Durante 2011 y 2012, el gobierno de Sebastián Piñera enfrentó numerosas protestas estudiantiles y otras manifestaciones que, en muchos casos, provocaron daños materiales y violentos enfrentamientos con la policía. Continúan las denuncias de casos de abuso policial, como el uso inadecuado de armas antidisturbios y el maltrato de detenidos. El gobierno de Piñera ha terminado con el juzgamiento de civiles por tribunales militares y ha reformado algunos aspectos de la ley antiterrorista que eran incompatibles con estándares internacionales de debido proceso. No obstante, policías acusados de violaciones de derechos humanos siguen siendo juzgados por tribunales militares que carecen de independencia de los mandos castrenses. El gobierno ha invocado la ley antiterrorista para sancionar el homicidio agravado de dos agricultores por un grupo de encapuchados.
La mayoría de los casos documentados de ejecuciones extrajudiciales y desapariciones forzadas ocurridos durante el régimen militar (1973-1990) ya han sido juzgados o están siendo investigados judicialmente. La justicia continúa condenando a ex militares por estos delitos. No obstante, en muchos casos las condenas que finalmente se imponen son muy poco severas, lo cual resulta inadmisible considerando la gravedad de estos crímenes.
Un avance notable ha sido la sanción durante 2012 de una ley de protección de minorías sexuales y otros grupos vulnerables frente a discriminación. El aborto continúa estando prohibido en todas las circunstancias, incluso cuando el embarazo supone un riesgo para la vida de la madre.
Abusos policiales
En 2011 y 2012, las marchas y tomas estudiantiles en reclamo de reformas educativas en algunos casos culminaron en enfrentamientos violentos, durante los cuales fueron heridos policías y se provocaron daños a la propiedad pública y privada. Un policía fue abatido a disparos en septiembre de 2012 durante los disturbios producidos en el aniversario del golpe militar de 1973. En ocasiones, algunos carabineros recurren a un uso excesivo de la fuerza contra manifestantes, que incluye el uso inapropiado de armas antidisturbios no letales como gases lacrimógenos y balas de goma, detenciones arbitrarias y maltrato de detenidos.
Durante las protestas vinculadas con reclamos regionales económicos y sociales organizadas en febrero y marzo en Aysén, al sur de Chile, hubo denuncias de defensores de derechos humanos que señalaron que miembros de la policía antidisturbios lanzaron chorros de agua y gases lacrimógenos contra viviendas, y dispararon cartuchos de gas lacrimógeno directamente a los manifestantes. Teófilo Haro, un mecánico de 49 años, perdió la vista luego de ser impactado en el ojo por un perdigón disparado por un carabinero, según versiones de la prensa.En una sesión de la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados, el general director de Carabineros admitió que se habían cometido excesos, y que se habían disparado erróneamente balines de metal. El vocero del gobierno señaló en agosto de 2012 que se habían dado pruebas “demasiado categóricas en términos de que cualquier abuso por parte de las policías es rechazado [e] inmediatamente investigado”.
A la fecha de este documento, un sargento de policía estaba siendo procesado en un tribunal militar por uso ilegítimo de la fuerza letal en los enfrentamientos que culminaron con la muerte por disparo del estudiante de 16 años Manuel Gutiérrez Reynoso en agosto de 2011, mientras observaba una manifestación desde un puente peatonal de Santiago durante una huelga nacional.
Continúan las denuncias de abusos policiales contra mapuches durante desalojos de tierras y operativos de detención en las comunidades mapuche de personas presuntamente vinculadas con delitos. En julio de 2012,un grupo de carabineros habría disparado balas de goma contra varios mapuches que se encontraban afuera de un hospital en Collipulli, en la región sureña de Araucanía, donde estaban recibiendo atención médica algunos detenidos que habían resultado heridos durante un desalojo. Según un testigo, los disparos se efectuaron a poca distancia, sin que mediara provocación ni advertencia, e hirieron a siete personas, entre ellas una joven de 13 años y dos jóvenes de 17.
Jurisdicción militar
Policías acusados de violaciones de derechos humanos siguen siendo juzgados por tribunales militares que carecen de independencia. Tras las recomendaciones formuladas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en su sentencia de 2005 contra Chile en el caso Palamara, el proyecto legislativo presentado por el gobierno de Piñera y sancionado por el Congreso en septiembre de 2010 finalmente puso fin a la competencia de los tribunales militares respecto de civiles.
No obstante, las reformas no abordaron la competencia en casos de abusos cometidos por carabineros contra civiles, que aún corresponde a tribunales militares integrados por militares en servicio. Además de su falta de independencia, estos tribunales no ofrecen las garantías de debido proceso que se reconocen en los procesos penales ordinarios desde su reforma en 2005.
Las investigaciones se instruyen en forma secreta, los procedimientos penales son en su mayoría escritos y los abogados que representan a víctimas de abusos policiales tienen escasas oportunidades de interrogar a los testigos de cargo. Las decisiones emitidas por la Corte Marcial(el tribunal militar de apelación) en casos sobre presunto uso ilegítimo de la fuerza letal por carabinerosno han generado confianza en la imparcialidad de este tribunal. A la fecha de este informe, el gobierno estaba preparando un proyecto legislativo de reestructuración del sistema de justicia militar.
Ley antiterrorista
La aplicación indebida de la ley antiterrorista a delitos comunes contra la propiedad cometidos por activistas mapuches, como el incendio intencional, continúa menoscabando el debido proceso. En septiembre de 2010, luego de que las Naciones Unidas y varios organismos regionales de derechos humanos manifestaran preocupación, el gobierno reformó la ley antiterrorista. Se reforzaron algunas garantías de debido proceso, como aquellas que permiten a abogados defensores interrogar a testigos de cargo de identidad reservada, y la prohibición de que se juzgue a menores en el marco de esta ley. No obstante, no se modificó la disposición legal sobre delitos contra la propiedad, y los fiscales continúan aplicando la ley a este tipo de delitos. En enero de 2013, el gobierno presentó cargos de terrorismo contra los responsables del atroz asesinato de una pareja de adultos mayores que murieron cuando su casa fue incendiada por un grupo de encapuchados.
Juicios por abusos del pasado
Más del 75 por ciento de los 3.186 casos documentados de asesinatos y desapariciones durante la dictadura de Augusto Pinochet (1973-1990) han sido juzgados o están siendo examinados por la justicia, según datos del Observatorio Derechos Humanos de la Universidad Diego Portales, una organización no gubernamental que monitorea el avance de los juicios de derechos humanos.
Entre 2000 y septiembre de 2011 fueron más de 800 los ex agentes de seguridad del Estado imputados o condenados, y en agosto de 2012 había 64 agentes que cumplían penas de prisión. En muchos casos, la Corte Suprema ha aplicado sus facultades discrecionales para reducir la condena impuesta a quienes perpetraron violaciones de derechos humanos, en reconocimiento del tiempo transcurrido desde el delito. Y en otros casos se han conmutado las penas. Estas prácticas despiertan dudas de que Chile esté cumpliendo su obligación jurídica de juzgar a responsables de delitos de lesa humanidad aplicando penas o sanciones adecuadas.
Condiciones en centros de detención
En muchas prisiones persisten problemas de sobrepoblación y condiciones deficientes. En mayo de 2012, el sistema penitenciario tenía capacidad para 39.832 personas, pero albergaba a 54.339 presos.
Luego de un incendio ocurrido en diciembre de 2010 en la cárcel de San Miguel en Santiago, durante el cual murieron 81 presos, el Ministerio de Justicia emprendió importantes reformas para mejorar las condiciones y revertir el hacinamiento. En junio de 2012 entró en vigor una ley que permitió la liberación de presos de bajo riesgo, incluidas mujeres con niños pequeños que estuvieran a menos de seis meses de completar dos tercios de su condena, y el regreso voluntario de presos extranjeros a sus países de origen. Otra ley, promulgada ese mismo mes, establece seis alternativas a la pena de prisión para delincuentes menores, que incluyen tareas de servicio a la comunidad y el uso de brazaletes electrónicos.
Orientación sexual e identidad de género
En julio de 2012, el Presidente Piñera promulgó una ley para brindar garantías jurídicas a minorías vulnerables de Chile, como lesbianas, gays, bisexuales y personas transgénero (LGBT). La ley contempla de manera expresa la orientación sexual y la identidad de género entre las causas de discriminación prohibidas. También se establece un proceso judicial especial para ofrecer una vía de reparación rápida a las víctimas de actos discriminatorios, que permite a los jueces suspender o dejar sin efecto actos de esta naturaleza y brindar protección a las víctimas, y además prevé penas más rigurosas. No obstante, la ley no ofrece a las víctimas de discriminación un mecanismo de indemnización.
Derechos reproductivos
Chile es uno de los tres únicos países de América Latina (los otros son El Salvador y Nicaragua) que prohíben el aborto de manera absoluta, incluso en casos de necesidad médica. En abril de 2012, el Senado rechazó tres proyectos de ley que proponían legalizar el aborto cuando exista riesgo para la vida de la madre o inviabilidad del feto. Esta prohibición absoluta vulnera el derecho fundamental de la mujer al disfrute del más alto nivel posible de salud, a la vida, a no ser discriminada, a la integridad física y a no ser objeto de tratos crueles, inhumanos o degradantes.
Actores internacionales clave
En febrero de 2012, la Corte I.D.H. determinó que Chile había violado los derechos de una mujer lesbiana, Karen Atala, y sus tres hijas al trato igualitario y a no ser discriminadas. Atala perdió la custodia de sus hijas cuando la justicia chilena determinó que, debido a su orientación sexual, podía poner a las menores en peligro si eran criadas junto con su pareja del mismo sexo.
Como reparación por la violación de los derechos de Atala, la Corte determinó que Chile, entre otras cosas, debía invitar a las víctimas y las organizaciones que las representaron en la causa a un acto público en el cual el Estado reconocería su responsabilidad. La Corte también ordenó a Chile que implementara programas de capacitación destinados a jueces y otros funcionarios públicos, para asegurar que se respeten los derechos de la población LGBT.