A line of policeman walking down a street

Prisión o exilio

Represión sistemática contra las protestas de julio de 2021 en Cuba

Policías recorren las calles luego de una manifestación contra el gobierno del presidente Díaz-Canel en Arroyo Naranjo, La Habana, el 12 de julio de 2021 © 2021 Yamil Lage/AFP via Getty Images

Introducción

El 11 de julio de 2021, miles de cubanos y cubanas salieron a las calles en las manifestaciones más multitudinarias contra el gobierno a nivel nacional desde la revolución de 1959. Estas protestas, mayoritariamente pacíficas, fueron una reacción ante las violaciones de derechos humanos que ocurren en la isla desde hace décadas, la escasez de comida y medicamentos y la respuesta del gobierno ante la pandemia de Covid-19. Numerosos manifestantes gritaron “¡libertad!” o “patria y vida”, en referencia a una canción que reformula el viejo eslogan del régimen, “patria o muerte”, y critica la represión en el país.

El gobierno respondió a las protestas con censura y represión brutal y sistemática.

Poco después del inicio de las manifestaciones, el presidente Miguel Díaz-Canel instó a simpatizantes del gobierno y a las fuerzas de seguridad a responder a las protestas con violencia. “Convocamos a todos los revolucionarios a salir a las calles a defender la Revolución”, manifestó. “La orden de combate está dada”[1].

Un manifestante —el cantante Diubis Laurencio Tejeda, de 36 años— murió, al parecer como resultado del accionar de la policía[2]. Organizaciones cubanas de derechos humanos han señalado que más de 1.400 personas fueron detenidas, incluyendo más de 700 que continúan privadas de la libertad[3]. Los tribunales cubanos han ratificado las sentencias contra más de 380 manifestantes y transeúntes, incluyendo varios niños y niñas.[4]. Múltiples organizaciones especializadas indicaron que el 11 de julio hubo interrupciones del servicio de internet en todo el país, seguidas por conectividad intermitente, incluyendo restricciones a las redes sociales y plataformas de mensajería[5].

Este informe documenta un gran número de violaciones de derechos humanos contra críticos conocidos y ciudadanos comunes, que incluyen intimidaciones, detenciones arbitrarias, procesos penales abusivos, golpizas y otros casos de maltrato que, en algunas instancias, constituyen tortura.

Human Rights Watch comprobó que las violaciones de derechos en el contexto de las protestas en Cuba siguen patrones que sugieren claramente la existencia de un plan para impedir que las personas protesten, castigar a quienes lo hacen y generar temor para evitar nuevas manifestaciones multitudinarias contra el régimen. Este hallazgo es el resultado de más de 155 casos documentados en detalle a lo largo de un año de investigación sobre la represión de las protestas de julio de 2021, incluyendo los 14 casos descritos en este informe[6].

En total, Human Rights Watch entrevistó a más de 170 personas ubicadas en Cuba. Los entrevistados incluyeron víctimas de abusos y sus familiares y abogados, así como defensores de derechos humanos y periodistas. Siempre que fue posible, Human Rights Watch consultó documentos judiciales, artículos de prensa y publicaciones de organizaciones cubanas de derechos humanos. También verificamos fotografías y videos enviados directamente a los investigadores de Human Rights Watch o publicados en redes sociales. Miembros del Grupo Independiente de Expertos Forenses (Independent Forensic Expert Group, IFEG) del Consejo Internacional para la Rehabilitación de las Víctimas de Tortura (International Rehabilitation Council for Torture Victims, IRCT), una organización internacional integrada por reconocidos expertos forenses, emitieron dictámenes periciales sobre algunas evidencias.

Los funcionarios implicados en abusos incluyen a miembros de los servicios de inteligencia, conocidos en Cuba como “seguridad del Estado”; las fuerzas militares; la Policía Nacional; y una brigada especial del Ministerio del Interior conocida como “boinas negras”. Las “brigadas de respuesta rápida”, nombre por el que se conoce a grupos de civiles organizados por el gobierno, estuvieron implicadas en varias golpizas. Jueces y fiscales, que en Cuba carecen de independencia respecto al gobierno, facilitaron procesos penales abusivos y participaron en los mismos.

Comprobamos que los funcionarios detuvieron de forma reiterada a personas que protestaban de manera pacífica y arrestaron a críticos cuando se dirigían a las manifestaciones o les prohibieron salir de sus casas durante días o incluso semanas.

En la mayoría de los casos documentados por Human Rights Watch, las autoridades mantuvieron a los detenidos incomunicados durante días, semanas o incluso meses, sin poder realizar llamadas telefónicas o recibir visitas de sus familiares o abogados.

La mayoría de las personas detenidas manifestaron que las mantuvieron en celdas atestadas e insalubres, con acceso limitado o nulo a alimentos, medicamentos, agua limpia o protección para evitar el contagio de Covid-19. Muchas señalaron que fueron sometidas a interrogatorios reiterados y abusivos en los que les preguntaban con insistencia sobre temas no relacionados con los delitos que supuestamente habían cometido; por ejemplo, sobre sus familias o trabajos. Algunas afirmaron que, en ocasiones, fueron amenazadas con procesos penales si se negaban a responder preguntas sobre la organización de las protestas. Algunas de las personas fueron golpeadas, forzadas a hacer sentadillas desnudas o sometidas a maltratos, incluyendo privación del sueño y otros abusos que, en algunos casos, constituyen torturas.

Decenas de detenidos fueron procesados en “juicios sumarios” previstos en el derecho cubano. Estos manifestantes fueron juzgados en grupo, a menudo sin representación legal, en audiencias a puertas cerradas, donde los fiscales los acusaron de delitos vagos e imprecisos como “desorden público” y “desacato”, principalmente en base a testimonios de agentes de las fuerzas de seguridad.

Decenas más fueron procesados por medio de “juicios ordinarios” y condenados a largas penas de prisión. Muchos de los juicios tuvieron lugar en tribunales militares, lo cual viola el derecho internacional. Muchas personas fueron procesadas por “sedición” y condenadas a penas de prisión desproporcionadas de hasta 25 años por su supuesta participación en incidentes violentos, tales como arrojar piedras durante las protestas.

La fiscalía presentó como conductas delictivas acciones que constituyen un ejercicio legítimo de la libertad de expresión y asociación, tales como protestar pacíficamente, proferir insultos contra el presidente o la policía o cantar “Patria y vida”. Además, los fiscales utilizaron pruebas poco confiables y sin corroborar, tales como declaraciones tomadas únicamente a miembros de las fuerzas de seguridad o supuestas “huellas de olor” de los acusados, y los tribunales emitieron condenas en base a estas cuestionables evidencias.

Familiares de los detenidos, manifestantes y activistas señalaron que policías y agentes de la seguridad del Estado los acosaron e intimidaron repetidamente; algunos se vieron obligados a abandonar el país a raíz de estas intimidaciones.

Además de adoptar medidas drásticas para castigar a quienes participaron en las manifestaciones, las autoridades cubanas han buscado desmantelar el limitado espacio cívico que permitió que las protestas tuvieran lugar.

En agosto de 2021, el gobierno publicó el Decreto-Ley 35 y varias normas complementarias que restringen gravemente la libertad de expresión en internet[7]. En mayo de 2022, la Asamblea Nacional aprobó un nuevo código penal que, entre otras normas vagas e imprecisas, incluye una disposición que sanciona con hasta 10 años de cárcel a quien provea, reciba o posea fondos “con el propósito de sufragar actividades contra el Estado y su orden constitucional”. Ese lenguaje amplio allana el camino para sanciones que restrinjan aún más el derecho de los cubanos a movilizarse y cuestionar de manera pacífica los abusos del gobierno.

La represión del régimen, así como su ostensible falta de interés por abordar las causas subyacentes que llevaron a muchos cubanos a las calles, han forzado a miles de personas a abandonar el país, en muchos casos a través de Nicaragua, que eximió a los cubanos de visado a fines de 2021. La Patrulla Fronteriza de EE. UU. detuvo a más de 118.000 ciudadanos cubanos entre enero y mayo de 2022. Esto representa un aumento drástico en comparación con las 17.000 personas detenidas en el mismo período de 2021[8]. La Guardia Costera de EE. UU. ha interceptado a más de 2.900 cubanos en el mar desde octubre de 2021, lo que constituye, por mucho, la cifra más alta en los últimos cinco años[9].

Además, muchos cubanos huyeron a países de América Latina y Europa. Las investigaciones de Human Rights Watch en el Tapón del Darién, una zona selvática en la frontera entre Colombia y Panamá, así como en la frontera sur de México, demuestran que los cubanos que emprenden el peligroso recorrido al norte a través de América Latina enfrentan abusos por parte de bandas criminales, así como dificultades para obtener estatus legal en la región[10].

Por décadas, la comunidad internacional no ha conseguido que haya avances sostenidos en materia de derechos humanos en Cuba. En particular, ha faltado presión multilateral por parte de países de América Latina, Estados Unidos, Canadá y Europa.

Los esfuerzos del gobierno estadounidense para impulsar cambios por medio de un embargo económico han sido un fracaso. En lugar de aislar a Cuba, esta política ha aislado a Estados Unidos, permitiendo que el gobierno cubano genere simpatía en el exterior y que Washington pierda el apoyo de potenciales aliados.

Asimismo, muchos gobiernos latinoamericanos, entre ellos México y Argentina, han sido reticentes a criticar el régimen cubano; en algunos casos, han elogiado abiertamente al gobierno a pesar de los graves abusos que ha cometido.

Las medidas adoptadas por el gobierno cubano en contra de las protestas de julio de 2021 violan varios derechos protegidos por tratados internacionales, tales como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) y la Convención contra la Tortura (CCT). Estos incluyen los derechos a la libertad de expresión y asociación, a la seguridad y libertad, las garantías de debido proceso y el derecho a no sufrir torturas y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes. Cuba es parte de la CCT y firmó el PIDCP en 2008, aunque es uno de los pocos Estados a nivel global que aún no lo ha ratificado[11]. Estos derechos, establecidos por la Declaración Universal de Derechos Humanos, también forman parte del derecho internacional consuetudinario.

Estados Unidos, Canadá, la Unión Europea y los gobiernos de América Latina deben adoptar un enfoque multilateral y coordinado respecto a Cuba que apoye los derechos de los manifestantes, periodistas y activistas cubanos y condene la brutal represión en el país.

 

Recomendaciones

A los gobiernos de América Latina, Estados Unidos, Canadá, la Unión Europea, los Estados Miembros de la UE y aquellos preocupados por la situación en Cuba:

  • Adoptar medidas para lograr un enfoque multilateral y coordinado respecto a Cuba que priorice los derechos humanos en el país.
  • Condenar de manera inequívoca la represión contra manifestantes y críticos en Cuba e instar a que el gobierno cubano libere a todas las personas detenidas arbitrariamente.
  • Expresar públicamente un respaldo a los derechos de manifestantes, periodistas y activistas cubanos.
  • Implementar los compromisos establecidos en la Declaración de Los Ángeles, adoptada durante la Cumbre de las Américas en junio de 2022, para que los cubanos que migran o solicitan asilo u otras formas de protección internacional lo puedan hacer de forma legal y segura.
  • Priorizar el monitoreo y la denuncia de las restricciones al acceso a internet en Cuba.

Al gobierno del presidente estadounidense Joe Biden:

  • Desmantelar progresivamente la política de aislamiento hacia Cuba, reemplazando el embargo y las restricciones a viajes y comercio con Cuba con formas más eficaces de presión multilateral.

A los Estados miembros del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas:

  • Plantear la situación de derechos humanos en Cuba durante las reuniones y debates del Consejo; en particular, durante los Diálogos Interactivos con los titulares de mandatos de Procedimientos Especiales o en sus declaraciones en virtud del ítem 4.

A la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos:

  • Realizar un seguimiento atento de la situación de derechos humanos en Cuba y condenar de forma pública las violaciones de derechos humanos el país, incluyendo los abusos sistemáticos contra manifestantes y críticos.
     

A los Procedimientos Especiales relevantes de la ONU:

  • Monitorear e informar al Consejo de Derechos Humanos y, cuando así corresponda, a la Tercera Comisión de la Asamblea General de las Naciones Unidas, sobre las violaciones de derechos humanos que se hayan producido en el marco de sus mandatos, incluyendo en relación con la libertad de reunión y asociación pacífica, la libertad de opinión y expresión, la situación de los defensores de derechos humanos, y torturas y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes, en particular con respecto a las prácticas abusivas de las autoridades cubanas contra manifestantes y críticos.

A los Estados Parte de la Convención contra la Tortura de 1984 y la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura:

  • Ejercer la jurisdicción universal, en la medida en que lo permita el derecho interno, sobre funcionarios cubanos responsables de torturas, en consonancia con lo establecido en el artículo 5 de la Convención contra la Tortura.
 

Casos seleccionados

Lorenzo Rosales Fajardo, de 50 años, y su hijo, de 17, en Palma Soriano

Luego de oficiar un servicio religioso en su hogar en Palma Soriano, Santiago de Cuba, el 11 de julio, el pastor evangélico Lorenzo Rosales Fajardo, de 50 años, participó en las protestas acompañado de su hijo, que entonces tenía 17 años. Un familiar contó que se manifestaron de forma pacífica, sin hacer comentarios ofensivos sobre el gobierno, puesto que ello habría sido contrario a su fe[12].

Según el familiar, policías antidisturbios detuvieron a Rosales Fajardo, lo llevaron a rastras y lo golpearon con bastones en la espalda y el rostro, lo cual le provocó la pérdida de un diente y varios empastes. Cuando su hijo preguntó a los agentes por su paradero, también lo detuvieron.

Lorenzo Rosales Fajardo © Privado

Los llevaron a distintas estaciones de policía y, en la madrugada, los transfirieron a ambos a una escuela abandonada en Santiago de Cuba. Rosales Fajardo estuvo detenido allí durante dos días, y su hijo una semana.

Hasta su liberación el 18 de julio, el hijo estuvo en una celda improvisada y atestada en el segundo piso de la escuela. Le dieron comida podrida y muy poca agua. En repetidas ocasiones, los agentes lo despertaron a él y otros detenidos en la noche, los golpearon y los empujaron por las escaleras mientras tenían las manos atadas. Según señaló el familiar, que habló con él tras su liberación, les quitaron la ropa y los obligaron a hacer sentadillas desnudos frente a otros detenidos. Los agentes dijeron que el hijo estaba siendo investigado por “desorden público”.

El 14 de julio, Rosales Fajardo fue transferido a la sede provincial de la seguridad del Estado en Versalles, en las afueras de Santiago de Cuba. Según contó el familiar, en el camino lo golpearon y perdió el conocimiento. Al despertarse, los policías estaban orinando sobre él.

Su familia solo supo su paradero cuando les informó otro pastor, seis días tras el arresto.

En Versalles, Rosales Fajardo estuvo confinado, solo, en una celda pequeña y oscura. Lo interrogaban a toda hora. Los policías le preguntaban quién le pagaba, para quién trabajaba y quién lo había mandado a las protestas. Por momentos la celda se llenaba de insectos que lo picaban en todo el cuerpo y que él no podía ver en la oscuridad. Según el familiar, no tenía forma de distinguir si era de día o de noche.

El 6 de agosto, Rosales Fajardo fue transferido junto con otros detenidos a una cárcel de máxima seguridad en Boniato, en las afueras de Santiago de Cuba. Al llegar allí, los presos los insultaron, los golpearon y forzaron a algunos detenidos a practicarles sexo oral, contó el familiar.

La familia de Rosales Fajardo pudo hablar con él por teléfono por primera vez el día posterior a su traslado y consiguió visitarlo recién el 16 de octubre. Según contó el familiar, Rosales Fajardo “no deja de llorar” cuando habla del trato que él y otros detenidos han sufrido.

El 20 y 21 de diciembre de 2021, Rosales Fajardo y otros 15 acusados fueron sometidos a un juicio a puertas cerradas en Palma Soriano. Rosales Fajardo fue condenado por “desorden público”, “desacato” y “atentado”. El fiscal lo acusó de instar a otros vecinos a sumarse a las manifestaciones, insultar a la policía y al presidente Díaz-Canel y empujar a agentes para romper un cordón policial[13].

Durante el juicio, el tribunal no permitió que su abogado presentara videos y autorizó únicamente a dos de los testigos solicitados, quienes dijeron que Rosales Fajardo había protestado pacíficamente y no había hecho comentarios ofensivos. El juez determinó que todos los agentes de seguridad que declararon en el proceso se habían mostrado “seguros, claros e imparciales”, mientras que los testigos civiles que declararon a favor de los acusados habían sido “contradictorios” y no resultaban creíbles[14].

Rosales Fajardo fue sentenciado a siete años de prisión el 29 de abril. La condena fue confirmada por un tribunal de apelación el 24 de junio. Rosales Fajardo se encontraba en la prisión de Boniato al momento de preparación de este informe.

Miguel Díaz Sosa, de 48 años, en San Antonio de los Baños

Luego de casi tres semanas de confinamiento obligatorio por la pandemia, que le había impedido salir a pescar, Miguel Díaz Sosa, un pescador de 48 años, participó en una protesta el 11 de julio en un parque frente a su casa en el municipio de San Antonio de los Baños, en la provincia de Artemisa[15].

El día posterior a la protesta, aproximadamente 20 agentes de diversas unidades policiales lo arrestaron en su hogar, según señaló un familiar.

Miguel Díaz Sosa © Privado

Las autoridades mantuvieron a Díaz Sosa incomunicado 12 días en la cárcel local y aproximadamente la misma cantidad de tiempo en el centro en Guanajay del Departamento Técnico Investigativo (DTI), un organismo del Ministerio del Interior a cargo de la investigación de delitos, donde pudo recibir visitas semanales de sus familiares por 10 minutos, pero las llamadas telefónicas estaban prohibidas, según el familiar. Luego fue trasladado a la cárcel de Guanajay.

En noviembre, Díaz Sosa pasó casi 10 días en una “celda de castigo” fría y húmeda, supuestamente por haber hablado sobre una protesta programada para el 15 de noviembre. Díaz Sosa, quien sufre de hipertensión y tiene una placa en el cráneo a raíz de una lesión anterior, desarrolló asma, cefaleas y, eventualmente, alucinaciones, señaló el familiar.

Meses después de la detención, las autoridades dijeron a la familia que se acusaba a Díaz Sosa de “desorden público” por asistir a la manifestación; “atentado” por romper el cordón policial junto con otros manifestantes; y dos cargos de “desacato” por gritar consignas en contra del presidente y de la policía y por decirle a la secretaria del comité municipal del Partido Comunista “no queremos diálogo, basta de mentiras”[16].

Díaz Sosa fue juzgado, junto con otras 16 personas, en un tribunal provincial de Guanajay entre el 13 y el 15 de diciembre. Según el familiar, Díaz Sosa solo pudo ver a su abogado una vez antes del juicio. Se permitió a un familiar de cada acusado asistir al juicio, en el cual hubo una fuerte presencia policial. “No podíamos ni mirar para el lado, porque si no nos sacaban de la sala,” contó el familiar.

Los fiscales presentaron una serie de videos como evidencia, pero, según el familiar presente en el juicio, los acusados y sus familias no pudieron verlos. La sentencia no describe qué acciones supuestamente realizó Días Sosa según los videos[17]. Díaz Sosa declaró que se había manifestado de forma pacífica y no había ofendido ni atacado a la policía. Varios testigos declararon que tenía buen comportamiento, pero los jueces consideraron que no se les podía dar “total crédito”[18].

Díaz Sosa fue condenado por todos los cargos a ocho años de prisión. Su familia presentó una apelación. Se encontraba en la prisión de Guanajay al momento de redacción de este informe.

Luis Manuel Otero Alcántara, de 34 años, en La Habana

Luis Manuel Otero Alcántara, artista independiente y uno de los intérpretes de “Patria y Vida”, fue detenido el 11 de julio, alrededor de las 3 p.m.[19]. Había llamado a su novia para decirle que iba a participar en una manifestación pacífica en el centro de La Habana. Horas más tarde, un testigo le dijo a su novia que varios policías y agentes de seguridad del Estado lo habían detenido[20].

Luis Manuel Otero Alcántara © Privado

El 16 de julio, un agente le informó al abogado de Otero Alcántara que este estaba detenido en Villa Marista, un centro de seguridad del Estado en La Habana, y que sería trasladado a la prisión de máxima seguridad de Guanajay. El agente le indicó que estaba siendo investigado por “atentado”, “resistencia” y “desacato”, pero no explicó cuáles eran los fundamentos o las pruebas para esa acusación[21]. El 5 de agosto, su abogado pudo verlo por primera vez[22].

Otero Alcántara ya había sido detenido en numerosas ocasiones por periodos breves de tiempo y había sido imputado por criticar al gobierno.

En febrero de 2022, Alcántara fue acusado de “ultraje a los símbolos de la patria” por utilizar la bandera cubana en el performance Drapeau, para el cual usó o llevó consigo la bandera cubana las 24 horas del día durante un mes en 2019[23]. Un fiscal en La Habana pidió una condena de 7 años de cárcel [24].

El fiscal también lo acusó de “desorden público” y “desacato” por reunirse con el cantante de rap Maykel Castillo Pérez y otras personas durante una protesta el 4 de abril de 2021, cantar “Patria y Vida” en público, corear una canción “ofensiva” contra el presidente Díaz-Canel y pronunciar “palabras ofensivas” contra otros funcionarios gubernamentales[25].

En repetidas ocasiones, las autoridades cubanas ofrecieron liberar a Otero Alcántara a cambio de que se fuera del país por tiempo indefinido, una propuesta que el gobierno también ha hecho a otros críticos en los últimos meses[26]. Otero Alcántara rechazó públicamente la oferta[27].

Otero Alcántara fue juzgado junto con Maykel Castillo Pérez el 30 y 31 de mayo en un tribunal de La Habana. Las autoridades solo permitieron la presencia de dos familiares por detenido durante el juicio[28]. El 24 de junio, Otero Alcántara fue condenado a cinco años de prisión[29].

Otero Alcántara aún se encontraba en la prisión de Guanajay al momento de elaboración de este informe.

José Daniel Ferrer García, de 51 años, y José Daniel Ferrer Cantillo, de 18, en Santiago de Cuba

José Daniel Ferrer García, presidente de la organización opositora Unión Patriótica de Cuba (UNPACU), y su hijo, José Daniel Ferrer Cantillo, fueron detenidos el 11 de julio alrededor de las 5 p.m., cuando se dirigían a una manifestación frente al teatro José Martí en Santiago de Cuba[30]. Ferrer Cantillo dijo a Human Rights Watch que los policías los detuvieron violentamente y los empujaron contra un vehículo policial, a pesar de que no se resistieron al arresto[31].

Ambos fueron llevados a la Unidad Provincial de Instrucción Criminal y Operaciones (UPICO), un centro de detención, donde los separaron[32].

José Daniel Ferrer García © Privado

Ferrer Cantillo dijo que él y otros dos hombres estuvieron detenidos en una celda de dos metros cuadrados sin ventanas ni luz artificial. Los policías lo interrogaron varias veces, preguntando por qué había participado de las protestas y amenazando con que sería condenado a prisión. Ferrer Cantillo comenzó una huelga de hambre al llegar a la cárcel. En repetidas ocasiones, los agentes lo llevaron a la enfermería de la penitenciaría, donde, en lugar de brindarle asistencia médica, intentaron convencerlo de abandonar la huelga diciendo que, si continuaba, moriría[33].

El día después de las detenciones, la esposa de Ferrer García se dirigió a varias dependencias de policía locales preguntando por ellos. En vez de informarle dónde se encontraban, un policía la detuvo por cinco horas en una estación de policía local donde, según contó, fue obligada a permanecer parada bajo el sol durante cinco horas. Cuando la liberaron, un policía le dijo que Ferrer García se encontraba en la UPICO y que pasaría “un largo tiempo en la cárcel”[34].

Un documento de la fiscalía, de fecha 17 de julio, daba instrucciones de que Ferrer García permaneciera en prisión preventiva y de que se liberara a Ferrer Cantillo. Según el documento, los dos se encontraban sujetos a una investigación por “desorden público”, debido a que “decidieron unirse” a las protestas “contra el proceso revolucionario” y gritaron “¡abajo Díaz-Canel!” y “¡abajo el hambre!” mientras los detenían. El documento también señala que Ferrer García “se manifiesta en contra del proceso revolucionario” y su hijo “se relaciona con personas que se manifiestan en contra del proceso revolucionario”[35].

Ferrer Cantillo fue liberado el 17 de julio. Un agente le entregó una notificación en la cual le informaba que estaba bajo investigación por “desorden público” y que no podría participar de manifestaciones. Él se negó a firmar la notificación[36].

El 22 de julio, su familia presentó un recurso de habeas corpus solicitando la liberación de Ferrer García, el cual fue desestimado de forma sumaria al día siguiente[37]. La decisión del tribunal que rechazó el habeas corpus indica que Ferrer García está “en trámite investigativo”, pero no indica por qué lo investigan ni dónde está detenido[38].

La esposa de Ferrer García señaló que acudió a la UPICO en varias ocasiones, pero los agentes se negaron a informarle el paradero de su esposo[39]. Según la esposa, el 21 de julio volvieron a detenerla por dos horas cuando pidió verlo[40]. El 12 de agosto, un funcionario de la UPICO confirmó finalmente que Ferrer García se encontraba allí, pero dijo que no podía recibir visitas[41].

José Daniel Ferrer Cantillo © Privado

El 14 de agosto, la esposa de Ferrer García recibió un documento de un tribunal de Santiago de Cuba donde se indicaba que este debía cumplir 4 años y 14 días de prisión por una condena de abril de 2020 que le imponía una “limitación de libertad” por supuestamente haber agredido a una persona[42].

Conforme al derecho cubano, las personas con “limitación de libertad” deben tener una “observancia de una actitud honesta hacia el trabajo” y un “estricto cumplimiento de las leyes”, dos condiciones que el tribunal de Santiago de Cuba sostuvo que Ferrer García había violado[43]. En octubre de 2020, el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de las Naciones Unidas concluyó que Ferrer García había sido detenido arbitrariamente, se le había negado un juicio justo y había sido víctima de “desaparición forzada” luego de su detención[44].

Su familia pudo visitarlo en prisión por primera vez a los 90 días de su arresto. Uno de los familiares contó que estaba muy enfermo, sufre fuertes dolores de cabeza y oído, hipertensión, úlcera estomacal y ha perdido parcialmente la vista. Su familia le envió medicamentos, pero dijeron que no saben si las autoridades se los han entregado[45].

Ferrer García le dijo a su familia que su celda no tiene ventanas ni ventilación natural y que no se le permitía salir al aire libre. Las luces permanecían encendidas en su celda las 24 horas del día[46].

Ferrer García se encontraba en la prisión de Mar Verde en las afueras de Santiago de Cuba al momento de redacción de este informe[47].

Orelvys Cabrera Sotolongo, de 36 años, en Cárdenas

Orelvys Cabrera Sotolongo, periodista del sitio web de noticias Cubanet, participó en las protestas del 11 de julio en Cárdenas, provincia de Matanzas, con su pareja, Yunior Pino Pérez. Dijeron que las protestas se desarrollaron de manera mayormente pacífica, aunque en la noche algunas personas rompieron las vidrieras de varias tiendas y vandalizaron dos automóviles policiales[48].

Contaron que decidieron irse del lugar de las protestas, pero que un patrullero los interceptó cuando caminaban de regreso a casa. Un agente de la seguridad del Estado, a quien Cabrera reconoció de una detención anterior, les pidió sus documentos de identidad, que ellos no llevaban consigo. Según Cabrera, el agente les dijo que los llevarían a una estación de policía porque los había visto en las protestas[49]. Dejaron ir a su pareja.

Orelvys Cabrera Sotolongo © Privado

En la patrulla policial, un policía le dijo a Cabrera que tenía un video de él donde se lo veía vandalizando tiendas, hecho que Cabrera niega. Lo llevaron a una estación de policía, donde un agente lo acusó de “promover” y “financiar” las protestas en Cárdenas. Los agentes lo interrogaron y luego lo subieron en una patrulla que estaba estacionada junto a la estación, donde permaneció detenido y esposado por varias horas esa noche[50].

Cerca de la medianoche, lo llevaron a un establecimiento en Matanzas conocido como “El Técnico”, que pertenece al departamento de investigación de la seguridad del Estado. Los agentes lo llevaron a una sala, le dijeron que querían “concientizarlo” de que la “revolución le había dado todo” y que no debía “traicionarla”[51].

Según Cabrera, él y otros ocho detenidos estaban hacinados en una celda de un metro y medio por dos metros, con escasa ventilación, luz y acceso a agua. La celda solo tenía una pequeña ventana que permitía a los detenidos mirar al exterior y cuatro camas de cemento. Uno de sus compañeros de celda tenía síntomas de Covid-19, contó Cabrera[52].

Los agentes lo interrogaron reiteradamente durante su detención, a menudo amenazándolo con que no volvería a ver a su familia y podría enfrentar entre 10 y 15 años de cárcel. En una ocasión, un agente lo acusó de pagarle a personas para que participaran en las protestas. En otra, según dijo, le mostraron imágenes de él tomando fotos de las protestas y dijeron que eso constituía “instigación a delinquir”[53].

A Cabrera solo se le permitió hacer una llamada telefónica el 21 de julio, 10 días después de su arresto. Llamó a su pareja para informarle dónde se encontraba detenido. Hasta entonces, su familia no había tenido información sobre su paradero[54].

El 13 de agosto, agentes lo trasladaron a la prisión Combinado del Sur en Matanzas y le dijeron que se encontraba en prisión preventiva. En la prisión, agentes le rasuraron el cabello y la barba y le hicieron una prueba de COVID-19. El resultado fue negativo. Lo mantuvieron con otros nueve detenidos, pero la celda era más grande y tenía mejor ventilación, señaló Cabrera[55].

El 19 de agosto, lo liberaron. Le dijeron que estaría bajo detención domiciliaria a la espera de juicio por “desorden público”. Un agente le dijo que debía abandonar el país[56].

El 2 de septiembre, policías lo citaron para que se presentara en una estación en Cárdenas, donde le aplicaron una multa de 1.000 pesos cubanos (aproximadamente USD 40). Le dijeron que había sido absuelto del delito de “desorden público”, pero que seguían investigándolo por “propagación de epidemia”[57].

El 12 de noviembre, agentes de seguridad del Estado lo citaron para que se presentara en sus oficinas en Matanzas, donde le informaron que habían iniciado una investigación contra él por una serie de delitos, incluyendo trabajar como periodista sin “acreditación”. Dijo que le informaron que podría recibir una condena de 30 años de cárcel. Algunos días más tarde, un hombre, que se identificó como agente de la seguridad del Estado, se le acercó y le dijo que se fuera de Cuba[58].

El 19 de diciembre, Cabrera y su pareja tomaron un avión con destino a Moscú, Rusia, uno de los pocos países donde los cubanos no necesitan visa. En marzo, una organización no gubernamental los ayudó a obtener una visa para ingresar en la Unión Europea. Fueron a la República Checa y poco después tomaron un avión a México. Habían solicitado asilo en Estados Unidos al momento de la preparación de este informe[59].

Osain Denis Trujillo, de 41 años, en Cárdenas

Osain Denis Trujillo, activista de derechos humanos, y su familia participaron en las manifestaciones del 11 de julio en Cárdenas, provincia de Matanzas, para protestar la escasez de medicamentos en Cuba, la cual, según dijeron, había desencadenado en la muerte de un familiar en un hospital el día antes de la protesta[60].

El 12 de julio, contó un familiar, un patrullero y varios “boinas negras” se presentaron en su vivienda y arrestaron a Trujillo. No mostraron ninguna orden de detención ni le indicaron por qué lo arrestaban. Si bien Trujillo no se resistió, un agente lo golpeó en el rostro reiteradamente y luego le torció el brazo para inmovilizarlo.

Osain Denis Trujillo © Privado

Los agentes lo llevaron a una estación de policía en Cárdenas y, horas más tarde, lo trasladaron a una sede del DTI. No permitieron que Trujillo llamara a sus familiares o abogados. Recibió su primera visita, de su abogado, el 2 de septiembre. Le contó que al llegar a la dependencia del DTI los agentes lo habían golpeado “hasta el punto que se desmayó”.

Trujillo sufre de gastritis. Su familia le envió medicamentos, pero no sabe si los recibió. El 10 de agosto, sus familiares se enteraron de que lo habían llevado a un hospital para un control porque estaba “vomitando sangre”[61].

Trujillo y otras 15 personas fueron juzgadas conjuntamente en un tribunal municipal de Cárdenas entre el 15 y el 17 de marzo de 2022. Un fiscal pidió que fuera condenado a siete años de cárcel por “desorden público” y “desacato”[62]. El fiscal sostuvo que Trujillo había engañado a funcionarios de la sede local del partido comunista para que le permitieran ingresar en el edificio y luego había pronunciado un discurso, utilizando un micrófono, sobre la falta de medicamentos en los hospitales. También acusó a Trujillo de gritar “patria y vida” y de insultar al presidente Díaz-Canel.

El tribunal condenó a Trujillo a tres años de prisión. Al momento de la preparación de este informe, Trujillo permanecía detenido en la prisión de Agüica en Matanzas, y su caso se encontraba en apelación.

María Cristina Garrido Rodríguez, de 39 años, y Angélica Garrido Rodríguez, de 41 años, en Quivicán

María Cristina Garrido Rodríguez, una activista del Partido Republicano Cubano de 39 años, y su hermana, Angélica Garrido Rodríguez, una ama de casa de 41 años, participaron en protestas durante la mañana del 11 de julio en Quivicán, provincia de Mayabeque. Esas manifestaciones se desarrollaron de manera pacífica. Los manifestantes entonaron “patria y vida” y no fueron reprimidos, según indicaron testigos[63].

María Cristina Garrido Rodríguez © Privado

Al día siguiente, cuando María Cristina y Angélica se dirigían a la estación de policía local para ver a amigos que habían sido detenidos durante las manifestaciones la noche anterior, dos policías y dos agentes de seguridad del Estado las interceptaron en la calle y las arrestaron.

Los agentes las llevaron a la estación de policía local y más tarde las trasladaron al establecimiento de seguridad del Estado conocido como “El Técnico”.

A Angélica no se le permitió recibir visitas hasta el 26 de julio, cuando pudo visitarla su esposo. Estuvo presente un policía en la sala, por lo que no pudo contar mucho sobre su detención, según indicó su esposo. Angélica mencionó que no la habían golpeado, pero dijo que sufrió abuso psicológico. También indicó que durante algún tiempo compartió una celda con un hombre.

A María Cristina no se le permitió realizar una llamada ni recibir visitas hasta el 31 de julio, cuando se autorizó que su esposo la viera por 15 minutos. María Cristina le contó que una agente le había dado puñetazos en las piernas y los brazos. También dijo que la misma agente la despertaba reiteradamente temprano por la mañana y la obligaba a gritar “¡viva Fidel!” y “¡viva la revolución!”. En una ocasión, María Cristina se rehusó y la enviaron por 24 horas a una celda que ella describió como “de castigo”, la cual no tenía luz, agua ni instalaciones sanitarias.

El 20 y 21 de enero, María Cristina y Angélica fueron llevadas a juicio con otras cinco personas en San José de las Lajas. Solo se permitió la presencia de un familiar por acusado.

Angélica Garrido Rodríguez © Privado

María Cristina fue acusada de “resistencia”, “atentado”, “instigación a delinquir” y “desorden público”. Angélica fue acusada de “desorden público” por su participación en las protestas y de “desacato”, “atentado” y “resistencia” porque presuntamente se había resistido al arresto, según contaron familiares.

Cinco policías declararon contra las mujeres, y no se permitió que el abogado defensor presentara pruebas, indicaron sus familiares.

El tribunal las condenó por “atentado” y las absolvió del resto de los cargos. María Cristina fue condenada a siete años de prisión y Angélica a tres[64]. Sus familiares señalaron que un tribunal superior confirmó la condena el 30 de mayo, aunque no han podido obtener una copia de la decisión.

Al momento de preparación de este informe, las dos mujeres estaban encarceladas en el penal de mujeres en La Lisa, provincia de La Habana.

Abel González Lescay, de 22 años, en Bejucal

El estudiante de música Abel González Lescay, de 22 años, participó en protestas en la ciudad de Bejucal, provincia de Mayabeque, el 11 de julio de 2021[65].

Al día siguiente, a las 6 a. m., más de 20 policías y agentes de inteligencia se presentaron en su casa y preguntaron por él, indicó un familiar que presenció la detención. Cuando otro familiar pidió ver la orden de arresto, los agentes entraron en la vivienda empujándolo y dijeron que no tenían una. Esposaron a González Lescay en su dormitorio y lo subieron, desnudo, a una patrulla.

Abel González Lescay © Privado

Horas después de que un familiar fuera a la estación de policía a denunciar la detención arbitraria, un funcionario de la dependencia del DTI en Bejucal lo llamó para pedir que le llevara ropa para González. Al llegar, agentes le dijeron que González Lescay estaba siendo investigado, pero no indicaron por qué ni permitieron que el familiar lo viera.

El 18 de julio, tras mantener a González Lescay incomunicado por seis días, agentes lo llevaron a su casa y dijeron que estaba bajo detención domiciliaria a la espera de un juicio por “desorden público”, dijo un familiar.

El 22 de enero de 2022, González Lescay fue enjuiciado en Mayabeque junto con otros cinco acusados. Un fiscal lo acusó de proferir insultos contra la policía y el presidente Díaz-Canel durante la manifestación del 11 de julio. Le pidió a un juez que condenara a González Lescay a siete años de prisión por los delitos de “desorden público” y “desacato”.

El 30 de marzo, un tribunal de Mayabeque informó a su familia que había sido condenado a seis años de prisión[66]. Su abogado apeló la decisión y, al momento de la preparación de este informe, González Lescay continuaba bajo detención domiciliaria a la espera de que se resolviera la apelación.

Yeremin Salsine Jane, de 31 años, en Artemisa

Yeremin Salsine Jane, empleado de un almacén de víveres, fue arrestado el 11 de julio durante una manifestación en la ciudad de Artemisa, al sudoeste de La Habana[67].

Un familiar que estuvo presente contó que la protesta se desarrolló pacíficamente hasta que llegó un camión de la policía con agentes de seguridad del Estado sin uniforme. El camión avanzaba y retrocedía entre la multitud, aplastando una bicicleta y exponiendo a los manifestantes a un posible choque. Varias personas intentaron detenerlo, y Salsine Jane trepó al estribo izquierdo y golpeó el costado del camión, según muestra un video publicado en Facebook el 6 de septiembre de 2021[68].

Después de que el camión se fue, un escuadrón antidisturbios atacó a los manifestantes, según dijo el familiar. Varios agentes arrojaron a Salsine Jane al piso, partiéndole la cabeza, y le propinaron una golpiza, causándole heridas en la muñeca y la rodilla. Perdió el conocimiento durante varios minutos y se despertó en un “baño de sangre”, según contó el familiar. Salsine Jane fue arrestado por agentes que lo llevaron a una estación local de policía. Esa noche, fue trasladado a un establecimiento del DTI en Guanajay y lo llevaron al hospital para suturar la herida.

Yeremin Salsine Jane © Privado

La familia pudo verlo por primera vez 10 días más tarde, por pocos minutos, tras pedir fe de su vida. Dijeron que seguía herido y tenía una cicatriz en la cabeza, pero no les permitieron tomar fotos. El familiar dijo que las autoridades solo permitieron que Salsine Jane se reuniera con su abogado una o dos veces, con el pretexto de la pandemia de Covid-19.

Salsine Janes fue sometido a un juicio a puerta cerrada, junto con otros 12 manifestantes, en un tribunal de Artemisa entre el 22 y el 24 de noviembre. La fiscalía alegó que “intimidó” al conductor al golpear la puerta izquierda del camión y romper la ventanilla[69].

Las pruebas en su contra consistieron en declaraciones de testigos y un video en el que se ve cuando sube al estribo y golpea el lado izquierdo del camión[70]. El tribunal desestimó la declaración de un testigo que dijo que el único objetivo de Salsine Jane había sido detener el camión. Según su familia, Salsine Jane intentó que el conductor se detuviera para que otras personas no resultaran heridas, y no lo golpeó ni rompió la ventanilla, a la cual otro manifestante habría arrojado una piedra.

Salsine Jane recibió una pena total de 10 años de prisión por “atentado”, a raíz del incidente con el camión; “desacato” por haber proferido consignas contra las autoridades y decir que eran unos “corruptos”; y “desorden público” por haber participado en la protesta.[71]

Al momento de preparación de este informe, estaba detenido en la prisión Kilo 5 ½ en la provincia Pinar del Río, mientras se encontraba en trámite una apelación ante la Corte Suprema. El familiar dijo que la herida en la cabeza, por la cual recibió siete puntos, no había cicatrizado, y que Salsine Jane sufre frecuentes jaquecas.

Yunier Claro Laguardia, de 43 años, en San Antonio de los Baños

Yunier Claro Laguardia, un albañil de 43 años, participó de manera pacífica en las protestas de la ciudad de San Antonio de los Baños, al sudoeste de La Habana, el 11 de julio. La policía lo arrestó en su domicilio el 10 de agosto, según contó un familiar[72].

Yunier Claro Laguardia © Privado

Laguardia estuvo detenido dos meses en la prisión Taco Taco en San Cristóbal, donde las autoridades no le permitieron llamadas ni visitas, invocando la pandemia de Covid-19. Desde entonces, ha estado detenido en la prisión de máxima seguridad de Guanajay. Un familiar señaló que guardias golpearon a Laguardia y a otros detenidos el 13 de noviembre por iniciar una huelga de hambre. Los desnudaron hasta quedar en ropa interior, les colocaron grilletes en las manos y los pies, los arrojaron al piso y los golpearon.

Laguardia fue juzgado a puertas cerradas junto con otras 16 personas en el tribunal municipal de San Antonio de los Baños entre el 13 y 15 de diciembre. La fiscalía solicitó una pena de 10 años para Laguardia por los cargos de “desorden público” y “desacato”[73]. Fue acusado de proferir consignas contra la policía y el presidente, de llamar “mentirosa” a la secretaria del comité municipal del Partido Comunista y gritar “no queremos diálogo, basta de mentira”, y de conducir a la multitud hacia el Consejo de la Administración y la sede del partido[74].

Agentes de las fuerzas de seguridad han acosado en reiteradas ocasiones a familiares de los manifestantes de San Antonio de los Baños que fueron juzgados de manera conjunta. El 14 de enero de 2022, seis familiares fueron citados a la sede del DTI en Guanajay, donde se reunieron con el director de la prisión de Guanajay, el jefe de seguridad de San Antonio de los Baños y un guardia de seguridad. Los hombres interrogaron a los familiares sobre fotografías que circulaban en redes sociales donde se les veía haciendo una “L” (de “Libertad”) con las manos. Según contó un testigo, les dijeron que no deberían haber publicado la foto porque “eso es lo que están haciendo los contrarrevolucionarios” y amenazaron con quitarles las visitas a prisión y tomar represalias contra los detenidos si volvían a publicar en redes sociales[75].

El 15 de marzo, Laguardia fue declarado culpable de todos los cargos y condenado a cuatro años de prisión. La familia decidió no presentar un recurso de apelación, pues su abogada dijo que eso podría resultar en una condena aún mayor.

Brusnelvis Adrián Cabrera Gutiérrez, de 20 años, en Arroyo Naranjo

En julio de 2021, la policía citó en dos ocasiones al trabajador agrícola Brusnelvis Adrián Cabrera Gutiérrez, de 20 años, para que se presentara en la estación de policía de La Güinera, en el municipio Arroyo Naranjo, provincia de La Habana. Los agentes le mostraron a él y a su madre un video de un joven que creían era él, montado en una motocicleta durante una protesta del 12 de julio en La Habana[76].

Cabrera Gutiérrez dijo que no había participado en la protesta. Según su madre, había pasado esa mañana en una piscina con su esposa y la tarde en el trabajo, sacando las vacas a pastar. Su madre contó que Cabrera Gutiérrez tiene mangas de tatuajes en ambos brazos, a diferencia del hombre del video. En ambas oportunidades, los agentes lo dejaron ir.

Brusnelvis Adrián Cabrera Gutiérrez © Privado

Pero el 27 de julio la policía lo arrestó en casa, diciendo que lo acusaban de “desorden público” y “desacato”. Lo llevaron al establecimiento del DTI en 100 y Aldabó, La Habana, donde permaneció hasta que lo liberaron bajo fianza 37 días después.

En un juicio a puertas cerradas en el Tribunal Municipal Popular Diez de Octubre en La Habana, que tuvo lugar del 14 al 16 de diciembre, Cabrera Gutiérrez y otras 14 personas fueron acusadas de “sedición”, que el derecho cubano define ampliamente como como “perturb[ar] el orden socialista” con “violencia” o “durante grave alteración del orden público”[77].

Se los acusó de gritar frases “incitando a levantarse violentamente contra el Estado revolucionario”, que “laceraban los sentimientos patrióticos” o “exacerbaban las diferencias y el odio entre los cubanos”, y de hacer comentarios ofensivos sobre autoridades del gobierno y del partido comunista[78]. La fiscalía dijo que Cabrera Gutiérrez estaba “incitando” a quienes observaban la protesta a “que se unieran al desorden”, además de “alentar e indicar a la muchedumbre” que avanzara hacia los agentes que custodiaban una estación de policía, “potenciando con sus acciones el clima de intranquilidad y violencia”[79].

Ningún testigo declaró en su contra[80]. La única prueba citada es el video. Un perito forense del Ministerio del Interior dijo que se obtuvieron “resultados probabilísticos” de que el hombre de la motocicleta fuera Cabrera Gutiérrez[81].

El abogado de Cabrera Gutiérrez presentó cuatro testigos para respaldar su coartada: el dueño de la finca, que dijo haber trabajado con él el 12 de julio; dos agricultores que dijeron haberlo visto, y el vecino en cuyo terreno pastaron las vacas. Pero los jueces desestimaron las declaraciones, alegando que los testigos “no fueron creíbles”[82].

El juez lo condenó a 15 años de prisión por “sedición”. Su abogado apeló la decisión y, en mayo, el Tribunal Supremo redujo la pena a 10 años[83]. Al momento de preparación de este informe, estaba detenido en la prisión Combinado del Este, en La Habana.

Elier Padrón Romero, de 26 años, en Arroyo Naranjo

Elier Padrón Romero, un ayudante de albañilería de 26 años, participó en las protestas en La Güinera, un barrio de bajos ingresos de Arroyo Naranjo, provincia de La Habana, el 12 de julio. Su madre contó que participó de manera pacífica, cantando consignas y grabando videos con su teléfono. Dijo que nueve días más tarde agentes de seguridad lo arrestaron en su domicilio, sin presentar una orden de detención[84].

En la estación, los agentes le propinaron puñetazos, patadas y golpes con tonfas, según contó. Esa tarde, en una prisión de menores en el vecindario de San Pedro del Cotorro —donde estuvieron detenidos muchos manifestantes, incluyendo niños, tras las manifestaciones de julio— Padrón Romero permaneció esposado mientras lo desnudaban y lo golpeaban.

Elier Padrón Romero © Privado

Contó que todos los días en la prisión de menores, agentes golpeaban a los detenidos con tonfas, palos de guayaba y cables torcidos y les ordenaban que gritaran “patria o muerte”. Cuando contestaban “patria y vida” los golpeaban con más fuerza. El último día de Padrón Romero allí, al repetir “patria y vida”, un agente le puso una pistola en la frente y amenazó con matarlo.

Fue trasladado a la prisión de máxima seguridad Valle Grande en la Habana, donde las autoridades no permitieron que viera a su familia ni a su abogado por dos meses. Adujeron que se debía a las medidas contra el Covid-19, pero su madre cree que lo mantuvieron oculto porque los golpes que recibió en la prisión de menores le impedían ponerse de pie o caminar.

Los guardias en Valle Grande los amenazaron a él y a otras personas, diciéndoles que “no existían para la sociedad” y que “si seguían pensando así los iban a desaparecer”, contó su madre.

En una audiencia celebrada a puertas cerradas entre el 14 y el 16 de diciembre, en el Tribunal Municipal Diez de Octubre en La Habana, Padrón Romero y otras 14 personas de la protesta en La Güinera enfrentaron cargos de “sedición”. La fiscalía acusó a Padrón Romero de filmar las protestas mientras “incitaba” a las personas a sumarse y a que “siguieran adelante” contra un cordón policial[85]. Las pruebas consistían en un video de él filmando las protestas y varias fotografías en las que se lo ve con un puño en alto y su teléfono en la otra mano[86].

Padrón Romero recibió una pena de 15 años de cárcel y fue trasladado a la prisión de máxima seguridad Combinado del Este en La Habana, donde permanecía al momento de redacción de este informe. En mayo, el Tribunal Supremo redujo su pena a 10 años de prisión[87]. Su madre indicó que, desde el juicio, policías y agentes de seguridad del Estado se han presentado repetidamente en su lugar de trabajo, por lo que cree que la están “vigilando”.

Juan Enrique Pérez Sánchez, de 34 años, en Nueva Paz

 Juan Enrique Pérez Sánchez, un técnico de telefonía de 34 años, participó en las protestas en la ciudad de Vegas, en Nueva Paz, provincia de Mayabeque, el 11 y 12 de julio. Su esposa, que lo acompañaba, dijo que participó de manera pacífica[88].

Contó que la tarde del 12 de julio, trabajadores públicos y un grupo de partidarios del gobierno llegaron al lugar en autobús y a pie. Policías tanto de civil como uniformados procedieron a golpear a los manifestantes. Los agentes arrestaron a 20 personas y las llevaron a un centro de detención en la ciudad de San José de las Lajas, incluyendo a Pérez Sánchez y su esposa. Ella señaló que, al llegar, los agentes golpearon a Pérez Sánchez con palos y con la bandera cubana que él llevaba, lo arrojaron al suelo, le dieron patadas y le rociaron gas pimienta en los ojos y la boca.

Juan Enrique Pérez Sánchez © Privado

Su esposa fue puesta en libertad después de 11 o 12 días y multada con 7.000 pesos cubanos (aproximadamente USD 290).

Pérez Sánchez estuvo bajo régimen de aislamiento por casi un mes, durante el cual fue interrogado a todas horas, sin permitirle dormir. En una oportunidad, los guardias le soltaron a un perro que lo atacó.

Cuatro militares le pidieron a Pérez Sánchez que firmara un documento en el que decía que se arrepentía de protestar. Cuando se rehusó a hacerlo, lo golpearon con palos.

Cuatro meses después del arresto, cuando finalmente permitieron que la esposa de Pérez Sánchez lo visitara —esta vez en la prisión de máxima seguridad Melena Dos— los moretones aún le cubrían la frente y tenía una costilla morada e inflamada, según contó. Le dijo que no había recibido atención médica adecuada.

Pérez Sánchez y otras 10 personas fueron juzgadas a puertas cerradas en el Tribunal Municipal Popular de San José de las Lajas entre el 13 y el 15 de diciembre[89]. La Fiscalía lo acusó de “desorden público”, “sabotaje” y dos cargos de “desacato” por supuestamente alentar a las personas a sumarse a la protesta y gritar consignas contra el gobierno, ofender a los manifestantes partidarios del gobierno y arrojar piedras a tres tiendas durante la noche del 11 de julio, rompiendo sus puertas y ventanas.

Parte de las pruebas en su contra consistía en “huellas de olor” de Pérez Sánchez, presuntamente encontrados en las piedras[90]. Miembros del Grupo Independiente de Expertos Forenses (IFEG) del Consejo Internacional para la Rehabilitación de las Víctimas de Tortura (IRCT) dijeron a Human Rights Watch que las huellas de olor “no deben considerarse evidencia científica porque el índice de error es alto o desconocido, y no hay estándares para controlar esos procedimientos”[91].

Adicionalmente, tres testigos declararon contra Pérez Sánchez, incluyendo una autoridad local. Solo uno de ellos dijo haberlo visto arrojando piedras[92].

Su esposa contó que estaba reparando teléfonos en su casa esa noche, pero el tribunal desestimó como “inverosímil” la declaración de dos testigos que dijeron haberlo visto allí, y sostuvo que informes del jefe de policía de Vegas que indicaban que Pérez Sánchez no había lanzado piedras no eran prueba suficiente “por sí sola[s]”[93].

Pérez Sánchez fue condenado a ocho años de prisión y se le ordenó pagar una multa por los daños a negocios. Su abogado apeló la decisión, pero un tribunal superior confirmó la sentencia en junio.

Policías han amenazado y hostigado a la esposa de Pérez Sánchez por denunciar el caso de su esposo en redes sociales. El jefe de sector de Vegas la ha citado a la sede del DTI nueve veces y ha amenazado reiteradamente con multarla, restringir sus visitas a prisión o hacer que Pérez Sánchez sea trasladado a una prisión más lejana.

Yasmani Porra Pérez, de 36 años, en Colón

Yasmani Porra Pérez, un hombre desempleado de 36 años, participó en una manifestación del 11 de julio en la ciudad de Colón, provincia de Matanzas, aproximadamente a cien millas al sudeste de La Habana.

Cinco días más tarde, policías y agentes de seguridad del Estado detuvieron a Porra Pérez en su domicilio, sin una orden de detención, según contó su esposa. En la estación de policía, los agentes le dieron golpes en la cabeza que le provocaron la rotura de un tímpano. Su familia pasó dos días buscándolo y solo pudo verlo brevemente dos semanas más tarde, a distancia[94].

Yasmani Porra Pérez © Privado

Eventualmente fue trasladado a la prisión de máxima seguridad Combinado del Sur en la cercana ciudad de Matanzas, donde durante dos semanas lo interrogaron reiteradamente en medio de la noche, dijo su esposa. Allí recibe una cubeta de agua por día para beber y limpiarse, “dos deditos” de comida por la mañana, a menudo carne de pollo podrida, y un refresco por la tarde.

Su esposa contó que Porra Pérez tiene una condición de salud mental y no ha recibido ningún tipo de apoyo al respecto desde su detención. Le envió cartas a su esposa diciendo que “ya no quería vivir”.

La fiscalía acusó a Porra Pérez de proferir palabras “amenazantes y agresivas” sobre las tiendas de moneda libremente convertible (MLC) y de incitar a los manifestantes a provocar daños a esas tiendas, romper sus escaparates y robar mercancías[95]. También afirmó que Porra Pérez había impedido un arresto, incluso lanzando puñetazos a un policía[96].

A fines de octubre, un fiscal emitió una petición formal pidiendo que se condenara a Porra Pérez y otros 11 acusados. Su esposa dijo que la recibió apenas algunos días antes del juicio a puertas cerradas del 15 al 17 de diciembre. El juicio se realizó en el Tribunal Militar Territorial Central en Matanzas, puesto que el ejército gestiona las tiendas MLC. El juzgamiento de civiles en tribunales militares cuando hay tribunales de la justicia penal ordinaria en funcionamiento viola el derecho internacional de los derechos humanos.

Las pruebas en contra de Porra Pérez consistían en videos y declaraciones de policías y militares[97]. El fiscal mostró un video de un hombre arrojando piedras y sosteniendo lo que parecían ser mercancías robadas, pero su esposa dijo que el hombre no era Porra Pérez, quien tiene una cicatriz distintiva en la parte posterior de la cabeza. El tribunal rechazó a un testigo de la defensa que habría declarado que Porra Pérez también llevaba ropa distinta ese día. La defensa presentó dos testigos, ambos quienes declararon sobre el buen carácter de Porra Pérez[98].

El tribunal militar lo condenó a 17 años de prisión por “sabotaje”, “robo con fuerza en las cosas”, “atentado” y “desorden público”[99]. Su abogado apeló la decisión, pero el Tribunal Supremo confirmó la condena en abril[100]. Porra Pérez ha estado en huelga de hambre, lo que le ha debilitado el hígado y provocado que orine sangre, según contó su esposa.

 

Agradecimientos

La investigación para este informe y su redacción estuvieron a cargo de un equipo de investigadores de la división de las Américas de Human Rights Watch bajo la supervisión de Juan Pappier, investigador sénior de esa división. Oriana van Praag documentó y redactó varios de los casos de abusos incluidos en la selección presentada. El informe fue revisado y editado por Tamara Taraciuk Broner, directora en funciones de la división de las Américas; Margaret Knox, editora sénior; Bill Frelick, director del Programa de Derechos de Migrantes y Refugiados; Michael Bochenek, asesor sénior de la división de Derechos del Niño; Regina Tamés, subdirectora de la división de Derechos de la Mujer; Floriane Borel, coordinadora de incidencia sénior para Naciones Unidas; Gabi Ivens, directora de investigaciones de fuentes abiertas: Widad Franco, coordinadora de incidencia sénior para Naciones Unidas; y Carlos Ríos-Espinosa, investigador sénior de la división de Derechos de las Personas con Discapacidad. Danielle Haas, editora sénior de la oficina de Programas, y Aisling Reidy, asesora legal sénior, se encargaron de la revisión de programas y legal, respectivamente.

Los asociados de la División de las Américas Camilo Moraga y Oriana van Praag contribuyeron a la producción del informe. El informe fue preparado para la publicación por Travis Carr, coordinador publicación sénior, Fitzroy Hepkins, gerente administrativo, y José Martínez, coordinador administrativo sénior. Fue traducido al español por Gabriela Haymes.

Human Rights Watch desea agradecer a las numerosas organizaciones, activistas y defensores de derechos humanos cubanos que colaboraron con este informe, especialmente a las organizaciones de derechos humanos Cubalex, Prisoners Defenders y Justicia 11J; las coaliciones de artistas y activistas Movimiento San Isidro y 27N; y al medio de noticias Cubanet.

Human Rights Watch agradece, en particular, a las víctimas y sus familiares que nos dieron sus testimonios, a pesar de las circunstancias extremadamente difíciles que atraviesan.

 

 

[1] “Presidente: La orden de combate está dada”, comunicado de prensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, 11 de julio de 2021, https://misiones.cubaminrex.cu/es/articulo/presidente-la-orden-de-combate-esta-dada (consultado el 13 de junio de 2022).

[2] “Cuba: Detenciones y abusos sistemáticos contra manifestantes pacíficos”, comunicado de prensa de Human Rights Watch, 19 de octubre de 2021, https://www.hrw.org/es/news/2021/10/19/cuba-detenciones-y-abusos-sistematicos-contra-manifestantes-pacificos; “OCDH exige investigación independiente sobre la muerte del manifestante Diubis Laurencio Tejeda”, comunicado de prensa del Observatorio Cubano de Derechos Humanos, 14 de agosto de 2021, https://observacuba.org/ocdh-exige-investigacion-independiente-sobre-muerte-diubis-laurencio-tejeda/ (consultado el 1 de julio de 2022).

[3] Cubalex, “Listado de detenidos y desaparecidos Cuba Julio de 2021”, https://docs.google.com/spreadsheets/d/1-38omFpJdDiKTSBoUOg19tv2nJxtNRS3-2HfVUUwtSw/edit#gid=1651014915 (consultado el 1 de julio de 2022).

[4] “Información de la Fiscalía General de la República sobre los procesos penales derivados de los disturbios provocados el 11 de julio de 2021”, comunicado de prensa de la Fiscalía General de la República, 13 de junio de 2022, https://www.fgr.gob.cu/noticias/informacion-de-la-fiscalia-general-de-la-republica-sobre-los-procesos-penales-derivados-de (consultado el 14 de junio de 2022).

[5] Netblocks, “Restricciones a las redes sociales en Cuba en medio de crecientes protestas contra el gobierno” (“Social media restricted in Cuba amid widening anti-government protests”), 12 de julio de 2021, https://netblocks.org/reports/social-media-restricted-in-cuba-amid-widening-anti-government-protests-QAdrmwyl (consultado el 1 de julio de 2022); Tuit de Access Now, 11 de julio de 2021, https://twitter.com/accessnow/status/1414384042737344514?ref_src=twsrc%5Etfw%7Ctwcamp%5Etweetembed%7Ctwterm%5E1414384042737344514%7Ctwgr%5E%7Ctwcon%5Es1_&ref_url=https%3A%2F%2Fwww.yucabyte.org%2F2021%2F07%2F12%2F11j-internet-cuba%2F (consultado el 1 de julio de 2022); Tuit de OONI, 12 de julio de 2021, https://twitter.com/OpenObservatory/status/1414622433156476930?ref_src=twsrc%5Etfw%7Ctwcamp%5Etweetembed%7Ctwterm%5E1414622433156476930%7Ctwgr%5E%7Ctwcon%5Es1_&ref_url=https%3A%2F%2Fwww.yucabyte.org%2F2021%2F07%2F12%2F11j-internet-cuba%2F (consultado el 1 de julio de 2022).

[6] Para ver publicaciones anteriores de Human Rights Watch sobre la represión contra las manifestaciones de 2021 en Cuba, consulte, por ejemplo, “Cuba: Detenciones y abusos sistemáticos contra manifestantes pacíficos”, comunicado de prensa de Human Rights Watch, 19 de octubre de 2021, https://www.hrw.org/es/news/2021/10/19/cuba-detenciones-y-abusos-sistematicos-contra-manifestantes-pacificos.

[7] “Cuba: Decreto de telecomunicaciones cercena la libertad de expresión”, comunicado de prensa de Human Rights Watch, 25 de agosto de 2021, https://www.hrw.org/es/news/2021/08/25/cuba-decreto-de-telecomunicaciones-cercena-la-libertad-de-expresion.

[8] Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos, “Encuentros a nivel nacional” (“Nationwide Encounters”), sin fecha, https://www.cbp.gov/newsroom/stats/nationwide-encounters (consultado el 13 de junio de 2022).

[9] Guardia Costera de EE. UU., “Guardia Costera repatria a 77 personas a Cuba” (“Coast Guard repatriates 77 people to Cuba”), 28 de junio de 2022, https://content.govdelivery.com/accounts/USDHSCG/bulletins/31a1397 (consultado el 1 de julio de 2022).

[10] Ver, p. ej., “México: Solicitantes de asilo enfrentan abusos en la frontera sur”, comunicado de prensa de Human Rights Watch, 6 de junio de 2022, https://www.hrw.org/es/news/2022/06/06/mexico-solicitantes-de-asilo-enfrentan-abusos-en-la-frontera-sur; “EE. UU.: Solicitantes de asilo LGBT en peligro en la frontera”, comunicado de prensa de Human Rights Watch, 31 de mayo de 2022, https://www.hrw.org/es/news/2022/05/31/ee-uu-solicitantes-de-asilo-lgbt-en-peligro-en-la-frontera; “México/América Central: Nuevos visados hacen sufrir a venezolanos”, comunicado de prensa de Human Rights Watch, 5 de julio de 2022, https://www.hrw.org/es/news/2022/07/05/mexico/america-central-nuevos-visados-hacen-sufrir-venezolanos.

[11] Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, adoptada el 10 de diciembre de 1984, ratificada por Cuba el 17 de mayo de 1995; Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, adoptado el 16 de diciembre de 1966 y firmado por Cuba el 28 de febrero de 2008.

[12] A menos que se indique lo contrario, este caso se basa en la entrevista telefónica que Human Rights Watch realizó con un familiar de las víctimas, 10 de febrero de 2022.

[13] Fiscalía de Palma Soriano, Acusación en el expediente 275 de 2021, 30 de septiembre de 2021 (copia en los registros de Human Rights Watch); Sala de lo Penal del Tribunal Municipal de Palma Soriano, Sentencia 12 de 2022, 29 de abril de 2022 (copia en los registros de Human Rights Watch).

[14] Sala de lo Penal del Tribunal Municipal de Palma Soriano, Sentencia 12 de 2022, págs. 20 y 21.

[15] A menos que se indique lo contrario, este caso se basa en la entrevista telefónica de Human Rights Watch con un familiar de la víctima, 31 de enero de 2022.

[16] Fiscalía Provincial de Artemisa, Acusación en el expediente 484 de 2021, combinado con los expedientes 491, 492, 501 y 522, 17 de septiembre de 2021 (copia en los registros de Human Rights Watch), pág. 3.

[17] Sala de lo Penal del Tribunal Municipal de Palma Soriano, Sentencia 1 de 2022, 15 de marzo de 2022 (copia en los registros de Human Rights Watch).

[18] Ibíd., pág. 29.

[19] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con Ingrid Berrío, 14 de julio de 2021; entrevista telefónica de Human Rights Watch con Énix Berrío Sarda, 15 de julio de 2021; entrevista telefónica de Human Rights Watch con Claudia Genlui, 16 de julio de 2021.

[20] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con Claudia Genlui, 16 de julio de 2021.

[21] Ibíd.

[22] Ibíd.

[23] Fiscalía Provincial de La Habana, Acusación en el expediente 24 de 2021, 16 de febrero de 2021 (copia en los registros de Human Rights Watch).

[24] Ibíd.

[25] Ibíd.

[26] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con Anamely Ramos, 7 de abril de 2022; entrevista telefónica de Human Rights Watch con Claudia Genlui, 7 de junio de 2022. Para casos similares, consulte “Cuba: excarcelan a Hamlet Lavastida, artista que llevaba casi tres meses preso”, BBC Mundo, 26 de septiembre de 2021, https://www.bbc.com/mundo/noticias-america-latina-58700906 (consultado el 11 de junio de 2022); “El periodista y activista cubano Esteban Rodríguez llega a Estados Unidos”, 14 y medio, 17 de marzo de 2022, https://www.14ymedio.com/cuba/periodista-activista-Esteban-Rodriguez-Unidos_0_3278072167.html (consultado el 9 de junio de 2022).

[27] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con Anamely Ramos, 22 de noviembre de 2021; “Otero Alcántara y El Osorbo rechazaron oferta de la policía política de libertad por exilio”, Radio Televisión Martí, 22 de noviembre de 2021, https://www.radiotelevisionmarti.com/a/otero-alc%C3%A1ntara-y-el-osorbo-rechazaron-oferta-de-la-polic%C3%ADa-pol%C3%ADtica-de-libertad-por-exilio/307781.html (consultado el 10 de junio de 2022); Post de Instagram del Movimiento San Isidro, 23 de mayo de 2022, https://www.instagram.com/reel/Cd7IqnelcRt/?igshid=MDJmNzVkMjY= (consultado el 10 de junio de 2022).

[28] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con Claudia Genlui, 31 de mayo de 2022; entrevista telefónica de Human Rights Watch con Julio Llopiz Casal, 31 de mayo de 2022; entrevista telefónica de Human Rights Watch con Manuel Cuesta Morúa, 1 de junio de 2022.

[29] “Información de la Fiscalía General de la República sobre el proceso penal donde fueron juzgados los ciudadanos Luis Manuel Otero Alcántara, Maikel Castillo Pérez, Félix Roque Delgado, Juslid Justiz Lazo y Reina Sierra Duvergel”, comunicado de prensa de la Fiscalía General de la República, 24 de junio de 2022, https://www.fgr.gob.cu/noticias/informacion-de-la-fiscalia-general-de-la-republica-sobre-el-proceso-penal-donde-fueron (consultado el 28 de junio de 2022).

[30] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con Nelva Ismarys Ortega, 18 de agosto de 2021; entrevista telefónica de Human Rights Watch con José Daniel Ferrer García, 18 de agosto de 2021.

[31] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con José Daniel Ferrer García, 18 de agosto de 2021.

[32] Ibíd.

[33] Ibíd.

[34] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con Nelva Ismarys Ortega, 18 de agosto de 2021.

[35] Fiscalía Provincial de Santiago de Cuba, Auto de imposición de medida cautelar en el expediente 128 de 2021, 17 de julio de 2021 (copia en los registros de Human Rights Watch).

[36] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con José Daniel Ferrer García, 18 de agosto de 2021.

[37] Petición de habeas corpus, 22 de julio de 2021 (copia en los registros de Human Rights Watch).

[38] Tribunal Provincial Popular de Santiago de Cuba, Auto 4 de 2021, 23 de julio de 2021 (copia en los registros de Human Rights Watch).

[39] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con Nelva Ismarys Ortega, 18 de agosto de 2021.

[40] Ibíd.

[41] Ibíd.

[42] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con Nelva Ismarys Ortega, 18 de agosto de 2021; Sala Tercera de lo Penal del Tribunal Provincial Popular de Santiago de Cuba, Auto de revocación de la sanción subsidiaria de limitación de libertad, 12 de agosto de 2021.

[43] Sala Tercera de lo Penal del Tribunal Provincial de Santiago de Cuba, Auto de revocación de la sanción subsidiaria de limitación de libertad, 12 de agosto de 2021.

[44] Comité de Derechos Humanos de la ONU, “Opinión N.° 50/2020 sobre José Daniel Ferrer García (Cuba)”, Cuba, Doc. de la ONU A/HRC/WGAD/2020/50, 14 de octubre de 2021, https://documents-dds-ny.un.org/doc/UNDOC/GEN/G20/265/53/PDF/ G2026553.pdf?OpenElement (consultado el 10 de junio de 2022).

[45] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con Ana Belkis Ferrer, 8 de junio de 2022.

[46] Ibíd.

[47] Ibíd.

[48] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con Yunior Pino Pérez, 15 de julio de 2021; entrevista telefónica de Human Rights Watch con Orelvys Cabrera Sotolongo, 8 de agosto de 2021.

[49] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con Orelvys Cabrera Sotolongo, 8 de agosto de 2021.

[50] Ibíd.

[51] Ibíd.

[52] Ibíd.

[53] Ibíd.

[54] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con Yunior Pino Pérez, 15 de julio de 2021; entrevista telefónica de Human Rights Watch con Orelvys Cabrera Sotolongo, 8 de agosto de 2021.

[55] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con Orelvys Cabrera Sotolongo, 8 de agosto de 2021.

[56] Ibíd.

[57] Ibíd.; Oficina de Control y Cobro, Documento de citación a Orelvys Cabrera Sotolongo, 2 de septiembre de 2021 (copia en los registros de Human Rights Watch).

[58] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con Orelvys Cabrera Sotolongo, 8 de junio de 2022.

[59] Ibíd.

[60] A menos que se indique lo contrario, este caso se basa en la entrevista telefónica que Human Rights Watch realizó con un familiar de la víctima, 4 de agosto de 2021.

[61] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con familiar de la víctima, 11 de agosto de 2021.

[62] Sección de lo Penal del Tribunal Municipal Popular de Cárdenas, Sentencia 5 de 2022, 7 de abril de 2022 (copia en los registros de Human Rights Watch); Fiscal provincial de Matanzas, Acusación en el expediente 123 de 2021, 30 de noviembre de 2021 (copia en los registros de Human Rights Watch).

[63] A menos que se indique lo contrario, este caso se basa en entrevistas telefónicas de Human Rights Watch con familiares, 8 de junio de 2022.

[64] Tribunal Municipal Popular de Quivicán, Sentencia 3 de 2022, 18 de febrero de 2022 (copia en los registros de Human Rights Watch).

[65] A menos que se indique lo contrario, este caso se basa en la entrevista telefónica que Human Rights Watch realizó con un familiar de la víctima, 8 de junio de 2022.

[66] Sala Primera Penal del Tribunal Provincial Popular de Mayabeque, Sentencia 2 de 2022, 18 de marzo de 2022 (copia en los registros de Human Rights Watch).

[67] A menos que se indique lo contrario, este caso se basa en la entrevista telefónica de Human Rights Watch con un familiar de la víctima, 10 de febrero de 2022.

[68] Publicación de Facebook de Inteligencia Ciudadana, I-CID, 6 de septiembre de 2021, https://www.facebook.com/marcel.valdes.94/videos/631145941648615/?flite=scwspnss (consultado el 28 de junio de 2022). Human Rights Watch corroboró este video identificando la ubicación al comparar los puntos de referencia que se ven en el video con imágenes satelitales, y no lo encontró publicado en internet en una fecha previa a la del incidente.

[69] Tribunal Municipal Popular de Artemisa, Sentencia 56 de 2021, 27 de diciembre de 2021 (copia en los registros de Human Rights Watch), pág. 25

[70] Ibíd.

[71] Ibíd., pág. 4.

[72] A menos que se indique lo contrario, este caso se basa en la entrevista telefónica de Human Rights Watch con un familiar de la víctima, 20 de enero de 2022.

[73] Sala de lo Penal del Tribunal Municipal Popular de San Antonio de los Baños, Sentencia 1 de 2022, 15 de marzo de 2022 (copia en los registros de Human Rights Watch).

[74] Ibíd., págs. 9-11.

[75] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con un familiar de un manifestante detenido en San Antonio de los Baños, 30 de junio de 2022.

[76] A menos que se indique lo contrario, este caso se basa en la entrevista telefónica de Human Rights Watch con la madre de Cabrera Gutiérrez, 20 de enero de 2022.

[77] Fiscalía Provincial de La Habana, Acusación en el expediente 145-A de 2021, 30 de septiembre de 2021 (copia en los registros de Human Rights Watch); Tribunal Provincial de La Habana, Sala de los Delitos contra la Seguridad del Estado, Sentencia 9 de 2022, 16 de marzo de 2022 (copia en los registros de Human Rights Watch), pág. 30; Código Penal, Ley 62 de 1989, promulgada el 29 de diciembre de 1989, https://www.gacetaoficial.gob.cu/es/ley-no-62-codigo-penal (consultado el 1 de julio de 2022), art. 100.

[78] Tribunal Provincial de La Habana, Sala de los Delitos contra la Seguridad del Estado, Sentencia 9 de 2022, pág. 9.

[79] Fiscalía Provincial de La Habana, Acusación en el expediente 145-A de 2021, pág. 3.

[80] Tribunal Provincial de La Habana, Sala de los Delitos contra la Seguridad del Estado, Sentencia 9 de 2022.

[81] Fiscalía Provincial de La Habana, Acusación en el expediente 145-A de 2021, pág. 14; Tribunal Provincial de La Habana, Sala de los Delitos contra la Seguridad del Estado, Sentencia 9 de 2022, págs. 17-18.

[82] Tribunal Provincial de La Habana, Sala de los Delitos contra la Seguridad del Estado, Sentencia 9 de 2022, pág. 27.

[83] Corte Suprema, Sentencia 3 de 2022, 17 de mayo de 2022 (copia en los registros de Human Rights Watch).

[84] A menos que se indique lo contrario, la información en este caso está basada en la entrevista telefónica de Human Rights Watch con la madre de Padrón Romero, 9 de febrero de 2022.

[85] Fiscalía Provincial de La Habana, Acusación en el expediente 145-A de 2021 (copia en los registros de Human Rights Watch), págs. 2-3.

[86] Ibíd.; Tribunal Provincial Popular de La Habana, Sala de los Delitos contra la Seguridad Del Estado, Sentencia 9 de 2022, 16 de marzo de 2022 (copia en los registros de Human Rights Watch).

[87] Tribunal Supremo Popular, Sentencia 3 de 2022, 17 de mayo de 2022 (copia en los registros de Human Rights Watch).

[88] A menos que se indique lo contrario, la información en este caso está basada en la entrevista telefónica de Human Rights Watch con la esposa de Pérez Sánchez, 2 de febrero de 2022.

[89] Fiscalía General, Acusación en el expediente 382 de 2021, 10 de septiembre de 2021 (copia en los registros de Human Rights Watch).

[90] Ibíd.; Sala Primera de lo Penal del Tribunal Provincial de Mayabeque, Sentencia 4 de 2022, 1 de marzo de 2022 (copia en los registros de Human Rights Watch), pág. 16.

[91] Información proporcionada a Human Rights Watch mediante correo electrónico por Máximo Duque y James Lin, miembros del Grupo Independiente de Expertos Forenses (IFEG), 3 de marzo de 2022 (copia en los registros de Human Rights Watch).

[92] Tribunal Provincial de Mayabeque, Primera Sala de lo Penal, Sentencia 4 de 2022, págs. 12-16.

[93] Ibíd., págs. 19 y 21.

[94] A menos que se indique lo contrario, este caso se basa en las entrevistas telefónicas de Human Rights Watch con la esposa de Porra Pérez, 28 de enero de 2022, y con la abogada que lleva el caso de Porra Pérez a nivel internacional, 27 de enero de 2022.

[95] Tribunal Militar Territorial Central, Sentencia 39 de 2022, 19 de diciembre de 2021 (copia en los registros de Human Rights Watch), pág. 32.

[96] Fiscalía Militar de la Provincia de Matanzas, Acusación en el expediente 86 de 2021, 22 de octubre de 2021 (copia en los registros de Human Rights Watch).

[97] Ibíd.; Tribunal Militar Territorial Central, Sentencia 39 de 2022, 19 de diciembre de 2021.

[98] Tribunal Militar Territorial Central, Sentencia 39 de 2022.

[99] Ibíd.

[100] Tribunal Supremo, Sala Militar, Sentencia 33 de 2022, 29 de abril de 2022 (copia en los registros de Human Rights Watch).