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Deportados al peligro

Las políticas de Estados Unidos sobre deportación exponen a salvadoreños a muerte y abusos

Un deportado salvadoreño recién llegado de los Estados Unidos espera una entrevista con las autoridades salvadoreñas en un centro de recepción el 28 de septiembre de 2018. © 2018 Moises Saman/Magnum Photos

Resumen

El gobierno estadounidense ha deportado a personas que, una vez en El Salvador, se enfrentaron a abusos o incluso la muerte. Si bien EE. UU. no es el único responsable —pues las pandillas salvadoreñas que victimizan a personas deportadas y las autoridades salvadoreñas que perjudican a deportados o no actúan para protegerlos tienen responsabilidad directa—, en muchos casos EE. UU. expone a peligros a personas salvadoreñas en circunstancias en las que sabe, o debería saber, que es posible que sufran daños.

De los 1,2 millones de salvadoreños que se estima que viven en Estados Unidos y no tienen ciudadanía estadounidense, apenas menos de una cuarta parte son residentes legales permanentes, y los tres cuartos restantes son indocumentados o tienen estatus legal temporario o precario. Si bien en otros países de América Central la tasa de reconocimiento de asilo entre los salvadoreños llega a ser incluso del 75 %, y del 36,5 % en México, entre 2014 y 2018 EE. UU. reconoció apenas al 18,2 % de los salvadoreños como personas que reúnen los requisitos para el asilo. Entre 2014 y 2018, EE. UU. y México han deportado a cerca de 213 000 salvadoreños (102 000 desde México y 111 000 desde Estados Unidos).

Ningún gobierno, organismo de la ONU u organización no gubernamental ha realizado un seguimiento sistemático de lo que ocurre a las personas deportadas una vez que están de nuevo en El Salvador. Este informe tiene por objeto empezar a cubrir esa falta de información. Muestra que, a medida que en Estados Unidos se establecen políticas más rigurosas en materia de asilo e inmigración y continúan los gravísimos problemas de seguridad en El Salvador, EE. UU. incumple una y otra vez su obligación de proteger a los salvadoreños evitando que regresen a un contexto donde existe un serio riesgo de sufrir daños.

Algunas personas deportadas son asesinadas tras regresar a El Salvador. Como parte de la investigación para este informe, identificamos 138 casos de salvadoreños que fueron asesinados desde 2013 luego de ser deportados de EE. UU. Hallamos estos casos cruzando noticias en la prensa con expedientes judiciales, y entrevistando a familiares supérstites, miembros de la comunidad y funcionarios. No obstante, no hay un conteo oficial de estas estadísticas, y nuestra investigación sugiere que es probable que el número de personas asesinadas sea mayor.

También identificamos o investigamos más de 70 instancias en las que se sometió a deportados a violencia sexual, torturas y otros daños, generalmente a manos de pandillas, o en que los deportados desaparecieron luego de regresar. Estos casos son mucho más difíciles de identificar porque casi nunca se denuncian a la prensa ni a las autoridades.

En muchos de estos más de 200 casos, encontramos un nexo claro entre el asesinato o el daño causado a la persona deportada al regresar y los motivos por los que se había ido de El Salvador en primer lugar. En otros casos, no hallamos evidencias suficientes para establecer tal nexo. Sin embargo, incluso estos últimos casos muestran los riesgos a los que pueden quedar expuestos los salvadoreños al regresar y la importancia de que las autoridades estadounidenses les brinden una oportunidad genuina de explicar por qué necesitan protección antes de ser deportados.

Los tres casos siguientes muestran el tipo de riesgos al que se enfrentan:

  • En 2010, cuando tenía 17 años, Javier B. huyó hacia Estados Unidos, adonde ya había escapado su madre, Jennifer B., para huir del vecindario particularmente violento donde vivía y evitar ser reclutado por una pandilla. A Javier se le negó asilo y fue deportado aproximadamente en marzo de 2017, cuando tenía 23 años. Jennifer contó que Javier fue asesinado cuatro meses más tarde, mientras vivía con su abuela: “De hecho, es allí donde lo mataron [la pandilla MS-13 (o Mara Salvatrucha-13)]..… Es terrible. Allí lo sacaron de la casa en pleno día a las 11:00. Vieron sus tatuajes. Sabía que lo matarían por sus tatuajes. Es exactamente lo que pasó… El problema fue con la [pandilla] MS [-13], no con la policía”. (Según lo investigado por Human Rights Watch, tener tatuajes puede ser motivo de riesgo, incluso si no están relacionados con pandillas).

 

  • En 2013, los primos Walter T. y Gaspar T. también huyeron para evitar ser reclutados por pandillas cuando tenían 16 y 17 años, respectivamente. Se les negó asilo y fueron deportados por Estados Unidos a El Salvador en 2019. Gaspar explicó que en abril o mayo de 2019, mientras él y Walter dormían en sus respectivas casas en El Salvador, llegó una patrulla policial “y nos llevó de nuestras casas a Walter y a mí, junto a otros tres, sin una orden judicial ni un motivo concreto. Al llegar a la dependencia policial, empezaron a darnos una golpiza. Allí nos mantuvieron tres días, y afirmaron que nos acusarían de agrupación ilícita. Nos golpearon [reiteradamente] durante esos tres días”.

 

  • En 2014, cuando tenía 20 años, Angelina N. huyó de una situación de abuso a manos de Jaime M., el padre de su hija de cuatro años, y Mateo O., un integrante de una pandilla que la acosaba. Las autoridades estadounidenses la interceptaron en la frontera cuando intentaba ingresar en EE. UU. y la deportaron ese mismo año. De regreso en El Salvador, en octubre de 2014 se encontraba en su vivienda cuando Mateo empezó de nuevo a buscarla y amenazarla. Angelina contó: “Entró y me obligó a tener sexo con él por primera vez. Sacó el arma que tenía… Estaba tan atemorizaba que obedecí... cuando se fue, empecé a llorar. No dije nada en ese momento ni tampoco presenté una denuncia a la policía. Creí que iba a ser peor si lo hacía, pues me pareció que era probable que alguien de la policía se lo contara [a Mateo].… Me dijo que iba a matar a mi padre y a mi hija si denunciaba las violaciones [la inicial y las cuatro siguientes], ya que yo era ‘su mujer’. Me golpeó y me dijo que me quería solo para él”.

Al igual que en estos tres casos, algunas personas que son deportadas de Estados Unidos a El Salvador enfrentan a los mismos agresores, a menudo en los mismos vecindarios, de los que huyeron inicialmente: miembros de pandillas, policías, integrantes de las fuerzas de seguridad del Estado y responsables de violencia doméstica. Otras personas deportadas trabajaban para las instituciones de aplicación de la ley en El Salvador y ahora temen ser perseguidas por pandillas o funcionarios corruptos.

Entre los deportados hay también personas que tuvieron residencia por un período prolongado en EE. UU. Junto con sus familias, estas personas son individualizadas como blancos fáciles y lucrativos de extorsión o abusos. Es común que los exresidentes a largo plazo en EE. UU. que son deportados incumplan las numerosas reglas tácitas que deben respetar los salvadoreños a diario para evitar sufrir daños.

Casi 900 000 salvadoreños que viven en EE. UU. sin documentos o solamente con estatus temporario, a los que se suman los miles que se van de El Salvador cada mes buscando seguridad en EE. UU., están en riesgo de ser deportados. La amenaza de deportación es cada vez más intensa debido a diversos cambios en las políticas que implementó el gobierno de Trump y que afectan el cumplimiento de las leyes inmigratorias de EE. UU. dentro de su territorio y fuera de este. Dichos cambios exacerbaron los numerosos obstáculos que ya existían para las personas que buscan obtener protección y evitar ser deportadas.

Cada vez más, Estados Unidos impulsa políticas que desvían la responsabilidad del control inmigratorio a países como México, con el objeto de desentenderse de la obligación de velar por el bienestar de los migrantes y la protección de solicitantes de asilo. Con el establecimiento de políticas inmigratorias y sobre asilo cada vez más restrictivas en EE. UU., esta situación no hará más que agravarse, en perjuicio de salvadoreños y otras personas. En general, las autoridades estadounidenses hacen caso omiso de los abusos que enfrentan los salvadoreños al regresar.

Algunas personas de El Salvador que viven en Estados Unidos han tenido un estatus legal temporario conocido como “Estatus de Protección Temporal” (Temporary Protected Status, TPS), que ha posibilitado que quienes están en Estados Unidos desde febrero de 2001 (cerca de 195 000 personas) construyan su vida en el país sin el temor inminente a ser deportados. A su vez, en 2012, el gobierno de Obama concedió a más de 26.000 salvadoreños la Prórroga de Procedimientos Migratorios para Personas Llegadas en la Infancia (Deferred Action for Childhood Arrivals, DACA), que otorgó el estatus legal temporario a algunas personas que habían llegado durante la infancia. El gobierno de Trump había decidido poner fin al TPS en enero de 2020; sin embargo, para dar cumplimiento a una sentencia judicial, extendió la autorización de trabajo hasta enero de 2021. Sigue teniendo la determinación de poner fin a la DACA.

A medida que tramitan en la justicia los recursos interpuestos a ambas políticas, las personas viven en una situación precaria en la que podrían ser deportadas apenas se resuelven esas acciones (cuando se preparó este informe, el tema de la DACA tramitaba en la Corte Suprema de EE. UU.; y la extensión de la autorización de trabajo para el TPS hasta enero de 2021 podría colapsar si un tribunal federal de apelación decide dejar sin efecto una medida cautelar que frenó el intento anterior de terminar con el TPS).

Los solicitantes de asilo salvadoreños también enfrenten un riesgo cada vez mayor de deportación y devolución. El gobierno de Trump ha impulsado una serie de iniciativas en materia de políticas públicas para que a las personas que huyen de su país de origen les resulte más difícil pedir asilo en Estados Unidos, como por ejemplo separar a los niños y niñas de sus padres; limitar la cantidad de personas que pueden ser procesadas a diario en los cruces fronterizos oficiales; prolongar los períodos de detención administrativa; establecer aranceles para el derecho a solicitar asilo; extender de 180 días a un año la prohibición de trabajo luego de presentar una solicitud de asilo; excluir la posibilidad de asilo para quienes hayan pasado por otro país antes de ingresar en Estados Unidos; exigir que los solicitantes de asilo esperen en México hasta el momento de la audiencia, donde muchos enfrentan peligros; e intentar limitar el asilo.

Estos cambios acentuaron las falencias que ya había en la implementación estadounidense de sus responsabilidades de protección y se dieron en un contexto en el que numerosas personas intentaban obtener protección fuera de El Salvador. Según datos gubernamentales, en la década transcurrida entre 2009 y 2019, funcionarios mexicanos y estadounidenses efectuaron al menos 732 000 aprehensiones por motivos migratorios de migrantes salvadoreños que cruzaban su territorio (175 000 realizadas por autoridades mexicanas y algo más de 557 000 por autoridades estadounidenses).

Según la Agencia para los Refugiados de las Naciones Unidas, ha aumentado drásticamente la cantidad de salvadoreños que expresan el temor a sufrir daños graves sin son enviados de regreso a El Salvador. Entre 2012 y 2017, la cantidad anual de solicitantes de asilo de nacionalidad salvadoreña en EE. UU. aumentó casi un 1000 %, de cerca de 5600 a más de 60 000. Para 2018, los salvadoreños representaban la nacionalidad con mayor cantidad de solicitudes de asilo en trámite (101 000) en Estados Unidos. A su vez, cerca de 129 500 salvadoreños más tenían solicitudes de asilo en trámite en muchos otros países del mundo. Las personas huyen masivamente de El Salvador debido a la violencia y las graves violaciones de derechos humanos que enfrentan en el país, que incluyen uno de los índices de homicidios más altos del mundo y tasas muy altas de violencia sexual y desapariciones.

Pese a que en el derecho internacional se establecen prohibiciones claras contra la devolución de personas que estén en riesgo de persecución o tortura, a menudo los salvadoreños no pueden evitar ser deportados de Estados Unidos. Los migrantes no autorizados, aquellos que tienen estatus temporario y los solicitantes de asilo tienen bajas probabilidades de evitar ser deportados. Son deportados por un sistema severo que persigue fines punitivos, en el que abundan las demoras judiciales, la falta de acceso a asistencia y asesoramiento legal eficaces, la detención prolongada en condiciones inhumanas y definiciones legales cada vez más restrictivas acerca de quiénes ameritan protección. Estados Unidos ha persuadido a México —cuyo sistema de protección ha sido calificado de “fallido” por su propia comisión de derechos humanos— de interceptar a los solicitantes de asilo antes de que lleguen a EE. UU. y acoger a miles de personas regresadas mientras esperan a que se resuelvan sus procesos en EE. UU. Como resultado, las personas que necesitan protección podrían ser enviadas de regreso a El Salvador y allí sufrir daños o incluso ser asesinadas.

En vez de disuadir y deportar a las personas, EE. UU. debería enfocarse en recibir con dignidad a quienes cruzan su frontera y brindarles una posibilidad justa de explicar por qué necesitan protección. Antes de deportar a personas salvadoreñas que viven en Estados Unidos, ya sea con estatus de TPS u otro tipo de estatus inmigratorio, las autoridades estadounidenses deberían tomar en consideración los riesgos excepcionales que las personas que fueron anteriormente residentes a largo plazo en EE. UU. podrían enfrentar si son enviadas de regreso al país donde nacieron. Estados Unidos debería abordar la falta de garantías de debido proceso en las decisiones sobre asilo y adoptar un nuevo marco jurídico y de políticas de protección que reconozca las realidades mundiales actuales que obligan a las personas a huir de sus hogares, brindando “protección complementaria” a aquellas que enfrenten un riesgo concreto de sufrir daños graves.

Como primeras medidas inmediatas, el gobierno de Estados Unidos debería adoptar las seis recomendaciones siguientes para empezar a abordar los problemas que se identifican en este informe. En la última sección de este informe también se presentan otras recomendaciones legales y sobre políticas a mediano y largo plazo.

  • El gobierno de Trump debería derogar los Protocolos de Protección de Migrantes (PPM); las dos Prohibiciones de Asilo; y los Acuerdos de Cooperación sobre Asilo.
  • El Fiscal General de Estados Unidos debería revertir las decisiones que emitió por las que se restringen los motivos para el asilo basados en el género, el vínculo con pandillas y por motivos familiares.
  • El Congreso y el Poder Ejecutivo deberían cerciorarse de que los fondos estadounidenses destinados a las actividades mexicanas de aplicación de la ley migratoria no cercenen el derecho a solicitar y obtener asilo en México.
  • El Congreso debería ejercer de inmediato su facultad en materia de asignaciones adoptando las siguientes medidas: 1) Abstenerse de brindar fondos adicionales al Departamento de Seguridad Nacional (Departamento of Homeland Security, DHS) que se destinen al Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (Immigration and Customs Enforcement, ICE) y a la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de EE. UU. (US Customs and Border Protection), hasta que cesen las prácticas y políticas abusivas que separan a familias, recurren a la detención innecesaria, vulneran los derechos de debido proceso y violan el derecho a pedir asilo; 2) Prohibir el uso de fondos para implementar los Protocolos de Protección de Migrantes, las “Prohibiciones de Asilo” o los Acuerdos de Cooperación sobre Asilo, así como las ulteriores revisiones a tales protocolos y acuerdos que obstaculizan el acceso al derecho a pedir asilo en Estados Unidos.
  • El Congreso debería ejercer su facultad de supervisión exigiendo a la Oficina de Fiscalización del Gobierno (Government Accountability Office) y a la Oficina del Inspector General (Office of Inspector General) que elaboren informes acerca de si Estados Unidos cumple con sus responsabilidades en materia de asilo y protección, entre otras cosas, recabando y difundiendo datos precisos sobre las experiencias procesales de los solicitantes de asilo (acceso a asesoramiento legal, tiempos de espera, capacidad del personal para evaluar solicitudes, y recursos humanitarios y de protección disponibles) y sobre los perjuicios que sufren las personas deportadas de Estados Unidos a sus países de origen.
  • El Congreso debería sancionar, y el presidente debería refrendar, leyes que protejan de manera general a las personas con Estatus de Protección Temporal (incluidos salvadoreños) y beneficiarios de la DACA, como la Ley “Dream and Promise” de 2019, pero sin las restricciones excesivamente amplias basadas en el comportamiento juvenil o en información extraída de bases de datos defectuosas sobre pandillas.

Glosario

Policía Nacional Civil (PNC)

La PNC es el único organismo gubernamental con dependencias en los 262 municipios de El Salvador[1]. Aunque recibe denuncias de delitos, está obligada legalmente a derivarlos a la Fiscalía General de la República (FGR), que realiza una clasificación oficial de los delitos. Cuando se produce un homicidio, la PNC es la primera en llegar al lugar de los hechos[2]. En el centro al que llegan las personas deportadas (el centro de migrantes retornados), la PNC realiza una de las dos entrevistas que los adultos deportados deben completar antes de ser puestos en libertad[3].

Fiscalía General de la República (FGR)

La Fiscalía General de la República (FGR) cuenta con al menos una fiscalía por departamento[4] . Este organismo se ocupa de presentar cargos penales y llevar adelante investigaciones penales[5]. Es habitual que miembros de la FGR ingresen junto con la policía a los sitios donde se produjeron homicidios, y siempre dirigen la investigación. Debido a la alta incidencia de criminalidad en El Salvador, los fiscales e investigadores tienen muchísimas causas a su cargo[6].

Instituto de Medicina Legal (IML)

El Instituto de Medicina Legal (IML) es el cuerpo forense nacional que se ocupa de llevar a cabo autopsias y pruebas antropológicas, biológicas, químicas, forenses y patológicas en la escena del crimen y para investigaciones penales[7] . En cada departamento hay al menos una sede del IML, y siete departamentos cuentan con una clínica regional. Esto suma un total de 17 establecimientos del IML en el país[8]. De los tres organismos gubernamentales que se ocupan de los lugares donde ocurrieron delitos y de las víctimas, el IML es el que cuenta con menos personal y presupuesto, aunque sus miembros están entre los de mayor nivel educativo y de preparación[9] .

Oficina Local de Atención a Víctimas (OLAV)

Durante la gestión de Sánchez Cerén, el Plan El Salvador Seguro (adoptado por el gobierno salvadoreño para intentar mejorar las condiciones de seguridad en el país)[10] creó 20 Oficinas Locales de Atención a Víctimas (OLAV) en 10 departamentos para brindar atención legal, psicológica y social a víctimas de delitos, incluidas aquellas desplazadas por la violencia[11] . Hay una OLAV en el centro de migrantes retornados. Allí, durante las entrevistas de admisión, las autoridades migratorias deben evaluar a los migrantes retornados para identificar sus necesidades de protección[12]. Todo adulto que tenga una necesidad de protección debe ser derivado a continuación a la OLAV.

Instituto Salvadoreño para el Desarrollo Integral de la Niñez y la Adolescencia (ISNA)

El ISNA es la institución del gobierno salvadoreño que desarrolla y ejecuta programas destinados a niños, niñas y adolescentes[13]. Entre sus programas se incluyen servicios de guardería y familias de acogida; servicios de salud y bienestar físico y psicológico; formación vocacional y para el empleo; y educación[14] .

Centro de Atención a la Niñez, Adolescencia y Familia (CANAF)

El Centro de Atención a la Niñez, Adolescencia y Familia (CANAF), creado en respuesta a la mayor preponderancia que cobró la cuestión de la migración infantil en El Salvador, es un programa supervisado por el ISNA que brinda principalmente servicios sociales y de salud a niños, niñas y jóvenes migrantes retornados y sus familias[15]. Según el periódico salvadoreño La Prensa Gráfica, entre enero y julio de 2019, 4150 niños y niñas fueron enviados de regreso a El Salvador desde Guatemala, México y Estados Unidos, y el CANAF tuvo contacto con al menos 2000 de estos niños a través de su personal en el centro de migrantes retornados y cuatro oficinas en los departamentos de San Vicente, Usulután, San Miguel y Santa Ana[16] . El personal en sedes departamentales indicó tener a su cargo no más de 300 casos desde que comenzaron a funcionar, en parte debido a que muchos niños y niñas volvieron a migrar[17].

Dirección General de Migración y Extranjería (DGME)

La Dirección General de Migración y Extranjería (DGME) es el organismo gubernamental salvadoreño responsable de supervisar cuestiones migratorias. Esto incluye un espectro de servicios que va dese la emisión de pasaportes y visas hasta el cumplimiento de las normas migratorias[18].

Dirección de Atención al Migrante (DAMI)[19]

La Dirección de Atención al Migrante (DAMI)[20], también llamada Centro de Atención Integral al Migrante (CAIM), “Centro de Migrantes Retornados” y “Centro de Recepción de Retornos”, es el centro gestionado por la DGME en el vecindario de Quiñónez (también llamado “La Chacra”) de San Salvador, donde se procesa al regresar a El Salvador a las personas que son deportadas tras haber estado en un centro de detención inmigratorio federal de EE. UU.[21]. En 2018, llegaban al Aeropuerto Internacional de El Salvador hasta tres vuelos procedentes de EE. UU., con hasta 135 personas en cada vuelo que son trasladadas en autobús a la DAMI para mantener dos entrevistas. En la primera entrevista, funcionarios de la DGME hacen a las personas deportadas algunas preguntas básicas sobre su destino, familia y planes. En la segunda entrevista, agentes de la PNC preguntan dónde tiene pensado vivir la persona deportada, controlan su nombre con la base de datos de antecedentes penales salvadoreña y toman fotografías de tatuajes y cicatrices. Los agentes formulan otras preguntas en función de la información recibida previamente sobre algunas personas que son señaladas como miembros de pandillas por las agencias de aplicación de la ley de EE. UU. o que tienen antecedentes penales en ese país[22] . Las respuestas se almacenan en las bases de datos de la policía salvadoreña y se transmiten ese mismo día a las dependencias locales de la PNC donde las personas deportadas indican que tienen intención de residir.

Yo Cambio

Estrictamente, Yo Cambio es un programa y modelo de administración penitenciaria patrocinado por el gobierno y gestionado por la Dirección General de Centros Penales de El Salvador que trabaja con exmiembros de pandillas y personas encarceladas para su rehabilitación y reinserción en la sociedad. Según el gobierno de El Salvador, Yo Cambio empezó en 2011 como un proyecto de tratamiento dentro de un sector del penal de Apanteos en el departamento de Santa Ana[23]. En 2014, el programa Yo Cambio se relanzó como modelo de administración penitenciaria usado en todo El Salvador; sin embargo, en 2016, tenía un presupuesto exiguo[24]. Para febrero de 2018, Yo Cambio había sido replicado en 14 cárceles. Si bien hay alta demanda, persiste el problema de falta de fondos. Dos personas deportadas que se entrevistaron para este informe, que nunca habían sido imputadas por algún delito en El Salvador, tenían consigo un certificado de Yo Cambio para mostrar a los policías que pudieran acosarlas que no tenían antecedentes penales[25].

Vecindario particularmente violento / con violencia crónica

Human Rights Watch calificará como vecindarios “particularmente” violentos o con violencia “crónica” a aquellos donde suele haber un alto nivel poblacional y bajos recursos y que registran siempre (un año tras otro) índices de homicidios, delitos sexuales y otros delitos más altos que los demás vecindarios de un municipio[26] . En estos vecindarios, hay una fuerte presencia de pandillas. Consecuentemente, las autoridades y la sociedad en general perciben a estos vecindarios y a sus residentes como particularmente peligrosos, y generan un estigma del que es muy difícil desprenderse, incluso si un residente de uno de estos vecindarios se muda a otro. Actores estatales, los llamados escuadrones de la muerte o grupos de exterminio y actores privados también han cometido abusos en estos vecindarios.

Metodología

El presente informe se elaboró a partir de investigaciones realizadas por Human Rights Watch en El Salvador, México y Estados Unidos entre noviembre de 2018 y diciembre de 2019. Human Rights Watch llevó a cabo entrevistas en múltiples sesiones a más de 50 personas afectadas de manera directa, incluidas 11 personas de sexo femenino y 22 personas de sexo masculino deportadas; los familiares supérstites o amigos de dos mujeres (una de ellas transgénero) y 16 hombres asesinados luego de ser deportados; y los familiares supérstites de dos mujeres asesinadas luego de que sus esposos regresaran a El Salvador tras haber residido un extenso período en EE. UU. En algunos casos, nuestros investigadores habían hablado antes con las mismas personas entrevistadas en 2014.

En El Salvador, entrevistamos a 41 funcionarios en nueve departamentos en dependencias de la Fiscalía General de la República (FGR), el Instituto de Medicina Legal (IML) y la Policía Nacional Civil que trabajan en la escena del crimen y participan en investigaciones y audiencias relacionadas con delitos, así como otras 31 autoridades del organismo migratorio (DGME), centros de protección de niños migrantes (CANAF), las Fuerzas Armadas de El Salvador, tribunales de sentencia y oficinas de asistencia a víctimas (OLAV) en los 14 departamentos, así como investigadores, periodistas y proveedores de servicios sin fines de lucro. En Estados Unidos, entrevistamos a cerca de 30 abogados inmigratorios, tres abogados defensores y varios trabajadores sociales, trabajadores de la salud con conocimientos para la atención de traumas e investigadores en nueve estados y el Distrito de Columbia. Estos entrevistados identificaron a personas deportadas que habían sufrido daños. También analizaron otros casos que conocían, a través de su trabajo o su vida personal, de personas y familias que sufrieron daños luego de la deportación[27].

En Estados Unidos, acudimos a las personas y familias que nos refirieron personas en El Salvador y Estados Unidos, y visitamos los tres condados de EE. UU. donde es más habitual que residan personas salvadoreñas, como así también otros condados en nueve estados y el Distrito de Columbia[28]. También nos contactamos con periodistas, abogados inmigratorios, proveedores de servicios sociales y organizadores y les pedimos que se contactaran con colegas suyo y redes para identificar casos de personas que recientemente hubieran sido deportadas o hubieran sufrido un daño tras la deportación.

En este informe se incluyen casos de personas que sufrieron daños posteriores a la deportación entre 2013 y 2019[29]. En la mayoría de estos casos, el daño se produjo en el año siguiente a la deportación, y con frecuencia el mismo mes en que deportaron a las personas. A fin de evaluar daños que se agravan con el tiempo o que, por otros motivos, no se producen de inmediato (por ejemplo, debido a que la persona deportada consigue ocultarse durante un tiempo de los potenciales agresores), nuestro análisis incluye también casos en los que el daño posterior a la deportación empezó dentro de los cinco años siguientes a esta[30]. En el caso de las personas deportadas que fueron asesinadas, en la sección II hemos indicado el tiempo transcurrido entre las deportaciones y los fallecimientos. Asimismo, este enfoque abordó específicamente los perjuicios sufridos tras la deportación de EE. UU., y no de México u otros países[31] .

Entre las personas deportadas con las que hablamos había menos mujeres que hombres, principalmente porque constituyen una proporción menor de los deportados. Según estadísticas obtenidas a través de un pedido de información pública a la Dirección General de Migración y Extranjería (DGME) de El Salvador, las mujeres representaban entre el 7,7 % y el 17,1 % de todas las personas deportadas de Estados Unidos cada año entre 2012 y 2017[32]. Optamos por realizar nuestras entrevistas a niños y niñas estando presentes sus padres y, por ende, es posible que no hayamos podido conocer componentes importantes de sus experiencias vinculados con sus padres u hogares, como situaciones de violencia doméstica o abandono.

Human Rights Watch llevó a cabo las entrevistas en español e inglés, sin intérpretes, según las preferencias de las personas entrevistadas. Realizamos algunas entrevistas en EE. UU. y dos entrevistas en El Salvador mediante llamadas telefónicas o video llamadas. Todas las demás entrevistas se realizaron en forma presencial. Human Rights Watch informó a todas las personas entrevistadas sobre el objeto de la entrevista, su carácter voluntario y las formas en que la información se recopilaría y usaría. Los entrevistados aseguraron a los participantes que podían interrumpir la entrevista en cualquier momento o negarse a contestar preguntas, sin que hubiera consecuencias negativas. Todos los entrevistados expresaron verbalmente su consentimiento informado para participar. En los casos en que resultó pertinente, Human Rights Watch aportó información de contacto de organizaciones que ofrecen servicios de orientación, salud, legales u otros servicios sociales.

Las primeras sesiones de las entrevistas con personas deportados, sus familiares o amigos duraron entre una y cuatro horas y se realizaron deliberadamente de manera no estructurada, para que el entrevistado pudiera elegir qué información deseaba compartir[33]. Las sesiones siguientes fueron más breves y más estructuradas. En El Salvador y México, en general las sesiones se desarrollaron en un sector privado de un restorán elegido por la persona entrevistada que estuviera próximo a su vivienda, si bien algunas sesiones se realizaron en la vivienda o el lugar de trabajo de la persona, o mediante teléfono o medios sociales (principalmente por Facebook Messenger y WhatsApp). En EE. UU., en general las entrevistas se llevaron a cabo en la vivienda de la persona, aunque también se realizaron en centros de detención, oficinas y por teléfono.

Human Rights Watch no ofreció compensación alguna a los entrevistados por participar, aunque en algunos casos pagó comidas y gastos de transporte. Las entrevistas con otro tipo de fuentes duraron entre media hora y dos horas, y casi todas se realizaron en oficinas laborales o por teléfono. No obstante, algunas entrevistas con personas que Human Rights Watch conocía se realizaron durante una comida o un trayecto compartido.

Human Rights Watch tomó todos los recaudos a su alcance para reducir al mínimo el riesgo de que, al volver a relatar lo vivido, las víctimas de experiencias traumáticas se vieran incluso más afectadas. Además de permitir que los entrevistados determinaran la estructura de la primera sesión y entablar un trato a lo largo de varias sesiones, también controlamos algunos aspectos de lo relatado por las personas antes de volver a reunirnos con ellas.

Los nombres de todas las personas entrevistadas, incluidos funcionarios, han sido reemplazados con seudónimos para mitigar las consideraciones de seguridad o la posibilidad de represalias. Sobre todo en casos sensibles, como cuando los agresores eran actores estatales o los entrevistados estaban en proceso de huida o solicitaban asilo, también ocultamos deliberadamente los detalles sobre la fecha o el lugar donde ocurrieron los abusos y sobre las personas entrevistadas. Aunque analizamos los vecindarios donde sufrieron daños determinadas personas deportadas, se han desvinculado deliberadamente los seudónimos usados para esas personas para asegurar aún más su anonimato.

Además de las entrevistas, empleamos cuatro técnicas para identificar posibles casos de daños sufridos por personas deportadas, constatar los relatos individuales obtenidos en las entrevistas y profundizar nuestro conocimiento contextual de los vecindarios y las circunstancias relativas a la vida cotidiana de los deportados en El Salvador:

  • En primer lugar, recopilamos datos de tres organismos salvadoreños que mantienen registros sobre desapariciones, delitos sexuales y muertes violentas[34]. A través de pedidos de información pública a la Unidad de Acceso a la Información Pública de la Fiscalía General de la República[35], obtuvimos datos de los municipios sobre homicidios[36] y delitos sexuales[37] vinculados con adultos y niños, así como sobre detenciones, audiencias y condenas por estos delitos. Los datos aportados se acumularon anualmente para los años 2013 a 2018. También realizamos un seguimiento del perfil de Twitter de la FGR de El Salvador y elaboramos una base de datos con información pública sobre desaparición de niños y niñas[38]

 

  • En segundo lugar, consultamos de manera sistemática la prensa impresa salvadoreña (en español) para constatar nombres de vecindarios (incluidas las variaciones ortográficas, cuando fue necesario) donde vivían o adonde habían huido los entrevistados, y accedimos a más de 22.000 artículos que sirvieron de base para nuestro análisis. Los resultados pertinentes fueron analizados rápidamente y luego leímos y analizamos artículos relevantes que describían hechos de violencia u otros aspectos de la vida en los vecindarios relevantes para las experiencias de los deportados (y otros residentes). Estos datos presentas restricciones extremas[39]. Sin embargo, sí nos permitieron identificar temas en la dinámica de los vecindarios, como incidentes de violencia, historias que muestran las dificultades económicas que hay allí, delitos consumados, víctimas, victimarios y acciones estatales. Contar con estos datos adicionales facilitó las preguntas cronológicas durante sesiones de entrevistas posteriores. 

 

  • En tercer lugar, buscamos los términos “deportada/o” en decisiones digitalizadas de 24 tribunales de sentencia de El Salvador. Entre las 260 decisiones obtenidas de tribunales de sentencia[40], identificamos 18 que documentaban daños a personas deportadas desde Estados Unidos en ocho departamentos salvadoreños, pero solamente siete documentaban daños sufridos en 2013 o en una fecha más reciente. Obtuvimos una decisión más correspondiente al año 2018 solicitándola personalmente al tribunal.

 

  • En cuarto lugar, buscamos los términos “deportada/o” en 14 medios de noticias salvadoreños (todos en español). Entre los 3767 artículos obtenidos[41], detectamos 288 publicados en 13 medios salvadoreños y cinco medios internacionales o estadounidenses que informaban sobre abusos contra personas deportadas. Entre estos, identificamos 219 artículos que describían el asesinato de 106 personas deportadas de Estados Unidos. Las muertes ocurrieron entre enero de 2013 y septiembre de 2019 en la totalidad de los 14 departamentos salvadoreños[42] .

Al describir nuestros hallazgos a través de estas distintas fuentes, usamos el término “identificamos” para los casos que se ubicaron a través de búsquedas en la prensa; y los términos “investigamos” o “documentamos” para casos que conocimos a través de entrevistas que tuvieron un impacto directo en personas, que se corroboraron con otras fuentes como decisiones de tribunales, penales, información en la prensa o entrevistas con funcionarios.

Por último, Human Rights Watch recopiló datos de la Dirección General de Migración y Extranjería (DGME) de El Salvador sobre deportaciones. A través de pedidos de información pública a la Unidad de Acceso a la Información Pública de la DGME, obtuvimos datos sobre deportaciones en el período entre 2012 y 2017 con respecto a todos los países, y solamente sobre México y Estados Unidos para el año 2018, en función del municipio de nacimiento y residencia de niños, niñas y adultos[43]. No obstante, estos datos no contienen información sobre las experiencias de las personas deportadas después de su regreso a El Salvador. Hay diversas organizaciones gubernamentales y no gubernamentales, nacionales e internacionales, que dan seguimiento a lo que ocurre a los salvadoreños deportados, incluida su victimización en delitos u otros daños presuntamente sufridos. Esto imposibilita obtener una muestra total o representativa de casos de personas deportadas que sufrieron daños luego de volver a El Salvador[44].

I. Antecedentes

Situación de los derechos humanos en El Salvador

El Salvador, con apenas más de seis millones de ciudadanos, presenta uno de los índices de homicidios más elevados a nivel mundial[45] , además de miles de casos de personas con paradero desconocido y delitos sexuales desde 2013, según datos de la Unidad de Acceso a la Información Pública de la Fiscalía General de la República de El Salvador. Históricamente, las autoridades estatales no han sido eficaces en proteger a la población frente a esta violencia, que a menudo es perpetrada por pandillas.

A su vez, miembros de las propias fuerzas de seguridad salvadoreñas han sido responsables de ejecuciones extrajudiciales, agresiones sexuales, desapariciones forzadas y hechos de tortura. La impunidad es generalizada. Por ejemplo, las investigaciones llegaron a la etapa de audiencia en apenas 14 de 48 casos relacionados con 116 ejecuciones extrajudiciales perpetradas entre 2014 y 2018 que examinó la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH) de El Salvador. En dos casos se dictaron condenas[46]. A lo largo de los años, distintos gobiernos de El Salvador han movilizado a unidades militares junto a la policía en operativos de seguridad pública[47], pese a que esto se prohibió en un acuerdo de paz alcanzado en 1992[48]. Los medios de comunicación también han informado ampliamente que el actual director de la policía nacional está siendo investigado por amenazas y nexos con el narcotráfico y grupos de exterminio[49] .

Tan solo en 2019, El Instituto de Derechos Humanos de la Universidad Centroamericana recibió siete señalamientos de que miembros de unidades de policía de elite salvadoreñas quemaban a víctimas[50] . Por ejemplo, en marzo de 2019, agentes de la Sección Táctica Operativa golpearon, estrangularon, vendaron y esposaron a un joven de 20 años en una plantación de caña de azúcar en el municipio de Apopa, a quien consideraban que formaba parte de una pandilla o que ocultaba armas o drogas, y quemaron la plantación donde lo dejaron inconsciente. Logró escapar del fuego con quemaduras en el rostro y en los pies[51]. Víctimas o testigos de ocho arrestos arbitrarios en dos incidentes ocurridos en 2019 y fines de 2018 contaron a Human Rights Watch acerca de golpizas en dependencias policiales[52].

En agosto de 2019, el Monitor del Uso de la Fuerza Letal informó que policías y soldados salvadoreños mataron a 1626 personas entre 2011 y 2017, incluidos 48 niños, 4 mujeres y 355 hombres en 2017[53]. Cada año, las autoridades registraron a más del 92 % de las víctimas como miembros de pandillas y casi todos los incidentes como “enfrentamientos” o “tiroteos”. Sin embargo, también en agosto 2019, la PDDH informó que había estudiado las muertes de 28 niños varones, siete mujeres y 81 hombres y determinó que apenas algunas eran resultado de enfrentamientos[54].

Hasta octubre de 2019, las cárceles, los centros de detención de menores y las prisiones de adultos del país mantenían a 45 439 personas bajo custodia, más del doble de la capacidad oficial, según la base de datos en línea World Prison Brief[55]. El IML registró 14 casos de homicidios en dependencias policiales y centros de detención en 2018[56] . Un funcionario contó a Human Rights Watch que otros 10 detenidos habían muerto debido a condiciones de calor extremo. Dos internos dijeron que había tuberculosis en las cárceles de El Salvador[57]. Uno de estos internos y un tercer interno contaron a Human Rights Watch que los funcionarios no proporcionaban alimentos, productos de higiene ni medicamentos suficientes y que, en aparentes episodios de uso excesivo de la fuerza, los golpeaban y aplicaban gas pimienta durante los registros en las prisiones[58].

Pandillas

En El Salvador, las pandillas ejercen el control territorial de algunos vecindarios y extorsionan a residentes en todo el país. Reclutan por la fuerza a niños y niñas. Agreden sexualmente a personas determinadas por motivos de género o por su orientación sexual o identidad de género real o percibida. Las pandillas matan, secuestran, violan sexualmente u obligan a desplazarse a quienes les oponen resistencia. Muchas de las personas secuestradas son luego halladas muertas o no se vuelve a saber de ellas. Según estimaciones no verificadas que cita la Relatora especial de la ONU sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias, se cree que aproximadamente 60 000 miembros de pandillas operan en alrededor 247 de los 262 municipios del país. Las pandillas controlan los límites de sus territorios y extorsionan y vigilan a residentes y personas que circulan, sobre todo en el transporte público, escuelas y mercados. La prensa ha informado sobre presuntas colaboraciones de funcionarios electos y de seguridad con pandillas en acciones delictivas, y según lo señalado por la relatora especial de la ONU, que no ha sido fundamentado, todos los partidos políticos habrían negociado con pandillas[59].

Desapariciones, secuestros y personas con paradero desconocido

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) informó en diciembre de 2019 que la FGR registró 3289 personas que “desparecieron” en 2018 y 3030 en 2019[60]. Según la CIDH, las víctimas dijeron que, en ocasiones, no pueden presentar denuncias sobre familiares con paradero desconocido, y que por lo general enfrentan demoras en las investigaciones, como por ejemplo la falta de respuesta durante las primeras horas siguientes a una desaparición, que son críticas.

Entre 2010 y agosto de 2019, la policía ha registrado más de 10 800 víctimas con paradero desconocido, una cifra mayor a las entre 8000 y 10 000 personas que se estima que desaparecieron durante la guerra civil (1979-1992), según se indica en los medios[61]. Debido a que se investigan muy pocos casos, lo que se sabe sobre los responsables es limitado[62]. Es probable que estas cifras incluyan presuntos secuestros por parte de bandas delictivas o autoridades estatales y otros casos de personas que han desaparecido en circunstancias no aclaradas.

Acoso y violencia contra mujeres y personas LGBT

Una encuesta de alcance nacional realizada en 2017 concluyó que el 67 % de las mujeres en El Salvador sufrieron violencia en algún momento de sus vidas[63] , y el país presenta los índices de “feminicidio”, incluidas las muertes por violencia doméstica, más altos de la región[64] . A pesar de algunas iniciativas de reforma, como los tribunales especializados para la mujer y las unidades exclusivas en la Fiscalía General de la República, continúa habiendo obstáculos importantes para las mujeres que intentan acceder a protección policial, investigaciones o justicia a través de los tribunales[65] .

Las personas lesbianas, gais, bisexuales y transgénero (LGBT) que son deportadas de Estados Unidos a El Salvador tienen altas probabilidades de enfrenten amenazas específicas. Las investigaciones de Human Rights Watch han detectado que las personas LGBT en El Salvador suelen ser rechazadas por sus familias, lo que implica que muchas no tendrían apoyo familiar durante el proceso de reintegración. En reiteradas ocasiones, salvadoreños LGBT, tanto en El Salvador como en Estados Unidos, han contado a Human Rights Watch que habían sido atacados por pandillas debido a su orientación sexual o identidad de género, y que algunas personas LGBT eran sometidas a violencia sexual y extorsión debido a la percepción sobre su vulnerabilidad[66] . Varios salvadoreños LGBT también informaron haber sufrido golpizas o agresión sexual por parte de policías[67]. En enero de 2019, Camila Díaz Cordova, una mujer transgénero deportada de Estados Unidos, murió a causa de una violenta golpiza. En julio, la FGR acusó a tres policías por su secuestro y homicidio agravado. La causa seguía en trámite al momento de redacción de este informe. En el lapso de un mes, a fines de 2019, tres mujeres transgénero y un hombre gay fueron asesinados en El Salvador en circunstancias que llevaron a activistas a presumir que se trató de delitos motivados por el odio[68].

Leyes estadounidenses que afectan a los solicitantes de asilo, refugiados y otros migrantes salvadoreños

Los ciudadanos salvadoreños que no tienen ciudadanía estadounidense ni son indocumentados tienen alguno de los diversos tipos de estatus legal, ninguno de los cuales los protege completamente de la deportación. En la sección VI se analizan con mayor detalle esos diversos tipos de estatus, y el grado en que las leyes estadounidenses que los contemplan se ajustan a las normas internacionales de derechos humanos y sobre refugiados.

Según datos del censo de EE. UU. de 2017 analizados por el Instituto de Política Migratoria (Migration Policy Institute)[69], en Estados Unidos viven alrededor de 1,2 millones de personas sin ciudadanía estadounidense cuyo país de nacimiento es El Salvador. Estas personas, a su vez, se dividen en cuatro categorías legales principales.

- En primer lugar, alrededor de 665 000 salvadoreños viven en Estados Unidos con un estatus legal no autorizado, lo que significa que en cualquier momento podrían ser arrestados y deportados del país. Durante los procedimientos de deportación, técnicamente tendrían la posibilidad de plantear el temor a sufrir persecución o tortura como defensa contra la expulsión. Sin embargo, en la práctica, es sumamente difícil hacerlo con resultado satisfactorio.

- En segundo lugar, aproximadamente 340 000 salvadoreños viven en Estados Unidos como residentes legales permanentes. Estas personas tienen permiso para trabajar y construir sus vidas en Estados Unidos, pero si son condenadas por alguno de una larga lista de delitos (incluidos delitos no violentos relacionados con drogas o infracciones de tránsito que, por lo general, se consideran contravenciones), estarían sujetas a deportación conforme a procedimientos que restringen considerablemente la posibilidad de plantear como objeción a la deportación el temor a sufrir persecución al regresar al país. Si bien podrían expresar el temor a sufrir torturas en El Salvador, de hecho el estándar de tortura es más difícil de cumplir que el estándar de “temor a persecución”.

- En tercer lugar, otros 195 000 salvadoreños tienen protección temporal contra la deportación debido a que son beneficiarios del Estatus de Protección Temporal (Temporary Protected Status, TPS), un programa que estableció el Congreso de EE.UU. para los salvadoreños luego de que el país sufriera dos terremotos devastadores en 2001. Si bien el gobierno de Trump decidió poner fin al TPS en septiembre de 2019[70], una medida cautelar evitó que la finalización entrara en vigencia. En consecuencia, el gobierno de Trump extendió la autorización de trabajo asociada con el TPS hasta enero de 2021, sin extender el TPS más allá de enero de 2020[71]. Si en los tribunales de apelación se levanta la medida cautelar, los salvadoreños que han gozado de la protección del TPS estarán sujetos a deportación. Debido a la falta de recursos, asesoramiento legal, temor o por otros motivos, algunos salvadoreños no han vuelto a registrar su estatus de protección temporal, lo que convierte su estatus en el de no autorizados. Durante los procedimientos de deportación, en teoría los exbeneficiarios del TPS tendrían la posibilidad de plantear su temor de sufrir persecución u otros tipos de daños como defensa frente a la deportación. Sin embargo, en la práctica, esto es muy difícil de conseguir.

- En cuarto lugar, alrededor de 25 600 salvadoreños han vivido en Estados Unidos con permiso temporal para permanecer en incrementos de dos años conforme al programa de Prórroga de Procedimientos Migratorios para Personas Llegadas en la Infancia (Deferred Action for Childhood Arrivals, DACA), que comenzó en 2012, pero al que el gobierno de Trump puso fin en septiembre de 2017. El estatus concedido por la DACA se ha mantenido a través de resoluciones judiciales temporales. Sin embargo, al momento de la redacción de este informe, la Corte Suprema estaba analizando la decisión del gobierno de Trump de poner fin al programa, lo cual generaba un temor legítimo a la posibilidad de deportación entre los beneficiaros de la DACA. Debido a la falta de recursos, asesoramiento legal, temor u otros motivos, algunos salvadoreños no han vuelto a registrar su estatus de protección temporal, lo que convierte su estatus en el de no autorizados. Durante el procedimiento de deportación, los exbeneficiarios de la DACA en teoría podrían plantear su temor a ser perseguidos o sufrir otros tipos de daños como defensa frente a la deportación; pero en la práctica, esto es muy difícil de conseguir.

II. Personas deportadas que son asesinadas

Como parte de la investigación para este informe, Human Rights Watch identificó o investigó 138 casos de personas que fueron asesinadas entre 2013 y 2019 tras ser deportadas de Estados Unidos[72] . Los altos índices de homicidios de El Salvador (además de muchos otros tipos de daños), y el hecho de que se ha informado públicamente sobre estos casos a lo largo del tiempo, han puesto en conocimiento al gobierno de Estados Unidos y a sus funcionarios de inmigración. No obstante, cada día, funcionarios y jueces de inmigración estadounidenses hacen caso omiso de la realidad de que personas deportadas por Estados Unidos a El Salvador han perdido la vida, a menudo a manos de sus agresores originales o de personas sobre quienes tenían un temor legítimo de que pudieran hacerles daño en el futuro. En varios de los casos que investigamos para este informe, dicha persecución era evidente.

En otros casos, el gobierno estadounidense deporta a personas a un país con niveles de violencia tan significativos que existe un riesgo real de que los deportados enfrenten graves amenazas contra su vida o integridad física. Debido a que el actual derecho de asilo estadounidense no ofrece “protección complementaria” que proteja a las personas que enfrentan estas amenazas graves de violencia, Human Rights Watch insta al Congreso de Estados Unidos a adoptar tal estándar (analizado en mayor profundidad más adelante en la sección VII). Incluso sin dicho estándar, los salvadoreños sujetos a deportación deberían tener una oportunidad genuina de describir los riesgos que enfrentaría al volver y de que esa información se tome en cuenta antes de ser enviados de regreso a El Salvador[73] . Las muertes descritas en esta sección, asimismo, representan tan solo una pequeña fracción del problema; como se detalla en secciones posteriores, además de la posibilidad de muerte, las personas deportadas a El Salvador se enfrentan una amplia variedad de violaciones de derechos humanos.

Pandilleros o expandilleros que son asesinados por pandillas

Según las autoridades salvadoreñas, los deportados expuestos al mayor riesgo de daño son presuntos miembros y exmiembros de pandillas, y aquellos que se presume que tienen vínculos con pandillas[74] . Estos presuntos miembros y exmiembros de pandillas en ocasiones son asesinados por las mismas pandillas a las que pertenecen u otras rivales (en algunos casos los responsables también son actores estatales o escuadrones de la muerte, como se explica más adelante). La condición de pandillero que la prensa, la policía u otros observadores atribuyen a una persona deportada puede ser cierta o no.

Según surge de las descripciones de asesinatos de personas deportadas a manos de pandillas que constan en presentaciones judiciales y en información publicada por la prensa, un deportado podría ser asesinado por su propia pandilla si no “reactiva” su vínculo con la pandilla una vez en El Salvador[75], por pugnas de poder dentro de la pandilla[76], por cometer delitos como robos[77] o por tener comportamientos llamativos que exponen a la pandilla a la atención pública[78]. Las pandillas al parecer matan a miembros de bandas rivales o a personas que suponen que pertenecen a tales bandas, por vivir o circular en su zona[79], incluidos los casos de una persona que se dedicaba a evangelizar tras dejar atrás la vida como miembro de una pandilla[80] y otra que había sido deportada poco tiempo antes[81].

Miembros o exmiembros de pandillas deportados que son asesinados por actores estatales

Diversos actores estatales, como policías u otras autoridades de aplicación de la ley, habrían matado a personas deportadas que presuntamente eran pandilleros o expandilleros, según sostienen familiares, periodistas y académicos que hablaron con Human Rights Watch[82]. Mediante entrevistas con personas directamente afectadas y testigos, tomamos conocimiento de varios de estos casos. Por ejemplo:

Enrico X. contó a Human Rights Watch en 2019 que su primo, Luis Y., exmiembro de una pandilla que entonces se llamaba B-18, intentó dejar la pandilla escapando a Estados Unidos, pero luego de ser deportado de este país en 2016 o en 2017, según Enrico, policías en El Salvador mataron a Luis. Enrico nos contó sobre esto:

Después de que fue deportado de nuevo a El Salvador, un día [Luis] estaba desayunando y la policía se presentó en su casa y lo mató con un disparo en la cabeza. El policía señaló: “Te dije que tarde o temprano iba a matarte”, le puso un arma en la cabeza y le disparó ahí mismo frente a una vecina que siempre le preparaba las comidas. También otros vecinos fueron testigos de esta agresión armada[83].

Enrico contó a Human Rights Watch que en 2018 la policía le disparó a otro joven deportado de Estados Unidos frente a su vivienda. “Se sabía que lo habían deportado de EE. UU.”[84]. Una declaración jurada presentada por Enrico en su proceso de asilo y aplazamiento de deportación ofrece más detalles:

No sé el nombre real del joven, pero todos en el pueblo lo llamaban “Roberto M.”... Escuché un disparo y un ruido... Me agaché y vi a dos policías correr hacia donde estaba [él], que yacía tirado en la calle frente a mi propiedad. Roberto había estado andando en bicicleta antes de que le dispararan. Los dos policías lo levantaron y se lo llevaron. Vi que [lo] llevaron a una plantación de caña de azúcar. Al mismo tiempo en que esto estaba sucediendo, pasó una motocicleta de la policía. No vi adónde [lo] llevaron una vez que entraron en la plantación. Tenía mucho miedo y rápidamente fui a mi casa y cerré la puerta. Poco después de esto, se presentó un policía golpeando a mi puerta y gritándome que saliera. Salí y acto seguido me puso un arma en la cabeza y dijo: “Sé que viste”. Reconocí al policía por la cara. Lo había visto patrullar mi calle muchas veces con anterioridad, con otros policías rurales... El agente me trató con mucha agresividad, y me preguntó quién más estaba en la casa conmigo... El policía me explicó que Roberto era miembro de la pandilla B-18 y que si yo decía algo de lo que había visto, me ocurriría lo mismo o algo peor... Todos los días posteriores [a eso], los mismos policías rurales venían a mi casa y llamaban a mi puerta... Golpeaban la puerta y me gritaban obscenidades, exigiendo que saliera[85].

Nuestras investigaciones indican que funcionarios salvadoreños suelen suponer que las personas deportadas de Estados Unidos son miembros activos de pandillas y que fueron condenados por delitos violentos mientras estaban en ese país[86] . También pueden optar por perseguir a deportados específicos en función de información transmitida por Estados Unidos mediante INTERPOL. Tres delegaciones departamentales de la policía dijeron a Human Rights Watch que reciben listas de deportados que se presume que son miembros de pandillas y que distribuyen esas listas en todo el departamento, incluso en puestos vecinales de los lugares donde los deportados indican que tienen intención de vivir[87] . Un policía de rango explicó a Human Rights Watch: “El ICE se comunica con INTERPOL antes de los vuelos de deportación y se nos envían listas de personas con una orden de captura [una Notificación Roja de INTERPOL] a las oficinas departamentales, [aunque] la mayoría de las personas de la lista son capturadas en el aeropuerto”[88]. La policía luego vista los lugares indicados. Este policía señaló: “Creemos que si a una persona no la quieren en Estados Unidos, debe ser porque el deportado es una mala persona”[89] .

Es posible que la vigilancia policial de tales personas sea una actividad legítima que favorezca la seguridad pública. Por otro lado, aunque una persona sea miembro activo de una pandilla o haya cumplido una pena por un delito violento en Estados Unidos y se sospeche que está implicado en otras actividades delictivas en El Salvador, el uso ilegítimo de la fuerza por parte de las autoridades de aplicación de la ley nunca está justificado. La participación de agentes de seguridad en ejecuciones extrajudiciales y uso excesivo de la fuerza suele estar asociada con iniciativas del gobierno para contrarrestar a las pandillas, tal como lo informaron la Relatora especial de la ONU sobre las ejecuciones extrajudiciales en su informe de 2018 sobre El Salvador, y el Monitor del Uso de la Fuerza Letal y la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos de El Salvador en 2019[90].

Personas deportadas que son asesinadas sin tener vinculación aparente con pandillas

En algunos casos, las víctimas deportadas al parecer no tenían vínculos con pandillas, pero no obstante fueron asesinadas en circunstancias que sugieren que los responsables fueron miembros de pandillas. Por ejemplo, varios de los casos que se describen a continuación, identificados a través de noticias de la prensa, hacen referencia a que las víctimas no habían pagado pedidos extorsivos o a que tenían tatuajes no relacionados con pandillas como posibles motivos de los asesinatos.

  • Carlos Alberto Garay, de 43 años, fue asesinado mientras conducía su camioneta en Usulután. En un artículo de prensa se informó que fue interceptado por dos hombres, que le efectuaron varios disparos y luego huyeron del lugar a pie, según fuentes policiales. Vecinos de Garay dijeron a los periodistas que había sido deportado varios meses antes de Estados Unidos, y que sabían que Garay estaba siendo extorsionado por pandillas y que su familia había recibido amenazas. El artículo no indicaba que Garay fuera una persona que tuviera nexos con pandillas[91].
  • Mario Enrique Sandoval Gómez, de aproximadamente 30 años, murió abatido por disparos en su vivienda el 29 de junio de 2017. Los agresores fueron dos personas que lo convencieron de que abriera la puerta simulando ser policías. Según trascendió en la prensa, no se sospechaba que Sandoval Gómez tuviera vinculación con pandillas y los “tatuajes que llevaba en su cuerpo no son alusivos a estas estructuras criminales”[92] . Sandoval Gómez habría sido deportado de Estados Unidos dos años antes del incidente. Su esposa, que se encontraba en la casa la noche del homicidio, había presentado una solicitud para que pudiera volver a EE. UU., donde la pareja planeaba reunirse con los padres de ella, que ya vivían allí[93].
  • Tommy Eduardo Paiz, de 41 años, que trabajaba en un centro de atención telefónica en El Salvador, había sido deportado de Estados unidos aproximadamente un año antes de su muerte. Un familiar entrevistado por la prensa dijo de Paiz: “llegó aquí y comenzó a trabajar”[94] . El 4 de agosto de 2018, iba de camino a visitar a su pareja y a su hijo de seis meses cuando su automóvil se descompuso en el departamento de La Libertad. Paiz había llamado a un familiar ese mismo día para que le “avisen [a su pareja] que iré a casa a ver a mi pequeño”[95]. Paiz tenía en el cuerpo varios “tatuajes artísticos”. Informes de la policía indicaron que se le acercaron agresores, quienes lo golpearon con un objeto contundente en la cabeza y le dispararon varias veces en la cabeza y el abdomen[96] . Cuando lo encontraron, estaba esposado. La nota periodística no describe a Paiz como una persona que tuviera vínculos con pandillas.

Si bien la información publicada en la prensa no especulaba respecto de que las víctimas hubieran enfrentado daños previamente por parte de las mismas personas que las asesinaron, algunos entrevistados especificaron que los mismos pandilleros que persiguieron a personas antes de que huyeran de El Salvador eran responsables de matar a esas personas después de la deportación. Por ejemplo, José Miguel C., nos contó sobre su sobrino, Joaquín, quien, según él creía, no estaba involucrado en ninguna pandilla, y que había ido a Estados Unidos huyendo de amenazas de pandillas, pero que fue deportado en 2017 y asesinado por presuntos pandilleros ese mismo año. Expresó al respecto: “[Joaquín] siempre decía que [los miembros de la MS] volverían a intentar matarlo. Lo hicieron [lo mataron] el Día del Padre [en El Salvador]... Los mismos integrantes que lo mataron lo habían amenazado antes”[97].

De manera similar, un policía nos contó sobre Nicolás P., de 25 años, que en 2015 fue víctima de un intento de homicidio por parte de miembros de una pandilla. Ese mismo año migró a Estados Unidos, pero fue deportado en 2017. Según consta en un informe policial, el agente dijo: “en el día que regresó a El Salvador, llegó a la casa de su familia... A las 21:30, estuvo en casa y los mareros llegaron y lo balearon hasta la muerte”[98] .

Expolicías deportados que son asesinados por pandillas

Human Rights Watch entrevistó a dos familias que tenían varios integrantes que trabajaban en el ejército o la policía de El Salvador y que, luego de ser amenazados, huyeron a Estados Unidos con la esperanza de solicitar asilo, pero fueron posteriormente deportados y asesinados.

Adriana J. trabajaba para la policía salvadoreña. Tras ser amenazada por pandillas, huyó de El Salvador a Estados Unidos, pero según su prima Irene J., Adriana fue detenida por autoridades estadounidenses y no llegó a solicitar asilo, presuntamente porque habría sido rechazada luego de la entrevista en la que se evalúa el “temor creíble” durante el procedimiento acelerado de deportación. Irene cree que Adriana seguía detenida en Estados Unidos en 2015 y que fue deportada a El Salvador ese año o más tarde. Su certificado de defunción indica que murió en El Salvador por heridas de bala en el abdomen y el cráneo en 2017. Irene supo por su madre, que vivía cerca, que cuando se acercó al lugar de los hechos, que estaba acordonado, y habló con policías, estos le dijeron: “La mataron miembros de una pandilla. Tres balazos”[99].

Según notas periodísticas, Mauricio de Jesús Amaya había sido policía municipal en El Salvador durante 14 años. En 2017, su hermana, Gloria, murió al ser baleada cuando circulaban juntos en una motocicleta en el vecindario El Vado del municipio de Nueva Concepción en el departamento de Chalatenango. Mauricio cree que, en realidad, él fue el blanco del ataque. Veinte días después, él y su familia, incluido su hermano, Santos Amaya, quien también trabajaba para la policía municipal, huyeron de El Salvador y llegaron a Estados Unidos aproximadamente 10 días más tarde[100]. Santos, que había recibido amenazas de muerte de miembros de una pandilla que atacaba específicamente a policías en el municipio donde vivía la familia, fue deportado de EE. UU. en abril de 2018, y asesinado ese mismo mes[101].

Jacinto K.

Human Rights Watch entrevistó a Jacinto K. tras haber entrevistado primero a su hijo Óscar K., que en ese momento tenía 15 años, en El Salvador, en abril de 2014.

En diciembre de 2011, las autoridades estadounidenses habían ordenado la expulsión de Jacinto y su esposa. A fin de evitar quedar alcanzados por la prohibición permanente de regresar al país que establecen las leyes estadounidenses, decidieron irse “voluntariamente”. Jacinto y su esposa tuvieron que pedir prestado dinero para pagar los boletos de avión de la familia (tenían tres hijos, Óscar, que en 2014 tenía 15 años, una hija más pequeña y un hijo con ciudadanía estadounidense). Jacinto nos contó que tras el regreso de la familia a El Salvador:

“Pensé que comenzar un pequeño negocio [en un sector rural de la Zona Centra de El Salvador] era nuestra mejor opción para pagar el préstamo rápido. Desafortunadamente, la MS comenzó a cobrarme una renta poco después de abrir. No he podido devolver el préstamo, apenas puedo mantener a mi familia y me preocupa no poder seguir pagando la renta[102].

En el momento de nuestra entrevista, Jacinto subestimó el poder de la MS en la zona, y nos dijo que se sentía relativamente seguro. Sin embargo, dos semanas después de nuestra entrevista, Jacinto murió abatido por disparos a plena luz del día en un espacio público de su localidad.

Antes de la muerte de su padre, cuando un investigador de Human Rights Watch mantuvo una entrevista con Óscar K, este le dijo: “Podemos hablar en inglés. Es algo que extraño”[103]. Contó que quería regresar al Medio Oeste de Estados Unidos, donde vivió desde 2003 hasta 2011, para terminar la escuela secundaria.

Óscar dijo que acababa de terminar noveno grado en la escuela pública de su vecindario en El Salvador. Además de que las clases no presentaban ningún desafío, nos dijo: “No me siento seguro. Solo salgo de casa para ir y venir de la escuela. Aun así, para ir hasta allí, tengo que pasar caminando por la zona del vecindario donde está la Mara Salvatrucha. Me insultan y amenazan con matarme si no me uno a la mara”[104].

Después de que su padre fue asesinado, Óscar se separó de su madre y sus hermanos y cada uno se trasladó a una parte distinta del país en busca de seguridad. Según contactos posteriores que mantuvimos con Óscar[105], la pandilla ha conseguido encontrar a cada uno de ellos en sus nuevos lugares de residencia dentro del país, y al momento de redacción de este informe Óscar, su madre y sus hermanos se habían mudado al menos una vez más cada uno.

Datos sobre personas deportadas que son asesinadas

Para este informe, identificamos o investigamos 138 casos de personas asesinadas tras ser deportadas de Estados Unidos entre 2013 y 2019. La mayoría de estas personas murieron entre algunos días y dos años después de regresar a El Salvador. De los 106 casos informados en 219 artículos de los medios de comunicación salvadoreños[106], 81 deportados murieron después de estar en el país durante un año o menos, y otros 15 deportados fueron asesinados tras estar entre 13 meses y dos años en el país. Catorce deportados fueron asesinados a menos de una semana de su regreso, y tres de ellos murieron durante las primeras 24 horas que pasaron en El Salvador.

Eliminamos de nuestro recuento definitivo muchos casos de deportados presuntamente asesinados entre 2013 y 2019, debido a que murieron más de cinco años después de su deportación o después de un período desconocido tras su deportación[107]. Con respecto a todas las personas deportas asesinadas, nos concentramos solo en personas deportadas desde Estados Unidos[108] . A su vez, de los 138 casos incluidos, el primer año de deportación fue 2010 (este fue el año de deportación de una persona asesinada en 2013, de otra asesinada en 2014 y de dos personas asesinadas en 2015).

Además de los casos identificados a través de los medios de comunicación, documentamos cinco casos de personas deportadas que fueron asesinadas entre 2013 y 2019 al consultar documentos judiciales de tribunales de sentencia penal de El Salvador. En 14 casos en el mismo período, tomamos conocimiento del asesinato de personas deportadas a través de entrevistas con familiares de las víctimas[109]. Documentamos 23 casos en entrevistas con autoridades. En todos estos casos, procuramos corroborar el asesinato y las circunstancias del caso de la persona deportada con otras fuentes. El gráfico a continuación ilustra la corroboración que pudimos llevar a cabo.

Entre las 219 notas en la prensa sobre asesinatos de 106 deportados, Human Rights Watch identificó casos de seis personas deportadas asesinadas entre 2013 y 2019 en los que se mencionaba a autoridades estatales o se señalaba a escuadrones de la muerte como los presuntos autores[110] . En dos casos en una zona rural aislada donde miembros de pandillas o autoridades habían evitado anteriormente el ingreso de la prensa (y donde se había documentado que policías habían cometido ejecuciones extrajudiciales desde 2013), existían sospechas de que la Policía Rural era responsable de los asesinatos[111]. En la gran mayoría de los asesinatos, los presuntos autores eran actores privados[112] . En solo tres casos identificados a través de búsquedas en los medios de comunicación[113]–en los que entre una y otras tres personas fueron asesinadas al mismo tiempo— se dejaba abierta la posibilidad de que el deportado no hubiera sido el blanco del ataque letal.

La contabilización de asesinatos de personas deportadas probablemente es inferior al número real

En el Salvador, los datos sobre homicidios son informados periódicamente por las autoridades policiales[114] . Sin embargo, consideramos que nuestro recuento de 138 personas asesinadas tras la deportación de EE. UU. a El Salvador entre 2013 y 2019 representa una cantidad significativamente menor que las cifras reales por dos motivos. En primer lugar, por lo general la victimización específica de deportados no se registra en la información forense, gubernamental o en los medios. Entre las víctimas que sí denuncian lo ocurrido, el protocolo no requiere que las autoridades pregunten su condición migratoria[115] .

Todos los periodistas de homicidios entrevistados para este informe afirmaron que, en general, se basaban en fuentes policiales para determinar si una víctima fue deportada de Estados Unidos. La policía reconoció a Human Rights Watch que no siempre consultan la base de datos correspondiente para saber la condición migratoria de una víctima. En efecto, dijeron a Human Rights Watch que solo lo hacen cuando la víctima no tiene documentos o tiene tatuajes[116] . En informes sobre los asesinatos de 53 hombres deportados se incluían dichos de la policía a la prensa respecto de que la víctima no tenía documentos de identidad o que era miembro de una pandilla; estaba vinculada a pandillas; era un ladrón; consumía drogas o estaba relacionada con algún otro tipo de delito (incluidas 13 de ellas que tenían tatuajes)[117].

No hay requisito obligatorio de que la Fiscalía General de la República (FGR) de El Salvador recabe información sobre la condición migratoria en sus investigaciones, incluso en las de homicidios[118]. Un fiscal explicó el razonamiento de su fiscalía a Human Rights Watch en los siguientes términos: “Vemos delitos y no le damos importancia a esto [a la condición migratoria]. No es relevante”[119]. Un investigador de otro departamento también señaló que la condición migratoria era irrelevante para su fiscalía, “a menos que la persona lo solicite”[120] . Autoridades salvadoreñas también nos dijeron que existe una fuerte estigmatización asociada con la deportación, lo que dificulta que las víctimas o sus familiares la reconozcan espontáneamente. Por ejemplo, un jefe de Policía manifestó a Human Rights Watch: “El deportado es estigmatizado”.[121] Asimismo, un médico forense nos dijo que ninguna de las personas que sufrieron daños tras su deportación, o sus seres queridos supérstites en casos de desaparición o asesinato, querían mencionar inicialmente la condición migratoria de la víctima como deportada, porque “No siempre se identifican a sí mismos… Muchas veces, creo que es por el estigma, que sufrirían al decirlo”[122].

Asimismo, Human Rights Watch documentó tres casos entre 2013 y 2018 que muestran cómo la identidad de una víctima como deportado puede no ser registrada a menos que posea una característica estigmatizante, como tener tatuajes, ser miembro de una pandilla o ser un hombre de entre 15 y 39 años[123] . La prensa no mencionó en ninguno de estos tres casos que la víctima hubiera sido deportada de Estados Unidos. Ninguno de los tres tenía tatuajes, y dos eran hombres de mediana edad; tal vez esto explica por qué la policía no verificó su condición migratoria en las bases de datos pertinentes o por otros medios.

El segundo motivo por el que consideramos que los 138 casos de asesinatos no reflejan las cifras reales es que es muy probable que no se contabilicen completamente ciertas categorías de casos de homicidios —independientemente de que se trate de una persona deportada o no—, incluidos los casos sobre (1) víctimas mujeres, (2) personas con documento de identidad (porque es menos probable que se las identifique como deportadas), (3) personas sin tatuajes, (4) personas asesinadas en lugares donde es más probable que los delitos no se denuncien, incluidos vecindarios particularmente violentos, zonas rurales aisladas y zonas donde las pandillas o las autoridades no permiten el ingreso de periodistas, (5) víctimas LGBT y (6) personas asesinadas mientras estaban bajo la custodia de autoridades salvadoreñas[124] .

Al parecer, policías, otros funcionarios salvadoreños y periodistas tampoco han podido determinar la condición migratoria de mujeres víctimas de homicidio. No pudimos encontrar notas en los medios de comunicación sobre el asesinato de deportadas cisgénero (no transgénero), ni siquiera en el caso de una expolicía que documentamos a través de nuestra entrevista con familiares supérstites, que fue asesinada tras su deportación de Estados Unidos[125] . No obstante, varias autoridades y personas afectadas de manera directa nos contaron sobre mujeres que fueron asesinadas después de ser deportadas[126] . Por ejemplo, un funcionario forense recordó varios casos de mujeres asesinadas tras la deportación solamente en un departamento donde trabaja:

Sí, hay mujeres entres estas [que fueron deportadas y asesinadas] …. Siempre por la pandilla, por el mismo fenómeno por el que huyeron. Se convirtió en sujeto de ellos y no pudo librarse. Si está con otro [hombre], incluso [uno] de la [misma] pandilla, la matan. Aunque él esté en prisión, podrían matarlos a ambos [ella y él][127].

III. Otros daños que enfrentan los deportados

Durante la investigación que realizamos para este informe, hemos escuchado muchos testimonios desgarradores de personas a las que se infligieron gravísimos abusos tras ser deportadas de Estados Unidos. A menudo, se trató de los mismos abusos por parte de los mismos agresores de los que los deportados intentaron escapar cuando huyeron a Estados Unidos, para luego ser devueltos directamente a la violencia a la que temían en un principio. El ciclo de abuso y huida es crónico, y muchos deportados sienten que es una situación de la que no pueden escapar. Dados los horrores que han experimentado, no nos sorprendió que estas personas con frecuencia intentaran volver a escapar.

En una proporción incluyo mayor que la de asesinatos de personas deportadas, los casos en que deportados fueron atacados por pandillas u otros actores, desaparecieron, fueron obligados a esconderse, y sufrieron agresión sexual y torturas ciertamente son muchos más de los que hemos podido documentar[128]. Muchos delitos que no son homicidios no se denuncian y, por lo tanto, no se documentan en El Salvador[129].Por ejemplo, una encuesta sugiere que en 2018 se denunciaron menos del 5 % de los delitos sexuales ante las autoridades salvadoreñas[130]. Otros delitos menos graves que el homicidio no se denuncian a las autoridades, pocas veces se investigan o se juzgan y, en parte a raíz de la ausencia de rendición de cuentas pública con respecto a estas categorías de delitos, no se informan en los medios de comunicación salvadoreños. Como se analizó en la sección anterior, la victimización de los deportados en particular prácticamente no se documenta en el país, debido en parte a que no existe el requisito de que las autoridades de aplicación de la ley obtengan la condición migratoria de las víctimas, y también porque las víctimas y sus familiares suelen no informar la condición de la víctima como persona deportada.

Desapariciones

No es común que se publiquen en la prensa de El Salvador notas sobre casos particulares de desapariciones[131]. Si una víctima es asesinada, es posible que su cuerpo nunca se encuentre, y si una víctima está viva, puede desconocerse su paradero. Cuando se encuentra el cuerpo de una víctima, a menudo ha pasado mucho tiempo para que la prensa salvadoreña muestre interés. Una práctica de seguridad común entre los periodistas salvadoreños es no informar sobre acontecimientos en sus propios vecindarios. No resulta sorprendente, entonces, que dos periodistas nos hayan contado sobre el caso de un deportado desaparecido del que no habían informado en 2018, uno porque que el incidente ocurrió en su vecindario y otro porque tenía otros incidentes para informar el mismo día que interesaban más a los editores[132].

Aun así, pudimos identificar 18 incidentes diferentes (entre 2013 y 2019, en los cuales la desaparición ocurrió dentro de los cinco años o menos de la deportación) relacionados con desapariciones de deportados de Estados Unidos: al menos una mujer y cuatro hombres[133], junto con 13 hombres que desaparecieron o fueron secuestrados antes de que se los encontrara asesinados[134].

En un caso separado, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) otorgó medidas cautelares (medidas que la comisión adopta tras revisar pruebas que indican un riesgo inminente de daño irreparable a una persona) a favor de un hombre de 18 años deportado de EE. UU. en septiembre de 2017, que fue llevado de su casa en enero de 2018 por “muchachos”, y a quien no se lo ha visto desde entonces[135].

También hablamos con un investigador del IML que dijo tener conocimiento de “personas deportadas que desaparecieron”, y un segundo investigador del IML que coincidió con esta declaración durante la misma entrevista[136].

Delitos sexuales

Informes de derechos humanos del Departamento de Estado de los Estados Unidos (United States Department of State, USDOS) sobre El Salvador correspondientes al período entre 2013 y 2018 indicaron que “la violación y otros delitos sexuales contra las mujeres eran generalizados”[137].Aun así, las notas periodísticas sobre delitos sexuales en El Salvador son poco frecuentes[138], y como se señaló anteriormente, creemos que, en general, las víctimas no los denuncian a las autoridades.

Documentamos cuatro casos de acoso y delitos sexuales contra personas deportadas de Estados Unidos (en tres de estos casos, sabemos que la victimización ocurrió entre 2013 y 2019 y dentro de los cinco años o menos de la deportación. En uno de los casos, nuestra fuente no estuvo dispuesta a proporcionar datos por motivos de seguridad). Un hombre deportado murió tras ser castrado, según consta en un fallo de un tribunal de sentencia penal[139].Asimismo, según un fiscal local que entrevistamos, una mujer fue sometida a acoso sexual después de su deportación de Estados Unidos[140].Otros dos casos incluyen a una mujer deportada que nos contó que fue agredida físicamente por una persona vinculada con su expareja, tras años de abusos psíquicos, físicos y sexuales previos que motivaron su huida original del país[141]; y una mujer deportada que dijo que fue violada por un miembro de una pandilla después de su deportación de EE. UU.[142].

Angelina N.

En 2014, cuando tenía 20 años, Angelina N. huyó de una situación de abuso a manos de Jaime M., el padre de su hija de 4 años, que la golpeaba con regularidad[143].Jaime la acusó falsamente de tener una relación sentimental con Mateo O., un miembro de una pandilla de su vecindario que le hacía insinuaciones en forma persistente. Angelina huyó, sola, a Estados Unidos y fue interceptada en la frontera y detenida. Después de que en una extraña llamada telefónica a su casa le informaran que su hija de 4 años estaba hospitalizada en El Salvador, decidió no apelar la decisión del gobierno estadounidense de deportarla en septiembre de 2014.

Una vez que estuvo de regreso en El Salvador, Mateo empezó de nuevo a perseguirla y amenazarla, y otros miembros de su pandilla también lo hacían. Angelina rechazó en reiteradas oportunidades las insinuaciones de Mateo, pero según una declaración de hechos que consta en una sentencia de un tribunal inmigratorio, “él amenazó con matar al padre de Angelina si no aceptaba ser ‘su mujer’”.[144].

En octubre de 2014, el padre de Angelina llevó a la hija de esta a la iglesia[145]. Angelina contó a un investigador de Human Rights Watch lo que ocurrió cuando escuchó que llamaban a la puerta:

Abrí la puerta, esperando que fuera [mi hija que volvía a casa], pero era [Mateo]. Ingresó por la fuerza porque comencé a intentar cerrar la puerta para que no entrara. [Mateo] entró y me obligó a tener sexo con él por primera vez. Sacó el arma que tenía… Estaba tan asustada que obedecí... Cuando se fue, comencé a llorar. No dije nada en ese momento ni tampoco presenté una denuncia a la policía. Creí que iba a ser peor si lo hacía, pues me pareció que era probable que alguien de la policía se lo contara [a Mateo].… No quería que nadie supiera lo que estaba pasando... Me dijo que iba a matar a mi padre y a mi hija si denunciaba las violaciones [la inicial y las tres siguientes], ya que yo era ‘su mujer’. Me golpeó y me dijo que me quería solo para él[146].

Un mes más tarde, Mateo volvió a presentarse en la casa de Angelina. Esta vez, su hija estaba en casa. Mateo le indicó a la hija de Angelina que se quedara en la sala “mirando dibujos animados” y que “no fuera al dormitorio”[147].Luego, “la arrastró [a Angelina] al dormitorio, sacó un arma y le dijo que hiciera silencio o que vería morir a su hija delante de sus ojos”[148]. Después de que se fue, Angelina lloró pero no le contó a nadie lo sucedido. Dijo ante un tribunal de inmigración: “a veces es peor contarle a la policía porque no ayudan”[149].

Angelina fue violada dos veces más por Mateo antes de volver a huir —esta vez con su hija— a Estados Unidos.[150] Finalmente le otorgaron protección frente a la posibilidad de deportación en Estados Unidos, conforme a la disposición conocida como “suspensión de expulsión”, y se concedió asilo a su hija.

Tortura, otros malos tratos o uso excesivo de la fuerza

Investigamos cinco casos distintos de tortura, otros malos tratos o uso excesivo de la fuerza por parte de policías o soldados contra deportados que sabemos que ocurrieron entre 2013 y 2019 y dentro de los cinco años de la deportación de la persona. En entrevistas con deportados y sus familiares o amigos, reunimos testimonios de tres hombres deportados de Estados Unidos que dijeron que fueron golpeados por policías o soldados durante el arresto, y que luego recibieron golpizas durante el período en el que estuvieron detenidos, que fue de entre tres días y más de un año[151]. Uno de estos deportados, exmiembro de la MS, nos dijo que cuando la policía se presentó en su casa para detenerlo no estaba armado y no se resistió. Varios policías le dieron golpes y puntapiés antes de subirlo al patrullero, y luego lo golpearon reiteradamente durante su detención, que duró más de un año. Nos contó que durante su detención, policías lo patearon reiteradamente en los testículos, amenazaron con matarlo y “me preguntaron sobre otros miembros de la MS y me decían que si mencionaba a alguien de la MS, es decir, si los delataba, me dejarían en libertad”[152].

En decisiones de tribunales de sentencia penal salvadoreños se describen abusos policiales contra otros dos hombres deportados. En un caso, un hombre deportado cuatro meses antes, a quien la policía acusó de resistirse al arresto, fue subido a un patrullero y llevado a una dependencia policial. Durante el trayecto, los policías lo golpearon y lo patearon reiteradamente, e incluso le dieron puntapiés con las botas en el cuello y el abdomen. El hombre deportado sufrió heridas que requirieron una intervención quirúrgica por lesiones en el páncreas y el bazo, un mes de hospitalización y 60 días de tratamiento tras el alta[153]. En el segundo caso, un deportado a quien la policía acusó de extorsión, evadir el arresto y dispararle a las fuerzas policiales, señaló que pese a estar boca abajo en el suelo, de todos modos la policía le disparó. El deportado afirmó que, una vez que lo llevaron detenido, los policías lo insultaron, lo patearon en el rostro y volvieron a dispararle reiteradas veces. El deportado debió ser trasladado a un hospital por sus heridas y, posteriormente, fue absuelto por todos los cargos penales[154].

Ataques armados, golpizas, extorsión y amenazas de muerte por parte de pandillas

Documentamos los casos de 33 personas a quienes miembros de pandillas, conocidos o presuntos, amenazaron de muerte tras sus deportaciones[155].Presuntos miembros de pandillas golpearon posteriormente a tres[156] y dispararon e hirieron a otros tres[157].Del mismo modo, supuestos miembros de pandillas extorsionaron a 13 deportados (incluido uno al que le pegaron y otro al que le dispararon e hirieron)[158]. Presuntos integrantes de pandillas asesinaron posteriormente a 14 deportados (incluidos seis de los que fueron extorsionados)[159]. En estos casos, sabemos que la victimización ocurrió dentro de los cinco años o menos de la deportación entre 2013 y 2019.

Entre los casos de homicidio, miembros (conocidos o presuntos) de pandillas amenazaron de muerte a familiares supérstites de al menos cuatro de los deportados asesinados[160]. Si bien miembros de pandillas les advirtieron a tres que abandonaran sus casas en apenas 24 horas o los matarían, a una mujer le dijeron que se quedara con su familia y que no hablara. Jennifer B. explicó a Human Rights Watch: “[Los miembros de la pandilla] amenazaron a mi hermana [con quien Javier B. había tenido intención de vivir] que, si abría su boca o se iba del lugar, la buscarían por todos lados y la matarían. Entonces, ella se quedó allí. …Se han mantenido con la boca cerrada allí mismo”[161].

Personas obligadas a ocultarse

La mayoría de los entrevistados por Human Rights Watch intentaron ocultarse en sus propios vecindarios o en otros porque temían que miembros de pandillas, policías o exparejas pudieran hacerles daño, y las autoridades no tenían posibilidad o interés de detener a estos agresores. Las autoridades salvadoreñas y estadounidenses suelen hacer suposiciones poco realistas sobre la posibilidad de una determinada persona de mantenerse segura, al creer que una persona podría reubicarse fácilmente. Por ejemplo, cuando Alexander N. les dijo a funcionarios de migración salvadoreños que tenía miedo de regresar a la casa de donde se llevaron y mataron a su hermana, le respondieron: “‘¿Por qué no va a otro lado?’”[162].

Reubicarse en un lugar seguro en El Salvador es sumamente difícil para cualquier persona[163].Según estimaciones no verificadas que menciona la Relatora especial de la ONU sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias, se cree que aproximadamente 60 000 miembros de pandillas operan en 247 de los 262 municipios del país[164].En general, las autoridades estatales no han sido eficaces en proteger a la población de la violencia de las pandillas ni de la violencia ejercida por particulares, y miembros de las propias fuerzas de seguridad salvadoreñas han sido responsables de ejecuciones extrajudiciales, agresiones sexuales, desapariciones forzadas y hechos de tortura en todo el país.

Las pocas organizaciones que en la actualidad ofrecen asistencia a los desplazados internos solo están en condiciones de proporcionar, en conjunto, servicios a varios cientos de personas por año e, incluso así, por lo general sufren demoras, y solo pueden ayudar a una cantidad determinada de personas y por un plazo de no más de tres meses[165]. En consecuencia, la mayor parte de los 285 000 desplazados internos en El Salvador se ven obligados a depender de redes familiares o, más comúnmente, como concluyó una encuesta a una muestra representativa a nivel nacional, se ven en la necesidad de huir al exterior[166].

Por ejemplo, después de enterarse que miembros de una pandilla planeaban matarlo en su municipio rural, Gabriel G., un oficial de alto rango retirado de unos 40 años con entrenamiento especializado en el Ejército de El Salvador, contó a Rights Watch que huyó a Estados Unidos en 2018 después de que “la pandilla fue a la policía para decirles cuándo, dónde y cómo lo matarían”[167]. La esposa y los hijos de Gabriel también han recibido amenazas debido al servicio que él presta al Ejército, y dos de sus hijos huyeron de El Salvador varias veces entre 2013 y 2018 en relación con estas amenazas. Sin embargo, Gabriel había sido anteriormente deportado de EE. UU. en 2008, después de que fuera a este país en busca de refugio debido a recibir amenazas de exguerrillas[168]. Gabriel fue detenido en Texas y no superó la entrevista sobre temor razonable. Como consecuencia de su anterior deportación, tenía prohibido el asilo conforme a la ley estadounidense, de modo que debía cumplir con los estándares más exigentes para la suspensión de la expulsión, es decir, que sería “más probable que no” que fuera perseguido, en lugar del estándar de asilo, menos exigente, que requiere un temor de sufrir persecución debidamente fundado. Como alternativa, tenía que demostrar que ameritaba recibir protección conforme a la Convención contra la Tortura. Gabriel recuerda que los funcionarios estadounidenses le preguntaron si había sido torturado. Dijo a Human Rights Watch, “No quería mentir, porque [lo que yo considero tortura] no me había pasado, aunque había recibido amenazas y permanecían activas”[169].Desde que fue deportado en 2018, Gabriel tiene miedo y permanece oculto cuando no está en el trabajo como guardia de seguridad, sale de su casa lo menos posible y ni siquiera quiere informarle a su esposa su horario de trabajo semanal por temor a que, involuntariamente, se lo cuente a otras personas y la pandilla lo agreda en su camino al trabajo[170]. Nos contó que diferentes miembros de pandillas se acercan al portón de su casa para exigirle que les entregue el arma de fuego que le dieron en el trabajo. Él sistemáticamente se niega a entregarles el arma y, en respuesta, los pandilleros amenazan con matarlo[171].

Al menos 17 personas deportadas cuyos casos identificamos o investigamos para este informe intentaron ocultarse de la violencia o la extorsión a la que temían en los mismos vecindarios de los que habían huido originalmente. Dos que fueron golpeadas y extorsionadas,[172]y una que fue golpeada, extorsionada y violada sexualmente, han vuelto a huir de El Salvador desde entonces[173]. Siete están muertas[174]. Como se analiza en mayor detalle en la sección IV a continuación, también se reubica a personas de un vecindario particularmente violento a otro[175].En otro caso, un hombre deportado huyó de un vecindario particularmente violento donde una pandilla mató a su padre, a un vecindario donde una pandilla diferente controlaba el territorio[176]. Otros tres hombres deportados intentaron esconderse en un nuevo lugar antes de su asesinato o desaparición, según informes de medios de prensa[177].

Alexander N.

Varios meses antes de nuestra entrevista de noviembre de 2018 con Alexander N., de 20 años, y sus padres, varios hombres vestidos de negro que se identificaron como policías se presentaron durante la noche. Los hombres querían solo llevarse a Alicia N., la hermana adolescente de Alexander. Ataron al resto de la familia y apostaron a dos hombres afuera para asegurarse de que no se escaparan. El otro hombre se llevó a Alicia, de 17 años, con ellos. Poco después de eso, la familia escuchó un disparo, que parecía haberse efectuado a varias cuadras de distancia. Una vez que pudieron liberarse y se sintieron seguros de que los hombres que estaban afuera se habían ido, se dirigieron al lugar donde creían que se había efectuado el disparo. Encontraron muerta a Alicia con una bala en la frente. Alexander y sus padres mostraron al investigador de Human Rights Watch una fotografía de su cuerpo, tendido en la tierra, con las manos sobre la cabeza y con sangre que salía de la herida de bala[178].

La prensa se hizo presente tras el asesinato. Casi todos los medios de comunicación salvadoreños dieron cobertura al homicidio, y varios le dedicaron más de un artículo[179].Algunos durante varios meses. Ninguno pudo decir con certeza si los hombres de negro eran miembros de una pandilla de la fuerte red de pandillas del vecindario, autoridades de aplicación de la ley o de los llamados “grupos de exterminio”. Alexander y su familia sospechan que la policía estuvo involucrada. En los últimos años, la Fiscalía General de la República investigó a un grupo, integrado en parte por jefes de policía y empresarios, por haber formado un grupo de exterminio que se dedicaba a matar a personas que ellos creían que eran miembros de pandillas en el vecindario de Alexander y en municipios cercanos. El homicidio de Alicia fue, al menos, el séptimo ocurrido en su comunidad en un período de cuatro meses: fue el segundo caso de un niño en ser asesinado y la segunda de sexo femenino. Antes de que terminara el año, se produjeron más asesinatos en el mismo vecindario, incluidos los de dos víctimas de sexo femenino. Las autoridades encontraron otros cuerpos en fosas clandestinas. En un artículo de prensa se afirmó que un miembro de una pandilla había violado a niñas y mujeres jóvenes en el vecindario.

Dentro de las 48 horas de la muerte de su hermana, los agresores llamaron a la casa de Alexander y le dijeron a su madre que volverían y matarían a su hijo, Alexander, por “darle información a la prensa” sobre la manera en que habían matado a su hija.[180]. Ella y su esposo no podían soportar la idea de perder a su hijo también. Nos contó que lo poco que tenían se lo dieron para que escapara. El padre de Alexander se quebró al contarnos que había decidido que “El único hijo que me queda al menos pueda irse”[181].

Menos de un mes después del homicidio de su hermana, Alexander estaba en la frontera, en Texas. Le dijo a Human Rights Watch que les había contado a las autoridades estadounidenses lo ocurrido a su hermana y que tenía miedo de regresar. En el séptimo centro de detención inmigratoria de Estados Unidos por el que pasó, tuvo suerte: un grupo de voluntarios les enseñaron a él y a otros cinco o seis solicitantes de asilo cómo presentarse en su entrevista sobre temor creíble (la primera etapa del trámite de asilo en EE. UU.). Las autoridades estadounidenses determinaron que Alexander había demostrado temor creíble y lo trasladaron a otro centro de detención para presentar su caso ante el tribunal de inmigración próximo al centro. Otro detenido, procedente de México, lo ayudó a traducir las pruebas que tenía: fotografías, un artículo periodístico, certificado de defunción y cartas de apoyo de su iglesia católica, su trabajo, su escuela y la alcaldía.

En la entrevista que mantuvimos con él, Alexander mostraba humildad y timidez. Se había graduado recientemente de la escuela secundaria. En su comunidad, acciones como hacer contacto visual y hablar podían llegar a costarle a uno la vida, señaló. Según Alexander, después de cuatro audiencias, a las que compareció sin abogado, se le denegó el asilo. Alexander dijo: “No había nadie dispuesto a ayudarme. Me sentí muy mal. Realmente había riesgo de que me regresaran”. Aproximadamente un mes después, funcionarios estadounidenses lo esposaron por las muñecas y los tobillos para deportarlo a El Salvador.

Alexander y su familia nos dijeron que los hombres de negro habían ido a otras casas desde entonces, y que ven a policías y soldados enmascarados que recorren a pie sus calles de tierra. Alexander vive inmerso en un temor constante, que se hace sentir “día y noche”. Su estrategia: “No salgo. Me oculto”. No estudia, no trabaja ni pasa tiempo con amigos, a pesar de sus sueños de obtener un título universitario y ayudar a su familia. Cuando se le preguntó cuánto podría durar esta situación, la madre de Alexander afirmó no saber. “Mientras tanto”, dijo, “tenemos miedo”[182].

 

IV. Vecindarios particularmente violentos

Cuando las personas son deportadas a El Salvador, los vecindarios donde vivían antes de emigrar pueden implicar riesgos significativos de desaparición, homicidio y delitos sexuales, que harían que sea casi imposible vivir de manera segura en su hogar. En estos vecindarios particularmente violentos (ver la definición en el Glosario) suele haber no solo una concentración de criminalidad organizada sino además actores de aplicación de la ley abusivos, casos documentados de violencia doméstica y sexual y violencia perpetrada por los llamados “escuadrones de la muerte” o “grupos de exterminio” (analizados en la sección V).

Vecindarios específicos y altos niveles de violencia

Según datos gubernamentales, entre 2013 y 2018, todos los 262 municipios de El Salvador registraron al menos un homicidio o un delito sexual[183] . No obstante, en la mayoría de los municipios, la criminalidad suele concentrarse en un porcentaje reducido de vecindarios específicos[184]. En estos vecindarios, cada año se registran múltiples homicidios y delitos sexuales[185]. En muchos se han hallado también fosas clandestinas con víctimas que fueron secuestradas, desaparecidas y muchas veces torturadas antes de ser asesinadas[186]. Son muchas las partes a las que se atribuye haber cometido estos delitos, incluidas pandillas, autoridades, actores que se presentan como autoridades y particulares. Entre las víctimas hay niñas, niños, hombres y mujeres, y personas que se sabe o se cree que son informantes o testigos. También quienes visitan estos vecindarios a veces se convierten en víctimas, y sus residentes son victimizados en otros sitios debido a que se les atribuye pertenecer a la pandilla que controla el vecindario del cual huyeron.

Ante la violencia persistente en estos vecindarios, es probable que las personas que crecen en ellos experimenten múltiples acontecimientos traumáticos[187]. Por ejemplo, un director de asistencia que trabaja con personas deportadas, al referirse sucintamente a una madre y sus hijas que huyeron de un contexto de acoso, extorsión y amenazas (pero que luego fueron deportadas de EE. UU. nuevamente a El Salvador), expresó con respecto a las personas que residen en esos vecindarios: “Un [acontecimiento delictivo] no tiende a ser todo [lo que los llevó a irse]”[188]. La mayoría de las personas directamente afectadas que entrevistamos que procedían de un vecindario particularmente violento relataron que ellas o sus seres queridos habían sido víctimas de múltiples delitos antes y después de la deportación, lo que incluye el abuso, la desaparición o el asesinato de seres queridos o presenciar estos hechos. Cuatro deportados que entrevistamos tenían que vivir en la misma vivienda donde habían asesinado a un familiar[189]. Ellos —al igual que otros residentes— pueden presentar síntomas de trauma[190]. Cuando se elaboró este documento, estos vecindarios particularmente violentos en El Salvador incluían, sin carácter restrictivo:

  • Vecindario Lourdes del municipio de Colón en el departamento La Libertad[191];
  • Vecindario de Altavista en los límites de los municipios de Ilopango, San Martín y Tonacatepeque, en el departamento de San Salvador[192], y áreas adyacentes como el vecindario San José Flores en el municipio de Tonacatepeque, departamento de San Salvador;
  • Vecindario de San Roque y vecindarios adyacentes como Zacamil del municipio Mejicanos[193] en el departamento de San Salvador;
  • Vecindarios Iberia[194] y San Jacinto[195] del municipio de San Salvador en el departamento de San Salvador;
  • Vecindario La Campanera[196] del municipio de Soyapango en el departamento de San Salvador;
  • Vecindario Amapalita del municipio de La Unión en el departamento de La Unión[197];  
  • Vecindario El Platanar del municipio de Moncagua en el departamento de San Miguel[198];
  • Vecindarios Ciudad Pacífica[199], Milagro de la Paz[200] y San Antonio Silva[201] del municipio de San Miguel en el departamento de San Miguel;
  • Vecindario Tierra Blanca del municipio de Jiquilisco en el departamento de Usulután[202];
  • Vecindario Chaguantique y áreas adyacentes en el límite de los municipios de Jiquilisco y Puerto El Triunfo en el departamento de Usulután[203];
  • Vecindarios El Ojuste[204] y La Poza[205] del municipio de Usulután en el departamento de Usulután;
  • Vecindario El Junquillo del municipio de Ahuachapán en el departamento de Ahuachapán[206]; y
  • Vecindario de Apaneca y vecindarios linderos del municipio de Chalchuapa en el departamento de Santa Ana[207].

No hay datos públicos disponibles que demuestren qué porcentajes de migrantes que se van de El Salvador proceden de lugares que son puntos críticos de violencia[208]. Sin embargo, entre los casos de personas deportadas desde Estados Unidos que posteriormente sufrieron daños en El Salvador que se identificaron o investigaron para este informe, muchas habían vivido en los vecindarios mencionados precedentemente. Por ejemplo:

  • Entre 2006 y 2019, cuatro personas deportadas fueron asesinadas en el vecindario de Lourdes del municipio de Colón[209], al igual que una persona que habría muerto al intentar proteger a su sobrino en un incidente con armas en el cual el sobrino y otra persona que estaba con ellos también resultaron heridos[210].
  • En 2017 y 2018, una persona nacida en El Salvador que repartía su residencia entre El Salvador y Estados Unidos y otros dos deportados —que, según dijeron residentes, eran primos— fueron asesinados en El Platanar de Moncagua[211].
  • En 2014, una persona deportada habría sido asesinada en el vecindario Tierra Blanca de Jiquilisco[212].
  • Dos personas deportadas fueron asesinadas en el vecindario La Poza del municipio de Usulután en 2014 y 2018[213].
  • En septiembre de 2017, según informaron fuentes de prensa, en el vecindario El Junquillo del municipio de Ahuachapán la pareja de sexo femenino de un hombre deportado, su madre y su hijo fueron asesinados; un artículo que informaba sobre este incidente también indicaba que el hombre deportado había sido asesinado el día antes[214] . Un funcionario en esa región contó a Human Rights Watch que otros dos deportados de Estados Unidos también habían sido asesinados en El Junquillo o en el vecindario adyacente de Las Viñas en 2012 o 2013 y 2016[215]. Otro funcionario de la misma región indicó a periodistas que “van [allí] a menudo” a investigar homicidios.[216]
  • En 2014, dos deportados fueron asesinados cerca del vecindario Cara Sucia del municipio de San Francisco Menéndez (donde el hermano de una de estas personas había sido asesinado un mes antes)[217].

La sociedad y las autoridades estigmatizan ciertos vecindarios

Según un sondeo realizado por el periódico salvadoreño La Prensa Gráfica, los salvadoreños temen a ciertos vecindarios y, en general evitan visitarlos. Entre 2008 y 2017, La Prensa Gráfica encuestó en tres oportunidades a una muestra representativa de la población en los municipios con mayor densidad de El Salvador, a la cual formuló la pregunta: “Según lo que saben y han escuchado decir a otros, ¿cuál es el lugar más peligroso del municipio?”[218]. Las respuestas de los residentes incluían los vecindarios de Altavista (y el contiguo San José de las Flores), San Roque, Iberia, La Campanera, Ciudad Pacífica, Milagro de la Paz y San Francisco contiguo a Apaneca de Chalchuapa. La fama de estos vecindarios suele ser conocida no solo entre sus residentes. Por ejemplo, en 2019, el medio de investigación salvadoreño El Faro señaló que Altavista, La Campanera y Milagro de la Paz están estigmatizados a nivel nacional[219] .

Para su seguridad, múltiples dependencias gubernamentales no pertenecientes a la PNC tienen mapas o designan a un miembro de su personal con antigüedad para informar a los demás sobre vecindarios donde miembros de la institución han sufrido amenazas o daños anteriormente y, por consiguiente, no pueden ingresar allí o solo pueden hacerlo con presencia policial[220]. Un policía expresó a Human Rights Watch el temor de que nombrar a esos vecindarios pueda tener un impacto negativo en sus residentes y convertirlos en zonas “aun más calientes”[221] .

Las declaraciones efectuadas por la policía a la prensa en artículos que informaban sobre delitos a veces reafirmaba la estigmatización. La policía describía a las víctimas de homicidios en estos vecindarios como miembros de pandillas o colaboradores de pandillas o indicaba que tenían vínculos con pandillas o pandilleros, incluso si los familiares manifestaban a la prensa que las víctimas asesinadas no tenían ese tipo de nexos. En el caso de un joven de Iberia, este estigma impuesto por las autoridades lo afectó particularmente. No pudo contener las lágrimas al recordar ante un periodista lo que un policía le había dicho sobre su vecindario: “Todos los que vivían en esa comunidad eran unas ratas”[222] .

La estigmatización de los residentes de estos vecindarios se relaciona en parte con los nexos reales y percibidos entre criminalidad y pobreza. Los residentes de estos vecindarios a los que entrevistó Human Rights Watch indicaron ingresos por hogar inferiores a USD 500, y sus viviendas a menudo estaban construidas con una mezcla a base de barro o tierra en las paredes, chapas en el techo, barrotes en las ventanas y pisos de tierra[223]. A su vez, dos jóvenes de uno de los vecindarios anteriores, que huyeron en 2013 y fueron deportados en 2018, ganaban apenas USD 5 al día en campos de la zona. Incluso en épocas de siembra y de cosecha, no siempre tenían trabajo cinco días a la semana[224]. Otra familia cuya joven hija huyó con su abuela en 2017 y fue deportada en 2018 no tenía una vivienda y, en cambio, se mudaban de un sitio a otro del vecindario, y vivían con gente que les permitía quedarse por breves períodos de tiempo a cambio de que pagaran solamente por los servicios que consumían[225].

Un policía salvadoreño señaló al respecto: “Evidentemente, hay algunos sitios más seguros que otros y tiene que ver con el nivel de riqueza. El nivel de pobreza influye [en la criminalidad]. Casi nunca vamos a residencias donde vivan personas de clase media”[226] . Un juez de sentencia penal fue incluso más elocuente en su análisis de los nexos entre pobreza y criminalidad y dijo que, en estos lugares, “Tenemos que decirlo… el Estado ha estado ausente”[227].

Sin otro sitio adonde ir

Con frecuencia las personas deportadas no tienen ningún sitio adonde ir en El Salvador, salvo vivir con familiares que ya residen en un vecindario particularmente violento. Por ejemplo, Nohemy P. huyó de El Salvador en el 2000, cuando tenía 9 años, porque temía ser captada y violada por pandillas[228] . Había vivido dos tercios de su vida en EE. UU., con estatus de DACA y tenía tres hijos con ciudadanía estadounidense menores de 9 años. Sin embargo, las autoridades estadounidenses cerca de la frontera entre Texas y México la acusaron de intentar pasar por contrabando a sus propios hijos en la frontera (nos dijo que no había cruzado la frontera), le indicaron que su “DACA se había terminado” y procedieron a detenerla y deportarla en el otoño de 2018. Al volver a El Salvador, Nohemy no tuvo otra opción más que vivir con una tía en un vecindario violento “porque es la única familia que tenemos ahora aquí [ahora]”. La madre de Nohemy, Leticia P., dijo a Human Rights Watch que Nohemy y sus dos primos deportados “casi no salen porque les da miedo”[229].

A menudo los deportados no encuentran otro vecindario más seguro donde vivir. En artículos de prensa que identificamos para este informe se describen tres instancias en que personas deportadas de sexo masculino intentaron ocultarse en nuevos vecindarios antes de su asesinato o desaparición[230] . Un fiscal de la FGR señaló a Human Rights Watch que “según el [vecindario] del deportado, sí creemos que cambiar de domicilio implica un riesgo [de muerte]”[231] .

Con frecuencia los deportados no pueden solventar el costo de instalarse en un lugar lejano ni pueden permitirse vivir en residencias en zonas cerradas con seguridad privada. Un fiscal de la FGR dijo a Human Rights Watch: “Las personas con pocos recursos [que son desplazadas] no tienen adónde ir. Alguien debería estar investigando eso. A veces, me duele ver que no hay nada más que nosotros [las autoridades] podamos hacer por estas personas”[232] . El hermano de un joven asesinado aproximadamente dos años después de que fuera deportado en septiembre de 2013 explicó por qué su hermano no intentó vivir en otro lugar: “No tenemos recursos para andar moviéndonos dentro de El Salvador. Por otro lado, si hubiera ido a un lugar sin la pandilla [en nuestro vecindario], ellos [los miembros de la pandilla rival] habrían supuesto [que estaba con la pandilla de nuestro vecindario]. Uno está atrapado en el mismo sistema”[233] .

Las personas que entrevistamos para este informe se habían visto obligadas a trasladarse varias veces de un vecindario particularmente violento a otro después de ser deportadas a El Salvador desde Estados Unidos. Por ejemplo, el vecindario donde creció Ransés I. ya no existía cuando fue deportado casi 15 años más tarde, en 2015. Por consiguiente, fue a la casa de un tío en un vecindario con violencia crónica. Dijo sobre esto: “Un día, fui a la tienda cerquita [de mi casa] con mi sobrino quien había vivido allí toda su vida… Me miraban dos [mareros]. Después, cinco (mareros) más vinieron y me preguntaron quién era, de donde era… Les dije que fui deportado… Estuve allí un mes [y volví a mudarme][234] .

En casi todos los vecindarios particularmente violentos, miembros de pandillas, autoridades y residentes desconfían de los recién llegados. Nelson E., que fue deportado por última vez de EE. UU. en octubre de 2014, intentó vivir por su cuenta en un nuevo vecindario pero, poco después, tuvo que escapar de allí. Dijo sobre esto a Human Rights Watch:

Cuando vine de los Estados Unidos [en 2014], no quería irme a donde mi mamá... Tenía trabajo. Una vez, llegó gente que me robaron. Querían mi DUI [documento de identidad oficial con fotografía] y me dijeron que no podía estar allí. Me dijeron ‘retírate de aquí’. Y me dijeron que me iban a desaparecer si me quedaba... Entonces, regrese con mi mamá. Eso es el riesgo aquí. No puedes ir a donde no te conocen[235] .

Es probable, y particularmente peligroso, que una persona que intenta reubicarse dentro de El Salvador termine en un vecindario controlado por otra pandilla[236] . Un funcionario de la PNC dijo a Human Rights Watch que entre las personas deportadas que son asesinadas, incluidas mujeres, están quienes “llegan para visitar o vivir en un vecindario distinto de aquel del que proceden”[237] . Irene J. expresó acerca de su esposo, que había sido deportado poco tiempo antes:

De hecho, me preocupa más [que no esté en nuestro antiguo vecindario]. Nuestra colonia fue controlada por la MS, pero donde está él está controlado por el 18 [18 Revolucionarios o 18 Sureños]. Si se dan cuenta, lo sacarán y lo mataran solo por eso. Él también tiene miedo, entonces no está saliendo a ningún lado. No puede quedarse en un lugar. Tiene que mudarse[238].

V. Casos en que los agresores son actores estatales

Numerosas autoridades de El Salvador tienen la misión de proteger a los ciudadanos salvadoreños y garantizar la justicia en el país. No obstante, las autoridades suelen enfrentar obstáculos significativos en lo que respecta a brindar protección, especialmente —tal como se analizó en la sección anterior— en vecindarios particularmente violentos. Estas autoridades y sus familias enfrentan graves amenazas por parte de pandillas o de otras autoridades de su propio gobierno por las medidas que toman para proteger al público.

Datos obtenidos por Human Rights Watch a través de un pedido de información pública presentado a la Fiscalía General de la República (FGR) dan cuenta de que la impunidad es generalizada[239]. En todo el país, en 2018, las autoridades realizaron detenciones en aproximadamente el 22 % de los casos de homicidios registrados[240]. En el caso de homicidios de niños, la tasa de resolución (lo cual significa que se presentaron cargos) en El Salvador es del 13,6 %.[241] La tasa de resolución de homicidios en EE. UU. (adultos y niños) fue varias veces superior y se situó en el 62 %. En muchos países europeos, esa tasa está por encima del 75 %[242]. En lo que respecta a delitos sexuales, las autoridades de El Salvador realizaron detenciones en solo el 9,5 % de los casos registrados[243] en 2018[244]. La tasa de resolución comparable correspondiente a delitos sexuales en EE. UU. fue del 33,4 % en 2018[245]. En el caso de delitos sexuales contra niñas en El Salvador, la tasa de resolución de 2018 fue del 7,6 %[246]. Aunque las bajas tasas de resolución pueden obedecer a diversas razones, en El Salvador, el Estado a menudo no tiene la capacidad —por la escasez de sus recursos— o la voluntad —debido a la corrupción, la infiltración y las amenazas— de proteger a sus ciudadanos.

En el presente informe, documentamos casos en los cuales las autoridades gubernamentales fueron responsables de la comisión de abusos graves contra personas deportadas en vecindarios particularmente violentos. Estos abusos —junto con las bajas tasas de detención, audiencias y condenas—son especialmente preocupantes porque contribuyen a la percepción, por parte de los residentes, de que las autoridades son perseguidores, y no protectores cuya capacidad para llevar a cabo su labor de modo satisfactorio se encuentra sujeta a limitaciones estructurales.

Enrico X., un residente de un vecindario particularmente violento, habló con Human Rights Watch sobre su estado de ánimo después de que la policía mató a su primo, exmiembro de una pandilla, a quemarropa y en público en 2016 o 2017 (después de que esta persona había sido deportada de EE. UU. en 2016 o 2017): “Comencé a desconfiar más de la policía cuando mataron a mi primo de esta manera... Temía denunciar [otros delitos] ante ellos”[247].

La situación de delito e inseguridad en El Salvador debería analizarse en el contexto del poder, el control y la violencia que imponen las pandillas y los endebles esfuerzos del Estado por proteger la seguridad pública. La violencia y los asesinatos se producen en un marco de “confrontaciones armadas”, cuando las autoridades refieren que, al ser convocadas a una zona o estar realizando un patrullaje de rutina, son atacadas con armas de fuego y responden a la agresión con disparos, presuntamente a efectos defensivos. En 2016, el Instituto Centroamericano de Investigaciones para el Desarrollo y el Cambio Social (INCIDE) informó un aumento de estos incidentes en El Salvador entre actores estatales y pandillas, con 142 incidentes en 2013, 256 incidentes en 2014 y 676 incidentes que dejaron un saldo de 359 muertos en 2015[248].

Falta de capacidad o voluntad para brindar protección

Son muchos los motivos por los cuales las autoridades no pueden o no desean ayudar a proteger a los ciudadanos de El Salvador que temen por su propia seguridad, incluido el hecho de que las propias autoridades son vigiladas y reciben amenazas. En ocasiones, sus instituciones también han sido infiltradas por pandillas, carecen de recursos y tienen muchísimos casos a su cargo[249]. Las mujeres que son víctimas de violencia enfrentan obstáculos particularmente significativos cuando intentan buscar protección o justicia, debido a las falencias de las leyes salvadoreñas y a la resistencia institucional profundamente arraigada a la igualdad de género, que ha desembocado, entre otros problemas, en la asignación insuficiente de fondos para la investigación y la aplicación de las leyes centradas en la violencia contra las mujeres, así como en la impunidad prácticamente absoluta de los funcionarios gubernamentales que no cumplen con sus responsabilidades[250].

Para este informe, entrevistamos a varias personas que intentaron solicitar la asistencia de organismos o autoridades de El Salvador, pero no recibieron ayuda. Por ejemplo, Gaspar T., quien sufrió amenazas de pandillas en su vecindario particularmente violento y, desde su deportación en febrero de 2019, ha enfrentado nuevas amenazas de pandillas y abusos por parte de autoridades estatales (este tema se analiza más adelante):

Ellos [la DGME de El Salvador] me preguntaron por qué me había ido, y les dije que había recibido amenazas de pandillas. Tomaron mi nombre y nada más, y eso fue todo. No me ofrecieron protección ni servicios...[251].

Walter T., quien había recibido amenazas de pandillas y había presenciado un asesinato antes de escapar a EE. UU., fue deportado en 2019 y enfrentó nuevas amenazas de pandillas y abusos de autoridades estatales (este tema se analiza más adelante). Contó: “Le dije [a la DGME de El Salvador] que me había ido por las amenazas, pero no me ofrecieron nada”[252]. Zaida L., quien huyó de una situación de violencia doméstica y violación sexual, fue deportada en julio de 2018 y luego comenzó a ocultarse de sus agresores, manifestó: “La policía me preguntó por qué me había ido, cuáles eran mis motivaciones, si había denunciado [la violación y la violencia doméstica] antes y por qué no lo había hecho... No, nadie del gobierno hizo un seguimiento de mi caso”[253].

Walter T. y Gaspar T.

En 2013, los primos Walter T. y Gaspar T., cuando tenían 16 y 17 años, respectivamente, estaban desesperados por escapar del acoso constante y de los intentos de las pandillas por captarlos como miembros en su violento vecindario de El Salvador. Entre ellos, conocen los casos de seis amigos o familiares que, según dijeron, desaparecieron o fueron asesinados entre 2013 y la fecha de nuestra entrevista con ellos, en 2019. Cruzaron a EE. UU. sin la documentación requerida. Walter pudo terminar 9.º grado en Maryland antes de abandonar sus estudios para trabajar en la construcción a fin de pagarle al coyote (contrabandista) que lo había ayudado a cruzar la frontera. Gaspar llegó a Nueva Jersey, donde se instaló para vivir con un hermano mayor, y estaba entusiasmado con la posibilidad de inscribirse en la escuela secundaria local y reanudar sus estudios.

Gaspar dijo que durante el primer año de la secundaria fue detenido por el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de EE. UU. “por la calle”. Fue asignado a un procedimiento de expulsión por no tener autorización para estar en el país, y solicitó asilo durante esos procedimientos. Su pedido de asilo fue denegado en diciembre de 2016. Gaspar apeló esta decisión y tuvo un resultado negativo. Fue deportado a El Salvador en febrero de 2019. Su primo, Walter, ya había sido deportado poco antes. Gaspar señaló que, en abril o mayo de 2019, cuando estaban durmiendo en sus respectivas viviendas:

Llegó una patrulla y nos llevó de nuestras casas a Walter y a mí, junto a otros tres, sin una orden judicial ni un motivo concreto. Empezaron a golpearnos [en el vehículo y continuaron haciéndolo] hasta que llegamos a la dependencia policial. Allí nos mantuvieron tres días, y afirmaron que nos acusarían de agrupación ilícita. Nos golpearon [reiteradamente] durante esos tres días”[254] .  

Luego, la policía liberó a Walter y Gaspar y, hasta junio de 2019, aún vivían en un vecindario con violencia crónica de El Salvador. En diciembre de 2019, ya no fue posible comunicarse con ellos.

Muertes y abusos a manos de policías

En varios casos en los cuales personas deportadas fueron asesinadas después de regresar a El Salvador, los responsables de estas muertes fueron policías (ver la Sección II, anterior). La Relatora especial de la ONU sobre las ejecuciones extrajudiciales señaló en su informe de 2018 sobre El Salvador que las muertes de miembros de pandillas a manos de fuerzas de seguridad aumentaron de 103 en el año 2014 a 591 en 2016[255]. Algunas de estas confrontaciones ciertamente implican enfrentamientos armados entre pandillas y policías, en los cuales las autoridades de aplicación de la ley responden a las amenazas con un uso legítimo de la fuerza. En otros casos, periodistas e investigadores sobre derechos humanos cuestionan el grado en el cual los policías emplean la fuerza de manera lícita[256].

En 2019, la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH) de El Salvador señaló que había analizado las muertes de 28 niños varones, 7 mujeres y 81 hombres y había determinado que solo algunas pocas eran el resultado de tales confrontaciones armadas[257]. En el 70 % de los casos, hubo testigos que señalaron que las víctimas no estaban armadas. En el 37 % de los casos, los testigos vieron a policías mover el cuerpo, colocar evidencia u ocultar pruebas. En el 30 % de los casos, la PDDH llegó a la conclusión de que el cuerpo mostraba signos de tortura, incluidas agresiones sexuales[258]. Los datos sobre el uso policial y militar de la fuerza letal desde 2011 hasta 2017 incluyen a las víctimas deportadas; sin embargo, no hemos podido analizar de manera confiable los datos para incluir estos casos en nuestros conteos generales[259].

En nuestra investigación, también hallamos casos en los cuales las autoridades, sin justificación, interceptaron y luego acosaron —y, en algunos casos, también golpearon— a personas recientemente deportadas de Estados Unidos.

Elías F., quien migró a Estados Unidos cuando era adolescente a principios de la década del 2000, fue deportado a El Salvador a comienzos de 2011. Al regresar, se enteró de que la vivienda construida con las remesas que había enviado se encontraba en una línea divisoria entre los territorios de dos pandillas. Algunos años después de su regreso, la policía rural también comenzó a considerarla como una ubicación estratégica. Esto causó a Elías una profunda preocupación, por el riesgo que entrañaba para su familia. En una oportunidad, cuando Elías volvía de su trabajo, un policía lo obligó a detenerse y le pidió información sobre las pandillas. Cuando Elías no pudo responder, el policía lo agredió:

En otra casa, había personas tocando música fuerte y bebiendo. El policía me vio caminando sin una camiseta, me detuvo y me preguntó quién acababa de gritarle. Yo no sabía quién había gritado. Solamente había escuchado la música. No tenía la información que me pedía el oficial, pero supongo que pensó que yo le estaba mintiendo o no le estaba haciendo caso... El oficial tomó un palo de escoba y me golpeó con mucha fuerza en el estómago... Me sentí muy enfadado y atemorizado... Otros policías se acercaron y el dueño de la tienda me dijo que entrara un rato. El policía me dijo que algún día me iba a encontrar solo y me iba a agarrar... Al día siguiente me vio en la calle. Me dijo que algún día me va a encontrar solo. También dijo que si intento denunciarlo ante alguien, ya sé lo que me va a pasar[260].

Varias personas deportadas poco tiempo antes de EE. UU. señalaron a Human Rights Watch que las autoridades de aplicación de la ley las habían detenido o las habían interceptado e interrogado[261]. Afirmaron vivir con el temor de que ocurriera algo peor. Santiago U., un joven gay de algo más de 20 años, huyó de una serie de vecindarios violentos a mediados de 2016 y fue deportado de Estados Unidos a fines de 2018. Según lo manifestó Santiago, a quien entrevistamos en enero de 2019—aproximadamente dos meses después de su deportación de Estados Unidos en noviembre o principios de diciembre—, sus hermanos habían sido marcados como blanco por un grupo de exterminio, y Santiago temía que lo mismo ocurriera con él. Sus hermanos y el resto de la familia en El Salvador tampoco aceptaban su orientación sexual. Por ambas razones —temor a la pandilla que quería agredir a sus hermanos, y el rechazo de su propia familia— decidió irse a vivir con amigos en un vecindario particularmente violento, cerca de la dependencia policial. En una entrevista con un investigador de Human Rights Watch, Santiago explicó que la policía lo interceptaba constantemente:

La policía me pregunta de dónde soy, porque no me han visto aquí... Hace una semana conseguí el documento Yo Cambio[que confirma que no tiene antecedentes penales][262]. Fui allí [a Yo Cambio] en ese momento, porque aquí la policía me detuvo muchas veces. Allí [en los cuarteles], muchas personas son inocentes. Solamente por tener USD 80 en su mochila, se las acusa de extorsión. Entonces, cuando mis amigos me envían dinero, siempre llevo conmigo los comprobantes de envío[263].

En 2018, Alexander N. escapó de El Salvador después de que varios hombres, quienes se identificaron como policías, se presentaron en su vivienda, dijeron que estaban “realizando un censo” y se llevaron a su hermana del hogar familiar. Más tarde, fue encontrada sin vida. Él y su familia creen que los responsables de su muerte son policías. Cuando Alexander pidió asilo en EE. UU. en junio de 2018, su solicitud fue denegada y él fue deportado en otoño de 2018. Pocos meses después de su deportación, Alexander nos dijo que él y su familia temieron morir cuando varios hombres, que de nuevo se identificaron como policías, aparecieron en su casa y dijeron que tenían la intención de “realizar un censo”[264].

Escuadrones de la muerte y grupos de exterminio

Las personas deportadas a El Salvador también temen a los denominados “escuadrones de la muerte” o “grupos de exterminio”, que no son fenómenos nuevos en El Salvador. Existieron antes[265], durante[266] e inmediatamente después de la guerra civil, que se extendió desde 1980 hasta 1992[267]. Diversos expertos han demostrado que durante la guerra civil y con posterioridad, los “escuadrones de la muerte” o “grupos de exterminio” estaban profundamente arraigados en las fuerzas de seguridad del país[268] y en casos específicos, elegían como blanco a personas deportadas[269].

Organismos de la ONU[270], observadores de derechos humanos[271], la prensa[272] y el gobierno[273] reconocen que aún hoy, en El Salvador, operan escuadrones de la muerte y grupos de exterminio. Tres personas entrevistadas para este informe, todas ellas integrantes de pandillas, pero que, según nos manifestaron, habían dejado la pandilla antes de ser deportadas de Estados Unidos, expresaron a Human Rights Watch el temor que les inspiraban estos grupos[274]. A menudo, cuando estos casos son descritos por periodistas en la información que brinda la prensa, se describe a los agresores como “hombres vestidos de negro” u hombres “con ropas militar o de estilo policial”; a veces se indica que las víctimas tienen los ojos vendados, y llevan las manos y/o los pies atados detrás de la espalda[275]. Por ejemplo, en cuatro vecindarios particularmente violentos:

  • En San Antonio Silva, según lo informó la prensa, estos grupos mataron a 11 de las 33 víctimas de homicidio que se denunciaron en el vecindario. Un grupo de hombres vestidos como militares o policías se hicieron presentes en las viviendas de al menos cinco víctimas, las sacaron de sus domicilios y luego las ultimaron con disparos, según trascendió en la prensa[276]. Hombres vestidos con ropas oscuras se habrían llevaron de sus viviendas al menos a otras seis víctimas y luego las mataron[277].
  • En Chaguantique, del total de 12 homicidios informados por la prensa, los asesinos de 3 de las víctimas en 2015 usaban “ropa similar a la que usa la corporación policial”[278].
  • En Milagro de la Paz, de los 47 homicidios que la prensa dio a conocer en los últimos años, 7 artículos nombraron como autores a personas cuyo perfil coincidía con los grupos de exterminio[279].
  • En 2017, en El Platanar, “hombres de negro” presuntamente se llevaron a dos mujeres de sus viviendas en el vecindario y las asesinaron[280]. En 2018, tanto residentes como periodistas sospecharon de los “exterminadores” en otro doble homicidio[281].

Según lo refirieron medios de prensa, diversas personas deportadas a El Salvador perdieron la vida en circunstancias coincidentes con los métodos de actuación que han empleado los escuadrones de la muerte y los grupos de exterminio:

  • En mayo de 2015, en el vecindario de El Zapote del municipio de Jucuarán, entre 15 y 20 “hombres vestidos de negro y camuflaje” ingresaron en una vivienda “simulando un operativo policial”, conforme se dio a conocer en un informe de la prensa. Mataron a una persona deportada de 32 años en el vestíbulo de su vivienda y se llevaron a las otras seis, las colocaron en fila en la calle y luego las mataron disparándoles, cuatro de ellas boca abajo y dos boca arriba[282].
  • En el vecindario El Jícaro del municipio de Lolotique en junio de 2017, sujetos vestidos de negro que simulaban un operativo policial mataron en su propia vivienda a un hombre que había sido deportado de Estados Unidos en 2015, y tenía tatuajes que no estaban relacionados con pandillas[283].
  • En enero de 2019, en el vecindario Los Lagartos de San Julián, hombres armados se hicieron presentes en la vivienda de un hombre que había sido deportado de EE. UU. dos meses antes. Se llevaron al hombre y a su sobrino adolescente, ambos presuntos integrantes de una pandilla, a una distancia de aproximadamente 100 metros, hasta un cafetal. Allí, los interrogaron y los mataron[284].

Ransés I.

Ransés I., un hombre de 44 años deportado desde EE. UU. a El Salvador en 2018, habló sobre el escrutinio que enfrentó por parte de las autoridades salvadoreñas después de regresar a su país de origen. Esta situación se debía, en gran medida, a que él había intentado —mediante un proceso sumamente doloroso— quitarse o modificar sus tatuajes para distanciarse de la pandilla a la cual había pertenecido anteriormente. Manifestó a Human Rights Watch: “Había ido [a visitar a un tatuador] desde 2006, y los había cambiado todos. Para corregirlos...”[285].

No obstante, al llegar a El Salvador, sus tatuajes resultaron muy llamativos para la policía. Poco después de su regreso, Ransés tuvo un altercado con otro hombre, quien llamó a la policía. Cuando los policías llegaron a la vivienda de Ransés, al parecer expusieron deliberadamente los tatuajes que él mantenía ocultos en todo momento. Ransés explicó: “Me llamaron para que saliera de la casa. Me quitaron la camiseta en público. Me dijeron: ‘No te preocupes por los tatuajes. ¿Tienes documentos?’. Les mostré mi DUI [documento único de identidad][286] y mi pasaporte... Tomaron fotos de todo... y me dijeron que eran pruebas...”[287].

Según lo refirió Ransés, cuando se quejó ante la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos por el acoso policial y la exposición de sus tatuajes en público, el personal de esa institución “me dijo que tuviera cuidado, porque los grupos de exterminio utilizan esas fotos para exterminar”[288].

 

VI. Personas con mucho tiempo de residencia en EE. UU.

Si son deportados, los salvadoreños que han residido durante mucho tiempo en Estados Unidos se enfrentan a varios riesgos particulares. Se los suele identificar fácilmente por su manera de vestirse, su forma de hablar y los recursos económicos con que cuentan. Al mismo tiempo, como han estado lejos tanto tiempo, a menudo no comprenden las reglas tácitas que respetan los salvadoreños para protegerse de las pandillas, de los grupos de exterminio o de las autoridades corruptas. En consecuencia, pueden ser especialmente vulnerables en El Salvador tras la deportación[289].

Varios de los que sufrieron daños tras su deportación a El Salvador habían llegado a Estados Unidos de niños o de adolescentes[290]. Muchos señalaron que asistían a la escuela en EE. UU. y casi todos que trabajaban, pero al mismo tiempo, como sus medios económicos eran limitados y su estatus legal, precario, vivían en comunidades estadounidenses con altos niveles de pobreza[291]. En las áreas en las que residían en EE. UU., la pobreza se combinaba con altos niveles de abusos policiales, pandillas y violencia, por lo que el riesgo de ser víctimas de delitos y de ser ellos mismos acusados de delincuencia era más alto[292].

Quienes residieron durante mucho tiempo en EE. UU. son blanco fácil de abusos

Los salvadoreños que han vivido en Estados Unidos durante mucho tiempo suelen ser fácilmente identificables. El director de un organismo que brinda asistencia a personas deportadas nos dijo: “Al principio, no hay problema. Pero a medida que se hacen notar —por su vestimenta, su acento, su dinero—, las pandillas comienzan a prestarles atención”[293].

Yeshua O., que ahora tiene casi 40 años, huyó de un vecindario particularmente violento de El Salvador hacia Estados Unidos cuando era adolescente y estuvo en ese país durante casi dos décadas con estatus TPS antes de que, en 2018, lo deportaran después de cumplir una pena por agresión en primer grado en Maryland[294]. Algunas semanas después de regresar a su vecindario particularmente violento en El Salvador, Yeshua contó a Human Rights Watch que había intentado seguir las reglas sobre si debía o no usar “determinado calzado, determinados colores y determinados peinados”, porque esos factores podían sugerir que era miembro de una pandilla y ponerlo en peligro. Dijo que: “Aquí es confuso. Siempre usé estilo militar, pero cuando estuve detenido [en el establecimiento de detención inmigratoria de EE.UU.], me dijeron [otros detenidos] que me dejara el cabello más largo… Creo que el estilo militar está relacionado con una de las pandillas”[295].

La hermana de Baltazar G., un hombre que fue deportado en enero de 2012 luego de haber estado 10 años en EE. UU., le contó a Human Rights Watch que su forma de vestir era peligrosa: “Luego de haber vivido tanto tiempo allí, se vestía diferente. Más holgado. Eso llamó la atención de los miembros de las pandillas de aquí. Le dije que se vistiera distinto”[296].

Bernardo A., que ahora tiene casi 50 años, huyó a Estados Unidos durante su temprana adolescencia para evitar que las guerrillas lo reclutaran por la fuerza. Desde entonces, ha vivido la mayor parte de su vida en Estados Unidos, pero lo han deportado varias veces a El Salvador; la primera vez fue en 1990, cuando ya era un adulto joven, y la última vez en diciembre de 2017. Recuerda que luego de su primera deportación: “Estaba en la iglesia y querían pegarme. Así que me fui. Creo que no les gustaba mi forma de hablar. Ya no hablaba bien español. Había aprendido inglés… y ya no hablaba bien español”[297].

Quienes son deportados a Estados Unidos suelen tener, debido a las remesas enviadas a sus familias, bienes importantes en comparación con los demás. Por ejemplo, Elías F., que huyó de un vecindario violento hacia Estados Unidos cuando era adolescente a principios de la década de 2000, le envió a su familia dinero durante siete años para que compraran una casa en su vecindario[298]. Cuando lo deportaron a principios de la década de 2010, se dio cuenta de que su casa estaba mejor construida y tenía mejores terminaciones que las otras, y que eso lo convertía a él en un blanco.

Durante nuestra investigación para este informe, también nos enteramos de otros dos casos de esposas[299] de dos salvadoreños que habían vivido extensos períodos en EE. UU. y que fueron asesinados, y del caso de un ciudadano estadounidense[300] asesinado cuando viajó a El Salvador a casarse con su novia (que había sido deportada de Estados Unidos y tenía un hijo pequeño). Si bien no pudimos documentar el motivo por el que el ciudadano estadounidense fue asesinado, en el caso de las dos esposas, sabemos, a partir de las entrevistas que les hicimos, que una de las víctimas había recibido con regularidad dinero de Estados Unidos y que la otra se había resistido a que una pandilla la extorsionara. En los tres casos, aparentemente se convirtieron en blancos claros debido a sus vínculos con deportados que habían residido en EE. UU. durante mucho tiempo y de quienes se pensaba que tenían una mejor situación financiera.

Extorsión

Los deportados que pasaron mucho tiempo en EE. UU. suelen ser objeto de extorsión porque se los percibe como personas que tienen más recursos económicos. Varios de los entrevistados por Human Rights Watch nos dijeron que su renuencia a ceder a las extorsiones u otras exigencias de las pandillas (motivadas, a su parecer, por la percepción de que, por haber residido mucho tiempo en EE. UU., su posición económica era acomodada) los ponía a ellos o a sus familias en riesgo, incluso el riesgo de muerte[301]. Varios policías entrevistados para este informe consideraban que no hacer un pago extorsivo era el factor más común en los asesinatos de personas deportadas que habían residido mucho tiempo en EE. UU., ya que algunas de ellas respondían de maneras que, por lo general, en Estados Unidos no hubieran puesto en riesgo su vida (por ejemplo, negarse a pagar o denunciar las amenazas a las autoridades), pero que en El Salvador provocaron que los mataran o que asesinaran a sus seres queridos[302].

Un investigador de la Policía le dijo a Human Rights Watch que en varios de sus últimos casos de homicidio estaban afectados deportados que habían sido extorsionados.

Puedo recordar tres casos: (1) En El Junquillo, creo en 2016… Él se vino deportado y fue asesinado. La investigación mostró que la pandilla lo extorsionó. (2) En [el nombre de la colonia no se divulga], igual por la extorsión, puso un negocio – una tienda de productos cereales – y lo mataron. Este (caso fue) en 2018. (3) En [el nombre del municipio no se divulga], pero no recuerdo el cantón. Fue igual: la gente viene deportada con poquito dinero, ponen un negocio y viene [la exigencia de] la renta[303].

Surge implícitamente en estos casos que la persona directamente no pagó o dejó de pagar. En el caso de una mujer asesinada por una pandilla, los familiares le contaron a Human Rights Watch que la familia, incluida la mujer que había muerto, se habían resistido a la extorsión porque, tras haber vivido durante años en Estados Unidos, consideraban que habían trabajado demasiado para tener que darles su dinero a “delincuentes”[304]. De manera similar, un funcionario [cuya dependencia no se divulga por motivos de seguridad] informó sobre un caso concluido en el que una exresidente legal de Estados Unidos había comenzado un negocio en el vecindario Los Blancos de San Luis La Herradura. El funcionario dijo que “Ella... rechazó pagar la extorsión y les decía [a los pandilleros] que ‘A vagos, no debía mi dinero’”[305].

Tatuajes

En Estados Unidos los tatuajes son algo común[306]. Algunos deportados que han residido en Estados Unidos durante mucho tiempo y que fueron entrevistados para este informe se los hicieron por motivos artísticos y sentimentales. Por ejemplo, entrevistamos a Paloma V., que ingresó en EE. UU. aproximadamente a los 20 años y que vivió allí durante seis años. Regresó a El Salvador desde EE. UU. voluntariamente para visitar a un familiar enfermo y porque le preocupaba que las pandillas reclutaran forzadamente a sus hijos varones. A su regreso, Paloma pasó la mayor parte del tiempo escondiéndose en El Salvador para evitar las exigencias extorsivas de las pandillas que le pedían USD 50 por semana y que intensificaban sus intentos para reclutar a sus dos hijos varones. Explicó que los tatuajes artísticos en el cuello, el hombro y en el costado del cuerpo eran alusiones visuales a su familia, su país y a Dios[307]. Algunas otras personas que habían residido en Estados Unidos mucho tiempo y a quienes entrevistamos reconocieron que sus tatuajes estaban relacionados con pandillas[308].

Incluso los tatuajes relacionados con pandillas a veces se obtienen en Estados Unidos como un mecanismo de supervivencia y no solo como señal de afiliación a un grupo. Bartolo A., que había vivido en Estados Unidos durante 17 años antes de ser deportado en 2017, se hizo tatuajes, según dice su abogado, tras haber recibido varias golpizas en una prisión federal de Estados Unidos, cuando era joven y vulnerable[309]. Bartolo A. asintió y dijo: “Muchas veces, uno se los hace [tatuajes en prisión] para obtener la protección de las pandillas. Sí, cuando uno camina con tatuajes de la pandilla, nadie se mete con esa persona”[310]. Bartolo sostiene que eso le salvó la vida: “Los tatuajes me ayudaron a sobrevivir en la cárcel”[311].

Sin embargo, en El Salvador, los tatuajes están sumamente estigmatizados y pueden tener consecuencias mortales. Esto ha sido así durante muchos años[312].

En la actualidad, las pandillas, las autoridades y los escuadrones de la muerte en El Salvador relacionan los tatuajes con ser miembro de una pandilla. En opinión de varios funcionarios[313] entrevistados para este informe, los tatuajes eran el factor más común entre los deportados que fueron asesinados:

  • “Por lo general, el factor común es un tatuaje, porque la gente piensa que ese elemento está relacionado con pandillas, pero algunos son decorativos”. Este funcionario recordó de la siguiente manera su propio regreso voluntario a El Salvador cuando terminó la guerra civil a mediados de la década de 1990: “Mi madre me inspeccionó para ver si tenía tatuajes. Aparentemente, todas las historias [de los medios] de esa época eran sobre miembros de pandillas tatuados que venían de Estados Unidos. Mis amigos deportados [por esa época] tenían tatuajes y eran discriminados”[314].
  • “Lo que he notado sobre las personas asesinadas luego de su deportación es que casi todas tenían tatuajes. Algunos tienen tatuajes artísticos que no hacen alusión a pandillas. Aun así, las pandillas los matarán, como hicieron con otros. Esto sucede principalmente en áreas rurales. Las variables constantes entre los deportados asesinados y los deportados desaparecidos son los tatuajes. Algunos son pandilleros”[315].

Los deportados que desaparecieron o fueron asesinados a menudo tenían tatuajes. De los 30 casos denunciados en los medios salvadoreños de deportados de Estados Unidos con tatuajes, que fueron asesinados entre 2010 y 2019, solo siete tenían tatuajes relacionados con pandillas; los 23 restantes tenían tatuajes artísticos o no relacionados con pandillas, como alusiones a los hijos[316], un ángel y Cristo[317], un escudo[318], estrellas en los codos[319] y alusiones a la ciudad estadounidense de Los Ángeles[320]. En algunos de estos 30 casos, las personas en cuestión habían pasado su niñez, su adolescencia o más de 10 años en Estados Unidos[321]. Algunos fueron asesinados algunos días después de haber sido deportados[322]; otros, años más tarde, a pesar de que trataban de abandonar su hogar lo menos posible (por ejemplo, solo yendo al trabajo y regresando de él)[323]. Otros casos que documentamos a través de entrevistas para este informe incluyen:

  • Un hombre, Jaír F., dijo que su primo Ángel F. había llegado a Estados Unidos durante su adolescencia y tenía tatuajes que, según Jaír, no estaban relacionados con pandillas. Jaír le contó a un investigador de Human Rights Watch que a Ángel lo asesinaron en 2018 en el municipio rural donde vivían luego de que se lo deportara ese mismo año[324].
  • Un periodista salvadoreño nos dijo en 2018, “[H]ace algunos días llegó un joven deportado que tenía tatuajes. Desapareció. Algunos casos como este nunca se denuncian”[325].
  • Otro periodista salvadoreño recordó: “En [el vecindario] donde vivo, un deportado de aproximadamente 40 años volvió [a El Salvador]. Tenía unos tatuajes que me parecían fantásticos y de ninguna manera relacionados con pandillas. Sin embargo, pocas personas en El Salvador entienden esto. Aquí, tener tatuajes es un problema. Desapareció un mes más tarde. El caso no se informó [en la prensa]. Yo no lo cubrí, porque [los periodistas salvadoreños] tenemos una regla: no informar nada sobre el propio vecindario”[326].

A pesar de los graves riesgos que puede implicar tener tatuajes, eliminarlos en Estados Unidos es difícil, en especial, cuando la persona se encuentra detenida en un establecimiento de detención inmigratoria[327]. En un caso, luego de vivir en Estados Unidos durante 17 años, y mientras su procedimiento de deportación se encontraba en curso, los abogados defensores de Bartolo A. intentaron hacer gestiones para que pudieran eliminarse los tatuajes del detenido, pero en el establecimiento de detención inmigratoria donde se encontraba no se coordinaron las visitas con los profesionales especializados en eliminar tatuajes ni se permitió que Bartolo abandonara el establecimiento para que se los quitaran[328].

De acuerdo con funcionarios salvadoreños, el organismo gubernamental que vela por la salud y el bienestar de los jóvenes, el Instituto Nacional de la Juventud (INJUVE), ofrece un programa para eliminar tatuajes en El Salvador, a fin de que, como un funcionario del centro de retorno le dijo a Human Rights Watch, “no se los confunda con pandilleros”[329]. Sin embargo, las sesiones de eliminación solo se ofrecen en San Salvador, toman varias semanas y se puede tardar años en eliminar tatuajes por completo[330].

Javier B.

En 2010, Javier B., de 17 años, huyó de su vecindario particularmente violento en El Salvador, donde la pandilla local había intentado varias veces reclutarlo. Su madre, Jennifer B., dijo que la pandilla había asesinado a un familiar cercano y que toda la familia solía estar en la mira de la pandilla[331].

Luego de cruzar la frontera, Javier vivió con su madre como inmigrante no autorizado en una ciudad ubicada en la Costa Este de Estados Unidos, donde ella trabajaba para enviar dinero a El Salvador. Javier comenzó la escuela secundaria, pero pronto abandonó los estudios y comenzó a vivir con un amigo[332]. También trabajó en los escasos trabajos que había disponibles, como en la construcción, dos o tres veces por semana[333]. En 2012, la novia de Javier quedó embarazada. Javier declaró más tarde ante el juez de inmigración de su procedimiento de deportación, que “estaba emocionado” de convertirse en padre, pero que también le preocupaba que “no podría mantener a su familia”[334]. Javier declaró que “sucumbió al dinero fácil” que conseguía participando en robos de viviendas[335] .

En junio de 2013, Javier fue condenado a nivel estatal por dos cargos separados por tentativa de robo de vivienda y robo de vivienda en segundo grado. Luego de cumplir su pena en una prisión de la Costa Este, se le inició un procedimiento de expulsión en el estado de Nueva York.

En agosto de 2016, cuando Javier tenía 23 años, el tribunal de inmigración le negó asilo debido a sus antecedentes penales. Si bien Javier planteó que temía que las pandillas en El Salvador lo atacaran e incluso lo asesinaran, el tribunal concluyó que no era “lo más probable” que Javier fuera a ser torturado (lo que se define, en parte, como cualquier acto destinado a infligir intencionadamente a una persona dolores o sufrimientos graves) cuando regresara a El Salvador, denegándole así protección conforme a la Convención contra la Tortura y ordenando que fuera deportado de Estados Unidos[336]. Lo deportaron aproximadamente en marzo de 2017. MS lo asesinó en junio de ese mismo año, según cuenta su madre, Jennifer, que le dijo a Human Rights Watch:

Solo pasaron cuatro meses. Él decidió vivir con mi madre en [el vecindario de donde había huido]. Estaba pensando en vivir con mi hermana en [otro vecindario, también violento]. De hecho, es allí donde [miembros de MS] lo mataron. Es terrible. Allí lo sacaron de la casa en pleno día a las 11:00. Vieron sus tatuajes. Sabía que lo matarían por sus tatuajes. Es exactamente lo que pasó… El problema era con [la pandilla] MS [-13], no con la policía [que lo había detenido varias veces, pero no lo habían golpeado][337].
 

VII. Derecho estadounidense e internacional

En varios aspectos clave, la legislación y las políticas de EE. UU. en materia inmigratoria violan las normas internacionales de derechos humanos y sobre refugiados, y esto afecta de manera directa a quienes buscan asilo o enfrentan la posibilidad de ser deportados de Estados Unidos, como los salvadoreños presentados en este informe.

EE. UU. no ha impedido el regreso de inmigrantes a contextos de persecución

Desde que Estados Unidos suscribió el Protocolo de 1967 a la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951, tiene la obligación de respetar las principales disposiciones de esa convención[338]. El gobierno de Estados Unidos sancionó la Ley de Refugiados (Refugee Act) de 1980 para adaptar las leyes internas a los términos de la Convención sobre Refugiados y su Protocolo, e incorporó en el derecho estadounidense la definición de “refugiado” proporcionada en la Convención (persona con fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social u opiniones políticas) y el principio de no retorno (también llamado “de no devolución”), que prohíbe la devolución de aquellos cuya vida o libertad peligre por causa de su raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social u opinions políticas[339].

A pesar de que el principio de no devolución se encuentra incorporado en el derecho estadounidense, los casos en este informe muestran que el destino de los salvadoreños es muy incierto cuando intentan convencer a los tribunales y autoridades de Estados Unidos de que no deben ser deportados porque temen sufrir daños graves.

A cualquier inmigrante no autorizado (los salvadoreños entre ellos) le resultará difícil obtener protección frente a la posibilidad de ser deportados hacia el país donde pueden sufrir daños, en especial, si ese inmigrante fue detenido en un control de inmigración y si se le inició un procedimiento de expulsión. Uno de los mayores obstáculos para estas personas es la realidad de que muy probablemente serán encerrados en centros de detención de inmigrantes, desde donde se espera que soliciten asilo, por lo general, sin la asistencia de un abogado, ya que casi todos los inmigrantes y solicitantes de asilo que enfrentan la deportación en Estados Unidos no tienen derecho a un abogado designado por la justicia[340].

Luego de revisar datos de tribunales de inmigraciones de entre 2007 y 2012, el Consejo Estadounidense de Inmigración (American Immigration Council) determinó que solo el 40 % de todos los salvadoreños (detenidos y no detenidos) a los que se les habían iniciado procedimientos de expulsión contaban con la representación de un abogado. Además, el 38 % de los salvadoreños a quienes se les habían iniciado esos procedimientos estaban detenidos[341].

De acuerdo con una norma de julio de 2019 cuya aplicación está suspendida en la actualidad, todos los inmigrantes no autorizados que vivan en Estados Unidos podrán ser arrestados y deportados mediante procedimientos ampliados que agilizan las deportaciones, conocidos como “expulsiones aceleradas”[342]. Si la norma entra en vigor, los extranjeros no autorizados que no puedan probar que han estado de manera continua en Estados Unidos durante, por lo menos, dos años, podrían ser objeto de procesos de deportación abreviados, sin tener la oportunidad de defender su caso frente a un juez de inmigración ni de conseguir, en la mayoría de los casos, la ayuda de un abogado. En los procedimientos de expulsión acelerada, se puede intentar solicitar asilo ante un tribunal de migraciones, pero el acceso a una audiencia judicial depende de un proceso de selección. Human Rights Watch y otras organizaciones han criticado sistemáticamente las expulsiones aceleradas debido a que, durante ese proceso de selección, los funcionarios del Departamento de Seguridad Interior (Department of Homeland Security, DHS) no han identificado a solicitantes de asilo legítimos[343].

Si bien a la fecha de preparación de este informe las deportaciones de personas con Estatus de Protección Temporal (TPS) o beneficiarias de DACA están suspendidas[344], esas medidas cautelares ordenadas judicialmente podrían levantarse en cualquier momento. Si esto sucede, es probable que estas personas también tengan que defenderse de la deportación sin asistencia de un abogado designado por la justicia. Incluso con la ayuda de un abogado, cada persona que intente evitar su deportación por temor a sufrir daños en El Salvador deberá luchar por poder presentar ese pedido en el marco de las actuales leyes estadounidenses, que se analizan más adelante.

En el caso de personas con antecedentes penales, las posibilidades de que puedan evitar la deportación por temor a sufrir daños en El Salvador son prácticamente nulas[345]. El artículo 33(2) de la Convención sobre Refugiados establece que un refugiado “que, habiendo sido objeto de una condena definitiva por un delito particularmente grave, constituya una amenaza para la comunidad de tal país”[346], no puede alegar el principio de no devolución. La Agencia de la ONU para los Refugiados (ACNUR) ha definido ese delito como “una infracción castigada con la pena de muerte o con penas muy graves”[347]. El Comité Ejecutivo del ACNUR ha explicado, además, que deportar a un refugiado en virtud del artículo 33(2) “podía tener consecuencias muy graves para un refugiado y para los miembros de su familia… [y, por lo tanto, solo debería ocurrir] en casos sumamente excepcionales y tras la debida consideración de todas las circunstancias”[348].

Por lo tanto, de acuerdo con el derecho internacional sobre refugiados, deben existir procedimientos que garanticen que esta acotada excepción se aplique con cautela[349]. Incluso a los individuos condenados por algún delito “particularmente grave” (particularly serious crime) se les garantiza el derecho a una audiencia para establecer si en la actualidad constituyen o no una amenaza. La excepción de que represente una “amenaza para la comunidad” en rigor de verdad “gira en torno a la apreciación de que la persona en cuestión pueda representar una amenaza futura más que al hecho de que haya cometido algún delito en el pasado”[350]. En consecuencia, de acuerdo con el derecho internacional sobre refugiados, si una persona tiene antecedentes delictivos, ello no implica, de por sí, que representa una amenaza futura.

Lamentablemente, Estados Unidos no cumple con estas normas, lo que explica por qué algunas de las personas mencionadas en este informe fueron deportadas a El Salvador por tener antecedentes penales, a pesar de que era claro que corrían el riesgo de sufrir daños y de que no constituían una amenaza. Por lo general, se niega asilo en Estados Unidos a quienes tienen antecedentes penales que no son “particularmente graves”, pero estas personas pueden solicitar que se les aplique el principio de no devolución apelando al estándar superior que se conoce como “suspensión de expulsión”[351]. Sin embargo, quienes han sido condenados por los que se consideran “delitos particularmente graves” tampoco pueden recurrir a la suspensión[352].

Además de todos los refugiados condenados por delitos gravísimos con penas de 5 años de prisión, algunos tribunales estadounidenses han concluido que el Fiscal General de Estados Unidos tiene la facultad discrecional de enviar a refugiados o asilados de regreso a un contexto donde serán perseguidos, según lo que dicho funcionario determine que constituye un delito particularmente grave; tal determinación será, con frecuencia, irrecurrible[353].

Una última defensa contra la expulsión de personas condenadas por delitos particularmente graves surge, no de la Convención sobre Refugiados y su Protocolo, sino de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (CCT), que impide, sin excepción, que Estados Unidos envíe de regreso a personas a países donde lo más probable es que sean sometidas a torturas[354]. La CCT define “tortura” como todo acto por el cual se inflija intencionadamente a una persona dolores o sufrimientos graves, cuando dichos dolores o sufrimientos sean perpetrados por un funcionario público u otra persona en el ejercicio de funciones públicas, a instigación suya, o con su consentimiento o aquiescencia. Por lo tanto, para poder utilizar la suspensión o aplazamiento de expulsión en virtud de la CCT, el solicitante debe demostrar que cuando regrese a su país “lo más probable” es que sea sometido a torturas, y que eso constituirá un dolor o sufrimiento grave infligido por un funcionario público o con su aquiescencia. Si bien es una protección fundamental en el derecho internacional y en el estadounidense, y quienes tienen antecedentes penales pueden solicitar que se aplique la CCT, ese requisito es muy difícil de cumplir, en especial, sin la ayuda de un abogado.

Dado que Estados Unidos ha interpretado la expresión delitos “particularmente graves” de una manera demasiado amplia a fin de evitar darle asilo a determinadas personas y de no suspender expulsiones, que no se evalúa si el posible deportado representa una amenaza para la comunidad de EE. UU., y que a quienes enfrentan la posibilidad de deportación no se les ofrecen representantes legales designados por la justicia para que los asesoren sobre sus derechos y sobre la mecánica del debido proceso, Estados Unidos no cumple con sus obligaciones en virtud del derecho internacional de no hacer regresar a los salvadoreños (y a otras personas) a países donde estarían amenazados de sufrir persecuciones, torturas u otros daños graves. Además de los cambios en las políticas que pueden realizar los Departamentos de Justicia y de Seguridad Nacional, el Congreso debería modificar las leyes estadounidenses para garantizar que los impedimentos de índole penal para el asilo y la suspensión de expulsiones sean compatibles con lo dispuesto en el derecho internacional, que haya mayor control judicial respecto del uso de esos impedimentos y que quienes enfrentan la expulsión tengan derecho a contar con abogados designados por la justicia.

Estados Unidos desvirtúa el derecho a buscar asilo

En el marco del derecho internacional, no existe el derecho a recibir asilo, pero sí el derecho a solicitarlo[355]. Formalmente, las leyes estadounidenses reconocen, en general, este derecho. Las leyes establecen que cualquier persona “físicamente presente en Estados Unidos o que llegue a ese país… independientemente de la condición de ese extranjero, puede solicitar asilo…”[356].

Sin embargo, desde la asunción del presidente Donald Trump, el gobierno federal prácticamente ha vaciado de contenido al derecho a buscar asilo a través de una incesante serie de cambios en las políticas y leyes. Este ataque al derecho de asilo afecta a personas de todas las nacionalidades, los salvadoreños entre ellos. Los salvadoreños cuyos pedidos de asilo aún no se han resuelto y aquellos que quizás estén intentando viajar a Estados Unidos para solicitar asilo debido a la persecución que sufren en su país, enfrentan enormes obstáculos como consecuencia de estos cambios en las leyes y políticas de asilo.

Una de las políticas de Estados Unidos más drásticas, que vulnera el derecho a buscar asilo en Estados Unidos, son los Protocolos de Protección de Migrantes (PPM), también llamada política de “Permanencia en México (Remain in Mexico)”, en vigor desde enero de 2019. En virtud de esta política, cuya implementación Human Rights Watch[357] ha investigado, el gobierno estadounidense envía de regreso a México a casi todos los solicitantes de asilo a los que se les han iniciado procedimientos de expulsión. Desde sus inicios, el programa se ha implementado en puertos de ingreso y en sectores de la Patrulla Fronteriza en la frontera sur. Ello ha puesto a los solicitantes de asilo en riesgo de sufrir situaciones de violencia, de ser explotados por cárteles y funcionarios corruptos, y de perder la vida. Aproximadamente el 1 % de las personas enviadas de regreso a México en el marco del programa pueden encontrar a alguien que los represente en sus casos judiciales[358]; también se han enviado de regreso con regularidad a poblaciones vulnerables, como mujeres embarazadas, bebés y personas LGBT, y según nuestra investigación, una consecuencia habitual del programa es la separación de las familias[359].

Si bien se siguen presentando recursos legales, el Tribunal de Apelaciones de Estados Unidos para el Noveno Circuito ha aceptado que esta drástica política continúe en vigor[360]. Cuando se preparó este documento, más de 59 000 solicitantes de asilo habían sido enviados de regreso a condiciones peligrosas y absolutamente precarias en México, enfrentando importantes dificultades para obtener representación legal y una audiencia de asilo justa[361].

El programa de PPM se suma a la política de cupos de 2016 (denominada “metering”), en virtud de la cual la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos (CBP) rechaza a solicitantes de asilo en los puertos de ingreso, donde deben esperar en filas que avanzan azarosamente, lo cual puede causar demoras de semanas o meses. Quienes resultan afectados por estas políticas a menudo toman decisiones desesperadas para intentar cruzar la frontera en lugares peligrosos, como lo hicieron Óscar Alberto Martínez Ramírez y su hija Valeria, ambos provenientes de un vecindario particularmente violento, Altavista, de El Salvador, y que murieron al intentar cruzar el Río Grande en junio de 2019[362].

En julio de 2019, se produjo otro cambio que tuvo un efecto devastador en todos aquellos que intentaban cruzar la frontera entre Estados Unidos y México buscando resguardarse de situaciones de persecución: el gobierno publicó una norma definitiva sujeta a comentarios que establecía la prohibición de que cualquier persona (incluidos niños y niñas) que hubiera viajado a Estados Unidos a través de otro país sin haber pedido y obtenido asilo allí, solicitara asilo en Estados Unidos[363]. La prohibición establecida en esta norma (a veces denominada “Prohibición de Asilo 2.0”) afecta a casi todos los solicitantes de asilo no mexicanos que intentar ingresar a Estados Unidos por la frontera sur. El 11 de septiembre, la Corte Suprema decidió aceptar que la prohibición entrara en vigor mientras se encontraba en trámite el proceso judicial por el que se la impugnaba[364].

En el verano y otoño de 2019, el gobierno de Trump de nuevo intentó directamente impedir el acceso al sistema de asilo de Estados Unidos, al llegar a acuerdos con Honduras, El Salvador, y Guatemala en virtud de los cuales el gobierno estadounidense podrá rechazar las solicitudes de asilo de quienes primero pasen por cualquier de esos países[365]. El Acuerdo de Cooperación sobre Asilo de Estados Unidos con Guatemala, en especial, resulta particularmente alarmante para los salvadoreños, dado que casi todos los solicitantes de asilo de ese país deben pasar por Guatemala al viajar hacia el norte. Al momento de preparación de este documento, se conocían pocos detalles sobre estos acuerdos; sin embargo, lo que se conoce sobre los sistemas de protección de refugiados de cada país plantea serias dudas sobre su capacidad de manejar grandes volúmenes de solicitudes de asilo y de ofrecer protección efectiva[366].

Cada uno de estos cambios se ha acumulado sobre otros cambios anteriores en materia de políticas públicas y se han combinado para generar una respuesta severa y punitiva para quienes llegan al país y buscan asilo. En 2017, el fiscal general Jeff Sessions presentó una política de “tolerancia cero” en virtud de la cual todos los migrantes que llegan al país pasando por zonas entre puertos de ingreso, incluidos solicitantes de asilo, deben ser juzgados por los delitos de ingreso o reingreso ilegal. El resultado fue la separación masiva y sistemática de familias, ya que los padres eran juzgados y los niños alejados de ellos y detenidos aparte. Eso produjo un trauma irreversible y con secuelas para toda la vida a más de 5400 niños y niñas[367], incluidos todos los niños salvadoreños entrevistados para este informe, salvo uno. Según memorandos internos del gobierno revelados posteriormente, el objetivo explícito de esta política era funcionar como mecanismo disuasorio para quienes solicitaran asilo[368]. A pesar de que en julio de 2018 se dispuso oficialmente poner fin a la separación de familias[369], todavía se producen muchas separaciones[370] y, al momento de la preparación de este documento, el memorando sobre “tolerancia cero” seguía en vigor.

Otros cambios han intentado acotar las definiciones que los jueces de inmigración estadounidenses utilizan para determinar en qué casos corresponde otorgar el asilo. En 2019, el fiscal general de EE. UU. William Barr revirtió un pronunciamiento, Matter of L-E-A[371], y limitó y, en algunos supuestos, eliminó la posibilidad incluso de presentar un pedido de asilo en el caso de personas que huyen de contextos en los que puedan sufrir daños sobre la base de que pertenecen a una determinada familia. Las consecuencias de esta decisión fueron alarmantes para muchos solicitantes de asilo, incluidos varios salvadoreños y sus familias cuyos casos se documentan en este informe. Además, en 2018, Sessions, que se desempeñaba como Fiscal General en ese momento, dictó en Matter of A-B[372] una decisión por la que, en la práctica, limitaba la disponibilidad de asilo para muchas personas que huían debido a violencia de género o a violencia a manos de pandillas, que suelen ser los principales motivos del temor de sufrir daños por los cuales personas de El Salvador huyen a Estados Unidos[373].

El ex fiscal general Sessions tomó esta decisión a pesar de la jurisprudencia de los tribunales estadounidenses que, durante décadas, estableció claramente que la violencia de pandillas y la violencia de género podían constituir persecución conforme al derecho internacional de los refugiados[374]. ACNUR, la Agencia de las Naciones Unidas para los Refugiados, comparte esta interpretación jurídica asentada, y ha concluido que es posible que quienes huyen de violencia de pandillas y violencia de género, así como quienes son objeto de reclutamiento forzado por parte de pandillas, pueden alegar válidamente que son perseguidos en el marco de la Convención sobre Refugiados[375]. Asimismo, en su decisión no reconocía como causas fundamentales de la violencia de género y violencia de pandillas a la ausencia del Estado ni la incapacidad de este para proteger a sus ciudadanos o su renuencia hacerlo, como así tampoco su papel activo en las persecuciones.

En febrero de 2017, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (U.S. Citizenship and Immigration Services, USCIS) elevó el umbral para demostrar un temor creíble en la primera etapa del proceso de asilo. En esta nueva directriz se ordenaba a los funcionarios de asilo que fueran más estrictos al evaluar los argumentos de temor que se formularan durante “entrevistas de temor creíble”, las entrevistas iniciales que deben realizarse antes de que un solicitante de asilo afirmativo pueda presentar su pedido de asilo ante un juez de inmigración[376].

Cada uno de estos cambios en la política implica, de por sí, un importante deterioro del derecho a buscar asilo en Estados Unidos. Si se los considera en conjunto, EE. UU. viola los derechos de cientos de solicitantes de asilo diariamente. Un proyecto de ley presentado ante el Congreso, la Ley de Protección de Refugiados (Refugee Protection Act) de 2019, constituiría un importante avance para revertir estas y otras políticas perniciosas[377].

Las leyes estadounidenses no valoran adecuadamente los vínculos de larga data con EE. UU.[378]

Los salvadoreños (y los inmigrantes de otras nacionalidades en situaciones similares), que han vivido en Estados Unidos por muchos años sin autorización para estar en el país, como residentes permanentes legales o como beneficiarios de TPS o DACA a menudo han desarrollado o profundizado vínculos familiares o de otro tipo con los EE. UU. Conforme a las actuales leyes estadounidenses, estos vínculos a menudo no se tienen para nada en cuenta antes de deportar a una persona[379]. Esto a pesar de que el Comité de Derechos Humanos (CDH) de la ONU, el órgano especializado que interpreta y da seguimiento al cumplimiento del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) por los Estados Parte, ha señalado expresamente que el derecho a la unidad familiar entraña límites a la facultad de los Estados de regular la inmigración[380]. Si bien el CDH no siempre se ha pronunciado a favor de los migrantes que intentan defenderse frente a la posibilidad de deportación, su jurisprudencia establece que toda injerencia en la familia de una persona provocada por una deportación es “arbitraria” si el Estado no toma en cuenta el impacto para los derechos humanos en contraste con su interés en deportar a la persona[381]. Además, el relator especial de la ONU sobre los derechos de los ciudadanos extranjeros manifestó que la “[d]eportación únicamente está justificada si la injerencia en la vida familiar no es excesiva en comparación con el interés público en ser protegido”[382]. Incluso sin sólidos vínculos familiares, a medida que pasa el tiempo un inmigrante no autorizado va desarrollando lazos más firmes con el país al cual emigró. Los niños que llegaron a muy temprana edad a Estados Unidos como inmigrantes no autorizados a menudo no tienen ningún lazo con su país de origen, salvo haber nacido allí, y no obstante ello son deportados sin tomar en cuenta sus nexos con EE. UU.

No hay un derecho humano reconocido a emigrar a otro país y obtener allí estatus legal, y los estados tienen un importante margen de discreción para expulsar de su territorio a personas que no son ciudadanas de ese país, sobre todo si están allí de manera ilegal[383]. Pero esa discreción no es ilimitada, y EE. UU. debería asegurarse de que sus políticas inmigratorias sean acordes con las obligaciones que le corresponden conforme al derecho internacional de los derechos humanos. En particular, el derecho estadounidense debería tomar en cuenta las profundas implicancias de derechos humanos y otras dificultades asociadas con la deportación, y ponderarlas en contraste con su interés en deportar a una persona.

El artículo 12(4) del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) estipula que “[n]adie podrá ser arbitrariamente privado del derecho a entrar en su propio país”, y el Comité de Derechos Humanos ha concluido que la definición de “propio país” es más amplia que el concepto del país de nacionalidad de una persona[384]. En dos casos de personas que fueron llevadas a Australia y Canadá desde otros países en su temprana infancia, el Comité identificó que se había violado el artículo 12(4) cuando el Estado intentó deportar a esas personas posteriormente durante su vida[385]. Estos casos son muy similares a la situación de los beneficiarios de la DACA y, en algunos casos, también a la de los beneficiarios del TPS.

En lugar de exigir la deportación de casi cualquier inmigrante sin estatus legal, incluidos los que han vivido en el país durante muchos años, las leyes estadounidenses deberían cambiarse de modo que reivindiquen el derecho a la unidad familiar y a ingresar al propio país, entre otros. Una manera de reconocer estos derechos es ponderarlos antes de deportar a alguien de Estados Unidos. Otra manera es implementar un programa de legalización justo e inclusivo que otorgue estatus legal a determinados inmigrantes no autorizados en EE.UU. —incluidos aquellos que previamente reunieron las condiciones para obtener estatus legal temporal y que lo mantuvieron durante un tiempo prolongado— que cumplen una serie claramente definida de criterios, y que procure integrar a quienes tengan sólidos lazos familiares y comunitarios con EE. UU.

Las leyes estadounidenses deberían proteger a quienes enfrentan el riesgo de sufrir daños graves pero no reúnen los requisitos para recibir asilo

Además de todas las limitaciones al derecho de solicitar asilo y de recibir protección para no ser obligado a regresar a un país donde se enfrenta riesgo de persecución que se describieron precedentemente, Human Rights Watch señala otros dos vacíos en las leyes estadounidenses que establecen a quiénes debería protegerse de regresar a contextos donde se enfrentarían al riesgo de daño: en primer lugar, las leyes estadounidenses no cumplen con las obligaciones establecidas en tratados suscritos por EE. UU. de no enviar a las personas de regreso a lugares donde se encontrarían en riesgo real de enfrentar tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes; en segundo lugar, las leyes estadounidenses no protegen de la deportación a solicitantes de asilo recién llegados, que huyen de situaciones de violencia indiscriminada o de otras circunstancias excepcionales que amenazarían sus vidas o su seguridad personal.

Con respecto al primer vacío, Estados Unidos ha rechazado cualquier obligación de evitar que se obligue a las personas a regresar a situaciones donde enfrentan el riesgo de sufrir tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes que no llegan al nivel de tortura, lo cual es contrario a los requisitos de la Convención contra la Tortura. En el caso In re J-E-, la Junta de Apelaciones de Inmigración de EE. UU. desestimó la apelación de un hombre haitiano que demostró que era muy probable que se lo sometiera a tratos inhumanos y degradantes si regresaba a Haití, y expresó que “concluimos que el demandado no ha logrado establecer que estos graves casos de maltrato sean tan generalizados como para que pueda determinarse que es probable que una persona detenida en una prisión haitiana sea sometida a tortura, en contraposición a otras penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes”[386].

Esta interpretación es incompatible con la obligación de Estados Unidos en virtud del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP)[387]. El Comité de Derechos Humanos de la ONU, el órgano especializado que interpreta y evalúa el cumplimiento del PIDCP por los Estados, ha manifestado que “los Estados Partes no deben exponer a las personas al peligro de ser sometidas a torturas o a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes al regresar a otro país tras la extradición, la expulsión o la devolución”[388].

Con respecto al segundo vacío en el derecho estadounidense, en todo el mundo, los países que reciben migrantes llevan adelante una evaluación de dos vías cuando analizan un pedido de protección contra la deportación[389]. En primer lugar, examinan los pedidos utilizando la definición de refugiado internacional que se proporciona en la Convención sobre Refugiados, es decir, que exista un fundado temor de ser perseguido por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social u opinión política. Sin embargo, en esa misma entrevista personalizada, también se evalúa si es posible que un solicitante de asilo que no cumple con esta definición reúna los requisitos para que se le aplique un estatus complementario como persona protegida si el solicitante puede establecer que, de regresar a su país, enfrentaría un riesgo real de sufrir daños graves por motivos que no sean el temor de ser perseguido. Este tipo de “protección complementaria” proporciona una red de seguridad para quienes aún enfrentan riesgos extremos.

Human Rights Watch recomienda una reforma de las leyes estadounidenses para garantizar que se proteja de ser deportados a quienes enfrentarían amenazas graves a su vida o integridad física si se los enviara de regreso a sus países debido a que existe un riesgo real de violencia o en situaciones excepcionales, como que se haya producido un desastre natural o causado por el hombre, incluidos los efectos del cambio climático, para los que no exista una solución interna adecuada. Como se muestra en este informe, esto es importante para aquellos salvadoreños que quizás no cumplen con el elevado estándar de estar amenazados por situaciones de persecución o torturas, pero que, no obstante, enfrentarían el riesgo real de muerte o de sufrir lesiones físicas graves si regresaran a su país. También es importante para los individuos de cualquier nacionalidad que enfrentarían un riesgo real de sufrir un daño grave si fueran deportados de Estados Unidos.

 

Recomendaciones a mediano y largo plazo

Al Congreso de Estados Unidos

  • Sancionar leyes que incorporen en el derecho interno las obligaciones legales internacionales asumidas por Estados Unidos aprobando la Ley de Protección de Refugiados (Refugee Protection Act) de 2019 o leyes similares que:
    • Adecuen las definiciones de términos de la legislación estadounidense, como “determinado grupo social”, a los estándares internacionales;
    • Pongan en claro que el tránsito por un tercer país no constituirá un motivo para que se niegue discrecionalmente el asilo;
    • Establezcan que los funcionarios de asilo, que cuenten con capacitación en derecho sobre asilo y en técnicas para realizar entrevistas no confrontativas, tengan jurisdicción inicial sobre todas las solicitudes de asilo;
    • Pongan fin a los procesos penales federales, como la “política de tolerancia cero”, para las personas que solicitan asilo;
    • Garanticen el acceso a asesoramiento legal para todas las personas que se encuentran en centros de detención para inmigrantes y centros fronterizos, y brinden tal asesoramiento a determinadas poblaciones particularmente vulnerables;
    • Creen una presunción a favor de la liberación de detención para todas las personas que soliciten asilo.
  • Promulgar leyes que permitan el acceso a procedimientos justos de determinación de asilo en Estados Unidos a través de medidas como: 1) Rescindir los Protocolos de Protección de Migrantes (Migrant Protection Protocols, MPP) con efecto retroactivo. En el caso de las personas que ya forman parte del programa de MPP, garantizar que cada una de ellas tenga acceso a procedimientos de asilo completos y justos de conformidad con la legislación estadounidense, admitiéndolas en Estados Unidos bajo el régimen de “parole” (permiso de permanencia temporal) e inscribiéndolas en programas de liberación con apoyo de la comunidad que garanticen su comparecencia en los procedimientos de inmigración, y brindarles apoyo mientras sus solicitudes se encuentran en trámite; 2) Establecer un derecho de revisión de sentencia para las personas deportadas a El Salvador durante la administración de Trump; y 3) Poner fin al sistema de cupos (metering) para las solicitudes de asilo.
  • Asimismo, a fin de brindar acceso a procedimientos de determinación de asilo justos en Estados Unidos, sancionar leyes para eliminar la expulsión acelerada de la legislación estadounidense. Hasta tanto se adopten esas leyes, y mientras la expulsión acelerada continúe vigente: 1) Brindar recursos suficientes al Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (United States Citizenship and Immigration Services, USCIS) a fin de que incorporen más funcionarios para atender las cuestiones de asilo; 2) Permitir que el USCIS lleve a cabo entrevistas de evaluación oportunas, en persona, sobre “temor creíble” y “temor razonable” y se ocupe de los trámites atrasados, sin generar demoras a las entrevistas afirmativas de asilo ni a las entrevistas del USCIS en el programa estadounidense de admisiones para refugiados en el extranjero; 3) Garantizar que el USCIS cuente con capacitación y supervisión adecuadas; 4) Ampliar los supuestos que habilitan a obtener el permiso de permanencia temporal (parole).
  • Proteger y salvaguardar la independencia y la imparcialidad del sistema de tribunales de inmigración adoptando una ley que establezca un sistema de tribunales de inmigración independiente con la configuración de un tribunal conforme al Artículo I, que emule el modelo del Tribunal de Quiebras de EE. UU.
  • Sancionar la Ley de Nueva Forma de Proceder (New Way Forward Act) de 2019 o leyes similares que mejoren las garantías de debido proceso para todos los inmigrantes:
    • Poner fin a la deportación prácticamente automática de las personas con condenas penales y eliminar los procedimientos de deportación acelerados;
    • Restituir a los jueces de asuntos inmigratorios la discreción para otorgar dispensas a personas que, de otro modo, tendrían prohibido el ingreso por tener antecedentes penales o incurrir en determinadas conductas, si el ingreso resultase favorable para fines humanitarios, para garantizar la unidad familiar o por motivos de interés público;
    • Reducir las detenciones innecesarias adoptando una presunción de libertad a favor de los inmigrantes durante los procedimientos de deportación;
    • Derogar las leyes que establecen que el ingreso y el reingreso ilegales son delitos penales federales, en lugar de considerarlos simplemente delitos civiles que deben tramitarse ante un tribunal administrativo.
  • Sancionar leyes que otorguen “protección complementaria” contra la expulsión a personas que se encuentran fuera de su país y sujetas a la jurisdicción de los Estados Unidos, quienes enfrentarían amenazas graves a su vida o integridad física si se los enviara de regreso a sus países debido a que existe un riesgo real de violencia o en situaciones excepcionales, como que se haya producido un desastre natural o causado por el hombre, incluidos los efectos del cambio climático, para los que no exista una solución interna adecuada.

Al Congreso y el Poder Ejecutivo

  • El Fiscal General República debería retirar, o el Congreso debería dictar leyes que anulen, las resoluciones de este órgano que dejaron sin efecto las decisiones de la Junta de Apelaciones de Inmigración (Board of Immigration Appeals, BIA) en Matter of AB y Matter of L-E-A- y que limitaron los motivos para el otorgamiento de asilo relacionados con cuestiones familiares, de género y vinculados con pandillas.
  • Garantizar que el financiamiento estadounidense destinado a reforzar la capacidad de aplicación de la ley en la frontera con México y en relación con cuestiones inmigratorias incluya fondos:
    • Para mejorar y ampliar la capacidad de México de registrar y procesar las solicitudes de refugiados y otros pedidos de protección;
    • Aumentar la capacidad de México para brindar apoyo social a las personas que solicitan asilo y tienen pedidos en trámite, como así también para otros migrantes vulnerables; e
    • Integrar a los refugiados reconocidos y a los beneficiarios de protección complementaria.
  • Dirigir la asistencia exterior estadounidense a El Salvador y otros países de la región a iniciativas orientadas a mejorar el debido proceso, la rendición de cuentas y el desarrollo económico equitativo, y brindar apoyo a iniciativas claves para promover los derechos humanos, combatir la corrupción, fortalecer el Estado de derecho, reintegrar a los salvadoreños repatriados y brindar atención a los salvadoreños que tome en cuenta el trauma sufrido.
  • Poner fin a las presiones políticas e interrumpir el envío de fondos estadounidenses a El Salvador y a otros países de la región para fines de seguridad fronteriza o control migratorio que tenga la finalidad o el efecto de vulnerar el derecho a salir del propio país, el derecho a solicitar asilo debido a persecución en otros países, o que viole, de cualquier otro modo, derechos humanos fundamentales.

Al Departamento de Justicia de Estados Unidos

  • Reducir los obstáculos que afectan el debido proceso y las demoras en el sistema de justicia inmigratoria, entre otras cosas, restableciendo la capacidad de los jueces de inmigración para cerrar casos administrativamente y asignando los fondos que permitan que haya abogados designados por la justicia para los procedimientos de deportación.
  • Dejar de utilizar bases de datos sobre pandillas como un indicador de la pertenencia a estos grupos a efectos de tomar la decisión de interceptar y detener a una persona, sin una condena penal que demuestre que esta pertenece a una pandilla y que justifique la detención con fines de deportación.

Al Fiscal General de Estados Unidos

  • Emitir un nuevo dictamen para restituir la definición previa a 2018 de “grupo social determinado” y reconocer que ciertas personas (incluidas las de nacionalidad salvadoreña) pueden tener un temor justificado a la persecución y/o la necesidad de recibir protección complementaria contra la deportación debido a factores como la residencia a largo plazo en Estados Unidos, vecindario de origen, tatuajes, violencia sexual y todas las formas de violencia perpetradas por parejas íntimas.

Al Servicio de Inmigración y Control de Aduanas

  • Otorgar el permiso de permanencia temporal (parole) a personas que se encuentran en procesos de expulsión acelerada y hayan establecido un temor creíble.
  • Poner fin a todas las detenciones innecesarias por motivos migratorios. En casos en los cuales la detención está justificada en función del riesgo o el peligro de fuga demostrado por el gobierno a un juez de inmigración, el cual debe revisarse con regularidad, ubicar a los inmigrantes detenidos en áreas más accesibles para sus familias, abogados y los servicios de apoyo comunitarios.
  • Promulgar una nueva política que permita a las personas que se encuentran en centros de detención para inmigrantes acceder a servicios para la eliminación de tatuajes por su cuenta y cargo (o a cargo de organizaciones benéficas), sin ampliar el período de detención para esas personas.

Al Gobierno de El Salvador

  • Llevar a cabo investigaciones inmediatas, exhaustivas e imparciales sobre los señalamientos de homicidios y otros abusos cometidos por miembros de pandillas, incluidos sus posibles vínculos con autoridades.
  • Recopilar datos precisos sobre las víctimas y los agresores que también son migrantes obligados a regresar a sus países de origen.
  • Capacitar a policías y autoridades de aplicación de la ley para que no den por supuesto que una persona ha cometido un delito o pertenece a una pandilla por motivos como haber sido deportado o tener tatuajes.
  • Realizar investigaciones inmediatas, exhaustivas e imparciales de los señalamientos de abusos cometidos por autoridades y miembros de las fuerzas de seguridad, y apartar a esas personas de sus funciones oficiales relacionadas con el contacto con el público hasta tanto se resuelvan sus casos.
  • Invertir en el sistema de justicia, particularmente en lo que refiere a la igualdad de género y la inclusión, la capacidad de investigación y el abordaje de la corrupción en el Estado y la violencia de género.
  • Ampliar la capacidad del gobierno de brindar a las víctimas de delitos y violaciones de derechos humanos una atención adecuada que tome en cuenta el trauma sufrido.
  • Mejorar la capacidad del gobierno para recibir y reintegrar a los salvadoreños repatriados.
  • Asegurar que el personal del consulado salvadoreño en Estados Unidos realice un monitoreo de los abusos por parte de personal de control migratorio y protección fronteriza, y presente quejas con el consentimiento de las personas afectadas.

Agradecimientos

La investigación para este informe estuvo a cargo de Elizabeth G. Kennedy, exinvestigadora sobre El Salvador para el Programa de Estados Unidos de Human Rights Watch. La autoría del trabajo es compartida entre Kennedy y Alison Parker, directora adjunta del Programa de EE. UU. Clara Long, investigadora sénior del Programa de  EE. UU., editó el informe y colaboró con su redacción. Thomas J. Rachko, Jr., funcionario de incidencia interino del Programa de EE. UU., colaboró en la búsqueda sistemática de tribunales de sentencia penal salvadoreños y noticias relacionadas, al igual que una investigadora asistente cuya identidad no se divulga por cuestiones de seguridad. Jorge Beltrán Luna, Anna-Catherine Brigida, Virginia Salazar e Israel Serrano identificaron a algunas personas para las entrevistas. Anna-Catherine Brigida también editó secciones de este informe para asegurar que sean concisas y aportar claridad. Jorge Beltrán Luna aportó informes adicionales sobre un vecindario.

Editaron el informe Grace Meng, investigadora sénior del Programa de EE. UU.; Thomas J. Rachko, Jr., funcionario de incidencia interino del Programa de EE.UU.; Dani Hass, editor sénior; Joseph Saunders, director interino de Programas; Bill Frelick, director de derechos de refugiados; Neela Ghoshal, investigadora sénior del Programa de Derechos de Personas LGBT; Nisha Varia, directora de incidencia de la División de Derechos de la Mujer; Tamara Taraciuk Broner, subdirectora interina de la División de las Américas; y Michael Bochenek, asesor legal sénior en la División de Derechos del Niño y asesor legal sénior interino. Diversos colegas de Alianza Américas también brindaron comentarios sumamente útiles. Remy Arthur, asociado de tecnología digital. Gabriela Haymes tradujo el informe al español.

Principalmente, Human Rights Watch agradece a las personas deportadas y a sus familiares supérstites, quienes hicieron posible este informe aportando su tiempo y asumiendo riesgos para compartir sus experiencias. Del mismo modo, agradecemos a los funcionarios, abogados, proveedores de servicios sociales, investigadores y otras personas salvadoreñas y estadounidenses que hablaron con nosotros o identificaron casos en el curso de las investigaciones previas a este informe.

 

 

[1] Gobierno de El Salvador, Ministerio de Justicia y Seguridad Pública, Policía Nacional Civil http://www.pnc.gob.sv (consultado el 5 de enero de 2020).

[2] Cuando hay periodistas presentes en el lugar de los hechos, a veces llegan antes que la policía, al igual que los representantes de las empresas de servicios funerarios o de entierro. Una vez en el lugar de los hechos, a veces las autoridades terminan entrevistando a personas que ya han hablado con uno o varios periodistas.

[3] Un policía explicó a Human Rights Watch cuáles son, en su opinión, los cuatro objetivos que tienen: “Primero, entender por qué la persona se fue; segundo, controlar sus datos personales; tercero, sacar fotos de todas sus cicatrices y tatuajes; y cuarto, controlar si hay antecedentes penales”. Entrevista de Human Rights Watch con agente de la PNC, Zona Central de El Salvador, 28 de noviembre de 2018.

[4] Gobierno de El Salvador, Fiscalía General de la República, http://www.fiscalia.gob.sv (consultado el 5 de enero de 2020).

[5] Otros delitos contra todo tipo de víctimas también pueden denunciarse a jueces de paz locales. A su vez, los delitos contra las mujeres pueden denunciarse ante sedes del Instituto Salvadoreño para el Desarrollo de la Mujer (ISDEMU), y los delitos contra niños y niñas pueden denunciarse ante el Instituto Salvadoreño para el Desarrollo Integral de la Niñez y la Adolescencia (ISNA) o el Consejo Nacional de la Niñez y de la Adolescencia (CONNA). En todos estos casos, estos organismos —como la policía y el cuerpo forense— deben remitir el caso a la Fiscalía General de la República.

[6] Entrevista de Human Rights Watch con fiscal de la FGR, Zona Paracentral de El Salvador, 5 de noviembre de 2018 (quien afirmó tener siempre entre 300 y 400 casos a su cargo) y de Human Rights Watch con fiscal de la FGR, Zona Oriental de El Salvador, 6 de noviembre de 2018 (quien afirmó tener siempre entre 150 y 180 casos a su cargo). Muchas otras personas dijeron a Human Rights Watch que les costaba recordar detalles de ciertos homicidios, incluso los ocurridos ese año, debido a que se ocupaban de muchísimos.

[7] La ley establece que la Fiscalía General de la República (FGR), un juez o la Procuraduría General de la República (PGR) disponen que el IML realice una prueba. No obstante, en la práctica, las propias víctimas u otros organismos acuden al IML para la prueba que necesitan antes de recurrir a la FGR, al juez o a la PGR, y a veces directamente optan por no recurrir a ninguno de estos tres. También los hospitales llaman al IML sin comunicarlo necesariamente a la FGR o la policía. Por tal motivo, las estadísticas de la FGR y del IML sobre delitos distintos de homicidios, como las violaciones sexuales, suelen presentar marcadas diferencias.

[8] Si bien tres dependencias en el departamento de Cabañas y en Meanguera del Golfo tienen apenas un médico, las demás dependencias en Ahuachapán, Chalatenango, Cuscatlán, La Paz, La Unión y Morazán, Metapán de Santa Ana en general cuentan con dos médicos que se alternan para cumplir turnos de entre 12 y 24 horas. Las siete clínicas regionales en los departamentos de La Libertad, San Miguel, San Salvador, San Vicente, Santa Ana, Sonsonate y Usulután tienen bastante más personal y pueden recibir cuerpos o víctimas, cuando otras sedes más pequeñas están cerradas.

[9] Entrevista de Human Rights Watch con autoridades del IML, Zona Central de El Salvador, 2 de mayo de 2017.

[10] Gobierno de El Salvador, Ministerio de Seguridad, “Plan El Salvador Seguro”, http://www.seguridad.gob.sv/dia/monitoreo-y-evaluacion/plan-el-salvador-seguro-pess/ (consultado el 17 de enero de 2020).

[11] Los departamentos de Chalatenango, La Libertad, La Unión y Morazán no contaban con una OLAV cuando realizamos esta investigación.

[12] En el caso de niños y niñas de hasta 17 años, son los funcionarios de protección infantil, más que los de migración, los que realizan las entrevistas. Al momento de preparación de este documento, también tienen la obligación de evaluar sus necesidades de protección.

[13] Gobierno de El Salvador, Instituto Salvadoreño para el Desarrollo Integral de la Niñez y la Adolescencia, http://www.isna.gob.sv/ISNANEW/ (consultado el 17 de enero de 2020).

[14] Gobierno de El Salvador, Instituto Salvadoreño para el Desarrollo Integral de la Niñez y la Adolescencia, “Servicios”, http://www.isna.gob.sv/ISNANEW/?cat=8 (consultado el 17 de enero de 2020).

[15] Asociación de Capacitación e Investigación para la Salud Mental, “ISNA inaugura sede del CANAF en San Vicente”, 7 de octubre de 2018, https://www.acisam.info/novedades/2018/isna-inaugura-sede-del-canaf-en-san-vicente/ (consultado el 17 de enero de 2020) y Gobierno de El Salvador, Centro de Atención a la Niñez, Adolescencia y Familia, 19 de febrero de 2016, http://www.isna.gob.sv/ISNANEW/?p=1519 (consultado el 17 de enero de 2020).

[16] Susana Peñate, “4,150 niños y adolescentes retornados en siete meses a El Salvador”, La Prensa Gráfica, 16 de agosto de 2019, https://www.laprensagrafica.com/elsalvador/4150-ninos-y-adolescentes-retornados-en-siete-meses-a-El-Salvador--20190815-0481.html (consultado el 17 de enero de 2020).

[17] Entrevista de Human Rights Watch con trabajador social del CANAF, El Salvador (la zona se mantiene bajo reserva por motivos de seguridad), noviembre de 2018 (la fecha no se divulga por motivos de seguridad); entrevista grupal de Human Rights Watch con todos los integrantes del equipo del CANAF, El Salvador (la zona no se divulga por motivos de seguridad), noviembre de 2018 (la fecha no se divulga por motivos de seguridad); y entrevista de Human Rights Watch con abogado del CANAF, El Salvador (la zona no se divulga por motivos de seguridad), noviembre de 2018 (la fecha no se divulga por motivos de seguridad).

[18] Gobierno de El Salvador, Dirección General de Migración y Extranjería, http://www.migracion.gob.sv/# (consultado el 17 de enero de 2020).

[19] A menos que se indique algo diferente, la información de esta sección se basa en una entrevista de Human Rights Watch con personal de la DAMI, Zona Central de El Salvador, 28 de noviembre de 2018.

[20] El Centro de Atención Integral al Migrante (CAIM) es en verdad el internado de El Salvador para los migrantes no salvadoreños. Funciona en un edificio separado dentro del mismo predio que la DAMI, y los salvadoreños retornados pueden pasar la noche en el CAIM cuando lo necesitan.

[21] Los salvadoreños que son deportados de México también son procesados en el CAIM.

[22] Ver, por ejemplo, Shannon Dooling, “What’s Waiting for Deported Salvadorans Inside ‘La Chacra’”, WBUR News Boston, 30 de agosto de 2018, https://www.wbur.org/news/2018/08/30/deported-el-salvador-la-chacra (consultado el 17 de enero de 2020).

[23] Gobierno de El Salvador, Ministerio de Justicia y Seguridad Pública, “Modelo de Gestión Penitenciaria Yo Cambio”, https://www.transparencia.gob.sv/institutions/dgcp/documents/303032/download (consultado el 17 de enero de 2020).

[24] “Yo cambio, la promesa sin presupuesto”, La Prensa Gráfica, 30 de octubre de 2016, https://www.laprensagrafica.com/revistas/Yo-Cambio-la-promesa-sin-presupuesto-20161030-0098.html (consultado el 2 de noviembre de 2019).

[25] Entrevista de Human Rights Watch con Carlos P., Zona Central de El Salvador, 27 de marzo de 2019 (seudónimo); entrevista de Human Rights Watch con Santiago U., Zona Oriental de El Salvador, 28 de enero de 2019 (seudónimo).

[26] Cuando Human Rights Watch controló cuál era su población, las tasas de homicidios en vecindarios particularmente violentos estaban siempre por encima de la media nacional, pero no siempre eran las más altas y en algunos años incluso a veces se ubicaban por debajo de la media.

[27] Empleamos una variedad de métodos y redes para ubicar a personas que sufrieron daños luego de ser deportadas a El Salvador. Recurrimos a abogados y agencias de servicios sociales para contactarnos con entrevistados. También contactamos a investigadores, personas salvadoreñas que conocimos en proyectos de investigación anteriores, periodistas, cientos de abogados inmigratorios, proveedores de servicios sociales y organizaciones, y les pedimos que se pusieran en contacto con colegas y redes para identificar casos de personas que recientemente hubieran sido deportadas o hubieran sufrido un daño tras la deportación. No obstante, muchos salvadoreños que son deportados no tuvieron contacto con abogados o servicios sociales en El Salvador antes ni después de migrar, ni tampoco en EE. UU. mientras vivieron allí. En cuanto a los salvadoreños que sí se contactaron con abogados o servicios sociales en El Salvador o EE. UU., la mayoría no mantuvo el contacto con sus clientes a lo largo del tiempo, ya sea porque la organización a la que pertenecían les prohibió que lo hicieran o limitó el tiempo durante el cual podía brindarse servicios a un cliente, o porque surgieron otros obstáculos. Por ejemplo, dos organismos gubernamentales salvadoreños que trabajan con niños y niñas deportados explicaron que deseaban mantenerse en contacto al menos durante el año siguiente a la deportación y que sus instituciones se lo permiten, pero que esto es difícil, ya que la mayoría de los niños vuelven a migrar. Otros trabajadores de organismos salvadoreños enfrentan amenazas y, por ende, limitan los sitios a donde van y las personas con quienes se reúnen. Abogados, voluntarios e investigadores estadounidenses que intentaron mantenerse en contacto luego de la deportación en algunos casos comprobaron que los números telefónicos proporcionados habían cambiado o ya no funcionaban, y que las cuentas de Facebook se habían desactivado. Los proveedores salvadoreños también identificaron cambios en los números telefónicos y en las ubicaciones de sus anteriores clientes. Cuando los proveedores de servicios mantuvieron el contacto en el tiempo, no siempre preguntaron ni les interesó conocer el estatus migratorio, y sabían que algunos clientes temían tener que divulgar cuál era su estatus migratorio, por el estigma que esto acarrea. Por ende, es probable que los proveedores de servicios sociales hayan tenido clientes relevantes para nuestra investigación sin haberlo sabido. Dentro del espectro reducido de casos conocidos, los proveedores de servicios sociales de ambos países deben respetar la confidencialidad de sus clientes, por lo que resulta complejo, y a veces imposible, transmitir información de contacto o sobre los casos de personas deportadas.

[28] Los tres condados donde es más habitual que residan personas salvadoreñas en EE. UU. son: el condado de Los Ángeles en California; el condado de Prince George en Maryland; y el condado de Harris en Texas. Allison O’Connor, Jeanne Batalova y Jessica Bolter, “Central American Immigrants in the United States”, Migration Policy Institute, 15 de agosto de 2019, https://www.migrationpolicy.org/article/central-american-immigrants-united-states (consultado el 24 de agosto de 2019). Realizamos entrevistas en cada uno de estos sitios, y también en otros.

[29] Elegimos este período de tiempo debido a que (1) deseábamos que el informe reflejara las condiciones actuales en El Salvador; (2) la verificación de hechos era más viable, ya que pudimos consultar bases de datos desde de 2013 pero no anteriores; (3) restricciones en tiempo real acerca los datos de cuántos años podíamos analizar; y (4) este marco temporal incluye dos gestiones presidenciales de distintos partidos políticos en El Salvador y EE. UU. Sin embargo, haber elegido este marco temporal implicó excluir varios casos anteriores, incluidos la mayoría de los casos con sentencias dictadas por el Tribunal de Sentencia Penal salvadoreño, puesto que las investigaciones —cuando efectivamente se llevan adelante— tardan demasiado en concluir.

[30] Para la mayoría (81 de 106 o el 76 %) de los deportados asesinados que se documentaron en la prensa, el daño se produjo dentro del año siguiente a la deportación. No obstante, hablamos con múltiples familias que fueron blanco deliberado de acciones dañosas en vecindarios violentos durante períodos más prolongados. Asimismo, descubrimos casos de personas asesinadas entre 2013 y 2019 más de cinco años después de haber sido deportadas. En algunos casos, a estas muertes las precedieron daños menos gravosos pero igualmente serios, incluidos abusos por parte de funcionarios públicos o de aplicación de la ley.

[31] Cuando los entrevistados (funcionarios y personas que se vieron afectados de manera directa) se refirieron a una persona como deportada de EE. UU. hicimos preguntas adicionales para descartar la posibilidad de que la persona hubiera sido deportada desde otro país. A veces los entrevistados no conocían todos los detalles del caso de la persona que había sufrido un daño en El Salvador o en EE. UU., sobre todo en lo que respecta al tipo de beneficio inmigratorio que intentaban obtener. Hicimos todo lo posible para consultar otras fuentes disponibles que pudieran completar esa información; sin embargo, algunas veces no encontramos otras fuentes.

[32] Datos correspondientes al período 2012-2017 obtenidos por Human Rights Watch mediante un pedido de información pública presentado a la DGME y recibidos el 24 de octubre de 2018 (en los registros de Human Rights Watch).

[33] La única información que se recopiló obligatoriamente en estas primeras entrevistas fueron datos biográficos básicos y vecindarios de residencia.

[34] Cuando ocurre un delito, la Policía Nacional Civil (PNC), el instituto de medicina legal [forense] (IML) y la Fiscalía General de la República (FGR) de El Salvador acuden al lugar de los hechos y forman una mesa tripartita que supuestamente debe reunirse mensualmente para salvar las discrepancias que pueda haber entre sus registros sobre homicidios. Sus estadísticas de homicidios se conservan en la FGR. Para todo tipo de hechos, la FGR clasifica el delito en función del Código Penal.

[35] Datos obtenidos a través de un pedido de información pública a la Unidad de Acceso a la Información Pública de la Fiscalía General de la República con respecto a datos de incidencia de criminalidad en El Salvador; los datos sobre homicidios ocurridos entre 2013 y 2017 se recibieron el 9 de noviembre de 2018 y los datos sobre delitos sexuales ocurridos entre 2013 y 2017 se recibieron el 1 de noviembre de 2018. Los datos sobre homicidios correspondientes a 2018 se recibieron el 18 de febrero de 2019, y los datos sobre delitos sexuales correspondientes a 2018 se recibieron el 25 de febrero de 2019 (datos en los registros de Human Rights Watch). La Ley de Acceso a la Información Publica entró en vigor en 2011 y, posteriormente, propició la creación de Unidades de Acceso a la Información Pública en entidades gubernamentales y no gubernamentales.

[36] “Homicidios” se refiere a las siguientes clasificaciones establecidas en el Código Penal de El Salvador, aprobado en 1997, reformado por última vez en 2008, y la Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para Las Mujeres (LEIVM), aprobada en 2011: Homicidio simple (128 CP), Homicidio agravado (129 CP), Homicidio culposo (132 CP), Feminicidio (45 LEIVM) y Feminicidio agravado (46 LEIVM).

[37] “Delitos sexuales” se refiere a las siguientes clasificaciones establecidas en el Código Penal de El Salvador: Violación (158 CP), Violación en Menor o incapaz (159 CP), Violación y agresión sexual agravada (162 CP), Estupro (163 CP) y Estupro por Prevalimiento (164 CP).

[38] Desde agosto de 2013, la FGR ha gestionado un mecanismo de denuncia de desaparición de niños y niñas a través de Twitter llamado Ángel Desaparecido. Muestra a 220 niñas y 204 niños denunciados como desaparecidos en todo el país hasta mayo de 2019. Investigadores y periodistas indicaron a Human Rights Watch que las pandillas han usado el mecanismo para rastrear aquellos que los han ofendido, y por ese motivo, un número indeterminado de familias optaron por no usarlo. Probablemente sea por este motivo –además de la impunidad, los antecedentes de persecución estatal y la actividad de la delincuencia organizada dentro del Estado– que en los departamentos de Morazán y Usulután solamente se efectuó una única denuncia al sitio, pese a que en la prensa salvadoreña se informaron varias desapariciones más. En San Vicente, en total solo se hicieron dos denuncias, y en los departamentos de La Paz y La Unión nunca se hizo ninguna. Ver “Ángel Desaparecido”, página de Twitter, https://twitter.com/alertaangelsv?lang=en (consultado el 17 de enero de 2020).

[39] Esta metodología generó un conjunto de datos a partir de incidentes informados en los medios que no constituye una descripción completa de incidentes. Asimismo, es probable que la información sobre estos vecindarios sea la menos completa, pues autoridades y periodistas nos dijeron que los miembros de pandillas les habían prohibido visitar el lugar de los hechos, y varios periodistas refirieron que la policía había acordonado hasta cuatro o cinco manzanas (para impedir que ingresara la prensa) en lugares donde se habían cometido crímenes en los que sospechaban que había algún tipo de participación de autoridades.

[40] La búsqueda de la palabra “deportada” arrojó 37 decisiones, la mayoría sobre trata de personas, aunque también sobre otros delitos como tenencia de estupefacientes, extorsión, fraude y homicidio. El término “deportado” arrojó 223 decisiones, de las cuales solamente 44 eran sobre trata de personas. Los demás delitos incluían distribución o posesión de armas, lesiones físicas, sobornos, distribución o tenencia de estupefacientes, extorsión, feminicidio, fraude, homicidio, asociación ilícita, secuestro, violación sexual, robo, amenazas y usurpación.

[41] 1508 enlaces obtenidos de la búsqueda de “deportada” y 2259 enlaces para “deportado.” Cerca del 25 % de los enlaces para ambos términos no podían abrirse. La variedad de temas abordadas en los artículos incluían desde programas disponibles para personas deportadas de México y Estados Unidos, personas deportadas de otros países, como Nicaragua, personas que pedían asilo u otra asistencia legal en Canadá y Estados Unidos, personas sospechadas de haber cometido un delito tras una deportación anterior, y personas desaparecidas o asesinadas luego de una deportación. Entre la última categoría, un artículo documentaba el asesinato de un hombre deportado poco tiempo antes desde Nicaragua (que previamente había sido deportado de Estados Unidos), y dos artículos documentaban los homicidios de dos hombres deportados desde México.

[42] Varios medios se referían a incidentes y aportaban, en mayor o menor medida, detalles coincidentes. Dado que solamente identificamos artículos sobre tres mujeres —una mujer transgénero, una mujer desaparecida tras su deportación y otra asesinada después de que deportaran a su hijastro— también buscamos resúmenes mensuales de informes de noticias sobre niñas o mujeres elaborados por la Organización de Mujeres Salvadoreñas por la Paz (ORMUSA), pero no identificamos otra mención de daños sufridos luego de la deportación desde Estados Unidos. Para casos en los que había intervención de actores estatales como fiscales, Human Rights Watch también consultó pronunciamientos públicos conexos realizados por el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (Immigration and Customs Enforcement, ICE), la Organización Internacional de Policía Criminal (INTERPOL) y la FGR y la PNC sobre 7 mujeres y 65 hombres en sus páginas web, medios sociales y comunicados de prensa.

[43] Datos correspondientes al período 2012-2017 obtenidos por Human Rights Watch mediante un pedido de información pública presentado a la DGME y recibido el 24 de octubre de 2018 (en los registros de Human Rights Watch); y datos de 2018 obtenidos por Human Rights Watch mediante un pedido de información pública presentado a la DGME y recibidos el 18 de febrero de 2019 (en los registros de Human Rights Watch).

[44] Cabe mencionar que tal seguimiento facilitaría obtener una muestra más precisa para el tipo de investigación que realizamos en este informe. Por ejemplo, si bien los niños y las niñas representaron menos del 1% –entre el 0,05 % y el 0,8 %– de todas las personas deportadas anualmente desde Estados Unidos entre 2012 y 2017, dado que ahora son la única subcategoría de deportados a las que el gobierno salvadoreño debe darles seguimiento, obtuvimos datos de la mayor proporción de niños y niñas deportados de todas las subcategorías.

[45] Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, “Global Study on Homicide”, julio de 2019, https://www.unodc.org/unodc/en/data-and-analysis/global-study-on-homicide.html (consultado el 23 de octubre de 2019).

[46] Ver Nelson Rauda Zablah y Gabriela Cáceres, “PDDH: La Policía ejecutó a 116 personas entre 2014 y 2018”, El Faro, 28 de agosto de 2019, https://elfaro.net/es/201908/el_salvador/23592/PDDH-La-Polic%C3%ADa-ejecut%C3%B3-a-116-personas-entre-2014-y-2018.htm?fbclid=IwAR3MMMKRWyebfe1kq8_qR_23R-MKzynnJJmvtrb4jvpc4CqwUbn8MTtp4xI (consultado el 17 de enero de 2020) (enlace al informe de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH) de El Salvador, “Informe especial de la señora Procuradora para la Defensa de los Derechos Humanos, licenciada Raquel Caballero de Guevara, sobre las ejecuciones extralegales atribuidas a la Policía Nacional Civil, en El Salvador, periodo 2014-2018: Caracterización de casos de violación al derecho a la vida y patrones de actuación extralegal” (en adelante “Informe de la PDDH”), agosto de 2019, https://www.pddh.gob.sv/portal/file/index.php?dwfile=MjAxOS8xMC9JbmZvcm1lLWVzcGVjaWFsLXNvYnJlLWVqZWN1Y2lvbmVzLWV4dHJhbGVnYWxlcy0xLTEucGRm (consultado el 11 de noviembre de 2018).

[47] Ver Comisión Interamericana de Derechos Humanos, “CIDH presenta observaciones preliminares de su visita in loco a El Salvador”, 27 de diciembre de 2019, http://oas.org/es/cidh/prensa/comunicados/2019/335.asp (consultado el 12 de enero de 2020) (donde señala que “varias organizaciones de la sociedad civil manifestaron su preocupación por la continuidad de una política de seguridad por parte del Gobierno actual con énfasis represivo, mediante la intervención de fuerzas policiales y militares. . . . Según la información recibida, habría casi 13 000 miembros militares en tareas de seguridad pública. Ello a pesar del precedente de la Sala Constitucional de la Corte Suprema que estableció que los miembros militares no deben participar en tareas de seguridad pública. En este sentido, la CIDH fue informada que el nuevo Gobierno ha iniciado un proceso de reclutamiento amplio de las Fuerzas Armadas para la realización de tareas de seguridad ciudadana”.); y Policía Nacional Civil, “A un mes de implementado el Plan Control Territorial, la Policía reporta 2031 arrestos”, 20 de julio de 2019, http://www.pnc.gob.sv/portal/page/portal/informativo/novedades/noticias/A%20un%20mes%20de%20implementado%20el%20Plan%20Control%20Territorial%20la%20Poli#.XhuFm8hKg2w (consultado el 12 de enero de 2020) (al analizar los operativos de una unidad denominada “Fuerza Operativa Conjunta Antidelincuencial / Anticriminal” (FOCA), este comunicado de prensa indica que en la fase inicial del plan de seguridad del presidente Bukele, la “fuerza de seguridad combinada entre Policía y la Fuerza Armada en 17 municipios” ha desarticulado negocios ilegales y estructuras delictivas en las que se basan las pandillas y ha bloqueado comunicaciones telefónicas en los alrededores de los centros penitenciarios.

[48] Ver Naciones Unidas, “Acuerdo de Chapultapec”, 16 de enero de 1992, https://peacemaker.un.org/elsalvador-chapultepec92 (consultado el 8 d diciembre de 2019) (donde se indica que “los batallones de infantería de reacción inmediata no serán necesarios dentro de la nueva realidad de paz”); sin embargo, el informe de la PDDH señala a dichas unidades implicadas en ejecuciones extrajudiciales. El presidente Bukele y gobiernos anteriores en El Salvador han declarado el “Estado de Emergencia” en el país, que, según sostienen, justifica el uso de unidades militares en medidas de seguridad pública, a pesar de que esto es contrario a lo establecido en los acuerdos de paz.

[49] Ver, por ejemplo, Hector Silva, “Los infiltrados: Crónica de la corrupción en la policía de El Salvador”, Insight Crime, 20 de febrero de 2014, https://es.insightcrime.org/investigaciones/los-infiltrados-cronica-de-la-corrupcion-en-la-policia-de-el-salvador/ (consultado el 17 de enero de 2020); Walter Sibrián, “IDHUCA desaprueba nombramiento de nuevo director de PNC por haber dirigido grupos policiales implicados en ejecuciones extrajudiciales”, La Prensa Gráfica, 6 de junio de 2019, https://www.laprensagrafica.com/elsalvador/IDHUCA-desaprueba-nombramiento-de-nuevo-director-de-PNC-por-haber-dirigido-grupos-policiales-implicados-en-ejecuciones-extrajudiciales--20190606-0413.html (consultado el 17 de enero de 2020); Diana Escalante, “IDHUCA critica nombramiento de Arriaza Chicas como director de la Policía”, ElSalvador.com, 6 de junio de 2019, https://www.elsalvador.com/noticias/nacional/idhuca-critica-nombramiento-de-arriaza-chicas-como-director-de-la-policia/610338/2019/ (consultado el 17 de enero de 2020); Leonor Arteaga, “La política de seguridad de Bukele: ¿el lado regresivo del presidente milenial?”, El Faro, 4 de julio de 2019, https://elfaro.net/es/201907/columnas/23469/La-pol%C3%ADtica-de-seguridad-de-Bukele-¿el-lado-regresivo-del-presidente-milenial.htm (consultado el 17 de enero de 2020).

[50] Instituto de Derechos Humanos de la Universidad Centroamericana, “Comunicados de prensa”, http://www.uca.edu.sv/idhuca/noticias/comunicados-de-prensa/#more-587 (consultado el 18 de enero de 2020).

[51] Ver Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Resolución 28/2019, “‘Clave Enero’ y familia respecto de El Salvador”, 11 de junio de 2019, https://www.oas.org/es/cidh/decisiones/pdf/2019/28-19MC542-19-ES.pdf (consultado el 20 de noviembre de 2019).

[52] Entrevista de Human Rights Watch con Gaspar T., Zona Central de El Salvador, 28 de marzo de 2019 (seudónimo); entrevista de Human Rights Watch con Walter T., Zona Central de El Salvador, 28 de marzo de 2019 (seudónimo); y entrevista de Human Rights Watch con Bartolo A., El Salvador (la zona se mantiene bajo reserva por motivos de seguridad), 26 de noviembre de 2018 (seudónimo).

[53] “Monitor del uso de la fuerza letal en América Latina: Un estudio comparativo de Brasil, Colombia, El Salvador, México y Venezuela”, agosto de 2019, http://monitorfuerzaletal.com (consultado el 26 de noviembre de 2019) (el Monitor del Uso de la Fuerza Letal reúne a investigadores de 5 países: Brasil, Colombia, El Salvador, México y Venezuela. Los participantes desarrollaron en forma conjunta varios indicadores para establecer herramientas unificadas que permitan medir, analizar y comparar el uso de la fuerza letal por parte del Estado en los 5 países).

[54] Rauda Zablah y Cáceres, “PDDH: La Policía ejecutó a 116 personas entre 2014 y 2018”, El Faro, 28 de agosto de 2019, https://elfaro.net/es/201908/el_salvador/23592/PDDH-La-Polic%C3%ADa-ejecut%C3%B3-a-116-personas-entre-2014-y-2018.htm (consultado el 21 de enero de 2020).

[55] Institute for Crime and Justice Policy Research, World Prison Brief, “El Salvador”, https://www.prisonstudies.org/country/el-salvador (consultado el 26 de noviembre de 2019).

[56] IML, “Practicados A Personas Fallecidas en Hechos de Violencia (Homicidios), Ocurridos en El Salvador en el año 2018”, http://www.transparencia.oj.gob.sv, (consultado el 25 de noviembre de 2019) (datos de 2018 en los registros de Human Rights Watch).

[57] Entrevista de Human Rights Watch con fiscal de la FGR, Zona Oriental de El Salvador, 24 de marzo de 2019; entrevista de Human Rights Watch con Bartolo A., El Salvador (la zona se mantiene bajo reserva por motivos de seguridad) (seudónimo), 26 de noviembre de 2018; y entrevista de Human Rights Watch con Yavany B., Zona Central de El Salvador, 1 de diciembre de 2018 (seudónimo). Ver también Sarah Esther Maslin, “How an Innocent Man Wound Up Dead in El Salvador's Justice System”, Washington Post, 16 de marzo de 2017, https://www.washingtonpost.com/world/the_americas/how-an-innocent-man-wound-up-dead-in-el-salvadors-justice-system/2017/03/16/7144e7fc-dd13-11e6-8902-610fe486791c_story.html?noredirect=on (consultado el 5 de diciembre de 2019).

[58] Entrevistas de Human Rights Watch con Ransés I., Tijuana, México, 8 de marzo de 2019 (seudónimo); entrevista de Human Rights Watch con Bartolo A., El Salvador (la zona se mantiene bajo reserva por motivos de seguridad), 26 de noviembre de 2018 (seudónimo).

[59] Ibíd.

[60] Comisión Interamericana de Derechos Humanos, “CIDH presenta observaciones preliminares de su visita in loco a El Salvador”, 27 de diciembre de 2019, http://oas.org/es/cidh/prensa/comunicados/2019/335.asp (consultado el 12 de enero de 2020).

[61] “Comisión salvadoreña cerca de resolver primer caso de desaparición en guerra”, La Prensa Gráfica, 31 de agosto de 2019, https://www.laprensagrafica.com/elsalvador/Comision-salvadorena-cerca-de-resolver-primer-caso-de-desaparicion-en-guerra-20190831-0264.html (consultado el 26 de noviembre de 2019).

[62] Mary Beth Sheridan y Anna-Catherine Brigida, “Disappeared in El Salvador: the Return of a Cold War Nightmare”, Washington Post, 19 de octubre de 2019, https://www.washingtonpost.com/world/the_americas/disappeared-in-el-salvador-amid-a-cold-war-nightmares-return-a-tale-of-one-body-and-three-grieving-families/2019/10/19/d806d19a-e09d-11e9-be7f-4cc85017c36f_story.html (consultado el 18 de enero de 2020).

[63] Gobierno de El Salvador, Ministerio de Economía, “Encuesta Nacional de Violencia Contra las Mujeres”, mayo de 2018, http://aplicaciones.digestyc.gob.sv/observatorio.genero/docs/ENVCM%2017.pdf (consultado el 4 de enero de 2020).

[64] Comisión Económica para América Latina y el Caribe, “Al menos 2795 mujeres fueron víctimas de feminicidio en 23 países de América Latina y el Caribe en 2017”, 15 de noviembre de 2018, https://www.cepal.org/es/comunicados/cepal-al-menos-2795-mujeres-fueron-victimas-feminicidio-23-paises-america-latina-caribe (consultado el 4 de enero de 2017).

[65] Louise Donovan y Christina Asquith, “El Salvador Kills Women as the U.S. Shrugs”, Foreign Policy, 7 de marzo de 2019, https://foreignpolicy.com/2019/03/07/el-salvador-kills-women-as-the-us-shrugs/ (consultado el 4 de enero de 2020); “Observatorio de violencia de género contra las mujeres, ORMUSA”, “La impunidad es una de las principales premisas en la lucha contra la violencia contra las mujeres, solo 5% de casos termina en sentencia–Informe Violencia ORMUSA 2017-2018”, junio de 2018, http://observatoriodeviolencia.ormusa.org/boletinas/2018-0506_BOLETINA_VG.pdf (consultado el 4 de enero de 2020).

[66] Entrevistas grupales de Human Rights Watch con salvadoreños LGBT en El Salvador, mayo de 2019 y julio de 2019; en Washington D.C., diciembre de 2019; y en Los Ángeles, diciembre de 2019.

[67] Ibíd.

[68] Oscar López, “Pressure Mounts for El Salvador to Investigate Wave of LGBT+ Killings”, Reuters, 21 de noviembre de 2019, https://www.reuters.com/article/us-el-salvador-lgbt-murder-trfn/pressure-mounts-for-el-salvador-to-investigate-wave-of-lgbt-killings-idUSKBN1XW01G (consultado el 18 de enero de 2020); entrevista telefónica de Human Rights Watch con un representante de COMCAVIS TRANS, diciembre de 2019.

[69] Allison O’Connor, Jeanne Batalova y Jessica Bolter, “Central American Immigrants in the United States”, Migration Policy Institute, 15 de agosto de 2019, https://www.migrationpolicy.org/article/central-american-immigrants-united-states (consultado el 24 de agosto de 2019).

[70] Registro Federal de Estados Unidos (United States Federal Register), “Continuation of Documentation for Beneficiaries of Temporary Protected Status Designations for Sudan, Nicaragua, Haiti, and El Salvador”, 31 de octubre de 2018, https://www.federalregister.gov/documents/2018/10/31/2018-23892/continuation-of-documentation-for-beneficiaries-of-temporary-protected-status-designations-for-sudan?utm_campaign=subscription%20mailing%20list&utm_source=federalregister.gov&utm_medium=email (consultado el 26 de noviembre de 2019).

[71] United States Federal Register, “Continuation of Documentation for Beneficiaries of Temporary Protected Status Designations for El Salvador, Haiti, Honduras, Nepal, Nicaragua, and Sudan”, 4 de noviembre de 2019, https://www.federalregister.gov/documents/2019/11/04/2019-24047/continuation-of-documentation-for-beneficiaries-of-temporary-protected-status-designations-for-el (consultado el 26 de noviembre de 2019).

[72] Como se explicó en la sección sobre metodología, esta afirmación se basa en las siguientes fuentes: Revisión de Human Rights Watch de 3840 enlaces con mención de la palabra “deportada/o” en 14 medios de comunicación salvadoreños; entrevistas de Human Rights Watch con personas directamente afectadas; entrevistas de Human Rights Watch con funcionarios que se hacen presentes en los lugares de los hechos, funcionarios que reciben a víctimas de delitos y migrantes recientemente deportados, y decisiones de tribunales de sentencia penal salvadoreños. Mediante estas fuentes, también hemos identificado casos de asesinatos de personas deportadas que incluso se remontan al año 2003; sin embargo, no los hemos incluido en nuestro informe, donde utilizamos el año 2013 como año de corte para reflejar casos más recientes y por motivos relacionados.

[73] Incluso conforme al derecho estadounidense sobre asilo vigente, los salvadoreños y otras personas se enfrentan a obstáculos significativos para recibir una consideración justa de los riesgos que enfrentan si son enviados de regreso a sus países de origen.

[74] Entrevistas con 41 funcionarios de la FGR, el IML, la PNC y la OLAV en nueve departamentos, El Salvador, noviembre de 2018 a diciembre de 2019.

[75] Tribunal de Sentencia Penal, Santa Tecla, 13 de marzo de 2014 (en los registros de Human Rights Watch).

[76] José Luis Sanz y Carlos Martínez, “La letra 13”, El Faro, 8 de agosto de 2012, https://salanegra.elfaro.net/es/201208/cronicas/9302/II-La-letra-13.htm (consultado el 6 de enero de 2019); Óscar Martínez y Juan Martínez, “La espina de la Mara Salvatrucha”, El Faro, 3 de marzo de 2014, https://salanegra.elfaro.net/es/201403/cronicas/14879/La-espina-de-la-Mara-Salvatrucha.htm (consultado el 6 de enero de 2019); José Luis Sanz y Carlos Martínez, “La Revolución en Mariona”,” El Faro, 25 de octubre de 2011, http://www.salanegra.elfaro.net/es/201110/cronicas/5917/ (consultado el 6 de enero de 2019); Roberto Valencia, “La última entrevista con El Directo”, El Faro, 9 de septiembre de 2013, https://salanegra.elfaro.net/es/201309/entrevistas/13232/La-última-entrevista-con-El-Directo.htm (consultado el 6 de enero de 2019); y Efrén Lemus, “Purgas en la cúpula de la MS-13 por dinero”, El Faro, 9 de agosto de 2016, https://elfaro.net/es/201608/salanegra/19066/Purgas-en-la-cúpula-de-la-MS-13-por-dinero.htm, (consultado el 6 de enero de 2019).

[77] Tribunal de Sentencia Penal, Santa Tecla, 13 de marzo de 2014 (en los registros de Human Rights Watch).

[78] Entrevista de Human Rights Watch con investigador en El Salvador, Zona Central de El Salvador, 10 de noviembre de 2018.

[79] Tribunal de Sentencia Penal, Santa Tecla, 18 de abril de 2017 (en los registros de Human Rights Watch); Tribunal de Sentencia Penal, Santa Tecla, 25 de marzo de 2015 (en los registros de Human Rights Watch); Tribunal de Sentencia Penal, Santa Tecla, 13 de noviembre de 2008 (en los registros de Human Rights Watch); y Tribunal de Sentencia Penal, Chalatenango, 31 de agosto de 2006 (en los registros de Human Rights Watch).

[80] Tribunal de Sentencia Penal, Santa Tecla, 11 de julio de 2016 (en los registros de Human Rights Watch).

[81] Tribunal de Sentencia Penal, San Miguel, 24 de enero de 2007 (en los registros de Human Rights Watch).

[82] Entrevista de Human Rights Watch con Elías F., Costa Este de Estados Unidos, invierno de 2019 (la ubicación y la fecha exacta se mantienen bajo reserva por motivos de seguridad) (seudónimo); entrevistas de Human Rights Watch con dos periodistas salvadoreños, Zona Central de El Salvador, 9 de noviembre de 2018; entrevistas de Human Rights Watch con dos académicos expertos en seguridad, pandillas y migración, Zona Central de El Salvador, 10 de noviembre de 2018.

[83] Entrevista de Human Rights Watch con Enrico X., (la ubicación no se divulga por motivos de seguridad), 2019 (la fecha no se divulga por motivos de seguridad) (seudónimo). Departamento de Justicia de Estados Unidos (US Department of Justice), Oficina Ejecutiva de Revisión de Casos de Inmigración (Executive Office of Immigration Review), In re (el nombre no se divulga por motivos de seguridad), (la ubicación se mantiene bajo reserva por motivos de seguridad), Tribunal de Inmigración, (la fecha se mantiene bajo reserva por motivos de seguridad).

[84] Entrevista de Human Rights Watch con (el nombre no se divulga por motivos de seguridad), (la ubicación no se divulga por motivos de seguridad), 2019 (la fecha no se divulga por motivos de seguridad).

[85] Departamento de Justicia de Estados Unidos (US Department of Justice), Oficina Ejecutiva de Revisión de Casos de Inmigración (Executive Office of Immigration Review), In re, (la ubicación no se divulga por motivos de seguridad), Tribunal de Inmigración, (la fecha no se divulga por motivos de seguridad).

[86] Entrevista de Human Rights Watch con la PNC, Zona Paracentral de El Salvador, 5 de noviembre de 2018.

[87] Las diferentes delegaciones no respondieron de manera congruente a la pregunta de Human Rights Watch acerca de si tenían acceso a listas de deportados que confirmaran que habían cometido delitos en Estados Unidos. Algunas dijeron que podían tener acceso a esas listas, algunas dijeron que no y otras señalaron que solo los investigadores policiales autorizados de cierta jerarquía podían tener acceso.

[88] Entrevista de Human Rights Watch con comisionado de policía, Zona Paracentral de El Salvador, 5 de noviembre de 2018.

[89] Ibíd.

[90] Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Declaración final de misión en El Salvador, Agnes Callamard, Relatora Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias de Naciones Unidas, 5 de febrero de 2018, https://www.ohchr.org/SP/NewsEvents/Pages/DisplayNews.aspx?NewsID=22634&LangID=S (consultado el 16 de junio de 2019). Monitor del uso de la fuerza letal en América Latina, “Un estudio comparativo de Brasil, Colombia, El Salvador, México y Venezuela”, agosto de 2019, http://monitorfuerzaletal.com (consultado el 26 de noviembre de 2019), pp. 80-95; “Informe especial de la señora Procuradora para la Defensa de los Derechos Humanos, licenciada Raquel Caballero de Guevara, sobre las ejecuciones extralegales atribuidas a la Policía Nacional Civil, en El Salvador, periodo 2014-2018: Caracterización de casos de violación al derecho a la vida y patrones de actuación extralegal”, agosto de 2019, https://www.pddh.gob.sv/portal/file/index.php?dwfile=MjAxOS8xMC9JbmZvcm1lLWVzcGVjaWFsLXNvYnJlLWVqZWN1Y2lvbmVzLWV4dHJhbGVnYWxlcy0xLTEucGRm (consultado el 11 de noviembre de 2019).

[91] “Matan a dos soldados frente a estación del SITRAMSS”, La Prensa Gráfica, 22 de junio de 2015, https://www.laprensagrafica.com/elsalvador/Matan-a-dos-soldados-frente-a-estacion-del-SITRAMSS-20150622-0044.html (consultado el 12 de noviembre de 2019).

[92] “Migueleño deportado fue asesinado mientras esperaba perdón migratorio de EUA”, La Prensa Gráfica, 29 de junio de 2017, https://www.laprensagrafica.com/elsalvador/Migueleno-deportado-fue-asesinado-mientras-esperaba-perdon-migratorio-de-EUA-20170629-0048.html (consultado el 22 de junio de 2019).

[93] Ibíd.

[94] Gadiel Castillo, “Hombre asesinado en Santa Elena trabajaba en call center”, El Diario de Hoy, 4 de agosto de 2018, https://www.elsalvador.com/noticias/nacional/familia-identifica-a-hombre-asesinado-en-bulevar-de-antiguo-cuscatlan/506348/2018/ (consultado el 10 de noviembre de 2019).

[95] Ibíd.

[96] Ibíd.

[97] Entrevista de Human Rights Watch con José Miguel C., Zona Paracentral de El Salvador, 29 de marzo de 2019 (seudónimo).

[98] Entrevista de Human Rights Watch con la PNC, Zona Oriental de El Salvador, 2 de octubre de 2019.

[99] Entrevista de Human Rights Watch con Irene J., Costa Este de Estados Unidos, 1 de marzo de 2019 (seudónimo). Human Rights Watch entrevistó asimismo al primo de Adriana, Matías J., en la Costa Este de Estados Unidos, el 1 de marzo de 2019 (seudónimo).

[100] Mirella Cáceres y David Marroquín, “Policía y familia piden asilo en EE.UU. luego de ser atacados por pandilleros en Chalatenango”, El Diario de Hoy, 18 de mayo de 2018, https://www.elsalvador.com/noticias/nacional/policia-y-familia-piden-asilo-en-ee-uu-luego-de-emboscada/482369/2018/ (consultado el 1 de julio de 2019).

[101] Ibíd.

[102] Entrevista de Human Rights Watch con Jacinto K., Zona Central de El Salvador, 4 de abril de 2014 (seudónimo).

[103] Entrevista de Human Rights Watch con Óscar K., Zona Central de El Salvador, 4 de abril de 2014 (seudónimo).

[104] Entrevista de Human Rights Watch con Óscar K., Zona Central de El Salvador, 4 de abril de 2014 (seudónimo).

[105] Contacto de Human Rights Watch por mensajes a través de Facebook con Óscar K., El Salvador, 22 de marzo de 2019 (seudónimo); contacto de Human Rights Watch por mensajes a través de Facebook con Óscar K., El Salvador, 10 de junio de 2019 (seudónimo); y entrevista de Human Rights Watch con Óscar K., El Salvador (la zona no se divulga por motivos de seguridad), diciembre de 2019 (la fecha no se divulga por motivos de seguridad (seudónimo).

[106] Estos 106 casos están documentados en 219 artículos consultados por Human Rights Watch. En su mayor parte, fueron publicados en los siguientes medios de comunicación salvadoreños en línea o de la prensa escrita: La Prensa Gráfica, El Diario de Hoy, Diario1, La Página y El Blog. (Todos los artículos están en los registros de Human Rights Watch).

[107] También descartamos casos de nuestro recuento final cuando, al parecer, la persona había decidido regresar voluntariamente a El Salvador sin haber tenido ningún contacto con autoridades de inmigración estadounidenses. En un caso informado por la prensa, incluimos a una persona que murió abatida por policías en 2018, siete años después de su deportación en 2010, debido a que su primera experiencia de acoso policial ocurrió poco después de su deportación a El Salvador. En 15 casos informados por la prensa que no incluimos en nuestro recuento definitivo, no se informaba la fecha de deportación.

[108] Al entrevistar a funcionarios o personas directamente afectadas, si como resultado de nuestras preguntas se descubría un caso en el que una persona había sido deportada de México o de otro país, eliminamos ese caso de nuestro recuento total. En los casos documentados a través de búsquedas en los medios de comunicación, en seis casos deportados no había información sobre país del que fueron deportados; por lo tanto, eliminamos esos casos de nuestro recuento total. En un caso que incluimos en nuestro recuento definitivo, algunas versiones informaban que la persona había sido deportada de Estados Unidos y otros indicaban México.

[109] Estos 27 casos no pudieron ser corroborados con información en medios impresos. Autoridades y periodistas por igual nos dijeron que la prensa no podía hacerse presente en todos los lugares donde se habían cometido homicidios, sobre todo aquellos en vecindarios particularmente peligrosos donde miembros de pandillas o autoridades no les permitirían ingresar o en zonas rurales aisladas a las que no podían llegar rápidamente. Esa se ha vuelto cada vez más la situación en los últimos años, dado que los medios de comunicación salvadoreños han sufrido un recorte en sus presupuestos y su personal. Entre los 10 casos que documentamos desde 2016 hasta 2018 en entrevistas con personas directamente afectadas, dos tuvieron lugar en áreas donde, a veces, miembros de pandillas o autoridades no habían permitido el ingreso de la prensa, uno ocurrió en una zona rural aislada y dos se produjeron en una zona rural aislada donde pandilleros o autoridades habían impedido anteriormente el ingreso de la prensa. Entre los seis casos no informados que documentamos de 2012 a 2015 en entrevistas con personas directamente afectadas, uno tuvo lugar en una zona rural aislada y otro en un vecindario particularmente peligroso. Los 11 casos no informados que están documentados en tribunales de sentencia penal ocurrieron en una zona rural aislada o un vecindario particularmente peligroso, y en más de la mitad de los casos había un lapso de uno o más días entre el asesinato y el descubrimiento del cuerpo.

[110] “Deportado muere en tiroteo con FES”, La Prensa Gráfica, 4 de julio de 2017, https://www.laprensagrafica.com/elsalvador/Deportado-muere-en-tiroteo-con-FES-20170704-0103.html (consultado el 23 de junio de 2019); David Marroquín e Insy Mendoza, “Dos niños agredidos por mareros al defender a su madre de violación”, El Diario de Hoy, 27 de febrero de 2013, https://www.elsalvador.com/noticias/nacional/dos-ninos-agredidos-por-mareros-al-defender-a-su-madre-de-violacion/102064/2013/ (consultado el 23 de junio de 2019); “Grupo armado asesina a deportado y exconvicto de la MS13 en Sonsonate”, Diario1, 12 de enero de 2019, http://diario1.com/nacionales/2019/01/grupo-armado-asesina-a-deportado-y-exconvicto-de-la-ms13-en-sonsonate/ (consultado el 22 de junio de 2019); “Migueleño deportado fue asesinado mientras esperaba perdón migratorio de EUA”, La Prensa Gráfica, 29 de junio de 2017, https://www.laprensagrafica.com/elsalvador/Migueleno-deportado-fue-asesinado-mientras-esperaba-perdon-migratorio-de-EUA-20170629-0048.html (consultado el 22 de junio de 2019); “Dos masacres dejan 10 pandilleros muertos en Usulután, La Prensa Gráfica, 10 de mayo de 2015, https://www.laprensagrafica.com/elsalvador/Dos-masacres-dejan-10-pandilleros-muertos-en-Usulutan-20150510-0023.html (consultado el 23 de junio de 2019); y Claudia Huete y Liz Aguirre, “Habitantes de colonia en Olocuilta consternados por masacre”, La Prensa Gráfica, 2 de mayo de 2010, (en los registros de Human Rights Watch).

[111] Ver “Informe especial de la señora Procuradora para la Defensa de los Derechos Humanos, licenciada Raquel Caballero de Guevara, sobre las ejecuciones extralegales atribuidas a la Policía Nacional Civil, en El Salvador, periodo 2014-2018: Caracterización de casos de violación al derecho a la vida y patrones de actuación extralegal”, agosto de 2019, https://www.pddh.gob.sv/portal/file/index.php?dwfile=MjAxOS8xMC9JbmZvcm1lLWVzcGVjaWFsLXNvYnJlLWVqZWN1Y2lvbmVzLWV4dHJhbGVnYWxlcy0xLTEucGRm (consultado el 11 de noviembre de 2018). Doce de los 48 casos —en los que 25 personas fueron asesinadas— que la PDDH revisó para este informe tuvieron lugar en el departamento de La Paz, todos ellos en zonas rurales, incluso en los municipios de: El Rosario, Paraíso de Osorio, San Luis Talpa, San Pedro Masahuat, San Pedro Nonualco, Santiago Nonualco y Zacatecoluca.

[112] Identificamos 20 casos en los que las descripciones ofrecidas en la prensa de las víctimas, asesinatos y sus secuelas incluían detalles que podrían coincidir con el accionar de escuadrones de la muerte, tales como: haber visto previamente a policías cometer un delito; los presuntos autores usaban pasamontañas/ropa oscura/armas largas/chalecos antibalas; la policía ubica a la víctima minutos después de que la familia denuncia su desaparición; o uno de varios asesinatos de víctimas similares (hombres jóvenes) en la misma área geográfica. Consulta de Human Rights Watch de 39 artículos que aparecen en medios de comunicación salvadoreños tales como La Prensa Gráfica, Diario1, El Blog, Solo Noticias, La Pagina, El Mundo y Diario Libre SV. (Todos los artículos están en los registros de Human Rights Watch).

[113] “Masacre en Armenia”, ContraPunto, 23 de septiembre de 2013, http://www.contrapunto.com.sv/archivo2016/ultimas-noticias/ultimas-noticias/blog/page-69 (consultado el 9 de noviembre de 2019); “Cuádruple homicidio en cantón de Armenia”, La Prensa Gráfica, 23 de septiembre de 2013, https://www.laprensagrafica.com/elsalvador/Cuadruple-homicidio-en-canton-de-Armenia-20130923-0091.html (consultado el 9 de noviembre de 2019); Jaime López, Miguel Villalta, e Iris Lima, “Triple asesinato en una cancha de Sonsonate”, El Diario de Hoy, 22 de septiembre de 2013, https://historico.elsalvador.com/historico/113652/triple-asesinato-en-una-cancha-de-sonsonate.html (consultado el 9 de noviembre de 2019); Diana Escalante, Lissette Monterrosa y Miguel Villalta, “Pandilleros armados con fusiles M-16 acribillaron a tres hermanos en Jiquilisco”, El Diario de Hoy, 26 de septiembre de 2015, https://historico.elsalvador.com/historico/160540/pandilleros-armados-con-fusiles-m-16-acribillaron-a-tres-hermanos-en-jiquilisco.html (consultado el 12 de noviembre de 2019); y “Ataque armado deja dos muertos y un herido en San Bartolomé Perulapia”, Diario1, 5 de septiembre de 2017, http://diario1.com/nacionales/2017/09/ataque-armado-deja-dos-muertos-y-un-herido-en-san-bartolome-perulapia/ (consultado el 11 de noviembre de 2019).

[114] Ver tuit de la página de Twitter del director general de la PNC Howard Augusto Cotto, https://twitter.com/Cotto100/status/1046763344286416896 (consultado el 3 de diciembre de 2019).

[115] Entrevistas de Human Rights Watch con 41 funcionarios de nueve departamentos en fiscalías locales, investigadores forenses y agentes de policía que trabajan en los lugares donde se produjeron homicidios y participan en investigaciones y audiencias penales.

[116] Entrevista de Human Rights Watch con investigador de la PNC, Zona Oriental de El Salvador, 24 de enero de 2019; entrevista telefónica de Human Rights Watch con alto funcionario de la PNC, Zona Oriental de El Salvador, 26 de septiembre de 2019. Human Rights Watch determinó que la policía local obtiene listas de deportados que se sospecha que son miembros de pandillas (y posiblemente de otros); por ende, la policía puede consultar esas listas para saber si la víctima coincide con la descripción de alguna de las personas de su lista.

[117] Human Rights Watch revisó 53 de un total de 220 artículos que informan sobre asesinatos de personas deportadas de Estados Unidos. En su mayor parte, fueron publicados en los siguientes medios de comunicación salvadoreños en línea o de la prensa escrita: La Prensa Gráfica, El Diario de Hoy, Diario1, La Página y El Blog. (Todos los artículos están en los registros de Human Rights Watch).

[118] Con respecto a delitos distintos del de homicidio, los funcionarios de la FGR consideran que hacen una entrevista lo suficientemente exhaustiva como para que surja la condición migratoria, y dijeron a Human Rights Watch sobre esto: “Casi siempre les preguntamos [a las víctimas de violencia doméstica, sexual e intrafamiliar] sobre su situación. A veces tomamos conocimiento de su condición migratoria”. Entrevista de Human Rights Watch con fiscal de la FGR, Zona Oriental de El Salvador, 26 de noviembre de 2018. Sin embargo, también creen que la mayoría de esas víctimas no denuncian estos delitos ante ellos. Al respecto señalaron: “Debido al temor, hay un gran porcentaje que no denuncia. Se sienten intimidadas porque [el agresor] es su propio padre, tío, etc. Son muchas las que no [denuncian]”. Entrevista de Human Rights Watch con fiscal de la FGR, Zona Oriental de El Salvador, 26 de noviembre de 2018. Otros dos funcionarios de la FGR observaron que recabar información sobre la condición migratoria sería una tarea posible y sencilla, en función de que ahora se recopilan otros componentes que antes no se recogían. Uno señaló que antes no recababan información sobre si una persona era LGBT, pero que ahora sí lo hacen. Otro observó que anteriormente no recopilaban datos sobre la profesión de una persona en casos de extorsión, pero que ahora lo hacen, e incluso dijo: “Para nosotros, no es más que hacer una verificación. Sería fácil y rápido”. Entrevista de Human Rights Watch con fiscal de la FGR, Zona Occidental de El Salvador, 7 de enero de 2019.

[119] Entrevista de Human Rights Watch con fiscal de la FGR, Zona Oriental de El Salvador, martes, 6 de noviembre de 2018.

[120] Entrevista de Human Rights Watch con fiscal de la FGR, Zona Oriental de El Salvador, martes, 22 de enero de 2019.

[121] Entrevista de Human Rights Watch con comisionado de la policía, Zona Paracentral de El Salvador, 5 de noviembre de 2018.

[122] Entrevista de Human Rights Watch con médico del IML, Zona Oriental de El Salvador, 22 de enero de 2019.

[123] Entrevista de Human Rights Watch con José Miguel C., Zona Paracentral de El Salvador, 29 de marzo de 2019 (seudónimo); entrevista de Human Rights Watch con Óscar K., Zona Central de El Salvador, 4 de abril de 2014 (seudónimo); y entrevista de Human Rights Watch con Estefanie H., Zona Central de El Salvador, 15 de abril de 2014 (seudónimo).

[124] Se puede consultar en la sección sobre metodología un análisis más detallado de por qué en cada una de estas categorías es posible que no se contabilicen todos los casos.

[125] Entrevista de Human Rights Watch con Irene J., Costa Este de Estados Unidos, 1 de marzo de 2019 (seudónimo). Debido a que los artículos solo daban cuenta de dos mujeres —una desaparecida luego de su deportación y otra asesinada después de que su hijastro fuera deportado— también buscamos en los resúmenes mensuales de noticias sobre mujeres y niñas de ORMUSA. Desde 2007, ORMUSA hace un seguimiento de las menciones de niñas y mujeres en la prensa escrita salvadoreña y publica resúmenes mensuales de los resultados en su sitio web, http://observatoriodeviolencia.ormusa.org/monitoreos.php.

[126] Entrevista de Human Rights Watch con Irene J. y Matías J., Costa Este de Estados Unidos, 1 de marzo de 2019 (seudónimos); entrevista telefónica de Human Rights Watch con Ana P., región del Oeste Montañoso de Estados Unidos, 5 de marzo de 2019 (seudónimo); entrevista de Human Rights Watch con oficial de alto rango de la PNC, Zona Oriental de El Salvador, 26 de noviembre de 2018; entrevista de Human Rights Watch con investigador de la PNC, Zona Paracentral de El Salvador, 25 de marzo de 2019; y entrevista de Human Rights Watch con investigador del IML, Zona Occidental de El Salvador, 7 de enero de 2019.

[127] Entrevista de Human Rights Watch con investigador del IML, Zona Occidental de El Salvador, 7 de enero de 2019.

[128] Dado que cada tipo de fuente arrojó casos que no se superponen por completo con los demás tipos de fuentes, sabemos que cada una de las cuatro fuentes es incompleta. Cuando preguntamos a fuentes oficiales (PNC, FGR, IML, etc.) sobre limitaciones en la información con la que cuentan, cada una describió limitaciones en cuanto a por qué era probable que sus datos sobre asesinatos de personas deportadas de EE. UU. fueran incompletos. Para un análisis más completo de esta cuestión, ver la sección sobre metodología de este informe.

[129] El periódico La Prensa Gráfica realiza una encuesta de una muestra representativa (aproximadamente 1200 hogares) del país varias veces al año. Durante su encuesta de febrero de 2017, les preguntaron a los encuestados si alguien de su familia fue víctima de un delito en los tres meses previos. El 14 % de los encuestados, con un margen de error de entre el 2,2 y el 2,5 %, con un 95 % de confianza, dijo que alguien lo había sido, lo cual asciende a 868 000 miembros extrapolados de la población general cada trimestre; extrapolar esta cifra al año a cerca de 3,5 millones sería incorrecto, ya que algunas víctimas experimentan delitos entre trimestres. De todas formas, durante 2016, la Fiscalía General de la República (FGR) de El Salvador inició solo 14 162 causas. La cantidad de delitos que investiga la Fiscalía General de la República claramente representa solo una pequeña fracción de incluso la estimación más conservadora del total de delitos. Ver Edwin Segura, “El AMSS se mantiene como la región más peligrosa”, La Prensa Gráfica, 13 de marzo de 2017, http://www.laprensagrafica.com/2017/03/13/el-amss-se-mantiene-como-la-region-mas-peligrosa. Si bien no se informa en este artículo, Human Rights Watch obtuvo el margen de error de los autores del estudio. Entrevista telefónica de Human Rights Watch con personal de La Prensa Gráfica, 30 de octubre de 2019.

[130] Ver “Instituto Universitario de Opinión Pública, IUDOP”, “Boletín de prensa año XXXII, No. 4, 2018”; el IUDOP incluyó en su encuesta de 2018 esta pregunta: “¿Ha sido usted víctima directa de algún hecho como robo, extorsión o renta, amenazas o de otro acto delincuencial durante el año?” En respuesta a esta pregunta, el 1 % de los que respondieron afirmativamente especificaron que habían sido víctimas de violación o agresión sexual. Suponiendo una población de 6,5 millones, el 1 % se extrapolaría a aproximadamente 65 000 víctimas de violación o agresión sexual. En 2018, la FGR de El Salvador documentó 3149 denuncias de delitos sexuales, que representan el 4,8 % de 65 000.

[131] Ver Mary Beth Sheridan y Anna-Catherine Brigida, “Disappeared in El Salvador: the Return of a Cold War Nightmare”, Washington Post, 19 de octubre de 2019, https://www.washingtonpost.com/world/the_americas/disappeared-in-el-salvador-amid-a-cold-war-nightmares-return-a-tale-of-one-body-and-three-grieving-families/2019/10/19/d806d19a-e09d-11e9-be7f-4cc85017c36f_story.html.

[132] Entrevista de Human Rights Watch con periodista salvadoreño, Zona Central de El Salvador, 9 de noviembre de 2018; entrevista de Human Rights Watch con periodista salvadoreño, Zona Central de El Salvador, 8 de noviembre de 2018.

[133] “Encuentran muerta a joven bailarina que vivía en Comunidad Las Palmas”, El Diario de Hoy, 17 de julio de 2017, (artículo en los registros de Human Rights Watch); “25 privados de libertad van este año en Usulután”, La Prensa Gráfica, 3 de marzo de 2014, https://www.laprensagrafica.com/elsalvador/25-privados-de-libertad-van-este-ano-en-Usulutan-20140303-0116.html (consultado el 11 de octubre de 2019); “’Mi esposo fue a pagar a unas letras a un almacén y ya no regresó’”, El Blog, 22 de junio de 2017, http://elblog.com/noticias/registro-43551.html (consultado el 11 de octubre de 2019); Flor Lazo, “Cuerpos de socorro buscan a hombre extraviado”, La Prensa Gráfica, 17 de septiembre de 2017, https://www.laprensagrafica.com/elsalvador/Cuerpos-de-socorro-buscan-a-hombre-extraviado-20170917-0028.html (consultado el 11 de octubre de 2019); Jaime López, “Joven llegó a El Salvador de EE.UU. y desapareció en Sensuntepeque”, ElSalvador.com, 23 de septiembre de 2018, https://www.elsalvador.com/noticias/nacional/joven-llego-a-el-salvador-de-ee-uu-y-desaparecio-en-sensuntepeque/521291/2018/ (consultado el 11 de octubre de 2019).

[134] Israel Serrano, “Repartidor de ‘Nash’ murió al caer en barranco carretera a La Libertad”, La Página, 1 de enero de 2013 (artículo en los registros de Human Rights Watch); David Ernesto Perez, “Asesinaron a un marero del bando contrario y ahora tendrán que enfrentar cárcel”, La Página, 18 de febrero de 2013 (artículo en los registros de Human Rights Watch); “Asesinan a hombre con una piedra en el cantón El Jute”, La Prensa Gráfica, 12 de enero de 2013, https://www.laprensagrafica.com/elsalvador/Asesinan-a-hombre-con-una-piedra-en-el-canton-El-Jute-20130112-0080.html (consultado el 11 de octubre de 11, 2019); “Hombre asesinado en bulevar de Antiguo Cuscatlán iba a visitar a su hijo, pero se le quedó el carro”, El Blog, 4 de agosto de 2018; “Asesinan a repartidor de gas propano en Lourdes Colón”, Diario Libre, 29 de junio de 2017, https://diariolibresv.com/nacionales/2017/06/29/asesinan-repartidor-gas-propano-lourdes-colon/ (consultado el 11 de octubre de 2019); Kevin Sieff, “When Death Awaits Deported Asylum Seekers”, Washington Post, 26 de diciembre de 2018, https://www.washingtonpost.com/graphics/2018/world/when-death-awaits-deported-asylum-seekers/?noredirect=on&utm_term=.da4d1269d863 (consultado el 11 de octubre de 2019); Jaime García, “Vendedora, taxista y recién nacida, entre los asesinados hoy”, ElSalvador.com, 9 de septiembre de 2015, https://historico.elsalvador.com/historico/162636/vendedora-taxista-y-recien-nacida-entre-los-asesinados-hoy.html (consultado el 11 de octubre de 2019); “Encuentran cadáver de persona reportada como desaparecida en Santo Domingo de Guzmán”, La Prensa Gráfica, 22 de abril de 2015, https://www.laprensagrafica.com/elsalvador/Encuentran-cadaver-de-persona-reportada-como-desaparecida-en-Santo-Domingo-de-Guzman-20150422-0034.html (consultado el 11 de octubre de 2019); “Encuentran muerto a desaparecido”, La Prensa Gráfica, 23 de abril de 2015, https://www.laprensagrafica.com/elsalvador/Encuentran-muerto-a-desaparecido-20150423-0089.html (consultado el 11 de octubre de 2019); Lilibeth Sánchez and Óscar Iraheta, “Asesinan a un cobrador de microbuses de la Ruta 42 durante jornada violenta”, El Diario Hoy, 16 de abril de 2013, https://historico.elsalvador.com/historico/104614/asesinan-a-un-cobrador-de-microbuses-de-la-ruta-42-durante-jornada-violenta.html (consultado el 11 de octubre de 2019); Héctor Rivas, “Matan a hombre y a su hijastro con fusil AK-47”, La Prensa Gráfica, 28 de enero de 2018, https://www.laprensagrafica.com/elsalvador/Matan-a-hombre-y-a-su-hijastro-con-fusil-AK-47-20180127-0070.html (consultado el 11 de octubre de 2019); entrevista de Human Rights Watch con abogado especialista en inmigración, Costa Este de Estados Unidos, 22 de febrero de 2019; entrevista de Human Rights Watch con Gaspar T. y Walter T., Zona Central de El Salvador, 28 de marzo de 2019 (seudónimos); decisión de Tribunal de Sentencia Penal, La Unión, 13 de enero de 2016 (en los registros de Human Rights Watch); entrevista de Human Rights Watch con Yaneth D., Sur de Estados Unidos, 13 de marzo de 2019 (seudónimo). Como se señaló, estos 13 casos de desapariciones también figuran en nuestro recuento total de asesinatos de personas deportadas, más arriba.

[135] Comisión Interamericana de Derechos Humanos, “Óscar Álvarez Rubio respecto de El Salvador”, 3 de mayo de 2018, https://www.oas.org/es/cidh/decisiones/pdf/2018/26-18MC170-18-ES.pdf (consultado el 18 de enero de 2020).

[136] Entrevista de Human Rights Watch con investigadores del IML, Zona Oriental de El Salvador, 22 de enero de 2019.

[137] Departamento de Estado de los Estados Unidos, “Country Reports on Human Rights Practices”, http://www.state.gov/j/drl/rls/hrrpt/ (consultado el 18 de enero de 2020).

[138] Por ejemplo, en búsquedas que hicimos de 24 vecindarios y cuatro municipios menos poblados que arrojaron aproximadamente 22 000 artículos, solo 27 artículos (el 0,1 %) mencionaban delitos sexuales. Trece vecindarios no arrojaron resultados. Siete arrojaron solo un resultado. Ninguno arrojó más de seis resultados.

[139] Fallo de Tribunal de Sentencia Penal, La Unión, 13 de enero de 2016 (en los registros de Human Rights Watch) (este caso también se incluye en el total de deportados que fueron asesinados; así como los deportados que desaparecieron antes de ser asesinados). Entre los 13 homicidios documentados en fallos de tribunales de sentencia penal, uno era el de un hombre al que mataron al quitarle los testículos y el pene.

[140] Entrevista de Human Rights Watch con fiscal de la FGR, Zona Central de El Salvador, 26 de marzo de 2019.

[141] Entrevista de Human Rights Watch con Inés Z., Zona Oriental de El Salvador, 24 de marzo de 2019 (seudónimo).

[142] Entrevista de Human Rights Watch con Angelina N., Costa Este de Estados Unidos, 22 de febrero de 2019 (seudónimo).

[143] Departamento de Justicia de Estados Unidos (US Department of Justice), Oficina Ejecutiva de Revisión de Casos de Inmigración (Executive Office of Immigration Review), In re Matter of (el nombre no se divulga por motivos de seguridad), (decisión en los registros de Human Rights Watch). Entrevista de Human Rights Watch con Angelina N., Costa Este de Estados Unidos, 22 de febrero de 2019 (seudónimo).

[144] Ibíd.

[145] Ibíd.

[146] Entrevista de Human Rights Watch con Angelina N., Costa Este de Estados Unidos, 22 de febrero de 2019 (seudónimo).

[147] Departamento de Justicia de Estados Unidos (US Department of Justice), Oficina Ejecutiva de Revisión de Casos de Inmigración (Executive Office of Immigration Review), In re Matter of (el nombre fecha no se divulga por motivos de seguridad), (decisión en los registros de Human Rights Watch) y entrevista de Human Rights Watch con Angelina N., Costa Este de Estados Unidos, 22 de febrero de 2019 (seudónimo).

[148] Ibíd.

[149] Ibíd.

[150] Ibíd.

[151] Entrevista de Human Rights Watch con Bartolo A., El Salvador (la zona no se divulga por motivos de seguridad), 26 de noviembre de 2018 (seudónimo); entrevista telefónica de Human Rights Watch con Gaspar T., Zona Oriental de El Salvador, 21 de mayo de 2019 (seudónimo).

[152] Comunicación escrita entre Human Rights Watch y Bartolo A., 6 de enero de 2019 (seudónimo).

[153] Decisión de tribunal de sentencia penal, San Francisco Gotera, departamento de Morazán, 8 de diciembre de 2014 (en los registros de Human Rights Watch).

[154] Decisión de Tribunal de Sentencia Penal, San Miguel, El Salvador, 6 de abril de 2017 (en los registros de Human Rights Watch).

[155] Entrevista de Human Rights Watch con Bernardo A., Zona Central de El Salvador, 25 de enero de 2019 (seudónimo); entrevista de Human Rights Watch con Nelson E., El Salvador (la zona no se divulga por motivos de seguridad), 26 de enero de 2019 (seudónimo); entrevista de Human Rights Watch con Bartolo A., El Salvador (la zona no se divulga por motivos de seguridad) (seudónimo), 26 de noviembre de 2018; entrevista de Human Rights Watch con José Miguel C., Zona Paracentral de El Salvador, 29 de marzo de 2019 (seudónimo); entrevista de Human Rights Watch con Gabriel G., El Salvador (la zona no se divulga por motivos de seguridad), 23 de marzo de 2019 (seudónimo); entrevista de Human Rights Watch con Santiago U., Zona Oriental de El Salvador, 28 de enero de 2019 (seudónimo); correspondencia por mensajes de texto de WhatsApp de Human Rights Watch con Yeshua O., Zona Central de El Salvador, 20 de junio de 2019 (seudónimo); entrevista de Human Rights Watch con Walter T., Zona Central de El Salvador, 28 de marzo de 2019 (seudónimo); entrevista de Human Rights Watch con Gaspar T., Zona Central de El Salvador, 28 de marzo de 2019 (seudónimo); entrevista de Human Rights Watch con Paloma V., comunicación telefónica, Costa Este de Estados Unidos, 17 de junio de 2019 (seudónimo); contacto de Human Rights Watch por mensajes en línea en Facebook con Óscar K., Zona Central de El Salvador, 10 de junio de 2019 (seudónimo); y entrevista de Human Rights Watch con Irene J., Costa Este de Estados Unidos, 1 de marzo de 2019 (seudónimo).

[156] Entrevista de Human Rights Watch con Angelina N., Costa Este de Estados Unidos, 22 de febrero de 2019 (seudónimo); entrevista telefónica de Human Rights Watch con Inés Z., Zona Oriental de El Salvador, 7 de abril de 2019 (seudónimo); y entrevista de Human Rights Watch con Irene J., Costa Este de Estados Unidos, 1 de marzo de 2019 (seudónimo).

[157] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con Helio L., Oeste Montañoso de Estados Unidos, 1 de julio de 2019 (seudónimo); David Marroquín, “Tres detenidos tras ataque y persecución”, El Diario de Hoy, 17 de junio de 2013, https://historico.elsalvador.com/historico/100235/tres-detenidos-tras-ataque-y-persecucion.html (consultado el 9 de noviembre de 2019); y “Presuntos pandilleros lesionan a hombre en Ciudad Delgado”, La Prensa Gráfica, 13 de mayo de 2013, https://www.laprensagrafica.com/elsalvador/Presuntos-pandilleros-lesionan-a-hombre-en-Ciudad-Delgado-20130513-0041.html (consultado el 9 de noviembre de 2019).

[158] Entrevista de Human Rights Watch con Elías F., Estados Unidos (la zona no se divulga por motivos de seguridad), 2019 (la fecha exacta no se divulga por motivos de seguridad) (seudónimo); entrevista de Human Rights Watch con Jacinto K. y Óscar K., Zona Central de El Salvador, 4 de abril de 2014 (seudónimos); entrevista telefónica de Human Rights Watch con Helio L., Oeste Montañoso de Estados Unidos, 1 de julio de 2019 (seudónimo); entrevista de Human Rights Watch con Carlos P., Zona Central de El Salvador, 27 de marzo de 2019 (seudónimo); entrevista de Human Rights Watch con Angelina N., Costa Este de Estados Unidos, 22 de febrero de 2019 (seudónimo); entrevista de Human Rights Watch con CANAF, El Salvador (la zona no se divulga por motivos de seguridad, 5 de noviembre de 2018; entrevista de Human Rights Watch con OLAV, Zona Central de El Salvador, 11 de enero de 2019; entrevista de Human Rights Watch con investigador de la PNC, Zona Occidental de El Salvador, 24 de enero de 2019; “Matan a cuatro pandilleros en Usulután y La Libertad”, La Página, 9 de junio de 2014 (en los registros de Human Rights Watch); Lilibeth Sánchez y Diana Escalante, “Policía registro 32 asesinatos entre el viernes y el domingo”, El Diario de Hoy, 9 de junio de 2014, https://historico.elsalvador.com/historico/129747/policia-registro-32-asesinatos-entre-el-viernes-y-el-domingo.html (consultado el 9 de noviembre de 2019); David Marroquín, “Registran 2,841 asesinatos en el año, septiembre con 297 homicidios”, El Diario de Hoy, 29 de septiembre de 2014, https://www.elsalvador.com/noticias/nacional/registran-2841-asesinatos-en-el-ano-septiembre-con-297-homicidios/136337/2014/ (consultado el 21 de junio de 2019); “Matan a dos soldados frente a estación del SITRAMSS”, La Prensa Gráfica, 22 de junio de 2015, https://www.laprensagrafica.com/elsalvador/Matan-a-dos-soldados-frente-a-estacion-del-SITRAMSS-20150622-0044.html (consultado el 12 de noviembre de 2019); y José Napoleón Morales, “Supuestos pandilleros asesinan a un hombre y hieren de bala a su esposa”, La Página, 22 de junio de 2015 (en los registros de Human Rights Watch).

[159] Entrevista de Human Rights Watch con Karina I., Costa Oeste de Estados Unidos, 6 de marzo de 2019 (seudónimo); entrevista de Human Rights Watch con Jacinto K. y Óscar K., Zona Central de El Salvador, 4 de abril de 2014 (seudónimos); entrevista de Human Rights Watch con Yaneth D., Sur de Estados Unidos, 13 de marzo de 2019 (seudónimo); entrevista de Human Rights Watch con Jennifer B., Costa Este de Estados Unidos, 6 de marzo de 2019 (seudónimo); entrevista de Human Rights Watch con investigador de la PNC, Zona Oeste de El Salvador, 24 de enero de 2019; Jenny Ventura, Jaime López y Diana Escalante, “Encuentran asesinada a niña de 9 años”, El Diario de Hoy, 4 de enero de 2015, https://historico.elsalvador.com/historico/143432/encuentran-asesinada-a-nina-de-9-anos.html (consultado el 12 de noviembre de 2019); Wilmer Lizama, “Registran doble homicidio en Moncagua, San Miguel”, El Mundo, 16 de junio de 2017, https://elmundo.sv/registran-doble-homicidio-en-moncagua-san-miguel/ (consultado el 10 de junio de 2019); “Asesinan en Moncagua a tres agricultores”, La Prensa Gráfica, 17 de junio de 2017, https://www.laprensagrafica.com/elsalvador/Asesinan-en-Moncagua-a-tres-agricultores-20170617-0090.html (consultado el 11 de noviembre de 2019); Jorge Beltrán, “¿Por qué hay tanta violencia en un solo cantón llamado ‘El Platanar’ en El Salvador?”, El Diario de Hoy, 15 de julio de 2018, https://www.elsalvador.com/noticias/nacional/un-infierno-llamado-el-platanar/500528/2018/ (consultado el 11 de noviembre de 2019); “Matan a dos soldados frente a estación del SITRAMSS”, La Prensa Gráfica, 22 de junio de 2015, https://www.laprensagrafica.com/elsalvador/Matan-a-dos-soldados-frente-a-estacion-del-SITRAMSS-20150622-0044.html (consultado el 12 de noviembre de 2019); y José Napoleón Morales, “Supuestos pandilleros asesinan a un hombre y hieren de bala a su esposa”, La Página, 22 de junio de 2015 (en los registros de Human Rights Watch); David Marroquín, “Registran 2,841 asesinatos en el año, septiembre con 297 homicidios”, El Diario de Hoy, 29 de septiembre de 2014, https://www.elsalvador.com/noticias/nacional/registran-2841-asesinatos-en-el-ano-septiembre-con-297-homicidios/136337/2014/ (consultado el 21 de junio de 2019); “Matan a cuatro pandilleros en Usulután y La Libertad”, La Página, 9 de junio de 2014 (en los registros de Human Rights Watch); Lilibeth Sánchez and Diana Escalante, “Policía registro 32 asesinatos entre el viernes y el domingo”, El Diario de Hoy, 9 de junio de 2014, https://historico.elsalvador.com/historico/129747/policia-registro-32-asesinatos-entre-el-viernes-y-el-domingo.html (consultado el 9 de noviembre de 2019); David Marroquín, “Tres detenidos tras ataque y persecución”, El Diario de Hoy, 17 de enero de 2013, https://historico.elsalvador.com/historico/100235/tres-detenidos-tras-ataque-y-persecucion.html (consultado el 9 de noviembre de 2019).

[160] Entrevista de Human Rights Watch con Karina I., Costa Oeste de Estados Unidos, 6 de marzo de 2019 (seudónimo); contacto de Human Rights Watch por mensajes en línea a través de Facebook con Óscar K., Zona Central de El Salvador, 10 de junio de 2019 (seudónimo); entrevista de Human Rights Watch con Yaneth D., Sur de Estados Unidos, 13 de marzo de 2019 (seudónimo), y entrevista telefónica de Human Rights Watch con Jennifer B., Costa Este de Estados Unidos, 6 de marzo de 2019 (seudónimo).

[161] Entrevista de Human Rights Watch con Jennifer B., Costa Este de Estados Unidos, 6 de marzo de 2019 (seudónimo).

[162] Entrevista de Human Rights Watch con Alexander N., El Salvador (la zona no se divulga por motivos de seguridad), 25 de noviembre de 2018 (seudónimo).

[163] Cada año tienen lugar hasta 296 000 nuevos desplazamientos. Ver Vickie Knox, “An Atomised Crisis: Reframing Displacement Caused by Crime and Violence in El Salvador”, Internal Displacement Monitoring Centre, septiembre de 2018, http://www.internal-displacement.org/sites/default/files/inline-files/201809-el-salvador-an-atomised-crisis-en.pdf (consultado el 21 de agosto de 2019).

[164] Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Declaración final de misión en El Salvador, Agnes Callamard, Relatora Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias de Naciones Unidas, 5 de febrero de 2018, https://www.ohchr.org/en/NewsEvents/Pages/DisplayNews.aspx?NewsID=22634&LangID=E (consultado el 16 de junio de 2019).

[165] Entrevista de Human Rights Watch con CANAF, El Salvador (la zona no se divulga por motivos de seguridad), 5 de noviembre de 2018; entrevista de Human Rights Watch con CANAF, El Salvador (la zona no se divulga por motivos de seguridad), 6 de noviembre de 2019; Entrevista de Human Rights Watch con CANAF, El Salvador (la zona no se divulga por motivos de seguridad), 26 de noviembre de 2018; entrevista de Human Rights Watch con trabajador social dedicado a niños y familias desplazados internamente para una organización internacional sin fines de lucro, Zona Central de El Salvador, 29 de noviembre de 2018; entrevista de Human Rights Watch con director de asistencia para personas desplazas internamente para una organización internacional sin fines de lucro, Zona Central de El Salvador, 4 de diciembre de 2018; entrevista de Human Rights Watch con trabajadores de asistencia para personas desplazadas internamente para una organización internacional sin fines de lucro, Zona Central de El Salvador, 4 de diciembre de 2018; entrevista de Human Rights Watch con OLAV, Zona Oriental de El Salvador, 23 de enero de 2019; y entrevista de Human Rights Watch con director de asistencia para personas deportadas de México y Estados Unidos para una organización internacional sin fines de lucro, Zona Central de El Salvador, 28 de marzo de 2019. Los perfiles de personas a los que estas organizaciones nos dijeron que no podían asistir son los siguientes: personas que han participado en delitos contra miembros de pandillas, familias que tienen un familiar en una pandilla y las personas que fueron deportadas tres o más años antes.

[166] Cada dos años, el Instituto Universitario de Opinión Pública (IUDOP) de la Universidad Centroamericana (UCA) hace una encuesta a una muestra representativa de la población salvadoreña acerca de una serie de cuestiones. En 2016, el IUDOP preguntó a los encuestados si alguien había tenido que cambiar su residencia en el último año (una parte separada de la pregunta se refería a la migración fuera de El Salvador). Multiplicamos la población adulta de El Salvador en 2016 (5 800 000) por el 4,9 % de encuestados que respondieron afirmativamente que habían tenido que cambiar de residencia dentro de El Salvador durante el último año. Es importante observar que nuestra estimación de 285 000 personas desplazadas incluye solo adultos. Además, el margen de error de esta pregunta en la encuesta es 2,3, lo que significa que tan solo el 2,6 % y hasta el 7,2 % pueden representar la proporción verdadera. Ver IUDOP, “Encuesta de evaluación del año2016 y sobre los Acuerdos de Paz”, http://www.uca.edu.sv/iudop/wp-content/uploads/INFORME-141.pdf (consultado el 24 de octubre de 2019).

[167] Entrevista de Human Rights Watch con Gabriel G. y su esposa, El Salvador (la zona no se divulga por motivos de seguridad), 23 de marzo de 2019 (seudónimo).

[168] Personas que lucharon contra las fuerzas del gobierno militar salvadoreño durante la guerra civil en El Salvador.

[169] Entrevista de Human Rights Watch con Gabriel G. y su esposa, El Salvador (la zona no se divulga por motivos de seguridad), 23 de marzo de 2019 (seudónimo).

[170] Entrevista de Human Rights Watch con Gabriel G., El Salvador (la zona no se divulga por motivos de seguridad), 15 de diciembre de 2019 (seudónimo).

[171] Ibíd.

[172] Entrevista de Human Rights Watch con Elías F., Estados Unidos (la zona no se divulga por motivos de seguridad), (la fecha exacta no se divulga por motivos de seguridad, 2019 (seudónimo), y entrevista telefónica de Human Rights Watch con Helio L., Oeste Montañoso de Estados Unidos, 1 de julio de 2019 (seudónimo).

[173] Entrevista de Human Rights Watch con Angelina N., Costa Este de Estados Unidos, 22 de febrero de 2019 (seudónimo).

[174] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con Moises X., Costa Oeste de Estados Unidos, 3 de enero de 2019 (seudónimo); entrevista de Human Rights Watch con Karina I., Costa Oeste de Estados Unidos, 6 de marzo de 2019 (seudónimo); entrevista de Human Rights Watch con Yaneth D., Sur de Estados Unidos, 13 de marzo de 2019 (seudónimo); Mauricio Bolaños, “La Paz: reportan asesinato de hombre en Santiago Nonualco”, La Prensa Gráfica, 28 de abril de 2013, https://www.laprensagrafica.com/elsalvador/La-Paz-reportan-asesinato-de-hombre-en-Santiago-Nonualco-20130428-0020.html (consultado el 28 de octubre de 2019); “Su hermano pidió asilo EUA, el juez se lo negó y luego fue asesinado: esta es la historia”, La Prensa Gráfica, 15 de marzo de 2017, https://www.laprensagrafica.com/departamento15/Su-hermano-pidio-asilo-EUA-el-juez-se-lo-nego-y-luego-fue-asesinado-esta-es-la-historia-20170315-0043.html (consultado el 4 de noviembre de 2019); Kevin Sieff, “When Death Awaits Deported Asylum Seekers”, Washington Post, 26 de diciembre de 2018, https://www.washingtonpost.com/graphics/2018/world/when-death-awaits-deported-asylum-seekers/?noredirect=on (consultado el 10 de noviembre de 2019); y Gadiel Castillo, “Hombre es asesinado cuando iba a su trabajo”, El Diario de Hoy, 28 de noviembre de 2018, https://www.elsalvador.com/noticias/nacional/hombre-es-asesinado-cuando-iba-a-su-trabajo/543809/2018/ (consultado el 22 de junio de 2019).

[175] Entrevista de Human Rights Watch con Gaspar T. y Walter T., Zona Central de El Salvador, 28 de marzo de 2019 (seudónimos); entrevista de Human Rights Watch con Santiago U., Zona Oriental de El Salvador, 28 de enero de 2019 (seudónimo); entrevista de Human Rights Watch con Irene J., Costa Este de Estados Unidos, 1 de marzo de 2019 (seudónimo); entrevista de Human Rights Watch con Alexander N., El Salvador (la zona no se divulga por motivos de seguridad), 25 de noviembre de 2018 (seudónimo); entrevista telefónica de Human Rights Watch con Zaida L., Costa Oeste de Estados Unidos, 12 de julio de 2019 (seudónimo); entrevista de Human Rights Watch con Ransés I., Tijuana, México, 8 de marzo de 2019 (seudónimo); entrevista de Human Rights Watch con Digna R., Zona Oriental de El Salvador, 30 de noviembre de 2019 (seudónimo); entrevista de Human Rights Watch con Jairo Q., Zona Central de El Salvador, 26 de enero de 2019 (seudónimo); entrevista por medios sociales de Human Rights Watch con Óscar K., El Salvador (la zona no se divulga por motivos de seguridad), 10 de junio de 2019 (seudónimo); entrevista de Human Rights Watch con Paloma V., Costa Este de Estados Unidos, 17 de junio de 2019 (seudónimo).

[176] Entrevista de Human Rights Watch con funcionario de la OLAV en hospital, Zona Central de El Salvador, 26 de marzo de 2019.

[177] Francisco Narváez, “Asesinan a joven que había sido deportado recientemente”, El Blog, 1 de junio de 2017, http://elblog.com/noticias/registro-42799.html (consultado el 10 de octubre de 2019); Flor Lazo, “Cuerpos de socorro buscan a hombre extraviado”, La Prensa Gráfica, 17 de septiembre de 2017, https://www.laprensagrafica.com/elsalvador/Cuerpos-de-socorro-buscan-a-hombre-extraviado-20170917-0028.html, (consultado el 10 de octubre de 2019); “Extorsiones y asesinatos afligen a El Carmen”, El Diario del Hoy, 23 de febrero de 2013, https://historico.elsalvador.com/historico/101223/extorsiones-y-asesinatos-afligen-a-el-carmen.html (consultado el 10 de octubre de 2019).

[178] Entrevista de Human Rights Watch con Alexander N., El Salvador (la zona no se divulga por motivos de seguridad), 25 de noviembre de 2018 (seudónimo); entrevista de Human Rights Watch con la madre y el padre de Alexander N., El Salvador (la zona no se divulga por motivos de seguridad), 25 de noviembre de 2018 (seudónimo) y 23 de enero de 2019. Entrevista de Human Rights Watch con vecino de Alexander N., El Salvador (la zona no se divulga por motivos de seguridad), 25 de noviembre de 2018 (seudónimo); entrevista telefónica de Human Rights Watch con periodista, El Salvador (la zona no se divulga por motivos de seguridad), 25 de noviembre de 2018; entrevista telefónica de Human Rights Watch con periodista, El Salvador (la zona no se divulga por motivos de seguridad), 23 de mayo de 2019.

[179] Todos los artículos de prensa mencionados en esta descripción se mantienen bajo reserva por motivos de seguridad, pero se encuentran en los registros de Human Rights Watch.

[180] Entrevista de Human Rights Watch con la madre y el padre de Alexander N., El Salvador (la zona no se divulga por motivos de seguridad), 25 de noviembre de 2018 y 23 de enero de 2019.

[181] Ibíd.

[182] Entrevista de Human Rights Watch con la madre y el padre de Alexander N., El Salvador (la zona no se divulga por motivos de seguridad), 25 de noviembre de 2018 y 23 de enero de 2019.

[183] En ese período, en solamente tres municipios rurales con poblaciones de menos de 2600 personas –el El Rosario del departamento de Morazán y [San José] Las Flores y San Fernando en el departamento de Chalatenango– no se habían registrado homicidios. Aún así, en estos municipios se habían producido múltiples delitos sexuales. Datos obtenidos mediante pedido de información pública a la Unidad de Acceso a la Información Pública de la Fiscalía General de la República de El Salvador respecto de datos de incidencia de delitos en todo El Salvador; los datos sobre homicidios entre 2013 y 2017 se recibieron el 9 de noviembre de 2018 y los datos sobre delitos sexuales entre 2013 y 2017 se recibieron el 1 de noviembre de 2018. Los datos sobre homicidios correspondientes a 2018 se recibieron el 18 de febrero de 2019, y los datos sobre delitos sexuales correspondientes a 2018 se recibieron el 25 de febrero de 2019 (dato en los registros de Human Rights Watch).

[184] Desde fines de la década de 1980, las investigaciones en numerosas ciudades brasileñas, canadienses y estadounidenses con distinto nivel poblacional han indicado que los delitos, incluidos los homicidios y las violaciones sexuales, se concentran en puntos geográficos muy reducidos. A través de distintos estudios, los investigadores en general determinaron que cerca del 1,5 % de los segmentos de calles en las ciudades son el ámbito donde se produce el 25 % de los incidentes delictivos. L.W. Sherman, P.R. Gartin y M.E. Buerger, The Geography of Crime (Londres: Routledge, 1989); P.L. Brantingham y P.J. Brantingham, “Hot Spots of Predatory Crime: Routine Activities and the Criminology of Place”, Criminology, vol. 27, no. 1 (1999), págs. 27-56; P.L. Brantingham, “A Theoretical Model of Crime Hot Spot Generation”, Studies on Crime and Crime Prevention, vol. 8, no. 1 (1999), págs. 7-26; D. Weisburd, S. Bushway, C. Lum, S.M. Yang, “Trajectories of Crime at Place: A Longitudinal Study of Street Segments in the City of Seattle”, Criminology, vol. 42, no. 5 (2004), págs. 283-322; Ilona Szabo de Carvalho, Juan Carlos Garzon y Robert Muggah, “Citizen Security Rising: New Approaches to Addressing Drugs, Guns and Violence in Latin America”, Norwegian Peacebuilding Resource Centre (NOREF), 2013; A.A. Braga, A.V. Papachristos y D.M. Hureau, “The Effects of Hot Spots Policing on Crime: An Updated Systematic Review and Meta-analysis”, Justice Quarterly , vol. 31, no.4, (2014), págs. 633-63; A.S. Curmen, M.A. Andresen y P.J. Brantingham,“Crime and Place: A Longitudinal Examination of Street Segment Patterns in Vancouver, BC”, Journal of Quantitative Criminology, vol. 31, no.1 (2014), págs. 127-47; y David Weisburd, “The 2014 Sutherland Address: The Law of Crime Concentration and the Criminology of Place”, Criminology, vol. 53, no. 2, (2015), págs. 133-57.

[185] Datos obtenidos mediante pedido de información pública a la Unidad de Acceso a la Información Pública de la Fiscalía General de la República de El Salvador respecto de datos de incidencia de delitos en todo El Salvador; los datos sobre homicidios entre 2013 y 2017 se recibieron el 9 de noviembre de 2018 y los datos sobre delitos sexuales entre 2013 y 2017 se recibieron el 1 de noviembre de 2018. Los datos sobre homicidios correspondientes a 2018 se recibieron el 18 de febrero de 2019, y los datos sobre delitos sexuales correspondientes a 2018 se recibieron el 25 de febrero de 2019 (dato en los registros de Human Rights Watch).

[186] Conforme se describe en la sección sobre metodología, mediante el uso de una metodología de seguimiento de los medios de código abierto, Human Rights Watch buscó de manera sistemática en la prensa salvadoreña los nombres de vecindarios (incluidas distintas variaciones ortográficas en los nombres, cuando fue necesario) donde vivían o adónde habían huido los entrevistados, y eso arrojó más de 22 000 resultados totales que se revisaron y, cuando fue pertinente, se analizaron. A continuación, los resultados se filtraron para generar una base de datos sobre incidentes de violencia asociados según el vecindario. Estos datos presentas muchísimas limitaciones. Sin embargo, sí nos permitieron identificar temas relativos a la dinámica de los vecindarios, como el nivel de pobreza, delitos consumados, víctimas, victimarios y acciones estatales.

[187] Ver Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (Centers for Disease Control and Prevention), “Adverse Childhood Experiences”, https://www.cdc.gov/violenceprevention/childabuseandneglect/acestudy/index.html (consultado el 7 de octubre de 2019).

[188] Entrevista de Human Rights Watch con director de asistencia para personas deportadas de México y Estados Unidos que trabaja para organización internacional sin fines de lucro, Zona Central de El Salvador, 28 de marzo de 2019.

[189] Entrevista de Human Rights Watch con Alexander N., El Salvador (la zona se mantiene bajo reserva por motivos de seguridad), 25 de noviembre de 2018 (seudónimo); entrevista de Human Rights Watch con Yaneth D., Sur de Estados Unidos, 13 de marzo de 2019 (seudónimo); y entrevista de Human Rights Watch con Vivian R. y Wendy R., Zona Oriental de El Salvador, 25 de marzo de 2019 (seudónimos).

[190] Mayo Clinic, “Post Traumatic Stress Disorder”, https://www.mayoclinic.org/diseases-conditions/post-traumatic-stress-disorder/symptoms-causes/syc-20355967 (consultado el 3 de diciembre de 2019). Un investigador salvadoreño dijo a Human Rights Watch que “Aquí no tenemos demasiados programas integrales [para los deportados]. … Los aspectos psicosociales y culturales no se abordan”. Entrevista telefónica de Human Rights Watch con investigador salvadoreño, 14 de diciembre de 2018.

[191] Entrevista de Human Rights Watch con proveedor de servicios para personas LGBT, Zona Central de El Salvador, 1 de diciembre de 2018, y entrevista de Human Rights Watch con director de asistencia para personas deportadas de México y Estados Unidos que trabaja para organización internacional sin fines de lucro, Zona Central de El Salvador, 28 de marzo de 2019. Asimismo, desde agosto de 2013, la FGR ha gestionado una cuenta de Twitter para niños y niñas desaparecidos. Nuestra búsqueda de esta página reveló que 13 de 17 niños que desaparecieron de manera forzosa del municipio de Colón hasta julio de 2014 desaparecieron del vecindario de Lourdes. Por último, un estudio de 2014 preparado por uno de los coautores de este informe contiene datos que Human Rights Watch volvió a analizar para el presente. Esos datos indican que Lourdes estaba entre los tres vecindarios de donde era más común que provinieran los niños y niñas migrantes. Los datos indican asimismo que estos vecindarios a menudo presentaban cifras de desapariciones, homicidios y presunta actividad de escuadrones de la muerte superiores a la media. Elizabeth G. Kennedy, “No Childhood Here: Why Central American Children are Fleeing Their Homes”, American Immigration Council, 1 de julio de 2014, https://www.americanimmigrationcouncil.org/research/no-childhood-here-why-central-american-children-are-fleeing-their-homes (consultado el 18 de enero de 2020).

[192] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con Yeshua O., Zona Central de El Salvador, 13 de noviembre de 2018 (seudónimo); entrevista de Human Rights Watch director de asistencia para con desplazados internos que trabaja para organización internacional sin fines de lucro, Zona Central de El Salvador, 4 de diciembre de 2018. Se obtuvieron 5749 resultados para “Altavista” y “Alta Vista”, algunos de ellos duplicados, en 14 fuentes de noticias en El Salvador entre 2000 y septiembre de 2019 que informaban sobre incidentes de delitos violentos; varios medios daban cobertura a algunos incidentes y ofrecían a menudo datos coincidentes, con mayor o menor grado de precisión. Human Rights Watch compiló todos estos resultados pero completó un análisis únicamente de los artículos relevantes del período comprendido entre noviembre de 2009 y noviembre de 2016. Entre los miles, tres artículos relevantes son: Roberto Valencia, “Radiografía de una colonia de golondrinas llamada Ciudad Futura”, El Faro, 8 de febrero de 2019, https://elfaro.net/es/201902/el_salvador/22992/Radiograf%C3%ADa-de-una-colonia-de-golondrinas-llamada-Ciudad-Futura.htm (consultado el 12 de junio de 2019); Ezequiel Barrera, “Atacantes usaron armas de guerra para matar a 7 en Alta Vista”, La Prensa Gráfica, 16 de julio de 2016, https://www.laprensagrafica.com/elsalvador/Atacantes-usaron-armas-de-guerra-para-matar-a-7-en-Alta-Vista-20160716-0019.html (consultado el 9 de octubre de 2019); “Policía captura a 31 pandilleros en residencial Altavista”, El Diario de Hoy, 29 de septiembre de 2016, https://historico.eldiariodehoy.com/historico-edh/26014/policia-captura-a-31-pandilleros-en-residencial-altavista.html (consultado el 9 de octubre de 2019). Asimismo, desde agosto de 2013, la FGR ha gestionado una cuenta de Twitter para niños y niñas desaparecidos. Nuestra búsqueda de esta página reveló que 6 de 14 niños que desaparecieron de manera forzosa de los municipios de San Martín y Tonacatepeque hasta mayo de 2018 desaparecieron del vecindario de Altavista. Por último, un estudio de 2014 preparado por uno de los coautores de este informe contiene datos que Human Rights Watch volvió a analizar para el presente. Esos datos indican que Altavista estaba entre los tres vecindarios de donde era más común que provinieran los niños y niñas migrantes. Los datos indican asimismo que estos vecindarios a menudo presentaban cifras de desapariciones, homicidios y presunta actividad de escuadrones de la muerte superiores a la media. Elizabeth G. Kennedy, “No Childhood Here: Why Central American Children are Fleeing Their Homes”, American Immigration Council, 1 de julio de 2014, https://www.americanimmigrationcouncil.org/research/no-childhood-here-why-central-american-children-are-fleeing-their-homes (consultado el 18 de enero de 2020).

[193] Entrevista de Human Rights Watch con proveedor de servicios para personas LGBT, Zona Central de El Salvador, 1 de diciembre de 2018; entrevista de Human Rights Watch con investigador salvadoreño que estudia temas de migración, Zona Central de El Salvador, 29 de noviembre de 2018. Se obtuvieron 1231 resultados para San Roque en 14 fuentes de noticias de El Salvador entre 2000 y junio de 2019 que informaban sobre incidentes de delitos violentos; varios medios daban cobertura a algunos incidentes y ofrecían a menudo datos coincidentes, con mayor o menor grado de precisión. Human Rights Watch compiló todos estos resultados pero completó un análisis únicamente de los artículos relevantes en seis medios del período comprendido entre 2013 y junio de 2019. Entre los 1.231, tres artículos relevantes son: “La comunidad de Raúl Mijango”, Diario1, 6 de mayo de 2016, http://diario1.com/nacionales/2016/05/la-comunidad-de-raul-mijango/ (consultado el 16 de octubre de 2019); Carmina Castro, “Asesinan a mujer y hieren a su hijo de dos meses en Mejicanos”, El Salvador Times, 5 de abril de 2019, https://www.elsalvadortimes.com/content/print/asesinan-mujer-hieren-hijo-meses-mejicanos/2019040519185757004 (consultado el 16 de octubre de 2019); Jorge Archila, “Joven desconocido fue ultimado por mareros en la San Roque, Mejicanos”, El Blog, 5 de abril de 2019, http://elblog.com/inicio/joven-desconocido-fue-ultimado-por-mareros-en-la-san-roque-mejicanos/ (consultado el 16 de octubre de 2019). Asimismo, desde agosto de 2013, la FGR ha gestionado una cuenta de Twitter para niños y niñas desaparecidos. Nuestra búsqueda de esta página reveló que 5 de 29 niños que desaparecieron de manera forzosa del municipio Mejicanos hasta marzo de 2019 desaparecieron del vecindario de San Roque o Zacamil.

[194] Entrevista de Human Rights Watch con proveedor de servicios para personas LGBT, Zona Central de El Salvador, 1 de diciembre de 2018. Análisis realizado por Human Rights Watch de of 783 artículos que aparecieron en 13 medios de noticias de El Salvador entre enero de 2002 y febrero de 2019 sobre incidentes de delitos violentos; varios medios daban cobertura a algunos incidentes y ofrecían a menudo datos coincidentes, con mayor o menor grado de precisión. Entre los 783 artículos, se pueden mencionar como relevantes los siguientes tres: Evelyn Machuca, “Entre el asesino y el asesinato hay algo que se llama vida”, La Prensa Gráfica, 8 de noviembre de 2018, https://www.laprensagrafica.com/elsalvador/Entre-el-asesino-y-el-asesinato-hay-algo-que-se-llama-vida-20181107-0122.html (consultado el 8 de octubre de 2019); “San Salvador dividido por el control de las pandillas”, El Diario de Hoy, 19 de diciembre de 2015, https://www.elsalvador.com/fotogalerias/noticias-fotogalerias/san-salvador-dividido-por-el-control-de-las-pandillas/324851/2015/ (consultado el 16 de octubre de 2019); David Martinez, “La Iberia, una comunidad estigmatizada que busca desarrollar a sus nuevas generaciones”, Diario Co-Latino, 30 de abril de 2015, https://www.diariocolatino.com/la-iberia-una-comunidad-estigmatizada-que-busca-desarrollar-a-sus-nuevas-generaciones/ (consultado el 16 de octubre de 2019). Asimismo, desde agosto de 2013, la FGR ha gestionado una cuenta de Twitter para niños y niñas desaparecidos. Nuestra búsqueda de esta página reveló que 2 de 49 niños que desaparecieron de manera forzosa del municipio de San Salvador hasta marzo de 2019 desaparecieron del vecindario de Iberia.

[195] Desde agosto de 2013, la FGR ha gestionado una cuenta de Twitter para niños y niñas desaparecidos. Nuestra búsqueda en esta página reveló que 12 de 49 niños que desaparecieron de manera forzosa del municipio de San Salvador desaparecieron del vecindario de San Jacinto.

[196] Entrevista de Human Rights Watch a trabajadores de asistencia destinada a desplazados internos que trabajan para organización nacional sin fines de lucro, Zona Central de El Salvador, 4 de diciembre de 2018; entrevista de Human Rights Watch con personal de la OLAV, Zona Central de El Salvador, 11 de enero de 2019; y entrevista de Human Rights Watch a trabajador social que asiste desplazados internos y trabaja para organización nacional sin fines de lucro, Zona Central de El Salvador, 23 de enero de 2019. Ver también, “La Vida Loca”, documental que muestra la violencia endémica en Campanera; “'La Vida Loca' Captures Daily Reality of El Salvador's Gangs, or Maras”, Los Angeles Times, 10 de abril de 2019, https://latimesblogs.latimes.com/laplaza/2009/04/la-vida-loca-reflects-a-depressing-and-hopeless-reality-the-documentary-filmed-by-photojournalist-and-filmmaker-chris.html (consultado el 18 de enero de 2020). El productor del documental, Christian Poveda, fue asesinado en septiembre de 2009. Rory Carroll, “Killers of Filmmaker Christian Poveda Jailed”, Guardian, 11 de marzo de 2011, https://www.theguardian.com/world/2011/mar/11/christian-poveda-murders-jailed, (consultado el 18 de enero de 2020). El vecindario también se menciona en estos tres artículos representativos: Roberto Valencia, “Radiografía de una colonia de golondrinas llamada Ciudad Futura”, El Faro, 8 de febrero de 2019, https://elfaro.net/es/201902/el_salvador/22992/Radiograf%C3%ADa-de-una-colonia-de-golondrinas-llamada-Ciudad-Futura.htm (consultado el 12 de junio de 2019); Enrique García, “Reforzarán los centros asediados por las maras”, El Mundo, 26 de febrero de 2018, https://elmundo.sv/reforzaran-los-centros-asediados-por-las-maras/ (consultado el 16 de octubre de 2019); y “Diez lugares donde los taxistas no queren ir”, El Diario de Hoy, 5 de marzo de 2014, https://www.elsalvador.com/noticias/nacional/124039/diez-lugares-donde-los-taxistas-no-quieren-ir/ (consultado el 16 de octubre de 2019).

[197] Entrevista de Human Rights Watch con médico del IML, Zona Oriental de El Salvador, 22 de enero de 2019; entrevista de Human Rights Watch con fiscal de la FGR, Zona Oriental de El Salvador, 22 de enero de 2019; y entrevista de Human Rights Watch con juez de Tribunal de Sentencia Penal, Zona Oriental de El Salvador, 23 de enero de 2019. Miembros de Calle 18 Sureños mataron a la madrastra de un joven deportado de EE. UU. porque, según creían, era informante de la policía en este vecindario. Ver también “Documento de sentencia para 57 presuntos acusados miembros de pandillas”, Juzgado Especializado de Sentencia para Casos de Crimen Organizado en la Zona Oriental de El Salvador, San Miguel, 3 de agosto de 2018 (en los registros de Human Rights Watch). Ver Diana Escalante e Insy Mendoza, “Matan a una mujer por pleito entre pandilleros”, El Diario de Hoy, 29 de abril de 2014, https://www.elsalvador.com/noticias/nacional/matan-a-una-mujer-por-pleito-entre-pandilleros/125579/2014/ (consultado el 12 de junio de 2019). Análisis de Human Rights Watch de 146 artículos publicados en 11 medios de noticias de El Salvador entre 2003 y abril de 2019 que informaban sobre incidentes de delitos violentos; varios medios daban cobertura a algunos incidentes y ofrecían a menudo datos coincidentes, con mayor o menor grado de precisión. Entre los 146 artículos, se pueden mencionar como representativos los siguientes tres: Insy Mendoza, “Asesinan a un estudiante y lesionan a tres en La Unión”, El Diario de Hoy, 6 de marzo de 2015, https://www.elsalvador.com/noticias/nacional/147746/asesinan-a-un-estudiante-y-lesionan-a-tres-en-la-union/ (consultado el 16 de octubre de 2019); “Matan a una mujer por pleito entre pandillas”, El Diario de Hoy, 29 de abril de 2014, https://historico.elsalvador.com/historico/125579/matan-a-una-mujer-por-pleito-entre-pandilleros.html (consultado el 14 de octubre de 2019); “Capturan a Tres Policías por Colaborar con Pandilleros”, El Mundo, 16 de mayo de 2017, https://elmundo.sv/capturan-a-tres-policias-por-colaborar-con-pandilleros/ (consultado el 16 de octubre de 2019).

[198] Entrevista de Human Rights Watch con periodista salvadoreño, Zona Oriental de El Salvador, 6 de noviembre de 2018; entrevista de Human Rights Watch con periodista salvadoreño, Zona Central de El Salvador, 9 de noviembre de 2018; y entrevista de Human Rights Watch con alto funcionario de la PNC, Zona Oriental de El Salvador, 26 de noviembre de 2018; análisis realizado por Human Rights Watch de 474 artículos publicados en 10 medios de noticias de El Salvador entre julio de 2001 y mayo de 2019 que informaban sobre incidentes de delitos violentos; varios medios daban cobertura a algunos incidentes y ofrecían a menudo datos coincidentes, con mayor o menor grado de precisión. Entre los 474 artículos, se pueden mencionar como representativos los siguientes tres: “Extorsiones obligan a cerrar decenas de negocios en Oriente”, El Diario de Hoy, 2 de junio de 2015, https://www.elsalvador.com/noticias/nacional/extorsiones-obligan-a-cerrar-decenas-de-negocios-en-oriente/154450/2015/ (consultado el 16 de octubre de 2019); “Se encargaba de aterrorizar a muchachas de Moncagua y las obligaba a que tuvieran sexo con él”, La Prensa Gráfica, 3 de agosto de 2017, https://www.laprensagrafica.com/elsalvador/Se-encargaba-de-aterrorizar-a-muchachas-de-Moncagua-y-las-obligaba-a-que-tuvieran-sexo-con-el-20170803-0022.html (consultado el 16 de octubre de 2019); Jorge Beltrán, “¿Por qué hay tanta violencia en un solo cantón llamado ‘El Platanar’ en El Salvador?” , El Diario de Hoy, 15 de julio de 2018, https://www.elsalvador.com/noticias/nacional/un-infierno-llamado-el-platanar/500528/2018/ (consultado el 11 de noviembre de 2019).

[199] Entrevista de Human Rights Watch con alto funcionario de la PNC, Zona Oriental de El Salvador, 26 de noviembre de 2018, y entrevista de Human Rights Watch con personal de CANAF, El Salvador (la zona se mantiene bajo reserva por motivos de seguridad), 26 de noviembre de 2018. Análisis realizado por Human Rights Watch de 528 artículos publicados en 11 medios de noticias de El Salvador entre abril de 2011 y enero de 2019 sobre incidentes de delitos violentos; varios medios daban cobertura a algunos incidentes y ofrecían a menudo datos coincidentes, con mayor o menor grado de precisión. Entre los 528 artículos, se pueden mencionar como representativos los siguientes tres: “Estos son los lugares que más miedo provocan a los salvadoreños”, La Prensa Gráfica, 16 de marzo de 2017, https://www.laprensagrafica.com/lpgdatos/Estos-son-los-lugares-que-mas-miedo-provocan-a-los-salvadorenos-20170316-0002.html (consultado el 16 de octubre de 2019); Wilmer Lizama, “PNC despliega grupo FIRT en San Miguel”, El Mundo, 13 de julio de 2016, https://elmundo.sv/pnc-despliega-grupo-firt-en-san-miguel/ (consultado el 16 de octubre de 2019); Lucinda Quintanilla, “Extorsiones obligan a cerrar decenas de negocios en Oriente”, El Diario de Hoy, 2 de junio de 2015, https://www.elsalvador.com/noticias/nacional/extorsiones-obligan-a-cerrar-decenas-de-negocios-en-oriente/154450/2015/ (consultado el 16 de octubre de 2019). Por último, un estudio de 2014 preparado por uno de los coautores de este informe contiene datos que Human Rights Watch volvió a analizar para este informe. Esos datos indican que Ciudad Pacífica estaba entre los tres vecindarios de donde era más común que provinieran los niños y niñas migrantes. Los datos indican asimismo que estos vecindarios a menudo presentaban cifras de desapariciones, homicidios y presunta actividad de escuadrones de la muerte superiores a la media. Elizabeth G. Kennedy, “No Childhood Here: Why Central American Children are Fleeing Their Homes”, American Immigration Council, 11 de julio de 2014, https://www.americanimmigrationcouncil.org/research/no-childhood-here-why-central-american-children-are-fleeing-their-homes (consultado el 18 de enero de 2020).

[200] Entrevista de Human Rights Watch con alto funcionario de la PNC, Zona Oriental de El Salvador, 26 de noviembre de 2018, y entrevista de Human Rights Watch con personal de CANAF, El Salvador (la zona se mantiene bajo reserva por motivos de seguridad), 26 de noviembre de 2018. Análisis realizado por Human Rights Watch de 620 artículos publicados en 11 medios de noticias de El Salvador entre junio de 2000 y abril de 2019 sobre incidentes de delitos violentos; varios medios daban cobertura a algunos incidentes y ofrecían a menudo datos coincidentes, con mayor o menor grado de precisión. Entre los 620 artículos, se pueden mencionar como representativos los siguientes tres: Roberto Valencia, “Radiografía de una colonia de golondrinas llamada Ciudad Futura”, El Faro, 8 de febrero de 2019, https://elfaro.net/es/201902/el_salvador/22992/Radiograf%C3%ADa-de-una-colonia-de-golondrinas-llamada-Ciudad-Futura.htm (consultado el 12 de junio de 2019); Wilmer Lizama, “PNC despliega grupo FIRT en San Miguel”, El Mundo, 13 de julio de 2016, https://elmundo.sv/pnc-despliega-grupo-firt-en-san-miguel/ (consultado el 16 de octubre de 2019); “Las colonias que dan miedo en el oriente”, La Prensa Gráfica, 12 de septiembre de 2014, https://www.laprensagrafica.com/elsalvador/Las-colonias-que-dan-miedo-en-el-oriente-20140912-0097.html (consultado el 16 de octubre de 2019).

[201] Análisis realizado por Human Rights Watch de of 1377 artículos que aparecieron en 13 medios de noticias de El Salvador entre enero de 2000 y febrero de 2019 sobre incidentes de delitos violentos; varios medios daban cobertura a algunos incidentes y ofrecían a menudo datos coincidentes, con mayor o menor grado de precisión. (San Antonio Silva presentaba resultados irrelevantes superiores a los normales, debido a que “San Antonio” es un nombre de vecindario muy común, y Silva es un apellido común, y es el nombre de un conocido periodista y un político). Entre los artículos relevantes, se pueden mencionar como representativos los siguientes: “Más de mil salvadoreños salen en caravana con la mirada en EEUU”, El Mundo, 31 de octubre de 2018, https://elmundo.sv/parte-segunda-caravana-de-migrantes-salvadorenos-rumbo-a-estados-unidos/ (consultado el 16 de octubre de 2019); ““El asesinato que delató al grupo de exterminio”, El Diario de Hoy, 24 de julio de 2016, https://www.elsalvador.com/noticias/nacional/el-asesinato-que-delato-al-grupo-de-exterminio/193811/2016/ (consultado el 16 de octubre de 2019); “Asesinan a tres en San Salvador, San Vicente y San Miguel”, La Prensa Gráfica, 26 de febrero de 2015, https://www.laprensagrafica.com/elsalvador/Asesinan-a-tres-en-San-Salvador-San-Vicente-y-San-Miguel-20150226-0088.html (consultado el 16 de octubre de 2019).

[202] Se obtuvieron 507 resultados para “Tierra Blanca” en 14 fuentes de noticias de El Salvador entre 2000 y octubre de 2019 que informaban sobre incidentes de delitos violentos; varios medios daban cobertura a algunos incidentes y ofrecían a menudo datos coincidentes, con mayor o menor grado de precisión. Human Rights Watch compiló todos estos resultados pero únicamente completó un análisis de los artículos relevantes sobre un sector del vecindario en cinco medios del período comprendido entre 2002 y junio de 2019. Ver, por ejemplo: “Informan sobre asesinatos en distintos puntos del país”, La Prensa Gráfica, 5 de diciembre de 2014, https://www.laprensagrafica.com/elsalvador/Informan-sobre-asesinatos-en-distintos-puntos-del-pais-20141205-0002.html (consultado el 16 de octubre de 2019); “Matan a hombre en San Miguel”, La Prensa Gráfica, 25 de junio de 2014, https://www.laprensagrafica.com/elsalvador/Matan-a-hombre-en-San-Miguel-20140625-0027.html (consultado el 16 de octubre de 2019); y Rosa Fuentes, “Ciudadanos ayudan a capturar a violadores”, El Diario de Hoy, 15 de octubre de 2002, http://archivo.elsalvador.com/noticias/2002/10/15/elpais/elpais8.html (consultado el 16 de octubre de 2019).

[203] Análisis realizado por Human Rights Watch de of 89 artículos que aparecieron en 13 medios de noticias de El Salvador entre julio de 2012 y febrero de 2019 sobre incidentes de delitos violentos; varios medios daban cobertura a algunos incidentes y ofrecían a menudo datos coincidentes, con mayor o menor grado de precisión. Los siguientes tres artículos son representativos: “Habitantes de Jiquilisco en riesgo por desvío de cauce de río”, La Prensa Gráfica, 24 de febrero de 2017, https://www.laprensagrafica.com/elsalvador/Habitantes-de-Jiquilisco-en-riesgo-por-desvio-de-cauce-de-rio-20170224-0069.html (consultado el 15 de octubre de 2019); “Usulután, bajo ola de asesinatos y asedio de pandillas”, El Diario de Hoy, 3 de marzo de 2014, https://www.elsalvador.com/noticias/nacional/usulutan-bajo-ola-de-asesinatos-y-asedio-de-pandillas/124984/2014/ (consultado el 16 de octubre de 2019); “Capturan a expolicía y a exmilitar”, La Prensa Gráfica, 8 de agosto de 2017, https://www.laprensagrafica.com/elsalvador/Capturan-a-expolicia-y-a-exmilitar-20170808-0090.html (consultado el 16 de octubre de 2019).

[204] Análisis de Human Rights Watch de 170 artículos publicados en 12 medios de noticias de El Salvador entre 2001 y febrero de 2019 que informaban sobre incidentes de delitos violentos; varios medios daban cobertura a algunos incidentes y ofrecían a menudo datos coincidentes, con mayor o menor grado de precisión. Los siguientes tres artículos son representativos: Willian Martínez, “Joven reportada como desaparecida es encontrada muerta en Santa Elena, Usulután”, Cronio, 8 de febrero de 2019, http://cronio.sv/nacionales/joven-reportada-como-desaparecida-es-encontrada-muerta-en-santa-elena-usulutan/ (consultado el 16 de octubre de 2019); Iliana Avila, “Matan a vendedora de frutas y dulces frente a escuela”, El Diario de Hoy, 16 de agosto de 2018, https://www.elsalvador.com/noticias/nacional/509872/matan-a-vendedora-de-frutas-y-dulces-frente-a-escuela/ (consultado el 16 de octubre de 2019); Jaime López, “Maleantes toman por la fuerza a un hombre anoche y ahora amaneció muerto en Usulután”, El Diario de Hoy, https://historico.eldiariodehoy.com/historico-edh/37704/maleantes-toman-por-la-fuerza-a-un-hombre-anoche-y-ahora-amanece-muerto-en-usulutan.html (consultado el 20 de enero de 2020).

[205] Análisis de Human Rights Watch de 170 artículos publicados en 12 medios de noticias de El Salvador entre 2001 y febrero de 2019 que informaban sobre incidentes de delitos violentos; varios medios daban cobertura a algunos incidentes y ofrecían a menudo datos coincidentes, con mayor o menor grado de precisión. Los siguientes tres artículos son representativos: Héctor Rivas, “Deportado es asesinado en La Poza”, La Prensa Gráfica, 1 de junio de 2018, https://www.laprensagrafica.com/elsalvador/Deportado-es-asesinado-en-La-Poza-I-20180531-0142.html (consultado el 7 de octubre de 2019); Beatriz Calderón, Francisco Aleman, and Hector Rivas, “Dos heridos tras ataque a microbus ruta 152 frente a la PNC en Santa Tecla”, La Prensa Gráfica, 31 de mayo de 2018, https://www.laprensagrafica.com/elsalvador/Dos-heridos-tras-ataque-a-microbus-ruta-152-frente-a-la-PNC-en-Santa-Tecla-20180531-0079.html (consultado el 10 de junio de 2019); y “11 homicidios cometidos en las últimas 24 horas Fiscalía además informó del hallazgo de osamentas en Usulután”, La Prensa Gráfica, 8 de noviembre de 2014, https://www.laprensagrafica.com/elsalvador/11-homicidios-cometidos-en-las-ultimas-24-horas-20141108-0050.html (consultado el 7 de octubre de 2019).

[206] Entrevista de Human Rights Watch con periodista salvadoreño, Zona Central de El Salvador, 9 de noviembre de 2018; entrevista de Human Rights Watch con investigador de la PNC, Zona Occidental de El Salvador, 24 de enero de 2019; y entrevista de Human Rights Watch con médico del IML, Zona Occidental de El Salvador, 24 de enero de 2019. Análisis de Human Rights Watch de 342 artículos publicados en 14 medios de noticias de El Salvador entre 2000 y septiembre de 2019 que informaban sobre incidentes de delitos violentos; varios medios daban cobertura a algunos incidentes y ofrecían a menudo datos coincidentes, con mayor o menor grado de precisión. Entre los 342 artículos, se pueden mencionar como representativos los siguientes tres: “Pandillero fue abatido por la PNC durante enfrentamiento en Ahuachapán”, Solo Noticias, 18 de abril de 2018, https://www.solonoticias.com/2018/04/18/pandillero-fue-abatido-por-la-pnc-durante-enfrentamiento-en-ahuachapan/ (consultado el 14 de octubre de 2019); Iliana Rivas, “Masacran a una madre y a dos hijos en Ahuachapán”, La Prensa Gráfica, 10 de septiembre de 2017, https://www.laprensagrafica.com/elsalvador/Masacran-a-una-madre-y-a-dos-hijos-en-Ahuachapan-20170911-0407.html (consultado el 14 de octubre de 2019); “Dentro de una casa en construcción asesinaron a un hombre este mediodía”, El Blog, http://elblog.com/noticias/registro-46061.html (consultado el 14 de octubre de 2019).

[207] Análisis realizado por Human Rights Watch de of 1482 artículos que aparecieron en 14 medios de noticias de El Salvador entre enero de 2002 y marzo de 2019 sobre incidentes de delitos violentos; varios medios daban cobertura a algunos incidentes y ofrecían a menudo datos coincidentes, con mayor o menor grado de precisión. (Apaneca presentaba resultados irrelevantes superiores a los normales, debido a que Apaneca es también el nombre de un municipio del departamento de Sonsonate y un nombre de vecindario muy común en otros municipios). Entre los 1482 artículos, se pueden mencionar como representativos los siguientes tres: “Las colonias más temidas en occidente”, La Prensa Gráfica, 13 de septiembre de 2014, https://www.laprensagrafica.com/elsalvador/Las-colonias-mas-temidas-en-occidente-20140913-0071.html (consultado el 14 de octubre de 2019); “Autoridades reportan triple homicidio en Chalchuapa”, El Mundo, 3 de agosto de 3018, https://elmundo.sv/autoridades-reportan-triple-homicidio-en-chalchuapa/ (consultado el 14 de octubre de 2019); “Enfrentamiento entre PNC y pandilleros deja un terrorista muerto en Chalchuapa”, Solo Noticias, 25 de noviembre de 2017, https://www.solonoticias.com/2017/11/25/enfrentamiento-entre-pnc-y-pandilleros-deja-un-terrorista-muerto-en-chalchuapa/ (consultado el 14 de octubre de 2019). Asimismo, desde agosto de 2013, la FGR ha gestionado una cuenta de Twitter para niños y niñas desaparecidos. Nuestra búsqueda de esta página reveló que 2 de 4 niños que desaparecieron de manera forzosa del municipio de Chalchuapa hasta octubre de 2018 desaparecieron del vecindario de Apaneca. En el municipio de Chalchuapa, los vecindarios suelen ser bastante pequeños, a veces conformados por apenas cuatro manzanas.

[208] La Dirección General de Migración y Extranjería (DGME) de El Salvador recopila información sobre el vecindario y el municipio de procedencia de las personas que son deportadas desde México y desde Estados Unidos, pero no aceptó transmitir esta información a Human Rights Watch cuando la solicitamos en 2018. Asimismo, la Agencia Estadounidense para el Desarrollo Internacional (United States Agency for International Development, USAID) selecciona a vecindarios de “alto riesgo” para la asignación del financiamiento que provee, que en general está orientada a “reducir la migración”. Sin embargo, USAID no difunde en forma pública la información sobre estos vecindarios.

[209] Ver, por ejemplo, Anna-Catherine Brigida, “Kicked Out of the U.S., Salvadoran Deportees Are Struggling Simply to Stay Alive”, World Politics Review, 9 de octubre de 2018, https://www.worldpoliticsreview.com/articles/26302/kicked-out-of-the-u-s-salvadoran-deportees-are-struggling-simply-to-stay-alive (consultado el 10 de junio de 2019). Dos de estos casos también se documentan en decisiones de los juzgados penales salvadoreños que constan en los registros de Human Rights Watch.

[210] Ver, por ejemplo, Enrique Ortiz, “Le quitan la vida a dos hombres en La Libertad”, El Blog, 20 de mayo de 2019, http://elblog.com/inicio/le-quitan-la-vida-a-dos-hombres-en-la-libertad/ (consultado el 10 de junio de 2019).

[211] Entrevistas de Human Rights Watch con periodistas salvadoreños en 2018 y mediados de 2019. Ver también Wilmer Lizama, “Registran doble homicidio en Moncagua, San Miguel”, El Mundo, 16 de junio de 2017, https://elmundo.sv/registran-doble-homicidio-en-moncagua-san-miguel/ (consultado el 10 de junio de 2019); Beatriz Mendoza y Flor Lazo, “Un hombre fue asesinado en San Miguel cuando volvía de hacer diligencias”, La Prensa Gráfica, 26 de febrero de 2018, https://www.laprensagrafica.com/elsalvador/Un-hombre-fue-asesinado-en-San-Miguel-cuando-volvia-de-hacer-diligencias-20180226-0094.html (consultado el 10 de junio de 2019); y “Patrullas buscan a un sastre privado de libertad por pandilleros en San Miguel”, El Blog, 20 de octubre de 2017, http://elblog.com/noticias/registro-47382.html (consultado el 10 de junio de 2019).

[212] “Asesinan a balazos a DJ en Usulután”, El Blog, 28 de septiembre de 2014, http://elblog.com/noticias/registro-16430.html (consultado el 10 de junio de 2019).

[213] Héctor Rivas, “Deportado es asesinado en La Poza I”, La Prensa Gráfica, 1 de junio de 2018, https://www.laprensagrafica.com/elsalvador/Deportado-es-asesinado-en-La-Poza-I-20180531-0142.html (consultado el 7 de octubre de 2019); Beatriz Calderón, Francisco Alemán y Héctor Rivas, “Dos heridos tras ataque a microbús ruta 152 frente a la PNC en Santa Tecla”, La Prensa Gráfica, 31 de mayo de 2018, https://www.laprensagrafica.com/elsalvador/Dos-heridos-tras-ataque-a-microbus-ruta-152-frente-a-la-PNC-en-Santa-Tecla-20180531-0079.html (consultado el 10 de junio de 2019); y “11 homicidios cometidos en las últimas 24 horas”, La Prensa Gráfica, 8 de noviembre de 2014, https://www.laprensagrafica.com/elsalvador/11-homicidios-cometidos-en-las-ultimas-24-horas-20141108-0050.html (consultado el 7 de octubre de 2019).

[214] Iliana Rivas, “Masacran a una madre y a dos hijos en Ahuachapán”, La Prensa Gráfica, 10 de septiembre de 2017, https://www.laprensagrafica.com/elsalvador/Masacran-a-una-madre-y-a-dos-hijos-en-Ahuachapan-20170911-0407.html (consultado el 10 de junio de 2019).

[215] Entrevista de Human Rights Watch con funcionario que suele acudir al lugar de los hechos cuando se comete un delito, Zona Occidental de El Salvador, 24 de enero de 2019.

[216] Entrevista de Human Rights Watch con otro funcionario que suele acudir al lugar de los hechos cuando se comete un delito, Zona Occidental de El Salvador, 24 de enero de 2019.

[217] “Cuatro muertos en dos ataques armados”, La Prensa Gráfica, 23 de diciembre de 2014, https://www.laprensagrafica.com/elsalvador/Cuatro-muertos-en-dos-ataques-armados-20141223-0082.html (consultado el 7 de octubre de 2019) y “Matan a pastor evangélico y su acompañante en Ahuachapán”, 22 de diciembre de 2014, El Diario de Hoy, https://historico.elsalvador.com/historico/142406/matan-a-pastor-evangelico-y-su-acompanante-en-ahuachapan.html (consultado el 7 de octubre de 2019).

[218] “Estos son los lugares que más miedo provocan a los salvadoreños”, La Prensa Gráfica, 16 de marzo de 2017, https://www.laprensagrafica.com/lpgdatos/Estos-son-los-lugares-que-mas-miedo-provocan-a-los-salvadorenos-20170316-0002.html (consultado el 12 de junio de 2019) y “Las colonias que dan miedo en el oriente”, La Prensa Gráfica, 12 de septiembre de 2014, https://www.laprensagrafica.com/elsalvador/Las-colonias-que-dan-miedo-en-el-oriente-20140912-0097.html (consultado el 12 de junio de 2019).

[219] Roberto Valencia, “Radiografía de una colonia de golondrinas llamada Ciudad Futura”, El Faro, 8 de febrero de 2019, https://elfaro.net/es/201902/el_salvador/22992/Radiograf%C3%ADa-de-una-colonia-de-golondrinas-llamada-Ciudad-Futura.htm (consultado el 12 de junio de 2019).

[220] Entrevistas de Human Rights Watch con CANAF, El Salvador (la zona no se divulga por motivos de seguridad), 6 de noviembre de 2019; entrevista de Human Rights Watch con CANAF, El Salvador (la zona no se divulga por motivos de seguridad), 5 de noviembre de 2018; entrevista de Human Rights Watch con CANAF, El Salvador (la zona no se divulga por motivos de seguridad), 26 de noviembre de 2018; entrevista de Human Rights Watch con IML, Zona Oriental de El Salvador, 22 de enero de 2019; y entrevista de Human Rights Watch con FGR, Zona Oriental de El Salvador, 22 de enero de 2019.

[221] Entrevista de Human Rights Watch con funcionario salvadoreño de la PNC, Zona Oriental de El Salvador, 26 de noviembre de 2018.

[222] Evelyn Machuca, “Entre el asesino y el asesinato hay algo que se llama vida”, La Prensa Gráfica, 8 de noviembre de 2019, https://www.laprensagrafica.com/elsalvador/Entre-el-asesino-y-el-asesinato-hay-algo-que-se-llama-vida-20181107-0122.html (consultado el 18 de enero de 2020).

[223] Entrevista de Human Rights Watch con Alexander N., El Salvador (la zona no se divulga por motivos de seguridad), 25 de noviembre de de 2019 (seudónimo); entrevista de Human Rights Watch con Vivian & Wendy R., Zona Oriental de El Salvador, 25 de marzo de 2019 (seudónimos); y entrevista de Human Rights Watch con Bartolo A., El Salvador (la zona no se divulga por motivos de seguridad), 26 de noviembre de 2018 (seudónimo).

[224] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con Gaspar T., 21 de mayo de 2019 (seudónimo).

[225] Entrevistas de Human Rights Watch con Teresa Q. y la madre de Teresa, Gloria Q., Zona Oriental de El Salvador, 28 de enero de 2019 y 24 de marzo de 2019 (seudónimos).

[226] Entrevista de Human Rights Watch con funcionario salvadoreño de la PNC, Zona Oriental de El Salvador, 26 de noviembre de 2018.

[227] Entrevista de Human Rights Watch con juez de sentencia penal salvadoreño, Zona Oriental de El Salvador, 23 de enero de 2019.

[228] Entrevistas de Human Rights Watch con Nohemy P., Zona Oriental de El Salvador, viernes, 8 de febrero de 2019 (seudónimo).

[229] Ibíd.

[230] Francisco Narváez, “Asesinan a joven que había sido deportado recientemente”, El Blog, 1 de junio de 2017, http://elblog.com/noticias/registro-42799.html (consultado el 10 de octubre de 2019); Flor Lazo, “Cuerpos de socorro buscan a hombre extraviado”, La Prensa Gráfica, 17 de septiembre de 2017, https://www.laprensagrafica.com/elsalvador/Cuerpos-de-socorro-buscan-a-hombre-extraviado-20170917-0028.html, (consultado el 10 de octubre de 2019); “Extorsiones y asesinatos afligen a El Carmen”, El Diario del Hoy, 23 de febrero de 2013, https://historico.elsalvador.com/historico/101223/extorsiones-y-asesinatos-afligen-a-el-carmen.html (consultado el 10 de octubre de 2019).

[231] Entrevista de Human Rights Watch con fiscal de la FGR, Zona Paracentral de El Salvador, 5 de noviembre de 2018.

[232] Entrevista de Human Rights Watch con fiscal de la FGR, Zona Paracentral de El Salvador, 29 de marzo de 2019.

[233] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con Moisés X., 3 de enero de 2019 (seudónimo).

[234] Entrevista de Human Rights Watch con Ransés I., estado del norte de México, 8 de marzo de 2019 (seudónimo).

[235] Entrevistas de Human Rights Watch con Nelson E., El Salvador (la zona no se divulga por motivos de seguridad) 26 de enero de 2019 (seudónimo).

[236] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con Irene J. sobre su esposo, 1 de julio de 2019 (seudónimo); entrevista telefónica de Human Rights Watch con Paloma V., 17 de junio de 2019 (seudónimo); y entrevista de Human Rights Watch con Walter T., Zona Central de El Salvador, 28 de marzo de 2019 (seudónimo).

[237] Entrevista de Human Rights Watch con funcionario de la PNC, Zona Oriental de El Salvador, 26 de noviembre de 2018.

[238] Entrevista de Human Rights Watch con Irene J., Costa Este de Estados Unidos, 1 de marzo de 2019 (seudónimo).

[239] Datos obtenidos a través de un pedido de información pública a la Unidad de Acceso a la Información de la Fiscalía General de la República de El Salvador respecto de datos de incidencia de delitos en todo El Salvador; los datos sobre homicidios ocurridos entre 2013 y 2017 se recibieron el 9 de noviembre de 2018, y los datos sobre delitos sexuales ocurridos entre 2013 y 2017 se recibieron el 1 de noviembre de 2018. Los datos sobre homicidios correspondientes a 2018 se recibieron el 18 de febrero de 2019, los datos sobre delitos sexuales correspondientes a 2018 se recibieron el 25 de febrero de 2019 (datos en los registros de Human Rights Watch).

[240] Casos registrados son los identificados a través de una reunión de coordinación mensual entre la FGR, el IML y la PNC para armonizar todos los casos denunciados de homicidios. Esta es una tasa de resolución en crudo, conforme a la metodología de investigación del Buró Federal de Investigaciones (Federal Bureau of Investigations, FBI). Se calcula dividiendo el número de detenciones anuales por el número de casos anuales. Una detención en cualquier año puede corresponder a un homicidio cometido en un año anterior. En 2018, se produjeron 3341 homicidios registrados y 730 detenciones. Los datos sobre detenciones se obtuvieron mediante un pedido de información pública presentado ante la Unidad de Acceso a la Información Pública de la Fiscalía General de El Salvador. Datos en los registros de Human Rights Watch.

[241] 32 detenciones para 235 homicidios registrados en 2018. Los casos registrados son los identificados a través de una reunión de coordinación mensual entre la FGR, el IML y la PNC para armonizar todos los casos denunciados de homicidios y los datos sobre detenciones provienen de un pedido de información pública presentado ante la Unidad de Acceso a la Información Pública de la Fiscalía General de la República. Datos en los registros de Human Rights Watch.

[242] Es posible que haya leves diferencias en las definiciones utilizadas en los dos países para la definición del delito y su resolución. De todos modos, se trata de la medida de comparación más precisa posible. Ver Departamento de Justicia de Estados Unidos, Buró Federal de Investigación, “Crime in the United States, 2018, Table 25”, septiembre de 2019. La cifra correspondiente a EE. UU. incluye homicidio culposo y doloso. Otros ejemplos internacionales incluyen una tasa de resolución del 98 % para homicidios en Finlandia, 77 % en los Países Bajos, 83 % en Suecia y 95 % en Suiza. Ver

Marieke Liem, Karoliina Suonpää, Martti Lehti, Janne Kivivuori, Sven Granath, Simone Walser y Martin Killias, “Homicide Clearance in Western Europe”, European Journal of Criminology, vol. 16, número 1 (2019), doi: https://doi.org/10.1177/1477370818764840 (consultado el 18 de enero de 2020).

[243] Los casos de delitos sexuales se registran cuando una víctima, un testigo o una parte interesada denuncia un presunto delito sexual a la policía, jueces de paz locales, oficinas municipales locales para mujeres, organismos de protección de menores (en El Salvador existen dos), y/o instituciones que tienen la obligación de elevar la información recibida, como personal de hospitales y escuelas, y el IML; conforme al procedimiento, todos estos casos deben denunciarse ante la FGR. Nuestro cálculo de estas tasas se basa en los datos de la FGR sobre violaciones sexuales.

[244] Datos obtenidos mediante un pedido de información pública a la Unidad de Acceso a la Información Pública de la Fiscalía General de la República de El Salvador respecto de datos de incidencia de delitos en todo El Salvador. Los datos sobre homicidios correspondientes a 2018 se recibieron el 18 de febrero de 2019, y los datos sobre delitos sexuales correspondientes a 2018 se recibieron el 25 de febrero de 2019 (datos en los registros de Human Rights Watch).

[245] La definición de violación sexual adoptada por EE. UU. en el Uniform Crime Report del FBI es “la penetración, en cualquier grado, de la vagina o el ano con cualquier parte del cuerpo o con un objeto, o la penetración oral con un órgano sexual de otra persona, sin el consentimiento de la víctima”. Es posible que haya leves diferencias en las definiciones utilizadas entre los dos países para la definición del delito y su resolución. De todos modos, se trata de la medida de comparación más precisa posible. Departamento de Justicia de Estados Unidos, Buró Federal de Investigación, “Crime in the United States, 2018, Table 25”, septiembre de 2019. 

[246] Datos obtenidos mediante un pedido de información pública a la Unidad de Acceso a la Información Pública de la Fiscalía General de la República de El Salvador respecto de datos de incidencia de delitos en todo El Salvador. Los datos sobre homicidios correspondientes a 2018 se recibieron el 18 de febrero de 2019, y los datos sobre delitos sexuales correspondientes a 2018 se recibieron el 25 de febrero de 2019 (datos en los registros de Human Rights Watch).

[247] Entrevista de Human Rights Watch con (el nombre no se divulga por motivos de seguridad), (el lugar no se divulga por motivos de seguridad), (la fecha no se divulga por motivos de seguridad) 2019. Departamento de Justicia de Estados Unidos, Oficina Ejecutiva de Revisión de Casos de Inmigración, Tribunal de Inmigración In re (el nombre no se divulga por motivos de seguridad), (el lugar no se divulga por motivos de seguridad), (la fecha no se divulga por motivos de seguridad).

[248] Alexander Segovia, Leslie Quiñonez, Diana Contreras, Laura Pacheco y Manuel Talavera, “El Salvador: Nuevo patrón de violencia, afectación territorial y respuesta de las comunidades”, Instituto Centroamericano de Investigaciones para el Desarrollo y el Cambio Social (INCIDE), agosto de 2016. En 2011, las fuerzas de seguridad del Estado fueron responsables de la muerte de solo el 0,66 % de las víctimas de homicidios, pero en 2015, 2016 y 2017, mataron al 5,72 %, 11,69 % y 10,27 % de las víctimas, respectivamente. “Monitor  del uso de la fuerza letal en América Latina: Un estudio comparativo de Brasil, Colombia, El Salvador, México y Venezuela”, agosto de 2019, http://monitorfuerzaletal.com (consultado el 26 de noviembre de 2019), págs. 80-95. A lo largo de los años, los funcionarios habían marcado en sus bases de datos que entre el 92 % y el 99 % de las víctimas de estas “confrontaciones” eran miembros de pandillas, aun cuando algunos tenían apenas 13 años. En uno de esos casos en que un niño de 13 años perdió la vida al recibir un disparo de las autoridades, el procurador de derechos humanos de El Salvador (PDDH) determinó que el niño había recibido seis disparos por la espalda cuando se encontraba arrodillado.

[249] En nuestras entrevistas con 41 funcionarios de la FGR, el IML, la PNC y la OLAV en nueve departamentos de El Salvador, entre noviembre de 2018 y diciembre de 2019, los funcionarios repitieron, en varias oportunidades, la mayoría de estas razones. En lo que respecta a las demás razones, el Departamento de Estado de EE. UU. ha señalado, en reiteradas oportunidades, algunos de estos motivos para explicar la incapacidad de las autoridades estatales para proteger, de manera efectiva, la seguridad pública.

[250] Ver Karen Musalo, “El Salvador–A Peace Worse than War: Violence, Gender and a Failed Legal Response”, Yale Journal of Law and Feminism, vol. 30, núm. 1 (2019), https://digitalcommons.law.yale.edu/cgi/viewcontent.cgi?article=1383&context=yjlf (consultado el 18 de enero de 2020). 

[251] Entrevista de Human Rights Watch con Gaspar T., Zona Central de El Salvador, 28 de marzo de 2019 (seudónimo).

[252] Entrevista de Human Rights Watch con Walter T., Zona Central de El Salvador, 28 de marzo de 2019 (seudónimo).

[253] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con Zaida L., Costa Oeste de Estados Unidos, 12 de julio de 2019 (seudónimo).

[254] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con Gaspar T., 21 de mayo de 2019 (seudónimo).

[255] Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Declaración final de misión en El Salvador, Agnes Callamard, Relatora Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias, 5 de febrero de 2018, https://www.ohchr.org/SP/NewsEvents/Pages/DisplayNews.aspx?NewsID=22634&LangID=S (consultado el 16 de junio de 2019).

[256] Anna-Catherine Brigida, “El Salvador’s Tough Policing Isn’t What It Looks Like”, Foreign Policy, 6 de julio de 2019, https://foreignpolicy.com/2019/07/06/el-salvadors-tough-policing-isnt-what-it-looks-like/ (consultado el 13 de julio de 2019).

[257] “Informe especial de la señora Procuradora para la Defensa de los Derechos Humanos, licenciada Raquel Caballero de Guevara, sobre las ejecuciones extralegales atribuidas a la Policía Nacional Civil, en El Salvador, periodo 2014-2018: Caracterización de casos de violación al derecho a la vida y patrones de actuación extralegal”, agosto de 2019, https://www.pddh.gob.sv/portal/file/index.php?dwfile=MjAxOS8xMC9JbmZvcm1lLWVzcGVjaWFsLXNvYnJlLWVqZWN1Y2lvbmVzLWV4dHJhbGVnYWxlcy0xLTEucGRm (consultado el 11 de noviembre de 2018).

[258] Ibíd.

[259] Las limitaciones de los datos no nos permiten calcular los números reales de las deportaciones efectuadas desde cada país en cada año. Principalmente, el casillero de respuesta cerrada (sí/no) acerca de si una víctima de homicidio es una persona deportada es solamente uno de las decenas que se deben completar y se puede omitir por motivos que no sean el desconocimiento de la respuesta. Además, si posteriormente las autoridades toman conocimiento de que una víctima era una persona deportada, el casillero no se actualiza para reflejar ese dato. Ver Unidad de Acceso a la Información Pública, UAIP, “Modificación de cumplimiento a resolución definitiva NUE 322-A-2017”, 17 de agosto de 2018. Aunque no analiza la cuestión de si entre las víctimas había personas deportadas, se puede encontrar un análisis más completo del “uso de la fuerza letal” en El Salvador utilizando estos datos en: “Monitor del uso de la fuerza letal en América Latina: Un estudio comparativo de Brasil, Colombia, El Salvador, México y Venezuela”, agosto de 2019, http://monitorfuerzaletal.com (consultado el 26 de noviembre de 2019), págs. 80-95.

[260] Entrevistas de Human Rights Watch con Elías F., Costa Este de Estados Unidos, invierno de 2019 (la fecha exacta no se divulga por motivos de seguridad) (seudónimo).

[261] Entrevista de Human Rights Watch con Santiago U., Zona Oriental de El Salvador, 28 de enero de 2019 (seudónimo); entrevista de Human Rights Watch con Carlos P., Zona Central de El Salvador, 27 de marzo de 2019 (seudónimo); entrevista de Human Rights Watch con Bartolo A. (la zona no se divulga por motivos de seguridad) de El Salvador, 26 de noviembre de 2018 (seudónimo); entrevista de Human Rights Watch con Walter T., comunicación escrita mediante texto, abril y mayo de 2019 (seudónimo); y entrevista de Human Rights Watch con Gaspar T., comunicación escrita mediante texto, abril y mayo de 2019 (seudónimo).

[262] El investigador de Human Rights Watch revisó el formulario de “Yo Cambio” de Santiago, el cual confirmaba que no tenía antecedentes penales en El Salvador (formulario en los registros de Human Rights Watch).

[263] Entrevistas de Human Rights Watch con Santiago U., Zona Oriental de El Salvador, 28 de enero de 2019 (seudónimo).

[264] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con Alexander N., 20 de marzo de 2019 (seudónimo).

[265] Ver Margaret Popkin, Peace without Justice: Obstacles to Building the Rule of Law in El Salvador  (University Park: The Pennsylvania State University Press, 2000); Michael McClintock, The American Connection, vol.1: State Terror and Popular Resistance in El Salvador  (Londres: Zed, 1986).

[266] La Comisión de la Verdad de las Naciones Unidas determinó que los grupos paramilitares y los escuadrones de la muerte eran responsables del 25 % de las 22 000 violaciones de derechos humanos cometidas entre 1980 y 1991 e incluidas en su estudio. Ver Americas Watch, El Salvador’s Decade of Terror  (New Haven: Yale University Press, 1991); Americas Watch, El Salvador–Accountability and Human Rights: The Report of the United Nations Commission on Truth for El Salvador, News from Americas Watch, vol. V, n.º 7, 10 de agosto de 1993, https://www.hrw.org/legacy/reports/pdfs/e/elsalvdr/elsalv938.pdf; Americas Watch, El Salvador–The Jesuit Trial: An Observer’s Report, News from Americas Watch, vol. III, n.º 13, 13 de diciembre de 1991, https://www.hrw.org/legacy/reports/pdfs/e/elsalvdr/elsalv91d.pdf; y Americas Watch, “El Salvador: Impunity Prevails in Human Rights Cases”, News from Americas Watch, septiembre de 1990, https://www.hrw.org/legacy/reports/pdfs/e/elsalvdr/elsalv909.pdf.

[267] Human Rights Watch/Americas, El Salvador–Darkening Horizons: Human Rights on the Eve of the March 1994 Elections, vol. VI, n.º 4, marzo de 1994, pág. 1 (“[L]os asesinatos, que se volvieron más frecuentes, temerarios y selectivos en el otoño de 1993, continuaron en el año nuevo. Han generado el temor de que escuadrones de la muerte muy conocidos, que sembraron el terror en la década de 1980, se hayan reactivado si es que alguna vez, de hecho, se habían desmembrado”), https://www.hrw.org/legacy/reports/pdfs/e/elsalvdr/elsalv943.pdf.

[268] Cynthia Arnson, “Window on the Past: A Declassified History of Death Squads in El Salvador”, en Bruce Campbell y Arthur Brenner, Death Squads in Global Perspective: Murder with Deniability  (Nueva York: St. Martin’s Press, 2000)(donde se indica que “Los escuadrones de la muerte en El Salvador tenían sus raíces profundas en los órganos de seguridad oficiales, particularmente en las secciones de inteligencia de la Policía del Tesoro, la Policía Nacional y la Guardia Nacional, pero también el ejército y la fuerza aérea. Grupos constituidos de manera privada, especialmente el dirigido por Roberto D’Aubuisson, se distinguían menos por su independencia que por su nivel de contacto y, en algunas ocasiones, por su coordinación con órganos de seguridad del Estado”).

[269] Robert S. Kahn, Other People’s Blood: U.S. Immigration Prisons in the Reagan Decade (Boulder: Westview Press, 1996)(donde se enuncia que “El 20 de junio de 1984, el Proyecto de Asilo Político de la American Civil Liberties Union (ACLU) entregó a la Subcomisión de Normas de la Cámara de Representantes de EE. UU. una lista de 112 salvadoreños deportados que se considera que han sufrido violaciones de derechos humanos después de su deportación. ...El Departamento de Estado... escribió a dos organizaciones de derechos humanos salvadoreñas... que confirmaron 8 de los 26 casos y presentaron a la Embajada de EE. UU. testigos oculares de estos casos, [incluidas] … Cuatro personas deportadas que fueron capturadas a la luz del día por civiles fuertemente armados mientras que las fuerzas de seguridad que se encontraban en las inmediaciones hicieron caso omiso de estos secuestros... Dos fueron llevados de sus casas en la ciudad por la noche —uno por civiles fuertemente armados, que portaban fusiles G-3, habituales en las autoridades de El Salvador”).

[270] Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, “Directrices de elegibilidad para la evaluación de las necesidades de protección internacional de los solicitantes de asilo procedentes de El Salvador”, https://www.refworld.org/docid/56e706e94.html, consultado el 13 de diciembre de 2019 (donde se indica “Por otra parte, desde 2014 han comenzado a surgir informes sobre grupos de exterminio y grupos de vigilantes con posibles conexiones con las fuerzas de seguridad de El Salvador que realizan ejecuciones extrajudiciales de presuntos pandilleros…”); Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Declaración final de misión en El Salvador, Agnes Callamard, Relatora Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias, 5 de febrero de 2018, https://www.ohchr.org/SP/NewsEvents/Pages/DisplayNews.aspx?NewsID=22634&LangID=S (consultado el 16 de junio de 2019) (donde se indica “Además, recibí varias denuncias sobre la existencia de “escuadrones de la muerte” que operan dentro de la Policía, algunos de los cuales han sido confirmadas por funcionarios públicos y corroborados por investigaciones oficiales.”); Cecilia Jiménez-Damary, “Informe de la Relatora Especial sobre los derechos humanos de los desplazados internos acerca de su visita a El Salvador”, 23 de abril de 2018, https://documents-dds-ny.un.org/doc/UNDOC/GEN/G18/116/64/PDF/G1811664.pdf?OpenElement (consultado el 13 de diciembre de 2019).

[271] Sarah Kinosian, “Política de Seguridad de El Salvador está aumentando las ejecuciones extrajudiciales y abuso”, Latin American Working Group (LAWG), 12 de febrero de 2016, https://www.lawg.org/el-salvadors-security-policy-is-increasing-extrajudicial-killings-and-abuse/ (consultado el 4 de diciembre de 2019); International Crisis Group, “El Salvador’s Politics of Perpetual Violence”, 19 de diciembre de 2017, https://www.crisisgroup.org/latin-america-caribbean/central-america/el-salvador/64-el-salvadors-politics-perpetual-violence (consultado el 22 de enero de 2019); Departamento de Estado de EE. UU. State, “El Salvador 2018 Human Rights Report”, https://www.state.gov/wp-content/uploads/2019/03/EL-SALVADOR-2018.pdf, pág. 2 (consultado el 13 de diciembre de 2019) (donde se indica que “un presunto grupo de exterminio opera en San Miguel. El grupo, compuesto por civiles, algunos de los cuales eran presuntos miembros de pandillas rivales, y miembros retirados y activos de las fuerzas militares y policiales, habría sido responsable de asesinatos por encargo y ejecuciones selectivas de presuntos miembros de pandillas en San Miguel. Se presume que los fondos para el grupo de exterminio habían sido aportados por ciudadanos salvadoreños que viven en el extranjero”); Departamento de Estado de EE. UU., “El Salvador 2017 Human Rights Report”, https://www.justice.gov/sites/default/files/pages/attachments/2018/04/24/dos-hrr_2017_el_salvador.pdf, pág. 10 (donde se indica que “559 miembros de la PNC habían sido detenidos por delitos que incluían integrar grupos de exterminio”).

[272] Jorge Beltrán Luna, “Tensión en caserío El Tigre tras el asesinato de El Limonada”, El Diario de Hoy, 12 de octubre de 2019, https://www.elsalvador.com/eldiariodehoy/tension-en-caserio-el-tigre-tras-el-asesinato-de-el-limonada/648744/2019/ (consultado el 4 de diciembre de 2019); “Supuesto grupo de exterminio advierte en redes sociales que va a ‘limpiar La Herradura’ de delincuentes”, La Prensa Gráfica, 15 de marzo de 2018, https://www.laprensagrafica.com/elsalvador/Supuesto-grupo-de-exterminio-advierte-en-redes-sociales-que-va-a-limpiar-La-Herradura-de-delincuentes-20180315-0096.html (consultado el 4 de diciembre de 2019); Ricardo Flores y Gabriel García, “Condenan a 6 policías miembros de grupo de exterminio”, La Prensa Gráfica, 10 de febrero de 2018, https://www.laprensagrafica.com/elsalvador/Condenan-a-seis-policias-miembros-de-grupo-de-exterminio-20180209-0135.html (consultado el 4 de diciembre de 2019).

[273] “Informe especial de la señora Procuradora para la Defensa de los Derechos Humanos, licenciada Raquel Caballero de Guevara, sobre las ejecuciones extralegales atribuidas a la Policía Nacional Civil, en El Salvador, periodo 2014-2018: Caracterización de casos de violación al derecho a la vida y patrones de actuación extralegal”, agosto de 2019, https://www.pddh.gob.sv/portal/file/index.php?dwfile=MjAxOS8xMC9JbmZvcm1lLWVzcGVjaWFsLXNvYnJlLWVqZWN1Y2lvbmVzLWV4dHJhbGVnYWxlcy0xLTEucGRm (consultado el 11 de noviembre de 2018) (“Paralelamente a la adopción de las medidas extraordinarias de seguridad, se advirtió un resurgimiento de estructuras de exterminio que han generado temor y zozobra en diferentes comunidades del interior del país, algunas de las cuales se integraron con miembros de la PNC, militares y civiles, tal y como ha quedado evidenciado en algunos casos que se juducializaron”). Asimismo, la prensa de El Salvador ha informado sobre procedimientos policiales y judiciales en El Salvador en los cuales miembros de escuadrones de la muerte y grupos de exterminio fueron detenidos y llevados ante la justicia. Ver, por ejemplo, Jorge Beltrán Luna, “Tensión en caserío El Tigre tras el asesinato de El Limonada”, El Diario de Hoy, 12 de octubre de 2019, https://www.elsalvador.com/eldiariodehoy/tension-en-caserio-el-tigre-tras-el-asesinato-de-el-limonada/648744/2019/ (consultado el 4 de diciembre de 2019); Ricardo Flores y Gabriel García, “Condenan a 6 policías miembros de grupo de exterminio”, La Prensa Gráfica, 10 de febrero de 2018, https://www.laprensagrafica.com/elsalvador/Condenan-a-seis-policias-miembros-de-grupo-de-exterminio-20180209-0135.html (consultado el 4 de diciembre de 2019); “‘Los exterminio’, el grupo que mataba pandilleros en San Miguel”, El Diario de Hoy, 25 de julio de 2016, https://www.elsalvador.com/noticias/nacional/los-exterminio-el-grupo-que-mataba-pandilleros-en-san-miguel/194433/2016/ (consultado el 4 de diciembre de 2019); “El crimen del pandillero que dejó al descubierto al grupo de exterminio en San Miguel”, El Diario de Hoy, 24 de julio de 2016, https://historico.elsalvador.com/historico/193808/el-crimen-del-pandillero-que-dejo-al-descubierto-al-grupo-de-exterminio-en-san-miguel.html (consultado el 4 de diciembre de 2019).

[274] Entrevistas de Human Rights Watch con Yavany B., Zona Central de El Salvador, 1 de diciembre de 2018 (seudónimo); entrevista de Human Rights Watch con Bartolo A., El Salvador (la región no se divulga por motivos de seguridad) 26 de noviembre de 2018 (seudónimo); entrevista de Human Rights Watch con Ransés I., Tijuana, México, 8 de marzo de 2019 (seudónimo).

[275] Por ejemplo, policías señalaron a la prensa que era posible que grupos de exterminio estuvieran implicados en un incidente que tuvo lugar en febrero de 2016, en el cual un grupo de hombres en una camioneta de doble cabina sustrajeron a un joven de 17 años de su domicilio y se lo llevaron. Posteriormente, el joven fue hallado muerto en una plantación de caña de azúcar, con los ojos vendados, las manos atadas y un mensaje en la espalda. “Encuentran en San Miguel un cadáver con los ojos vendados y con el mensaje ‘Así morirán los pandilleros’”, El Blog, 23 de febrero de 2016, http://elblog.com/noticias/registro-27043.html (consultado el 2 de julio de 2019). Luego, en marzo, cuatro hombres encapuchados secuestraron a dos hombres de 19 y 25 años de sus viviendas, los llevaron a una quebrada y les dispararon en la cabeza. Ver “Matan a dos jóvenes en quebrada de S. Miguel”, La Prensa Gráfica, 19 de marzo de 2016, https://www.laprensagrafica.com/elsalvador/Matan-a-2-jovenes-en-quebrada-de-S.-Miguel-20160319-0019.html (consultado el 2 de julio de 2019). Tres días después de ese doble homicidio, varios hombres vestidos con ropas oscuras “simulando ser policías” atacaron a un niño de 17 años cuando ingresaba en su vivienda. “Matan en San Miguel a tres pandilleros”, La Prensa Gráfica, 22 de marzo de 2016, https://www.laprensagrafica.com/elsalvador/Matan-en-San-Miguel--a-tres-pandilleros-20160322-0026.html (consultado el 2 de julio de 2019). Al día siguiente, el cuerpo de un hombre de 25 años que había sido víctima de un secuestro fue hallado con las manos atadas detrás de la espalda, con signos de tortura y un mensaje escrito en el cuerpo. “Localizan cadáver de pandillero con un mensaje: ‘Por mareros así les toca’”, El Blog, 23 de marzo de 2016, http://elblog.com/noticias/registro-27926.html (consultado el 2 de julio de 2019). Poco más de una semana después, hombres que se identificaron como policías se llevaron por la fuerza a un hombre de 35 años, quien días más tarde fue encontrado sin vida en otro municipio. Jaime López, “Hallan cinco cadáveres semienterrados en Santo Tomás”, El Diario de Hoy, 2 de abril de 2016, https://www.elsalvador.com/noticias/nacional/hallan-cinco-cadaveres-semienterrados-en-santo-tomas/186510/2016/ (consultado el 2 de julio de 2019). Antes de fines de abril, se encontró el cuerpo de un adolescente, con las manos y los pies atados, y con heridas de bala en la cabeza y en la espalda. Diana Escalante y Insy Mendoza, “Asesinan a un comerciante en Ayutuxtepeque”, El Diario de Hoy, 19 de abril de 2016, https://www.elsalvador.com/noticias/nacional/asesinan-a-un-comerciante-en-ayutuxtepeque/, y 184534/2016/ (consultado el 2 de julio de 2019).

[276] El día de Año Nuevo de 2016, en horas de la madrugada, un grupo de al menos ocho hombres armados, vestidos con ropas camufladas similares a uniformes militares llegaron a pie a la comunidad. Cuando un niño de 11 años se acercó corriendo, le dispararon y lo mataron. Se dirigieron a una vivienda y preguntaron por una serie de nombres de una lista; luego se llevaron afuera a los dos hermanos, los obligaron a ponerse de rodillas y les dispararon. Luego, le dispararon a una mujer, que es posible que haya muerto a causa de la agresión. A continuación se dirigieron a otras dos viviendas en busca de un hombre. Lo sacaron de la casa, lo obligaron a arrodillarse y lo mataron de un disparo. Por último, fueron al domicilio de la madre del hombre, la sacaron de la vivienda, le dijeron que se arrodillara y le dispararon. Ver, por ejemplo, “Primer día del año con una masacre y un enfrentamiento”, La Prensa Gráfica, 2 de enero de 2016, https://www.laprensagrafica.com/elsalvador/Primer-dia-del-ano-con-una-masacre-y-un-enfrentamiento-20160102-0025.html (consultado el 2 de julio de 2019); Liseth Alas y Lucinda Quintanilla, “Mueren 5 pandilleros tras enfrentarse a policías en el inicio de 2016”, El Diario de Hoy, 1 de enero de 2016, https://www.elsalvador.com/noticias/nacional/mueren-5-pandilleros-tras-enfrentarse-a-policias-en-el-inicio-de-2016/176047/2016/ (consultado el 2 de julio de 2019); y “2016 inicia con dos quíntuples homicidios en San Miguel y La Paz”, El Mundo, 1 de enero de 2016, https://elmundo.sv/2016-inicia-con-quintuple-homicidio-en-san-miguel/ (consultado el 2 de julio de 2019). Más tarde, en febrero de 2019, cuatro hombres con los rostros cubiertos y vestidos con uniformes de tipo policiales que se identificaron como policías se llevaron de sus viviendas a un hombre de la comunidad, y luego a otro hombre y una mujer de una comunidad vecina, y los mataron con armas de fuego. Ver, por ejemplo, Beatriz Calderón, Flor Lazo y Juan Carlos Díaz: “4 personas fueron asesinadas en San Miguel: una víctima tenía brazalete electrónico”, La Prensa Gráfica, 15 de febrero de 2019, https://www.laprensagrafica.com/elsalvador/4-personas-fueron-asesinadas-en-San-Miguel-una-victima-tenia-brazalete-electronico-20190215-0183.html (consultado el 2 de julio de 2019).

[277] Luego, en marzo de 2016, tres jóvenes, de entre 18 y 24 años, y un hombre de 38 años fueron llevados desde sus viviendas hasta el estadio comunitario. Allí los mataron. Ver, por ejemplo, Carlos Segovia, Jaime López y Enrique Carranza, “Asesinan a cuatro supuestos pandilleros en San Miguel”, El Diario de Hoy, 25 de marzo de 2016, https://www.elsalvador.com/noticias/nacional/asesinan-a-cuatro-supuestos-pandilleros-en-san-miguel/180334/2016/ (consultado el 2 de julio de 2019). En un período de siete semanas durante 2018, dos o más hombres se llevaron a dos varones jóvenes, de 18 y 21 años, de sus viviendas en la sección La Piedad del vecindario, y luego los mataron. Ver, por ejemplo, “Dos jóvenes fueron asesinados anoche en el municipio de San Miguel”, Solo Noticias, 10 de septiembre de 2018, https://www.solonoticias.com/2018/09/10/dos-jovenes-fueron-asesinados-anoche-en-el-municipio-de-san-miguel/ (consultado el 2 de julio de 2019), y Beatriz Calderón, Franklin Zelaya, Francisco Hernández, Juan Carlos Díaz, Broman Mármol, Ángel Gómez y José Cardona, “Tiroteo en San Salvador deja cinco víctimas”, La Prensa Gráfica, 27 de octubre de 2018, https://www.laprensagrafica.com/elsalvador/Tiroteo-en-San-Salvador-deja-cinco-victimas-20181027-0017.html (consultado el 2 de julio de 2019). Hombres vestidos con ropas oscuras llegaron a la vivienda de un hombre en enero de 2019, lo sacaron por la fuerza y le dispararon en el rostro. Ver, por ejemplo, Flor Lazo, “Asesinan a cinco hombres en distintos puntos de San Miguel”, La Prensa Gráfica, 6 de enero de 2019, https://www.laprensagrafica.com/elsalvador/Asesinan-a-cinco-hombres-en-distintos-puntos-de-San-Miguel-20190105-0272.html (consultado el 2 de julio de 2019).

[278] Jaime Anaya, “Acribillan a tres hombres cantón de Puerto El Triunfo”, El Diario de Hoy, 20 de septiembre de 2015, https://www.elsalvador.com/noticias/nacional/acribillan-a-tres-hombres-canton-de-puerto-el-triunfo/161151/2015/ (consultado el 2 de julio de 2019).

[279] En 2001, grupos delictivos vestidos con uniformes policiales agredían a personas, especialmente a quienes llegaban de EE. UU. Ver, por ejemplo, Evelyn Granados, “Criminales sufren revés”, El Diario de Hoy , 3 de mayo de 2001, http://archivo.elsalvador.com/noticias/2001/5/3/ELPAIS/elpais2.html (consultado el 2 de julio de 2019) y Rosa Fuentes, “Caen ‘Los Azules’ en operativo policial”, El Diario de Hoy , 25 de agosto de 2001, http://archivo.elsalvador.com/noticias/2001/8/25/ELPAIS/elpais1.html

(consultado el 2 de julio de 2019).

[280]“Un cobrador de la R133 y dos mujeres son las víctimas de homicidio de hoy”, La Prensa Gráfica, 23 de febrero de 2017, https://www.laprensagrafica.com/elsalvador/Un-cobrador-de-la-R-133-y-dos-mujeres-son-las-victimas-de-homicidio-de-hoy-20170223-0056.html (consultado el 2 de julio de 2019) y Beatriz Calderón, Juan Carlos Díaz y Fátima Membreño, “Homicidas atropellan y tirotean a panadero en La Unión”, La Prensa Gráfica, 2 de octubre de 2017,

https://www.laprensagrafica.com/elsalvador/Homicidas-atropellan-y-tirotean-a-panadero-en-La-Unin-20171002-0014.html (consultado el 2 de julio de 2019).

[281] Iliana Ávila, “En San Miguel, matan a hermanos vinculados a pandilla”, El Diario de Hoy, 11 de enero de 2018, https://www.elsalvador.com/noticias/nacional/en-san-miguel-matan-a-hermanos-vinculados-a-pandilla/438000/2018/ (consultado el 2 de julio de 2019).

[282] Beatriz Calderón, Ángela Alfaro y Jessel Santos, “Dos masacres dejan 10 pandilleros muertos en Usulután”, La Prensa Gráfica, https://www.laprensagrafica.com/elsalvador/Dos-masacres-dejan-10-pandilleros-muertos-en-Usulutan-20150510-0023.html (consultado el 23 de junio de 2019).

[283]“Migueleño deportado fue asesinado mientras esperaba perdón migratorio de EUA” La Prensa Gráfica, 10 de mayo de 2015, https://www.laprensagrafica.com/elsalvador/Migueleno-deportado-fue-asesinado-mientras-esperaba-perdon-migratorio-de-EUA-20170629-0048.html (consultado el 22 de junio de 2019).

[284]Grupo armado asesina a deportado y exconvicto de la MS13 en Sonsonate”, Diario1, 12 de enero de 2019, http://diario1.com/nacionales/2019/01/grupo-armado-asesina-a-deportado-y-exconvicto-de-la-ms13-en-sonsonate/ (consultado el 22 de junio de 2019). En un caso anterior, en el vecindario de San Juan de Dios del municipio de Olocuilta en 2010, según trascendió en la prensa, cinco hombres vestidos de negro aparecieron en un campo de baloncesto del vecindario. Había alrededor de 40 personas presentes, que permanecieron en el lugar porque creyeron que los hombres eran policías. Los hombres gritaron los nombres de algunos jóvenes que estaban jugando al fútbol. Luego, les dijeron que se quitaran las camisetas y dispararon principalmente contra los que tenían tatuajes, incluido un joven que había sido deportado de Estados Unidos algunos años antes. Claudia Huete y Liz Aguirre, “Habitantes de colonia en Olocuilta consternados por masacre”, La Prensa Gráfica, 2 de mayo de 2010, (en los registros de Human Rights Watch).

[285] Entrevista de Human Rights Watch con Ransés I., estado del norte de México, 8 de marzo de 2019 (seudónimo).

[286] Identificación con fotografía emitida por el gobierno de El Salvador.

[287] Entrevista de Human Rights Watch con Ransés I., estado del norte de México, 8 de marzo de 2019 (seudónimo).

[288] Ibíd.

[289] Los artículos de noticias salvadoreños sobre personas que desaparecieron o fueron asesinadas luego de ser deportadas a menudo relatan que la víctima había vivido antes en Estados Unidos por años, incluso la mayor parte de su vida. “Le quitan la vida a un hombre que ayer regresó deportado al país en San Miguel”, El Blog, 4 de diciembre de 2018, http://elblog.com/inicio/le-quitan-la-vida-a-un-hombre-que-ayer-regreso-deportado-al-pais-en-san-miguel/ (consultado el 21 de junio de 2019); Gadiel Castillo, “Hombre es asesinado cuando iba a su trabajo”, El Diario de Hoy, https://www.elsalvador.com/noticias/nacional/hombre-es-asesinado-cuando-iba-a-su-trabajo/543809/2018/ (consultado el 22 de junio de 2019); Anna-Catherine Brigida, “Kicked Out of the U.S., Salvadoran Deportees Are Struggling Simply to Stay Alive”, World Politics Review, 28 de noviembre de 2018, https://www.worldpoliticsreview.com/articles/26302/kicked-out-of-the-u-s-salvadoran-deportees-are-struggling-simply-to-stay-alive (consultado el 22 de junio de 2019); David Marroquín, “Violencia acaba con la vida de 64 personas en los últimos cuatro días”, El Diario de Hoy, 15 de marzo de 2018, https://www.elsalvador.com/noticias/nacional/violencia-acaba-con-la-vida-de-64-personas-en-ultimos-cuatro-dias/460839/2018/ (consultado el 21 de junio de 2019); Jaime López, “Joven llego a El Salvador de EE.UU. y desapareció en Sensuntepeque”, El Diario de Hoy, 23 de septiembre de 2018, https://www.elsalvador.com/noticias/nacional/joven-llego-a-el-salvador-de-ee-uu-y-desaparecio-en-sensuntepeque/521291/2018/ (consultado el 21 de junio de 2019); Roberto Lovato, “Deported to Death: the Tragic Journey of a Salvadoran immigrant”, Al Jazeera, 11 de julio de 2015, http://america.aljazeera.com/articles/2015/7/11/deported-to-death-the-tragic-journey-of-an-el-salvadoran-immigrant.html (consultado el 21 de junio de 2019); David Marroquín, “Registran 2,841 asesinatos en el año, septiembre con 297 homicidios”, El Diario de Hoy, 29 de septiembre de 2014, https://www.elsalvador.com/noticias/nacional/registran-2841-asesinatos-en-el-ano-septiembre-con-297-homicidios/136337/2014/ (consultado el 21 de junio de 2019); Ricardo Flores, “Matan en la capital a testigo de crimen”, La Prensa Gráfica (en los registros de Human Rights Watch); y Julia Preston, “Losing Asylum, Then His Life”, New York Times, 28 de junio de 2010, https://www.nytimes.com/2010/06/29/us/29asylum.html (consultado el 22 de junio de 2019).

[290] Entrevista de Human Rights Watch con Karina I., Costa Oeste de Estados Unidos, 6 de marzo de 2019 (seudónimo); entrevista de Human Rights Watch con Wendy R., Zona Oriental de El Salvador, 9 de diciembre de 2019 (seudónimo); entrevista telefónica de Human Rights Watch con Jennifer B., Costa Este de Estados Unidos, 6 de marzo de 2019 (seudónimo); entrevista de Human Rights Watch con Nohemy P., Zona Oriental de El Salvador, 24 de marzo de 2019 (seudónimo); entrevista de Human Rights Watch con Bernardo A., Zona Central de El Salvador, 25 de enero de 2019 (seudónimo); entrevista de Human Rights Watch con Yavany B., Zona Central de El Salvador, 1 de diciembre de 2018 (seudónimo); entrevista de Human Rights Watch con Óscar K., (la zona no se divulga por motivos de seguridad) de El Salvador, diciembre de 2019 (la fecha exacta no se divulga por motivos de seguridad) (seudónimo); entrevista de Human Rights Watch con el abogado inmigratorio de Ruben M., Costa Este de Estados Unidos, 22 de febrero de 2019 (seudónimo); entrevista de Human Rights Watch con Walter T. y Gaspar T., Zona Central de El Salvador, 28 de marzo de 2019 (seudónimos); y entrevista de Human Rights Watch con Ransés I., Tijuana, México, 8 de marzo de 2019 (seudónimo).

[291] Allison O’Connor, Jeanne Batalova y Jessica Bolter, “Central American Immigrants in the United States”, Migration Policy Institute, 15 de agosto de 2019, https://www.migrationpolicy.org/article/central-american-immigrants-united-states (consultado el 24 de agosto de 2019).

[292] Desde fines de la década de 1980, las investigaciones en numerosas ciudades brasileñas, canadienses y estadounidenses con distinto nivel poblacional han indicado que los delitos, incluidos los homicidios y las violaciones sexuales, se concentran en puntos geográficos muy reducidos. A través de distintos estudios, los investigadores en general determinaron que cerca del 1,5 % de los segmentos de calles en las ciudades son el ámbito donde se produce el 25 % de los incidentes delictivos. Ver W. Crow y J. Bull, Robbery Deterrence: An Applied Behavioral Science Demonstration: Final Report (La Jolla: Western Behavioral Science Institute, 1975); M. Felson, “Routine Activities and Crime Prevention in the Developing Metropolis”, Criminology, vol. 25, N.° 4, 1987, págs. 911-32; G.L. Pierce, S. Spaar y L.R. Briggs, The Character of Police Work: Strategic and Tactical Implications (Boston, MA: Center for Applied Social Research, Northeastern University, 1988); D.J. Evans y D.T. Herbert, The Geography of Crime, (Londres: Routledge, 1989); L.W. Sherman, P.R. Gartin y M.E. Buerger, “Hot Spots of Predatory Crime: Routine Activities and the Criminology of Place”, Criminology, vol. 27, N.° 1, 1989, págs. 27-56; P.L. Brantingham y P.J. Brantingham, “Hot Spots of Predatory Crime: Routine Activities and the Criminology of Place”, Criminology, vol. 27, N.° 1 (1999), págs. 27-56; P.L. Brantingham, “A Theoretical Model of Crime Hot Spot Generation”, Studies on Crime and Crime Prevention, vol. 8, N.° 1 (1999), págs. 7-26; D. Weisburd, S. Bushway, C. Lum y S.M. Yang, “Trajectories of Crime at Place: A Longitudinal Study of Street Segments in the City of Seattle”, Criminology, vol. 42, N.° 5 (2004), págs. 283-322; Ilona Szabo de Carvalho, Juan Carlos Garzon y Robert Muggah, “Citizen Security Rising: New Approaches to Addressing Drugs, Guns and Violence in Latin America”, Norwegian Peacebuilding Resource Centre (NOREF), 2013; A.A. Braga, A.V. Papachristos y D.M. Hureau, “The Effects of Hot Spots Policing on Crime: An Updated Systematic Review and Meta-analysis”, Justice Quarterly , vol. 31, N.° 4, (2014), págs. 633-63; A.S. Curmen, M.A. Andresen y P.J. Brantingham, “Crime and Place: A Longitudinal Examination of Street Segment Patterns in Vancouver, BC”, Journal of Quantitative Criminology, vol. 31, N.° 1 (2014), págs.127-47; y David Weisburd, “The 2014 Sutherland Address: The Law of Crime Concentration and the Criminology of Place”, Criminology, vol. 53, N.° 2, (2015), págs. 133-57. Ya en 1977, las investigaciones en Estados Unidos concluían que, a medida que el desempleo aumentaba en un área, lo mismo ocurría allí con la tasa de homicidios. Ver H. Brenner, “Health Costs and Benefits of Economic Policy”, International Journal of Health Services, vol. 7, N.° 4, 1977, págs. 581-623. Esto está, de por sí, intrínsecamente vinculado con la pobreza, ya que las áreas en las que el desempleo es alto están estigmatizadas y a menudo brindan pocas oportunidades educativas o económicas. Según investigaciones posteriores, cuando la situación socioeconómica se controla en un determinado lugar y entre razas, las discrepancias en la tasa de homicidios desaparecen. Ver J. Jason, L.T. Strauss, C.W. Tyler, “A Comparison of Primary and Secondary Homicides in the United States”, American Journal of Epidemiology, vol. 117, N.° 3, 1983, págs. 309-319; B.S. Centerwall, “Race, Socioeconomic Status, and Domestic Homicide, Atlanta, 1971-1972”, American Journal of Public Health, vol. 74, N.° 8, 1984, págs. 813-5; R. Sampson y J. Laub, Crime in the Making: Pathways and Turning Points through Life, (Boston: Harvard University Press, 1993); y Steven Whitman, Nanette Benbow, y Glenn Good, “The Epidemiology of Homicide in Chicago”, Journal of the National Medical Association vol. 88, N.° 12, 1996, págs. 781-787. Es probable que esos vecindarios se caractericen por tener autoridades que, a su vez, tampoco realizan los arrestos correspondientes. Según una investigación realizada por el Washington Post, las 50 ciudades más pobladas de Estados Unidos tenían vecindarios a los que se referían como “focos de impunidad”, con tasas de arrestos por homicidio inferiores al 33 %. Ver Wesley Lowery, Kimbriell Kelly, Ted Mellnik y Steven Rich, “Where Killings Go Unsolved”, Washington Post, 6 de junio de 2018, https://www.washingtonpost.com/graphics/2018/investigations/where-murders-go-unsolved/ (consultado el 21 de enero de 2020).

[293] Entrevista de Human Rights Watch con director de asistencia para personas deportadas de México y Estados Unidos que trabaja para organización internacional sin fines de lucro, Zona Central de El Salvador, 28 de marzo de 2019.

[294] Entrevista de Human Rights Watch con la hermana de Yeshua, Costa Este de Estados Unidos, 5 de abril de 2019 (seudónimo). La agresión ocurrió cuando su hermana intentó sacarle un rifle de caza a Yoshua, que estaba embriagado. En nuestra entrevista con la hermana de Yeshua, ella comentó que durante el forcejeo solo sufrió unos arañazos leves en el brazo. Dijo que, si bien las heridas sangraron un poco, eran tan leves que “en el hospital no hicieron nada”. Los testigos escucharon que el rifle se disparaba y llamaron a la policía.

[295] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con Yeshua O., Zona Central de El Salvador, 13 de noviembre de 2018 (seudónimo).

[296] Entrevista de Human Rights Watch con la hermana y el sobrino de Baltazar, Zona Central de El Salvador, 1 de diciembre de 2018 (seudónimo).

[297] Entrevista de Human Rights Watch con Bernardo A., Zona Central de El Salvador, 25 de enero de 2019 (seudónimo).

[298] Entrevista de Human Rights Watch con Elías F., Costa Este de Estados Unidos, invierno de 2019 (la fecha exacta no se divulga por motivos de seguridad) (seudónimo).

[299] Entrevista de Human Rights Watch con Norman S., familiar sobreviviente, Estados Unidos (la zona no se divulga por motivos de seguridad), marzo de 2019 (seudónimo); entrevista telefónica de Human Rights Watch con Ana P., familiar supérstite, Oeste Montañoso de Estados Unidos, 5 de marzo de 2019 (seudónimo).

[300] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con investigador del IML, Zona Occidental de El Salvador, 26 de septiembre de 2019.

[301] Entrevista de Human Rights Watch con Norman S., El Salvador (la zona no se divulga por motivos de seguridad), primer trimestre de 2019 (la fecha exacta no se divulga por motivos de seguridad) (seudónimo); entrevista de Human Rights Watch con Matías J., Costa Este de Estados Unidos, 1 de marzo de 2019 (seudónimo); entrevista telefónica de Human Rights Watch con Ana P., 5 de marzo de 2019 (seudónimo); entrevista de Human Rights Watch con Elías F., Estados Unidos (la zona no se divulga por motivos de seguridad), primer trimestre de 2019 (la fecha exacta no se divulga por motivos de seguridad) (seudónimo); y entrevista de Human Rights Watch con funcionario de la PNC, Zona Paracentral de El Salvador, 25 de marzo de 2019.

[302] Entrevista de Human Rights Watch con investigador de la PNC, Zona Occidental de El Salvador, 24 de enero de 2019; entrevista de Human Rights Watch con policía, Zona Paracentral de El Salvador, 25 de marzo de 2019; entrevista de Human Rights Watch con funcionario de la OLAV en la alcaldía, Zona Central de El Salvador, 11 de enero de 2019; entrevista de Human Rights Watch con director de asistencia para personas deportadas de México y Estados Unidos, que trabaja para organización internacional sin fines de lucro, Zona Central de El Salvador, 28 de marzo de 2019.

[303] Entrevista de Human Rights Watch con policía, Zona Occidental de El Salvador, 24 de enero de 2019. En 2014 y 2018 otras dos personas que habían residido un extenso período en Estados Unidos murieron asesinadas, una en Ahuachapán y la otra en La Libertad. Habían trabajado 10 años o más en Estados Unidos para ahorrar algo de dinero y abrir un negocio en El Salvador. David Marroquín, “Violencia acaba con la vida de 64 personas en los últimos cuatro días”, El Diario de Hoy, 15 de marzo de 2018, https://www.elsalvador.com/noticias/nacional/violencia-acaba-con-la-vida-de-64-personas-en-ultimos-cuatro-dias/460839/2018/ (consultado el 21 de junio de 2019), y David Marroquín, “Registran 2,841 asesinatos en el año, septiembre con 297 homicidios”, El Diario de Hoy, 29 de septiembre de 2014, https://www.elsalvador.com/noticias/nacional/registran-2841-asesinatos-en-el-ano-septiembre-con-297-homicidios/136337/2014/ (consultado el 21 de junio de 2019).

[304] Entrevista de Human Rights Watch con policía, Zona Paracentral de El Salvador, 25 de marzo de 2019; entrevista de Human Rights Watch con Norman S., El Salvador (la zona no se divulga por motivos de seguridad), primer trimestre de 2019 (la fecha exacta no se divulga por motivos de seguridad) (seudónimo).

[305] Entrevista de Human Rights Watch con funcionario salvadoreño (la dependencia no se divulga por motivos de seguridad), Zona Paracentral, 25 de marzo de 2019.

[306] Newsweek presentó un informe sobre una encuesta a personas de 18 países, en el que se concluyó que el 46 % de los encuestados en Estados Unidos tenían tatuajes; fue el tercer porcentaje más alto entre los 18 países sondeados. James Tennet, “Which Country Has the Most People with Tattoos? It’s not the US”, Newsweek, 24 de mayo de 2018, https://www.newsweek.com/which-country-most-people-tattoos-943104 (consultado el 9 de octubre de 2019).

[307] Entrevista de Human Rights Watch con Paloma V., Costa Este de Estados Unidos, 17 de junio de 2019 (seudónimo).

[308] Entrevista de Human Rights Watch con Yavany B., Zona Central de El Salvador, 1 de diciembre de 2018 (seudónimo); entrevista de Human Rights Watch con Bartolo A., (la zona no se divulga por motivos de seguridad) de El Salvador (seudónimo), 26 de noviembre de 2018; entrevista de Human Rights Watch con Ransés I., Tijuana, México, 8 de marzo de 2019 (seudónimo).

[309] Entrevista de Human Rights Watch con abogado defensor, Estados Unidos (la zona no se divulga por motivos de seguridad), 4 de abril de 2019.

[310] Entrevista de Human Rights Watch con Bartolo A., El Salvador (la zona no se divulga por motivos de seguridad), 26 de noviembre de 2018 (seudónimo).

[311] Ibíd. Ver también “Why Prisoners Join Gangs”, Economist, 12 de noviembre de 2014.

[312] “No Place to Hide: Gang, State, and Clandestine Violence in El Salvador”, The International Human Rights Clinic, Programa de Derechos Humanos, Facultad de Derecho de Harvard, febrero de 2007, https://static1.squarespace.com/static/5b3538249d5abb21360e858f/t/5cabca6ce4966bf580ea3471/1554762350561/No+Place+to+Hide+Cavallaro+2007.pdf.

[313] Entrevista de Human Rights Watch con fiscal de la FGR, Zona Paracentral de El Salvador, 29 de marzo de 2019; entrevista de Human Rights Watch con fiscal de la FGR, Zona Oriental de El Salvador, 22 de enero de 2019; entrevista de Human Rights Watch con peritos del IML, Zona Occidental de El Salvador, 24 de enero de 2019; entrevista de Human Rights Watch con investigadores del IML, Zona Occidental de El Salvador, 7 de enero de 2019; entrevista de Human Rights Watch con perito del IML, Zona Oriental de El Salvador, 26 de noviembre de 2018.

[314] Entrevista de Human Rights Watch con fiscal de la FGR, Zona Oriental de El Salvador, 22 de enero de 2019.

[315] Entrevista de Human Rights Watch con médico del IML, Zona Oriental de El Salvador, 26 de noviembre de 2018.

[316] “Mi esposo fue a pagar a unas letras a un almacén y ya no regreso”, El Blog http://elblog.com/noticias/registro-43551.html (consultado el 28 de octubre 2019).

[317] Lilibeth Sánchez y David Marroquín, “Matan a deportado de Estados Unidos”, El Diario de Hoy (en los registros de Human Rights Watch).

[318] Mauricio Bolanos, “La Paz: reportan asesinato de hombre en Santiago Nonualco”, La Prensa Gráfica, 28 de abril de 2013, https://www.laprensagrafica.com/elsalvador/La-Paz-reportan-asesinato-de-hombre-en-Santiago-Nonualco-20130428-0020.html (consultado el 28 de octubre de 2019).

[319] “25 privados de libertad van este año en Usulután”, La Prensa Gráfica, 28 de abril de 2013, https://www.laprensagrafica.com/elsalvador/25-privados-de-libertad-van-este-ano-en-Usulutan-20140303-0116.html (consultado el 28 de octubre de 2019).

[320] Anna-Catherine Brigida, “Kicked Out of the U.S., Salvadoran Deportees Are Struggling Simply to Stay Alive”, World Politics Review, 9 de octubre de 2018, https://www.worldpoliticsreview.com/articles/26302/kicked-out-of-the-u-s-salvadoran-deportees-are-struggling-simply-to-stay-alive (consultado el 28 de octubre de 2019).

[321] Anna-Catherine Brigida, “Kicked Out of the U.S., Salvadoran Deportees Are Struggling Simply to Stay Alive”, World Politics Review, 9 de octubre de 2018, https://www.worldpoliticsreview.com/articles/26302/kicked-out-of-the-u-s-salvadoran-deportees-are-struggling-simply-to-stay-alive (consultado el 28 de octubre de 2019); Gadiel Castillo, “Hombre es asesinado cuando iba a su trabajo”, ElSalvador.com, 28 de noviembre de 2018 https://www.elsalvador.com/noticias/nacional/hombre-es-asesinado-cuando-iba-a-su-trabajo/543809/2018/ (consultado el 10 de octubre de 2019); Sentencia Condenatoria, Tribunal de Sentencia de Santa Tecla, 22 de junio de 2015 (documento donde se establece la pena para la persona condenada por el asesinato de un deportado) (en los registros de Human Rights Watch).

 

 

[324] Entrevista de Human Rights Watch con Jaír F., Costa Este de Estados Unidos, 23 de febrero de 2019 (seudónimo).

[325] Entrevista de Human Rights Watch con periodista salvadoreño, Zona Central de El Salvador, 9 de noviembre de 2018.

[326] Entrevista de Human Rights Watch con periodista salvadoreño, Zona Central de El Salvador, 8 de noviembre de 2018.

[327] Según surge de décadas de investigación de Human Rights Watch sobre centros de detención inmigratoria estadounidenses, a los detenidos muy rara vez (prácticamente nunca) se les permite abandonar esos centros, ni siquiera para la atención de condiciones médicas graves en hospitales o asistir a acontecimientos importantes como funerales o las graduaciones de sus hijos. También es muy difícil ingresar a centros de detención inmigratoria, salvo como abogado que representa a un cliente inmigrante. Por lo tanto, de conformidad con la actual política de EE. UU. resultaría muy difícil a los detenidos abandonar los centros de detención para que les eliminen los tatuajes y a los profesionales que realizan esa tarea les resultaría muy difícil ingresar varias veces a los centros de detención para poder eliminar los tatuajes.

[328] Entrevista de Human Rights Watch con ex defensor de oficio, Estados Unidos (la zona no se divulga por motivos de seguridad), 4 de abril de 2019.

[329] Entrevista de Human Rights Watch con funcionario de reinserción de migrantes, Zona Central de El Salvador, 28 de noviembre de 2018.

[330] Entrevista de Human Rights Watch con funcionario de reinserción de migrantes, Zona Central de El Salvador, 28 de noviembre de 2018.

[331] Departamento de Justicia de Estados Unidos, Oficina Ejecutiva de Revisión de Casos de Inmigración (Executive Office of Immigration Review), In the Matter of (el nombre y la fecha no se divulgan por motivos de seguridad) (decisión en los registros de Human Rights Watch).

[332] Ibíd.

[333] Ibíd.

[334] Ibíd.

[335] Ibíd.

[336] Departamento de Justicia de Estados Unidos, Oficina Ejecutiva de Revisión de Casos de Inmigración, In the Matter of (el nombre y la fecha no se divulgan por motivos de seguridad) (sentencia en los registros de Human Rights Watch).

[337] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con Jennifer B., Costa Este de Estados Unidos, 6 de marzo de 2019 (seudónimo).

[338] Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, 189 U.N.T.S. 150, en vigor desde el 22 de abril de 1954, http://www.unhcr.org/3b66c2aa10.html; Protocolo de las Naciones Unidas sobre el Estatuto de los Refugiados, 606 U.N.T.S. 268, en vigor desde el 4 de octubre de 1967. Estados Unidos adhirió al Protocolo de 1967 en 1968.

[339] Estados Unidos incorporó las disposiciones del Protocolo de 1967 en su derecho interno a través de la Ley de Refugiados de 1980, Pub. L. No. 96212, 94 Stat. 102 (1980). Tal como lo confirmó la Corte Suprema, uno de los principales objetivos del Congreso al sancionar la Ley de Refugiados “fue lograr que la ley de refugiados de Estados Unidos se adecuara al Protocolo de las Naciones Unidas de 1967”. INS v. Cardoza-Fonseca, 480 U.S. 421, 426 (1987); ver también, INS v. Stevic, 467 U.S. 407, 416-24 (1984) (donde se explica la historia de la incorporación de los estándares de la Convención sobre Refugiados en el derecho estadounidense a través del Protocolo sobre Refugiados y de la Ley de Refugiados de 1980).

[340] La única excepción son las personas con discapacidades cognitivas o por problemas de salud mental. Ver Franco-Gonzalez v. Holder, N.° CV-10-02211 DMG (DTBx), Distrito Central de California (29 de octubre de 2014).

[341] Ingrid Eagly y Steven Shafer, “Access to Counsel in Immigration Court”, Consejo Estadounidense de Inmigración, 28 de septiembre de 2016, https://www.americanimmigrationcouncil.org/research/access-counsel-immigration-court (consultado el 5 de enero de 2020).

[342] Ver Make the Road New York v. McAleenan, N.° 19-cv-2369, Auto del Tribunal Federal de Distrito, Distrito de Columbia, 27 de septiembre de 2019, https://www.americanimmigrationcouncil.org/sites/default/files/litigation_documents/challenging_the_expansion_of_expedited_order_granting_preliminary_injunction.pdf (consultado el 13 de enero de 2020).

[343] Ver, por ejemplo, Human Rights Watch, You Don’t Have Rights Here: US Border Screening and Returns of Central Americans to Risk of Serious Harm (Nueva York: Human Rights Watch, 2014), https://www.hrw.org/report/2014/10/16/you-dont-have-rights-here/us-border-screening-and-returns-central-americans-risk.

[344] En septiembre de 2017, el gobierno de Trump anunció que pondría fin al programa de Prórroga de Procedimientos Migratorios para Personas Llegadas en la Infancia (DACA) (1,8 % de los salvadoreños que vivían en Estados Unidos eran beneficiarios de ese programa), y si bien como resultado de tres juicios (Regents of the University of California, et al. v. Dept. of Homeland Security (DHS), 908 F.3d 476 (9th Cir. 2018); Batalla Vidal v. Nielsen, 291 F. Supp. 3d 260 (E.D.N.Y. 2018); y NAACP v. Trump, 298 F. Supp. 3d 209 – (Tribunal Federal de Distrito, Dist. De Columbia 2018) se dictaron tres medidas cautelares a nivel nacional, el gobierno las ha apelado ante la Corte Suprema de EE. UU. El 12 de noviembre de 2019 se presentaron los alegatos orales y, a la fecha de preparación del presente, la Corte aún no se había pronunciado al respecto. Al mismo tiempo, en mayo de 2019, el Departamento de Seguridad Nacional anunció que pondría fin al Estatus de Protección Temporal para los salvadoreños (el 13,9 % de los que se encuentran en Estados Unidos eran inmigrantes que se habían reinscrito con estatus TPS). El estatus TPS también se encuentra en situación precaria ya que la decisión del gobierno de ponerle fin para los salvadoreños se impugnó judicialmente sobre la base de que era discriminatoria por motivos raciales. En el caso Ramos et al v. Nielsen, 336 F. Supp. 3d 1075 (N.D. Cal. 2018), el juez Edward Chen, del Distrito Norte de California, dictó una medida cautelar para impedir que el DHS pusiera fin al estatus de TPS para El Salvador, Haití, Nicaragua y Sudán en tanto se resolvía el fondo del asunto. El DHS publicó los pasos que está tomando para cumplir con la medida cautelar en las Notificaciones al Registro Federal emitidas el 31 de octubre de 2018, el 1 de marzo de 2019 y el 3 de noviembre de 2019. En la actualidad, se encuentra en vigor una prórroga automática de TPS para salvadoreños, haitianos, nicaragüenses y sudaneses aplicable hasta el 4 de enero de 2021, a menos que la medida cautelar se revoque. El gobierno ha apelado la medida cautelar ante el Tribunal de Apelaciones del Noveno Circuito; los alegatos orales se presentaron el 14 de agosto de 2019 y, a la fecha de preparación del presente, el tribunal aún no se había pronunciado al respecto.

[345] Para consultar un análisis más detallado de los argumentos de derecho aquí presentados, ver Human Rights Watch, A Price Too High: US Families Torn Apart by Deportations for Drug Offense (Nueva York: Human Rights Watch, 2015), https://www.hrw.org/report/2015/06/16/price-too-high/us-families-torn-apart-deportations-drug-offenses#bc77e3; Human Rights Watch, Forced Apart: Families Separated and Immigrants Harmed by United States Deportation Policy (Nueva York: Human Rights Watch, 2007), https://www.hrw.org/report/2007/07/16/forced-apart/families-separated-and-immigrants-harmed-united-states-deportation.

[346] Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, art. 33(2).

[347] ACNUR, Manual de Procedimientos y Criterios para Determinar La Condición de Refugiado en virtud de la Convención de 1951 y el Protocolo de 1967 sobre el Estatuto de los Refugiados, ACNUR, Ginebra, enero de 1992), párr. 155.

[348] Comité Ejecutivo del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), Conclusión N.° 7 (1977). Las excepciones al principio de no devolución en el artículo 33(2) estaban destinadas a ser utilizadas solo como un “último recurso” cuando “no existe un mecanismo alternativo para proteger a la comunidad en el país de asilo de un riesgo inaceptablemente alto de daño”. James C. Hathaway, The Rights of Refugees under International Law (Cambridge, Reino Unido: Cambridge University Press, 2005), pág. 352.

[349] La Convención sobre Refugiados y su Protocolo exigen que un refugiado “[pueda] presentar pruebas exculpatorias, formular recurso de apelación y hacerse representar a este efecto ante la autoridad competente o ante una o varias personas especialmente designadas por la autoridad competente”. Ibíd., art. 32(2). Antes de la deportación debe realizarse una determinación individualizada, en la que los Estados deben ponderar dos elementos: 1) que un refugiado haya sido condenado por algún delito particularmente grave y 2) que esa persona constituya una amenaza para la comunidad. James C. Hathaway, The Rights of Refugees under International Law, págs. 344-351; Rene Bruin y Kees Wouters, “Terrorism and the Non-derogability of Non-refoulement”, International Journal of Refugee Law, vol. 15, N.° 1 (2003), pág. 18. Con respecto al primer elemento, la determinación de un delito particularmente grave no puede ser solo retórica: El delito en cuestión debe distinguirse de otros delitos. La excepción del “delito particularmente grave” en el artículo 33(2) se presume que exige que el refugiado sea incluso más peligroso para que se le aplique esta excepción. Ver Sir Elihu Lauterpacht y Daniel Bethlehem, ACNUR, “El El alcance y contenido del principio de no devolución: opinión”, 20 de junio de 2001, párrafo 147 (“[E]l artículo 33(2) fija un umbral más alto que el artículo 1F. – “). Con respecto al segundo elemento, el gobierno debe evaluar por separado la amenaza que la persona representa para la comunidad: “Una decisión sobre la posible amenaza para la comunidad exige un análisis de las circunstancias del refugiado así como de las características del delito específico”. ACNUR, “Nationality Immigration and Asylum Bill 2002: UNHCR comments relating to serious criminals and statutory review”, 2002, párrafo 3; ACNUR, Manual, pág. 157 (“La circunstancia de que un solicitante condenado por un grave delito común haya cumplido ya su condena o haya sido indultado o amnistiado ha de ser también tenida en cuenta”).

[350] ACNUR, “El alcance y contenido del principio de no devolución”, 20 de junio de 2001, https://www.unhcr.org/en-us/protection/globalconsult/3b33574d1/scope-content-principle-non-refoulement-opinion.html, (consultado el 18 de octubre de 2019), párrs. 147 y 164. (“Si bien el comportamiento pasado puede tener importancia al valorar si hay motivos razonables para prever que el refugiado será un peligro para el país en el futuro, la consideración pertinente es si existe un peligro potencial para la seguridad del país”).

[351] 8 USCS § 1231(b)(3) (2005) INA § 241(b)(3).

[352] 8 U.S.C., sección 1231 (b)(3)(B) (que establece:,“[D]ebe considerarse que los extranjeros condenados por un delito (o delitos) gravísimo(s) a una pena de prisión total de por lo menos 5 años han sido condenados por un delito particularmente grave. Lo anterior no impedirá que el Fiscal General decida que, independientemente de la duración de la condena impuesta, una persona extranjera ha sido condenada por un delito particularmente grave”). La definición de “delito gravísimo” (aggravated felony) del derecho inmigratorio de Estados Unidos incluye una amplia gama de delitos, entre ellos, algunos que no son realmente delitos graves. Ver Human Rights Watch, Forced Apart; Human Rights Watch, Forced Apart (By the Numbers): Non-Citizens Deported Mostly for Nonviolent Offenses (Nueva York: Human Rights Watch, 2009), https://www.hrw.org/report/2009/04/15/forced-apart-numbers/non-citizens-deported-mostly-nonviolent-offenses; Human Rights Watch, A Price Too High: Detention and Deportation of Immigrants in the US for Minor Drug Offenses (Nueva York: Human Rights Watch, 2015), https://www.hrw.org/report/2015/06/16/price-too-high/us-families-torn-apart-deportations-drug-offenses.

[353] Ver In re Y-L-, Immigration & Nationality Laws Administrative Decisions, vol. 23, Decisión N.° 270 (BIA 2002). La BIA y la mayoría de los tribunales han determinado que un delito que no es un “delito gravísimo” puede considerarse un “delito particularmente grave”. Ver, por ejemplo, Matter of N-A-M-, 24 I&N Dec. 336 (BIA 2007), dec. jur., N-A-M- v. Holder, 587 F.3d 1052 (10th Cir. 2009), donde se sostuvo que el Congreso no tuvo la intención de limitar los “delitos particularmente graves” a aquellos clasificados como delitos gravísimos.

[354] Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, art. 1., 10 de diciembre de 1984, 1465 U.N.T.S. 85, art. 1., 8 C.F.R. § 208.18. Ver 8 CFR § 208.18.

[355] Declaración Universal de Derechos Humanos, 1948, art. 14.1.

[356] 8 USC Sec. 1158.

[357] Human Rights Watch, “We Can’t Help You Here”: US Returns of Asylum Seekers to Mexico (Nueva York: Human Rights Watch, 2019), https://www.hrw.org/report/2019/07/02/we-cant-help-you-here/us-returns-asylum-seekers-mexico.

[358] Transactional Records Access Clearinghouse de la Syracuse University, “Access to Attorneys Difficult for Those Required to Remain In Mexico”, 29 de julio de 2019, https://trac.syr.edu/whatsnew/email.190729.html (consultado el 25 de noviembre de 2019).

[359] “Estados Unidos: La separación familiar causa daños a niños y niñas, y sus familias”, comunicado de prensa de Human Rights Watch, 11 de julio de 2019, https://www.hrw.org/es/news/2019/07/16/estados-unidos-la-separacion-familiar-causa-danos-ninos-y-sus-familias.

[360] Algunas organizaciones de defensa de los inmigrantes objetaron los PPM ante el Tribunal Federal de Distrito para el Distrito Norte de California en la causa Innovation Law Lab v. McAleenan, N.° 19-00807 (N.D. Ca. 2019). Inicialmente, el tribunal suspendió los PPM y el gobierno apeló ante el Tribunal de Apelaciones de Estados Unidos para el Noveno Circuito. Además, solicitó que la orden se suspendiera hasta tanto se resolviera la apelación. El Noveno Circuito hizo lugar a la petición. Ver Innovation Law Lab v. McAleenan, N.° 19-15716, Tribunal de Apelaciones de Estados Unidos para el Noveno Circuito, 7 de mayo 2019http://cdn.ca9.uscourts.gov/datastore/general/2019/05/07/19-15716%20opinion.pdf. Por ende, el PPM continúa en vigor hasta que el Noveno Circuito revise el fondo del asunto.

[361] Michelle Hackman, “At Migrant Camp in Mexico, Crowds and Complaints Swell”, Wall Street Journal, 23 de noviembre de 2019, https://www.wsj.com/articles/at-migrant-camp-in-mexico-crowds-and-complaints-swell-11574510400 (consultado el 25 de noviembre de 2019); “EE. UU.: Cada vez más solicitantes de asilo en riesgo: Ampliación del Programa de ‘Permanencia en México’ infringe garantías de debido proceso”, comunicado de prensa de Human Rights Watch, 25 de septiembre de 2019, https://www.hrw.org/es/news/2019/09/25/ee-uu-cada-vez-mas-solicitantes-de-asilo-en-riesgo.

[362] Kirk Semple, “’I Didn’t Want Them to Go: Salvadoran Family Greives for Father and Daughter Who Drowned”, New York Times, 28 de junio de 2019, https://www.nytimes.com/2019/06/28/world/americas/rio-grande-drowning-father-daughter.html (consultado el 23 de octubre de 2019); Sharyn Alfonsi, “You’ve Seen the Image. Now, Hear a Widow Recall How her Husband and Daughter Drowned in the Rio Grande”, CBS News 60 Minutes, 24 de noviembre de 2019, https://www.cbsnews.com/news/tania-avalos-mother-wife-drowned-migrants-salvador-60-minutes-2019-11-24/.

[363] Ver Oficina Ejecutiva de Revisión de Casos de Inmigración, Departamento de Justicia; Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos, Departamento de Seguridad Nacional, “que se encargan de los pedidos de asilo de extranjeros que ingresan o intentan ingresar a Estados Unidos a través de la frontera sur tras no haber solicitado protección contra situaciones de persecución o torturas en el tercer país donde se encontraban en tránsito hacia Estados Unidos”, Registro Federal de EE. UU., 16 de julio de 2019, https://www.federalregister.gov/documents/2019/07/16/2019-15246/asylum-eligibility-and-procedural-modifications.

[364] Barr v. East Bay Sanctuary Covenant, 140 S.Ct. 3 (2019), 11 de septiembre de 2019, https://www.supremecourt.gov/opinions/18pdf/19a230_k53l.pdf.

[365] Priscilla Alvarez y Geneva Sands, “US Signs Asylum Deal with Honduras, the Latest in a String of Agreements with Central America”, CNN, 25 de septiembre de 2019, https://www.cnn.com/2019/09/25/politics/united-states-honduras-asylum-agreement/index.html (consultado el 25 de noviembre de 2019); Priscilla Alvarez y Geneva Sands, “US Signs Asylum Agreement with Guatemala”, CNN, 26 de julio de 2019, https://www.cnn.com/2019/07/26/politics/guatemala-us-immigration/index.html (consultado el 25 de noviembre de 2019); Geneva Sands, “Deal Could Allow the US to Send Some Asylum Seekers Back to El Salvador”, CNN, 20 de septiembre de 2019, https://www.cnn.com/2019/09/20/politics/asylum-us-el-salvador/index.html (consultado el 25 de noviembre de 2019).

[366] Ver, por ejemplo, “Human Rights Watch Submits Comment in Opposition to the Asylum Eligibility and Procedural Modifications Interim Final Rule”, comunicado de prensa de Human Rights Watch, 15 de agosto de 2019, https://www.hrw.org/news/2019/08/15/human-rights-watch-submits-comment-opposition-asylum-eligibility-and-procedural (consultado el 13 de enero de 2020); Eleanor Acer, “Safe Third Country Agreement with Guatemala Would Endanger, not Protect Refugees”, Human Rights First, 14 de junio de 2019, https://www.humanrightsfirst.org/press-release/safe-third-country-agreement-guatemala-would-endanger-not-protect-refugees (consultado el 13 de enero de 2020).

[367] Chantal da Silva, “More Than 5,400 Children Were Separated from Their Parents by the Trump Administration, ‘Shocking’ New Tally Shows”, Newsweek, 25 de octubre de 2019, https://www.newsweek.com/trump-administration-family-separation-policy-aclu-1467715 (consultado el 25 de noviembre de 2019).

[368] Cora Currier, “Prosecuting Parents–and Separating Families–Was Meant to Deter Migration, Signed Memo Confirms”, The Intercept, 25 de septiembre de 2018, https://theintercept.com/2018/09/25/family-separation-border-crossings-zero-tolerance/ (consultado el 13 de enero de 2020).

[369] Orden Ejecutiva del Presidente de Estados Unidos, “Affording Congress the Opportunity to Address Family Separation”, 20 de junio de 2018, https://www.whitehouse.gov/presidential-actions/affording-congress-opportunity-address-family-separation/ (consultado el 13 de enero de 2020).

[370] “Estados Unidos: La separación familiar causa daños a niños y niñas, y sus familias”, comunicado de prensa de Human Rights Watch, 11 de julio de 2009, https://www.hrw.org/es/news/2019/07/16/estados-unidos-la-separacion-familiar-causa-danos-ninos-y-sus-familias; Miriam Jordan, “No More Family Separations, Except These 900”, New York Times, 30 de julio de 2019, https://www.nytimes.com/2019/07/30/us/migrant-family-separations.html (consultado el 13 de enero de 2020).

[371] 27 I&N Dec. 40 (BIA 2017).

[372] 27 I&N Dec. 316 (A.G. 2018).

[373] Ver In Matter of E-F-H-L-, Sessions certificó el caso ante su propia institución y luego revocó una tercera decisión de la BIA, con lo que vació de contenido los derechos de los solicitantes de asilo de prestar testimonio para sí mismos antes de que se les niegue el asilo o sean deportados. 27 I&N Dec. 226 (A.G. 2018).

[374] Ver Matter of A-R-C-G-, 26 I&N Dec. 338 (BIA 2014) (que establecía que, en determinados casos, los sobrevivientes de violencia doméstica constituían un “determinado grupo social” de acuerdo con la ley de asilo estadounidense); y USCIS, “Notificación de Ramos v. Holder: Former Gang Membership as a Potential Particular Social Group in the Seventh Circuit”, 2 de marzo de 2010, https://www.uscis.gov/sites/default/files/USCIS/Laws/Memoranda/2010/Asylum-Ramos-Div-2-mar-2010.pdf (donde se analizaba el precedente del Tribunal de Circuito en el que se consideró que, en algunos casos, ser miembro de una pandilla implicaba formar parte de un “determinado grupo social” de acuerdo con la ley de asilo estadounidense).

[375] Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, memorial del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados ante el Tribunal de Apelaciones de Estados Unidos para el Primer Circuito en el caso O.L.B.D., petitioner, v. William P. Barr, Attorney General, respondent, 11 de marzo de 2019, https://www.refworld.org/docid/5c8924454.html (consultado el 23 de octubre de 2019); Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, Directrices de elegibilidad para la evaluación de las necesidades de protección internacional de los solicitantes de asilo procedentes de El Salvador, 15 de marzo de 2016, https://www.refworld.org.es/docid/57c8289d4.html (consultado el 23 de octubre de 2019).

[376] Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos, “Credible Fear and Torture Determinations and Reasonable Fear and Torture Determinations”, Memorándum del USCIS, 13 de febrero de 2017, https://drive.google.com/file/d/0B_6gbFPjVDoxY0FCczROOFZ4SVk/edit (consultado el 13 de enero de 2019).

[377] Ver “Leahy & Lofgren Introduce Bicameral Refugee Protection Act of 2019”, 21 de noviembre de 2019, https://lofgren.house.gov/media/press-releases/leahy-lofgren-introduce-bicameral-refugee-protection-act-2019 (consultado el 26 de noviembre de 2019).

[378] Para consultar un análisis más detallado de los argumentos de derecho presentados en esta sección, ver Human Rights Watch, Los deportados: Inmigrantes desarraigados del país que consideran su hogar”, (Nueva York: Human Rights Watch, 2017), https://www.hrw.org/es/report/2017/12/05/los-deportados/inmigrantes-desarraigados-del-pais-que-consideran-su-hogar; Human Rights Watch, A Price Too High; Human Rights Watch, Forced Apart; Human Rights Watch, Forced Apart (By the Numbers).

[379] Esto ocurre salvo en circunstancias muy limitadas en las que la expulsión le provocaría “dificultades extremadamente inusuales” al hijo, hija, cónyuge o padre o madre ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes legales en EE. UU. de la persona que de otro modo sería deportable y que ha vivido en EE. UU. durante diez años o más y que ha tenido una conducta acorde con las buenas costumbres. Ver Ley de Inmigración y Nacionalidad (Immigration and Nationality Act) § 240A(b)(1).

[380] Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, Observación General N.° 15, párrs. 5 y 7.

[381] Ver, por ejemplo, Madaferri v. Australia, Comunicación N.° 1011/2001, Doc. de la ONU CCPR/C/81/D/1011/2001 (2004). Ver también Husseini v. Denmark, Comunicación N.° 2243/2013, Doc. de la ONU CCPR/C/112/D/2243/2013 (2014); MGC v. Australia, Comunicación N.° 1875/2009, Doc. de la ONU CCPR/C/113/D/1875/2009 (2015).

[382] Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH), The Rights of Non-Citizens, 2006, HR/PUB/06/11, http://www.refworld.org/docid/46ceabb22.html (consultado el 3 de diciembre de 2017).

[383] El artículo 13 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) dispone que el ciudadano extranjero “que se halle legalmente en el territorio de un Estado” solo podrá ser expulsado en cumplimiento de una decisión dictada “conforme a la ley” y que la persona en cuestión debería tener la oportunidad de que su caso se someta a revisión “ante la autoridad competente o bien ante la persona o personas designadas especialmente por dicha autoridad competente”. El artículo 13 permite de manera explícita una excepción limitada a estas obligaciones cuando “razones imperiosas de seguridad nacional se opongan a ello”, y excluye de su alcance a todos los inmigrantes que no sostengan que su presencia en el territorio del estado parte sea “lícita”. Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), adoptado el 16 de diciembre de 1966, Res. Res. A.G. 2200A (XXI), 21 U.N. GAOR Supp. (N.º 16) en 52, Doc. de la ONU. A/6316 (1966). 999 U.N.T.S. 171, en vigor desde el 23 de marzo de 1976. Estados Unidos ratificó el PIDCP en 1992.

[384] Comité de Derechos Humanos de la ONU, Observación General N.° 27, Libertad de circulación (art. 12), Doc. de la ONU, CCPR/C/21/Rev.1/Add.9 (1999), párr. 20.

[385] Comité de Derechos Humanos de la ONU, Nystrom v. Australia, Comunicación N.° 1557/07, Doc. de la ONU CCPR/C/102/D/1557/2007; Comité de Derechos Humanos de la ONU, Warsame v. Canada, Comunicación N.° 1959/10, Doc. de la ONU CCPR/C/102/D/1959/2010 (2011).

[386] 23 I&N Dec. 291 (BIA 2000).

[387] Res. de la Asamblea General 2200A (XXI), 21 UN GAOR Supp. (N.° 16) en 52, Doc. de la ONU A/6316 (1966); 999 UNTS 171; 6 ILM 368 (1967).

[388] Comité de Derechos Humanos (CDH) de la ONU, PIDCP, Observación General N.° 20, art. 7 (Prohibición de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes),10 de marzo de 1992, http://www.refworld.org/docid/453883fb0.html (consultado el 24 de noviembre de 2019), párr.

[389] Entre ellos, todos los Estados Miembros de la Unión Europea (UE), Albania, Australia, Bosnia, Canadá, Corea del Sur, Finlandia, Macedonia, México, Montenegro, Nueva Zelandia, Noruega, Serbia, Sudáfrica, Suiza, Turquía y Ucrania. Bill Frelick, “What’s Wrong with Temporary Protected Status and How to Fix It: Exploring a Complementary Protection Regime”, Journal of Migration and Human Security (de próxima aparición).