Guatemala


Del hogar a la fábrica
Discriminación en la fuerza laboral guatemalteca


I. RESUMEN Y RECOMENDACIONES

II. LAS NORMAS INTERNACIONALES Y LAS LEYES GUATEMALTECAS

III. ANTECEDENTES

IV. VIOLACIONES A LOS DERECHOS LABORALES RELACIONADOS CON EL GÉNERO EN LOS SECTORES DE TRABAJO DE CASA PARTICULAR Y LA MAQUILA

V. RESPUESTA DEL GOBIERNO DE GUATEMALA

VI. CONCLUSIÓN

AGRADECIMIENTOS

APÉNDICES


(New York: Human Rights Watch, 2002)

VI. CONCLUSIÓN

En Guatemala, las trabajadoras de casa particular y las de las maquilas sufren discriminación por ser mujeres. Mientras el servicio doméstico ha sido desde hace mucho una opción de trabajo para las mujeres guatemaltecas, especialmente para las indígenas de zonas rurales con poca o ninguna formación o vocación, la industria maquiladora representa una alternativa para la mujer guatemalteca porque ofrece nuevas oportunidades económicas. Hay quien argumenta que la globalización, en forma de maquilas, traslada a las mujeres a la modernidad. Liberadas al fin del trabajo doméstico, o al menos de aquel remunerado, las mujeres de Guatemala pueden acceder al auténtico mercado laboral y trabajar en unas fábricas en las que tendrán más derechos y más libertad. Sin embargo, la realidad no es tan sencilla. Muchas mujeres se ven atrapadas entre trabajos en los que se restringen sus derechos, tienen poca libertad y no gozan de garantías, o trabajos en los que se invade su intimidad y se viola su derecho a la igualdad.

Las trabajadoras de casa particular son uno de los grupos menos protegidos y más explotados de Guatemala. El Código de Trabajo ha establecido básicamente una jerarquía de trabajadores en la que los trabajadores domésticos disfrutan de unos derechos restringidos porque el trabajo que realizan está poco valorado. Y precisamente está poco valorado porque lo realizan mujeres y transcurre en la esfera privada. A las trabajadoras de casa particular se les niegan derechos laborales fundamentales, como el derecho a una jornada de ocho horas, al salario mínimo o a descansar un día completo por semana. Además, la mayoría no están incluidos en el sistema nacional de seguridad social. Y no sólo eso, sino que a las trabajadoras de casa particular se les niega el acceso a los beneficios por maternidad y mayoritariamente no pueden cumplir con sus obligaciones familiares. La ley no dispone protecciones especiales para trabajadoras de casa particular menores de edad, a pesar de que una parte considerable de la fuerza laboral es menor de dieciocho años. Las trabajadoras de casa particular, especialmente aquellas menores de edad, son muy vulnerables al acoso sexual en el trabajo. Está claro que existe desigualdad en la protección legal del trabajo doméstico, lo que tiene mayor impacto en las mujeres, que constituyen la mayoría de este grupo de trabajadores.

Las trabajadoras de maquilas, aunque están empleadas de un sector altamente regulado, en el que deberían disfrutar de todos los derechos garantizados por el Código de Trabajo, están, sin embargo, discriminadas por razones reproductivas. Al solicitar un trabajo en las maquilas, las mujeres tienen que responder a preguntas sobre posibles embarazos e incluso, a veces, someterse a test de embarazo. A menudo, una vez que han conseguido el trabajo, las que quedan embarazadas no tienen acceso a cuidados médicos adecuados y no siempre disfrutan de todas las prestaciones por maternidad que contemplan las leyes en Guatemala. La discriminación por razones reproductivas es contraria al principio fundamental de igualdad de oportunidades y de trato.

El gobierno de Guatemala ha contraído obligaciones internacionales de respetar, proteger y cumplir con los derechos humanos de las mujeres. Esto significa que Guatemala debe eliminar cualquier tipo de discriminación legal, allá donde exista, tomar medidas para prevenir la discriminación en el sector privado y en el público, y asegurar que aquellas mujeres cuyos derechos han sido violados tienen acceso a remedios eficaces. Human Rights Watch constató que, en la práctica, el gobierno de Guatemala no cumple con esas obligaciones. El resultado es que las mujeres trabajadoras sufren discriminación de género y se viola su derecho a la intimidad. Cada vez hay más mujeres en Guatemala que entran en el mercado laboral y el gobierno debe adoptar las medidas necesarias para garantizar que lo hacen con igualdad de derechos y oportunidades, tanto en las leyes como en la práctica.

AGRADECIMIENTOS

Judith Sunderland, investigadora de la División de Derechos de la Mujer, escribió este informe basado en la investigación realizada junto con LaShawn R. Jefferson, directora ejecutiva de la División de Derechos de la Mujer. LaShawn R. Jefferson y Regan Ralph, ex directora ejecutiva de la División de Derechos de la Mujer; Joanne Mariner, subdirectora de la División de las Américas; Carol Pier, investigadora sobre derechos laborales para la División de las Américas; Michael Bochenek, asesor legal de la División de Derechos del Niño; Arvind Ganesan, director del Programa de Negocios y Derechos Humanos; y Malcolm Smart, director de programas de Human Rights Watch, editaron el informe. Wilder Taylor, director de asuntos legales y políticas de Human Rights Watch, y Karen Kramer, del bufete jurídico Baker & Hosteler, aportaron una revisión desde el punto de vista legal. Smita Varia, asociada a la División de Derechos de la Mujer, asistió en la producción. Olha Harasymiv, becada para asuntos legales de la Red de Mujeres Este Oeste (Network of East West Women), y Llezlie Green y Loren Jacobson, estudiantes de derecho de la Universidad de Columbia, realizaron la investigación legal sobre la repercusión dispar de la discriminación.

Este informe no habría sido posible sin la asistencia de numerosas personas y organizaciones en Guatemala que nos suministraron información y apoyo incalculables. En particular, queremos dar las gracias al personal de la Asociación de Mujeres en Solidaridad (AMES), el Centro de Acción Legal de Derechos Humanos (CALDH), el Grupo Feminino Pro-Mejoramiento de la Familia (GRUFEPROMEFAM), Centro de Apoyo para Trabajadoras de Casa Particular (CENTRACAP), Casa San Benito, Proyecto Conrado de la Cruz, y del Centro de Estudios y Apoyo al Desarrollo Local (CEADEL), y a Olga Rivas de Asociación Qati't.

La autora quiere dar las gracias especialmente a Amanda Pop Bol y Ricardo Changala por sus aportaciones, así como a Emanuele Tassinari por acompañar a la autora durante el proceso.

Queremos expresar nuestro profundo agradecimiento a las numerosas trabajadoras de Guatemala que compartieron sus experiencias con nosotros.

La División de Derechos de la Mujeres reconoce con agradecimiento el apoyo generoso de Moriah Fund, Ford Foundation, John D. and Catherine T. MacArthur Foundation, Kathleen Peratis Foundation y Sandler Family Supporting Fund.


APÉNDICES
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