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Guatemala: Riesgo de proceso penal contra Procurador de Derechos Humanos

Lo atacan por defender derechos sexuales y reproductivos

El procurador de los derechos humanos de Guatemala, Jordan Rodas, habla durante una rueda de prensa después de una reunión con miembros de la organización "Orgulloso de mi PNC" (Policía Nacional Civil), conformada por familiares de agentes de policía, en Ciudad de Guatemala el 17 de julio de 2018. © 2018 JOHAN ORDONEZ/AFP via Getty Images
El procurador de los derechos humanos de Guatemala, Jordan Rodas, habla durante una rueda de prensa después de una reunión con miembros de la organización "Orgulloso de mi PNC" (Policía Nacional Civil), conformada por familiares de agentes de policía, en Ciudad de Guatemala el 17 de julio de 2018. © 2018 JOHAN ORDONEZ/AFP via Getty Images

(Washington D.C.) – Guatemala debe garantizar que su Procurador de los Derechos Humanos, Jordán Rodas, pueda seguir adelante con su labor en defensa de los derechos sexuales y reproductivos sin temor a sufrir persecución o represalias, señaló hoy Human Rights Watch.

El 12 de agosto de 2020, la Corte Suprema de Justicia de Guatemala resolvió que el procurador Rodas había incumplido una sentencia de 2017 que obligaba al Procurador de los Derechos Humanos (PDH) a interrumpir toda actividad que apoye o fomente el aborto, presente el acceso al aborto como un derecho, o promueva su legalización. La corte ordenó al Ministerio Público que investigara si el procurador Rodas había acatado o no la decisión judicial. El incumplimiento de la sentencia está penado en el derecho guatemalteco con una sanción de hasta tres años de cárcel.

“La Corte Suprema ha colocado al procurador Rodas en una situación imposible: si cumple con el derecho internacional de derechos humanos y las tareas propias de su función, corre el riesgo de terminar preso”, señaló José Miguel Vivanco, director para las Américas de Human Rights Watch. “El poder judicial y el Congreso deben poner fin de inmediato a sus ataques incesantes contra el trabajo de protección y promoción de los derechos fundamentales que realiza el procurador Rodas”.

Los pronunciamientos de la Corte Suprema violan estándares internacionales de derechos humanos sobre derechos sexuales y reproductivos, y limitan la libertad de expresión del Procurador y su posibilidad de proteger y promover los derechos humanos, señaló Human Rights Watch.

En una sentencia de 2017, la corte dispuso que la Procuraduría de los Derechos Humanos debía interrumpir la distribución de un manual publicado en 2015, titulado “Derechos Humanos, Derechos Sexuales y Reproductivos, y Atención de Embarazos en Niñas y Adolescentes”. Según la corte, el manual promovía el aborto y, por ende, violaba el derecho a la vida. En ese momento, ordenó a la Procuraduría de los Derechos Humanos “contrarrestar los efectos que la distribución del material haya podido tener, mediante la distribución de material que sea congruente con los derechos garantizados por la Constitución”. El manual no cuestionaba las circunstancias en que el aborto es legal en Guatemala, sino que educaba sobre los derechos de las mujeres y niñas reconocidos en el derecho internacional.

En agosto de 2020, la organización pro-vida Asociación la Familia Importa solicitó a la Corte Suprema que dispusiera que el procurador Rodas había incumplido la sentencia del 2017. La demanda sostenía que el procurador había seguido promoviendo el aborto en Guatemala, entre otras medidas, al instar al gobierno a que adoptara las recomendaciones del Comité de la ONU de los Derechos del Niño relativas a la protección del derecho de acceso al aborto.

El procurador informó a la corte que su institución había dejado de publicar el manual, y que las declaraciones de la Procuraduría en respaldo de las recomendaciones del Comité de la ONU de los Derechos del Niño no estaban específicamente relacionadas con el aborto, sino que también abordaban otras cuestiones como la discriminación y la violencia de género.

La corte determinó que el procurador no había adoptado medidas adecuadas para contrarrestar la distribución del manual, debido a que su institución no había hecho una “declaración enfática y categórica de no apoyar el aborto... en defensa al derecho del niño no nacido”. La corte fundamentó su pronunciamiento en la Constitución y las leyes sobre aborto de Guatemala, sin tomar en cuenta las obligaciones jurídicas internacionales de derechos humanos asumidas por el país.

En Guatemala, el aborto solamente es legal cuando esté en riesgo la vida de la mujer o niña embarazada. En todas las demás circunstancias, quien tenga un aborto podría recibir una pena de hasta tres años de cárcel. En agosto de 2018, el Congreso guatemalteco aprobó una versión preliminar del proyecto de “Ley para la Protección de la Vida y la Familia”, que elevaría la pena máxima por aborto de 3 a 10 años y tipificaría como delito la “promoción del aborto”. El proyecto se encuentra en trámite ante el Congreso.

Varios órganos internacionales de derechos humanos, como el Comité de los Derechos del Niño, el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer y el Comité de Derechos Humanos, han instado a Guatemala a despenalizar y legalizar el aborto y a asegurar el acceso a servicios de aborto seguro.

Mientras tanto, el Congreso de Guatemala intenta destituir al procurador por sus declaraciones públicas en apoyo a los derechos de personas lesbianas, gais, bisexuales y transgénero (LGBT). El 6 de julio, la Comisión de Derechos Humanos del Congreso citó al procurador Rodas a una sesión plenaria “para que rinda cuentas sobre su actuar en el cargo y las acciones durante su gestión”.

Los Principios de París establecen que las instituciones nacionales de derechos humanos tienen la responsabilidad de formular recomendaciones para garantizar que las leyes y reglamentaciones y las propuestas de esos textos respeten los derechos humanos. Esto incluye recomendar “la aprobación de una nueva legislación, la modificación de la legislación en vigor y la adopción de medidas administrativas o su modificación”.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha determinado que “cuando un Estado es parte de un tratado internacional… dicho tratado obliga a todos sus órganos, incluidos sus jueces, quienes deben velar por que los efectos de las disposiciones de la Convención no se vean mermados por la aplicación de normas o interpretaciones contrarias a su objeto y fin”.

Las sentencias de la Corte Suprema en el caso del procurador Rodas violan el derecho internacional de los derechos humanos, particularmente las disposiciones sobre libertad de expresión y derecho a la información, sostuvo Human Rights Watch. El derecho guatemalteco sobre el aborto también viola numerosas normas de derechos humanos, incluyendo los derechos a la salud, a la no discriminación y a la protección ante un trato inhumano.

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