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Bolivia

Eventos del 2011

En 2011, los tribunales bolivianos lograron algunos avances en el esclarecimiento de las responsabilidades penales en casos de violaciones de derechos humanos, como la condena de siete políticos y militares de alto rango por las muertes ocurridas durante protestas en 2003. No obstante, la falta de rendición de cuentas sigue siendo un problema grave. Todavía no se ha determinado cuál fue el destino de la gran cantidad de personas que desaparecieron antes del restablecimiento de la democracia en 1982, y se han producido prolongadas demoras en el juzgamiento de los responsables de los asesinatos ocurridos durante marchas y manifestaciones en los últimos años. Otro obstáculo que persiste es la insistencia de los tribunales militares en juzgar a militares acusados de cometer abusos.

Una serie de leyes sancionadas en 2010 y 2011 pusieron en riesgo la posibilidad de que los medios de comunicación puedan plantear libremente sus críticas al gobierno. No obstante, en 2011, en respuesta a objeciones planteadas por grupos de medios, el Presidente Evo Morales adoptó medidas que permitieron reformar algunas de estas leyes que habían sido cuestionadas.

Justicia por violaciones de derechos humanos cometidas en el pasado

En agosto de 2011, un tribunal integrado por jueces de la Corte Suprema de Justicia condenó a cinco generales a penas de prisión de entre 10 y 15 años por el asesinato de, al menos, 60 personas durante las protestas contra el gobierno que se produjeron en septiembre y octubre de 2003, cuando el Ejército recurrió a la fuerza letal para dispersar las violentas protestas en la ciudad andina de El Alto (hecho que se conoce como “octubre negro”). Dos miembros del gabinete del ex Presidente Gonzalo Sánchez de Losada recibieron condenas de tres años en suspenso. Sánchez de Losada y otros miembros de alto rango del gobierno que fueron acusados abandonaron el país inmediatamente después de los sucesos.

El proceso, que comenzó en mayo de 2009, se realizó después de un procedimiento de juicio político denominado “juicio de responsabilidades”. La ley, que data de 2003 y fue reformada en 2010, exige que los juicios a jefes de estado y ministros sean previamente autorizados mediante el voto de dos tercios del Congreso. Luego, la sala penal de la Corte Suprema debe confirmar los cargos. La sustanciación del juicio tiene lugar ante el pleno de la Corte Suprema de Justicia, con exclusión de la sala penal. Los seis miembros del tribunal que intervino en el caso fueron designados a través de procedimientos legales previamente establecidos, sin que hubiera indicios creíbles de interferencia por parte del gobierno.

 

Demoras en los juicios sobre casos de violencia política

Los juicios a líderes de la oposición, funcionarios de gobiernos locales y otras personas acusadas de asesinatos cometidos durante enfrentamientos violentos entre partidarios y opositores del Presidente Morales han sufrido prolongadas demoras. En septiembre de 2011, un tribunal de La Paz aún estaba examinando las pruebas contra 26 personas acusadas en relación con una masacre ocurrida el 11 de septiembre de 2008 en Porvenir, departamento de Pando, en la cual perdieron la vida al menos nueve manifestantes afines a Morales. El ex prefecto del departamento de Pando, Leopoldo Fernández, que fue procesado en octubre de 2009 por los delitos de homicidio, terrorismo y asociación delictuosa, había permanecido durante tres años en una cárcel de máxima seguridad en La Paz, capital de Bolivia.

Recién en marzo de 2011 se inició el juicio a ex miembros del gobierno regional de Chuquisaca y ex funcionarios de la municipalidad de Sucre, en relación con un incidente que se produjo en mayo de 2008, en el cual varios partidarios de Morales fueron mantenidos como rehenes, obligados a desvestirse hasta la cintura, arrodillarse y pedir perdón en la plaza de la ciudad. Desde entonces, el juicio se pospuso en reiteradas oportunidades.

Jurisdicción militar

La decisión de los tribunales militares de Bolivia de ejercer su jurisdicción en casos de violaciones de derechos humanos representa desde hace varios años un obstáculo para la justicia. Son varios los casos en que el Ejército ha impedido que miembros de las fuerzas armadas declaren ante la justicia penal ordinaria y ha insistido en que las causas sean juzgadas por tribunales militares, aun cuando estos procesos terminan indefectiblemente en absoluciones.

En un caso que involucraba a un conscripto de 26 años, Gróver Poma, que murió en febrero de 2011 después de un ejercicio de entrenamiento en combate cuerpo a cuerpo —presuntamente, después de que los instructores lo golpearan en la cabeza y en el pecho— el Tribunal Supremo de Justicia Militar insistió en que un tribunal militar juzgara a los tres oficiales implicados. A través de una investigación militar, se determinó que la muerte de Poma había sido accidental, mientras que el defensor del pueblo concluyó que había sido golpeado brutalmente. El Ejército desestimó las solicitudes presentadas por el defensor del pueblo para que el caso fuera juzgado en la justicia ordinaria. También hizo caso omiso de una resolución del Senado que ordenaba remitir la causa, y apeló esta resolución ante el Tribunal Constitucional. Mientras tanto, continuó avanzando una investigación impulsada por un fiscal de la justicia ordinaria. Al momento de la redacción de este documento, el Ejército aún insistía en mantener su competencia sobre el caso. En septiembre de 2011, el fiscal de la justicia ordinaria inició un procedimiento penal contra cuatro oficiales de bajo rango que, presuntamente, habían participado en la golpiza. Sin embargo, a la fecha de este documento, el Ejército aún insistía en ejercer la competencia sobre el caso.

En octubre de 2010, en el caso de un conscripto que fue sometido a prácticas de asfixia por ahogamiento durante un ejercicio de entrenamiento, las fuerzas armadas se comprometieron a hacer comparecer a cuatro oficiales ante un juez de la justicia ordinaria, después de que el Presidente Morales ordenara que los responsables fueran juzgados por un tribunal de la justicia ordinaria. En abril de 2011, el juez desestimó los cargos contra los cuatro acusados, tras aceptar el argumento de la defensa que sostenía que la tortura solamente podía aplicarse a personas que estuvieran detenidas, y dispuso su liberación. No obstante, en julio, un tribunal de apelaciones revocó la decisión, y al momento de la redacción de este documento el caso aún no se había resuelto.

Uso excesivo de la fuerza

En septiembre de 2011, policías equipados para combatir disturbios utilizaron gases lacrimógenos y bastones para dispersar a los manifestantes que marchaban en protesta contra la construcción de una autopista que atravesaría el Parque Nacional Isiboro-Sécure, un territorio indígena protegido en la región tropical boliviana. Más de cien manifestantes resultaron heridos, según informó la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en Bolivia. El día anterior, después de altercados en los cuales algunos policías presuntamente fueron heridos con flechas, los manifestantes habían detenido al Ministro de Relaciones Exteriores David Choquehuanca, quien se había acercado para negociar en representación del gobierno, y lo habían obligado a marchar con ellos antes de liberarlo. Cuando la policía intervino, el Ministro de Relaciones Exteriores ya había sido liberado y los altercados habían concluido. El 28 de septiembre, el Presidente Morales ofreció una disculpa pública por las acciones represivas y afirmó que no hubo ninguna orden presidencial de dispersar a los manifestantes.

Libertad de expresión

En Bolivia existe un dinámico debate público, con un amplio espectro de medios de comunicación tanto de línea crítica como oficialista. Sin embargo, en un entorno político que continúa polarizado, el Presidente Morales en ocasiones critica enérgicamente a la prensa y acusa a periodistas de tergiversar los hechos y de intentar desacreditarlo.

Según una ley contra el racismo y otras formas de discriminación sancionada en octubre de 2010, los medios de comunicación que “autorizare[n] y publicare[n] ideas racistas y discriminatorias” serán pasibles de sanciones económicas y de la suspensión de su licencia de transmisión. Los periodistas que “difunda[n] ideas basadas en la superioridad o en el odio racial” podrían recibir penas de hasta cinco años de prisión. Diversos medios alzaron su voz en contra de estas disposiciones y afirmaron que, debido a que eran excesivamente amplias, podían ser usadas contra los medios y los periodistas que criticaran al gobierno.

La reglamentación de esta ley, promulgada por Morales en enero de 2011, abordaron estas críticas, en parte, definiendo con mayor precisión las conductas punibles. La reglamentación establece que cada suspensión aplicada a un medio de comunicación deberá observar un límite de 360 días. Los medios no serían pasibles de sanciones según esta ley si informan sobre expresiones sobre racismo, o si transmiten en vivo expresiones racistas por terceras personas, siempre que el medio advierta al público que debe abstenerse de expresiones de naturaleza racista o discriminatoria e interrumpa la declaración.

Una ley que se aplicó a las elecciones del 16 de octubre de 2011 para cubrir cargos en la Corte Suprema y en el Tribunal Constitucional, y que fue promulgada en junio de 2010, habría prohibido que en los medios apareciera cualquier comentario acerca de los candidatos durante los últimos tres meses previos a las elecciones, y sólo permitía que la Corte Suprema brindara información acerca de los postulantes. Debido a las críticas de la oposición y de grupos de medios de comunicación, la Corte Suprema presentó una modificación, a instancias de Morales, que fue aprobada por el Congreso. La reforma permitió a los candidatos participar en debates y conceder entrevistas a los medios, en tanto se autorizó a la prensa a elogiar y criticar a candidatos, como así también a publicar información distinta a la difundida por la Corte Suprema. Sin embargo, paradójicamente, los medios de comunicación aún tenían prohibido transmitir programas de opinión acerca de los candidatos o brindarles espacio para publicitar su candidatura.

Un proyecto de ley sobre telecomunicaciones que fue presentado en el Congreso en mayo de 2011 contiene una cláusula que obliga a todos los medios de radio y televisión, así como también a las redes de cable, a transmitir mensajes presidenciales a la nación, solventando los costos. La ausencia de limitaciones en esta norma genera la inquietud de que pueda dar lugar a abusos en situaciones en las cuales no exista un interés público que justifique la intervención del Estado en la transmisión de contenidos.

Defensores de derechos humanos

En abril de 2011, un fiscal presentó cargos contra los abogados Jorge Quiroz y Claudia Lecoña, que representaban a los padres de dos estudiantes asesinados durante un operativo policial que intentó dispersar una protesta llevada a cabo en mayo de 2010 en Caranavi, departamento de La Paz. Fueron acusados de desacato por haber expresado que Marcos Farfán, Viceministro de Régimen Interior y Policía, había cometido un “acto de cobardía” al acusarlos de proxenetismo. A pesar de que muchos países latinoamericanos han derogado las normas sobre desacato, esta disposición aún está vigente en Bolivia: quien insulte a un ministro de gobierno puede ser condenado a tres años de prisión.

En 2010, funcionarios del gobierno habían acusado a Quiroz de una serie de delitos como narcotráfico, irregularidades inmigratorias, trata de personas con fines de prostitución y de actuar como “infiltrado” de la embajada estadounidense en las protestas de Caranavi. No obstante, no se presentaron pruebas ni cargos, y esto despertó el interrogante de si el gobierno estaba intentando desacreditar a Quiroz a raíz de sus acusaciones, que señal llaban que funcionarios policiales y del gobierno eran responsables de la muerte de los estudiantes de Caranavi.

Actores internacionales clave

El gobierno estadounidense no ha respondido al pedido del gobierno de Bolivia, formulado por primera vez en noviembre de 2008, de extraditar al ex Presidente Gonzalo Sánchez de Lozada y dos de sus ministros para que sean juzgados en Bolivia por los sucesos de “octubre negro”. En septiembre de 2011, la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos Navi Pillay consideró positivas las sentencias dictadas por la Corte Suprema y señaló que se trataba de “un paso importante en la lucha contra la impunidad”.