IIª CERTIFICACION DE DERECHOS HUMANOS

(New York: Human Rights Watch, 2001)

CONDICIÓN (A)(iii): Cumplimiento de las Condiciones por parte de las Fuerzas Armadas

Esta condición exige que:

    (A)(iii) las Fuerzas Armadas colombianas y su Comandante en Jefe cumplan plenamente (A)(i) y (ii);

Esta condición no se ha cumplido.

Criterios:

A. El gobierno de Estados Unidos debe obtener del gobierno colombiano una lista de todos los casos desde agosto de 1997 en los que los jueces militares han desafiado a la jurisdicción en casos investigados por la Fiscalía General y relativos a graves violaciones de derechos humanos, o a ayuda o instigación a actividades paramilitares, incluyendo los cargos, la graduación de los individuos acusados, y la sentencia del Consejo Superior de la Judicatura. La Embajada de Estados Unidos deberá actualizar esta lista cada tres meses y distribuirla a los comités del congreso que corresponda, así como a los grupos defensores de los derechos humanos incluidos en el proceso de consulta exigido para la certificación.

B. El gobierno de Estados Unidos debe obtener una lista del personal militar conducido ante la justicia en los tribunales civiles de Colombia desde agosto de 1997, incluyendo los nombres y la graduación de dicho personal, detalles de los cargos presentados, y la decisión de los casos. La Embajada de Estados Unidos deberá actualizar esta lista cada tres meses y distribuirla a los comités del congreso que corresponda, así como a los grupos defensores de los derechos humanos incluidos en el proceso de consulta exigido para la certificación.

C. El ejército colombiano deberá transferir los casos relativos a los oficiales que se nombran a continuación a las autoridades civiles adecuadas para su investigación y enjuiciamiento:

  1. General (ret.) Fernando Millán, ex Comandante, Quinta Brigada: El Fiscal General abrió una investigación al General Millán basándose en indicios que indicaban que había organizado Las Colonias CONVIVIR en Lebrija, Santander, mientras estaba al mando de la Quinta Brigada. De acuerdo con el testimonio de antiguos miembros, Las Colonias CONVIVIR operaron durante todo el año 1997 sin autorización pero con el apoyo del ejército. Según residentes y familiares de las víctimas, el grupo perpetró al menos quince asesinatos selectivos con anterioridad a que el director, "Comandante Cañón", un oficial del ejército retirado, y un empleado que había contratado fueran detenidos y procesados en aplicación del Decreto 1194, que prohibe la formación de grupos paramilitares. Entre los casos actualmente bajo investigación en la Fiscalía General está el asesinato de dos protestantes, los hermanos Oscar y Armando Beltrán Correa, capturados por Las Colonias CONVIVIR cuando se dirigían al trabajo el 29 de julio de 1997 y asesinados en la carretera que une Lebrija y la aldea La Puente. Según parece, CONVIVIR los acusaba de pasar información a la guerrilla. El 4 de septiembre de 1997, Leonardo y José Manuel Cadena, padre e hijo, fueron sacados a la fuerza de su casa por miembros de CONVIVIR y asesinados, aparentemente acusados por CONVIVIR de llevar comida a las guerrillas, de acuerdo con el testimonio prestado por miembros de su familia ante la Fiscalía General. Según un antiguo miembro de CONVIVIR que también era informante del ejército, durante los meses en que funcionó, Las Colonias CONVIVIR tomó parte con frecuencia en operaciones con unidades del ejército, estableciendo controles de carreteras y arrestando a sospechosos de participar en actividades guerrilleras y delictivas. Cuando la Fiscalía General investigó el caso, el alto mando del ejército impidió a los fiscales tomar declaración a Millán y después alegó incompetencia de jurisdicción basándose en que al estar Millán en servicio activo y cumpliendo sus obligaciones en el momento de los hechos, la competencia en su caso correspondía a los tribunales militares. En cumplimiento de una sentencia de la CSJ, el caso el caso fue trasladado a la jurisdicción militar en octubre de 1998. El fiscal asignado a la investigación de la masacre de 11 personas en mayo de 1998 en Barrancabermeja huyó del país tras ser amenazado por el General Millán, entonces al mando de la Quinta Brigada. Nueve miembros del ejército y la policía fueron disciplinados en conexión con esta masacre, pero no se ha producido ningún procesamiento ante la jurisdicción civil. El General Millán no ha sido llevado tampoco ante la jurisdicción civil.
  2. General (ret.) Jaime Uscátegui, Séptima Brigada: Docenas de civiles fueron asesinados por los paramilitares y cientos se vieron obligados a huir para salvar sus vidas en Mapiripán, Meta, en julio de 1997. Durante cinco días, los paramilitares actuando con el apoyo de residentes detenidos por el ejército y gente llegada en barco, les llevaron al matadero local, les ataron, torturaron y ejecutaron a degüello. Las unidades del ejército y la policía ignoraron las llamadas telefónicas de un juez civil de la zona pidiendo ayuda para poner fin a la matanza. Al menos dos de los cuerpos, los de Sinaí Blanco, barquero, y Ronald Valencia, encargado de la pista de despegue, estaban decapitados. El juez Leonardo Iván Cortés informó haber oído los gritos de la gente que había sido llevada al matadero para ser interrogado, torturada y ejecutada. En una de las cartas que envió a varias autoridades regionales durante la masacre, escribía: "cada noche matan grupos de cinco o seis personas indefensas. Quienes son cruel y monstruosamente masacradas después de ser torturadas. Se oyen los gritos de esta gente humilde, suplicando clemencia y pidiendo ayuda". Cientos de personas huyeron de la región, incluyendo el juez Cortés, que se vio obligado a dejar Colombia con su familia a consecuencia de las amenazas contra su vida. Las investigaciones posteriores revelaron que tropas bajo el mando de Uscátegui, entonces al frente de la Séptima Brigada, asistieron a los paramilitares a su llegada al aeropuerto más cercano y se aseguraron que las tropas con capacidad de combatir a los paramilitares en otras partes tomaran parte también. Con la intención de ocultar su responsabilidad, Uscátegui intentó falsificar los documentos que informaban de la masacre. Como consecuencia de una investigación interna, el ejército trasladó a Uscátegui al servicio administrativo por no haber actuado con diligencia poniendo fin a la masacre y arrestando a los responsables. Sin embargo, la CSJ estableció más tarde que se trataba de un caso de "omisión" y que debía ser llevado ante los tribunales militares. Más adelante Uscátegui se retiró y sigue sin ser procesado en la jurisdicción civil por sus supuestos crímenes. Con posterioridad, el ejército reabrió el caso y anunció que Uscátegui sería llevado ante un "consejo de guerra" acusado de "homicidio", "prevaricación por omisión" y "falsedad en documento" por la masacre de Mapiripán. Uscátegui ha sido detenido de nuevo y está retenido en la Tercera Brigada.
  3. General (ret.) Alberto Bravo Silva, Comandante, Quinta Brigada: Según el Defensor del Pueblo de Colombia, el 29 de mayo de 1999, los paramilitares mataron al menos a veinte personas y secuestraron a quince en La Gabarra (Norte de Santander). El General Bravo fue repetidamente informado de las amenazas y subsecuentes masacres, pero no actuó para prevenirlas o perseguir eficazmente a los perpetradores una vez las masacres habían tenido lugar. Fue retirado del servicio, pero no enjuiciado ante los tribunales civiles por sus supuestas actividades de colaboración e instigación de esta atrocidad.
  4. General (ret.) Rito Alejo del Río, Decimoséptima Brigada: El Fiscal General abrió una investigación en 1998 a Del Río por apoyar y tolerar las actividades de los paramilitares en la región de Urabá en 1996 y 1997 mientras estaba al mando de la Decimoséptima Brigada. De acuerdo con informes elaborados por el Coronel retirado Carlos Velásquez, su jefe de estado mayor, para sus superiores en 1996, Del Río apoyaba a los paramilitares de Urabá y mantenía relaciones con un mayor del ejército retirado que trabajaba para los paramilitares. Lejos de conducir a una seria investigación de Del Río, los informes provocaron una investigación de Velásquez por el ejército, aparentemente para silenciarlo. La investigación del ejército terminó recomendando, no que el General Del Río, que más tarde fue promocionado, fuera castigado, sino que el Coronel Velásques fuera disciplinado por "insubordinación y [actos] contra el servicio y el espíritu del cuerpo". Velásquez fue obligado a retirarse el 1 de enero de 1997.

    Según indican informes de prensa, el Fiscal General abrió una investigación en agosto del 2000 contra los Generales Del Río y Fernando Millán. De acuerdo con estos informes, los fiscales les acusaban de haber intentado presentar testigos falsos ante el Fiscal General para que declararan que un prominente sindicalista y un defensor de los derechos humanos habían pagado a testigos para que denunciaran a Del Río y Millán por vínculos con los paramilitares. Estos informes indican que el Fiscal General cree que, de hecho, un "informante" del ejército coaligado con Del Río y Millán pagó a estos testigos para que mintieran a las autoridades.

  5. General (ret.) Farouk Yanine Díaz: El General Yanine fue arrestado en octubre de 1996 por supuesta complicidad en la masacre de diecinueve comerciantes en la región del Magdalena Medio en 1987. Testigos presenciales, incluyendo un oficial del ejército, declararon que Yanine apoyó a los paramilitares que habían llevado a cabo la masacre y que operaban en la zona desde 1984, cuando él estaba al mando de la Decimocuarta Brigada en Puerto Berrio. El jefe paramilitar también declaró que el General Yanine le había pagado una suma importante por llevar a cabo la matanza. Supuestamente,Yanine también proporcionó a los paramilitares la inteligencia necesaria para interceptar a las víctimas. A pesar de la pruebas abundantes, el General Manuel José Bonnet, entonces jefe del ejército, cerró el caso por supuesta falta de pruebas. La Procuraduría apeló la decisión argumentando que "pruebas presentadas contra Yanine Díaz no habían sido tomadas en cuenta…[la sentencia] se aparta protuberantemente de las pruebas que aparecen en el proceso". El Departamento de Estado expresó su preocupación por la absolución decretada el 1 de julio de 1997.
  6. General Rodrigo Quiñones, Comandante de la Primera Brigada Naval: (Ver criterios bajo la Condición (A)(ii).
  7. General Carlos Ospina Ovalle, Comandante de la Cuarta División: (Ver antes).
  8. Brigadier General Jaime Ernesto Canal Albán, Comandante de la Tercera Brigada: (Ver antes).
También deberían transferirse a la jurisdicción civil los siguientes casos:
  1. Masacres en Trujillo (Valle del Cauca): Docenas de personas fueron asesinadas en el municipio de Trujillo a lo largo de un periodo de varios años, a finales de los 1980 y los comienzos de los 90. El 20 de diciembre de 1990, la Tercera Brigada retiró los cargos que se habían presentado contra el mayor Alirio Antonio Urueña Jaramillo. El presidente en funciones posteriormente le destituyó por razones relacionadas con los derechos humanos. Otros casos derivados de las matanzas de Trujillo continúan en tribunales militares. No hay noticia de que el líder paramilitar de cuya participación se informó ampliamente, Henry Loaiza Ceballo (El Alacrán), haya sido condenado por su intervención en este caso.
  2. Masacre en El Caloto (Cauca): Esta masacre, en la que fueron asesinados veinte miembros de la comunidad indígena de Páez, fue llevada a cabo el 16 de diciembre de 1992 por la Policía Judicial. El caso fue transferido a la jurisdicción militar a finales de 1997 y se retiraron los cargos presentados contra los oficiales implicados.
  3. Masacre en Riofrío (Valle del Cauca): Trece personas fueron asesinadas en la aldea de El Bosque, en el municipio de Riofrío el 5 de octubre de 1993 por hombres de uniforme y con pasamontañas. Las víctimas fueron presentadas como bajas en combate por el Batallón Palacé de la Tercera Brigada, con base en Cali. El caso fue transferido inicialmente al sistema judicial militar mediante una decisión del CSJ en 1994. Después, un juez civil solicitó que el sistema de justicia militar le transfiriera una parte del caso contra varios oficiales militares. El sistema de justicia militar se negó a dicha transferencia, y el asunto regresó a manos del CSJ. En julio de 1998, el CSJ rehusó decidir el conflicto basándose en que ya había resuelto la cuestión jurisdiccional en 1994.
  4. Blanquicet: El 22 de septiembre de 1993, en el distrito rural de Blanquicet, municipio de Turbo, en Urabá, departamento de Antioquia, miembros del ejército colombiano mataron a Carlos Manuel Prada y Evelio Bolano, miembros del grupo armado de oposición Corriente de Renovación Socialista (CRS) que habían actuado como negociadores de paz. El CRS posteriormente se desmovilizó. Un capitán del ejército, un sargento y varios soldados fueron absueltos por el sistema de justicia militar. Esta decisión fue apelada por los abogados que representaban a las familias y por el CRS alegando cuestiones jurisdiccionales y solicitaron la transferencia del caso al Fiscal General en cumplimiento del reglamento de la Corte Constitucional. Esta solicitud fue rechazada pero este rechazo también fue apelado, después de lo cual el Tribunal Militar Superior confirmó la decisión de denegar la transferencia. La Oficina de Derechos Humanos de la Fiscalía General solicitó entonces la transferencia del caso por razones jurisdiccionales, y actualmente se encuentra ante el CSJ. El caso también se ha presentado ante la Comisión Interamericana, que ha accedido a un acuerdo amistoso con la condición de que la investigación de los cargos sea transferida al sistema de justicia civil.
  5. San José de Apartadó: El 9 de febrero y el 8 de julio del 2000, presuntos paramilitares mataron a un total de once civiles en San José de Apartadó. Según testigos presenciales, en el momento de producirse ambas masacres se hallaba en la zona personal de la Decimoséptima Brigada y no hizo nada por evitar ni detener las matanzas. Un helicóptero militar presuntamente perteneciente a la Decimoséptima Brigada sobrevolaba la zona durante la masacre del 8 de julio.
  6. El Aro: Fiscales colombianos reunieron evidencia que vinculaba a la Cuarta Brigada, bajo el mando del general Carlos Ospina Ovalle, a la masacre del 25 de octubre de 1997 cometida por paramilitares en El Aro. Documentos del gobierno muestran que una fuerza conjunta de militares y paramilitares rodeó la aldea y mantuvo el cerco mientras unos veinticinco paramilitares entraban, reunían a los residentes y ejecutaban a cuatro personas.

CONDICIÓN (B): Cooperación con las Autoridades Civiles

Esta condición exige que el Secretario de Estado certifique que:

    (B) las Fuerzas Armadas colombianas están cooperando con las autoridades civiles en la investigación, el enjuiciamiento y el castigo en los tribunales civiles del personal de las Fuerzas Armadas colombianas que presuntamente hayan cometido graves violaciones de derechos humanos;
Esta condición no se ha cumplido.

Criterios

Antes de que el Secretario de Estado emita una certificación del cumplimiento de esta condición por parte del gobierno de Colombia, deberán lograrse los siguientes criterios:

A. Estados Unidos debe insistir en la captura y detención real de los presuntos autores materiales e intelectuales de graves violaciones de derechos humanos contra los que haya órdenes de detención, incluyendo a los oficiales del ejército.

B. Estados Unidos debe obtener una lista de órdenes de detención pendientes emitidas por el Fiscal General en relación con casos de derechos humanos. La Embajada de Estados Unidos deberá actualizar esta lista cada tres meses y distribuirla a los comités del congreso que corresponda, así como a los grupos defensores de los derechos humanos incluidos en el proceso de consulta exigido para la certificación. Deberán incluirse los casos nuevos así como las novedades que se produzcan en los casos ya existentes, en particular, si las fuerzas de seguridad están tomando medidas concretas para ejecutar las órdenes de detención. La ejecución de las órdenes de detención debe clasificarse según las unidades de las fuerzas de seguridad a las que se refieran.

C. Estados Unidos debe exigir al gobierno colombiano que adopte medidas eficaces para proteger a los investigadores y fiscales civiles frente a amenazas que les impidan realizar su labor.

D. Deben producirse progresos significativos y medibles, incluyendo la ejecución de órdenes de detención pendientes y es traslado a tribunales civiles de los enjuiciamientos de oficiales de las fuerzas de seguridad implicados, en torno a los siguientes casos representativos:

  1. Alirio de Jesús Pedraza Becerra: Pedraza, un abogado de CSPP, fue "desaparecido" por ocho hombres fuertemente armados el 4 de julio de 1990. Su destino nunca ha sido determinado. En aquel momento representaba a los familiares de un número de campesinos muertos cuando el Batallón Luciano D' Eluyart abrió fuego contra una manifestación en 1988 en Llano Caliente, Santander. No conocemos que haya habido arrestos en este caso.
  2. Blanca Cecilia Valero de Durán, CREDHOS: Esta defensora de derechos humanos perteneciente a CREDHOS fue asesinada a tiros el 29 de enero de 1992 en Barrancabermeja, Santander. El entonces Coronel Rodrigo Quiñones Cárdenas, director de inteligencia de la Red n° 7 de la Inteligencia Naval de Colombia, fue considerado responsable de este asesinato y otros crímenes políticos por los investigadores de gobierno. Sin embargo, Quiñones fue absuelto por un tribunal militar a pesar de que el Fiscal general lo había señalado como el autor intelectual "inequívoco". Permanece en servicio activo. Dos personas fueron condenadas por el asesinato.
  3. Oscar Elías Lopez, CRIC: Este abogado de derechos humanos había asesorado al Consejo Regional Indígena, CRIC. Fue esesinado en Santander de Quilichao por hombres fuertemente armados el 29 de mayo de 1992.
  4. Julio César Berrio, CREDHOS: Era un guardia de seguridad empleado en CREDHOS que participaba en una investigación de la organización. Fue esesinado el 28 de junio de 1992, supuestamente, a manos de hombres trabajando para el Director de Inteligencia Naval, Coronel Quiñones.
  5. Ligia Patricia Cortez Colmenares, CREDHOS: Cortés, una investigadora de CREDHOS, fue asesinada el 30 de julio de 1992 junto con varios sindicalistas. No sabemos que haya habido detenciones en este caso.
  6. Jairo Barahona Martínez, Comité de Derechos Humanos Curumaní: Este activista fue asesinado el 29 de septiembre de 1994 en Curumaní, César, después de ser secuestrado y torturado. Según miembros de organizaciones de derechos humanos que reunieron información y presionaron para que se realizara una investigación judicial adecuada sobre el caso, están implicados en el asesinato miembros de las fuerzas de seguridad. Nadie ha sido llevado ante la justicia.
  7. Ernesto Emilio Fernández, defensor de derechos humanos: Le dispararon cuando conducía a sus hijos a casa. No sabemos que haya habido detenciones en este caso.
  8. Javier Alberto Barriga Vergal, CSPP: Este abogado de derechos humanos fue asesinado en Cúcuta el 16 de junio de 1995. No sabemos que haya habido detenciones en este caso.
  9. Josué Giraldo Cardona, cofundador y presidente de Meta Civil Comité de Derechos Humanos: Giraldo fue asesinado el 13 de octubre de 1996, después de meses de supuestas amenazas y agresiones de oficiales de inteligencia del ejército y paramilitares trabajando para la Séptima Brigada, entonces bajo el mando del General Herrera Luna.
  10. Elsa Alvarado y Mario Calderón, CINEP: Alvarado y Calderón eran investigadores del Centro de Investigación y Educación Popular, CINEP. El 19 de mayo de 1997 un grupo de enmascarados armados entraron por la fuerza en el apartamento de Alvarado y Calderón y los asesinaron a ambos y al padre de Alvarado. Aunque algunos de los pistoleros están bajo arresto, los individuos que planificaron y pagaron para la ejecución del crimen permanecen en libertad. Se han dictado órdenes de arresto para Fidel y Carlos Castaño en relación con este asesinato.
  11. Jesús María Valle Jaramillo, "Héctor Abad Gómez" Comité Permanente de Defensa de los Derechos Humanos: Valle fue asesinado el 27 de febrero de 1998 por personas sin identificar, después de haber denunciado repetidamente los lazos entre el ejército y los paramilitares. La Fiscalía General pidió el procesamiento del jefe paramilitar Carlos Castaño y otros ocho. Actualmente hay seis paramilitares detenidos. A pesar de que existen indicios convincentes de la implicación de oficiales del ejército en el crimen, no se ha abierto ninguna investigación formal contra personal militar.
  12. Eduardo Umaña, abogado de derechos humanos: Umaña fue asesinado en Bogotá el 18 de abril de 1998. Varios supuestos pistoleros están bajo arresto o pendientes de extradición. Poco antes de que le mataran, había denunciado el papel jugado por unidades de inteligencia militar en las actividades paramilitares y violaciones de derechos humanos. Aunque algunos de los pistoleros están detenidos, los individuos que planificaron el crimen y pagaron por su ejecución permanecen en libertad.
  13. Jorge Ortega, sindicalista: Este sindicalista y defensor de los derechos humanos fue muerto en Bogotá el 20 de octubre de 1998. Dos antiguos oficiales de la policía han sido implicados en el ataque. Los individuos que planificaron el crimen y pagaron por su ejecución permanecen en libertad.
  14. Everardo de Jesús Puertas y Julio Ernesto González, CSPP: Puertas y González, abogados del CSPP fueron asesinados a tiros el 30 de enero de 1999, cuando viajaban desde Medellín a Bogotá en autobús. No sabemos que se hayan producido arrestos en este caso.
  15. Darío Betancourt, académico: Betancourt, profesor de la Universidad Nacional de Educación de Bogotá, fue secuestrado violentamente el 2 de mayo de 1999. Su cuerpo apareció el 2 de septiembre de 1999. No se han dictado órdenes de arresto en este caso.
  16. Hernán Henao, académico: Henao, Director del Instituto de Estudios Regionales de Antioquia, fue asesinado el 4 de mayo de 1999. No se han dictado órdenes de arresto en este caso.
  17. Guzmán Quintero Torres, periodista: Quintero, periodista que había investigado informes sobre corrupción en las fuerzas armadas, fue asesinado el 16 de septiembre de 1999 en Valledupar (César). La Fiscalía General detuvo a dos paramilitares supuestamente implicados en el crimen, pero los individuos que planificaron y pagaron por el asesinato permanecen en libertad.
  18. Jesús Antonio Bejarano, académico: Bejarano, un antiguo funcionario del gobierno que intervenía en las conversaciones de paz con las FARC, fue asesinado el 16 de septiembre de 1990. No se han dictado órdenes de arresto en este caso.
  19. Alberto Sánchez Tovar y Luis Alberto Rincón Solano, periodistas: Los periodistas Sánchez y Rincón fueron supuestamente capturados y ejecutados por paramilitares el 28 de noviembre de 1999 en El Playón (Santander), mientras cubrían la información de las elecciones municipales. Tres pistoleros paramilitares han sido arrestados, pero los individuos que planificaron y pagaron por el crimen permanecen en libertad.
  20. Jairo Bedoya Hoyos, activista indígena: Bedoya, miembro de la Organización Indígena de Antioquia, OIA, fue secuestrado el 2 de marzo del 2000. No se han producido arrestos en el caso.
  21. Margarita Maria Pulgarín Trujillo, Fiscalía General: Pulgarín, fiscal especializada en la investigación de los vínculos entre el ejército y los grupos paramilitares, fue asesinada en Medellín el 3 de abril del 2000. No se han dictado órdenes de arresto en este caso.
  22. Jesús Ramiro Zapata Hoyos, Comité de Derechos Humanos de Segovia: Zapata, dirigente de una organización que coordina a grupos de derechos humanos, fue secuestrado y asesinado el 3 de mayo del 2000 en Segovia, Antioquia. El día que fue secuestrado, Zapata había informado a las autoridades locales que los paramilitares habían estado buscando información sobre su persona. Los paramilitares habían ocupado la zona el mes anterior.
  23. Elizabeth Cañas Cano, Asociación de Familiares de Detenidos y Desaparecidos, ASFADDES: Cañas, miembro de ASFADDES, fue asesinada a tiros cerca de su oficina el 11 de junio del 2000. Familiares suyos habían muerto en la masacre ocurrida en Barrancabermeja en 1998. En la actualidad, los testigos de la masacre y otros miembros de ASFADDES corren grave peligro de sufrir otros ataques.

    Además, exigimos progresos en los siguientes casos de secuestro, ataques, y amenazas de muerte:

  24. Jairo Bedoya, Olga Rodas, Jorge Salazar, y Claudia Tamayo, IPC: Estos cuatro trabajadores de derechos humanos pertenecientes al Instituto Popular de Capacitación con base en Medellín, Antioquia, fueron secuestrados en sus oficinas el 28 de enero de de 1999 por hombres armados. Varios días después el comandante paramilitar Carlos Castañó proclamó su responsabilidad en el secuestro y declaró considerarlos "prisioneros de guerra". Permanece en libertad.
  25. Piedad Córdoba de Castro, Senadora: El 21 de mayo de 1999, Córdoba, Senadora del Partido Liberal y Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos del Senado, fue secuestrada en Medellín por un grupo de quince hombres armados. Al día siguiente, el jefe paramilitar Carlos Castaño hizo unas declaraciones públicas responsabilizándose del secuestro. Fue puesta en libertad más tarde.
  26. Diana Salamanca Martínez, Justicia y Paz: Salamanca, trabajadora de derechos humanos, fue secuestrada el 10 de noviembre de 1999 por fuerzas paramilitares en Dadejba, Antioquia. Tres días más tarde, en medio de la protesta nacional e internacional, fue liberada en una iglesia de Necoclí, Antioquia. Informó que había sido transportada en un camión que había cruzado por varios controles militares y policiales sin que nada se interpusiera en su camino. No sabemos que se hayan producido arrestos.
  27. San José de Apartadó: El 19 de febrero y el 8 de julio del 2000, supuestos paramilitares mataron a 11 civiles en San José de Apartadó. Según testigos presenciales, personal de la Decimoséptima Brigada estaba en la zona en el momento en que se produjeron ambas masacres y no actúo para impedir o interrumpir las matanzas. Un helicóptero supuestamente perteneciente a la Decimoséptima Brigada sobrevolaba la zona en el momento de la masacre del 8 de julio.
  28. El Aro: Fiscales colombianos reunieron pruebas que implicaban a la Cuarta Brigada, bajo la autoridad del General Carlos Ospina Ovalle, en la masacre perpetrada el 25 de octubre de 1997 por paramilitares en El Aro. Los documentos del gobierno muestran como una fuerza conjunta del ejército y los paramilitares había rodeado el pueblo y defendido un cerco mientras alrededor de veinticinco paramilitares entraban en el pueblo, reunían a los residentes y ejecutaban a cuatro de ellos.
Condición C REGRESAR AL PRINCIPIO
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