Campo de Lágrimas:
Explotación en la Agricultura Estadounidense

(Lo que sigue son el resumen y las recomendaciones de un informe en inglés de 104 páginas publicado el 20 de junio de 2000.)

(New York: Human Rights Watch, 2000)

RESUMEN

Damaris A., que ahora tiene 19 años, empezó a trabajar en los campos de brécol y lechuga cuando tenía 13 años y siguió trabajando durante casi cinco años. Durante los cinco meses de la temporada alta, solía trabajar 14 horas al día, con descansos de 15 minutos y de media hora para el almuerzo. Trabajaba con frecuencia 85 o 90 horas a la semana. Durante un número interminable de meses sufrió hemorragias nasales; en varias ocasiones su presión sanguínea se desplomó y estuvo a punto de desmayarse. Estuvo expuesta a la dispersión de pesticidas y se sintió enferma, pero le exigieron que siguiera trabajando. "Lo aguantaba," dijo en relación con su época en los campos. "Fue muy difícil."

Mark H. tenía 12 años el primer verano en que trabajó en los campos de algodón del centro de Arizona, se levantaba a las tres de la madrugada y terminaba la jornada a las dos de la tarde. Sus padres, tías y tíos llevaban años trabajando en los campos. "Mi padre empezó cuando tenía diez años, y no lo dejó hasta los 22," dijo Mark H. Al igual que su padre, Mark H. perdió muchas horas de clase y finalmente abandonó los estudios. Ahora tiene 19 años y está intentando recuperar el tiempo de clase perdido. "Muchos de mis amigos trabajaban en los campos y muchos abandonaron los estudios. Tendría que haberme graduado el año pasado y no lo hice.... Les diría a los niños que terminen la escuela. Puedes encontrar un buen trabajo con un diploma. Con un diploma puedes ir a la escuela superior. Tienes más opciones."

Hace dos años, cuando tenía 15 años, Benjamín C. se hizo un mal corte en el dedo con un cuchillo para cosechar brécol. "Ese cuchillo estaba tan afilado," dijo mostrando un corte de tres pulgadas que cubría todo el dedo. En lugar de trasladar a Benjamín C. a un hospital o una clínica loca, el supervisor del campo lo envío a casa de sus padres en México; allí, sus padres le llevaron a un hospital mexicano. Esto retrasó durante dos o tres horas la atención médica y el empleador eludió además su responsabilidad de conformidad con la ley de compensación a los trabajadores. Según los defensores de derechos, se trata de una situación típica en la región fronteriza. "Los capataces los envían con 30 pesos a México," dijo uno de ellos.

En los campos, Estados Unidos es como un país en vías de desarrollo..

El trabajo agrícola es el área de empleo más peligrosa y extenuante donde pueden trabajar los niños en Estados Unidos. Es también el menos protegido. Cientos de miles de niños y adolescentes trabajan cada año en los campos, huertos y naves de empacado de todo Estados Unidos. Recogen lechugas y melones, deshierban los campos de algodón y embolsan productos. Se suben a escaleras desvencijadas en los huertos de cerezos, se agachan por debajo de las plantas de chile y "lanzan" pesadas sandías durante un número interminable de horas. Muchos empiezan la jornada laboral-ya sea en los campos o de camino a éstos-a mitad de la noche. Las jornadas de 12 horas son habituales.

Estos menores trabajan duramente en condiciones más peligrosas que las de sus contemporáneos que tiene empleos no agrícolas. Están habitualmente expuestos a peligrosos pesticidas, trabajando a veces en campos aún impregnados de veneno, y no suelen tener oportunidad de lavarse las manos antes de comer el almuerzo. Se exponen a la extenuación y la deshidratación debido al calor, dado que sus empleadores no les suministran suficiente agua, o ninguna en absoluto. Sufren lesiones provocadas por los cuchillos afilados, accidentes con equipo pesado y caídas de escaleras. Los movimientos repetitivos en posturas forzadas o incómodas pueden interferir en el desarrollo adecuado de sus cuerpos. La falta de sueño-porque trabajan demasiadas horas-afecta a su escolarización y aumenta las posibilidades de lesiones. La depresión les afecta con más frecuencia que a otros menores, lo que es consecuencia de la acumulación de estrés y de responsabilidades en sus jóvenes vidas. Sólo 55 por ciento de ellos se gradúan de la escuela secundaria. Los menores que trabajan en el campo se enfrentan a una perpetua explotación salarial y al fraude. Un tercio de los entrevistados por Human Rights Watch dijo que sus ingresos eran significativamente inferiores al salario mínimo. Algunos sólo ganaban dos o tres dólares por hora.

Aunque pareciera difícil de creer, estos niños trabajadores están menos protegidos dentro de las leyes de Estados Unidos que los menores que trabajan en empleos más seguros. Conforme a la Ley de Normas Laborales Justas (Fair Labor Standards Act, FLSA), los niños que trabajan en fincas pueden ser empleados a una edad más temprana que otros niños trabajadores-12 años (incluso menos en algunas circunstancias), frente a 14 años. Es posible además que los empleadores les hagan trabajar más horas-en la agricultura, no existe un límite sobre el número de horas que puede trabajar un niño. En el resto de las ocupaciones, los niños menores de 16 años no pueden trabajar más de tres horas al día en época escolar. No sólo eso, la FLSA tampoco requiere el pago de horas extras por el trabajo agrícola, como sucede en otros sectores. Finalmente, a partir de los 16 años, los menores empleados en la agricultura pueden realizar trabajos peligrosos; en el resto de las ocupaciones, la edad mínima para este tipo de trabajo se sitúa en los 18 años.

La Ley de Normas Laborales Justas estipula la prohibición del "trabajo infantil opresivo." Sin embargo, permite que continúe el trabajo infantil opresivo en la agricultura. La tendencia de la FLSA contra los niños que trabajan en el campo equivale a una discriminación de hecho por motivos de raza: se estima que el 85 por ciento de los trabajadores agrícolas inmigrantes y temporales pertenecen a minorías raciales; en ciertas regiones, entre ellas Arizona, cerca del 99 por ciento de los que trabajan en el campo son latinos. Además de plantear serias preocupaciones en relación con la cláusula sobre Protección Equitativa de la Constitución de Estados Unidos, es posible que esta discriminación viole numerosas disposiciones del derecho internacional.

Se trata de una discriminación en la protección jurídica-discriminación por derecho contra los niños que trabajan en el campo dentro del colectivo de los niños trabajadores, con un efecto doblemente discriminatorio sobre los niños latinos-que conduce directamente a la privación de otros derechos, sobre todo del derecho a la educación y del derecho a la salud y la seguridad. Al permitir que los empleadores agrícolas hagan trabajar a los niños durante un número interminable de horas, las leyes estadounidenses socavan gravemente su oportunidad de participar plenamente en la educación universal. La prolongación de la jornada laboral también aumenta el riesgo de exposición a los pesticidas para los niños, de discapacidades provocadas por el movimiento repetitivo, de fatiga y lesiones, y de depresión y abuso de sustancias.

Además, la legislación y la práctica estadounidenses son incompatibles con varias prohibiciones del derecho internacional de las condiciones dañinas y de explotación del trabajo infantil, entre ellas las normas establecidas por la Convención sobre los Derechos el Niño. Estados Unidos parece asimismo abocado al incumplimiento del Convenio de 1999 de la OIT sobre las peores formas de trabajo infantil, que entrará en vigor en el país en diciembre del 2000. Requiere que los Estados miembros prohíban y eliminen "las peores formas de trabajo infantil." La predisposición de Estados Unidos es dudosa en este sentido, al haber afirmado que ya cumple plenamente las disposiciones del Convenio y que no necesita adoptar ningún cambio en la ley o la práctica. Las deficiencias de la FLSA no son el único medio por el que Estados Unidos deja desprotegidos a su menores que trabajan en el campo. El Congreso exime a todas las fincas con menos de 11 empleados de la aplicación de los reglamentos de la Administración de Seguridad y Salud en el Trabajo (Occupational Safety and Health Administration, OSHA). Esto afecta directamente al bienestar de muchos menores que trabajan en el campo y compromete su derecho a un ambiente laboral limpio y seguro.

La Agencia de Protección Ambiental (Environmental Protection Agency, EPA), mientras tanto, no ofrece mayores protecciones para los menores que para los adultos frente a la contaminación de pesticidas. Sólo existe una serie de reglamentos y normas inspirada en el modelo del cuerpo de un adulto. No se ha tratado el hecho de que los cuerpos de los niños sean habitualmente más pequeños que los de los adultos y que su desarrollo sea más vulnerable al daño provocado por los pesticidas. Los resultados de esta desprotección de los niños son potencialmente mortales y aparecen a diario en todo Estados Unidos.

Las protecciones limitadas de las leyes estadounidenses sobre los menores que trabajan en el campo ni siquiera se aplican adecuadamente. El Departamento de Trabajo (Department of Labor), encargado de aplicar las disposiciones sobre trabajo infantil, salarios y horarios de la FLSA, sólo registró 104 casos de violaciones de las normas sobre trabajo infantil en 1998. (Se estima que se producen un millón de violaciones relativas al trabajo infantil en la agricultura estadounidense cada año.) La EPA deja la aplicación de los reglamentos sobre seguridad laboral en manos de cada estado, pero manifiesta muy poca confianza en su capacidad de cumplir esta tarea. La Administración de Seguridad y Salud en el Trabajo, por su parte, aplica los reglamento en cerca de la mitad de los estados, en el resto la aplicación corresponde a los "Planes Estatales" (State Plans) aprobados por la OSHA. A pesar de que la agricultura es la segunda ocupación más peligrosa, sólo por detrás de la minería, un estudio federal reciente concluyó que la OSHA dedicaba menos del tres por ciento de sus inspecciones a la agricultura. En Arizona, que cuenta con un Plan Estatal, la Comisión Industrial de Arizona (Industrial Commission of Arizona), la agencia ejecutora, no realiza ninguna inspección. Las leyes y prácticas de aplicación de los estados particulares no son mejores y a veces son peores. Muchos estados ni siquiera cuentan con un salario mínimo establecido para los niños que trabajan en la agricultura. Tan sólo unos cuantos estados realizan algún tipo de supervisión del trabajo infantil en la agricultura.

Cuando se descubren y denuncian las violaciones, los cultivadores suelen eludir la responsabilidad ocultándose tras los contratistas de mano de obra agrícola que emplean. Los contratistas de mano de obra agrícola son básicamente intermediarios entre los cultivadores y los trabajadores. Los cultivadores les pagan para que contraten a los trabajadores necesarios, y para que los lleven al lugar de trabajo, garanticen que se cumple debidamente el trabajo y paguen a los trabajadores. Cuando se descubren violaciones de los derechos del trabajador, los cultivadores suelen quedar intactos ante las multas y las citaciones, alegando que los contratistas y sólo los contratistas son los empleadores de los trabajadores. Dado que los contratistas de mano de obra suelen tener poco dinero y ningún seguro de responsabilidad civil, el resultado es que las sentencias y multas no se pagan y los trabajadores se quedan sin compensación. Incluso cuando se cita y multa a los cultivadores, las sanciones son mínimas e insuficientes para disuadir futuras infracciones.

El resultado de estas leyes y esfuerzos de aplicación es que, en la práctica, los menores que trabajan en el campo padecen una situación de segunda clase: disfrutan de menos derechos que los que no trabajan en la agricultura y son explotados mientras el gobierno hace oídos sordos. Están expuestos a lesiones y enfermedades laborales por que sus trabajos son peligrosos; tienen que trabajar demasiado duramente por que sus empleadores no tienen que limitar sus horarios y cobran menos de lo debido por que los cultivadores y los contratistas pueden salirse con la suya.

En este informe se documenta toda una serie de prácticas inquietantes-algunas legales conforme a una legislación nacional vigente inadecuada, algunas flagrantemente ilegales-que afectan a los menores que trabajan en el campo. La mayoría de estas prácticas también afectan a los trabajadores adultos. De hecho, la explotación generalizada de los trabajadores adultos contribuye a la situación precaria de sus hijos e hijas que también tienen que trabajar en los campos. Si los trabajadores agrícolas cobraran un salario decente-en 1999, el promedio de ingresos anuales era inferior a 7.500 dólares-sus niños no tendrían tanta presión para empezar a trabajar a una edad tan temprana y durante tantas horas. Podrían dormir y descansar más y tendrían más tiempo para estudiar. Habrían menos posibilidades de que abandonaran los estudios y, al poder obtener un diploma de secundaria, tendrían más opciones disponibles.

En este informe se recomiendan numerosos cambios en las leyes estadounidenses. El más importante de ellos: que el Congreso enmiende la Ley de Normas Laborales Justas para proteger equitativamente a todos los niños trabajadores. Esto implica imponer, por primera vez en la historia, límites sobre el número de horas que pueden trabajar en la agricultura los niños menores de 16 años durante la época escolar. No obstante, el Congreso y el gobierno han de reconocer simultáneamente que las familias de trabajadores agrícolas necesitan asistencia en todos los frentes. La aplicación de los derechos del trabajador, la garantía de vivienda adecuada, el aumento de la disponibilidad de educación tradicional y no tradicional, la atención médica accesible y gratuita y otra asistencia necesaria son las condiciones mínimas necesarias para garantizar que todos los niños de Estados Unidos, entre ellos lo trabajadores agrícolas, puedan optar a una vida segura, digna y saludable.

Este informe está basado en entrevistas con más de 30 menores que trabajan en el campo, la mayoría de ellos en Arizona, así como con docenas de defensores de los trabajadores agrícolas y expertos en el tema en Arizona y en todo el país. El informe está inspirado asimismo en entrevistas con funcionarios de las áreas de trabajo, agricultura, seguridad y salud. Mientras no se indique lo contrario, todos los nombres de los niños entrevistados han sido cambiados para proteger su intimidad y resguardarles de las represalias de los empleadores.

RECOMENDACIONES

Human Rights Watch hace las siguientes recomendaciones relativas a la protección de los menores que trabajan en el campo de Estados Unidos e insta a su adopción lo antes posible:

Al Congreso de Estados Unidos

Se debe enmendar la Ley de Normas Laborales Justas para aumentar la protección de los menores que trabajan en la agricultura. Dicha protección debe ser compatible con la que se ofrece a otros niños trabajadores en Estados Unidos y estar en consonancia con las normas internacionales para la protección de los niños. Específicamente, se debe modificar la Ley para que:

  • Prohíba el empleo de niños menores de 14 años en la agricultura, salvo para los que trabajan en fincas cuyos propietarios y operarios son sus padres.
  • Limite el número de horas que pueden trabajar legalmente en la agricultura los niños de 14 y 15 años a: tres horas al día en días escolares y 18 horas a la semana durante la semana escolar; ocho horas al día en días no escolares y 40 horas a la semana en período de vacaciones escolares.
  • Prohíba el trabajo antes de clase de los niños menores de 16 años. (Actualmente no se restringe el trabajo agrícola de madrugada, aunque dicho trabajo está prohibido para los menores 16 años en otras ocupaciones.)
  • Aumente la edad mínima para el trabajo agrícola peligroso a los 18 años.

Además, debe enmendarse la Ley de Normas Laborales Justas para que imponga a los niños de 16 y 17 años que asisten a la escuela a tiempo completo las mismas restricciones horarias sobre el empleo que se aplican a los menores de 16 años.

En relación con la aplicación de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, el Congreso debe cesar su aprobación anual de una recomendación que exime a las fincas con menos de 11 trabajadores de la jurisdicción de la OSHA.

El Congreso debe ocuparse de las necesidades educativas y de formación profesional de los trabajadores agrícolas. Se trata de un asunto urgente, especialmente para los menores que ya han abandonado los estudios. El programa nacional creado para los jóvenes trabajadores agrícolas de acuerdo con la Ley de Inversión en la Fuerza de Trabajo (Workforce Investment Act) de 1998, debe ser financiado adecuadamente para que los estados puedan asistir a los jóvenes en la compleción de su educación y asegurarles una formación profesional significativa y asistencia para el empleo.


A la División de Salarios y Horarios (Wage and Hour Division, WHD) del Departamento de Trabajo de Estados Unidos

La División de Salarios y Horarios debe aumentar radicalmente las inspecciones de los lugares de trabajo agrícola concentrándose en las violaciones relativas al trabajo infantil y los salarios mínimos. Todos los infractores deben ser sancionados con todo el peso de la ley. Es más, se debe hacer ampliamente público el nombre de los violadores graves, reincidentes y voluntarios, tanto para disuadirles de su comportamiento como para educar al público sobre los derechos laborales de los niños.

Siempre que sea posible, la División de Salarios y Horarios debe utilizar la disposición sobre "productos calientes" ("hot goods") de la Ley de Normas Laborales Justas, que prohíbe el movimiento entre estados de bienes producidos violando las leyes relativas al trabajo infantil o el salario mínimo, dándole preferencia sobre las citaciones tradicionales y las multas económicas relativamente insignificantes.

Siempre que sea posible, se debe buscar la responsabilidad conjunta de contratistas y cultivadores en los casos en los que el contratista de mano de obra haya violado la legislación federal.

La División de Salarios y Horarios debe iniciar inmediatamente un programa de colaboración, concertado con las agencias estatales, de aplicación de las normas sobre trabajo infantil y otros organismos de protección de los niños. Dicha colaboración debe conllevar la reunión y divulgación de datos, la priorización de los objetivos de aplicación y las estrategias para lograr esos objetivos conforme a los recursos estatales y federales disponibles. Como mínimo absoluto, la WHD debe recopilar y revisar los datos sobre aplicación estatal para determinar las prioridades federales más urgentes y si se están duplicando las iniciativas.

La División de Salarios y Horarios debe recopilar, mantener y divulgar estadísticas relativas a lo siguiente:

  • El número de niños que trabajan en la agricultura, desagregado por edad y estado y, en la medida de lo posible, por raza y etnia;
  • El número de niños lesionados durante el trabajo agrícola cada año, desagregado por el tipo y gravedad de la lesión;
  • El número de niños enfermos cada año a causa de la exposición laboral a los pesticidas.

A la Administración de Seguridad y Salud en el Trabajo (OSHA) del Departamento de Trabajo de Estados Unidos y a los Estados con "Planes Estatales"

La OSHA debe aplicar enérgicamente los Reglamentos Sanitarios para el Campo (Field Sanitation Regulations), que exigen a los empleadores la oferta a los trabajadores de agua potable, baños e instalaciones para lavarse las manos. Dicha aplicación debe ser decidida e incluir inspecciones promovidas por la Administración sin aviso previo.

La OSHA debe exigir a todos los estados con Planes Estatales aprobados por ella que los apliquen de manera enérgica, lo que incluye inspecciones frecuentes sin aviso previo.

En los casos relacionados con los contratistas de mano de obra, tanto la OSHA federal como los estados con Planes Estatales deben iniciar una política de búsqueda de la responsabilidad conjunta de contratistas y cultivadores.

Tanto la OSHA federal como los estados con Planes Estatales deben fomentar que otros estados y agencias federales denuncien todas las violaciones observadas en el campo; cuando reciba dichas denuncias, la OSHA debe inspeccionar inmediatamente el lugar de trabajo en cuestión.

Tanto la OSHA federal como los estados con Planes Estatales deben recopilar, mantener y poner a disposición del público estadísticas anuales relativas a:

  • El número de inspecciones llevadas a cabo en lugares de trabajo agrícola;
  • Si dichas inspecciones fueron promovidas por la agencia, fueron una respuesta a información recibida de otras agencias o el resultado de las denuncias de los trabajadores; y
  • Los resultados de las inspecciones, entre ellos las supresiones, las citaciones y las multas.

Tanto la OSHA federal como los estados con Planes Estatales deben poner en marcha campañas agresivas de educación pública en relación con los reglamentos sanitarios para el campo; estas campañas deben contar con teléfonos gratuitos mediante los cuales los trabajadores y otras personas puedan presentar denuncias.

A la Agencia de Protección Ambiental

La Norma de Protección del Trabajador (Worker Protection Standard) debe modificarse para que imponga una edad mínima de 18 años para el manejo de pesticidas.

Se deben revisar los intervalos de entrada restringida (restricted-entry intervals, REIs), que prohíben la entrada en una área tratada con pesticidas durante un plazo específico tras la aplicación de los químicos. Los REIs revisados deben distinguir entre adultos y niños e imponer criterios más estrictos para los niños. Los REIs revisados deben incorporar asimismo un margen adicional de seguridad sumado al plazo determinado como necesario para garantizar la seguridad a corto y mediano plazo, y deben tener en cuenta el efecto combinado de las exposiciones dentro y fuera del trabajo. La EPA utiliza actualmente un modelo de enfermedad aguda que no protege a los trabajadores de los efectos a largo plazo y crónicos de los pesticidas.

La EPA debe supervisar de cerca la aplicación estatal de la Norma de Protección del Trabajador y los reglamentos sobre pesticidas relacionados para garantizar que dicha aplicación es enérgica y significativa.

La EPA debe ampliar además su programa para educar a los trabajadores en relación con la Norma de Protección del Trabajador y debe garantizar que los materiales empleados son apropiados con respecto a la cultura, la edad y el idioma de los trabajadores.

La EPA debe asegurarse de que las agencias estatales responsables de la aplicación de sus reglamentos cuenten con suficientes funcionarios capacitados, y bilingües (español e inglés) encargados de vigilar el cumplimiento. En función de las necesidades, se debe ofrecer formación a los funcionarios estatales responsables del cumplimiento.

La EPA debe recopilar, mantener y poner a disposición del público estadísticas sobre la aplicación estatal de los reglamentos relativos a los braceros y la seguridad con los pesticidas.

A todos los estados

Las leyes estatales sobre trabajo infantil deben contar al menos con las mismas protecciones que las normas federales.

Todos los estados deben establecer o elevar la edad mínima para el trabajo agrícola a al menos 14 años, salvo en el caso de los niños que trabajan en fincas cuyos propietarios y operarios son sus padres. SERVICIO DE INMIGRACIÓN VIOLA LOS DERECHOS DEL NIÑO (23 de diciembre de 1998) INFORME 1997 — NIÑOS DETENIDOS POR EL INS REGRESAR

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