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Informe 2002
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La Situación de los Derechos Humanos

En enero de 1998, el peregrinaje del papa Juan Pablo II a Cuba levantó la esperanza de que el Gobierno relajaría sus tácticas represivas. La visita papal ofreció oportunidades sin precedentes para demostraciones públicas de fe -- en un país que impuso restricciones estrictas a la expresión religiosa en 1959 y fue oficialmente ateo hasta 1992 -- y recabó la asistencia de un enorme contingente de la prensa internacional. Aunque Cuba negó el visado a algunos periodistas extranjeros y presionó a algunos críticos nacionales, los llamamientos del Papa a la libertad de religión, de creencias y de expresión, y la puesta en libertad de presos políticos creó un ambiente de apertura sin precedentes. Tras la visita papal, Cuba puso en libertad a un centenar de presos políticos, pero la mayoría de ellos habían cumplido casi la totalidad de sus sentencias y la policía les exigió que se abstuvieran de participar en actividades opositoras. Cuba puso en libertad a 17 presos con la condición de que aceptaran el exilio en Canadá, una violación de su derecho a permanecer en su país natal. Cuando se acercaba el final de 1998, el aumento de los enjuiciamientos y el hostigamiento a disidentes, junto con la negativa cubana de amnistiar a cientos de presos políticos todavía en las cárceles o de reformar su código penal, supuso un retorno desalentador a la represión de mano dura.

Las leyes cubanas permitieron que el Gobierno silenciara a los opositores con un aparente manto de legalidad. El Gobierno rechazó las peticiones de revocar disposiciones ofensivas, tales como el delito de propaganda enemiga y la difusión de noticias falsas, que criminalizaban la disidencia y el periodismo independiente. La legislación cubana definía ampliamente la sedición, que incluía la oposición pacífica que "perturba el orden socialista." Las leyes cubanas que sancionan los insultos a las personalidades públicas, las organizaciones de masas y los héroes caídos también restringieron radicalmente la libertad de expresión. El Ministro de Justicia, Roberto Díaz Sotolongo, justificó las restricciones explicando que, al igual que las leyes españolas protegen al monarca, Cuba también contaba con leyes que protegen a su "rey," Fidel Castro. Por medio de la disposición cubana contra el desacato a la autoridad, que impedía la veracidad como defensa, se sancionó con uno a tres años de cárcel a los que ofendieron a las autoridades de alto rango. Las disposiciones del código penal sobre el estado peligroso y la advertencia oficial permitieron que las autoridades encarcelaran u ordenaran la vigilancia policial de las personas que demostraban tendencias delictivas, aunque no hubieran cometido ningún delito. Cuba mantuvo en su legislación el delito de la salida ilegal, que prohibía la emigración sin permiso oficial. La ley de asociaciones cubana prohibió efectivamente la creación de grupos independientes, lo que expuso a sus miembros al riesgo de cumplir hasta un año de cárcel.

La legislación cubana también limitó el derecho a un juicio justo al permitir que personalidades políticas controlaran los tribunales, lo que concedía una amplia autoridad para los arrestos y las detenciones preventivas sin orden judicial y la restricción del derecho a la defensa. Al acusar a los disidentes de cometer delitos contra la seguridad del Estado, tales como la sedición o la propaganda enemiga, las autoridades pudieron beneficiarse del derecho legal a imponer detenciones provisionales prolongadas y celebrar juicios a puerta cerrada.

Varios juicios celebrados en 1998 demostraron que Cuba estaba dispuesta a utilizar el código penal para aplastar la disidencia. El 28 de agosto de 1998, un tribunal de La Habana condenó a Reynaldo Alfaro García, vicepresidente de la Asociación para la Lucha contra la Injusticia Nacional y miembro del Partido de Solidaridad Democrática (PSD), a tres años de cárcel por difundir noticias falsas. La policía lo había detenido el 8 de mayo de 1997, cuando pidió la puesta en libertad de los presos políticos y denunció golpizas en las prisiones. El 24 de abril de 1998, un tribunal de Santiago concluyó que Julio César Coizeau Rizo, miembro del Club de Ex-Presos Políticos "Geraldo González," era culpable de desacato a la autoridad. El tribunal lo condenó a tres años de prisión por colocar una veintena de carteles contra el Gobierno.

El 13 de febrero de 1998, un tribunal de Santa Clara condenó a Cecilio Monteagudo Sánchez, vice delegado del PSD, a cuatro años de cárcel por propaganda enemiga. La policía cubana lo había detenido el 15 de septiembre de 1997, después de que redactara, aunque no lo publicó, un documento en el que pedía la abstención en las elecciones locales. El mismo tribunal condenó a Juan Carlos Recio Martínez, periodista local de la agencia Cuba Press a quien Monteagudo había pedido que mecanografiara el documento, por incumplimiento del deber de denunciar y lo sentenció a un año en un correccional sin internamiento.

A finales de septiembre de 1998, fiscales de La Habana formularon cargos de sedición contra cuatro lideres del Grupo de Trabajo de la Disidencia Interna (GTDI), los economistas Marta Beatriz Roque Cabello y Vladimiro Roca Antúnez, el profesor Félix Antonio Bonne Carcasses y el abogado René Gómez Manzano. Desde su detención el 16 de julio de 1997, llevaban recluidos más de 14 meses en prisiones de máxima seguridad. Cuando se escribió este informe, los fiscales cubanos habían pedido una condena de seis años de prisión para Roca Antúnez y de cinco años para los otros tres lideres. En junio de 1997, el GTDI publicó "La Patria es de Todos," un documento en el que se analizaba la economía cubana, se proponían reformas de la Constitución, se hablaba de los derechos humanos y se criticaba el reconocimiento exclusivo de un partido político en Cuba. Durante todo el año 1998, las peticiones de alto nivel para su liberación, entre ellas las del Papa y del primer ministro canadiense.

El 18 de noviembre de 1997, un tribunal de Santiago juzgó al Dr. Dessy Mendoza Rivero, presidente del Colegio Médico Independiente de Santiago, al que condenó a ocho de prisión por propaganda enemiga. La policía cubana detuvo al Dr. Mendoza en junio de 1997, poco después de que alertara a la prensa internacional sobre un brote de dengue en Santiago. El 11 de noviembre de 1997, un tribunal de Santiago sentenció a Orestes Rodríguez Horruitiner, líder local de dos grupos de oposición, a cuatro años de cárcel por propaganda enemiga. La policía lo detuvo en julio de 1997 tras registrar su casa y hallar libros de lideres destacados de los movimientos de independencia latinoamericanos -- José Martí, Máximo Gómez y Antonio Maceo -- que fueron empleados posteriormente como prueba de su delito.

Independientemente de que estuvieran recluidos por delitos políticos o comunes, los presos soportaron graves privaciones en las prisiones cubanas. La mayoría de los presos se enfrentaron a la malnutrición fruto de la escasa dieta carcelaria y se vieron hacinados en celdas sin la suficiente atención médica. Las autoridades penitenciarias insistieron en que todos los detenidos participaran en sesiones de "reeducación" política, como gritar "Viva Fidel" o "Socialismo o Muerte," o se aplicarían medidas punitivas como los golpes o el confinamiento en solitario. Los guardias de prisiones de los centros para hombres delegaron en los "consejos de reclusos" el mantenimiento de la disciplina interna por medio de palizas y el control de las escasas raciones de comida. Las autoridades penitenciarias limitaron el acceso de los presos a los guías espirituales, en algunos casos interrogándoles sobre sus creencias religiosas. En algunas prisiones, los presos preventivos estaban albergados junto con condenados y los menores con adultos. Los menores también padecieron detenciones ilimitadas en centros juveniles.

La negativa de Cuba a permitir la observación de las prisiones hizo imposible determinar la cifra exacta de presos políticos. En los últimos años, la cifra de presos políticos bajó debido a la tendencia general a imponer condenas más cortas. Una organización de derechos humanos cubana estimó que, tras las liberaciones fruto de la visita del Papa, quedaban unos 400 presos políticos. Las entrevistas de Human Rights Watch con ex presos políticos, grupos disidentes y familiares de presos revelaron que los presos políticos cubanos son víctima de graves violaciones de los derechos humanos. El confinamiento de los presos políticos no violentos junto con presos condenados por delitos violentos fue degradante y peligroso. Los guardias impusieron restricciones indebidas a las visitas de familiares de presos políticos. Además, las autoridades penitenciarias castigaron a los presos políticos que denunciaron abusos en las prisiones o no participaron en la reeducación política o no llevaron los uniformes carcelarios.

Muchos presos políticos cubanos pasaron períodos excesivos en detención preventiva, con frecuencia en celdas de aislamiento. Tras su condena, padecieron períodos punitivos adicionales confinados en solitario. Con frecuencia, la policía o los guardias de prisiones agravaron el carácter punitivo del confinamiento en solitario con la privación sensorial, oscureciendo las celdas, retirando la ropa o limitando los alimentos y el agua. Las medidas punitivas o de intimidación contra los presos políticos que provocaron penas y sufrimientos graves y represalias contra los que denunciaron los abusos, y violaron las obligaciones de Cuba de conformidad con la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, que había ratificado en 1995.

La muerte en julio de 1998 de Reinery Marrero Toledo, cuando estaba bajo custodia policial, planteó la preocupación sobre la brutalidad policial y la tortura. El 30 de junio de 1998, la policía de La Habana detuvo a Marrero Toledo, al que acusaba de ser cómplice de sacrificio ilegal de ganado. El 9 de julio de 1998, agentes del Departamento Técnico de Investigaciones comunicaron a su familia que se había suicidado ahorcándose con una sábana. Sin embargo, un familiar que vio el cadáver comprobó que tenía numerosas contusiones, lo que ponía en entredicho la versión policial.

A principios de 1998, se informó que las autoridades de la Prisión Provincial de Guantánamo habían ordenado que se propinara una paliza a los presos que habían denunciado las condiciones penitenciarias, entre ellos Néstor Rodríguez Lobaina, Jorge Luis García Pérez (también conocido como Antúnez), Francisco Herodes Díaz Echemendía y Orosman Betancourt Dexidor. El 11 de abril de 1998, el capitán Hermés Hernández y el teniente René Orlando presuntamente golpearon con dureza a Bernardo Arévalo Padrón, un periodista que cumplía una condena de seis años por desacato en la Prisión Ariza en Cienfuegos. Dentro de una iniciativa positiva, a principios de mayo, fiscales militares cubanos acusaron a ambos oficiales de mal comportamiento profesional, pero cuando se escribió este informe, no estaba claro si los habían detenido o juzgado. El 5 de abril de 1998, presos comunes en la Prisión Canaleta en Matanzas propinaron una paliza a Jorge Luis Cruz Arancibia. Se informó que las autoridades penitenciarias se negaron a ofrecer atención médica a Cruz Arancibia para tratar sus heridas.

El código penal cubano siguió contemplando la pena de muerte para muchos delitos. Aunque Cuba guardó estrechamente la información sobre la aplicación de condenas a muerte. Human Rights Watch recibió informes creíbles de que un pelotón de fusilamiento ejecutó a Daniel Reyes, un interno de la Prisión Provincial Las Tunas, el 29 de octubre de 1997. El recurso de Cuba al Consejo de Estado -- un órgano político presidido por el presidente Castro -- como árbitro en última instancia de los casos de pena de muerte limitó cualquier apariencia de independencia judicial.

Tras una aparente apertura en 1998, a medida que el año iba avanzando, Cuba emprendió acciones firmes contra los críticos no violentos, tales como la vigilancia, hostigamiento e intimidaciones. El Gobierno empleó las detenciones arbitrarias a corto plazo junto con las advertencias oficiales de procesamientos para instar a los activistas a que salieran de Cuba, abandonaran sus actividades de oposición o se distanciaran de sus colegas "contrarrevolucionarios" o de sus familiares.

El 28 de agosto de 1998, una veintena de personas se manifestaron contra el juicio en La Habana del activista Reynaldo Alfaro García. A principios de septiembre, la policía de La Habana detuvo a siete de los manifestantes y los recluyó entre 12 y 48 horas. Las detenciones impidieron la participación de los activistas en una marcha celebrada el 8 de septiembre para celebrar el día de la patrona de Cuba, la Virgen de la Caridad del Cobre. La policía interrogó a los detenidos sobre la manifestación en defensa de Alfaro García y sobre sus planes para la marcha. Los detenidos eran: Nancy de Varona, líder del Movimiento 13 de Julio; Ofelia Nardo, de la Confederación de Trabajadores Democráticos de Cuba; Vicky Ruiz Labrit, del Comité Cubano de Opositores Pacíficos; Leonel Morejón Almagro, dirigente nacional de Concilio Cubano; Miriam García Chávez, del Colegio de Pedagogos Independientes; y el Dr. Óscar Elías Bicest González y Rolando Muñoz Yyobre, de la Fundación Lawton de Derechos Humanos. Además, los agentes de la Seguridad del Estado impidieron la participación en las celebraciones de 30 activistas de derechos humanos y de otro tipo que se habían concentrado en la casa habanera de Isabel del Pino Sotolongo, del Movimiento Cristo Rey.

Los periodistas independientes cubanos fueron víctimas de malos tratos durante todo el año. Funcionarios de la Seguridad del Estado en La Habana detuvieron a Luis López Prendes, director del Buró de Prensa Independiente de Cuba (BPIC), el 7 de septiembre de 1998, y lo recluyeron durante 48 horas. El 17 de junio de 1998, la policía detuvo durante unas 24 horas a Luis Alberto Lazo, reportero de la Agencia Nueva Prensa (ANP), en Artemisa, y le dieron una advertencia oficial. Agentes de la Seguridad del Estado destacado en Santiago detuvieron brevemente a Margarita Sara Sosa Llero, corresponsal de la Agencia de Prensa Independiente de Cuba (APIC), el 17 de noviembre de 1997. El Gobierno también atacó aparentemente a reporteros independientes con la aplicación discriminatoria de medidas legales. Por ejemplo, el 23 de septiembre de 1998, los funcionarios dijeron a la periodista de la ANP Mercedes Moreno que no podía residir legalmente en la casa habanera de su hermana e impusieron duras multas a las dos hermanas. En junio de 1998, Cuba le negó a Raúl Rivero, fundador y director de Cuba Press, permiso para viajara a España en una visita personal.

El Gobierno ejerció un control estricto de los derechos del trabajador y rechazó la legalización de sindicatos y cooperativas agrícolas independientes. La policía de La Habana detuvo durante 24 horas en julio y durante varias horas el 8 y 23 de septiembre a José Orlando González Bordón, de la Federación de Trabajadores Cubanos. El 2 de julio, la policía de La Habana detuvo durante 24 horas a Evaristo Pérez Rodríguez, vicepresidente de la Unión Sindical de Trabajadores Independientes de Cuba (USTIC) y presidente de la Unión Patriótica de Cristianos Independientes. A principios de mayo de 1998, las autoridades cubanas impidieron la celebración de una conferencia de cooperativas independientes en Santiago. El 5 de mayo, más de una docena de miembros de la policía y de la Brigada de Respuesta Rápida bloquearon el acceso a la casa de Jorge Béjar, presidente de la Cooperativa Transición y anfitrión de la conferencia. La policía detuvo a Béjar y su mujer, a los que retuvo durante varias horas. El 3 de mayo, la policía detuvo a Reynaldo Hernández, presidente de la Alianza Nacional de Agricultores Independientes de Cuba y de la cooperativa agrícola y pesquera Progreso I en Guantánamo, al que recluyó durante dos días.

En los últimos años, Cuba ha adoptado varias leyes que controlan estrechamente los derechos del trabajador en los negocios respaldados con capital extranjero. En virtud de estas leyes, el Gobierno cubano desempeño un papel destacado en la selección, pago y despido de trabajadores durante 1998, prohibiendo de este modo que los trabajadores formaran sindicatos y que ni siquiera entablaran discusiones independientes y directas sobre sus derechos con los empresarios extranjeros. En la industria turística, el racismo en el puesto de trabajo se convirtió en un problema generalizado.

Cuba mantuvo su amplio sistema de correccionales agrícolas y gestionó los trabajos de confección de ropa, construcción, carpintería y de otro tipo en sus prisiones. La insistencia de Cuba en que algunos presos políticos participaran en programas laborales y las presiones indebidas a los internos para que trabajaran sin cobrar en condiciones inhumanas constituyeron una violación de los derechos internacionales del trabajador y del preso.


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