Informes


"Personas Ilegales"
Haitianos y Domínico-Haitianos en la República Dominicana



  • I. RESUMEN Y RECOMENDACIONES

  • II. ANTECEDENTES

  • III. DEPORTACIONES Y EXPULSIONES MASIVAS

  • IV. NACIONALIDAD Y PRUEBA DE IDENTIDAD DOMINICANA

  • V. EDUCACIÓN

  • VI. LA RESPUESTA INTERNACIONAL

  • AGRADECIMIENTOS

  • (New York: Human Rights Watch, 2002)

    I. RESUMEN Y RECOMENDACIONES

    En febrero de 2001, Lucía François fue detenida por funcionarios de inmigración dominicanos que no le permitieron recoger a sus dos hijas menores, de cuatro y seis años, antes de deportarla de la República Dominicana a Haití. Cuando Human Rights Watch la entrevistó seis meses después, todavía no las había visto ni había hablado con ellas. Al no poder regresar a la República Dominicana, donde habían nacido sus hijas, y no tener posibilidad de contactarlas por teléfono, François fue totalmente desconectada de sus dos hijas. "No he podido hablar con nadie de casa," dijo François a Human Rights Watch. "No sé si están vivas o muertas ... Todos los días, cuando me despierto, pienso en mis hijas."

    David Pere Martínez, deportado de la República Dominicana ese mismo mes, se enfrentaba a una situación similar. Sin embargo, Martínez no sólo fue separado de su familia, también lo enviaron a un país que no conocía y cuyo idioma no hablaba.

    Mientras que François era originaria de Haití, Martínez había nacido en la República Dominicana y era por lo tanto ciudadano dominicano de conformidad con la constitución del país. Pero los militares dominicanos que detuvieron a Martínez tenían muy poco interés en establecer dónde había nacido. Se fijaron en cambio en el color de su piel, que es negra, y decidieron deportarlo a Haití.

    Durante la última década, el gobierno dominicano ha deportado a cientos de miles de haitianos a Haití, así como a un número desconocido de dominicanos de ascendencia haitiana. En varias ocasiones, la más reciente en octubre de 1999, las autoridades dominicanas han realizado expulsiones masivas de haitianos y dominico-haitianos, deteniendo a miles de personas en un período de semanas o meses y expulsándolas a la fuerza del país. Capturados en la calle, arrancados de sus casas o detenidos en sus lugares de trabajo, las personas con "apariencia haitiana" reciben rara vez la justa oportunidad de cuestionar su expulsión durante estas redadas masivas. El carácter arbitrario de dichas acciones, que han sido condenadas por toda una gama de organismos internacionales de derechos humanos, es manifiestamente obvio.

     

      Muchos dominicanos de origen haitiano viven una existencia precaria.

    El flujo diario de deportaciones del país sigue un patrón similar. Se persigue a los haitianos sospechosos para deportarlos sobre la base del color de su piel, y se les conceden escasas oportunidades de demostrar su situación legal o su nacionalidad. Por regla general, las personas sometidas a deportación de la República Dominicana no tienen posibilidades de ponerse en contacto con sus familiares, recoger sus pertenencias o prepararse para la partida de manera alguna. Suelen llevarlos a la frontera haitiana a las pocas horas de su detención inicial, a veces con nada más que su ropa a la espalda.

    Los procedimientos sumarios que se utilizan durante estas deportaciones incumplen claramente los requisitos del debido proceso contemplados en el derecho internacional, específicamente las disposiciones del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La selección basada en la raza de los deportados constituye una violación de las prohibiciones internacionales de la discriminación racial.

    Ante las preguntas de Human Rights Watch sobre cómo se identifica a los haitianos indocumentados, el Subdirector para Asuntos Haitianos del Departamento de Migración insistió en que pueden distinguirse por su modo de vivir. "Son más pobres que nosotros," dijo. "Sus casos son terribles." Señalando que los haitianos también tienen la "piel más prieta," el Subdirector declaró que "son mucho más negros que nosotros. Son fáciles de reconocer."Demostrando aún más su confianza en los estereotipos raciales, el Subdirector explicó que el objetivo de su departamento era detener la "invasión" de jóvenes delincuentes haitianos: "los que se portan como si estuvieran en la capital de Haití, bebiendo y bailando."

    Los domínico-haitianos -- personas de descendencia haitiana nacidas en la República Dominicana -- se enfrentan a graves dificultades para demostrar sus derechos a quedarse en su propio país. A pesar de que la constitución otorga la nacionalidad a las personas nacidas en territorio dominicano, se niega sistemáticamente a los domínico-haitianos la certificación de su nacionalidad dominicana. La negación suele empezar por el hospital donde nacen, cuando el personal hospitalario se niega a dar a los padres los papeles de maternidad. Posteriormente, los obstáculos para obtener un certificado de nacionalidad se hacen aún más difíciles de superar. El resultado es que muchos dominicanos de origen haitiano viven una existencia precaria y se enfrentan constantemente al riesgo de que los deporten. Se ha negado el reconocimiento de la nacionalidad de generaciones de descendientes de haitianos, lo que los pone en una situación descrita por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos como de "permanente ilegalidad." Su falta de estatuto legal tiene una repercusión claramente negativa en sus oportunidades económicas, así como en otros aspectos fundamentales de sus vidas.

     

      Se persigue a los haitianos sospechosos para deportarlos sobre la base del color de su piel.

    Esta situación perjudicial cuenta con sus defensores. Muchos funcionarios dominicanos hacen una interpretación forzada y oportunista de una cláusula de la constitución nacional para afirmar que los hijos nacidos en la República Dominicana de trabajadores inmigrantes haitianos no tienen derecho a la nacionalidad. Partiendo de que la constitución contiene una pequeña excepción a la obtención de la nacionalidad por nacimiento-no cubre a los hijos de extranjeros "en tránsito" en el momento del nacimiento-afirman que se debe considerar que todos los haitianos indocumentados están "en tránsito." Por lo tanto, se encaja en una categoría que cubre a visitantes breves y casuales a personas que han vivido en la República Dominicana durante años, décadas o incluso generaciones.

    Esta negación injusta de la nacionalidad afecta negativamente a los domínico-haitianos desde una edad temprana. Aunque la legislación dominicana no prohíbe específicamente la asistencia a la escuela de los niños indocumentados, se ha prohibído la asistencia a clase a muchos niños domínico-haitianos, especialmente después de la educación primaria. La negación de oportunidades educativas tiene un claro efecto pernicioso sobre las posibilidades de niños para avanzar en el futuro.

    En el pasado, las autoridades dominicanas han respondido con una hostilidad manifiesta a las críticas internacionales con respecto al trato a los haitianos en el país. De hecho, el ex presidente dominicano Joaquín Balaguer reaccionó una vez a dichas críticas con deportaciones sumarias masivas y se quejó de campaña amenazante de la comunidad internacional contra su país. Sin embargo, han habida verdaderas muestras de que la estrategia oficial está mejorando. Esto es así tanto en la respuesta retórica del gobierno frente la atención internacional como en la dirección en la que parece moverse en lo sustancial.

    El gobierno de Hipólito Mejía, en el poder desde 2000, ha adoptado ciertas medidas importantes, aunque incompletas, para el cumplimiento del derecho internacional. En julio de 2001, su Secretario de Educación anunció que las escuelas ya no exigirían a los niños que presentaran actas de nacimiento para poder matricularse, y el Presidente Mejía declaró que éste era probablemente el primer paso para concederle la nacionalidad a estos niños. En septiembre, como resultado de las negociaciones con la Comisión Interamericana, las autoridades concedieron actas de nacimiento a dos niñas nacidas en la República Dominicana cuya nacionalidad se había cuestionado. Más recientemente; en una medida positiva anunciada en marzo de 2002, después de negociar con los demandantes en un caso, pendiente actualmente en el sistema interamericano de derechos humanos, relacionado con haitianos y domínico-haitianos; el gobierno dominicano aceptó establecer un comité conjunto para supervisar su cumplimiento de las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

    RECOMENDACIONES

    Human Rights Watch se suma a una serie de organismos regionales e internacionales de derechos humanos para pedir a la República Dominicana que mejore su trato a los haitianos y los dominicanos de origen haitiano:

    Al gobierno de la República Dominicana

      Deportaciones

    • Los funcionarios de inmigración dominicanos deben asegurar que los presuntos extranjeros indocumentados disfrutan, como mínimo, de las salvaguardias del debido proceso garantizadas por la Ley 95 y el Reglamento 279.

    • No se debe permitir que funcionarios de inmigración y oficiales militares de bajo rango tomen decisiones finales sobre la deportación en el momento. En virtud de la Ley 95 y el Reglamento 279, las determinaciones iniciales de la "deportabilidad" por parte de dichos funcionarios deben estar sujetas a la revisión de sus superiores. También se debe permitir la revisión judicial de estas decisiones, al menos en los casos en los que se hayan alegado la nacionalidad dominicana.

    • Los funcionarios de inmigración dominicanos no deben limitar la oportunidad de defenderse frente a la deportación a la presentación de documentos de identidad dominicanos, ya que los dominicanos de origen haitiano no pueden obtener con frecuencia los documentos de identidad a los que tienen derecho. Se debe exigir también a los funcionarios dominicanos que interroguen a los deportados en relación con su situación legal. Los funcionarios debe hacer preguntas tales como: "¿Dónde nació?" "¿Tiene algún documento de identidad?" "¿Ha tenido alguna vez un documento de identidad?" "¿Ha intentado solicitar un documento de identidad alguna vez?" "¿Cuándo llegó a la República Dominicana? ¿Cómo?"

    • El gobierno dominicano debe acatar los términos del Protocolo entre República Dominicana y la República de Haití sobre los Mecanismos de Repatriación. En concreto, el gobierno dominicano debe evitar la separación de familias nucleares; permitir que los deportados recojan sus pertenencias y conserven sus documentos de identidad; suministrar a cada deportado una copia de su orden de deportación; y avisar con antelación de las repatriaciones a las autoridades haitianas.

    • No se debe permitir que oficiales militares realicen las deportaciones sin contar con funcionarios de inmigración capacitados. Su papel en la deportación debe ser auxiliar y limitarse a ofrecer transporte y apoyo logístico.

    • El gobierno dominicano debe garantizar condiciones humanas de detención para todos los deportados, alimentos suficientes, instalaciones sanitarias y alojamientos separados para inmigrantes detenidos y delincuentes condenados. Las condiciones de detención deben ser compatibles con las normas internacionales y regionales, entre ellas las Reglas Mínimas de la ONU para el tratamiento de los reclusos y el Conjunto de Principios de la ONU para la protección de todas las personas sometidas a cualquier forma de detención.

      Nacionalidad y prueba de identidad dominicana

    • El gobierno dominicano debe reconocer públicamente que, de conformidad con el artículo 11 de la Constitución, los niños nacidos en la República Dominicana de trabajadores haitianos inmigrantes son ciudadanos dominicanos.

    • El gobierno dominicano debe adoptar medidas inmediatas y concretas para suministrar documentos de identidad a cada uno de los muchos miles de dominicanos de origen haitiano que no han podido obtener una prueba de su nacionalidad dominicana.

    • Los funcionarios del registro civil dominicano no debe exigir a los padres de niños nacidos en la República Dominicana que presenten cédulas para obtener las actas de nacimiento de sus hijos. Para garantizar que los funcionaros dejan de imponer este requisito, la Junta Central Electoral debe emitir una directiva en este sentido. También debe orientar a los empleados del registro con respecto a la elegibilidad de los niños de ascendencia haitiana nacidos en la República Dominicana para obtener documentos de identidad dominicanos.

    • La Junta Central Electoral debe emitir una directiva a todos los hospitales informando a su personal de que deben suministrar papeles de maternidad a todos los niños nacidos en sus centros, independientemente de si sus padres tienen o no tienen documentos.

    • La Junta Central Electoral debe eliminar el requisito de que todos los solicitantes de documentación de la nacionalidad dominicana obtengan certificados de los catorce registros oficiales, para comprobar que no se han registrado ya en otro distrito.

    • La Junta Central Electoral debe emitir una directiva advirtiendo a los funcionarios del registro civil que no permitan que la discriminación racial influya en sus decisiones relativas a la expedición de documentos de identidad.

      Educación

    • La República Dominicana debe garantizar que todos los niños, documentados e indocumentados, tienen un acceso igualitario a las escuelas dominicanas. Con este fin, el gobierno dominicano debe adoptar medidas para asegurar que las escuelas municipales cumplen la resolución del Secretario de Educación de julio de 2001 con respecto al acceso a la educación.

    • El gobierno dominicano debe poner en marcha una campaña de concienciación pública para invitar a los padres de niños indocumentados a que los lleven a la escuela. Tratados internacionales

    • El gobierno dominicano debe ratificar los tratados internacionales relativos a la protección de los inmigrantes, en particular la Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares.

    Al gobierno de Haití

    • El gobierno haitiano debe tomar medidas para garantizar que sus ciudadanos obtienen documentos de identidad de Haití, de conformidad con los términos del Protocolo firmado con el gobierno dominicano en diciembre de 1999.

    A Las Naciones Unidas

    • Los organismos de la ONU tales como Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) debe ofrecer asistencia técnica y financiera al gobierno dominicano para fomentar que su trato a los haitianos y domínico-haitianos sea compatible con las normas internacionales. Deben coordinar sus actividades con las organizaciones no gubernamentales dominicanas y haitianas, cuyo trabajo sobre estos asuntos es fundamental.

    A la Organización Internacional del Trabajo

    • La Organización Internacional del Trabajo, en concreto su Departamento de Migraciones Internacionales, debe asistir al gobierno dominicano en la reforma de su legislación, políticas y prácticas con respecto a la migración de trabajadores.

    A los gobiernos donantes y otros gobiernos

    • Los representantes de los gobiernos donantes y de otros gobiernos deben plantear el asunto del trato a los haitianos y domínico-haitianos en la República Dominicana en sus reuniones bilaterales. Deben presionar al gobierno dominicano para que sus leyes, políticas y prácticas relevantes sean compatibles con las normas internacionales.

    CAPÍTULO II
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