Asylum seekers embrace upon arriving in Panama City, Panama

“A nadie le importó, nadie nos escuchó”

Expulsión de ciudadanos de terceros países desde Estados Unidos a Panamá

Solicitantes de asilo se abrazan a su llegada a Ciudad de Panamá, Panamá, el 8 de marzo de 2025. Acababan de salir de una estación de recepción migratoria en la provincia panameña del Darién tras ser expulsados de Estados Unidos. © 2025 AP Photo/Matias Delacroix


 

Resumen

Entre el 12 y el 15 de febrero de 2025, el gobierno de Estados Unidos expulsó a 299 nacionales de terceros países (es decir, personas que no son ciudadanas de Estados Unidos o Panamá) en tres vuelos dirigidos hacia Panamá. Todas estas personas habían cruzado la frontera entre Estados Unidos y México después de la toma de posesión del presidente Donald Trump el 20 de enero de 2025. El día de la toma de posesión, el presidente Trump dijo que se estaba produciendo una “invasión” de “extranjeros” en la frontera sur, suspendió la entrada de todas las personas “ilegales” a través de la frontera y ordenó que no se les permitiera solicitar asilo, en caso de que ello les permitiera permanecer en Estados Unidos. Esta decisión entra en evidente tensión con las disposiciones legales estadounidenses en materia de asilo, que le garantizan a cualquier persona que llegue a la frontera el derecho a solicitar asilo, independientemente de su estatus migratorio o su forma de llegada.

Human Rights Watch entrevistó a 48 de los 299 nacionales de terceros países expulsados por Estados Unidos hacia Panamá. Todos los entrevistados por Human Rights Watch intentaron solicitar asilo en Estados Unidos. Muchos de ellos hicieron un gran esfuerzo para comunicar a las autoridades estadounidenses su deseo de solicitar asilo y el temor que tenían a ser devueltos a sus países de origen. En un caso, un hombre gay entregó a las autoridades un documento en inglés donde relataba la persecución que había sufrido en Rusia, pero estas se negaron a revisarlo.

“Pedí asilo varias veces. De verdad lo intenté. Nadie me escuchó”, nos dijo Mina, una mujer iraní de 27 años. “No entendía por qué no me escuchaban. Entonces, un funcionario de migración me dijo que el presidente Trump había puesto fin al asilo, que iban a deportarnos”.

Las personas que entrevistamos procedían de Afganistán, Angola, Camerún, China, Eritrea, Etiopía, Irán, Nepal, Pakistán, Rusia, Somalia, Sri Lanka y Uzbekistán. Algunas parecían traumatizadas por sus experiencias, que incluían violaciones y otros hechos de violencia sexual y de género, detenciones, asesinatos de familiares cercanos, violencia intrafamiliar y persecución por motivos religiosos, de origen étnico, orientación sexual y opinión política. Según la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), para el 18 de marzo, 179 de las 299 persones expulsadas habían regresado a sus países de origen, con el patrocinio del programa de “retorno voluntario asistido” de la OIM. Las condiciones de detención y las limitadas opciones que les ofrecieron a estas personas generan serias dudas sobre la voluntariedad de los retornos.

El resto del grupo se negó a volver a sus países de origen. Sea que hayan solicitado asilo en Panamá o no, y a pesar de que se les negó la posibilidad de presentar solicitudes de asilo en Estados Unidos, es correcto describirlos como solicitantes de asilo. Un solicitante de asilo es una persona que alega ser un refugiado (es decir, tener un temor fundado de persecución) y solicita protección en otro país. Las autoridades deben examinar las alegaciones y, en caso de reconocer su condición de refugiado, deben concederle asilo. Aún no está claro si sus solicitudes de refugio serán evaluadas o concedidas en Panamá o en otro país. Mientras sus solicitudes estén pendientes, los solicitantes de asilo deben ser protegidos contra el retorno forzado.

Aunque permanecieron detenidos en Estados Unidos durante periodos relativamente cortos, estos solicitantes de asilo experimentaron duras condiciones de detención y malos tratos, además de que les fueron negados sus derechos al debido proceso y a solicitar asilo. En el mejor de los casos, los funcionarios los ignoraron. Los mantuvieron encerrados en celdas extremadamente frías, les negaron el contacto con familiares y abogados y les mintieron o simplemente no les informaron sobre lo que estaba ocurriendo, incluyendo cuando los esposaron, les colocaron grilletes y los subieron a aviones militares con destino a Panamá. Las condiciones de detención y expulsión fueron especialmente difíciles para los niños y niñas.

En Panamá, las autoridades intentaron mantenerlos en condiciones equivalentes a una detención en régimen de incomunicación: primero, en un hotel en Ciudad de Panamá y, después de una semana, en una estación de recepción migratoria (ERM) en la provincia de Darién, frontera con Colombia. Les retuvieron sus teléfonos, les impidieron las visitas y se esforzaron para evitar que tuviesen contacto con el mundo exterior. Estos esfuerzos no dieron el resultado esperado. Gracias a una acción legal iniciada en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la presión por parte de organizaciones de la sociedad civil, las autoridades panameñas les devolvieron sus teléfonos y los liberaron. Además, les otorgaron un “permiso temporal humanitario” de 30 días, prorrogables hasta 90, y les dijeron que debían aprovechar ese tiempo para gestionar su traslado, ya fuera regresando a sus países de origen o yéndose a otro país.

Las expulsiones colectivas llevadas a cabo por Estados Unidos violaron el derecho internacional y deben ser reparadas. Para ello, se debe permitir el regreso a Estados Unidos de las personas expulsadas injustamente para que puedan solicitar y, si cumplen con los requisitos, obtener, asilo. Panamá también tiene responsabilidades respecto de los nacionales de terceros países que aceptó recibir, en particular de quienes aún se encuentran en su territorio. Estas personas tienen derecho a solicitar asilo en Panamá y a una evaluación completa, imparcial y justa de sus solicitudes. Estados Unidos debe cesar la violación del principio de no devolución de personas refugiadas que puedan enfrentar persecución (también conocido como non-refoulement), consagrado tanto en su legislación como en los estándares internacionales de derechos humanos. También debe permitir que cualquier persona que llegue a la frontera o se encuentre en territorio estadounidense pueda presentar una solicitud de asilo.

Estados Unidos no debe eludir su responsabilidad internacional expulsando a nacionales de terceros países hacia países que cuentan con mucha menor capacidad para evaluar solicitudes de asilo o brindar protección efectiva contra el retorno a contextos de riesgo.

Migrantes expulsados de Estados Unidos sostienen papeles en los que se lee “No estamos a salvo en nuestro país” en la ventana de un hotel de Ciudad de Panamá, Panamá, donde fueron detenidos temporalmente, 18 de febrero de 2025. © 2025 ARNULFO FRANCO/AFP via Getty Images


 

Recomendaciones

A Estados Unidos:

  • Poner fin a la expulsión o al traslado forzado de personas a terceros países con los que no tengan vínculos reales cuando no exista un acuerdo formal que garantice el acceso a un procedimiento justo para solicitar asilo o una protección equivalente, así como la provisión de protección efectiva a quienes la necesiten. Estas expulsiones o traslados no son admisibles sin dicho acuerdo formal, incluyendo en los casos en que el país de destino no represente, en apariencia, un riesgo de persecución, tortura o tratos crueles, inhumanos o degradantes.

  • Ofrecer un permiso de permanencia temporal (parole) por razones humanitarias o de interés público a cualquiera de las 299 personas que fueron expulsadas injustamente de Estados Unidos a Panamá, con el fin de permitirles solicitar asilo en Estados Unidos.

  • Respetar el derecho, consagrado en la legislación estadounidense, de toda persona a solicitar asilo si se encuentra físicamente en Estados Unidos o llega a su territorio, independientemente de si lo hace por un puerto de entrada oficial y de su estatus migratorio.

  • Garantizar que las celdas de detención de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) se utilicen únicamente para periodos de reclusión muy breves, que no deberían exceder las 10 horas. Las personas detenidas solo deben pasar la noche en estas instalaciones cuando sea absolutamente inevitable y en ningún caso deben retenerse niños, niñas y adolescentes durante la noche.

  • Elaborar e implementar, a través de CBP, directrices escritas que garanticen que los miembros de una misma familia que lleguen juntos estén amparados por la presunción de libertad y no sean separados de manera innecesaria o deliberada.

  • Abstenerse de utilizar mecanismos de sujeción física durante el transporte de personas no ciudadanas por motivos de control migratorio, salvo que exista una justificación razonable e individualizada para considerar que representan un peligro para sí mismas, la tripulación u otros pasajeros. Garantizar que las personas detenidas o transportadas reciban un trato humano y digno, lo que incluye proporcionarles alimentos y agua, mantener temperaturas adecuadas y asegurar una ventilación suficiente.

  • Asegurar la devolución de pasaportes, documentos y demás pertenencias personales a todas las personas no ciudadanas que vayan a ser expulsadas de Estados Unidos.

A Panamá:

  • Dejar de aceptar a nacionales de terceros países procedentes de Estados Unidos. En caso de reanudar los traslados, garantizar que solo se realicen bajo un acuerdo formal que asegure la estricta observancia de las garantías procesales y el cumplimiento del derecho internacional, incluyendo procedimientos completos y justos para solicitar asilo, así como el respeto absoluto al principio de no devolución.

  • Abstenerse de detener a los nacionales de terceros países trasladados desde Estados Unidos, o desde cualquier otro país, por el mero hecho de haber sido trasladados desde el extranjero.

  • Informar a cualquier persona trasladada a Panamá por los Estados Unidos de su derecho a solicitar asilo en Panamá.

  • Facilitar la reunificación familiar o la repatriación voluntaria con el consentimiento pleno e informado de quienes opten por regresar a sus países de origen.

  • Garantizar que las personas expulsadas por Estados Unidos con permisos humanitarios tengan acceso a servicios médicos, psicosociales y de salud mental gratuitos, de calidad y respetuosos de sus derechos humanos.

A la Organización Internacional para las Migraciones (OIM):

  • Abstenerse de promover la repatriación en circunstancias coercitivas en las que la única opción sea la deportación, ya que dicha repatriación no puede considerarse voluntaria.

  • Remitir a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) o a los funcionarios nacionales encargados de procesar las solicitudes de asilo a cualquier persona que manifieste a la OIM el temor de regresar a su país de origen.


 

Metodología

Tres investigadores de Human Rights Watch entrevistaron a 48 nacionales de terceros países en reuniones privadas, cara a cara, en cuatro lugares de Panamá, dos hoteles y dos albergues. Entrevistamos a 32 mujeres, 15 hombres y 1 niño. Los entrevistados procedían de Afganistán, Angola, Camerún, China, Eritrea, Etiopía, Irán, Nepal, Pakistán, Rusia, Somalia, Sri Lanka y Uzbekistán. Las entrevistas se realizaron en inglés, portugués, francés o con el apoyo de intérpretes. A todos los entrevistados se les garantizó la confidencialidad y, en consecuencia, a lo largo de este informe se utilizan seudónimos, aunque algunos entrevistados hayan revelado sus nombres a algunos medios de comunicación. En algunos casos, hemos obviado información que podría permitir la identificación de los entrevistados, incluyendo sus nacionalidades. A los entrevistados se les informó sobre el carácter voluntario de las entrevistas, la posibilidad de interrumpirlas en cualquier momento que consideraran oportuno y que no recibirían ningún pago ni beneficio personal por participar.

Un donante anónimo de Human Rights Watch y la organización Al Otro Lado pagaron por tres noches las habitaciones y comida de algunas de las personas expulsadas a partir de su llegada a Ciudad de Panamá. Human Rights Watch ayudó a facilitar el pago de habitaciones y comida cuando el grupo llegó desde la estación de recepción migratoria (ERM) de San Vicente. De no haberlo hecho, estas personas se habrían quedado en la calle en una ciudad en la que no tenían conocidos ni recursos. Durante las entrevistas, es poco probable que los entrevistados supieran que Human Rights Watch había proporcionado o gestionado ayuda financiera, aunque sí eran conscientes de que nuestros investigadores estaban ayudando a protegerlos y hospedarlos.

El 25 de marzo de 2025, Human Rights Watch envió cartas al Departamento de Seguridad Nacional de Estados Unidos y al Ministerio de Seguridad Pública de Panamá detallando nuestros hallazgos y planteando varias preguntas. El 26 de marzo de 2025, enviamos cartas a la Oficina del Alto Comisionado de la ONU para los Refugiados (ACNUR) y a la Organización Internacional para las Migraciones (OIM). La sección sobre la OIM refleja sus comentarios realizados a un borrador de este informe.


 

Razones por las que huyeron de sus países de origen

Los 48 nacionales de terceros países entrevistados por Human Rights Watch que habían sido expulsados de Estados Unidos a Panamá procedían de Afganistán, Angola, Camerún, China, Eritrea, Etiopía, Irán, Nepal, Pakistán, Rusia, Somalia, Sri Lanka y Uzbekistán, países con graves problemas de derechos humanos de los que han huido personas a las que se ha reconocido como refugiadas.

Cada persona tiene una historia propia sobre las circunstancias que la llevaron a abandonar su país y viajar hacia Estados Unidos. Lo que sigue son los relatos que nos dieron los entrevistados. De ser ciertos, estos relatos muestran personas que huyeron de la persecución por motivos que incluyen origen étnico, religión, género, orientación sexual, vínculos familiares u opiniones políticas. A pesar de que muchos casos parecen tener bases sólidas para presentar solicitudes de asilo, ninguna de las personas que entrevistamos tuvo siquiera una entrevista preliminar en Estados Unidos para iniciar su proceso de asilo, también conocida como entrevista de “temor creíble”, antes de ser expulsadas a Panamá. A continuación, presentamos algunos ejemplos de las historias que nos compartieron cuando les preguntamos por qué abandonaron sus países de origen:

  • “Estudié para ser enfermera antes de que los talibanes tomaran el control. Sin embargo, no pude empezar mi práctica en el hospital porque se lo prohibían a las mujeres. Me obligaron a quedarme en casa y a salir solo si iba acompañada. Las chicas no tienen ningún derecho, ni siquiera a enamorarse”.
    —Bahara, enfermera de 24 años de la etnia hazara de Afganistán.[1]

  • “La única opción que tenía era la cárcel o huir. Cuando comenzó la guerra [la invasión Rusia a Ucrania] en febrero de 2022, me horroricé y publiqué muchos comentarios en redes sociales (YouTube y VKontakte) sobre cómo la guerra era un error y Putin estaba equivocado. Yo solo dije lo que pensaba. No tuve en cuenta que en mi país se castigaría a la gente simplemente por decir lo que piensa. Entonces, el [fecha no revelada], recibí una llamada de la policía… Fui allí al día siguiente… Un hombre dijo que era del FSB… Luego me preguntó qué pensaba de la “operación militar especial” [la invasión]. Le dije que realmente no quería hablar de ello y que yo no era político. Entonces, me entregó varios papeles. Eran versiones impresas de mis comentarios en redes sociales. Empezó a preguntarme quién me había animado a publicar esos comentarios y si tenía vínculos con alguna organización subversiva. Le respondí: ‘Nadie, es solo mi opinión’. Entonces, me dijo: ‘Tienes dos opciones: o te meto entre rejas [según la legislación rusa sobre censura de guerra, difundir “desinformación” acerca de las fuerzas armadas es un delito penal, castigado con penas de prisión] o puedes unirte a la lucha. Seguro que el ejército puede dar un buen uso a tus habilidades’”.
    —Boris, de 38 años, disidente político y desertor del servicio militar obligatorio 
    de Rusia.[2]

  • “Salí de China el [fecha no revelada]. Como mis padres profesaban el cristianismo, toda nuestra familia fue señalada y las autoridades nos interrogaron. Como mi madre creía en Jesús, la denunciaron y dijeron que estaba loca. Rezábamos en secreto… Yo no estaba en paz. Fuimos a luchar por sus derechos y nos encerraron, nos golpearon”.
    —Ling, una mujer cristiana de 35 años de China.[3]

  • “En 2023, un grupo de policías atacó mi pueblo. Entraron en mi casa y me violaron. Le dispararon a mi padre en la pierna, lo que le causó la muerte. Mi hermano fue golpeado y detenido durante seis días, acusado de colaborar con grupos que apoyan la separación [del Camerún anglófono]. En 2024, mi pueblo fue atacado de nuevo e incendiaron mi casa. Intenté escapar, pero no pude porque estaba embarazada de 29 semanas. A mi tía, que me ayudaba, le dispararon por la espalda. Perdí a mi bebé por toda la situación y me llevaron al hospital. Tengo una orden de detención [que Human Rights Watch pudo ver] porque supuestamente colaboré con la milicia”.
    —Stephanie, una mujer de 32 años de la minoría anglófona de Camerún.[4]

  • “Vivía en [ciudad no revelada], en la región de Amhara. Tenía un negocio, dos hijos y un esposo. Un día, mi esposo y mi hermano fueron secuestrados y no sé dónde están. Mi padre también fue secuestrado, creo, por la milicia del Fano. Vendí todo para pagar su liberación, pero de todos modos lo mataron y dejaron su cuerpo en la calle. La milicia prohibió a la gente enterrarlo durante varios días. Cuando estaba embarazada de cuatro meses, tres milicianos me violaron. Tuve dolores fuertes. Empecé a sangrar y tuve un aborto. Estuve detenida durante 23 días. Un día, después de desmayarme, me dejaron tirada en la calle. Quise denunciar todo a la policía, pero los vecinos me advirtieron que lo mejor era irme… Después de marcharme, asaltaron mi casa y se llevaron todo”.
    —Senayit, una mujer amhara de 37 años de Etiopía.[5]

  • “En Irán tenemos dos servicios de inteligencia que lo saben todo, incluso quién se ha convertido en iglesias clandestinas. Tienen mucha información. Me fui a otra provincia y los Basij [una fuerza de seguridad del Cuerpo de Guardianes de la Revolución Islámica (CGRI), el cual dirige su propia organización de inteligencia] fueron a buscarme a mi antigua casa. Hay muchos trabajos que no puedo conseguir en Irán debido a mis tatuajes. No puedo acceder a ningún trabajo en el gobierno. Una vez, cuando solo tenía un tatuaje, fui a buscar trabajo a un banco. Me dijeron que no contratarían a nadie con un tatuaje, que tendría que quitármelo. Así que me lo quemé [muestra la cicatriz a Human Rights Watch]. Luego, cuando volví al mismo banco, me dijeron que no me contratarían porque me consideraban mentalmente inestable debido a que me había quemado el cuerpo intencionalmente”.
    —Ali, un cristiano converso de 25 años de Irán.[6]

  • “Estuve en el Ejército [afgano] en los años previos a que los talibanes retomaran el control [en 2021]. Por eso, mi vida estuvo en peligro. Pasé 10 años en el Ejército. Durante ese tiempo, colaboré estrechamente con las fuerzas estadounidenses. Fui enviado a muchos lugares, como Helmand, Farah, Badghis, Ghor, Uruzgan, Kandahar y Wardak… Desde que me fui, sé por lo que me han dicho mis familiares que los talibanes han ido a mi casa a preguntarle a mi familia dónde estoy. Han ido dos o tres veces a preguntar por mí. No puedo volver a mi país. En Afganistán, los talibanes me matarían”.
    —Imran, de 34 años, exsoldado del Ejército de Afganistán.[7]

  • “Me obligaron a casarme muy joven con un hombre mayor, que abusaba de mí y me pegaba. Tengo cuatro hijos de 10, 9, 7 y 4 años. Sufrí abortos debido al estrés y a los golpes de mi marido. Cuando intenté volver con mi familia, mi marido me encontró y me llevó de vuelta a casa. Casi me mata con un cuchillo”.
    —Asha, una mujer somalí de 27 años superviviente de violencia intrafamiliar.[8]


 

Estados Unidos

Negación del derecho a solicitar asilo en Estados Unidos

Las 48 personas entrevistadas por Human Rights Watch que fueron expulsadas de Estados Unidos a Panamá los días 12, 14 o 15 de febrero de 2025, nos dijeron que las autoridades no les preguntaron por las razones de salida de sus países de origen, ni si tenían un temor fundado de regresar a dichos países. Cuando una persona expresa su intención de solicitar asilo o su temor a ser perseguida, la legislación estadounidense exige que un oficial de asilo realice una evaluación preliminar, conocida como entrevista sobre temor creíble.

Ninguna de las personas que entrevistamos intentó eludir su captura. Al contrario, la mayoría indicó que, tras cruzar el primer muro o valla, permanecieron en el mismo lugar y esperaron a que los agentes de la Patrulla Fronteriza estadounidense (US Border Patrol) los encontraran. Algunos recordaron haber levantado las manos y decir “refugiado” o “asilo” en inglés, mientras eran detenidos en la frontera entre Tijuana, México, y San Diego, Estados Unidos.

El siguiente relato de un hombre iraní de 30 años, quien cruzó el 4 de febrero de 2025 con su esposa de 29 años, es común entre los entrevistados:

Nos presentamos enseguida ante la Patrulla Fronteriza. Los reconocí como Patrulla Fronteriza por sus uniformes. No huimos. Les pedimos asilo enseguida. Nos alumbraron la cara con una luz y nos hicieron sostener los pasaportes a la altura de nuestras caras para tomarnos fotos. Mientras hacían esto, les decíamos en inglés, “somos refugiados, somos refugiados”.[9]

Arun, un hombre de 36 años de [grupo étnico no revelado] de [país no revelado], contó a Human Rights Watch que había sido secuestrado y torturado por las fuerzas militares de su país. También nos describió, en inglés, sus reiterados intentos por solicitar asilo desde su primer encuentro con la Patrulla Fronteriza. Así describió lo que sucedió poco después de cruzar en dirección a Texas, el 11 de febrero de 2025, durante sus tres días de detención en Estados Unidos y mientras era expulsado a Panamá:

En cuanto crucé, la Patrulla Fronteriza estaba allí. Me preguntaron si llevaba un cuchillo o una pistola. Les dije: “No, soy un refugiado y quiero asilo”. Levanté mis manos. Registraron mi mochila. Yo estaba con un grupo de nueve personas. Les mostré mi pasaporte e intenté demostrarles que estaba colaborando [con el procedimiento]. Me quitaron el pasaporte y me llevaron a un centro de detención en McAllen, Texas. 

Cuando llegué, tomaron mis huellas digitales y mi fotografía. Me preguntaron mi fecha de nacimiento, nacionalidad y si tenía familiares estadounidenses. Les dije que tenía un hermano en Estados Unidos y les di su número de teléfono. Me quitaron el teléfono y les dije que todos mis documentos estaban en mi teléfono. Les dije: “Por favor, señor, ¿puedo ir a una corte a pedir asilo?”. Me respondieron: “Debías quedarte en tu país. No puedes venir a nuestro país. Te enviaremos de vuelta”.

Un oficial de la Patrulla Fronteriza me dijo eso. Todos pertenecían a la Patrulla Fronteriza. Les dije que mi vida corría peligro en mi país de origen, que estaba amenazado. Les dije que mi hermano tiene el estatus de refugiado en Estados Unidos. Les dije: “Quiero ir a una corte para presentar una solicitud de asilo”. Pienso en Estados Unidos como un país democrático, con libertad, y creía que me tratarían como a un refugiado, pero me trataron de forma inhumana.

Revisaron todos mis documentos. Les di mi pasaporte, mi teléfono, todos mis documentos, pero no me los devolvieron cuando me expulsaron. Ahora estoy indocumentado y la Patrulla Fronteriza es responsable de eso.

Pasé una noche en ese centro de detención.

Al día siguiente, me subieron a un autobús, esposado y con grilletes. No me permitieron hablar. Estuve detenido un total de tres días en Estados Unidos. Luego, me deportaron a Panamá. Cuando me enviaron a Panamá no me dieron ningún documento, ninguna declaración, nada. No investigaron mis denuncias. No me presentaron ningún documento que dijera por qué me deportaban. Me trataron como un animal. Deberían hacerse responsables. No nos dieron ninguna respuesta. Yo le dije a todos los funcionarios estadounidenses que pude que mi hermano es un residente permanente, que fue reconocido como refugiado y lleva 15 años en Estados Unidos, que él me patrocinaría.

Estados Unidos todavía tiene mi pasaporte, lo que me convierte en una persona indocumentada aquí, en Panamá. Ahora tengo 30 días para abandonar el país.[10]

En otro caso, un grupo de nueve solicitantes de asilo rusos —tres hombres solos y una familia con cuatro hijos, incluyendo un niño de 4 meses— se dirigió en un vehículo al puesto fronterizo de Calexico, en la frontera entre Estados Unidos y México. Allí, entregaron sus pasaportes a la funcionaria estadounidense de la caseta de control y solicitaron asilo.

Les dijeron que se bajaran del vehículo e inmediatamente los adultos fueron esposados. El conductor del vehículo, Boris, contó:

Cuando hablé por primera vez con la mujer de la caseta a la que le entregué nuestros pasaportes solo pedí asilo. Le dije las palabras “asilo político” en inglés tan pronto me crucé con la mujer de la caseta. No volví a pedir asilo político porque no entendía lo que estaba pasando. Era muy confuso. Nadie me explicaba nada, nadie.[11]

Boris nos dijo que, desde el momento en que se dirigió a la caseta y pidió asilo hasta que lo subieron en un avión con destino a Panamá, los funcionarios estadounidenses no hicieron ningún intento de comunicarse en ruso con él. “No fueron groseros, ni amenazantes, pero no nos explicaron nada. No utilizaron un intérprete o una aplicación de teléfono para hablar con nosotros. Únicamente nos hablaban en inglés y con gestos”.[12]

Iván, un hombre gay, también iba en el vehículo con Boris. Iván dijo a Human Rights Watch que había enfrentado violencia en Rusia debido a su orientación sexual, incluyendo varios incidentes de discriminación por parte de la policía, que llegó a propinarle palizas tan fuertes que tuvo que ser hospitalizado. Antes de llegar a la frontera entre Estados Unidos y México, había documentado sus experiencias en un relato de cuatro páginas escrito a máquina (copia en los archivos de Human Rights Watch). “Durante mi detención, mientras revisaban mi mochila, también pedí asilo político”, nos contó Iván. “Les dije que había cosas en mi mochila que respaldaban mi petición asilo. Me sentí frustrado. A dos agentes diferentes les dije dos veces que quería asilo político. Les dije: ‘Por favor, revisen mi mochila. Tengo documentos en inglés con mi historia’”.

Iván nos dijo que tenía miedo y estaba muy nervioso:

No aceptaron mis documentos; los ignoraron. Me esposaron con las manos detrás de la espalda, me encadenaron las piernas a una banca y me registraron todo el cuerpo antes de que nos sentáramos. Revisaron nuestras mochilas. Dije: “En mi mochila está mi historia para pedir asilo”, pero hicieron caso omiso. Me tomaron las huellas digitales y me fotografiaron. No había traductor de ruso, ni información, ni traducción, ni nada sobre el asilo político.[13]

Otras personas estaban confundidas, intimidadas o no querían parecer irrespetuosas o poco cooperativas al pedir asilo de forma más insistente. Tenían la esperanza de que les concedieran las entrevistas donde podrían explicar a funcionarios estadounidenses por qué temían regresar a sus países. Ahmad, que fue amenazado por los talibanes en Pakistán, nos contó: “Levanté las manos y dije ‘quiero asilo’ tan pronto como crucé de México a Estados Unidos, el 9 de febrero de 2025, en Tijuana”. Ahmad dijo a Human Rights Watch que la Patrulla Fronteriza lo llevó a un centro de detención en Los Ángeles, donde permaneció dos días.

Ahmad nos dijo que un hombre del centro de detención, que vestía uniforme de policía en lugar de ropa civil, “solo me preguntó cuánto dinero tenía y cómo había llegado a Estados Unidos. Me tomaron las huellas digitales y me fotografiaron. Únicamente me preguntaron cómo había venido, algunos datos biográficos básicos, nada más. No me dijeron nada sobre mis derechos. Durante esta entrevista, volví a decir: ‘Quiero asilo’. [El funcionario uniformado] me dijo: ‘Okay’, pero no me preguntó por qué salí de Pakistán ni por qué pedí asilo”.[14]

Los solicitantes de asilo chinos entrevistados por Human Rights Watch para este informe mantuvieron una comunicación mínima con las autoridades estadounidenses. Mei, una mujer china que tenía tanto miedo como para referir a Human Rights Watch su edad u otros datos que pudiesen identificarla, relató su experiencia de aislamiento como solicitante de asilo en Estados Unidos, la cual fue aún más difícil por la barrera del idioma:

El único traductor chino que vi desde mi detención el 2 de febrero hasta mi deportación el 13 de febrero fue cuando me tomaron las huellas digitales, pero no tuve la oportunidad de hablar con esa persona, ni de obtener información o de contar nada. No dije nada sobre el asilo porque no podía hablar con nadie. Nadie me dijo que podía tener un abogado.

Mi miedo a perder mi libertad era terrible. Tenía miedo. No tuve ninguna entrevista. Nadie me dijo que podía contratar a un abogado. No vine a Estados Unidos para ganar dinero, sino para encontrar la libertad. Amo la libertad. Soy cristiana y anhelo la libertad.

Puede que no sea una migrante legal, pero Estados Unidos tiene un sistema legal que yo no vi. Nadie me dijo nada. No me permitieron decir nada. Nadie me dio ningún documento, ni siquiera cuando me deportaron. Nadie me dijo a dónde iba. Estoy muy decepcionada. [Mi experiencia] no fue como lo que dijo Biden sobre proteger a la gente.[15]

Funcionarios estadounidenses se limitaron a ignorar a Stephanie, una mujer camerunesa que dijo haber sido violada en Camerún por policías que también mataron a su padre y golpearon y detuvieron a su hermano. Stephanie había cruzado la frontera estadounidense para solicitar asilo. Desde el momento de su aprehensión y durante los 19 días que permaneció detenida, nunca se le permitió hablar con su familia, un abogado o un funcionario para solicitar asilo. “A nadie le importó por qué entré en Estados Unidos. Nadie me preguntó”, dijo a Human Rights Watch.[16]

“Pedí asilo en repetidas ocasiones. De verdad lo intenté. Nadie me escuchó”, nos contó Mina, una mujer iraní de 27 años. “No entendía por qué no me prestaban atención, hasta que un funcionario de migración me dijo que el presidente Trump había puesto fin al asilo, así que iban a deportarnos”.[17]

Algunas de las personas entrevistadas por Human Rights Watch habían obtenido citas para solicitar asilo a través de la aplicación CBP One. Sus citas fueron canceladas tras la toma de posesión de Donald Trump como presidente. Samira, una mujer cristiana conversa de Irán y sobreviviente de violencia intrafamiliar, mostró a Human Rights Watch su cita de CBP One para el 31 de enero de 2025 a las 4:30 p.m., en el puerto de entrada de Nogales, Arizona. Samira había esperado, sin intentar cruzar de forma irregular antes de la toma de posesión de Trump, porque quería entrar regularmente utilizando CBP One. Sin embargo, la cita fue cancelada el día de la toma de posesión, el 20 de enero. Según nos dijo, después de cruzar la frontera de forma irregular el 4 de febrero de 2025, ningún funcionario estadounidense le hizo preguntas en ningún momento. “No tuve ninguna entrevista en Estados Unidos. No hablé con ningún abogado ni funcionario. No me dieron ningún documento para firmar. Quería convertirme en refugiada, pero nunca hablaron conmigo. No dije ‘refugiada’ porque pensé que sabían que todos los que venían querían asilo en Estados Unidos”.[18]

Kaasheen, una mujer afgana de 21 años, dijo a Human Rights Watch que, en una pared del centro de detención de migrantes en el que estaba en Estados Unidos, vio un cartel que indicaba su derecho a hablar con un abogado y les preguntó a los funcionarios si podía hablar con uno, pero le negaron su petición. Mina, la mujer iraní de 27 años, nos dijo lo mismo: “En la pared vi un cartel que enumeraba nuestros derechos. Decía que podíamos ver a nuestra familia. También decía que podíamos hacer llamadas telefónicas, incluso a un abogado. Los funcionarios de migración nunca nos dejaron hacer ninguna de estas cosas, ni siquiera cuando lo pedimos”.[19]

Expulsión colectiva

Ninguno de los nacionales de terceros países expulsados de Estados Unidos a Panamá y entrevistados por Human Rights Watch afirmó que el gobierno estadounidense les hubiera proporcionado algún documento que indicara una orden de deportación o las bases legales de su expulsión.

En marzo de 2025, el New York Times citó a la portavoz del Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés), Tricia McLaughlin, quien afirmaba en un correo electrónico que los migrantes habían sido “expulsados adecuadamente” de Estados Unidos y que “ni uno solo de estos extranjeros afirmó tener miedo de regresar a su país de origen en ningún momento durante su procesamiento o custodia”.[20] Sin embargo, no hay evidencias de una orden legal para la expulsión, ni ningún indicio de garantías procesales que sugieran que fueron “expulsados adecuadamente”. En caso de haber sido expulsados en virtud del proceso de “expulsión expedita” (expedited removal en inglés), según la Ley de Inmigración y Nacionalidad estadounidense (INA, por sus siglas en inglés), sección 235(b)(1), cualquier persona que indique su intención de solicitar asilo o exprese su temor a ser perseguida o torturada al regresar a su país debería haber sido remitida a un funcionario de asilo del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés) para una entrevista que determinara si tenía un temor creíble de persecución. Eso no ocurrió.

El 20 de enero de 2025, el presidente Donald Trump hizo el siguiente anuncio:

Por la presente, anuncio, de conformidad con las secciones 212(f) y 215(a) de la INA, 8 U.S.C. 1182(f) y 1185(a), que los extranjeros que participen en la invasión a través de la frontera sur de Estados Unidos durante o después de la fecha de este anuncio tienen restringida la invocación de las disposiciones de la INA que permitirían su presencia en Estados Unidos, incluida, entre otras, la sección 208 de la INA, 8 U.S.C. 1158, hasta que yo publique una constatación de que la invasión por la frontera sur ha cesado.[21]

Además del anuncio presidencial, una guía dirigida a la Patrulla Fronteriza que fue emitida el 4 de febrero de 2025 decía:

El Anuncio 10888, Garantizando la Protección de Estados Unidos contra la Invasión, suspende y limita la entrada de todos los extranjeros ilegales encontrados por la Patrulla Fronteriza de Estados Unidos a través de los puertos de entrada en la frontera terrestre del sur. Esto se aplica a todos los extranjeros ilegales que entraron a Estados Unidos después de las 6:00 p.m. (EST) del 20 de enero de 2025. La entrada de cualquier extranjero ilegal que invada Estados Unidos (definido como un extranjero que cruza los puertos de entrada de la frontera terrestre sur) queda suspendida en virtud de las secciones 212(f) y 215(a) de la INA.

A los extranjeros que participen en esta invasión también se les restringe la posibilidad de invocar las disposiciones de la INA que permitirían su presencia en Estados Unidos, incluido el alivio discrecional. El anuncio identificó específicamente la sección 208 de la INA, y ordena que a los extranjeros que invadan Estados Unidos no se les permita solicitar asilo.[22]

Estas políticas del gobierno de Trump violan el derecho internacional y se fundamentan en una dudosa interpretación del derecho interno estadounidense, que ya está siendo puesta a prueba en los tribunales. La sección 208 de la INA garantiza, por ley, el derecho a solicitar asilo de cualquier persona que llegue o entre a Estados Unidos, independientemente de su estatus migratorio. Esta disposición legal no puede ser eliminada sin más por un anuncio presidencial:

Cualquier extranjero que se encuentre físicamente en los Estados Unidos o que llegue a los Estados Unidos (sea o no a través de un puerto de llegada designado e incluyendo a un extranjero que sea traído a los Estados Unidos después de haber sido interceptado en aguas internacionales o de los Estados Unidos), independientemente de su estatus, puede solicitar asilo de acuerdo con arreglo a esta sección.[23]

La Corte Suprema de Estados Unidos ha dicho que la sección 212(f) de la INA no puede utilizarse para “anular expresamente disposiciones particulares de la INA”, incluyendo la sección 208.[24] Por ello, no está claro cómo el gobierno de Trump intentará argumentar la legalidad de este anuncio.

El 28 de marzo, un juez federal de distrito del estado de Massachusetts emitió una orden de restricción temporal de alcance nacional que prohíbe al DHS expulsar de Estados Unidos a un tercer país a cualquier persona sobre la que pese una orden final de expulsión, a menos que esa persona sea notificada por escrito cuál es el tercer país al que puede ser expulsada, que se le brinde “una oportunidad significativa (...) de presentar una solicitud de protección de amparada en la Convención contra la tortura” y que se tome una decisión definitiva sobre su solicitud.[25]

Esta orden de restricción temporal establece que nadie debe ser expulsado de Estados Unidos sin haber tenido la oportunidad de solicitar protección contra la tortura. Sin embargo, no aborda directamente las circunstancias a las que se enfrenta el grupo que fue expulsado a Panamá, objeto de este informe, o de quienes en el futuro puedan estar en una situación similar. Por lo que Human Rights Watch pudo determinar, a ninguno de los que fueron expulsados a Panamá se le emitió nunca una orden final de expulsión antes de salir hacia Panamá. Sus expresiones de temor y el deseo de solicitar asilo en Estados Unidos deberían haber sido reconocidos. Estas personas deberían haber sido remitidas a entrevistas sobre temor creíble para tener la oportunidad de solicitar asilo en Estados Unidos. Los recursos legales a su disposición no deberían limitarse a la protección frente a la tortura.

Condiciones de detención

Todos los nacionales de terceros países entrevistados por Human Rights Watch dijeron que habían sido detenidos poco después de entrar a Estados Unidos; en la mayoría de los casos, tras pisar suelo estadounidense. En todos los casos, en la medida en que pudieron, identificaron a los funcionarios que los detuvieron como parte de la Patrulla Fronteriza, excepto en el caso del vehículo de los rusos que solicitaron asilo en un paso fronterizo oficial, en el que normalmente hay funcionarios de la Oficina de Operaciones en Terreno de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP, por sus siglas en inglés). Ninguno de los nacionales de terceros países entrevistados estuvo más de tres semanas en Estados Unidos después de su detención.

Las personas que entrevistamos entraron a Estados Unidos a través de la frontera entre Tijuana y San Diego o a lo largo de la frontera de México con el estado de Texas y fueron llevadas a centros de detención donde las condiciones eran duras. Stephanie, de Camerún y detenida en San Diego, nos dijo que las requisas corporales las realizaban agentes varones y que no pudo ducharse durante días. También nos contó que los guardias golpeaban las puertas durante la noche, lo que le impedía dormir, y que no les daban cepillos de dientes. Stephanie dijo a Human Rights Watch que los agentes se burlaban de ella y le decían: “Apestas”.[26]

Escuchamos relatos similares de otras personas. Por ejemplo, Rosy, una mujer de 33 años de Camerún, nos dijo que el trato que recibió “fue tan malo que ni siquiera puedo explicarlo. La comida… No se podía comer lo que nos daban. No podías cambiarte de ropa. Pasaron un par de días antes de que pudiésemos ducharnos. Hacía mucho frío. Cuando pedías hacer una llamada, respondían que no podíamos. Te gritaban, a veces por ningún motivo”.[27]

Mariam, una mujer de Afganistán, dijo a Human Rights Watch:

Las luces estaban encendidas todo el tiempo. A veces nos despertaban a las 3:30 a.m. Luego, volvían a despertarnos para desayunar. Treinta minutos más tarde nos despertaban para escanear nuestros brazaletes. Cada dos o tres horas entraban y golpeaban la puerta muy fuerte para que nos despertáramos: a veces, era para las comidas; otras, para contarnos; en otras ocasiones, llamaban a alguien por su nombre y lo sacaban. Era imposible dormir más de dos o tres horas seguidas. Era desorientador. Nunca sabíamos si era de noche o de día.[28]

Varias de las personas aseguraron haber sido mantenidas en habitaciones muy frías cuando fueron detenidas por primera vez. Zhi, un hombre chino, nos contó: “Les dije que tenía mucho frío y solo tenía una camiseta de mangas cortas. Me dijeron que usara más y más papel aluminio [Mylar]. Como el papel aluminio no es un material aireado, empecé a sudar y me mojé mucho. Cuando me quité el papel aluminio, volví a tener mucho frío”.[29]

Sandra, una mujer camerunesa de 24 años, nos dijo:

Mi ropa estaba manchada cuando llegué. La lavé en el fregadero. En el campamento hacía tanto frío que no podía ponerme la ropa mojada. Así que pregunté si podía coger otra mudada de ropa de mis maletas. El oficial me miró y me preguntó: “¿Quién lavó esa ropa?”. Le dije que yo, porque estaba manchada. Me respondió: “Tienes que volver a ponértela tal cual. Esa es la consecuencia de lo que hiciste”. Pregunté a otro agente, que era un poco más amable, pero se limitó a encogerse de hombros y a decirme que ya me habían dicho que no. Pregunté a otra señora y también me dijo que no. Hacía mucho frío por el aire acondicionado.[30]

Según las entrevistas de Human Rights Watch, al entrar al centro de detención, los funcionarios pedían a las personas datos como su nombre, documentos de identidad y les tomaban fotografías y sus huellas digitales. Después de este procedimiento, los funcionarios les pidieron que firmaran un documento digital en una tablet, que no pudieron leer antes de firmar. Zhi nos dijo: “Después de estar detenido en una tienda de campaña durante tres horas, [utilizaron una aplicación de traducción en el teléfono para decirme] que me devolverían independientemente de si firmaba o no”.[31] Después de esos trámites, según Eskender, un hombre de 27 años de Etiopía, “nos metieron en una habitación y no volvieron a hablarnos”.[32]

Los entrevistados por Human Rights Watch describieron el centro de detención de San Diego como compuesto por ocho módulos, fabricados en plástico y madera. Cada uno albergaba unas 60 personas. Los guardias vestían uniformes verdes. “Nunca salimos de ese lugar en 10 días”, nos contó Farhad, un hombre iraní de 30 años. “Yo estaba en el módulo 7 y mi esposa en el 8. No se nos permitía salir del módulo. No parábamos de pedir asilo. Les dije que tenía el nombre de un abogado y les pedí permiso para llamarlo. Pero no me lo permitieron. No vi a mi esposa durante 10 días”.[33]

Kaasheen, una mujer afgana de 21 años, contó a Human Rights Watch que pasó 10 días en el centro de detención de San Diego: “Nunca vi el cielo en ese tiempo. Yo solo quería ver el cielo”. También dijo que le negaron el uso de duchas y no le dieron un cepillo de dientes u otros artículos de primera necesidad. También le confiscaron el teléfono, por lo que no pudo informar a nadie para contarle su situación.[34]

Las celdas de detención de los servicios de migración estadounidenses son especialmente inadecuadas para menores de edad.[35] El centro de detención de San Diego no es la excepción. Algunos padres entrevistados por Human Rights Watch dijeron que sus hijos tenían dificultades para conciliar el sueño en esas hacinadas celdas llenas de ruido y luces. Como los agentes de la Patrulla Fronteriza entraban con frecuencia a las celdas, gritando órdenes y dando portazos, los niños se ponían nerviosos y tenían miedo. La comida, fundamentalmente burritos de microondas, no era idónea para los niños y, con frecuencia, los padres tenían dificultades para lograr que sus hijos comiesen lo suficiente cada día.[36]

Como describe el relato de Farhad más arriba, los agentes de la Patrulla Fronteriza separaban en celdas a hombres adultos, adolescentes y madres e hijos pequeños. Esto significa que frecuentemente las familias están separadas. Por ejemplo, Zain, un hombre iraní de 33 años detenido con su mujer y su hijo de 8 años, dijo a Human Rights Watch: “Me separaron de mi mujer y mi hijo. Yo estaba en una habitación pequeña y ellos en otra… Pedí ver a mi familia muchas veces. Después de cuatro días por fin nos dejaron vernos, pero solo durante 15 minutos”.[37]

Estos centros de detención fueron diseñados para estancias breves de personas adultas. De hecho, no fueron pensadas para mantener a personas bajo custodia durante la noche.[38] Según los estándares del CBP, publicados en 2015, la detención en las celdas de retención de migrantes “generalmente” no debe durar más de 72 horas.[39] Como se ha detallado anteriormente en esta sección, las personas entrevistadas por Human Rights Watch describieron periodos de detención muy superiores a esa directriz. Mariam, que estuvo retenida durante 18 días con su familia, incluyendo su sobrino de 1 año, en el centro de detención de San Diego, les preguntó a los funcionarios: “¿Dónde están los derechos humanos cuando un bebé de 1 año está en la cárcel?”.[40]


 

Panamá

Traslado a Panamá

Todos los entrevistados nos dijeron que, una vez embarcados en aviones militares estadounidenses, no sabían a dónde los llevaban. También indicaron que se dieron cuenta de que estaban en Panamá después de aterrizar, al reconocer la bandera panameña o a los agentes del Servicio Nacional de Fronteras (SENAFRONT), o al ser informados de su ubicación.

Kaasheen, una mujer afgana de 21 años, recordó lo que ocurrió la mañana en que la subieron a un avión militar estadounidense. Después de haber estado detenida durante 10 días, los oficiales llegaron, dijeron sus nombres y formaron a los detenidos en una fila. Kaasheen nos contó: “Esa mañana, cuando dijeron mi nombre, me puse muy feliz porque pensé que nos iban a liberar”.[41]

Boris, un hombre ruso de 38 años, dijo a Human Rights Watch que el 14 de febrero lo encadenaron de manos, cintura y tobillos y lo subieron a un autobús durante dos horas y media para llevarlo a un aeropuerto cercano a Los Ángeles. Cuando el autobús estacionó, él y sus compañeros fueron obligados a esperar ahí dentro otras seis o siete horas, durante las que “no nos dieron nada de comer, ni de beber, ni nos explicaron nada”.[42]

Zain, un hombre iraní de 33 años, dijo a Human Rights Watch: “Antes de tomar el vuelo, los agentes me esposaron y me pusieron cadenas en la cintura. Esto fue realmente doloroso porque mis hijos y mi mujer estaban allí”.[43] Incluso aquellos que no tenían hijos se dieron cuenta de que ver a sus padres encadenados era una experiencia traumatizante para los niños.[44]

Los funcionarios ignoraron las preguntas de los detenidos sobre a dónde los llevaban. A algunos de los detenidos en San Diego les dijeron que iban a ser trasladados a un centro de detención en Texas. A ninguno de ellos le dijeron que iban a Panamá. Indra, un joven de 19 años de Nepal, nos describió el vuelo a Panamá:

Al cabo de 15 días, la Patrulla Fronteriza vino y leyó nuestros nombres. Formamos una fila de 119 personas. La policía nos puso grilletes en manos y piernas. No nos dieron ningún documento, ningún papel. Pregunté a la Patrulla Fronteriza hacia dónde íbamos. Me dijeron: “Los enviaremos a Texas”. Nos metieron en un avión militar que decía “ARMY” en el que había 10 soldados. No supimos a dónde íbamos durante cuatro o cinco horas. Cuando preguntamos, solo nos respondieron: “No lo sabemos”. La gente lloraba. Hombres y mujeres estaban esposados. Únicamente los niños no lo estaban.[45]

Hubo tres vuelos desde Estados Unidos hacia Panamá. Todos los hombres entrevistados por Human Rights Watch dijeron que tenían las manos esposadas a la altura de la cintura, así como grilletes en las piernas. Algunas mujeres nos dijeron que no estaban esposadas ni tenían grilletes.[46] “Estuvimos encadenados todo el tiempo en el avión”, nos contó Yoel, un hombre de 32 años de Eritrea. “Nos ofrecieron un sándwich, pero no pude comer porque tenía las manos encadenadas demasiado cerca de la cintura. Era difícil estirarme para alcanzar a comer”.[47]

Condiciones de detención

Poco antes de llegar a Panamá, les quitaron los grilletes. Al desembarcar, caminaron entre dos filas de hombres uniformados con lo que las personas describieron como uniformes del ejército, consistentes con los del SENAFRONT. Los subieron a autobuses y los llevaron al hotel Decápolis, en el centro de Ciudad de Panamá, donde, dependiendo del día de llegada de su vuelo, permanecieron desde el 12 hasta el 18 de febrero de 2025.

Esther, una mujer camerunesa de 25 años, contó a Human Rights Watch que ella y otras personas retenidas en el hotel Decápolis no pudieron hablar con sus familias, ni con sus abogados. Nos dijo que vio como a otra mujer la esposaron por llorar y pedir su teléfono.[48]

Estas personas fueron confinadas en sus habitaciones de hotel, excepto para el momento de las comidas. Mientras estuvieron en el hotel, no tuvieron acceso a sus teléfonos, que la Patrulla Fronteriza estadounidense había tomado y entregado posteriormente a funcionarios panameños. Los entrevistados nos dijeron que no se les permitía llamar a sus abogados o familiares en el exterior, a menos que aceptaran la ayuda de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) para volver a sus países de origen. Quienes aceptaron los retornos pudieron usar los teléfonos de la OIM para llamar a sus familias.

Algunas personas encontraron la manera de crear cuentas de correo electrónico desde los televisores del hotel, para enviar mensajes a familiares, que a su vez se pusieron en contacto con abogados y periodistas, para alertar de su presencia en Ciudad de Panamá. Algunos abogados intentaron entrar en el hotel, pero las autoridades no les permitieron entrar ni comunicarse con sus clientes.

El 18 de febrero, 112 de los nacionales de terceros países que se negaron a regresar a sus países de origen fueron trasladados desde el hotel Decápolis hasta la estación de recepción migratoria (ERM) de San Vicente, en la provincia de Darién, en la frontera entre Panamá y Colombia, donde fueron detenidos. Anteriormente, la ERM de San Vicente era usada para albergar a migrantes y solicitantes de asilo que se dirigían hacia el norte a través del Tapón del Darién, una selva pantanosa y peligrosa en la frontera entre Colombia y Panamá.

Human Rights Watch ha documentado, en investigaciones previas sobre el Tapón del Darién, que las condiciones de la ERM de San Vicente incluían estructuras de alojamiento en mal estado, así como falta de iluminación, de separación adecuada entre las letrinas y duchas para hombres y mujeres y de centros de salud con personal capacitado. Estas condiciones ponían en riesgo a los migrantes y solicitantes de asilo alojados allí.[49]

Las autoridades panameñas continuaron negando el acceso a los nacionales de terceros países a sus teléfonos, por lo que continuaron aislados del mundo exterior hasta que la Cruz Roja les dio la oportunidad de hacer llamadas telefónicas de tres minutos para contactar a sus familias.

Una mujer china de 35 años nos describió el traslado a San Vicente y las condiciones en el nuevo centro de detención:

Alrededor de las 11 p.m. del 18 [de febrero], un soldado tocó de repente la puerta [del hotel]. A través de la aplicación para traducir en nuestros teléfonos nos dijo que nos llevarían a otro hotel. Estaba tan asustada que lloré. Un autobús nos condujo toda la noche hasta el campo de refugiados [la ERM de San Vicente]. Las condiciones allí eran muy malas y hacía mucho calor. Había más de 70 mujeres viviendo allí. No había ventiladores, no se podían abrir las ventanas y nos picaban los mosquitos.

El agua que bebimos era del grifo y olía a desinfectante. El arroz que comíamos no estaba cocido; el pan de la mañana, tampoco. Un día, el arroz estaba podrido, pero el guardia nos dijo que estaba bien y que podíamos comerlo.

Las condiciones eran muy malas, solo había acceso a agua fría, no había puertas en los baños y solo un inodoro tenía puerta. Algunas familias tienen niños de 10 u 11 años que seguían alojados con nosotros. No había intimidad en absoluto.

Hablamos con los guardias de allí y les preguntamos cuándo nos iríamos, pero nos respondieron que no lo sabían. Al principio, algunos guardias fueron muy atentos y amables con nosotras, pero al cabo de una semana, cambiaron a algunos de ellos. Me sentí discriminada.[50]

Los hombres permanecían en una habitación grande con un ventilador en el centro de detención de San Vicente. Tenían literas con colchones sucios y sin sábanas. Casi todos los entrevistados describieron las condiciones como calurosas y sucias, con una gran falta de intimidad en los baños. Hamza, un hombre de Afganistán, nos dijo:

Incluso para ir al baño, necesitábamos que nos escoltara un guardia. Los baños no tenían puertas. Justo enfrente del inodoro sin puerta estaba la ducha abierta. No había intimidad ni para la persona que utilizaba el inodoro ni para la que se duchaba. En nuestro país no hay nada que se le parezca.

El dormitorio donde nos alojaron era de metal. Era muy duro. No había aire acondicionado y hacía mucho calor. Yo tenía una cama. Estaba en una habitación con capacidad para 85 personas, pero ahí solo éramos 25. La comida no era buena, pero el principal problema era la poca cantidad. Pedimos más y nos dijeron que no podían darnos raciones más grandes porque la cantidad estaba fijada por el gobierno panameño.[51]

Ni el hotel Decápolis ni la ERM de San Vicente son adecuados para niños. Ambos ofrecían pocas o ninguna oportunidad de recreación u otras actividades. Los niños y niñas que permanecían retenidos allí no asistían a la escuela.

Los padres de los niños más pequeños dijeron a Human Rights Watch que fue difícil lograr que sus hijos comieran alimentos desconocidos. “Mis hijos no comían lo suficiente en el campamento del Darién. Durante los primeros cuatro días no comieron”, nos dijo Azita, una mujer iraní de 32 años.[52] Los padres también contaron que el calor y la humedad eran difíciles de soportar para sus hijos. Hadicha, una mujer de 35 años de Uzbekistán, dijo a Human Rights Watch:

Todo el tiempo, mis hijos tenían hinchazón y erupciones cutáneas en los brazos y la espalda debido a las alergias. La Cruz Roja nos ayudó. Tenían un vehículo que venía al campamento y nos daban ungüentos y pastillas. Los medicamentos fueron de ayuda para mis hijos. Pero el médico que nos atendió me dijo que las alergias eran responsabilidad mía porque no había lavado ni cambiado la ropa de mis hijos. Me dijo que no estaba cuidando bien a mis hijos porque no les lavaba la ropa. Pero no teníamos un lugar donde lavarla ni tampoco otra mudada de ropa.[53]

Al igual que en Estados Unidos, la experiencia de detención fue perturbadora para los niños. Hadicha nos explicó: “Teníamos dos habitaciones en las que podíamos movernos, pero estaban rodeadas de barrotes de hierro. A veces nos dejaban salir, pero un guardia tenía que acompañarnos. Cada vez que estábamos fuera, la policía nos seguía”.[54] Marwa, una mujer de 19 años procedente de Afganistán, nos relató que, durante los días posteriores a que las autoridades panameñas enviaron a la mayoría de la gente de vuelta a Ciudad de Panamá, “los niños pensaban que la policía nos seguiría si salíamos de nuestras habitaciones. Esto los traumatizó mucho”.[55]

Entre el 8 y el 11 de marzo, las autoridades panameñas liberaron a los detenidos de San Vicente, los subieron a autobuses y los dejaron en Ciudad de Panamá, excepto a dos o tres personas que se negaron a firmar los formularios para acceder al permiso temporal humanitario.

Permiso temporal humanitario

Bajo la presión de un recurso legal presentado ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la atención de la prensa internacional y la presión ejercida por organizaciones de derechos humanos, el gobierno panameño decidió expedir un “permiso temporal humanitario” de 30 días para los nacionales de terceros países de la ERM de San Vicente que estuvieran dispuestos a firmarlo y a ser trasladados en autobús a Ciudad de Panamá, donde quedarían librados a su suerte.[56]

Este permiso temporal humanitario permite al titular tener libertad de movimiento en Panamá durante 30 días, tiempo durante el cual se espera que planee el regreso a su país de origen o su traslado a otro país. Human Rights Watch revisó algunos de los permisos, en los que se indicaba que en casos de “fuerza mayor” o “caso fortuito”, la estadía podría extenderse hasta 90 días, previa autorización del director general del Servicio Nacional de Migración. Según un comunicado del Ministerio de Seguridad, “transcurridos los 90 días, aquellos que permanezcan en Panamá de forma ilegal serán deportados”.[57] El permiso no menciona una tercera opción: acceder a los procedimientos para solicitar asilo en Panamá.

Los investigadores de Human Rights Watch entrevistaron a los solicitantes de asilo en un momento especialmente vulnerable e incierto. Cuando salieron de la ERM de la provincia de Darién, no sabían ni adónde irían ni qué harían en Ciudad de Panamá. Muchos estaban asustados por ello, lo que se sumaba a la incertidumbre y desinformación de los días y semanas anteriores. Ninguno sabía si sus permisos iban a ser prorrogados, ni qué criterios tendrían que cumplir para que se les concediera una extensión.

Los investigadores de Human Rights Watch y varias organizaciones afiliadas a la iglesia y de la sociedad civil esperaron a los autobuses en Ciudad de Panamá y ayudaron a facilitar y organizar el alojamiento de algunas personas durante tres noches. El 11 de marzo, estas mismas organizaciones ayudaron a los solicitantes de asilo a ir a una escuela, cerca de la Ciudad de Panamá, que fue convertida en refugio y gestionada por la organización de la Iglesia católica, Fe y Alegría.

Asilo en Panamá

En el momento en que los investigadores de Human Rights Watch estuvieron en Panamá, muy pocos de los nacionales de terceros países habían presentado solicitudes de asilo en Panamá. Algunos tenían la esperanza de que aún podrían solicitarlo en Estados Unidos; otros no tenían confianza en la capacidad de Panamá para proporcionarles protección o un lugar donde pudieran rehacer sus vidas.

Las solicitudes para obtener el estatus de refugiado se presentan ante la Oficina Nacional para la Atención de Refugiados (ONPAR), adscrita al Ministerio del Interior. La ONPAR recopila información y determina si los casos deben pasar a la Comisión Nacional de Protección para Refugiados (CONARE), compuesta por miembros del gabinete de gobierno y otros funcionarios de alto nivel, donde se supone que tiene lugar un análisis completo de la solicitud de refugio.[58] Sin embargo, el proceso de admisibilidad de la ONPAR ha sido catalogado como el “mayor reto” en el sistema de asilo panameño, ya que, en primera instancia, evalúa el fondo de las solicitudes, en lugar de aplicar el criterio inferior de “manifiestamente infundado”, que debería permitir el rechazo anticipado solo de solicitudes claramente fraudulentas o irrelevantes.[59]

Además, la legislación panameña no establece un plazo específico para responder a las solicitudes de refugio. Para mayo de 2023, según el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), las respuestas tomaban una media de 3,2 años desde el registro hasta la decisión de admisibilidad.[60] Para junio de 2024, el 24 % de todos los casos de solicitud de asilo iniciados desde 2018 seguían abiertos y solo el 7 % había recibido una decisión, según ACNUR.[61]

Human Rights Watch documentó en informes anteriores que los esfuerzos de Panamá se centran en facilitar el rápido tránsito de los migrantes y solicitantes de asilo por el país y parecen destinados a disuadirlos de presentar solicitudes de asilo en Panamá. Este enfoque, unido a la falta de garantías procesales y salvaguardas básicas, ha retrasado el proceso de solicitud de asilo y, en algunos casos, ha dado lugar a la vulneración del derecho a solicitar asilo. El sistema de asilo de Panamá es inadecuado, carece de los recursos suficientes y cuenta con una capacidad significativamente menor que la de Estados Unidos para garantizar un análisis completo y justo de las solicitudes de asilo.[62]

Durante la estancia inicial en el hotel Decápolis, los funcionarios panameños evitaron dar cualquier información sobre la posibilidad de solicitar asilo en Panamá por parte de los nacionales de terceros países que habían sido deportados desde Estados Unidos. Algunas personas contaron a Human Rights Watch que habían preguntado sobre la posibilidad de solicitar asilo en Panamá, pero les dijeron que no era una opción o que requeriría un largo tiempo en detención antes de poder solicitarlo. Leila, una mujer iraní y cristiana conversa, nos contó:

Les explicamos a los funcionarios panameños que queríamos pedir asilo en Panamá, pero nos respondieron que no podíamos. Les contamos que nos habíamos convertido al cristianismo y nos dijeron que primero tendríamos que quedarnos un año en la selva para luego solicitar asilo en Panamá. Los funcionarios siguieron intentando persuadirnos de ir a Turquía, pero tenemos miedo de que los turcos nos deporten. Sabemos que Turquía no es justa con los refugiados y que nos deportarán.[63]

En un relato similar, Mariam, una mujer afgana de 25 años, nos dijo: “Pregunté si podía conseguir asilo en Panamá. Las autoridades de migración me dijeron: ‘Panamá no puede aceptar asilo. No puedes quedarte en Panamá. Tienes que volver a tu país’”.[64]

Varios de los solicitantes de asilo deportados por Estados Unidos a Panamá entrevistados por Human Rights Watch tuvieron breves entrevistas de asilo en primera instancia con las autoridades panameñas mientras estaban en el Hotel Decápolis. Las entrevistas tomaron unos 10 minutos y fueron seguidas por una resolución oficial de inadmisibilidad, emitida un día después. Human Rights Watch revisó tres de estas resoluciones que decían que las solicitudes de asilo eran “manifiestamente infundadas” y no guardaban relación con los criterios para el reconocimiento de la condición de refugiado. Sin embargo, las entrevistas de Human Rights Watch a dos de estas personas evidenciaron relatos que, a primera vista, cumplirían sin duda cualquier umbral razonable para una evaluación completa del estatus de refugiado. Por ejemplo, Stephanie, una mujer camerunesa, dijo a Human Rights Watch que había sido gravemente perseguida en su país de origen. Nos contó que un grupo de policías había atacado su pueblo en 2023, entró en su casa y la violó. A su padre le dispararon en la pierna, lo que le causó la muerte. A su hermano lo golpearon y lo detuvieron durante seis días, acusándolo de colaborar con grupos en pro de la separación del Camerún anglófono.

Stephanie relató que su pueblo fue atacado de nuevo en 2024 y que su casa fue quemada. Ella nos mostró videos de la casa quemada y de una mujer llorando, que según Stephanie es su madre. Stephanie intentó escapar, pero no pudo porque estaba embarazada de 29 semanas. Una tía que la ayudaba recibió un disparo en la espalda. Perdió a su bebé y fue trasladada al hospital. También nos mostró una orden de detención en su contra, por presuntamente colaborar con una milicia separatista.

En el hotel Decápolis, Stephanie nos contó que un funcionario panameño le dijo que el asilo en Panamá no era una opción. A pesar de ello, se le concedió una entrevista de asilo el 25 de febrero, pero la ONPAR emitió una resolución de inadmisibilidad un día después, el 26 de febrero. Según la resolución, ella no “aportó documentación como prueba dentro de su solicitud”.[65] Stephanie nos dijo que tenía las pruebas en su teléfono, pero que no le permitieron presentarlas. Las pruebas incluían fotografías que demostraban que su casa había sido quemada, documentación sobre su embarazo y una foto de su orden de detención.

La resolución de inadmisibilidad, revisada por Human Rights Watch, decía que las circunstancias que ella describía no reunían “los elementos contenidos en los motivos de admisibilidad”, ya que se consideraban “manifiestamente infundados”. Lo anterior, a pesar de que ella trató de mostrar pruebas para sustentar su solicitud, que la ONPAR se negó a evaluarlas y que su solicitud de estatus de refugiada era relevante y justificaba una evaluación completa de su estatus.[66] La resolución además afirmaba que su caso no “guarda relación alguna con los criterios para el reconocimiento de la condición de refugiado”, que no era posible establecer “el temor fundado y el elemento de persecución en su contra” y que sus motivos para marcharse eran relacionados con “intenciones socioeconómicas”, ya que expresó su deseo de trabajar para mantener a su familia.[67] Según la entrevista de Stephanie con Human Rights Watch, su familia permanece escondida en Camerún.

Cuando el funcionario le entregó la resolución, le dijo que, si decidía apelar, su solicitud sería rechazada de nuevo.

Otras personas que recibieron notificaciones en las que rechazaban su solicitud de asilo nos contaron que los funcionarios panameños también les habían dicho que cualquier recurso que presentaran sería rechazado. Audrey, una mujer de Camerún de 36 años, mostró a Human Rights Watch una resolución de rechazo de su solicitud de asilo que, según ella, se había basado en una entrevista de 10 minutos. Su relato coincidía con el relato de Stephanie: “Me dijo que podía apelar, pero que no me molestara en hacerlo. Me dijo que la decisión no cambiaría”.[68] Además, Sandra, otra mujer de Camerún de 24 años, nos contó: “Solicité asilo en Panamá cuando estaba en el hotel. Tuve una entrevista, pero rechazaron mi solicitud. Me dijeron que, si apelaba, no tendría éxito”.[69]


 

El rol de las agencias de las Naciones Unidas

Organización Internacional para las Migraciones (OIM)

Tras la llegada a Panamá, el interlocutor oficial más destacado con el que interactuaron los nacionales de terceros países fue la OIM, una organización intergubernamental que se transformó en una agencia de Naciones Unidas en septiembre de 2016.

Los funcionarios públicos panameños se encargaron de la seguridad y el control operativo de los nacionales de terceros países tanto en el hotel Decápolis como en la ERM de San Vicente, así como de proporcionarles atención en salud. Sin embargo, según las entrevistas realizadas por Human Rights Watch, estos funcionarios mantuvieron una comunicación mínima con los nacionales de terceros países, limitada a la toma de fotografías, huellas digitales e información básica de identificación. Solo algunas personas afirmaron haber tenido entrevistas de primera instancia para solicitar asilo, las cuales duraron aproximadamente 10 minutos (véase la sección Asilo en Panamá).

A petición de las autoridades panameñas, la OIM proporcionó asistencia humanitaria (medicamentos, asistencia psicológica, distribución de kits de alimentos y otros artículos), así como ayuda para acceder al retorno voluntario asistido (RVA), uno de sus principales programas ofrecidos alrededor del mundo.

La OIM señala que los nacionales de terceros países deportados estaban bajo la jurisdicción del gobierno de Panamá y que aquellos que siguen en el país continúan bajo esa jurisdicción. En ese contexto, Panamá había solicitado asistencia a la OIM para que proporcionara asistencia humanitaria muy específica a su llegada y para facilitar el retorno voluntario asistido a aquellos que estuvieran dispuestos a regresar, siempre que el retorno sea seguro para ellos.[70]

Human Rights Watch se reunió con la OIM en Panamá, que aseguró estar siguiendo estrictos estándares para los RVA, basándose en los principios de “no causar daño”, “entornos seguros para el retorno” y “la capacidad de decisión de las personas migrantes”, entre otros. Un funcionario de la OIM nos dijo:

La política de la OIM para todo el abanico de actividades relativas al retorno, la readmisión y la reintegración es muy clara. Los retornos voluntarios siempre son preferibles. El RVA, incluso cuando las opciones son limitadas, es preferible a que los migrantes no tengan ninguna opción y es una condición previa necesaria para un retorno seguro y digno. Lo que importa es respetar el consentimiento libre e informado de los migrantes, que es un requisito previo para cualquier apoyo operativo relacionado con el retorno que ofrezca la OIM, así como que los migrantes puedan cambiar de opinión en cualquier momento del proceso.[71]

Todos los nacionales de terceros países que hablaron con Human Rights Watch dijeron que la OIM les presentó dos opciones: regresar a sus países de origen en vuelos comerciales regulares pagados por la OIM o ser entregados a las autoridades panameñas, quienes los detendrían y los devolverían por la fuerza a sus países de origen.[72] A continuación, una muestra de estos relatos:

  • “La OIM nos dijo que teníamos dos opciones. O bien podíamos regresar a nuestros países en un vuelo comercial y la OIM pagaría el tiquete o, si no aceptábamos viajar con la OIM, el gobierno panameño nos deportaría por la fuerza esposados y con grilletes. Le pregunté a la OIM si podíamos pedir asilo. Les escribí en un papel que tenía miedo de volver a Afganistán. Escribí 4 o 5 páginas sobre mis problemas en Afganistán, que quería asilo en Panamá y se lo di a un funcionario de la OIM. Hablamos con la OIM en el hotel, pero ACNUR nunca llegó.”[73]
    —Hamza, un hombre hazara de Afganistán.

  • “El primer día [en el hotel Decápolis], tuve una pequeña entrevista con la OIM. La persona de la OIM me dijo que solo tengo dos opciones. Podía elegir volver a mi país. Les dije que, si regresaba, estaba 100% [seguro de que] me arrestarían. Les dije que era LGBT. Pero la OIM solo me dijo: ‘Podemos comprarte un tiquete a Rusia. Si te niegas a volver a tu país ahora, le daremos tus documentos al gobierno panameño,[74] y te llevarán a un hotel muy malo’. No me dijeron nada sobre la posibilidad de pedir asilo en Panamá.
    La segunda vez que hablé con la OIM, les pregunté por qué estaba en Panamá. Les dije que quería asilo en Estados Unidos. Me dijeron: ‘No tienes otra opción que regresar a tu país’.
    La OIM volvió a hablar conmigo por tercera vez. Me dijeron que cubrirían el costo del tiquete para ir a Rusia y que ‘esta es tu última oportunidad de ir a tu país. Si no, irás al hotel malo’. Les dije que tenía miedo de volver a mi país. No vimos representantes de ACNUR.
    [Tras el traslado a la ERM de San Vicente], la OIM vino dos veces al campamento en la selva. La primera vez, me dijeron: ‘Si quieres irte, tienes que aceptar ir a tu propio país’. Volví a pedir asilo a la OIM. Me dijeron: “Lo sentimos, solo podemos ayudarte a ir a tu país”. Me seguían ignorando. Volví a decirles que no podía aceptar regresar a mi país.
    ACNUR nunca estuvo presente. Durante todo el tiempo, la OIM solo me hizo una pregunta: ‘¿Quieres regresar a su país?’”.[75]
    —Iván, un hombre ruso de 28 años.

  • “La ONU nos dijo que había dos opciones: una cómoda y otra incómoda. La opción cómoda era que Naciones Unidas nos compraría tiquetes de clase ejecutiva y podríamos ir a la ciudad que quisiéramos de nuestro país de origen. La opción incómoda era que Naciones Unidas nos entregaría al gobierno panameño, que nos enviaría de regreso a la fuerza o nos detendrían aquí durante un año o medio año. Mucha gente se asustó y regresó.”[76]
    —Ling, una mujer cristiana de China.

  • “En el hotel Decápolis, la OIM nos dijo que teníamos que volver a nuestros países. Les explicamos la situación en Irán, que no podíamos volver. Expusimos nuestro caso al New York Times, no a la OIM. La OIM se molestó mucho con nosotras y nos dijeron: ‘¿Por qué hicieron eso? Ahora no podemos enviarlas de regreso a su país’”.[77]
    —Samira, una mujer iraní y cristiana conversa de 28 años.

  • “En el hotel, la OIM vino y nos dijo que podían ayudarnos a regresar a nuestros países de origen. ‘Si no están dispuestos a regresar, entonces migración [de Panamá] los castigará con la detención’. No dijeron nada sobre la deportación. No vi a ACNUR. Las autoridades panameñas no nos entrevistaron en el hotel, solo la OIM. La OIM habló con nosotros uno por uno.”[78]
    —Yoel, un hombre de 32 años de Eritrea de religión protestante.

Human Rights Watch escuchó muchos relatos similares sobre las opciones presentadas a los nacionales de terceros países por parte de la OIM.

Los funcionarios de la OIM contradijeron estas versiones en la reunión con Human Rights Watch en Panamá el 18 de marzo. “Nunca dimos dos opciones: retorno voluntario o detención y deportación”, nos dijo un funcionario de la OIM. Añadió: “No es nuestra función decirle a nadie que será detenido y sabíamos que no iban a ser deportados”.[79]

Otro funcionario de la OIM dijo que su organización, regida por sus políticas “para todo el abanico de actividades relativas al retorno, la readmisión y la reintegración”, ha suspendido los RVA a Afganistán y Eritrea y que también tiene un procedimiento específico para Irán. “Tras una cuidadosa revisión”, nos dijo este funcionario, “no se ofreció el retorno voluntario asistido a ninguno de los migrantes procedentes de estos países”. Human Rights Watch entrevistó a personas de las tres nacionalidades, incluyendo los iraníes, afganos y eritreos citados anteriormente, y ninguno dijo que la OIM les informó que el RVA no era una opción para ellos.

La OIM indica correctamente que Human Rights Watch únicamente entrevistó a personas que rechazaron el RVA o a quienes, según la OIM, no se les ofreció dicho retorno. “Ninguno de estos relatos procede de migrantes que pidieron regresar voluntariamente con la OIM y fueron asistidos”, nos dijo un funcionario de la OIM.[80]

Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR)

Ninguno de los 48 solicitantes de asilo entrevistados por Human Rights Watch dijo haber visto a funcionarios de ACNUR durante la primera semana, después de su llegada al hotel Decápolis en Ciudad de Panamá. Funcionarios de ACNUR sí acudieron a la ERM de San Vicente cuando los nacionales de terceros países llevaban allí detenidos más de una semana. Los entrevistados nos dijeron que no pudieron hablar con los funcionarios de ACNUR y que estos solo habían ido a llevar algunas sábanas o mantas para ponerlas sobre los colchones sucios en los que habían estado durmiendo durante la semana anterior. “La primera semana, ACNUR no vino para nada”, nos dijo Hamza. “Luego, dos o tres días antes de irnos, ACNUR vino al centro de detención, pero a una parte diferente de la que estábamos alojados. No creo que hablaran con ninguno de los refugiados. ACNUR no habló con ninguno de nosotros. Nunca hablé con el ACNUR”.[81]

“ACNUR vino”, nos relató Leila, una mujer iraní de 29 años, “y trajeron bolsas de basura para que las usáramos como mantas. No nos entrevistaron ni ACNUR ni la OIM. Nadie quiso preguntarnos por qué somos refugiados”.[82]

Muchas personas entrevistadas por Human Rights Watch expusieron su solicitud de asilo y su deseo de hablar con ACNUR. Asimismo, nos dijeron que habían expresado a la OIM el temor de regresar a su país de origen y que ACNUR no estaba disponible para analizar sus solicitudes de asilo al no tener un rol dentro del proceso de asilo de Panamá. ACNUR proporciona formación y apoyo técnico a la Oficina Nacional para la Atención de Refugiados (ONPAR), pero es la ONPAR la entidad que se encarga de analizar las solicitudes de asilo. ACNUR trabaja por medio de socios implementadores pertenecientes a organizaciones no gubernamentales encargadas de proporcionar asistencia jurídica a los solicitantes de asilo. En este caso, una de las organizaciones socias trabajó para presentar recursos de apelación ante la decisión de la ONPAR de declarar inadmisibles seis solicitudes de asilo. ACNUR también proporcionó ayuda humanitaria específica para mejorar las condiciones de alojamiento de los nacionales de terceros países.[83]


 

Impacto psicológico

Muchos de los nacionales de terceros países entrevistados por Human Rights Watch describieron experiencias traumáticas en sus países de origen que les hicieron embarcarse en un viaje con grandes peligros y dificultades. A pesar de rechazar la asistencia de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) para regresar a su país, ninguno tuvo acceso a un proceso legítimo para solicitar asilo y evaluar su condición de refugiado. Esta falta de reconocimiento legal los dejó sin protección contra la deportación y sin la oportunidad de una vida estable en el país de asilo.

Algunas de las personas entrevistadas dijeron a Human Rights Watch que estaban traumatizadas y que su salud mental estaba afectada por las experiencias vividas. A continuación, presentamos algunas de las experiencias que nos describieron durante las entrevistas:

  • “Lo más terrible es que nadie respondía a mis preguntas. Me sentí aislado del mundo entero. No había abogados, ni familia. En estas circunstancias, tenía mucha ansiedad. Pedí ayuda psicológica a la OIM. Tenía malos pensamientos. Tuve un ataque de pánico en el campamento. Autolesionarme era el único camino para mí.”[84]
    —Iván, de Rusia.

  • “Desde el momento de mi detención en Estados Unidos hasta la llamada de la Cruz Roja en el Darién, no tuve contacto con mi familia. Para mí, el mayor problema era no tener teléfono. Muchas veces pedí mi teléfono, pero simplemente me ignoraron. No me empujaron ni me gritaron; simplemente me ignoraron.”[85]
    —Mohan, de Nepal.

  • “Fue muy doloroso para mí no tener la oportunidad de tener una entrevista para la solicitud de asilo en Estados Unidos y ser deportado sin el debido proceso. En el hotel de Panamá, solo se nos permitía salir de nuestras habitaciones para comer… No teníamos ningún tipo de comunicación con el mundo exterior. No teníamos ningún derecho. Estuve retenido durante 19 días en el campamento del Darién, antes de tener acceso a una llamada con mi familia gracias a la Cruz Roja.”[86]
    —Yoel, de Eritrea.

  • “Durante mi detención en Estados Unidos, nunca hablé con mi familia ni con un abogado y nunca me preguntaron por qué vine a Estados Unidos… No tengo documentos de mi estancia en Estados Unidos. ¿Alguien sabe que estuve allí? Después de 17 días, me trasladaron a California y estuve esposada durante el viaje. No me maltrataron, sino que me ignoraron: nadie respondió a mis preguntas. Me metieron en un avión militar de carga sin ninguna explicación… Me llevaron al hotel Decápolis, donde me confinaron en mi habitación y no pude contactar a mi familia… [En la ERM de San Vicente], intenté suicidarme porque me sentía abrumada… Nunca imaginé que me liberarían.”[87]
    —Zara, [país no revelado].

  • “Estoy muy ansiosa y asustada. Ahora no tenemos una buena situación aquí en Panamá. No podemos quedarnos aquí y no hay ningún lugar al que podamos ir. Yo y muchos otros no podemos regresar a nuestros países de origen. Debido al estrés, no puedo comer. He experimentado un cambio en mi estado mental. Normalmente, soy muy feliz y no tengo problemas para comer o dormir. Pero ahora, muchas noches no duermo y no tengo apetito. Ahora siempre estoy pensando en la situación en Afganistán y a lo que me enfrentaría si tuviera que volver.”[88]
    —Mariam, de Afganistán.


 

Agradecimientos

La investigación y redacción de este informe estuvo a cargo de Bill Frelick, director de la División de Derechos de Refugiados y Migrantes; Martina Rapido Ragozzino, investigadora de la División de las Américas; y Michael García Bochenek, asesor legal sénior de la División de Derechos del Niño de Human Rights Watch.

Fue editado por Tom Porteous, director en funciones de Programa; Alison Leal Parker, subdirectora del Programa de Estados Unidos; Juan Pappier, subdirector de la División de las Américas; Cristian González Cabrera, investigador sénior de la División de Derechos de personas LGBT; Sahar Fetrat, investigadora de la División de Derechos de la Mujer; y Nicole Widdersheim, subdirectora de incidencia en Washington D. C. Chris Albin-Lackey, asesor legal sénior, se encargó de la revisión jurídica. Tanya Lokshina, directora asociada de la División de Europa y Asia Central, realizó investigación adicional.

Freddie Salas, asociado de la División de Refugiados y Migrantes; y Johan Romero, asociado sénior de la División de las Américas, prestaron asistencia en la edición y producción. Delphine Starr, Oficial de Edición de las División de las Américas prestó asistencia para la traducción al español. El informe fue preparado para su publicación por Travis Carr, coordinador sénior de publicaciones; Fitzroy Hepkins, gerente administrativo; y José Martínez, coordinador administrativo sénior.

Human Rights Watch desea agradecer a Caitlyn Yates por su apoyo durante la investigación y sus comentarios sobre una versión anterior del informe.

Por encima de todo, estamos profundamente agradecidos con los solicitantes de asilo que generosamente compartieron sus historias con nosotros.


 

[1] Entrevista de Human Rights Watch con Bahara, Ciudad de Panamá, 12 de marzo de 2025.

[2] Entrevista de Human Rights Watch con Boris, Ciudad de Panamá, 12 de marzo de 2025.

[3] Entrevista de Human Rights Watch con Ling, Ciudad de Panamá, 14 de marzo de 2025.

[4] Entrevista de Human Rights Watch con Stephanie, Ciudad de Panamá, 12 de marzo de 2025.

[5] Entrevista de Human Rights Watch con Senayit, Ciudad de Panamá, 13 de marzo de 2025.

[6] Entrevista de Human Rights Watch con Ali, Ciudad de Panamá, 12 de marzo de 2025.

[7] Entrevista de Human Rights Watch con Imran, Ciudad de Panamá, 14 de marzo de 2025.

[8] Entrevista de Human Rights Watch con Asha, Ciudad de Panamá, 12 de marzo de 2025.

[9] Entrevista de Human Rights Watch con Farhad, Ciudad de Panamá, 10 de marzo de 2025.

[10] Entrevista de Human Rights Watch con Arun, Ciudad de Panamá, 11 de marzo de 2025.

[11] Entrevista de Human Rights Watch con Boris, Ciudad de Panamá, 12 de marzo de 2025.

[12] Ibid.

[13] Entrevista de Human Rights Watch con Iván, Ciudad de Panamá, 12 de marzo de 2025.

[14] Entrevista de Human Rights Watch con Ahmad, Ciudad de Panamá, 12 de marzo de 2025.

[15] Entrevista de Human Rights Watch con Mei, Ciudad de Panamá, 11 de marzo de 2025.

[16] Entrevista de Human Rights Watch con Stephanie, Ciudad de Panamá, 12 de marzo de 2025.

[17] Entrevista de Human Rights Watch con Mina, Ciudad de Panamá, 12 de marzo de 2025.

[18] Entrevista de Human Rights Watch con Samira, Ciudad de Panamá, 13 de marzo de 2025.

[19] Entrevista de Human Rights Watch con Mina, Ciudad de Panamá, 12 de marzo de 2025.

[20] Genevieve Glatsky, Farnaz Fassihi y Julie Turkewitz, Migrants Deported to Panama Ask: Where Am I Going to Go?’”, New York Times, 23 de marzo de 2025, https://www.nytimes.com/2025/03/23/world/americas/migrants-panama-trump-stranded.html (consultado el 24 de marzo de 2025).

[21] Guaranteeing the States Protection Against Invasion, Anuncio, Casa Blanca, 20 de enero de 2025, https://www.whitehouse.gov/presidential-actions/2025/01/guaranteeing-the-states-protection-against-invasion/ (consultado el 24 de marzo de 2025).

[22] CBP, Patrulla Fronteriza de Estados Unidos, “Guía de campo para la frontera sur Re: Proclamación Presidencial 212(f): Protección contra la invasión”, 4 de febrero de 2025. El documento fue elaborado en el marco de Centro de Refugiados e Inmigrantes para la Educación y los Servicios Legales vs. Noem, No. 1:25-cv-00306 (D.D.C. presentado el 3 de febrero de 2025), de conformidad con el acuerdo de las partes establecido en el Informe Conjunto de Situación, ECF No. 24, y la posterior orden judicial.

[23] Ley de Inmigración y Nacionalidad, §208(a)(1).

[24] Trump vs. Hawaii, 585 U.S. 667, 689 (2018).

[25] Orden de restricción temporal, D.V.D. v. U.S. Department of Homeland Security, No. 1:25-cv-10676-BEM (D. Mass. 28 de marzo de 2025), ECF No. 34.

[26] Entrevista de Human Rights Watch con Stephanie, Ciudad de Panamá, 12 de marzo de 2025.

[27] Entrevista de Human Rights Watch con Rosy, Ciudad de Panamá, 12 de marzo de 2025.

[28] Entrevista de Human Rights Watch con Mariam, Ciudad de Panamá, 13 de marzo de 2025.

[29] Entrevista de Human Rights Watch con Zhi, Ciudad de Panamá, 13 de marzo de 2025.

[30] Entrevista de Human Rights Watch con Sandra, Ciudad de Panamá, 12 de marzo de 2025.

[31] Entrevista de Human Rights Watch con Zhi, Ciudad de Panamá, 13 de marzo de 2025.

[32] Entrevista de Human Rights Watch con Eskender, Ciudad de Panamá, 13 de marzo de 2025.

[33] Entrevista de Human Rights Watch con Farhad, Ciudad de Panamá, 10 de marzo de 2025.

[34] Entrevista de Human Rights Watch con Kaasheen, Ciudad de Panamá, 14 de marzo de 2025.

[35] Véase, Human Rights Watch, En la ‘hielera’: Condiciones abusivas para las mujeres y los niños en las celdas de detención migratoria en Estados Unidos (Nueva York: Human Rights Watch, 2018), https://www.hrw.org/es/report/2018/02/28/en-la-hielera/condiciones-abusivas-para-las-mujeres-y-los-ninos-en-las-celdas-de.

[36] Por ejemplo, entrevista de Human Rights Watch con Shukrona, Ciudad de Panamá, 15 de marzo de 2025; Entrevista de Human Rights Watch con Hadicha, Ciudad de Panamá, 15 de marzo de 2025.

[37] Entrevista de Human Rights Watch con Kamran, Ciudad de Panamá, 12 de marzo de 2025.

[38] Human Rights Watch, En la ‘hielera’, págs. 2 y 24.

[39] US Customs and Border Protection, National Standards on Transport, Escort, Detention, and Search, Octubre de 2015, https://www.cbp.gov/document/directives/cbp-national-standards-transport-escort-detention-and-search (consultado el 11 de abril de 2025), pág. 14.

[40] Entrevista de Human Rights Watch con Mariam, Ciudad de Panamá, 13 de marzo de 2025.

[41] Entrevista de Human Rights Watch con Kaasheen, Ciudad de Panamá, 14 de marzo de 2025.

[42] Entrevista de Human Rights Watch con Boris, Ciudad de Panamá, 12 de marzo de 2025.

[43] Entrevista de Human Rights Watch con Zain, Ciudad de Panamá, 12 de marzo de 2025.

[44] Entrevista de Human Rights Watch con Audrey, Ciudad de Panamá, 12 de marzo de 2025; Entrevista de Human Rights Watch con Marwa, Ciudad de Panamá, 15 de marzo de 2025.

[45] Entrevista de Human Rights Watch con Indra, Ciudad de Panamá, 13 de marzo de 2025.

[46] Entrevista de Human Rights Watch con Hadicha, Ciudad de Panamá, 15 de marzo de 2025.

[47] Entrevista de Human Rights Watch con Yoel, Ciudad de Panamá, 14 de marzo de 2025.

[48] Entrevista de Human Rights Watch con Esther, Ciudad de Panamá, 12 de marzo de 2025.

[49] Human Rights Watch, Abandonados en la selva: Protección y asistencia para migrantes y solicitantes de asilo en el Tapón del Darién (Nueva York: Human Rights Watch, 2024), https://www.hrw.org/es/report/2024/04/03/abandonados-en-la-selva/proteccion-y-asistencia-para-migrantes-y-solicitantes-de, págs. 58-73.

[50] Entrevista de Human Rights Watch con Ling, Ciudad de Panamá, 14 de marzo de 2025.

[51] Entrevista de Human Rights Watch con Hamza, Ciudad de Panamá, 12 de marzo de 2025.

[52] Entrevista de Human Rights Watch con Azita, Ciudad de Panamá, 12 de marzo de 2025.

[53] Entrevista de Human Rights Watch con Hadicha, Ciudad de Panamá, 15 de marzo de 2025.

[54] Ibid.

[55] Entrevista de Human Rights Watch con Marwa, Ciudad de Panamá, 16 de marzo de 2025.

[56] “Otorgan permiso humanitario temporal a migrantes”, comunicado de prensa del Ministerio de Seguridad de Panamá, 7 de marzo de 2025, https://www.minseg.gob.pa/2025/03/otorgan-permiso-humanitario-temporal-a-migrantes/ (consultado el 24 de marzo de 2025).

[57] Ibid.

[58] Ministerio del Interior, Decreto 5 de 2018, https://www.mingob.gob.pa/onpar/wp-content/uploads/sites/2/2018/03/Decreto-N5.pdf (consultado el 24 de marzo de 2025); Asamblea Nacional de Panamá, Decreto 23 de 1998, https://docs.panama.justia.com/federales/decretos-ejecutivos/23-de-1998-feb-12-1998.pdf (consultado el 24 de marzo de 2025).

[59] ACNUR, “Asylum System in Panama Factsheet January - December 2023”, 16 de enero de 2024, https://data.unhcr.org/en/documents/details/106100 (consultado el 24 de marzo de 2025), págs. 2-3; Center for Gender & Refugee Studies, Far from Safety: Dangers and Limits to Protection for Asylum Seekers Transiting through Latin America (San Francisco: Center for Gender & Refugee Studies, 2023), https://cgrs.uchastings.edu/our-work/publications/far-safety-dangers-and-limits-protection-asylum-seekers-transiting-through (consultado el 24 de marzo de 2025), págs. 14-15.

[60] ACNUR, “Asylum System in Panama Factsheet January - December 2023”, pág. 2.

[61] Regional Inter-Agency Coordination Platform for Refugees and Migrants from Venezuela (R4V), Refugee and Migrant Needs Analysis (Regional Inter-Agency Coordination Platform for Refugees and Migrants from Venezuela, 2024), https://www.r4v.info/en/rmna2024 (consultado el 24 de marzo de 2025), pág. 281.

[62] Human Rights Watch, Abandonados en la selva, págs. 92-97.

[63] Entrevista de Human Rights Watch con Leila, Ciudad de Panamá, 10 de marzo de 2025.

[64] Entrevista de Human Rights Watch con Mariam, Ciudad de Panamá, 13 de marzo de 2025.

[65] Resolución de inadmisibilidad de la ONPAR [número no revelado], 26 de febrero de 2025 (copia en los archivos de Human Rights Watch), pág. 2.

[66] Ibid., págs. 4-5.

[67] Ibid., págs. 5-6.

[68] Entrevista de Human Rights Watch con Audrey, Ciudad de Panamá, 14 de marzo de 2025.

[69] Entrevista de Human Rights Watch con Sandra, Ciudad de Panamá, 12 de marzo de 2025.

[70] Comunicación vía correo electrónico del funcionario de la OIM [nombre no revelado] con Human Rights Watch, 1 de abril de 2025.

[71] Entrevista de Human Rights con un funcionario de ACNUR, Ciudad de Panamá, 18 de marzo de 2025. La OIM envió posteriormente un correo electrónico con más información sobre este punto, en el que dice que ofrece “asesoramiento, cuyo objetivo es proporcionar información objetiva para que los migrantes tomen una decisión informada. Esto significa que en todas nuestras entrevistas fuimos transparentes sobre lo que la OIM puede ofrecer y lo que está objetivamente fuera de nuestro control. En el contexto de la asistencia prestada en Panamá, y para aquellos que no son elegibles para el RVA o deciden no tomarlo, la OIM solo puede remitirlos a las autoridades de migración designadas por Panamá”. Comunicación vía correo electrónico del funcionario de la OIM [nombre no revelado] con Human Rights Watch, 1 de abril de 2025.

[72] La OIM comentó esta frase diciendo que “los migrantes entendieron que solo tenían dos opciones: el retorno voluntario con la OIM o seguir en manos de las autoridades panameñas, incluida la posible detención y/o expulsión. La OIM brindó toda la información posible, pero no detiene ni deporta a migrantes. En este caso, se nos concedió acceso a estos migrantes para ofrecerles el retorno voluntario, en condiciones muy restringidas, en un contexto en que los migrantes tenían opciones limitadas”. Comunicación vía correo electrónico del funcionario de la OIM [nombre no revelado] con Human Rights Watch, 1 de abril de 2025.

[73] Entrevista de Human Rights Watch con Hamza, Ciudad de Panamá, 12 de marzo de 20225. Al comentar el relato de Hamza, la OIM nos dijo que “la OIM no está a cargo de la selección de casos para el asilo. Además, la ONPAR (encargada de procesar las solicitudes de asilo) vino al hotel y a San Vicente. La Defensoría del Pueblo también vino e hizo recomendaciones”. Comunicación vía correo electrónico del funcionario de la OIM [nombre no revelado] con Human Rights Watch, 1 de abril de 2025.

[74] La OIM se pronunció sobre esto: “La OIM no se encargaba de los documentos de los migrantes. Esto estaba en manos de las autoridades nacionales. Además, según los principios de protección de datos de la OIM, no compartimos ningún tipo de documentos que utilizamos durante el proceso de RVA”. Comunicación vía correo electrónico del funcionario de la OIM [nombre no revelado] con Human Rights Watch, 1 de abril de 2025.

[75] Entrevista de Human Rights Watch con Iván, Ciudad de Panamá, 12 de marzo de 2025.

[76] Entrevista de Human Rights Watch con Ling, Ciudad de Panamá, 14 de marzo de 2025.

[77] Entrevista de Human Rights Watch con Samira, Ciudad de Panamá, 13 de marzo de 2025.

[78] Entrevista de Human Rights Watch con Yoel, Ciudad de Panamá, 14 de marzo de 2025.

[79] Reunión de Human Rights Watch con la OIM, 18 de marzo de 2025.

[80] Comunicación vía correo electrónico del funcionario de la OIM [nombre no revelado] con Human Rights Watch, 1 de abril de 2025.

[81] Entrevista de Human Rights Watch con Hamza, Ciudad de Panamá, 12 de marzo de 2025.

[82] Entrevista de Human Rights Watch con Leila, Ciudad de Panamá, 10 de marzo de 2025.

[83] Comunicación vía correo electrónico del funcionario de ACNUR [nombre no revelado] con Human Rights Watch, 4 de abril de 2025.

[84] Entrevista de Human Rights Watch con Iván, Ciudad de Panamá, 12 de marzo de 2025.

[85] Entrevista de Human Rights Watch a Mohan, Ciudad de Panamá, 14 de marzo de 2025.

[86] Entrevista de Human Rights Watch con Yoel, Ciudad de Panamá, 14 de marzo de 2025.

[87] Entrevista de Human Rights Watch con Zara, Ciudad de Panamá, 11 de marzo de 2025.

[88] Entrevista de Human Rights Watch con Mariam, Ciudad de Panamá, 13 de marzo de 2025.