Colombia


IIª Certificacion de derechos humanos


  • VISIÓN DE CONJUNTO

  • INFORME SOBRE LOS DERECHOS HUMANOS DURANTE 60 DÍAS

  • EL SISTEMA JUDICIAL

  • LA DIRECTIVA 01

  • SUSPENSIONES Y DESTITUCIONES

  • PARAMILITARES

  • LA COOPERACIÓN

  • ATAQUES A DEFENSORES DE LOS DERECHOS HUMANOS

  • CONDICIÓN (A)(i): Jurisdicción de los tribunales civiles

  • CONDICIÓN (A)(ii): Suspensión de oficiales militares

  • CONDICIÓN (A)(iii): Cumplimiento de las condiciones por parte de las fuerzas armadas

  • CONDICIÓN (B): Cooperación con las autoridades civiles

  • CONDICIÓN (C): Persecución de las actividades de las actividades paramilitares

  • APÉNDICE A

  • APÉNDICE B


    (New York: Human Rights Watch, 2001)

    I. RESUMEN Y RECOMENDACIONES

    El 13 de julio del 2000, Bill Clinton, presidente de Estados Unidos, firmó la Ley Pública 106-246, en la que se contempla una ayuda de 1300 millones de dólares para la región andina. El grueso de esta ayuda se destina a las fuerzas militares de Colombia.

    En la Sección 3201 de dicha ley se establecen las condiciones específicas en materia de derechos humanos para la asistencia militar a Colombia, condiciones que se incluyen en el Apéndice A de este documento.

    A tenor de la ley, funcionarios del Departamento de Estado celebraron reuniones consultivas con organizaciones no gubernamentales tanto en Washington D.C. como en Santafé de Bogotá, Colombia. Los días 17 y 18 de agosto, representantes de diversas organizaciones a favor de los derechos humanos, entre ellas la Oficina para Latinoamérica en Washington (WOLA), Human Rights Watch y Amnistía Internacional, nos reunimos con funcionarios del Departamento de Estado y otros departamentos y organismos del gobierno de Estados Unidos en Washington D.C. para analizar el cumplimiento de las condiciones por parte de Colombia.

     

      Presentamos pruebas abrumadoras de que Colombia no había cumplido una sola de las condiciones.

    Presentamos pruebas abrumadoras de que Colombia no había cumplido una sola de las condiciones. El Departamento de Estado coincidió con nosotros con respecto a cuatro de las cinco condiciones, pero en una decisión que deploramos, certificó el cumplimiento de Colombia en lo relativo a la Sec.3201 (a)(I)(A)(i). Discutimos enérgicamente esta decisión porque la directiva del presidente Pastrana en la que se basó la justificación de la certificación no cumplía en absoluto con las exigencias de la ley mencionada.

    Lamentablemente, el 22 de agosto del 2000, el presidente Clinton apeló a la Sección 4 de la ley y suspendió a las restantes condiciones en materia de derechos humanos, afirmando que estaban en juego los intereses de la seguridad nacional de Estados Unidos. También deploramos esta decisión. Nos preguntamos cómo puede interpretarse razonablemente que la aplicación de dichas condiciones de los derechos humanos amenaza los intereses de la seguridad nacional de Estados Unidos. Esta decisión también envió a Colombia y, en particular, a su ejército el desolador mensaje de que los derechos humanos podían ser sacrificados en aras de una lucha altamente cuestionada contra el narcotráfico.

    Dado que se estaba preparando la segunda entrega de la ayuda para su desembolso en el año fiscal 2001, representantes de WOLA, Human Rights Watch y Amnistía Internacional nos reunimos nuevamente con funcionarios del Departamento de Estado el 18 de diciembre del 2000 para analizar el cumplimiento de las condiciones por parte de Colombia.

    Esta reunión tuvo lugar en un momento extremadamente difícil para Colombia y su pueblo. La violencia política había aumentado notablemente desde las primeras reuniones de consulta en agosto del 2000. Manteniéndose una preocupante tendencia que venía de 1999, el número medio de víctimas de la violencia política y muertes en combate había ascendido de doce a catorce por día. Más de 228.000 personas se hallaban desplazadas en el 2000. De ese número, 93.000 se habían visto obligadas a huir solo entre julio y septiembre, como resultado del registro de cincuenta y tres masacres, en su mayoría cometidas por grupos paramilitares que operaban con la tolerancia o incluso el apoyo de las fuerzas armadas.

    Los defensores de los derechos humanos, líderes de la comunidad, investigadores del gobierno, sindicalistas y periodistas continuaron siendo objeto de amenazas, ataques y asesinatos. Durante los diez primeros meses de 2000, fueron asesinados cuatro defensores de los derechos humanos y otros tres desaparecieron.

    Se mantuvo la idea firme y unánime compartida por WOLA, Human Rights Watch y Amnistía Internacional de que Colombia seguía sin cumplir ni una sola de las condiciones de la L.P.106-246. Y lo que es más grave, nuestras organizaciones afirman que el gobierno colombiano no ha hecho prácticamente ningún intento de cumplir dichas condiciones. A la vista tanto de la falta de cumplimiento como de la ausencia de progresos significativos, exigimos al Departamento de Estado que retire la única certificación emitida en agosto y que se niegue a certificar a Colombia con respecto a las restantes condiciones mientras no se logren los progresos que esbozamos en nuestros criterios incluidos en este informe. En términos enérgicos, instamos al presidente Clinton a que no ejerza la autoridad de renuncia una segunda vez y en lugar de ello haga cumplir, tanto al gobierno colombiano como al suyo propio, su compromiso de defender los derechos humanos.

    En el presente documento, Amnistía Internacional, Human Rights Watch y WOLA analizamos la marcha de los acontecimientos desde agosto del 2000 y explicamos por qué hemos concluido que no se han satisfecho las condiciones contempladas en la Sec.3201 de la L.P.106-246. Para enmarcar nuestra argumentación, utilizamos el Informe sobre los Derechos Humanos durante 60 días enviado al Congreso de Estados Unidos por el Departamento de Estado en septiembre del 2000 en cumplimiento de la L.P.106-246. Mostramos dónde creemos que el informe es preciso y dónde pensamos que es inexacto o dónde no incluye información pertinente.

    Por último, repetimos la lista original de criterios que utilizamos en agosto para medir el cumplimiento de la L.P.106-246. Siguen siendo no solamente pertinentes, sino ampliamente desatendidos por el gobierno colombiano. Este documento finaliza con dos apéndices: el texto de las condiciones de la L.P.106-246 y la reproducción de una amenaza de muerte dirigida por fuerzas paramilitares contra destacados grupos defensores de los derechos humanos en Colombia en septiembre del 2000.

    INFORME SOBRE LOS DERECHOS HUMANOS DURANTE 60 DIAS

    El Informe sobre los Derechos Humanos durante 60 días elaborado por el Departamento de Estado es pertinentemente crítico con la grave situación que se da en Colombia. Señala en diversas áreas la falta de progreso hacia el cumplimiento de los objetivos en materia de derechos humanos. Sin embargo, en algunos puntos clave, resulta inexacto o no incluye importantes acontecimientos que afectan directamente a la cuestión de si Colombia ha cumplido o no las condiciones de la L.P.106-246.


    CONTINUACIÓN — EL SISTEMA JUDICIAL
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