas.org/es/cidh/decisiones/corte/2019/13051FondoEs.pdf (consultado el 11 de septiembre de 2020), párrs. 80 y 98.

[499] Corte Interamericana de Derechos Humanos, Caso Azul Rojas Marín y otra vs. Perú, Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas, Sentencia del 12 de marzo de 2020, https://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_402_esp.pdf (consultado el 11 de septiembre de 2020), párr. 196.

[500] Ibíd., párrs. 241-244; “Fallo histórico: Corte Interamericana halla a Perú responsable por la tortura y violencia sexual contra una persona LGBTI y le ordena combatir la discriminación”, comunicado de prensa de Redress, 7 de abril de 2020, https://redress.org/news/fallo-historico-corte-interamericana-halla-a-peru-responsable-por-la-tortura-y-violencia-sexual-contra-una-persona-lgbti-y-le-ordena-combatir-la-discriminacion/ (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[501] Asamblea General de la OEA, “Derechos humanos, orientación sexual e identidad y expresión de género”, AG/RES. 2807 (XLIII-O/13), aprobada en la cuarta sesión plenaria https://www.oas.org/es/cidh/lgtbi/docs/AG-RES2863-XLIV-O-14esp.pdf, art. 2.

[502] Corte Interamericana de Derechos Humanos, Opinión consultiva OC-24/17, http://www.corteidh.or.cr/docs/opiniones/seriea_24_esp.pdf, págs. 43-72.

[503] Convención Interamericana contra toda Forma de Discriminación e Intolerancia, adoptada el 5 de junio de 2013 y que entró en vigor el 20 de febrero de 2020, http://www.oas.org/es/sla/ddi/tratados_multilaterales_interamericanos_A-69_discriminacion_intolerancia.asp (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[504] Comisión Internacional de Juristas, “Principios de Yogyakarta: Principios de Yogyakarta sobre la aplicación de la legislación internacional de derechos humanos en relación con la orientación sexual y la identidad de género”, marzo de 2007, http://yogyakartaprinciples.org/wp-content/uploads/2016/08/principles_sp.pdf (consultado el 11 de septiembre de 2020), principio 5.

[505] Ibíd., principios 12 y 16.

[506] Ibíd., principio 3.

[507] Comité de Derechos Humanos de la ONU, Observación General del PIDCP N.°18, No discriminación, 10 de noviembre de 1989, https://www.refworld.org/docid/453883fa8.html (consultado el 11 de septiembre de 2020), párr. 7.

[508] Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU, Observación General N.º 20: La no discriminación y los derechos económicos, sociales y culturales, (art. 2, párr. 2, del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales), 2 de julio de 2009, E/C.12/GC/20, https://www.refworld.org/cgi-bin/texis/vtx/rwmain/opendocpdf.pdf?reldoc=y&docid=4ae049a62 (consultado el 11 de septiembre de 2020). El Salvador, Honduras y Guatemala han ratificado el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

[509] En muchos países, incluidos los del Triángulo Norte, los gobiernos han aplicado las leyes penales de un modo que afecta en forma desproporcionada a grupos especialmente vulnerables o marginados, como las personas LGBT, y esto permite dudar incluso más de su eficacia y pertinencia como herramienta principal para abordar la discriminación.

[510] Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, 189 U.N.T.S. 150, en vigor desde el 22 de abril de 1954, http://www.unhcr.org/3b66c2aa10.html (consultado el 11 de septiembre de 2020), Protocolo de las Naciones Unidas sobre el Estatuto de los Refugiados, 606 U.N.T.S. 268, en vigor desde el 4 de octubre de 1967. Estados Unidos adhirió al Protocolo de 1967 en 1968.

[511] Ley de Refugiados de 1980, Pub. L. No. 96212, 94 Stat. 102 (1980), https://www.govinfo.gov/content/pkg/STATUTE-94/pdf/STATUTE-94-Pg102.pdf (consultado el 15 de septiembre de 2020). Tal como lo confirmó la Corte Suprema, uno de los principales objetivos del Congreso al sancionar la Ley de Refugiados “fue lograr que el derecho estadounidense sobre los refugiados se adecuara a lo establecido en el Protocolo de las Naciones Unidas de 1967”. INS vs. Cardoza-Fonseca, 480 U.S. 421, 426 (1987), https://supreme.justia.com/cases/federal/us/480/421/ (consultado el 15 de septiembre de 2020). Ver también, INS v. Stevic, 467 U.S. 407, 416-24 (1984) (donde se explica la historia de la incorporación de los estándares de la Convención sobre Refugiados en el derecho estadounidense a través del Protocolo sobre Refugiados y de la Ley de Refugiados de 1980) https://supreme.justia.com/cases/federal/us/467/407/ (consultado el 15 de septiembre de 2020).

[512] Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH), adoptada el 10 de diciembre de 1948, Res. A. G. 217A(III), Doc. de la ONU A/810 en 71 (1948), art. 14.1.

[513] Código de Estados Unidos, edición 2011, Título 8: EXTRANJEROS Y NACIONALIDAD, art. 1158, https://www.govinfo.gov/content/pkg/USCODE-2011-title8/html/USCODE-2011-title8-chap12-subchapII-partI-sec1158.htm (consultado el 15 de septiembre de 2020).

[514] Refugees International, “Refugees International Opposes Asylum Cooperative Agreements with Guatemala, El Salvador, and Honduras”, 23 de diciembre de 2019, https://www.refugeesinternational.org/reports/2019/12/23/refugees-international-opposes-asylum-cooperative-agreements-with-guatemala-el-salvador-and-honduras (consultado el 11 de septiembre de 2020).

[515] Entrevista de Human Rights Watch con Carlitos, B., Los Ángeles, 9 de diciembre de 2019.

[516] Entrevista de Human Rights Watch con Marina T., Tijuana, México, 31 de enero de 2020.