Reivindicar los derechos

Movimientos de los trabajadores del hogar y avances globales en materia de reforma laboral

Reivindicar los derechos

Movimientos de los trabajadores del hogar y avances globales en materia de reforma laboral

Introducción
I. Antecedentes
II. Ratificaciones del Convenio sobre los trabajadores del hogar
III. Garantías laborales más sólidas en los países
Reformas laborales exhaustivas
Reformas graduales
Reformas pendientes
IV. Un movimiento de defensa de los trabajadores del hogar en constante expansión
Organizar a los trabajadores del hogar
Formar alianzas
Estrategias para generar conciencia y apoyo público
V. Pasos a futuro
Lista de referencias
Agradecimientos

Introducción

El convenio y la recomendación que tenemos ante nosotros son instrumentos contundentes, prácticos y humanos que ofrecen un enorme potencial para sacar de la clandestinidad a los trabajadores del hogar. Dan un rostro a estos trabajadores que han permanecido invisibles durante tanto tiempo.
—Toni Moore, delegado de trabajadores originario de Barbados, durante la adopción del Convenio sobre los trabajadores del hogar en la Conferencia Internacional del Trabajo, junio de 2011.

El 5 de septiembre de 2013 entró en vigor el Convenio de la OIT sobre el Trabajo Decente para las Trabajadoras y los Trabajadores Domésticos (Convenio sobre los trabajadores del hogar o C189). Este tratado absolutamente novedoso y la recomendación que lo complementa (N.° 201) establecen los primeros estándares globales para los más de 50 millones de trabajadores del hogar que existen en todo el mundo —en su mayoría mujeres y niñas, muchas de ellas migrantes— que realizan tareas como limpiar, cocinar y cuidar a niños y personas mayores en viviendas particulares.

El Convenio sobre los trabajadores del hogar brinda garantías sumamente necesarias e impostergables a los trabajadores del hogar, y representa un adelanto sin precedentes para los derechos humanos, incluidos los derechos laborales, de las mujeres y de los niños. A pesar del rol fundamental que desempeñan los trabajadores del hogar al prestar servicios de asistencia esenciales en los hogares, como cocinar, limpiar y cuidar a niños y personas mayores, este grupo ha sido excluido sistemáticamente de las garantías laborales habituales. Según la OIT, casi el 30 por ciento de los trabajadores del hogar a nivel mundial se encuentran en países donde quedan totalmente marginados de las leyes laborales nacionales [1] .

Conforme al nuevo Convenio, los trabajadores del hogar tienen los mismos derechos fundamentales que otros trabajadores, incluidos días de descanso semanales, limitaciones a la cantidad de horas de la jornada de trabajo, salario mínimo, remuneración de horas extras, seguridad social e información clara sobre los términos y condiciones de empleo. Los nuevos estándares obligan a los gobiernos que ratifican el Convenio a proteger a los trabajadores del hogar frente a hechos de violencia y abusos, regular a las agencias privadas de empleo que seleccionan y contratan a los trabajadores del hogar, y prevenir el trabajo infantil en el ámbito doméstico.

La ratificación e implementación del Convenio sobre los trabajadores del hogar y la aplicación de la Recomendación complementaria favorecerán las posibilidades de trabajo decente y la dignidad de decenas de millones de trabajadores del hogar en todo el mundo [2] . En septiembre de 2013, eran diez los países que habían adoptado oficialmente el C189 y cumplido las formalidades vinculadas con la ratificación ante la OIT, mientras que otros cuatro países están en proceso de completar estos requerimientos. Varias decenas más están evaluando la ratificación del Convenio o modificar su legislación interna para reforzar las garantías reconocidas a los trabajadores del hogar.

El movimiento global de defensa de los trabajadores del hogar —integrado por organizaciones de trabajadores del hogar, sindicatos y organizaciones de la sociedad civil, incluidas aquellas dedicadas a los derechos de los migrantes y de los niños, defensores de derechos humanos y otros actores— tiene una presencia cada vez más amplia y fue uno de los impulsores de las negociaciones tripartitas (entre representantes de trabajadores, empleadores y gobiernos) y la adopción del Convenio sobre los trabajadores del hogar. Los sindicatos y la sociedad civil ofrecieron información y argumentos contundentes a los gobiernos y grupos de empleadores que mostraban resistencia al Convenio, disiparon así sus objeciones a estos estándares firmes y vinculantes, y aseguraron que el Convenio abordara las principales amenazas para la seguridad y los derechos de los trabajadores del hogar. Los gobiernos que expresaron su compromiso con los derechos de los trabajadores del hogar y aquellos que ya contaban con marcos legislativos que protegen tales derechos tuvieron un rol invaluable al asegurar que el Convenio sobre los trabajadores del hogar se basara en estándares globales sólidos.

Diversos movimientos de defensa de derechos de los trabajadores del hogar que actúan a nivel de base en el ámbito nacional y regional han impulsado campañas para generar conciencia sobre los derechos de estos trabajadores, fortalecer las iniciativas de sindicalización, exigir reformas a nivel local y nacional, y ampliar los servicios y las vías de resarcimiento. Los sindicatos ayudaron a que el C189 y los derechos de los trabajadores del hogar fueran incluidos como un tema prioritario en la agenda tripartita, y en varios países negociaron convenios colectivos que consiguieron garantías tangibles para los trabajadores del hogar.  

El presente informe conjunto presenta los adelantos de los distintos gobiernos en la reforma de su legislación laboral y la creciente influencia de los movimientos emergentes de defensa de los derechos de trabajadores del hogar. Examina estrategias innovadoras empleadas por activistas de todo el mundo para conseguir avances, e identifica desafíos futuros. El informe analiza las reformas jurídicas implementadas por distintos países entre 2011 y 2013.

El documento ha sido producido conjuntamente por la Red Internacional de Trabajadores del Hogar (International Domestic Workers’ Network, IDWN), la Confederación Sindical Internacional (CSI) y Human Rights Watch (HRW). A través de cuestionarios y entrevistas, han contribuido a este informe trabajadores del hogar y representantes de organizaciones de la sociedad civil de 20 países de Asia, África, América Latina, Europa y Medio Oriente.

I. Antecedentes

Mis empleadores me daban bofetadas, me propinaban patadas, me jalaban del cabello y también me lanzaban zapatos. A veces me golpeaban con una varilla. Decían que era demasiado lenta. Tenía que trabajar todo el tiempo. No tenía ningún día de descanso. En ocasiones me permitían cenar, pero entonces no me daban almuerzo. A veces me iba a dormir sin haber comido. Mis vecinos veían lo que sucedía y solían darme pan. Un día, salté la cerca y me escapé.
—Relato ofrecido por Chey Srey Lina, trabajadora del hogar de Camboya, sobre su experiencia en Malasia cuando tenía 16 años [3] .

Millones de personas, en su gran mayoría mujeres y niñas, son empleadas en viviendas particulares como trabajadoras del hogar. Según cálculos difundidos en el 2013 por la OIT, en el año 2010 había en todo el mundo al menos 53 millones de trabajadores del hogar [4] . Esta cifra no incluye a los niños que no han alcanzado la edad mínima laboral estipulada en la ley, que normalmente es de 15 ó 16 años. Se estima que 11,5 millones de niños menores de 18 años están empleados en el servicio doméstico en todo el mundo [5] . La OIT indicó que existen razones para creer que la estimación general no refleja la cantidad real de trabajadores del hogar que existen, y que la cantidad global podría ser próxima a su cálculo anterior, de 100 millones de trabajadores del hogar [6] .

A nivel mundial, una de cada 13 mujeres que cuenta con un trabajo remunerado labora en el servicio doméstico (el 7,5 por ciento). Esta proporción asciende incluso a una de cada cuatro en América Latina y el Caribe (el 26,6 por ciento) y a casi una de cada tres en Medio Oriente (el 31,8 por ciento) [7] . Una gran cantidad de mujeres y niñas migran de un país a otro para desempeñarse en el servicio doméstico —especialmente desde Asia hacia Medio Oriente— y esto genera el envío de remesas por miles de millones de dólares.

En muchos países se está produciendo un aumento de la demanda de trabajadores del hogar y, según la OIT, esta situación se observa particularmente en Asia y el Pacífico, y también en América Latina y el Caribe [8] . Son varios los factores que contribuyen a esta tendencia, como la necesidad de asistencia vinculada con el envejecimiento de la población, empleos que ofrecen a los trabajadores poca flexibilidad para responder a distintas responsabilidades domésticas, la mayor participación de la mujer en el mercado laboral formal, la profunda desigualdad de ingresos individuales en los países y una mayor migración laboral que responde a brechas en los ingresos y disparidades económicas entre distintos países [9] .

A pesar de la importancia del servicio doméstico para los hogares particulares y las economías nacionales, numerosos trabajadores del hogar enfrentan un espectro estremecedor de abusos laborales y otros delitos, y a menudo su trabajo no recibe ninguna protección ni se encuentra regulado. Las normas culturales que desmerecen el “trabajo de la mujer” en el hogar provocan que, con frecuencia, sean consideradas como “ayudantas” antes que empleadas a quienes les corresponden derechos laborales básicos.

Numerosos gobiernos consideran que el trabajo doméstico forma parte del sector informal —o simplemente no creen que constituya “trabajo”— y con frecuencia excluyen a los trabajadores del hogar del alcance de las leyes laborales nacionales que protegen a otros trabajadores, lo cual les impide exigir un salario mínimo, el pago de horas extras, días de descanso, licencia anual, indemnización por accidentes de trabajo o prestaciones de seguridad social. La exclusión de protecciones laborales fundamentales sitúa a numerosos trabajadores del hogar a merced de sus empleadores en lo que respecta a su salud, seguridad y condiciones de empleo. En países donde los trabajadores del hogar sí están contemplados en las leyes laborales, el desafío principal es la efectiva aplicación de estas normas. Es habitual que los funcionarios de organismos del trabajo y los policías no estén capacitados para identificar o tramitar de manera idónea las denuncias de los trabajadores del hogar, y esto posibilita que puedan brindarles un trato despectivo.

Los modelos sociales arraigados, la falta de garantías jurídicas y una débil aplicación de las garantías que ya han sido reconocidas, son algunos de los factores que contribuyen a que numerosos trabajadores del hogar reciban una remuneración muy inferior a la que corresponde y sean obligados a trabajar incesantemente durante extensas jornadas, los siete días de la semana, incluso a lo largo de varios meses o años. A veces se les exige estar “de turno” sin descanso, por ejemplo, para alimentar o cuidar a niños durante la noche. La OIT ha señalado que en Arabia Saudita, quienes pertenecían al sector de los trabajadores del hogar cumplían, en promedio, las jornadas laborales más extensas en 2009, de 63,7 horas trabajadas por semana [10] . En Nepal, un estudio difundido por el gobierno en 2008 comprobó que mientras el promedio real de horas trabajadas por la población general era de 39 por semana, los trabajadores del hogar cumplían en promedio con 52 horas semanales [11] .

La acumulación de salarios impagos —durante meses y a veces años— es uno de los abusos laborales más comunes que enfrentan los trabajadores del hogar. Asimismo, a menudo a los trabajadores del hogar se les paga una pequeña fracción de lo que perciben sus pares en el sector formal. Algunos empleadores retienen los salarios como estrategia para impedir que los trabajadores los abandonen y consigan un empleo alternativo, o realizan deducciones ilegales o arbitrarias de su sueldo.

A diferencia de quienes están empleados en otros sectores, una gran cantidad de trabajadores del hogar viven en la casa de sus empleadores, donde las condiciones de profundo aislamiento y la desigualdad de poder entre el trabajador y su empleador agravan el riesgo de que ocurran diversos abusos. Algunos trabajadores del hogar permanecen encerrados en las viviendas de sus empleadores y no se les permite salir, o se los amenaza con la posibilidad de fuertes multas si no completan el período del contrato. Varios trabajadores del hogar entrevistados por Human Rights Watch informaron haber padecido infinidad de abusos verbales y psicológicos, además de violencia física, por parte de sus empleadores, que van desde bofetadas hasta quemaduras graves y golpizas con hierros calientes, zapatos, cinturones, varillas, cables de electricidad y otros artículos domésticos [12] . También existe el riesgo de acoso y violencia sexual por parte de quienes se ocupan de seleccionar a estos trabajadores, sus empleadores o familiares de estos. En algunos casos, los trabajadores del hogar se ven atrapados en situaciones de trabajo forzado, trata de personas y esclavitud [13] .

Los niños se encuentran entre los grupos más vulnerables empleados en el servicio doméstico. La OIT calcula que el 73 por ciento de los menores que trabajan en el servicio doméstico son niñas y que un tercio (3,5 millones) tienen entre 5 y 11 años [14] . Resulta alarmante la realidad actual de los menores en el servicio domestico. Según las últimas estadísticas de la OIT, mientras el trabajo infantil se redujo en otros sectores durante los últimos años, la cantidad de niños en el servicio doméstico aumentó en un 9 por ciento entre 2008 y 2012 [15] . Algunos empleadores contratan deliberadamente a niños para tareas domésticas, ya que creen que es más fácil controlarlos y se les puede pagar una remuneración inferior. En Indonesia, por ejemplo, los niños empleados en el servicio doméstico que entrevistó Human Rights Watch dijeron que percibían entre US$ 0,02 y 0,05 por hora, lo que equivale a un décimo del salario mínimo normal [16] . Las leyes nacionales que exigen una edad mínima para el empleo a menudo no se aplican a los trabajos en el servicio doméstico, y esto permite que los empleadores exploten a los niños sin ninguna consecuencia.

Los migrantes internacionales representan otra categoría de trabajadores del hogar que enfrenta aún mayores riesgos, debido a prácticas de contratación abusivas, políticas inmigratorias restrictivas, obstáculos idiomáticos, acceso limitado a posibilidades de resarcimiento y otros factores. En muchos países, es habitual que los empleadores confisquen los pasaportes o los permisos para desempeñar actividades laborales a los trabajadores del hogar migrantes, y esto los expone a la posibilidad de arresto o deportación si intentan cambiar de empleo o escapar de una situación de abuso. En Malasia, los trabajadores del hogar migrantes deben renunciar a varios meses de salario para solventar las comisiones irregulares de agencias de empleo inescrupulosas. En Kuwait, Human Rights Watch comprobó que las embajadas de aquellos países de donde habitualmente provienen los trabajadores migrantes recibieron más de 10.000 denuncias de trabajadores del hogar en 2009 vinculadas con la falta de pago de salarios, jornadas laborales excesivas y abuso físico, sexual y psicológico [17] .

II. Ratificaciones del Convenio sobre los trabajadores del hogar

Si alguien me hubiera dicho 45 años atrás que hoy estaría aquí, no le habría creído. Ya no tenemos por qué seguir siendo esclavos. Pero la lucha no ha terminado. Debemos regresar a nuestro lugar de origen. Debemos hacer campañas. Asegurarnos de que aquello por lo que votamos se lleve a la práctica. No debemos descansar hasta que nuestros gobiernos ratifiquen el Convenio.
—Myrtle Witbooi, Grupo de Trabajo de la Comisión de los Trabajadores Domésticos de la OIT, Ginebra, 10 de junio de 2011.

Uruguay y Filipinas fueron los dos primeros países en ratificar el Convenio sobre los trabajadores del hogar (C189). A mediados de septiembre de 2013, el Convenio había sido ratificado oficialmente por otros 10 países, lo cual representa un avance notable con respecto a otros convenios de la OIT que, debido a la complejidad de los procesos jurídicos y de ratificación implicados, a menudo demoran varios años [18] . Actualmente, hay varios países que están en distintas etapas de consulta, adopción de legislación nacional obligatoria y cumplimiento de las formalidades de ratificación ante la OIT.

La región de América Latina y el Caribe se encuentra a la vanguardia mundial en lo que respecta a la ratificación. Cinco países de la región han ratificado el C189 (Uruguay, Nicaragua, Bolivia, Paraguay y Guyana), y otras naciones como Colombia, la República Dominicana y Ecuador están próximos a finalizar su ratificación. Estos avances reflejan una nutrida historia de activismo en materia de derechos de los trabajadores del hogar y, en muchos lugares, de estrecha colaboración entre sindicatos y trabajadores del hogar. Los sindicatos de América Latina fueron los primeros en poner en marcha una campaña regional de ratificación tras la adopción inicial por la OIT del C189 en 2011 [19] . También en Argentina, Brasil, Chile y Costa Rica se han producido avances considerables en los procesos nacionales de ratificación.

En África se han producido dos ratificaciones, correspondientes a Sudáfrica y Mauricio. Otros países han iniciado procesos de ratificación a nivel nacional. Por ejemplo, Tanzania ha celebrado un acuerdo tripartito entre sindicatos, representantes de empleadores y el gobierno para ratificar el C189 antes de junio de 2014. Otros países africanos han expresado públicamente su compromiso o están demostrando avances para la ratificación del Convenio después de 2014, como Senegal, Ghana, Kenia, Zimbabwe y Guinea.

En Europa y Asia Central, hasta ahora el C189 ha sido ratificado por Italia y Alemania. En julio de 2013, el Consejo de la Unión Europea adoptó una decisión preliminar mediante la cual autorizó a los estados miembros de la UE a ratificar el C189 “en interés de la Unión Europea”[20]. Esta decisión, que espera la aprobación del Parlamento Europeo para su adopción formal, despeja cualquier argumento de los estados miembros con respecto a posibles conflictos entre las directivas de la UE y la ratificación del C189. Bélgica e Irlanda han declarado públicamente su intención de ratificar el C189.

Filipinas es el único país de la región de Asia y el Pacífico que ha ratificado el Convenio sobre los trabajadores del hogar. Según un estudio realizado por la OIT en 2013, existen en Asia 21,5 millones de trabajadores del hogar, lo cual representa el 41 por ciento de la cantidad total estimada a nivel mundial [21] . En numerosos países de la región el promedio de ratificación de convenciones de la OIT es en general bajo, y los activistas que promueven el C189 han trabajado arduamente para conseguir que sus países concedan a este convenio un lugar privilegiado en su agenda nacional. Los sindicatos y organizaciones de defensa de los derechos de los trabajadores del hogar y migrantes han procurado principalmente fomentar la conciencia y la voluntad política que permitan sentar las bases para futuras ratificaciones. Los diálogos más activos se están produciendo en Indonesia, la India, Nepal, Australia y Nueva Zelandia.

No se produjeron ratificaciones en los países de América del Norte. A pesar de haber defendido enérgicamente el Convenio, Estados Unidos ha avanzado con suma lentitud en la ratificación de convenios de la OIT, y es poco probable que ratifique el tratado en los próximos años. Los sindicatos y las organizaciones de trabajadores del hogar locales concentran actualmente sus esfuerzos en impulsar reformas jurídicas en el ámbito de los estados.

Tampoco hubo ratificaciones en Medio Oriente y África Septentrional. En muchos países de la región, el movimiento de defensa de los derechos de los trabajadores del hogar continúa siendo relativamente reducido, reciente y aislado. En la región del Golfo, donde la mayoría de los trabajadores del hogar son migrantes internacionales, las rigurosas restricciones a la libertad de circulación, las prohibiciones sobre sindicalización y la exclusión absoluta de los trabajadores del hogar del alcance de los códigos laborales nacionales han generado poco margen para el desarrollo e implementación de las campañas de ratificación, o bien la capacidad de impulsar tales campañas ha sido sumamente limitada.

Durante el Examen Periódico Universal (EPU) de los estados a cargo del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, 13 países han aceptado recomendaciones de otros estados en las cuales se sugería considerar la ratificación del Convenio sobre los trabajadores del hoga [22] . Por el contrario, el Reino Unido, que se abstuvo durante la votación en la cual se adoptó el convenio, rechazó la recomendación de ratificar el Convenio durante su EPU.

III. Garantías laborales más sólidas en los países

El progreso no se consigue de un día para otro, sino a lo largo de varios años... Antes éramos vulnerables e invisibles, pero con la nueva ley ahora las personas saben que existimos.
—Migueline Colque, activista y trabajadora del hogar de Bolivia [23] .

Si bien la adopción del Convenio sobre los trabajadores del hogar de la OIT el 16 de junio de 2011 representó una victoria contundente, la verdadera forma de poner a prueba estos estándares es evaluar en qué medida han sido incorporados a la legislación de los países y si se aplican eficazmente.

Desde 2011, y en general tras varios años de extensas campañas, decenas de países han mejorado las garantías legales para los trabajadores del hogar a nivel nacional y subnacional. La Organización Internacional del Trabajo (OIT) ha tenido un rol trascendental de apoyo a estas iniciativas a través de medidas como investigación, difusión de información, capacitaciones y orientación técnica para instruir a los responsables de formular políticas públicas que ofrezcan garantías laborales efectivas a favor de los trabajadores del hogar [24] .

Los ejemplos a continuación representan una muestra de las distintas reformas que se han implementado a nivel mundial desde 2011.

Reformas laborales exhaustivas

  • Argentina adoptó una nueva ley sobre el servicio doméstico en marzo de 2013 que estipula una jornada laboral máxima de 48 horas por semana, un período de descanso semanal, la remuneración de horas extras, vacaciones anuales, licencia por enfermedad y beneficios por maternidad [25] . El artículo 15 de la ley prevé garantías adicionales para los trabajadores del hogar que viven en la casa de sus empleadores, incluido un descanso de tres horas entre las tareas matutinas y vespertinas y una habitación amueblada para uso exclusivo del trabajador [26] . La norma establece que la edad mínima para el servicio doméstico es de 16 años y prohíbe que los trabajadores de entre 16 y 18 años vivan en el lugar de trabajo o trabajen más de 36 horas por semana [27] .
  • Brasil adoptó una reforma constitucional en marzo de 2013 mediante la cual se reconoce a los 6,5 millones de trabajadores del hoga, que se estima existen en el país, el derecho a percibir el pago de horas extras, seguro por desempleo, pago de pensiones, una jornada laboral máxima de 8 horas diarias y 44 horas semanales [28] . En julio de 2013, se suscribió en Brasil el primer convenio de negociación colectiva sobre el servicio doméstico que mejoró los salarios de los trabajadores del hogar de 26 municipios del estado de San Pablo [29] .
  • En diciembre de 2012, un tribunal en Kenia dispuso que los contratos verbales entre trabajadores del hogar y sus empleadores eran fuente de derechos y tenían carácter vinculante. Esta sentencia histórica extendió a los trabajadores del hogar las garantías de la ley de trabajo, incluido el salario mínimo nacional y los beneficios de la seguridad social [30] . El Fondo Nacional de Seguridad Social (National Social Security Fund, NSSF) realizó campañas publicitarias y colaboró con los medios de comunicación para generar conciencia entre el público sobre la obligación de los empleadores de inscribir a los trabajadores del hogar y contribuir a los fondos de seguridad social [31] .
  • Filipinas sancionó la Ley sobre Trabajadores del Hogar en enero de 2013, que establece la obligación de celebrar un contrato de trabajo y otorga una mejora al salario mínimo, beneficios de seguridad social y seguro público de salud a cerca de 1,9 millones de trabajadores del hogar del país. Esta ley contempla mecanismos para ofrecer una respuesta inmediata en caso de abusos por parte de empleadores y para que los trabajadores del hogar puedan acceder a un resarcimiento [32] . La nueva ley también prohíbe a las agencias de empleo y a los empleadores cobrar honorarios por contratación y atribuye a las agencias de empleo privadas, conjuntamente con los empleadores, la responsabilidad de pagar los salarios y brindar beneficios [33] .
  • En España, a través de un Real Decreto dictado en noviembre de 2011 se reforzaron las garantías legales que ya se reconocían a los trabajadores del hogar. El decreto establece requisitos sobre salario mínimo, descanso semanal y anual, licencia por maternidad y compensación por el tiempo libre de los trabajadores durante el cual los empleados no deben estar trabajando pero se les exige igualmente permanecer disponibles [34] . También amplía a los empleados del hogar menores de 18 años las restricciones del Estatuto de los Trabajadores relativas a jornada laboral, trabajo nocturno y horas extras. En agosto de 2011, España incorporó a su Sistema General de Seguridad Social beneficios para los trabajadores del hogar. El gobierno redujo los cargos administrativos que deben pagar los empleadores con el propósito de facilitar un mayor cumplimiento de los requisitos [35] .
  • En Venezuela, en 2012 se implementó una reforma a la ley laboral que extendió sus disposiciones a los trabajadores del hogar, incluidas las garantías sobre semana laboral máxima de 40 horas, dos días de descanso semanal, vacaciones remuneradas y salario mínimo [36] . Tras la reforma, elaborada sobre la base de una consulta amplia, el artículo 208 de la ley prevé la adopción de una ley especial para regular las relaciones laborales entre los trabajadores del hogar y sus empleadores [37] .

Reformas graduales

Otros países han adoptado medidas para aumentar el salario mínimo de los trabajadores del hogar o abordar las falencias en los beneficios sociales.

  • Zambia elevó el salario mínimo de sus trabajadores del hogar en un 68 por ciento en julio de 2012 [38] , y Tanzania incrementó en un 55 por ciento la remuneración de estos trabajadores en julio de 2013 [39] .
  • En Italia, en abril de 2013 se renovaron los términos del convenio colectivo suscripto entre sindicatos y grupos de empleadores, a fin de ofrecer un salario mínimo más elevado para los trabajadores del hogar el cual se aplicará progresivamente a lo largo de tres años y subsana las falencias del convenio anterior. Entre las mejoras se pueden mencionar una licencia remunerada para los trabajadores del hogar migrantes para que puedan obtener oportunidades de formación y a los trabajadores del hogar que viven en la residencia de sus empleadores, se les otorgó el derecho a salir de la vivienda durante su tiempo libre [40] . Las trabajadoras del hogar continúan excluidas de las garantías contra el despido durante el primer año posterior a una licencia por maternidad. No obstante, el convenio colectivo duplicó el período de aviso que el empleador debe otorgar luego de una licencia por maternidad. En Italia, los convenios colectivos se negocian entre las tres principales confederaciones sindicales nacionales (Filcams-CGIL, Fisascat-CISL, Uiltucs-UIL) y dos asociaciones que representan a los empleadores (Fidaldo y Domina) ambas, vinculadas con asociaciones de personas con discapacidad [41] .
  • En mayo de 2012, el gobierno de la India amplió el programa de seguro de salud Rashtriya Swasthya Bima Yojana (RSBY) a los trabajadores del hogar, incluidos los gastos de hospitalización [42] . En 2013, la India también incluyó a los trabajadores del hogar en una nueva ley que prohíbe el acoso sexual en el lugar de trabajo. Esta norma crea mecanismos de denuncia y estipula la obligación de los empleadores de garantizar un entorno de trabajo seguro [43] .
  • En septiembre de 2013, Estados Unidos extendió las garantías de salario mínimo y horas extras a los cerca de 2 millones de trabajadores del hogar que, según se estima, brindan asistencia domiciliaria a ancianos y personas con discapacidad en ese país. Casi todos estos trabajadores son empleados por agencias de cuidados en el hogar y no directamente por las familias a las cuales prestan servicios [44] . Los trabajadores contratados en forma directa por los hogares que reciben los servicios y dedicados principalmente a tareas de acompañamiento continúan excluidos de estas garantías [45] .

En algunos países, las reformas han conseguido mejorar aspectos concretos de las protecciones legales reconocidas a los trabajadores del hogar, pero no han resuelto las exclusiones más generales impuestas a estos trabajadores concernientes a las garantías básicas contempladas en las leyes laborales nacionales.

  • En Tailandia, una reglamentación ministerial de octubre de 2012 reconoce a los trabajadores del hogar el derecho a gozar de al menos un día de descanso por semana, así como feriados, licencia por enfermedad remunerada y el pago de horas extras por el trabajo cumplido durante días festivos [46] . También sujeta el servicio doméstico a la edad mínima laboral fijada en el país, de 15 años. La reglamentación incluye garantías específicas para los trabajadores del hogar de entre 15 y 18 años, como períodos de descanso y la prohibición de trabajar en horario nocturno. No obstante, los trabajadores del hogar continúan excluidos de protecciones fundamentales que se conceden a otros trabajadores, como el límite a la jornada laboral, el pago de horas extras que no sea por trabajo cumplido durante feriados, el salario mínimo, la licencia por maternidad y los beneficios de seguridad social [47] .
  • En 2011, Singapur dispuso un máximo equivalente a dos meses de remuneración para las comisiones por contratación que podían deducirse del salario de un trabajador del hogar y, en 2012, reconoció a estos trabajadores un día de descanso semanal [48] . No obstante, el gobierno no prohibió en forma absoluta las deducciones salariales correspondientes a comisiones por contratación como establece el Convenio sobre los trabajadores del hogar, ni tampoco reguló otras condiciones laborales, como la jornada de trabajo, el pago de horas extras y la licencia por maternidad, cuyo reconocimiento dista de aproximarse a las garantías concedidas a otros trabajadores conforme a la Ley de Trabajo de Singapur.
  • En Bahréin, una reforma radical de la ley de trabajo efectuada en 2012 expandió algunas garantías existentes a los trabajadores del hogar, como las vacaciones anuales, e incorporó otras, como el acceso a mediaciones por controversias laborales. La reforma no abordó la exclusión de garantías básicas como el límite a la jornada de trabajo, los días de descanso semanales y el salario mínimo, así como la posibilidad de interrumpir el vínculo con los empleadores [49] .

Reformas pendientes

  • En mayo de 2013, el Presidente de Chile presentó al Congreso un proyecto legislativo que limita la jornada laboral de los trabajadores del hogar a 45 horas por semana y les otorga dos días adicionales de descanso por mes [50] A esta fecha, este proyecto de ley no ha sido todav ía aprobado por el Congreso.. Este proyecto ha sido aprobado por la Comisión de Trabajo y Previsión Social del Senado [51] .
  • En junio de 2012, el Consejo Federal Nacional de los Emiratos Árabes Unidos aprobó un proyecto de ley que otorga a los trabajadores del hogar un día de descanso semanal, vacaciones remuneradas, licencia anual y licencia por enfermedad [52] . El proyecto deberá ahora recibir aprobación presidencial para que entre en vigor.
  • En 2013, miembros del Consejo de Cooperación del Golfo (CCG) —Bahréin, Kuwait, Omán, Qatar, Arabia Saudita y los Emiratos Árabes Unidos— estaban trabajando en la formulación de un contrato regional para los trabajadores del hogar. La versión preliminar del contrato contempla mejoras respecto de las garantías reconocidas en algunos de esos países. No obstante, un contrato no es un sustituto adecuado para incluir a los trabajadores del hogar en leyes laborales que les concedan mecanismos de aplicación claros. Asimismo, el texto preliminar no cumple con los estándares reconocidos por el Convenio sobre los trabajadores del hogar, incluidos aquellos relativos a libertad de asociación, garantías contra la violencia y condiciones de contratación equivalentes a las de otros trabajadores [53] .

IV. Un movimiento de defensa de los trabajadores del hogar en constante expansión

No es fácil. No hemos recibido capacitación profesional, muchos de nosotros hemos trabajado en hogares particulares durante 15 ó 20 años, desde que éramos niños, y por ello hemos tenido pocas oportunidades educativas; a veces carecemos de habilidades de organización básicas. Sin embargo, estamos convencidos de que tenemos que recuperar nuestros derechos, y ha sido a través de nuestras actividades que hemos logramos crecer y hemos aprendido a organizarnos y a defender los derechos de nuestros miembros y amigos.
—Marcelina Bautista, secretaria general de la Confederación Latinoamericana y del Caribe de Trabajadoras del Hogar, noviembre de 2006 [54] .

El movimiento de los trabajadores del hogar atraviesa una etapa de crecimiento, cooperación e influencia sin precedentes. La campaña del Convenio sobre los trabajadores del hogar de la OIT dio un impulso a los movimientos nacionales que existían desde hacía tiempo y fortaleció numerosas coaliciones globales y regionales. Como resultado de este esfuerzo global, actualmente se están conformando nuevos grupos, redes y alianzas, y las organizaciones de trabajadores del hogar y los sindicatos suman nuevos miembros continuamente.

Organizar a los trabajadores del hogar

La participación de los trabajadores del hogar en organizaciones de base y sindicatos se ha incrementado drásticamente en numerosos países. Estas organizaciones, en forma independiente o en colaboración con otros grupos de incidencia y sindicatos, están aplicando estrategias creativas para sumar nuevos miembros entre una población que se encuentra desperdigada y aislada en domicilios particulares. Tales organizaciones y sindicatos se han unido para impulsar campañas de reforma jurídica y de ratificación del C189 a nivel nacional, además de brindar servicios a los trabajadores del hogar que sufren abusos y generar mayor conciencia entre el público sobre los derechos de estos trabajadores.

A su vez, los trabajadores del hogar continúan enfrentando una variedad de obstáculos que impiden que se organicen de forma eficiente. Esos mismos factores exponen a los trabajadores del hogar a la posibilidad de marginación y abuso e impiden también que se organicen. Los obstáculos que enfrentan incluyen, entre otras cosas, falencias en las garantías jurídicas, cierta falta de visibilidad de los trabajadores del hogar que los excluye de la atención pública, tiempo y movilidad limitados y desinformación con respecto a cuáles son sus derechos.

En algunos países, se prohíbe legalmente a los trabajadores del hogar conformar sus propios sindicatos o incorporarse a otros existentes, especialmente en el caso de los trabajadores del hogar migrantes. Por ejemplo, Bangladesh, Tailandia y Estados Unidos no reconocen a los trabajadores del hogar el derecho a formar sus propios sindicatos [55] . En Malasia y Singapur, los trabajadores del hogar migrantes pueden integrar sindicatos locales en carácter de miembros, pero no están autorizados a crear sus propias organizaciones [56] . Otros países, como Arabia Saudita y los Emiratos Árabes Unidos, prohíben la actividad sindical para todos los sectores de trabajo, incluido el servicio doméstico. El derecho de libertad de asociación es un derecho humano fundamental y uno de los principios básicos de la OIT, también consagrado en el Convenio sobre los trabajadores del hogar [57] .

Otros de los obstáculos que se interponen a la organización de los trabajadores del hogar son su situación de aislamiento en viviendas particulares, la falta de tiempo libre, el bajo nivel educativo y la indefinición de su condición inmigratoria. Un activista del sindicato nacional Hind Mazdoor Sabha (HMS) señaló que “los trabajadores del hogar en la India a menudo son tan pobres que esto limita su acceso a los sindicatos [ya que no pueden solventar las cuotas], programas de capacitación y la información sobre sus derechos” [58] . A pesar de estos escollos, se han multiplicado las iniciativas de organización de trabajadores del hogar. El Movimiento Nacional de Trabajadores del Hogar (National Domestic Workers’ Movement, NDWM) de la India ha conseguido transformar asociaciones de trabajadores del hogar de 11 estados en sindicatos, y vinculó estas organizaciones mediante una federación. En julio de 2013, la Plataforma Nacional para los Trabajadores del Hogar (National Platform for Domestic Workers) —liderada por la Asociación de Trabajadoras Independientes (Self Employed Women’s Association, SEWA) — coordinó una manifestación afuera del Parlamento que congregó a más de 3.000 trabajadores del hogar y presentó una petición con más de 100.000 firmas de trabajadores del hogar ante el Primer Ministro, el Ministro de Trabajo y el Parlamento [59] .

Las organizaciones de trabajadores del hogar emplean métodos creativos para ponerse en contacto con otros trabajadores de este sector, intentando dialogar con ellos en parques durante sus días de descanso o temprano en la mañana cuando salen a comprar pan, visitando escuelas nocturnas donde posiblemente estos asistan a clases y utilizando redes informales de información como comentarios  “de boca en boca”. Con el propósito de empoderar a sus miembros y desarrollar su propia capacidad, numerosas organizaciones de trabajadores del hogar celebran sesiones de capacitación y concienciación. Las organizaciones no gubernamentales (ONG) a menudo desempeñan un rol de asistencia, como centros de acogida o donde se brinda asistencia legal y otros servicios, o a través de acciones de incidencia o el apoyo a los trabajadores del hogar que intentan organizarse.

Los sindicatos han fomentado progresivamente las iniciativas destinadas a aumentar la afiliación de trabajadores del hogar. En Sudáfrica, se registró un incremento anual de aproximadamente 700 trabajadores del hogar incorporados al Sindicato Sudafricano de Trabajadores del Servicio Doméstico y Afines (South African Domestic Service and Allied Workers Union, SADSAWU) desde 2010. SADSAWU modificó su estrategia de sindicalización en 2012 para ampliar la presencia de trabajadores del hogar, instalando mostradores de reclutamiento en universidades y centros comerciales. A modo de colaboración, el Congreso de Sindicatos Sudafricanos (Congress of South African Trade Unions, COSATU) también organizó una campaña para reclutar a trabajadores del hogar.   

La colaboración entre sindicatos y organizaciones de trabajadores del hogar también ha sido particularmente intensa en América Latina. La Confederación Nacional de Unidad Sindical de la República Dominicana ayudó a que 2.000 trabajadores del hogar pudieran acceder a garantías de seguridad social y organizaran un sindicato. Varias confederaciones nacionales en América Latina apoyaron la creación de sindicatos de trabajadores del hogar en Paraguay, la República Dominicana, Guatemala, Brasil, Costa Rica y Colombia.

El contacto con los niños que trabajan en el servicio doméstico puede ser difícil, dado que suelen estar extremadamente aislados y tienen menos autonomía en el hogar de sus empleadores de la que podría tener un adulto. Las niñas —que a menudo provienen de zonas rurales pobres— a veces están lejos de su familia y redes sociales, o no se les permite salir de la vivienda de sus empleadores o utilizar el teléfono.

Los trabajadores del hogar migrantes representan otro grupo que enfrenta graves dificultades para organizarse debido, entre otros factores, a las leyes restrictivas sobre inmigración y las barreras del idioma. Algunas estrategias claves para movilizar a los trabajadores del hogar migrantes han sido: convocar a organizadores que dominan el idioma nativo de estos trabajadores, celebrar eventos en ferias culturales o religiosas, publicar materiales sobre derechos en idiomas relevantes e instalar mostradores de asistencia en aeropuertos y centros comerciales. En el Reino Unido, se ha creado la organización Justice 4 Domestic Workers (J4DW), integrada por trabajadores del hogar migrantes provenientes en su mayoría de Asia y África. Los miembros de J4DW aportan recursos económicos a un fondo común que se aplica para brindar alojamiento de emergencia, alimentos o vestimenta a otros trabajadores del hogar que lo necesitan [60] . Fue fundado por ocho trabajadores del hogar en marzo de 2009 y actualmente cuenta con cerca de 600 miembros activos.

Formar alianzas

Nunca imaginé que los trabajadores del hogar podían formar asociaciones y tener programas para otros compañeros que laboran en este sector. Antes de eso, ni siquiera sabía que yo también tengo derechos.
—Lilibeth Masamloc de Filipinas, quien fue empleada durante su niñez en el servicio doméstico y actualmente se desempeña como organizadora, junio 2011.

Algunas de las reformas legislativas y de aplicación más exitosas se consiguieron cuando diversas organizaciones de trabajadores del hogar, sindicatos, grupos de incidencia y otros aliados trabajaron a través de coaliciones.

Por ejemplo, en Italia, una alianza formada entre las organizaciones nacionales UIL, CISL y CGIL, y los sindicatos TuCS, FILCAMS y FISASCAT permitió conseguir importantes victorias para los trabajadores del hogar. Entre las tácticas aplicadas se incluye una campaña de lobby coordinada y estratégica dirigida a funcionarios gubernamentales. Algunos de los resultados son la ratificación del C189 y un nuevo convenio de negociación colectiva para los trabajadores del hogar.

Las principales organizaciones de trabajadores del hogar de Perú aunaron esfuerzos para poner en marcha una serie de acciones destinadas a ejercer presión para que el Presidente del país ratificara el C189 [61] . En marzo de 2013, un grupo de trabajadores del hogar organizó una marcha en las calles de Lima, que concluyó con un acto público. En respuesta, el gobierno invitó a cinco representantes a que hablaran en nombre de los trabajadores del hogar de Perú durante una sesión del congreso.

En Filipinas, una coalición multisectorial conocida como Grupo de Trabajo Técnico sobre Promoción del Trabajo Digno para los Trabajadores del hogar (Technical Working Group on the Promotion of Decent Work for Domestic Workers, TWG) obtuvo varios beneficios concretos para los trabajadores del hogar. Integrado por representantes de la OIT, organizaciones locales de trabajadores del hogar, sindicatos y ONG regionales asiáticas, el TWG impulsó la adopción del Convenio sobre los trabajadores del hogar, la posterior ratificación del C189 por Filipinas y la sanción de una ley nacional sobre el servicio doméstico, la Ley Kasambahay [62] . El TWG interactuó periódicamente con representantes del gobierno en el Departamento de Trabajo y Empleo. Sus miembros organizaron talleres educativos, cumbres nacionales y consultas tripartitas con los trabajadores y empleadores.

Movimientos mundiales y regionales de trabajadores del hogar

La Red Internacional de Trabajadores del hogar (International Domestic Workers’ Network, IDWN) es una red mundial integrada por organizaciones de trabajadores del hogar y sindicatos con 42 organizaciones asociadas de 35 países, que representan a 210.000 miembros. Presentada formalmente en 2009, la IDWN ayuda a trabajadores del hogar de todo el mundo a organizarse y defender condiciones de trabajo dignas y mayores garantías laborales. La IDWN, junto con la Unión Internacional de Trabajadores de la Alimentación (UITA) y la Confederación Sindical Internacional (CSI), fue un actor clave que influyó para que la OIT incorporara a su agenda el Convenio sobre los trabajadores del hogar. El congreso fundacional de la IDWN se celebró en octubre de 2013 en Montevideo, Uruguay.

La CSI congrega a 315 federaciones sindicales nacionales y representa a 175 millones de trabajadores en 156 países. La CSI encabezó la campaña “12 para 12” en colaboración con otros sindicatos y organizaciones de la sociedad civil que apuntaba a conseguir 12 ratificaciones del C189 antes de fines de 2012 [63] . La secretaria general de la CSI, Sharan Burrow, también ha dado prioridad a los derechos de los trabajadores del hogar como un tema clave para el trabajo sindicalizado a nivel mundial. La campaña actual se extenderá hasta fines de 2014 y si bien su objetivo se habrá alcanzado luego de 2012, las acciones de incidencia relacionadas han conseguido dar impulso a reformas en materia de derecho del trabajo y han favorecido nuevas alianzas entre trabajadores del hogar y sindicatos en más de 90 países.

También se han conformado redes regionales desde la adopción del C189. En junio de 2013, fue presentada en Sudáfrica la Red de Trabajadores del hogar de África (Africa Domestic Workers’ Network, AfDWN), dos años después de la adopción del Convenio sobre los trabajadores del hogar. Participaron en el evento de lanzamiento activistas de organizaciones del servicio doméstico de 17 países [64] . Varias organizaciones de trabajadores del hogar del Caribe también presentaron su propia red regional en noviembre de 2011.

Estrategias para generar conciencia y apoyo público

El trabajo que realizan los empleados del hogar posibilita que otras labores puedan llevarse a cabo.
—Eslogan de un volante para promover la adopción de una ley estatal para los trabajadores del hogar, California Domestic Workers Coalition [65] .

Cambiar las actitudes sociales frente al servicio doméstico enfatizando que este sector aún no recibe el reconocimiento que merece es otra de las estrategias claves para hacer cumplir los derechos de los trabajadores del hogar. Por ejemplo, defensores de Filipinas fomentaron la adopción del término kasambahay (acompañante doméstico) para reemplazar otros términos empleados habitualmente que tienen una connotación peyorativa, como muchacha, katulong (ayuda) o inday (que significa provinciano, y sugiere que el trabajador es analfabeto) [66] . Algunas organizaciones de Medio Oriente y Asia han organizado actividades para que los hijos de quienes emplean a trabajadores del hogar participen en concursos de ensayos y muestras de arte destinados a abordar su actitud frente a estos trabajadores.

Es común que defensores de derechos de los trabajadores del hogar organicen actos, protestas, conferencias de prensa, proyecciones de películas, capacitaciones y otros eventos destinados a generar conciencia pública en fechas próximas a festividades nacionales, cuando hay mayores probabilidades de obtener cobertura mediática. Por ejemplo, los trabajadores del hogar y sus aliados en el Líbano han comenzado a organizar un desfile anual del Día del Trabajador, mediante el cual se festeja la comida y la cultura de los trabajadores del hogar migrantes. El 12 de diciembre de 2012, diversos activistas de “12 para 12” coordinaron eventos de esta naturaleza en más de 50 países.

En otros ejemplos, organizaciones de trabajadores del hogar y sindicatos aprovecharon eventos públicos y la repercusión en los medios para transmitir su mensaje a quienes definen políticas públicas. En marzo de 2012, un grupo de 22 líderes del Sindicato Sudafricano de Trabajadores del Servicio Doméstico y Afines (South African Domestic Service and Allied Workers Union, SADSAWU) acamparon toda una noche fuera del parlamento para exigir que Sudáfrica ratificara el C189, hicieron una vigilia con velas y presentaron públicamente a la Presidencia una carta con diversas pretensiones. Este evento individual atrajo una fuerte atención de los medios y permitió que se mantuviera una reunión trascendental con el Ministro de Trabajo, que a su vez ayudó a allanar el camino para que el Ejecutivo aprobara la ratificación más tarde ese año.

Conseguir la intervención de los medios es un recurso frecuente en las campañas impulsadas por organizaciones de distintas regiones. Las asociaciones de trabajadores del hogar, ONG y sindicatos mantienen contacto con programas de radio y televisión, organizan campañas a través de plataformas de medios sociales como Facebook y Twitter, y trabajan con productores para crear documentales. Los derechos de los trabajadores empleados en viviendas particulares es un tema que, si bien antes era en cierta medida “invisible”, ahora se cuela en el debate público de numerosos países, incluso a través de cartas a periódicos, publicaciones en blogs y comentarios editoriales.

V. Pasos a futuro

Que la protección de los trabajadores del hogar finalmente sea una realidad representa un logro importantísimo. Hemos trabajado para ello durante mucho tiempo... El Convenio sobre trabajadores del hogar está en marcha, pero esto no termina aquí. Necesitamos continuar avanzando y redoblar nuestros esfuerzos para reivindicar mayores garantías y derechos para los trabajadores del hogar.
—Hellen Rivas Martínez, Secretaria de Género, Confederación de Trabajadoras Rerum Novarum (CTRN), Costa Rica, 30 de septiembre de 2013.

La formulación del Convenio sobre los trabajadores del hogar de la OIT no sólo estableció estándares globales para abordar las falencias de las leyes y prácticas vigentes, sino que además contribuyó a catalizar el alcance cada vez más amplio del movimiento internacional de trabajadores del hogar y fomentó una colaboración más estrecha entre las organizaciones de trabajadores del hogar y los sindicatos. Los nuevos estándares han influido tanto en la oportunidad como en el contenido de las reformas adoptadas en el ámbito de los países.

La ratificación generalizada del Convenio es una estrategia fundamental para iniciar debates en los países sobre el valor del servicio doméstico, reforzar las garantías nacionales y poner fin a generaciones de marginación, discriminación y explotación de trabajadores del hogar. Proteger el derecho de los trabajadores del hogar de asociarse libremente y participar en negociaciones colectivas permite que puedan promover y exigir un amplio espectro de derechos.

Los gobiernos, la Organización Internacional del Trabajo, los empleadores, los trabajadores y los defensores de la sociedad civil deberían intercambiar modelos y experiencias de protección efectivas para los derechos de los trabajadores del hogar. Crear nuevos estándares y extender a los trabajadores del hogar las garantías laborales reconocidas a nivel nacional ha representado un primer paso fundamental; sin embargo, otro paso más trascendental y complejo será hacer valer estos derechos y asegurar que los cambios se traduzcan en mejoras concretas para la vida de los trabajadores del hogar.

Lista de referencias

Página de la campaña “12 para 12” en el sitio web de la Confederación Sindical Internacional (CSI)http://www.ituc-csi.org/domestic-workers-12-by-12

Red Internacional de Trabajadores del hogar (International Domestic Workers Network, IDWN) http://www.idwn.info/

Portal web sobre trabajadores del hogar de Human Rights Watch http://www.hrw.org/topic/womens-rights/domestic-workers

Principales recursos de la OIT  sobre trabajadores del hogarhttp://www.ilo.org/global/topics/domestic-workers/lang--en/index.htm

Texto del Convenio sobre los trabajadores del hogar de la OIT de 2011 (N.° 189) y la Recomendación sobre las trabajadoras y los trabajadores del hogar de la OIT de 2011 (N.° 201) http://labordoc.ilo.org/record/441256?ln=en

Agradecimientos

Este informe ha sido producido conjuntamente por la Red Internacional de Trabajadores del Hogar (International Domestic Workers’ Network, IDWN), la Confederación Sindical Internacional (CSI) y Human Rights Watch (HRW). A través de cuestionarios y entrevistas, han contribuido a este informe trabajadores del hogar y representantes de organizaciones de la sociedad civil de 20 países de Asia, África, América Latina, Europa y Medio Oriente. Algunas de las organizaciones de la sociedad civil y los sindicatos que colaboraron con este informe son: Migrant Forum Asia; Justice 4 Domestic Workers; Deutscher Gewerkschaftsbund Bundesvorstand; German Food and Allied Workers Union; South African Domestic Service and Allied Workers Union; Kenyan Union of Domestic, Hotel, Educational Institutions, Hospitals, and Allied Workers; Autonomous Confederation of Workers’ Unions; National Domestic Workers Alliance; SYNTRAD Guinea; Conservation, Hotels, Domestic, Social Services, and Consultancy Workers’ Union; Federation of Free Workers – Philippines; HMS Maharashtra State Council; ACV Voeding & Diensten.

Han participado en calidad de autores Nisha Varia, investigadora principal de la división de derechos de la mujer de Human Rights Watch, y Matthew Rullo, asistente de investigación de esa misma división. El informe fue revisado por Marieke Koning, responsable de igualdad de la Confederación Sindical Internacional, y Elizabeth Tang, coordinadora internacional de la Red Internacional de Trabajadores del Hogar.

Entre los revisores de HRW se incluyen: Janet Walsh, subdirectora de la división de derechos de la mujer; Jo Becker, directora de incidencia de la división de derechos del niño; Benjamin Ward, asesor legal principal interino; y Tom Porteous, subdirector de programas.

José Luis Hernández, asociado de derechos de LGBT, y Lea Scarpel, asociada de incidencia, han colaborado con la investigación.

Este informe fue traducido al español por Gabriela Haymes, y editado para su precisión por Claudia Núñez, editora del sitio web en español de Human Rights Watch.

La producción del informe estuvo a cargo de Grace Choi, directora de publicaciones, Fitzroy Hepkins, gerente administrativo, y José Martínez, coordinador principal.


[1] Organización Internacional del Trabajo (OIT), Trabajadores domésticos en el mundo: Estadísticas mundiales y regionales y la extensión de la protección legal (Ginebra: OIT, 2013), http://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/---dgreports/---dcomm/---publ/documents/publication/wcms_173363.pdf (consultado el 25 de septiembre de 2013), pág. 50.

[2] Convenio de la OIT N.° 189 sobre el Trabajo Decente para las Trabajadoras y los Trabajadores Domésticos (Convenio sobre los trabajadores del hogar), adoptado el 16 de junio de 2011, en vigor desde el 5 de septiembre de 2013, http://www.ilo.org/dyn/normlex/en/f?p=NORMLEXPUB:12100:0::NO::P12100_ILO_CODE:C189 (consultado el 4 de octubre de 2013), art 3(3); R201 - Recomendación sobre las trabajadoras y los trabajadores del hogar, 2011 (N.° 201), http://www.ilo.org/dyn/normlex/en/f?p=NORMLEXPUB:12100:0::NO:12100:P12100_INSTRUMENT_ID:2551502:NO (consultado el 4 de octubre de 2013). Las Recomendaciones de la OIT ofrecen lineamientos adicionales a los estados pero no tienen carácter vinculante.

[3] Entrevista de Human Rights Watch con Chey Srey Lina, una joven empleada en el servicio doméstico en la provincia de Pursat en Camboya, 1 de mayo de 2011.

[4] OIT, Trabajadores domésticos en el mundo, pág. 19.

[5] OIT, Medir los progresos en la lucha contra el trabajo infantil: Estimaciones y tendencias mundiales entre 2000 y 2012 (Ginebra: OIT, 2013), http://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/---ed_norm/---ipec/documents/publication/wcms_221513.pdf (consultado el 25 de septiembre de 2013), pág. 7.

[6] OIT, Trabajadores domésticos en el mundo, pág. 19.

[7] Ibíd., págs. 19-21.

[8] Ibíd.

[9] Ibíd., págs. 24-38.

[10] Ibíd., pág. 58.

[11] Departamento Central de Estadísticas (Central Bureau of Statistics), “Report on the Nepal Labour Force Survey 2008” (Katmandú: Gobierno de Nepal, 2009), http://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/@asia/@robangkok/@ilokathmandu/documents/publication/wcms_118294.pdf (consultado el 19 de agosto de 2013), pág. 82.

[12] Human Rights Watch, Asia and the Middle East—Slow Reform: Protection of Migrant Domestic Workers in Asia and the Middle East (Nueva York: Human Rights Watch, 2010), págs. 20-21.

[13] Consejo de Derechos Humanos de la ONU, “Informe de la Relatora Especial sobre las formas contemporáneas de la esclavitud, incluidas sus causas y consecuencias, Gulnara Shahinian: manifestaciones y causas de la servidumbre doméstica”, A/HRC/15/20, 18 de junio de 2010, http://www.ohchr.org/Documents/Issues/Slavery/SR/A.HRC.15.20_en.pdf (consultado el 24 de septiembre de 2013).

[14] OIT, Erradicar el trabajo infantil en el trabajo doméstico (Ginebra: OIT, 2013), pág. 20.

[15] OIT, Medir los progresos en la lucha contra el trabajo infantil, pág. 8.

[16] Human Rights Watch, Indonesia—Always on Call: Abuse and Exploitation of Child Domestic Workers in Indonesia (Nueva York: Human Rights Watch, 2005), pág. 26; las niñas entrevistadas por Human Rights Watch ganaban entre Rp. 196 y 286 (US$ 0,02-0,05) por hora, mientras que a los trabajadores del sector formal les correspondían entre Rp. 2,076 y 3,876 (US$ 0,23-0,43) por hora, según las leyes sobre remuneración mínima de la ciudad donde trabajan.

[17] Human Rights Watch, Kuwait—Walls at Every Turn: Abuse of Migrant Domestic Workers through Kuwait’s Sponsorship System (Nueva York: Human Rights Watch, 2010), pág. 72.

[18] OIT, “Ratificación del C189 - Convenio sobre las trabajadoras y los trabajadores del hogar, 2011 (núm. 189)” http://www.ilo.org/dyn/normlex/en/f?p=1000:11300:0::NO::P11300_INSTRUMENT_ID:2551460 (consultado el 24 de septiembre de 2013).

[19] “Camino a la Ratificación del C. 189: Trabajo Decente para las Trabajadoras del Hogar”, http://ratificacion-convenio-189.blogspot.be/; http://www.csa-csi.org/index.php?option=com_content&task=view&id=7000&Itemid=236&lang=es (consultado el 24 de septiembre de 2013).

[20] “DECISIÓN DEL CONSEJO por la que se autoriza a los Estados miembros a ratificar, en interés de la Unión Europea, el Convenio sobre trabajo digno para los trabajadores del hogar, de 2011, de la Organización Internacional del Trabajo (Convenio nº 189)”, 11462/13, 12 de julio de 2013 http://register.consilium.europa.eu/pdf/en/13/st11/st11462.en13.pdf (consultado el 27 de septiembre de 2013).

[21] OIT, Trabajadores domésticos en el mundo, pág. 28.

[22] Barbados, Brasil, Ecuador, Finlandia, Ghana, Indonesia, Luxemburgo, Marruecos, Perú, Polonia, Tonga, Túnez y Filipinas (que posteriormente lo ratificaron).

[23] Migueline Colque, citada en Celia Mather, Respect and Rights: Protection for Domestic/Household Workers!, (Tilberg y Ginebra: IRENE e IUF, 2008), pág. 43.

[24] OIT, Effective Protection for Domestic Workers: A Guide to Designing Labor Laws (Ginebra: OIT 2012); OIT, “Domestic Workers”, portal de recursos de la OIT sobre trabajo doméstico, http://www.ilo.org/global/topics/domestic-workers/lang--en/index.htm (consultado el 25 de septiembre de 2013).

[25] Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares, Ley 26.844, 2013, http://www.trabajo.gov.ar/downloads/domestico/ley_26844.pdf (consultado el 19 de septiembre de 2013).

[26] Ibíd., art. 15.

[27] Ibíd., capítulo II.

[28] Constituição da República Federativa do Brasil, Emenda Constitucional, nº 72 de 2 de abril de 2013, http://presrepublica.jusbrasil.com.br/legislacao/1034514/emenda-constitucional-72-13 (consultado el 19 de septiembre de 2013); “Victory for Domestic Workers in Brazil”, Equal Times, 3 de abril de 2013, http://www.equaltimes.org/news/victory-for-domestic-workers-in-brazil (consultado el 7 de julio de 2013).

[29] Agência Brasil, “Acordo coletivo das domésticas garante piso de R$ 755 em São Paulo”, 30 de julio de 2013, http://www.ebc.com.br/noticias/economia/2013/07/acordo-coletivo-das-domesticas-garante-piso-de-r-755-em-sao-paulo (consultado el 24 de septiembre de 2013).

[30] Robai Musinzi v Safdar Mohamed Khan , Industrial Court of Kenya (Proceso 267 de 2012), http://kenyalaw.org/CaseSearch/view_preview1.php?link=51709915992798955414786 (consultado el 19 de septiembre de 2013); Solidarity Center, “Kenya: Court Rules Employment Law Covers Domestic Workers”, 6 de mayo de 2013, http://www.solidaritycenter.org/content.asp?contentid=1646 (consultado el 24 de septiembre de 2013).

[31] George Omondi, “Families risk fine over househelp dues”, Business Daily, 2 de mayo de 2013, http://www.businessdailyafrica.com/Families-risk-fine-over-househelp-dues/-/539546/1839902/-/7q134b/-/index.html (consultado el 25 de septiembre de 2013).

[32] Act Instituting Policies for the Protection and Welfare of Domestic Workers, Republic Act No.10361, 2013, http://www.gov.ph/2013/01/18/republic-act-no-10361/ (consultado el 19 de septiembre de 2013); OIT, “Development in Law and Practice: Philippines enact new law protecting domestic workers”, http://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/---ed_protect/---protrav/---travail/documents/publication/wcms_211052.pdf (consultado el 15 de julio de 2013).

[33] Ibíd., secciones 13 y 36.

[34] Boletín Oficial del Estado, Real Decreto 1620/2011, de 14 de noviembre, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar, http://www.boe.es/boe/dias/2011/11/17/pdfs/BOE-A-2011-17975.pdf (consultado el 19 de septiembre de 2013), arts 8.1, 9.1, y 9.7; OIT, “Spain approves new regulations for domestic employees”, http://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/---ed_protect/---protrav/---travail/documents/publication/wcms_173686.pdf (consultado el 24 de septiembre de 2013).

[35] Ibíd.

[36] Decreto núm. 8938 mediante el cual se dicta el Decreto con rango, valor y fuerza de Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras. Gaceta Oficial (Separata), 2012-05-07, núm. 6076, http://www.ilo.org/dyn/natlex/docs/ELECTRONIC/90040/103880/F-290965674/VEN90040.pdf (consultado el 24 de septiembre de 2013), arts. 207-208.

[37] Ibíd., art. 208.

[38] Statutory Instrument No. 3 of 2011, (7 de enero de 2011) under the Zambia Minimum Wages and Conditions of Employment (Domestic Workers) Order, 2011, http://www.ilo.org/dyn/travail/docs/2276/ (consultado el 24 de septiembre de 2013).

[39]Government Notice No. 196 (28 de junio de 2013), Supplement No. 24, Labour Institutions Wage Order 2013, http://www.ate.or.tz/docs/ATE%20Circular%20No.%201-%20MINIMUM%20WAGE%20ORDER%20-%20June%202013.pdf (consultado el 24 de septiembre de 2013).

[40] “Verbale di accordo per ilrinnovo del contratto collettivo nazionale di lavoro nel settore domestic”, 9 de abril de 2013, http://www.stranieriinitalia.it/images/testoaccordo10apr2013.pdf ILO (consultado el 24 de septiembre de 2013); “Domestic workers negotiate new collective agreements in Uruguay and Italy”, 2 de mayo de 2013, http://www.ilo.org/travail/areasofwork/domestic-workers/WCMS_212212/lang--en/index.htm (consultado el 24 de septiembre de 2013).

[41] ACTRAV/ITC-ILO, Federación Europea de Sindicatos de Alimentación, Agricultura y Turismo (European Federation of Food, Agriculture and Tourism Trade Unions, EFFAT) y Confederación Europea de Sindicatos (European Trade Union Confederation, ETUC), “Decent Work for Domestic Workers: The state of labour rights, social protection and trade union initiatives in Europe”, (Ginerbra: ACTRAV, EFFAT y ETUC, 2012) http://www.etuc.org/IMG/pdf/Decent_Work_for_Domestic_Workers_FINAL.pdf (consultado el 25 de septiembre de 2013), págs. 12-13.

[42] Rashtriya Swasthya Bima Yojana (RSBY), “Guidelines for Extension of RSBY to Domestic Workers”, http://rsby.gov.in/docs/RSBY%20Guidelines%20for%20Domestic%20Workers%2026.6.11.pdf (consultado el 19 de septiembre de 2013).

[43] Sexual Harassment of Women at Workplace (Prevention, Prohibition and Redressal) Act 2013 (No. 14 of 2013), http://wcd.nic.in/wcdact/womenactsex.pdf (consultado el 19 de septiembre de 2013).

[44] Final Rule, “Application of the Fair Labor Standards Act to Domestic Service”, 2013, http://www.dol.gov/whd/homecare/final_rule.pdf (consultado el 24 de septiembre de 2013) y Departamento de Trabajo de Estados Unidos (US Department of Labor), División de Salarios y Jornada Laboral (Wage and Hour Division), “Information on the Final Rule: Application of the Fair Labor Standards Act to Domestic Service”, http://www.dol.gov/whd/homecare/finalrule.htm (consultado el 25 de septiembre de 2013).

[45] Departamento de Trabajo de Estados Unidos (US Department of Labor), División de Salarios y Jornada Laboral (Wage and Hour Division), “Minimum wage, overtime protections extended to direct care workers by US Labor Department”, 17 de septiembre de 2013 http://www.dol.gov/whd/media/press/whdpressVB3.asp?pressdoc=national/20130917.xml (consultado el 25 de septiembre de 2013).

[46] Ministerial Regulation No. 14 (B.E. 2555) under the Labour Protection Act B.E. 2541 (1998), 2012, http://www.ilo.org/dyn/natlex/docs/ELECTRONIC/93543/109394/F-2091615568/THA93543%20Eng.pdf y OIT, “Thailand: New Ministerial Regulation Offers Better Protection of Domestic Worker’s Rights”, http://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/---ed_protect/---protrav/---travail/documents/publication/wcms_208703.pdf (consultado el 19 de septiembre de 2013).

[47] Ibíd.

[48] Ministerio de Trabajo (Ministry of Manpower, MOM), “Changes to the Employment Agency Regulatory Framework”, 9 de febrero de 2011 http://www.mom.gov.sg/Documents/foreign-manpower/Employment%20Agencies/Guide%20for%20employment%20agencies%20on%20new%20regulatory%20framework.pdf y MOM, “Weekly Rest Days for Foreign Domestic Workers”, 5 de marzo de 2012 http://www.mom.gov.sg/newsroom/Pages/PressReleasesDetail.aspx?listid=411%20 (consultado el 6 de marzo de 2012).

[49] Ley Laboral de Bahréin para el Sector Privado (Bahrain Labor Law for the Private Sector), No. 36 de 2012 http://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/---ed_protect/---protrav/---ilo_aids/documents/legaldocument/wcms_190715.pdf (consultado el 24 de septiembre de 2013), art. 2. En la nueva ley, 46 de los 197 artículos se aplican a los trabajadores del hogar.

[50] Ministerio del Trabajo y Previsión Social, “Ministra Matthei informa sobre proyecto de ley que mejora condiciones laborales de trabajadores de casa particular”, 15 de mayo de 2013, http://www.mintrab.gob.cl/?p=8080 (consultado el 24 de septiembre de 2013).

[51] República de Chile Senado, “Mejorarán condiciones para trabajadoras de casa particular”, Boletín Nº 8292-13, 10 de julio de 2013, http://www.senado.cl/mejoraran-condiciones-para-trabajadoras-de-casa-particular/prontus_senado/2013-07-10/155543.html (consultado el 1 de octubre de 2013).

[52] “New law to make life better for housemaids”, 7 Days Abu Dhabi, 13 de junio de 2012 http://www.7daysinabudhabi.com/New-law-make-life-better-housemaids/story-16347273-detail/story.html (consultado el 15 de junio de 2012).

[53] Consejo de Cooperación del Golfo, “Contrato modelo para trabajadores del hogar y afines” (Model Contract for Domestic Workers and the Like), versión preliminar, en los registros de Human Rights Watch.

[54] Entrevista citada en Mather, Celia, “Respect and Rights - Protection for Domestic/Household Workers”, Ámsterdam, noviembre de 2006, http://ifwea-org bin.directo.fi/@Bin/ab0c3c0925d1f28d7199f1f6f99f212b/1375994387/application/pdf/148866/2006RespectAndRightsDmstcWrkrs.pdf (consultado el 8 de agosto de 2013), pág. 8.

[55] Ley de Trabajo de Bangladesh (Bangladesh Labour Act), 2006, http://www.vivhaan.com/wp-content/uploads/2012/01/Bangladesh_Labor_Law.pdf (consultado el 24 de septiembre de 2013); Ley de Protección del Trabajo de Tailandia de 1998 (Thailand Labour Protection Act of 1998), http://www.ilo.org/dyn/natlex/docs/WEBTEXT/49727/65119/E98THA01.htm (consultado el 24 de septiembre de 2013), OIT, “Domestic workers in Thailand: their situation, challenges and the way forward”, enero de 2010, http://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/---asia/---ro-bangkok/documents/publication/wcms_120274.pdf (consultado el 24 de septiembre de 2013); Ley Nacional de Relaciones Laborales de Estados Unidos (United States National Labor Relations Act), 1935, http://www.nlrb.gov/resources/national-labor-relations-act-nlra (consultado el 24 de septiembre de 2013).

[56] Ley de Empleo de Malasia (Malaysia Employment Act) de 1955, http://www.ilo.org/dyn/natlex/docs/WEBTEXT/48055/66265/E55mys01.htm (consultado el 24 de septiembre de 2013), Ley de Empleo de Singapur (capítulo 91) Texto Original: Ley 17 de 1968, Edición revisada de 2009 (Singapore Employment Act (chapter 91) Original Enactment: Act 17 of 1968, Revised Edition 2009), http://statutes.agc.gov.sg/aol/search/display/view.w3p;page=0;query=DocId%3A571f13ea-3a91-47ef-a07b-f45d12fc2101%20Depth%3A0%20ValidTime%3A16%2F05%2F2013%20TransactionTime%3A16%2F05%2F2013%20Status%3Ainforce;rec=0 (consultado el 24 de septiembre de 2013).

[57] Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), adoptado el 16 de diciembre de 1966, Res. de la Asamblea General 2200A (XXI), 21 U.N. GAOR Supp. (N.° 16) en 52, Doc. de la ONU. A/6316 (1966), 999 U.N.T.S. 171, en vigor desde el 23 de marzo de 1976, art 22; Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC), adoptado el 16 de diciembre de 1966, Res. de la Asamblea General 2200A (XXI), 21 U.N. GAOR Supp. (N.° 16) en 49, Doc. de la ONU. A/6316 (1966), 993 U.N.T.S. 3, en vigor desde el 3 de enero de 1976, art. 8; Convenio de la OIT  N.° 189 sobre el Trabajo Decente para las Trabajadoras y los Trabajadores Domésticos (Convenio sobre los trabajadores del hogar), adoptado el 16 de junio de 2011, en vigor desde el 5 de septiembre de 2013, art 3(3).

[58] Correspondencia de la Red Internacional de Trabajadores del Hogar (International Domestic Workers’ Network, IDWN), la Confederación Sindical Internacional (CSI) y Human Rights Watch (HRW) con Suryakant Bagal, secretario general de HMS-Maharashtra Council, 13 de junio de 2013.

[59] “National Event of Domestic Workers in India”, Boletín No. 52 de SEWA de agosto de 2013, http://www.sewa.org/enewsletter/Current-E-News-Letter.asp (consultado el 4 de octubre de 2013).

[60] “Justice for Domestic Workers: The Self Help Group for Migrant Domestic Workers”, modificado por última vez el 8 de abril de 2013, http://www.j4dw.org/ (consultado el 5 de agosto de 2013).

[61] Los socios de la Campaña “12 para 12” incluyen a la Red Internacional de Trabajadores del Hogar  (International Domestic Workers’ Network, IDWN), la Unión Internacional de Trabajadores de la Alimentación, Agrícolas, Hoteles, Restaurantes, Tabaco y Afines (UITA), la Internacional de Servicios Públicos (Public Services International, PSI), la Confederación Europea de Sindicatos (European Trade Union Confederation, ETUC), Human Right Watch (HRW), Solidar, Amnistía Internacional, Migrant Forum Asia, World Solidarity, Anti-Slavery International, Caritas, FOS y Global March against Child Labour. http://www.ituc-csi.org/domestic-workers-12-by-12 (consultado el 25 de septiembre de 2013).

[62] El término Kasambahay tiene el sentido de “acompañante doméstico”.

[63] Los socios de la campaña “12 para 12” incluyen a la Red Internacional de Trabajadores del Hogar (International Domestic Workers’ Network, IDWN), la Unión Internacional de Trabajadores de la Alimentación, Agrícolas, Hoteles, Restaurantes, Tabaco y Afines (UITA), la Internacional de Servicios Públicos (Public Services International, PSI), la Confederación Europea de Sindicatos (European Trade Union Confederation, ETUC), Human Right Watch (HRW), Solidar, Migrant Forum Asia, World Solidarity, Caritas y Global March against Child Labour.

[64] IWDN, Story Report on the Launch of the African Domestic Workers Network, 16 de junio de 2013, http://www.idwn.info/news/story-report-launch-africa-domestic-workers-network (consultado el 18 de agosto de 2013).

[65] California Domestic Workers Coalition, volante “Domestic workers do the work that makes other work possible”, http://www.domesticworkers.org/sites/default/files/AB241Flier.pdf

[66] Entrevista de Human Rights Watch con Cecilia Flores-Oebanda, presidenta, Visayan Forum, 11 de junio de 2010.