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Marruecos y el Sáhara Occidental

Eventos de 2016

Manifestantes participan en una protesta convocada por la Organización Democrática del Trabajo (ODT) con el fin de buscar mejoras a las condiciones de trabajo y retiramiento en Rabat, el 7 de febrero de 2016. El cartel dice: "Jubilación a los 60".

© 2016 Youssef Boudlal / Reuters

En 2016, Marruecos promulgó leyes que favorecieron la libertad de expresión y los derechos de trabajadores domésticos, víctimas de trata de personas y personas con discapacidad. No obstante, las autoridades limitaron las actividades de grupos de derechos humanos locales y ampliaron las restricciones a las organizaciones de derechos humanos internacionales. Muchas personas continuaron cumpliendo largas penas de prisión después de haber sido juzgadas por delitos con motivaciones políticas, en procesos judiciales sin garantías de imparcialidad. Si bien en muchas ocasiones las autoridades toleraron manifestaciones de protesta, en el Sahara Occidental impidieron sistemáticamente las concentraciones a favor de la autodeterminación del territorio disputado.

Marruecos otorgó estatus legal temporario a solicitantes de asilo reconocidos por las Naciones Unidas y a miles de personas que migraron por motivos económicos, mientras se encontraba pendiente una reforma de su legislación sobre asilo y ciudadanos extranjeros en suelo marroquí.

Libertad de expresión

El 26 de julio, el Parlamento adoptó un nuevo Código de Prensa y Publicaciones. Un avance respecto del código de prensa de 2002 fue la eliminación de las penas de prisión. No obstante, el nuevo código aún establece sanciones para numerosas infracciones no violentas relacionadas con expresiones, que incluyen multas y la suspensión de publicaciones o sitios web por orden judicial.

Por otra parte, el Código Penal mantiene la pena de prisión para distintos delitos de expresión no violentos. Cinco días antes de adoptar el nuevo Código de Prensa, el Parlamento amplió las disposiciones del Código Penal y previó la pena de prisión para las personas que transgredan las denominadas “líneas rojas”, estipuladas desde hace tiempo en Marruecos, es decir, actos que “dañan” al Islam, a la monarquía, a la persona del rey y la familia real y la “integridad territorial” de Marruecos (una referencia a su demanda con respecto al Sahara Occidental).

La reforma legal mantuvo intacta la pena de prisión como sanción por insultar a instituciones estatales y por “elogiar” el terrorismo, pero eliminó la pena de prisión por difamar a personas e insultar a dignatarios extranjeros, y por la publicación deliberada de “noticias falsas”.

Ali Anouzla, editor del sitio web de noticias independiente Lakome2.com, fue juzgado por dañar la “integridad territorial” de Marruecos a raíz de que, en una entrevista con un periódico alemán en 2015, se citó una expresión suya en la que se refería al Sahara Occidental como “ocupado”. El tribunal desestimó el caso en mayo, cuando el periódico confirmó que se trataba de un error de traducción.

Las autoridades exigen permisos para que medios de radio y televisión extranjeros realicen filmaciones en Marruecos, pero a menudo se niegan a emitirlos. El 3 de abril, la policía detuvo y luego expulsó a un equipo del programa francés de noticias “Le Petit Journal” cuando estas personas intentaban filmar un vecindario de Beni Mellal, una ciudad situada a 220 kilómetros al sudeste de Casablanca, ­­­donde se había producido una agresión homofóbica.

En noviembre de 2015, las autoridades expulsaron al periodista independiente Rik Goverde, que trabajaba para los periódicos holandeses NRC y AD, alegando que no contaba con una acreditación que lo identificara como miembro de la prensa. Desde que se estableció en Marruecos en 2013, Goverde había solicitado la acreditación en reiteradas oportunidades, pero nunca recibió respuesta.

La televisión estatal de Marruecos brinda algunos espacios para debates y periodismo de investigación, pero no para hacer críticas directas al palacio ni expresar disenso sobre temas importantes.

Libertad de reunión y asociación

Las autoridades toleraron numerosas marchas y concentraciones en reclamo de reformas políticas y en protesta contra actos del gobierno, y dispersaron otras por la fuerza, a pesar de que se desarrollaran pacíficamente.

Persisten las medidas que obstaculizan o impiden arbitrariamente que muchas asociaciones puedan inscribirse legalmente, aun cuando la constitución de 2011 garantiza la libertad de asociación. El 31 de marzo, un tribunal de apelaciones de Agadir confirmó una decisión por medio de la cual se disolvía la Asociación Ifni Memoria y Derechos, alegando en parte que dicha asociación perjudicaba la “integridad territorial” de Marruecos por la manera en que reivindicaba los derechos y la identidad de la población en la región de Ifni.

Entre las numerosas asociaciones a las cuales se les niega arbitrariamente la inscripción legal hubo cantidad de asociaciones benéficas, culturales y educativas, entre cuyos líderes se incluían miembros de Al-Adl wal-Ihsan (Justicia y Espiritualidad), un movimiento nacional que promueve un estado islámico y cuestiona la autoridad espiritual del rey. Las autoridades han mantenido cerradas, desde 2006, viviendas pertenecientes al líder del movimiento y a otro miembro en la región oriental de Marruecos, sin ofrecer una justificación legal.

Con frecuencia, las autoridades impidieron que se llevaran a cabo eventos organizados por capítulos locales de la Asociación Marroquí de Derechos Humanos, negándoles el acceso a las sedes donde estaba previsto que se desarrollaran las actividades. También impidieron que muchos capítulos de la asociación presentaran documentos según los requisitos de las normas vigentes, y pusieron así en jaque su situación legal.

Siguió vigente la prohibición, impuesta en 2015, de que misiones de investigación de Amnistía Internacional y Human Rights Watch visitaran el país. Esta prohibición puso fin al acceso, prácticamente sin obstáculos, que ambas organizaciones habían tenido durante casi 25 años. El 21 de febrero, las autoridades expulsaron sin explicación alguna al abogado que dirigía la oficina de Marruecos de Abogados Sin Fronteras-Bélgica, y esto obligó a la organización a reducir sus actividades en el país. En junio, el Instituto Internacional para la Acción No Violenta (International Institute of Nonviolent Action, NOVACT) anunció que cerraría su oficina de Marruecos después de que las autoridades expulsaran a un miembro de su equipo en 2015, negaran el acceso a otros dos en 2016 y se rehusaran a reconocer legalmente a la asociación española.

En 2015, las autoridades acusaron al historiador Maâti Monjib y a otros cuatro activistas de la asociación de aceptar fondos extranjeros para “menoscabar la seguridad interna”, un delito que puede acarrear una pena de hasta cinco años de prisión. El juicio, que ya se postergó en reiteradas oportunidades y tiene fecha de inicio prevista para enero de 2017, cuestiona un taller financiado con fondos extranjeros para capacitar a ciudadanos marroquíes en el uso de una aplicación de teléfonos inteligentes para ejercer el periodismo ciudadano.

Las autoridades expulsaron a varios visitantes extranjeros que se trasladaron al país para observar de manera directa las condiciones de derechos humanos en el Sahara Occidental o participar de eventos sobre derechos humanos. Por ejemplo, el 9 de octubre, expulsaron a Carlos Beristain, de nacionalidad española, experto en la situación de los derechos humanos en el Sahara Occidental, y a otros dos españoles a quienes la Asociación Saharaui de Víctimas de violaciones graves de Derechos Humanos había invitado a participar en el primer evento público que la asociación organizaba desde que obtuvo el reconocimiento legal en 2015. El policía que interceptó a Beristain en el aeropuerto le dijo que su presencia “representaba un peligro para el orden público”.

Conducta policial, tortura y el sistema de justicia penal

Los tribunales no respetaron el derecho a un juicio justo en casos con trasfondo político y de seguridad.

El Código de Procedimiento Penal, reformado en 2011, reconoce a los acusados el derecho de comunicarse con un abogado después de haber pasado 24 horas bajo custodia policial o un máximo de 36 horas si la fiscalía aprueba esta extensión. En casos vinculados con delitos de terrorismo, el fiscal podrá demorar el acceso un abogado hasta seis días. La ley no concede a los detenidos el derecho a que haya un abogado presente cuando la policía los interrogue o les pida que firmen sus declaraciones.

La ley antiterrorista de 2003 contiene una definición excesivamente amplia de “terrorismo” y permite un máximo de 12 días de detención garde à vue (previa a la imputación) en casos de terrorismo.

Veinticinco saharauis ganaron un nuevo juicio en la justicia civil después de que el Tribunal de Casación, el 27 de julio, anuló la condena que en 2013 les impuso un tribunal militar. Ese tribunal impuso a 23 de ellos penas de prisión de entre 20 años y cadena perpetua. Los hombres, entre los cuales se cuentan conocidos activistas, habían sido acusados en relación con hechos de violencia que se desencadenaron en 2010, cuando las autoridades desmantelaron el campamento de protesta de Gdeim Izik en el Sahara Occidental y durante los cuales murieron 11 agentes de seguridad. El tribunal militar no investigó los señalamientos de los acusados de que habían sido torturados por policías o forzados a firmar declaraciones falsas, y el tribunal se basó de manera casi exclusiva en esas declaraciones para disponer sus condenas.

Las cárceles albergaban a cientos de islamistas que fueron detenidos inmediatamente después de los atentados de Casablanca de 2003 y posteriormente. Muchas personas fueron condenadas en la justicia por pertenencia a una “red terrorista” y por reclutar, realizar entrenamientos militares o prepararse para sumarse a organizaciones yihadistas en el extranjero. A menudo, las principales pruebas —cuando no las únicas— contra los acusados eran las “confesiones” que estos habían ofrecido a la policía, en las cuales se incriminaban a sí mismos e implicaban a los demás acusados. Luego, al encontrarse frente a un tribunal, se retractaban de esas declaraciones.

Al condenar a los acusados, los tribunales continuaron invocando el artículo 290 del Código de Procedimiento Penal, que considera a las declaraciones policiales como evidencias creíbles per se, a menos que se demuestre lo contrario. El Grupo de Trabajo de la ONU sobre la Detención Arbitraria en 2014 criticó esta ley —que se aplica a infracciones pasibles de penas de prisión de menos de cinco años— como contraria a la presunción de inocencia.

La activista de izquierda Wafae Charaf fue liberada en julio después de cumplir una pena de dos años de prisión por difamación y por presentar una falsa denuncia de delito, tras declarar que hombres no identificados la habían llevado por la fuerza y torturado al terminar una protesta de trabajadores en Tánger. Oussama Husn, un activista perteneciente a un movimiento reformista juvenil, cumplía una condena de tres años de prisión impuesta en 2014 por cargos similares, después de haber subido a Internet un video en el cual relataba haber sido llevado por la fuerza y torturado por hombres desconocidos. Estas condenas podrían tener un efecto amedrentador sobre las personas que desean denunciar abusos cometidos por miembros de las fuerzas de seguridad.

La justicia marroquí siguió aplicando la pena de muerte; no obstante, las autoridades no han llevado a cabo ejecuciones desde principios de la década de 1990.

Derecho a la vida privada

Los tribunales marroquíes continuaron encarcelando a personas por mantener relaciones con individuos del mismo sexo, en virtud del artículo 489 del Código Penal, que prohíbe “los actos lascivos o antinaturales con una persona del mismo sexo”. Un tribunal de Beni Mellal condenó a dos hombres por homosexualidad después de que, el 9 de marzo, un grupo de jóvenes irrumpieron por la fuerza en la vivienda de uno de ellos y obligaron a ambos a salir a la calle desnudos, filmaron la agresión y luego difundieron el video a través de Internet. Los dos hombres fueron liberados después de pasar un mes en prisión; y en abril, un tribunal condenó a prisión a dos de sus atacantes. El 27 de octubre, policías de Marrakech arrestaron a dos jovencitas de 16 y 17 años que habían sido denunciadas por intercambiar gestos físicos de afecto en un domicilio privado. Permanecieron en prisión durante una semana y luego fueron liberadas provisionalmente hasta el juicio, programado para el 25 de noviembre, por cargos en virtud del artículo 489.

La criminalización del adulterio y las relaciones sexuales fuera del matrimonio tiene un impacto discriminatorio en términos de género, ya que las víctimas de violación sexual pueden ser juzgadas penalmente si presentan cargos que luego no se confirman. También mujeres y jovencitas están expuestas a procesos penales si se descubre que están embarazadas o tienen hijos fuera del matrimonio.

Migrantes y refugiados

Continuó la implementación de una estrategia nacional de 2013 para reformar las políticas nacionales respecto de migrantes y solicitantes de asilo, incluso estableciendo algunos derechos básicos. Si bien todavía no se había adoptado el proyecto para la primera ley de Marruecos sobre el derecho al asilo, el organismo para los refugiados de Marruecos otorgó permisos de residencia por un año, renovables, a más de 500 refugiados reconocidos por ACNUR. A la fecha de redacción de este informe, Marruecos no había determinado la condición de más de 1.700 ciudadanos sirios a quienes ACNUR reconoce como refugiados prima facie.

Marruecos también otorgó permisos de residencia por un año, renovables, a miles de migrantes subsaharianos que no solicitaban asilo, pero que cumplían con los criterios establecidos en el plan de 2013. Algunos ciudadanos sirios también obtuvieron permisos de residencia por un año en virtud de este procedimiento.

El Parlamento adoptó, en mayo, una ley que define y criminaliza la trata de personas y prevé medidas para proteger a las víctimas.

Derechos de mujeres y niñas

La constitución de 2011 garantiza la igualdad para las mujeres “mientras se respeten las disposiciones de la Constitución, y las leyes y características permanentes del Reino”.

El Código de Familia de 2004, que otorgó mayores derechos a las mujeres en cuestiones de divorcio y tenencia de menores, discrimina a las mujeres en materia de herencia y procedimientos de divorcio. El código elevó la edad mínima para contraer matrimonio de 15 a 18 años, pero habitualmente los jueces permitieron que jovencitas se casaran pese a no haber alcanzado esa edad. No existe ninguna ley que penalice específicamente la violencia doméstica o establezca protecciones para sus víctimas.

Trabajadores domésticos

El 26 de julio, el Parlamento adoptó la primera ley laboral que se aplica a los trabajadores domésticos. Exige que los contratos se celebren por escrito y fija en 18 años la edad mínima para los trabajadores domésticos, luego de un período de adecuación progresiva de cinco años. Limita las horas de trabajo semanales y garantiza 24 horas continuas de descanso por semana y un salario mínimo equivalente al 60 por ciento del salario mínimo reconocido para los empleos cubiertos por la legislación aboral. La ley también establece sanciones económicas para empleadores que violen la ley.

Pese a la prohibición de emplear a niños menores de 15 años, se cree que miles de menores de esa edad —predominantemente, niñas— se desempeñan como trabajadores domésticos. Según datos de la ONU, organizaciones no gubernamentales (ONG) y fuentes gubernamentales, la cantidad de menores empleados en el servicio doméstico se ha reducido en los últimos años.

Personas con discapacidad

En febrero, el Parlamento adoptó la Ley Marco 97.13 sobre los derechos de las personas con discapacidad, y dio así un paso para armonizar la legislación con la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD), que Marruecos ratificó en 2009. No obstante, la Ley Marco presentó falencias en algunas áreas, como por ejemplo, en garantizar el acceso a la educación inclusiva para niños con discapacidad y en reafirmar el derecho a la capacidad legal.

Actores internacionales clave

En diciembre de 2015, el Tribunal General de la Unión Europea resolvió anular la aplicación al Sahara Occidental del acuerdo de comercio celebrado entre la Unión Europea y Marruecos sobre productos agrícolas y de pesca. El tribunal sostuvo que el acuerdo era defectuoso porque no “garantiza una explotación de los recursos naturales del Sahara Occidental que resulte beneficiosa para sus habitantes”. La UE apeló la sentencia.

En marzo, el Secretario General Ban Ki-moon viajó a los campamentos de refugiados saharauis en Argelia, donde se refirió al Sahara Occidental como territorio “ocupado” y planteó la posibilidad de realizar un referéndum para determinar el futuro del territorio, posiciones que son totalmente contrarias a la de Marruecos. En respuesta, Marruecos expulsó al personal civil de la misión de paz en el Sahara Occidental, MINURSO. A la fecha de redacción del presente informe, solamente parte del personal había podido regresar.

Estados Unidos reconoció y rectificó públicamente un error menor, pero confirmó lo señalado en el capítulo sobre Marruecos de su Informe por Países sobre Prácticas de Derechos Humanos correspondiente a 2015, después de que el ministro del interior de Marruecos, en el mes de mayo, calificara al informe de “absolutamente escandaloso, pasando de verdades a medias a invenciones simples y llanas, y de errores de interpretación a mentiras flagrantes”.

De conformidad con leyes aprobadas por el Congreso para 2016, Estados Unidos permitió que la ayuda que había asignado a Marruecos se usara en el Sahara Occidental, pese a que EE. UU. no reconoce la soberanía marroquí sobre el territorio. La ONG estadounidense International Republican Institute recibió, en abril, un subsidio gubernamental por valor de USD 1 millón para llevar a cabo, en el Sahara Occidental, un programa de dos años de duración sobre sociedad civil y gobierno participativo.