Cuba


La maquinaria represiva de Cuba
Los derechos humanos cuarenta años después de la revolución




(New York: Human Rights Watch, 1999)

XII. POLÍTICA INTERNACIONAL

El llamamiento del Papa Juan Pablo II en enero de 1998 para que el mundo se abra a Cuba y Cuba se abra al mundo aceleró un proceso que está en marcha desde fines de la Guerra Fría. Los países occidentales, que ya no consideran a Cuba como una amenaza militar, se han distanciado cada vez más de la política estadounidense de constante enfrentamiento con el régimen castrista. Desde la visita histórica del Pontífice a la isla en enero, varios gobiernos han restablecido relaciones normales con Cuba, algunos de ellos por primera vez en décadas. En 1998, 18 jefes de Estado así como ministros de más de un centenar de países visitaron La Habana. En una gira a tres países caribeños en agosto de 1998, Castro fue recibido con todos los honores a pesar de la animadversión del pasado. En octubre, Castro fue recibido en Madrid por el rey Juan Carlos de España en preparación de una visita del monarca a Cuba prevista para 1999, mientras que el Ministro de Asuntos Exteriores español, Abel Matutes, visitaba la isla en noviembre de 1998. También en octubre, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó con abrumadora mayoría una resolución no vinculante reclamando el cese de los casi 40 años de embargo contra Cuba, con los únicos votos en contra de Israel y Estados Unidos. El número de países opuestos a la política estadounidense hacía Cuba en la Asamblea General ha aumentado constantemente en los últimos años.

Sin embargo, la nueva apertura con Cuba sufrió un retroceso en marzo de 1999, tras la condena a varios años de prisión de cuatro disidentes por la expresión pacífica de su oposición al régimen. Después de la sentencia del 16 de marzo de los miembros del Grupo de Trabajo de la Disidencia Interna, el Primer Ministro español José María Aznar dijo que las condenas podrían poner en peligro la visita prevista del rey Juan Carlos a Cuba. En Ottawa, el Primer Ministro canadiense Jean Chrétien, que había solicitado la puesta en libertad de los disidentes durante su visita a La Habana en abril de 1998, anunció una revisión de las relaciones bilaterales con Cuba.

Human Rights Watch valora que otros países se distancien de la política de Washington hacia Cuba, que en casi 40 años no ha logrado modificar la resistencia de Fidel Castro a introducir reformas en materia de derechos humanos. Sin embargo, un simple relajamiento de la presión no va a promover el cambio en Cuba. La presión internacional es lo único que puede provocar un cambio en la isla. Se debe reemplazar la postura estadounidense de enfrentamiento mantenida durante décadas por una política basada en los derechos humanos y concertada por la comunidad internacional. Es fundamental que Estados Unidos, la Unión Europea y los países de Latinoamérica y el Caribe lleguen a un acuerdo sobre una posturacomún: la actual situación en la que Washington defiende la confrontación y el aislamiento mientras sus socios promueven la conciliación no va a ninguna parte y deja en la estacada a las víctimas de derechos humanos.

El coste de esta disputa entre antiguos aliados se puso de manifiesto en la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas en 1998, donde la resistencia internacional a la política estadounidense sobre Cuba dio al traste con una resolución para extender el mandato del Relator Especial sobre los derechos humanos en Cuba. Desde 1991, los miembros de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU habían aprobado las resoluciones promovidas por Estados Unidos todos los años en las sesiones anuales en Ginebra. Además de condenar las violaciones de los derechos humanos en la isla, las resoluciones de la ONU habían mantenido con vida el puesto de Relator Especial encargado de observar e informar públicamente sobre la situación de los derechos humanos en Cuba. El 21 de abril de 1998, los miembros de la Comisión rechazaron por primera vez la resolución anual de Washington sobre los derechos humanos en Cuba. Cuba nunca había permitido la visita del Relator Especial, Carl Johan Groth, a la isla. Aunque es posible que este fracaso de Estados Unidos represente un signo positivo de resistencia internacional a la política estadounidense, también supone una interrupción injustificada del escrutinio de los derechos humanos por parte de un organismo de derechos humanos.

No obstante, la ofensiva del Gobierno de Cuba a principios de 1999, condenando a prisión a destacados disidentes y promulgando nuevas leyes represivas, parece haber desencadenado el apoyo internacional a una presión renovada. En la sesión de abril de 1999 de la Comisión, se aprobó con un estrecho margen una resolución condenando las prácticas del Gobierno cubano en materia de derechos humanos, que no incluyó una disposición para el establecimiento de un relator especial.

En este capítulo se analiza principalmente el impacto en la situación de los derechos humanos en Cuba de las políticas adoptadas por Estados Unidos, la Unión Europea y Canadá. Además, países de América Latina y el Caribe han tomado también una importancia creciente como contrapeso a la política estadounidense. Estos países han adoptado una diplomacia más activa con Cuba, si bien con diferentes niveles de entusiasmo. Varios países latinoamericanos y caribeños, con el apoyo de Canadá, han promovido abiertamente la readmisión de Cuba en la Organización de Estados Americanos, a pesar de que los estados miembros de la OEA modificaron en septiembre de 1997 la Carta de la organización para que los gobiernos del continente pudieran excluir a cualquier gobierno que hubiera llegadoal poder por medio de un golpe de Estado.137 En los sesentas, estos países no sólo expulsaron a Cuba de la OEA sino que también adoptaron un embargo comercial sobre Cuba a escala regional. Ultimamente, el Gobierno cubano ha sido invitado a las tres últimas cumbres anuales iberoamericanas de jefes de Estado de España y América Latina, y la próxima reunión está prevista para 1999 en La Habana. Además, la mayoría de los países de la región han adoptado acuerdos migratorios con Cuba que establecen el retorno inmediato de los refugiados que huyeron de la isla, lo que supone un cambio importante frente a las prácticas del pasado.

Lamentablemente, la mayoría del aumento de las relaciones con Cuba por parte de países de América Latina y el Caribe se ha producido sin una presión seria por reformas en materia de derechos humanos. Aunque Fidel Castro fue uno de los 21 jefes de Estado que firmaron la Declaración de Viña del Mar al cierre de la Cumbre Iberoamericana de 1996, no dudó en encarcelar a Héctor Palacios Ruiz cuando difundió copias de dicha declaración y cuestionó la voluntad de Castro de atenerse a su compromiso de respetar la democracia y los derechos civiles y políticos.138 Mientras Palacios Ruiz cumplía una condena de más de un año de prisión por defender la declaración, la mayoría de los signatarios latinoamericanos no se manifestaron en relación con la acción descarada del Gobierno cubano. Es más, la persecución de Palacios Ruiz y otros disidentes no impidió que los jefes de Estado de los países latinoamericanos eligieran La Habana como sede de su reunión anual de 1999.

Durante la gira de Castro, en agosto de 1998, por Jamaica, Barbados y Granada, se criticó rotundamente el embargo estadounidense mientras se desestimaban las violaciones de los derechos humanos en Cuba. Una excepción destacada a esta tendencia conciliatoria fue la visita a la isla en mayo de 1998 del Ministro de Relaciones Exteriores brasileño Luiz Felipe Lampreia, cuya entrevista en La Habana con defensores de derechos humanos y cuyas declaracionessubrayando el respeto por estos derechos enviaron un importante mensaje de apoyo a la comunidad de derechos humanos en Cuba.139

La política de Estados Unidos El embargo

El movimiento en defensa de un acercamiento desde la visita del Papa a Cuba ha recabado nacional e internacionalmente una oposición sin precedentes al embargo comercial estadounidense. En enero de 1999, la administración Clinton anunció varias pequeñas medidas para aliviar el impacto del embargo en la población cubana, mientras rechazaba un llamamiento de ex altos funcionarios republicanos para formar una comisión bipartidista encargada de revisar detenidamente la política estadounidense sobre Cuba. Estas medidas eran la continuación de un conjunto similar de acciones anunciadas a principios de 1998. Sin embargo, aunque la administración ha adoptado un discurso más comedido con respecto al Gobierno de Cuba en comparación con las administraciones anteriores,140 la política estadounidense sigue congelada debido a la promulgación en 1996 de la Ley Helms-Burton, que por primera vez codifica el embargo y retira al Presidente la autoridad para modificar dicha política sin promulgar nuevas leyes. La posición fundamental de Washington con respecto a La Habana sigue girando entorno al embargo comercial.

Deficiencias de la política de embargo

Human Rights Watch se opone al embargo contra Cuba por los motivos que se exponen a continuación.

El embargo es contraproducente para la protección de los derechos humanos. Aunque ha pasado por leves variaciones durante sus décadas de existencia, el embargo sigue siendo una política de mano dura destinada a derrocaral gobierno de Fidel Castro. Al ser una política de todo o nada que no ha alcanzado su objetivo, el embargo ha hecho que el logro de cualquier objetivo complementario-tal como la mejora de las prácticas en materia de derechos humanos-sea altamente improbable. La Ley de Libertad y Solidaridad Democrática con Cuba de 1996, también conocida como la Ley Helms-Burton por los nombres de sus promotores, el senador Jesse Helms y el congresista Dan Burton, exige que el embargo siga vigente hasta que un gobierno de transición donde "no ocupen un cargo ni Fidel ni Raúl Castro..." tome el control en La Habana. Una política más calibrada permitiría una relajación de la presión en respuesta a mejoras mensurables en La Habana, tales como la puesta en libertad de presos políticos, la reforma de las leyes que criminalizan la libre expresión de opiniones, o permitir la creación de partidos políticos y sindicatos independientes. En cambio, el embargo sólo acepta nada menos que un cambio revolucionario en la isla.141 Y dado que Castro ha condicionado con frecuencia la reforma al cese del embargo, se ha alcanzado un perfecto estancamiento en perjuicio de las víctimas de derechos humanos y de la población cubana en general.

El embargo es indiscriminado. El pueblo cubano ha padecido un deterioro constante de su nivel de vida durante las últimas cuatro décadas, sobre todo tras la caída de la Unión Soviética, que había sostenido la economía de la isla desde los sesentas. El embargo, que prohíbe todo comercio-incluso de alimentos-con Cuba (salvo la venta de medicinas de conformidad con un complicado y rígido proceso de licencia), también limita gravemente los viajes a la isla y sanciona a los países que realizan negocios con Cuba.142 Estas severas restricciones han afectadoa la totalidad de la población, mientras que han tenido aparentemente un impacto reducido en los que ocupan el poder. De hecho, el embargo comercial sobre Cuba es uno de los paquetes de sanciones de los últimos años que incluye explícitamente los alimentos y las medicinas, lo que agrava al parecer el serio deterioro de la salud pública. En respuesta a una demanda presentada por el Centro de Acción Legal en Derechos Humanos, en febrero de 1995, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA pidió a la administración Clinton que "estableciera mecanismos para garantizar que se adoptaban todas las medidas necesarias para crear excepciones al embargo comercial con respecto a medicinas, productos sanitarios y productos alimenticios básicos...."143 En un estudio publicado en 1997, la Asociación Americana de Salud Mundial (American Association for World Health) concluyó que "el embargo estadounidense ha provocado un aumento considerable del sufrimiento-incluso de las muertes-en Cuba."144

El embargo ha distanciado a los posibles aliados de Washington. Estados Unidos podría provocar el cambio en Cuba adoptando simplemente un frente común con sus aliados. Pero casi todos sus posibles socios en dicha tarea-entre ellos el Papa, la Asamblea General de las Naciones Unidas y gobiernos de todas las tendencias políticas en todo el mundo-han condenado el embargo en términos inequívocos. Incluso nuestros intentos de convencer a gobiernos latinoamericanos para que presionen por mejoras de los derechos humanos en Cuba han encontrado marcadas resistencias. El embargo estadounidense ha engendrado la simpatía internacional y la solidaridad con el Gobierno de Cuba. De hecho, la derrota aplastante de Washington en la Comisión de Derechos Humanos de la ONU en 1998, cuando los miembros de la Comisión rechazaron la condena de las violaciones de los derechos humanos en Cuba, a pesar de la abundancia de pruebas, demuestra hasta dónde están dispuestos a llegar los gobiernos para distanciarse de la política estadounidense.

El embargo viola por sí mismo los derechos humanos. Toda una serie de normas limitan el derecho de los ciudadanos estadounidenses de viajar a Cuba, lo que viola el artículo 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, untratado ratificado por Estados Unidos.145 Al proteger la libertad de expresión, el artículo 19 contempla "la libertad de buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole sin consideración de fronteras." En la medida en que viajar constituye una manera de intercambiar información, su limitación viola el derecho al libre intercambio de ideas. Es más, según el Acta Final de Helsinki de 1975 y los acuerdos consiguientes alcanzados por la Conferencia sobre Seguridad y Cooperación en Europa (ahora Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa, OSCE), Estados Unidos acordó proteger los "contactos humanos"y oponerse a toda prohibición sobre los viajes y las comunicaciones telefónicas. Los principios establecidos en los instrumentos favorecen claramente la eliminación de cualquier obstáculo para esos contactos planteado por un Estado Miembro de la OSCE en su relación con otros países.146 El embargo viola por lo tanto derechos protegidos internacionalmente. La retirada, en enero de 1999, de la prohibición sobre los vuelos directos a Cuba desde Miami, que la administración Clinton había establecido previamente, constituyó un pequeño avance en la dirección correcta.

El embargo no ha tenido eficacia. Si los 39 años de sanciones contra Cuba han demostrado algo, es que la política no ha logrado sus objetivos.

Historia del embargo de Estados Unidos

Imposición del embargo en los sesentas

Desde poco después de que Fidel Castro y sus guerrilleros derrocaran al Gobierno corrupto y brutal del general Fulgencio Batista, el 1 de enero de 1959, Estados Unidos ha estado utilizando una combinación de medidas encubiertas y públicas destinadas a sacarle del poder, entre ellas numerosos intentos de asesinato. La más duradera de estas medidas ha sido el embargo comercial, que lleva vigente 39 años.

En octubre de 1960, mientras las relaciones entre el Gobierno cubano y la administración Eisenhower se volvían cada vez más hostiles, el Departamento de Comercio estableció un embargo sobre la mayoría de las exportaciones estadounidenses a Cuba. De acuerdo a una autorización general concedida por el Departamento de Comercio, se seguía permitiendo la exportación de un número muy limitado de productos, tales como alimentos, medicinas y materiales médicos.147

En septiembre de 1961, el Congreso reforzó la medida emprendida por el Poder Ejecutivo y autorizó al Presidente el establecimiento de "un embargo total sobre todo el comercio entre Estados Unidos y Cuba."148 El 3 de febrero de 1962, el Presidente Kennedy proclamó una prohibición total del comercio con Cuba. El Presidente ordenó al Departamento del Tesoro que supervisara la prohibición de importaciones procedentes de Cuba y suministrara autorizaciones para cualquier excepción necesaria. Se asignó la autoridad de prohibir las exportaciones al Departamento de Comercio.149 Con la aplicación posterior de leyes y reglamentos adicionales se intentó presionar a otros países para aislar económicamente a Cuba. Entre estos se encuentran la enmienda en 1962 de la Ley de Asistencia al Extranjero prohibiendo la ayuda estadounidense a todo país que asistiera a Cuba y negando relaciones comerciales con el Gobierno estadounidense a cualquier barco que hubiera visitado los puertos cubanos.

En enero de 1962, Washington logró que la Organización de Estados Americanos expulsara a Cuba y adoptara un embargo sobre el comercio de armas a escala regional.150 En julio de 1964, la OEA llegó a decretar un embargo colectivo sobre todo el comercio con Cuba, una medida que estuvo vigente durante 11 añosy reflejaba la irritación de los gobiernos regionales por el apoyo de Castro a fuerzas revolucionarias en todo el continente.

El aumento constante de las restricciones sobre Cuba incluyó los reglamentos aplicados por el Departamento del Tesoro en 1963, ordenando la confiscación de todos los bienes cubanos en Estados Unidos, y la revocación en mayo de 1964 por parte del Departamento de Comercio de la autorización general para la exportación de alimentos y medicinas a Cuba, exigiendo a partir de ese momento licencias específicas para dichas exportaciones. En general, el Gobierno sólo concedió permisos por razones humanitarias, no para fines comerciales.151

Ley de Democracia Cubana de 1992

La adopción, en octubre de 1992, de la Ley de Democracia Cubana suponía una ampliación del embargo a la vez que un alivio de sus efectos en la población general. La ley ampliaba las disposiciones extraterritoriales del embargo al prohibir el comercio con Cuba a las filiales en el extranjero de empresas estadounidenses. Al mismo tiempo, la ley permitía la donación de alimentos a organizaciones no gubernamentales, incluidas las iglesias y los particulares. Se podían exportar materiales médicos y medicinas a condición de que el Gobierno cubano permitiera la inspección in situ para garantizar que los suministros "beneficiaban... al pueblo cubano" y no se vendían para su exportación. Además, la Ley de Democracia Cubana autorizaba al Gobierno de Estados Unidos la entrega de ayuda "por medio de las organizaciones no gubernamentales adecuadas, para contribuir a que personas y organizaciones promuevan el cambio democrático no violento en Cuba."152

Ley de Libertad y Solidaridad Democrática con Cuba de 1996

La Ley de Libertad y Solidaridad Democrática con Cuba, llamada comunmente Helms-Burton, busca intensificar el estrangulamiento económico de Cuba aumentando el alcance extraterritorial del embargo. El derribo de dos aviones civiles sin armamento por parte del Gobierno cubano en febrero de 1996 creó el ambiente para una posición más dura. La Ley Helms-Burton, que entró en vigor en marzo de 1996, limita la autoridad del Presidente para relajar el embargo y autoriza la interposición de demandas judiciales contra los que "trafican" con propiedadesexpropiadas a ciudadanos estadounidenses en Cuba después de la revolución. Además, la ley exige al Gobierno estadounidense que prohíba la entrada a Estados Unidos de todo extranjero que tenga propiedades estadounidenses en Cuba o haya "traficado" con las mismas. La ley concede al Presidente la autoridad de suspender durante seis meses las disposiciones que permiten la interposición de demandas judiciales contra inversores extranjeros.153 La ley ha provocado un estallido de protestas de los socios comerciales de Estados Unidos en Europa y Canadá, que han aumentado sus inversiones en Cuba en los últimos años. Estas fricciones han hecho que el Presidente Clinton suspenda el derecho de los ciudadanos estadounidenses de demandar continuamente a los inversores extranjeros ante los tribunales de Estados Unidos. En mayo de 1998, Clinton y los líderes de la Unión Europea alcanzaron un acuerdo sobre inversiones en Cuba destinado a evitar las sanciones contra compañías europeas. En el acuerdo entre Estados Unidos y la Unión Europea se estipulaba que ésta última evitaría e impediría las inversiones en propiedades expropiadas (en Cuba y en otras partes del mundo) y la administración Clinton solicitaría al Congreso suspender la aplicación de la disposición de negar visados de entrada a Estados Unidos a los inversores con propiedades que hubieran sido expropiadas a ciudadanos estadounidenses. Cuando se escribió este informe, el Congreso todavía no había aprobado la legislación necesaria para dicha medida.154

Medidas Recientes (1999)

La Administración perdió una oportunidad importante de explorar una nueva política con respecto a Cuba en enero de 1999. A finales de 1998 un grupo de ex altos funcionarios del Departamento de Estado y del Pentágono, junto con el Senador republicano por Virginia John Warner, solicitaron a Clinton el establecimiento de una comisión bipartidista encargada de revisar la política estadounidense con respecto a Cuba, en vista de los considerables cambios políticos a escala mundial desde el comienzo del embargo. Entre los promotores de la iniciativa se encontraban los ex Secretarios de Estado Henry Kissinger y Lawrence Eagleburger, el ex Secretario de Defensa Frank Carlucci, el ex líder de la mayoría en el Senado Howard Baker y varios senadores actuales. Esta iniciativasorprendente por venir de líderes conservadores era en gran parte un reflejo del interés creciente de las compañías estadounidenses de invertir y comerciar con Cuba. Después de revisar la propuesta durante varias semanas, la administración la rechazó.

Sin embargo la administración Clinton adoptó una postura más cauta y anunció un paquete de medidas que incluían la ampliación de los permisos para envíos de dinero a Cuba, permitir las ventas de alimentos y productos agrícolas estadounidenses a granjeros y restaurantes familiares cubanos, el aumento de los vuelos chárter de Estados Unidos a Cuba y el establecimiento de un servicio de correo directo entre los dos países. Además, la administración anunció su intención de permitir que la directiva del equipo de béisbol Baltimore Orioles negociara partidos de exhibición con la selección nacional cubana.155 El primer encuentro tuvo lugar en La Habana en marzo de 1999 y el segundo en Baltimore en mayo de 1999.

Muchas de estas medidas fueron recomendadas por "un grupo de trabajo independiente" organizado por el prestigioso Consejo sobre Relaciones Exteriores (Council on Foreign Relations) en un informe de diciembre de 1998. Sin tomar una posición con respecto al embargo, el grupo de trabajo-presidido por los ex subsecretarios de Estado Bernard W. Aronson y William D. Rogers-planteó un nuevo objetivo para la política estadounidense: "trabajar para crear las mejores condiciones posibles para una transición pacífica en Cuba y el surgimiento de una Cuba democrática, próspera y libre en el siglo XXI." Además de fomentar una ampliación de los contactos entre Cuba y Estados Unidos, el informe defendía un aumento del apoyo estadounidense a la incipiente sociedad civil cubana. Es más, tanto las recomendaciones del Consejo sobre Relaciones Exteriores como las últimas medidas de la administración Clinton partieron del nuevo consenso de quelos duros efectos del embargo sobre la población cubana deben ser mitigados.156 Las medidas de la administración no tendrán los efectos de largo alcance que podría haber producido una comisión bipartidista con el mandato de revisar todos los aspectos de la política estadounidense con respecto a Cuba, entre ellos el embargo.

Efectos del embargo en los viajes

Las limitaciones de los viajes entre Estados Unidos y Cuba se remontan al 16 de enero de 1961, fecha en la que el Departamento de Estado emitió una nota proclamando que los viajes a Cuba por parte de ciudadanos estadounidenses eran "contrarios a la política exterior de Estados Unidos y... por otro lado desfavorables para los intereses nacionales." Desde entonces, las restricciones sobre los viajes han ido aumentando o disminuyendo según la época, pero nunca han desaparecido. En 1999, los viajes entre Cuba y Estados Unidos siguen estando muy limitados.

En virtud de la nota del Departamento de Estado de 1961, todo el que viajara a Cuba tenía que obtener la pertinente aprobación en su pasaporte por parte del Departamento de Estado. No obstante, fracasaron los intentos del Gobierno estadounidense de procesar a los ciudadanos que ignoraban esta norma. Después de que la administración Kennedy presentara una querella criminal contra el estadounidense Levi Laub por organizar un viaje a Cuba de 58 ciudadanos estadounidenses cuyos pasaportes no habían sido sellados por el Departamento de Estado, la Corte Suprema de Estados Unidos dictaminó en 1967 que los viajes sin un sello específico en el pasaporte no constituían un delito de conformidad con las leyes aplicables.157

Tras su derrota ante la Corte Suprema, el Departamento de Estado de Kennedy emitió una nueva nota en la que declaraba "restringidos" los viajes a y desde Cuba basándose en que "afectarían gravemente la gestión de los asuntos exteriores de Estados Unidos." Otras notas similares y el requisito de que los pasaportes estadounidenses recibieran el sello especial del Departamento de Estado para viajar a Cuba siguieron en vigor hasta 1976, aunque ya no se volvió a intentar procesar a los que desafiaban las restricciones. Sin embargo, las reglas del Departamento del Tesoro que prohíben las transacciones financieras relacionadas con los viajes a Cuba, promulgadas en 1963 de conformidad con la Ley sobre Comercio con el Enemigo de 1917, sí son aplicables penalmente. Estas medidas se han mantenido como la principal vía de restricción de los viajes entre Estados Unidos y Cuba. El Departamento del Tesoro ha concedido algunos permisos para viajar a la isla, pero las categorías que califican para dichas excepciones han sido limitadas o ampliadas en diferentes etapas de las últimas décadas. En 1999, las únicas personas exentas del requisito de un permiso especial para viajar a Cuba son los diplomáticos y los miembros de organizaciones intergubernamentales tales como la ONU.158 El resto de ciudadanos tienen que solicitar un permiso en laOficina de Control de Bienes Extranjeros del Departamento del Tesoro. Los que infrinjan esta norma pueden recibir una condena de hasta diez años de cárcel o una multa de hasta 250.000 dólares; las compañías pueden incurrir en multas de hasta un millón de dólares. De conformidad con la Ley de Democracia Cubana de 1992, el Departamento del Tesoro puede imponer una sanción civil adicional de hasta 50.000 dólares por violación, una disposición que no ha sido reemplazada en la Ley Helms-Burton.159

Según un decreto presidencial emitido en 1985 por el Presidente Reagan, se limitan los viajes de Cuba a Estados Unidos al prohibir los visados para funcionarios del Gobierno cubano. El Gobierno estadounidense ha empleado este decreto para negar visados a cubanos de diversos ámbitos profesionales, como científicos, poetas, bailarines y estudiantes universitarios basándose en que el Gobierno les paga un sueldo.160

La violencia de Estados Unidos y el exilio cubano

En un artículo publicado en julio de 1998, el New York Times citaba las declaraciones del exiliado cubano recluido Luis Posada Carriles en las que afirmaba que, durante años, la Fundación Nacional Cubanoamericana (FNCA) con sede en Miami y su difunto presidente, Jorge Mas Canosa, habían financiado la colocación de explosivos en hoteles y otros actos de violencia en Cuba bajo la dirección de Posada Carriles, una acusación que fue negada con vehemencia por la FNCA y desmentida posteriormente por Posada.161 El New York Times explicabaen detalle la larga relación entre la Agencia Central de Inteligencia (CIA) y los comandos de Posada Carriles. Según el diario, agentes de la CIA entrenaron a los comandos de Carriles en técnicas de sabotaje y violencia y dirigieron sus actividades para abandonarles como delincuentes despreciables en los setentas.162

El New York Times señaló la posibilidad de que, incluso después de que el Gobierno estadounidense dejara de patrocinar sus actividades violentas, Posada Carriles se beneficiara de la actitud tolerante de las agencias encargadas de hacer cumplir la ley en Estados Unidos. El diario neoyorquino informó de que, cuando las bombas estaban destrozando hoteles y restaurantes turísticos en La Habana, un cubano americano socio de Posada Carriles intentó informar, primero a las agencias policiales guatemaltecas y después a las estadounidenses, de la participación de Posada en los hechos y de su posible relación con exiliados cubanos en Union City, Nueva Jersey.163 En marzo y abril de 1999, los jueces cubanos condenaron a muerte a dos salvadoreños, Raúl Ernesto Cruz León y Otto René Rodríguez Llerena, por su presunta participación en las explosiones en hoteles cubanos.164

La reacción de la administración Clinton a las informaciones del New York Times muestra un intento de distanciarse de la línea dura, a pesar de que sus acciones siguen condicionadas por la Ley Helms-Burton. Algunas semanas después de la publicación de la sensacional serie de artículos en el New York Times, los fiscales estadounidenses formularon cargos por intento de asesinato contra siete exiliados cubanos que presuntamente planearon el asesinato de Castro, lo que podría significar presidio perpetuo para los acusados. La decisión de acusar a los siete sospechosos de intento de asesinato de conformidad con la Sección 1116 del Código Penal Federal, en lugar de formular cargos por violación de la Ley de Neutralidad, conlleva penas más duras y evita una defensa basada en el debatesobre la política estadounidense. Entre los procesados por el gran jurado federal se encuentran el empresario José Antonio Llama, miembro del comité ejecutivo de la FNCA. El complot estaba aparentemente destinado a asesinar a Castro durante su asistencia, junto con otros jefes de Estado latinoamericanos, a la Cumbre Iberoamericana celebrada en noviembre en 1997 en Isla Margarita, en las costas de Venezuela. Con este auto de procesamiento, la administración Clinton formuló por primera vez cargos contra alguien por intentar asesinar a Castro-algo que presuntamente había sido uno de los principales objetivos de las anteriores administraciones estadounidenses.165


CONTINUACIÓN DEL CAPÍTULO XII

137 El Protocolo de Washington, que modificaba la Carta de la OEA, entró en vigor en septiembre de 1997. Ver artículo 9 de la Carta de la Organización de Estados Americanos, Secretaría General, Organización de Estados Americanos, Washington, D.C.

138 Ver anteriormente, Negación de los derechos humanos en la legislación cubana: Desacato a la autoridad de un funcionario público.

139 "Cuba: Brazil's Foreign Minister Meets Dissident, Officials; Food Loan Agreed," página Web de la Folha de São Paulo, publicado por BBC Monitoring Service; Latin America, 30 de mayo de 1998.

140 En una conferencia de prensa del 6 de mayo, el Presidente Clinton respondió a una pregunta sobre Cuba con comentarios desapasionados e infrecuentes para un funcionario estadounidense: "Comprendo el deseo del Gobierno cubano de mantener su sistema de salud, de mantener la alfabetización de todos sus ciudadanos, incluso de los más pobres. Es algo digno de elogio y alabanza. Pero no acepto, ni nunca podré aceptar, algunas de las políticas antidemocráticas y, francamente, verdaderamente inhumanas del Gobierno...." Secretaría de Prensa de la Casa Blanca, "Conferencia de prensa del Presidente y del Primer Ministro Prodi de Italia," 6 de mayo de 1998. Traducción de Human Rights Watch.

141 La Ley de Democracia Cuba de 1992-que fue sustituida por la Helms-Burton-se presentaba a si misma como una política calibrada y declaraba en su preámbulo que "la política de Estados Unidos debe consistir en... (6) mantener las sanciones sobre el régimen de Castro mientras continúe negándose a avanzar en la democratización y el aumento del respeto a los derechos humanos; [y] (7) estar dispuesto a reducir las sanciones de manera cuidadosamente calculada en respuesta a avances positivos en Cuba ...." Sin embargo, la única disposición específica sobre el levantamiento de las sanciones sólo permitía el mismo cuando se hubieran celebrado elecciones libres e imparciales y restaurado el respeto a los derechos humanos. Y aunque es posible que esta política fuera más flexible que los estatutos que sustituyó, fue reemplazada cuatro años después por la política de todo o nada de la Helms-Burton.

142 Las nuevas medidas anunciadas por la administración Clinton, que todavía no se habían aplicado en enero de 1999, permitirán algunas ventas de alimentos a organismos no gubernamentales cubanos. El embargo no prohíbe las donaciones de alimentos, que deben obtener un permiso del Departamento del Tesoro.

143 Carta a Wallie Mason, Centro de Acción Legal en Derechos Humanos, de Álvaro Tirado Mejía, Presidente de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la Organización de Estados Americanos, Washington, D.C., 17 de febrero de 1995. Traducción de Human Rights Watch.

144 Asociación Americana de Salud Mundial, "Denial of Food and Medicine: The Impact of the U.S. Embargo on Health & Nutrition in Cuba," marzo de 1997, p. 6. Traducción de Human Rights Watch.

145 La restricciones de los viajes se produce a través de los requisitos de autorización y la prohibición de transacciones financieras con Cuba, como se explica más adelante.

146 Human Rights Watch, World Report 1993 (Nueva York: Human Rights Watch, 1992), p. 98. En 1994, durante las conversaciones directas entre Estados Unidos y Cuba sobre migración, las autoridades acordaron que las compañías estadounidenses de larga distancia pudieran restablecer y mejorar su servicio telefónico internacional entre Estados Unidos y Cuba. Esta medida eliminó un impedimento a las comunicaciones entre los dos países que Human Rights Watch había criticado en el pasado por ser una violación del artículo 19 del PIDCP.

147 Michael Krinsky y David Golove, Eds., United States Economic Measures Against Cuba: Proceedings in the United Nations and International Law Issues, (Northampton: Aletheia Press, 1993), p. 110.

148 Ley de Asistencia al Extranjero de 1961, Pub. L. No. 87-195, 75 Stat. 424, Section 620 (a), 22, U.S.C. § 2370 (a). El Presidente ya contaba con autoridad para prohibir el comercio con Cuba de conformidad con la Ley de Comercio con el Enemigo, 50 U.S.C. App § 5(b). Traducción de Human Rights Watch.

149 Proclama No. 3447, 3 de febrero de 1962, 27 F.R. 1085, Embargo Comercial sobre Cuba.

150 Krinsky, p. 112.

151 Ibíd., pp. 113-114.

152 Orden Ejecutiva No. 12854, 4 de julio de 1993, 58 F.R. 36587, Aplicación de la Ley de Democracia Cubana, Section 6004(g).

153 Ley de Libertad y Solidaridad Democrática con Cuba, 1 de marzo de 1996, 2a Sesión del 104o Congreso, Informe de la Cámara de los Representantes 104-468.

154 Entrevista de Human Rights Watch con Michael E. Ranneberger, director de la Oficina de Asuntos Cubanos del Departamento de Estado de Estados Unidos, 1 de febrero de 1999.

155 Secretaría de Prensa, "Declaración del Presidente," La Casa Blanca, 5 de enero de 1999. Tim Weiner, "U.S. Ready to Ease Some Restrictions in Policy on Cuba," New York Times, 5 de enero de 1999; Norman Kempster, U.S. Has Post-Castro Era in Mind With Latest Steps," Los Angeles Times, 6 de enero de 1999; informe oficial sobre Cuba, Embajador James Dobbins, Asistente Especial del Presidente y Director de Asuntos Interamericanos, Consejo Nacional de Seguridad; Embajador Peter Romero, Subsecretario de Estado en funciones para Asuntos del Hemisferio Occidental, y Michael Rannenberger, Coordinador de Asuntos Cubanos del Departamento de Estado, publicado por la Oficina del Vocero del Departamento de Estado, Washington, DC, 5 de enero de 1999.

156 Bernard W. Aronson y William D. Rogers, "U.S.-Cuban Relations in the 21st Century," Grupo de Trabajo Independiente del Consejo sobre Relaciones Exteriores, 30 de diciembre de 1998.

157 La Sección 215 (b) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad de 1952 concede al Presidente la autoridad para prohibir que ciudadanos estadounidenses viajen a ciertos países o desde éstos sin un pasaporte válido. La Corte determinó que no criminaliza los viajes a un país concreto o desde el mismo con un pasaporte que no haya sido específicamente validado para ese país. La Corte concluyó que las restricciones del Departamento de Estado sobre el empleo de pasaportes que en otras circunstancias serían válidos no son penalmente aplicables. En cambio su finalidad es la de "dejar claro que el pasaporte no podrá ser considerado por el viajero en Cuba como un justificante para obtener los servicios que ofrece normalmente el Departamento de Estado." United States v. Laub et al., No. 176, Corte Suprema de Estados Unidos, 385 U.S. 475; 87 S. Ct. 574; 1967 LEXIS 2575; 17 l. Ed. 2d 526; 10 de enero de 1967, Cerrado. Traducción de Human Rights Watch.

158 Durante la administración Carter, las restricciones sobre los viajes se redujeron considerablemente, hasta que el Presidente Ronald Reagan volvió a reforzarlas. La investigación profesional se mantuvo exenta de las restricciones sobre gastos relacionados con los viajes, así como el trabajo informativo, los viajes gubernamentales oficiales y las visitas a familiares cercanos en Cuba, pero se mantuvo la prohibición de gastar dinero o ofrecer cualquier tipo de servicio sobre el resto de viajes a Cuba. (Krinsky, pp. 119-120; Wayne S. Smith, "The Travel Ban to Cuba," International Policy Report, Centro de Política Internacional [Center for International Policy], mayo de 1994; y Elisa Muñoz, The Right to Travel: The Effect of Travel Restrictions on Scientific Collaboration Between American and Cuban Scientists [Washington: American Association for the Advancement of Science, 1998], p. 8.) Aunque la Ley de Democracia Cubana relajó ligeramente las restricciones en 1993, la administración Clinton las reforzó en agosto de 1994 al revocar un permiso general para las visitas de cubano americanos a familiares en Cuba, así como la autorización general para investigaciones profesionales en Cuba. Las únicas personas que aún podían visitar Cuba con un permiso general era los periodistas, los diplomáticos y los representantes de organizaciones internacionales de las que Estados Unidos fuera miembro, tales como la ONU o la OEA. El resto de ciudadanos, incluidos los familiares de cubanos y los investigadores, tenían que solicitar un permiso especial para viajar a Cuba al Departamento del Tesoro. Los cubano americanos tenían que alegar razones familiares de fuerza mayor para viajar a Cuba, tales como enfermedades graves. En octubre de 1995, los cubano americanos recibieron una autorización general para viajar una vez al año a Cuba en situaciones de emergencia. (Entrevista de Human Rights Watch con Clara David, funcionaria encargada de los permisos en la Oficina de Control de Bienes Extranjeros delDepartamento del Tesoro de Estados Unidos, 14 de septiembre de 1998.) En 1996, tras el derribo de los aviones civiles que sobrevolaban Cuba, Estados Unidos canceló los vuelos chárter directos entre Miami y La Habana y volvió a endurecer las restricciones sobre los viajes desde Estados Unidos. Tras la visita del Papa a Cuba en enero de 1998, Clinton volvió a permitir los vuelos chárter.

159 Oficina de Control de Bienes Extranjeros del Departamento del Tesoro, "Cuba: Travel Restrictions," 23 de octubre de 1995; y Krinsky, pp. 115-16.

160 Asociación Americana para el Progreso de la Ciencia (American Association for the Advancement of Science), "The Effect of Travel Restrictions on Scientific Collaboration Between American and Cuban Scientists," abril de 1998; y Wayne S. Smith, "The Travel Ban to Cuba."

161 Ann Louise Bardach y Larry Rohter, "Key Cuba Foe Claims Exiles' Backing," New York Times, 12 de julio de 1998; Bardach y Rohter, "Life in the Shadows, Trying to Bring Down Castro," New York Times, 13 de julio de 1998; Ït's All False, Exiles Say," NewYork Times, 13 de julio de 1998; y "Cuban Exile Says He Lied to Times About Financial Support," New York Times, 4 de agosto de 1998.

162 Bardach y Rohter, "Life in the Shadows, Trying to bring Down Castro," New York Times, 13 de julio de 1998.

163 Bardach y Rohter, "Authorities Knew of Bombing Campaign, Says Cuban Exile," New York Times, 12 de julio de 1998.

164 Anita Snow, "Cuba Sentences Salvadoran to Death," Associate Press, 23 de marzo de 1999; "Cuba: Cuba Sentences Second Salvadoran Bomber to Death," Reuters News Service, 1 de abril de 1999; y "Cuba: Cuba Seeks Second Death Sentence in Bombings," Reuters News Service, 17 de marzo de 1999.

165 Gerardo Reyes y Juan O. Tamayo, `Seven Indicted in Plot to Kill Castro; CANF Official Named in Grand Jury Probe," Miami Herald, 26 de agosto de 1998; y Carol Rosenberg y Juan O. Tamayo, "Feds Take Hard Line in Castro-plot Case," Miami Herald, 27 de agosto de 1998.


CONTINUACIÓN DEL CAPÍTULO XII
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