Decisión prohibida

Acceso de las mujeres a los anticonceptivos y al aborto en Argentina

I. Resumen

Las decisiones sobre anticoncepcin y aborto son difciles, sumamente personales y a veces dolorosas.En Argentina, a las mujeres se les impide sistemticamente tomar tales decisiones.A pesar de los notables avances recientes en el rea de la participacin poltica e independencia econmica de la mujer, mdicos y cnyuges siguen manteniendo control sobre la salud reproductiva de las mujeres a travs de leyes y prcticas que someten el proceso de toma de decisiones de la mujer a interferencia arbitraria externa.Histricamente, varios gobiernos han legislado en materia de anticoncepcin y aborto como si las mujeres fueran instrumentos reproductivos y no seres humanos en igualdad de condiciones, contribuyendo de este modo a una arraigada sensacin entre proveedores de salud y polticos de que el control de la natalidad y la salud reproductiva de alguna manera son conceptos ilegtimos, amorales, e inclusive ilegales.Las consecuencias para la salud y vidas de las mujeres son nefastas, y, en ocasiones, mortales.

Mientras que el actual gobierno argentino ha dado pasos importantes para confrontar varios de los abusos expuestos en este informe, sus esfuerzos hasta la fecha continan siendo minados por funcionarios de la salud pblica que se oponen a la reforma, algunos de los cuales temen ser objeto de represalias por parte de poderes locales.

Este informe detalla las restricciones y los importantes-a veces insuperables-obstculos que enfrentan las mujeres que quieren usar anticonceptivos.Estas barreras incluyen la violencia domstica y sexual a manos de sus parejas ntimas: un problema que las autoridades no buscan prevenir y remediar con la suficiente efectividad.Otra barrera es la informacin evidentemente inadecuada o tendenciosa proporcionada por los trabajadores del sistema de salud pblica.Una tercera barrera es que muchas mujeres simplemente no pueden pagar por los mtodos anticonceptivos, y las promesas de asistencia por parte del gobierno frecuentemente no llegan a las ms necesitadas.

Algunas mujeres nos contaron que sus parejas o cnyuges abusivos sabotean a propsito su intento de acceder a anticonceptivos. "El siempre me deca: 'Yo te voy a llenar de hijos y no vas a irte de mi lado,'" dijo Gladis Morello, de treinta y dos aos y madre de ocho hijos de la provincia de Buenos Aires.Otros declararon que los funcionarios de salud pblica a veces les proporcionan informacin incorrecta o que hacan poco esfuerzo para combatir la desinformacin distribuida, porque se oponen a la anticoncepcin y al aborto.Paola Mndez, de treinta y cinco aos y madre de diez hijos de la provincia de Buenos Aires, dijo: "Yo me quise colocar el DIU [dispositivo intrauterino], pero [e]l mdico mismo me explic, que la mayora [de los neonatos de mujeres que tienen DIUs], casi siempre nacen con el DIU en la cabeza".Esta asercin no tiene base en la experiencia mdica cientfica.

El acceso de las mujeres al mtodo anticonceptivo de su eleccin tambin es sujeto a restricciones legales.En el derecho argentino, el acceso voluntario a la esterilizacin quirrgica-una de las formas ms efectivas de anticoncepcin-est seriamente limitado.Muchos hospitales pblicos, en una violacin de los estndares internacionales de derechos humanos sobre privacidad, no discriminacin y salud, requieren que la mujer obtenga el consentimiento de su cnyuge para la operacin, que tenga por lo menos tres hijos vivos, y que tenga ms que treinta y cinco aos, para que pueda ser candidata al procedimiento quirrgico.Ms an, a algunas mujeres se les exige autorizacin judicial para acceder a la ligadura tubaria, an cuando cumplan con todos los otros requisitos.

Cuando una mujer no puede o no quiere continuar con un embarazo no deseado, la nica opcin para muchas es un aborto ilegal y por lo tanto en muchas ocasiones inseguro.El costo para la salud y las vidas de las mujeres es inmenso: estos abortos son la principal causa de muerte materna en el pas, responsable de un tercio de estas muertes.

"La misma desesperacin te agarra", dijo Paola Mndez."Buscs un montn de vueltas, pastillas, lo que fuera.Pero si no hay salida, agarrs un cuchillo o una aguja de tejer".En Argentina, aproximadamente el 40 por ciento de todos los embarazos termina en abortos ilegales, un claro indicador de que las mujeres no estn en condiciones de controlar su propia salud y fertilidad.Aunque el nmero de mujeres presas en Argentina por haberse practicado un aborto o por haber consentido a un aborto es mnimo comparado con el nmero estimado de abortos realizados, la amenaza de pena de prisin por someterse a un aborto es real y es percibida como tal por las mujeres que Human Rights Watch entrevist.Muchas mujeres con embarazos no deseados apuntan directamente al aborto ilegal e inseguro, aun cuando su vida o salud corre peligro por el embarazo, porque tienen miedo de las consecuencias legales.

Human Rights Watch tambin descubri que algunas mujeres recibieron un trato inhumano o a veces extremadamente inadecuado al solicitar asistencia mdica por abortos incompletos o infecciones causadas por abortos inseguros.Una trabajadora social de la provincia de Santa Fe nos dijo: "Una mujer [con la que trabajamos] llega al hospital en muy mal estado con un aborto que se haba infectado y con hemorragia.La empez a revisar un mdico, cuando la empieza a ver y se da cuenta, tir las herramientas al suelo.Dijo: 'Eso es un aborto, morte!'"

En el ao 2003 el gobierno comenz a implementar un muy necesitado programa nacional sobre salud reproductiva.La intencin de este programa es abordar los obstculos econmicos de las mujeres pobres al acceso a los anticonceptivos a travs de la distribucin gratuita de algunos mtodos anticonceptivos en el sector de salud pblica.Otra intencin es enfrentar las diferencias en acceso a los anticonceptivos entre las provincias, ya que el gobierno nacional se compromete a travs del programa a proveer todos los mtodos anticonceptivos necesarios y aprobados por el mismo a las provincias que se subscriben.

Ante presin continua por parte de la sociedad civil, y como resultado de su compromiso anteriormente articulado, el gobierno lanz en abril de 2005 una campaa pblica para informar a la poblacin en general sobre los servicios de salud reproductiva que son accesibles a travs del programa nacional, calificando de derecho legal el acceso a los anticonceptivos y a la consejera.Anteriormente, en octubre de 2004, los ministerios provinciales de salud se haban comprometido a reducir la mortalidad materna en el pas a travs de la provisin de atencin post-aborto humanizada, rpida y efectiva, y garantizando a las mujeres el acceso a un aborto seguro donde ste no est penalizado por la ley.En el momento en que este informe fue a imprenta, el gobierno nacional estaba por publicar una gua de atencin humanizada post-aborto, a ser distribuida a los jefes de maternidades en los hospitales pblicos.

Sin embargo, la voluntad explcita del gobierno de facilitar que la mujer tome sus propias decisiones en materia de reproduccin y salud hasta ahora no ha logrado beneficiar a las mujeres ms necesitadas.Las razones son mltiples.Primero, las autoridades no han dedicado la atencin debida a las barreras enfrentadas por las mujeres que quieren usar anticonceptivos, como por ejemplo la violencia domstica.Segundo, varias leyes y polticas esenciales no estn siendo implementadas.Algunos funcionarios de salud pblica siguen cobrndoles a las mujeres por mtodos anticonceptivos que, de acuerdo a la ley, deberan ser gratuitos, y las mujeres tienen un acceso seriamente limitado al aborto que no es sujeto a penalizacin: cuando la vida o la salud de la mujer embarazada corre peligro, y cuando el embarazo es fruto de la violacin de una mujer mentalmente discapacitada.Tercero, las leyes actuales limitan de manera arbitraria el control de la mujer de su propia fertilidad y desalientan la atencin mdica necesaria, incluyendo la limitacin del acceso a la ligadura tubaria voluntaria y al aborto, y obligando a los profesionales de salud a denunciar a las mujeres que solicitan la atencin post aborto que les puede salvar la vida.Mientras que el efectivo cumplimiento de las leyes y polticas y la puesta en prctica de programas existentes constituira una contribucin importante al abordaje de los daos concretos descritos en este informe, a largo plazo la reforma legal es esencial.

Ciertos opositores a la anticoncepcin y al aborto en Argentina sostienen que el derecho internacional de derechos humanos, tal como se integra en la Constitucin de Argentina, protege el "derecho a la vida" del feto y por lo tanto requiere la penalizacin del aborto.Esto no es as.Los instrumentos internacionales de derechos humanos ratificados por Argentina garantizan los derechos de las mujeres a la vida, a la integridad fsica, a la salud, a la no discriminacin, a la privacidad, a la informacin, a la libertad religiosa y de conciencia, a la proteccin igual bajo la ley, y a tomar decisiones independientes sobre el nmero de hijos y el intervalo entre los nacimientos.Tomado como un todo, este cuerpo de derecho, incluyendo las interpretaciones directamente relevantes emitidas al respecto por las entidades autorizadas de las Naciones Unidas, lleva a la conclusin que la mujer tiene el derecho a decidir en asuntos relacionados con el aborto.El nico instrumento de derechos humanos que explcitamente posibilita la aplicacin del derecho a la vida desde el momento de la concepcin-la Convencin Americana sobre Derechos Humanos-contiene lenguaje especfico con la intencin explcita de sus fundadores, incluyendo Argentina, de que permita legislacin domstica no restrictiva sobre el aborto.

El aborto seguro y legal es esencial para la salud y autonoma de las mujeres, y sera la manera ms directa de frenar la prdida de vidas y otros efectos en la salud que podran ser prevenidos y que resultan de la prctica del aborto ilegal, inseguro e irreglamentado que se lleva a cabo hoy en la Argentina.An las personas que estn a favor del actual rgimen restrictivo argentino sobre el aborto debieran reflexionar sobre los casos que se resean en este informe.Dada la extensin del dao y el nmero de mujeres cuya salud y vidas son destrozadas por el resultado de las actuales leyes y polticas, Human Rights Watch insta a todas las partes interesadas, sin importar su posicin sobre el aborto, a priorizar que se les garantice a las mujeres el control independiente sobre su propia fertilidad a travs de la provisin de informacin anticonceptiva correcta y de una gama completa de mtodos anticonceptivos.Tambin debera priorizarse el asegurar que todas las mujeres reciban atencin de salud humanizada y adecuada, incluyendo cuando sufren las consecuencias de un aborto ilegal e inseguro.

En Argentina, como en muchos otros pases, el debate pblico sobre el aborto y hasta incluso sobre los anticonceptivos y la educacin sexual a veces ha involucrado posturas y acusaciones que no son dignas de una sociedad democrtica.Las decisiones relacionadas con los anticonceptivos y el aborto son complicadas y socialmente disputadas.Sin embargo, tambin son una cuestin de derechos humanos.Es necesario constatar que hace ya casi veinte aos desde que Argentina se uni a la comunidad internacional de estados democrticos despus de una dictadura militar dolorosa, y ratific algunos de los tratados internacionales de derechos humanos ms importantes, y hace ms de diez aos desde que se dio estatus constitucional a estos tratados.Es hora por tanto de tener un debate sobre anticonceptivos y aborto, y de tenerlo de manera civilizada.Human Rights Watch espera que este informe contribuya a tal debate.

A finales de mayo de 2005 cuando este informe estaba siendo finalizado, estaban por comenzar varias reformas importantes, como por ejemplo la distribucin y puesta en prctica de una gua nueva sobre la atencin humanizada post-aborto.Este informe demuestra la urgencia de estas reformas y resalta la necesidad de accin gubernamental ms amplia y sostenida en el rea de derechos reproductivos.

Este informe se basa en una investigacin de campo realizada en Argentina entre septiembre y octubre de 2004, as como en investigaciones anteriores y posteriores. Una integrante del equipo de Human Rights Watch entrevist a profundidad a ms de cuarenta mujeres y una nia que experimentaron problemas en el acceso a anticonceptivos o que se haban sometido a abortos ilegales y poco seguros. Estas entrevistas se llevaron a cabo en las provincias de Buenos Aires, Tucumn y Santa Fe. Todos los nombres e informacin que puedan servir para identificarlas han sido cambiados para proteger su privacidad.

Pudimos contactar a estas personas principalmente gracias a la ayuda de ONGs argentinas y organizaciones de base que proveen servicios y apoyo a mujeres de bajos ingresos, mujeres vctimas de violencia familiar y sexual y a mujeres que viven con el VIH/SIDA.

Human Rights Watch tambin entrevist a ms de setenta representantes de agencias gubernamentales, de las Naciones Unidas y de ONGs especializadas en derechos de la mujer o salud reproductiva; a intelectuales, autoridades religiosas y funcionarios de la salud pblica y administradores de hospitales. Parte de la informacin que pudiera usarse para identificar a los entrevistados ha sido retenida con el fin de proteger su privacidad. Como se indica, todos los documentos citados en este informe estn disponibles al pblico o son parte del archivo de Human Rights Watch.

II. Recomendaciones

Al gobierno de Argentina

Human Rights Watch hace un llamado al gobierno de Argentina a que proteja los derechos humanos de las mujeres a la vida, a la integridad fsica, a la salud, a la no discriminacin, a la privacidad, a la libertad, a la informacin, a la libertad religiosa y de conciencia, a la igualdad de proteccin ante la ley y el derecho a decidir el nmero de hijos y el intervalo entre los nacimientos.Para este fin, identificamos como esenciales los siguientes pasos iniciales.

Al Presidente de la Repblica Argentina

Que contine apoyando pblicamente al Programa Nacional de Salud Sexual y Procreacin Responsable y que abogue por un adecuado financiamiento para este programa dentro del presupuesto del gobierno.

Que apoye pblicamente el derecho de las mujeres a un acceso libre al aborto seguro en los casos que actualmente se exoneran de sancin, y que apoye una reforma legislativa que permita el acceso de las mujeres a un servicio de aborto voluntario y seguro.

Al Ministerio de Salud y Ambiente de la Nacin

  • Hasta que el Congreso argentino despenalice el acceso al aborto, el Ministerio de Salud y Ambiente de la Nacin debiera crear un marco reglamentario que garantice el acceso a un aborto voluntario y seguro cuando la vida o salud de la mujer embarazada estn en peligro y cuando el embarazo sea el resultado de una violacin de una mujer mentalmente discapacitada ("idiota o demente"), como lo estipula la ley.Este marco reglamentario debiera hacer referencia explcita a la definicin integral de "salud" internacionalmente aceptada y adoptada por la Organizacin Mundial de la Salud.
  • Que contine con la distribucin de la gua para el mejoramiento de la atencin post-aborto, que cree un marco reglamentario para la atencin humanizada post aborto,y que exija que todos los proveedores de servicios de salud, tanto pblicos como privados, otorguen dicho tipo de atencin.El ministerio debiera asegurar que todas las mujeres sepan y entiendan que recibirn atencin post aborto en centros de salud y en hospitales, privados y pblicos.
  • Que contine y ample sus esfuerzos para promover y diseminar informacin completa y correcta respecto a todos los mtodos anticonceptivos seguros que han sido identificados como tales por la Organizacin Mundial de la Salud, inclusive a travs de campaas de informacin pblica dirigidas a la poblacin en general.
  • Que otorgue acceso a una gama completa de mtodos anticonceptivos en los centros de salud pblica y en los hospitales.La mujer debe tomar la decisin sobre qu mtodo usar con base en consejera mdica cientficamente informada.La completa gama de anticonceptivos seguros debe incluir la anticoncepcin quirrgica, como la ligadura tubaria, y la anticoncepcin de emergencia (la "pldora del da despus")
  • Que sostenga y ample la campaa de informacin pblica sobre los contenidos de la Ley sobre Salud Sexual y Procreacin Responsable y sobre los servicios que se entregan a travs del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreacin Responsable.
  • Que investigue y sancione a los funcionarios de salud que entreguen, a propsito, informacin incorrecta o incompleta sobre mtodos anticonceptivos, inclusive a los que retengan informacin sobre mtodos anticonceptivos especficos, y a los que no cumplan lo dispuesto por el Ministerio respecto a la forma en que se deben prestar los servicios de salud reproductiva.Las sanciones debieran incluir la suspensin o revocacin de la licencia mdica cuando se trate de un abuso repetido.
  • Que elimine todas las precondiciones discriminatorias para el acceso a la ligadura tubaria voluntaria, incluyendo el consentimiento conyugal, y que desarrolle un marco reglamentario para normatizar el acceso a este tipo de mtodo anticonceptivo que se adecue a los estndares de la Organizacin Mundial de la Salud.

Al Ministerio de Educacin, Ciencia y Tecnologa

  • Que garantice el acceso a una educacin sexual correcta, basada en la ciencia, en la enseanza primaria y secundaria, tanto pblica como privada.La educacin sexual-adaptada a la edad y capacidad de los alumnos-debiera incluir informacin sobre la desigualdad entre hombres y mujeres, factor que atenta contra el derecho de las mujeres a la salud y a la toma de decisiones de manera independiente en temas de salud sexual y reproductiva.Tambin debiera incluirse informacin correcta y con fundamento cientfico sobre la prevencin del VIH, incluyendo el uso de condones con este fin.
  • Que asegure la inclusin de informacin completa sobre derechos sexuales y reproductivos en la Universidad y en los currculos de la educacin superior de mdicos, enfermeras, obstetras y otros profesionales de la salud.

Al Congreso

El Congreso de Argentina debiera sin demora:

Legalizar y garantizar el acceso a la anticoncepcin quirrgica voluntaria, incluyendo la ligadura tubaria, incluso mediante la revocacin de las disposiciones contenidas en la Ley Nacional 17.132/67 (sobre la profesin mdica) y el Cdigo Penal que limita dicho acceso.La ley debiera especificar que las mujeres no requieren autorizacin del cnyuge ni autorizacin judicial para acceder a cualquier forma de mtodo anticonceptivo.

Enmendar el Cdigo Penal para penalizar explcitamente la violacin conyugal.

Requerir que los ministerios y las agencias de gobierno pertinentes instruyan a los funcionarios de salud, jueces, magistrados, abogados, polica y funcionarios relevantes sobre las leyes y reglamentos relativos a la salud sexual y reproductiva de las mujeres.La instruccin debe incluir orientacin respecto al acceso de las mujeres al aborto no punible y a la ligadura tubaria.

Requerir que todas las agencias de gobierno pertinentes den capacitacin en temas de prevencin, investigacin y sancin de la violencia en contra de las mujeres, incluyendo la violencia domstica y sexual, especialmente a funcionarios de salud, jueces, magistrados, polica y funcionarios pblicos pertinentes.

Convocar a audiencias para examinar las fallas en la ejecucin de la Ley sobre Salud Sexual y Procreacin Responsable y tomar medidas inmediatas y efectivas para superar cualquier deficiencia.

Promulgar leyes que permitan a las mujeres el acceso a un aborto legal y seguro. Estas medidas deben incluir la revocacin de las disposiciones del Cdigo Penal que penalizan el aborto, especialmente aquellas que castigan a las mujeres que se han sometido a un aborto inducido.

Despachar con prontitud la ratificacin del Protocolo Facultativo a la Convencin sobre la eliminacin de todas las formas de discriminacin contra la mujer (CEDAW, por sus siglas en ingls)

A los donantes

Los donantes y organismos internacionales que financian proyectos de salud sexual y reproductiva en Argentina debieran:

Involucrarse con el gobierno argentino para asegurar que todas las mujeres tengan acceso a la informacin, a programas de educacin sexual y a una gama completa de anticonceptivos efectivos y seguros.

Abogar para que Argentina elimine todas las restricciones legales al aborto y asegurar el acceso a un aborto legal y seguro para las mujeres.

Aumentar el financiamiento para los programas de salud sexual y reproductiva en Argentina.Apoyar las campaas de informacin del gobierno y las organizaciones no gubernamentales (ONGs) destinadas a educar a las mujeres respecto a sus derechos sexuales y reproductivos y al derecho a acceder a anticonceptivos y al aborto.

A la Federacin Argentina de Sociedades de Ginecologa y Obstetricia

La Federacin Argentina de Sociedades de Ginecologa y Obstetricia (FASGO) es una organizacin de la sociedad civil de gineclogos y obstetras que delinea estndares ticos y presenta recomendaciones sobre prcticas adecuadas a sus miembros.Ya que los mdicos y obstetras son los principales actores en la implementacin de las polticas pblicas y leyes sobre derechos sexuales y reproductivos, su participacin y compromiso con el bienestar de las mujeres es esencial.FASGO debiera:

Desarrollar y promover lineamientos ticos sobre la atencin humanizada post aborto, incluyendo la condena explcita de aquellos profesionales de la salud que informen a las autoridades sobre mujeres que han tenido un aborto inducido.FASGO debiera investigar y someter a disciplina a cualquier miembro que realice el procedimiento de legrado sin anestesia.

Promover que sus miembros alienten a las mujeres a que tomen decisiones informadas respecto a su fertilidad y salud reproductiva, a travs de la entrega de informacin completa y correcta sobre mtodos anticonceptivos disponibles.

Ofrecer cursos regulares sobre los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres en la escuela de ginecologa y obstetricia de FASGO.

III. Marco general y antecedentes

La condicin poltica, econmica y social de la mujer

Durante los aos ochenta y noventa, el movimiento de las mujeres en Argentina luch y logr importantes avances en muchas reas relacionadas a la condicin de la mujer y a la participacin de la mujer en pie de igualdad con el hombre.En 1991, el Congreso de Argentina-presionado por activistas de derechos de las mujeres que contaban con el apoyo de mujeres polticas-aprobaron una "ley de cupo" que obligaba a los partidos polticos a presentar por lo menos un 30 por ciento de candidatas mujeres a los cargos a elegir y en posiciones donde tuvieran posibilidad de resultar electas[1].

La reforma constitucional de 1994 reforz estos avances, estableciendo el derecho constitucional a la igualdad de oportunidades en la participacin poltica entre hombres y mujeres, garantizado por medidas concretas[2].La reforma constitucional tambin establece el deber general del Congreso de la Nacin de "legislar y promover medidas de accin positiva que garanticen la igualdad real de oportunidades y de trato, y el pleno goce y ejercicio de los derechos reconocidos por esta Constitucin y por los tratados internacionales vigentes sobre los derechos humanos, en particular respecto de ... las mujeres...[3]".Estas reformas han cumplido su objetivo en trminos de fomentar una creciente representacin poltica femenina.En el 2003, las mujeres ocupaban el 31 por ciento de la representacin parlamentaria y el 8 por ciento de los ministerios de gobierno, comparado a 6 y 0 por ciento respectivamente en 1990[4].

Las mujeres en Argentina tambin se han incorporado a la fuerza laboral formal en mayor nmero que sus contrapartes, por ejemplo, en el vecino pas de Chile.Tanto en Chile como en Argentina las mujeres representaban el 35 por ciento de la mano de obra asalariada no agrcola en 1991.Sin embargo, en el 2001, las mujeres en Argentina ya representaban casi el 43 por ciento de la mano de obra asalariada no agrcola, mientras que en Chile representaban slo un poco ms del 35 por ciento[5].En mayo de 2003 exista poca diferencia en el acceso a educacin promedio en Argentina entre varones y mujeres, o entre nios y nias[6], y segn cifras de las Naciones Unidas, en 2001 la tasa de alfabetizacin tanto para hombres como para mujeres era superior al 98 por ciento[7].Aunque muchas mujeres en Argentina continan en trabajos temporales sin seguridad laboral, y ganan menos que los hombres por tareas similares, su creciente independencia econmica ha sido clave para el avance de sus derechos en general.

La presencia de un fuerte movimiento de mujeres tambin ha sido un factor central para el desarrollo de los derechos de las mujeres.Por casi dos dcadas, mujeres argentinas provenientes de organizaciones de base, ONGs, partidos polticos y juntas de vecinos de diversos intereses e ideologas han confluido en una reunin anual de talleres de trabajo, discusin y coordinacin de campaa: el Encuentro Nacional de Mujeres.En el 2004, este encuentro atrajo a ms de 10,000 mujeres a la provincia de Mendoza[8] y el ao anterior un nmero similar de mujeres se reuni en Rosario, provincia de Santa Fe[9].

A pesar de los avances en la condicin poltica y econmica de la mujer, y pese a los continuos esfuerzos, al movimiento de mujeres argentino le ha tomado dcadas conseguir logros mnimos en el derecho de las mujeres al acceso a los mtodos anticonceptivos modernos y a la informacin sobre salud bsica.Aunque la tasa de mortalidad materna en Argentina es baja si se compara con el resto de la regin, es claramente superior a la de los pases vecinos con bienestar econmico comparable[10].Aunque otros factores, incluyendo el acceso general a los servicios de salud, juegan un rol importante, la alta tasa de mortalidad materna en Argentina refleja la prevalencia del aborto ilegal, inseguro e irreglamentado, la cual a su vez es un producto de las barreras al acceso a los anticonceptivos y de la falta de control de las mujeres sobre su propia fertilidad y sobre decisiones respecto al nmero de hijos y al intervalo entre los nacimientos.Desde hace tiempo, el aborto ilegal constituye la principal causa de mortalidad materna en Argentina, provocando un tercio de las muertes maternas[11].

Nacionalismo y el rol procreador de la mujer

Histricamente, muchos gobiernos y legisladores de varios pases en Sudamrica han declarado su oposicin a mtodos modernos de control de la natalidad, por lo general refirindose a la doctrina de la Iglesia Catlica[12].Sin embargo, en Argentina el gobierno lleg al extremo de prohibir la venta de todos los mtodos anticonceptivos por varias dcadas a fines del siglo XX-una demostracin extrema de oposicin a los mtodos de control de natalidad, incluso para estndares de la regin.

Esta posicin se explica slo parcialmente a causa de la doctrina de la Iglesia Catlica. Histricamente, un componente central de la identidad de las lites polticas en Argentina ha sido su imagen de nacin frontera a ser poblada por inmigrantes blancos provenientes de Europa[13].La ms clebre expresin de esta identidad es la frase "gobernar es poblar" atribuida a Bautista Alberdi, figura central de la historia poltica argentina, conocido como el "padre de la constitucin argentina[14]". De hecho, la constitucin argentina encarga al gobierno federal la tarea de promover activamente la inmigracin europea[15].A travs de los aos-y ms recientemente en 1995 durante un debate en el congreso sobre el acceso legal a los mtodos anticonceptivos-la frase "gobernar es poblar" ha sido utilizada por varios actores polticos para justificar las limitaciones a la autonoma y derechos reproductivos de las mujeres, refirindose al rol central procreador de la mujer como un instrumento para el crecimiento de la poblacin[16].Este enfoque pro natal ha diferenciado histricamente a la Argentina del resto de Sudamrica, tanto as que Argentina, en 1996, era el nico pas de la regin que no contemplaba ningn tipo de apoyo pblico al acceso a mtodos anticonceptivos y en el 2001 era el nico pas que no otorgaba apoyo directo[17].

La oposicin del gobierno a la entrega de anticonceptivos e informacin sobre anticoncepcin empez en 1974, antes de los siete aos de dictadura militar en Argentina (1976-1983).Esta postura gan fuerza durante la dictadura militar y continuaba ms de una dcada despus de que el gobierno democrtico ratific los tratados de derechos humanos que protegen los derechos de la mujer a tomar decisiones independientes respecto a su salud y su vida.En 1974 el gobierno de Pern promulg un decreto prohibiendo la venta de anticonceptivos, as como cualquier actividad relacionada al control voluntario de la natalidad, limitando la posibilidad de entregar servicios e informacin[18].Estas medidas afectaron principalmente a individuos y familias de bajos ingresos, ya que aquellos con recursos econmicos podan tener acceso a estos servicios en otros pases.La prohibicin sigui en efecto durante el gobierno militar y tambin despus de que la junta militar dejara el poder en 1983.Fue finalmente revocada en 1985, luego de que Argentina ratificara la Convencin sobre la eliminacin de todas las formas de discriminacin contra la mujer (CEDAW)[19].Tendran que pasar otros diecisiete aos hasta que el gobierno argentino pusiera la salud sexual y reproductiva en la agenda poltica nacional.

El tema del acceso a los anticonceptivos sigui generando controversia en los 1990s.En 1995, un proyecto de ley sobre salud reproductiva y las obligaciones del Estado respecto a la distribucin de anticonceptivos fue debatido y aprobado por la Cmara de Diputados, pero el Senado nunca lo debati, pues aparentemente lo consider demasiado polmico.En 1999, el presidente Carlos Mnem declar el 25 de marzo como "Da del Nio por Nacer" dando un obvio espaldarazo a los que se oponen a los mtodos anticonceptivos y al acceso a un aborto seguro[20].

Recin en el 2002 el congreso argentino llev a cabo una reforma significativa, superando la fuerte oposicin de la Iglesia Catlica y de varios legisladores conservadores[21], cuando aprob la Ley sobre Salud Sexual y Procreacin Responsable[22].Aunque la ley tiene sus defectos y ha sido tildada de minimalista por muchas activistas de derechos de las mujeres, contiene varias disposiciones importantes para el avance de los derechos y la salud de las mujeres.De hecho, dos objetivos principales de esta ley-garantizar el acceso a la informacin sobre salud sexual y el acceso a mtodos anticonceptivos y servicios de salud relacionados para todos[23]-podran lograr, de ser plenamente ejecutados, superar en gran medida algunas de las violaciones documentadas en este informe.Sin embargo, la letra de la ley no se refiere a la negacin arbitraria y discriminatoria de la anticoncepcin quirrgica (ligadura tubaria), ni se refiere al extremadamente limitado acceso de las mujeres a servicios de aborto seguro[24].El gobierno promulg regulaciones para la puesta en prctica de la ley en mayo de 2003, la cual por tanto haba estado en vigor por poco ms de un ao cuando Human Rights Watch condujo su investigacin para este informe[25]. Esta ley instala la salud reproductiva y sexual en la agenda poltica nacional por la primera vez en la historia de Argentina[26].La ley igualmente puso a Argentina al mismo nivel que otros pases de la regin-incluyendo Chile y Mxico-donde se haban puesto en prctica programas de salud reproductiva con anterioridad[27].

Mientras que las mujeres en Argentina de este modo han visto algunos avances en su acceso a mtodos anticonceptivos modernos, el acceso al aborto contina siendo un tema cerrado, a pesar de los efectos catastrficos de los abortos ilegales e inseguros para la salud y vidas de las mujeres.El aborto desde hace ms de cien aos constituye un crimen en Argentina.Los legisladores han enmendado el Cdigo Penal en sus disposiciones relativas al aborto en contadas ocasiones, y cuando eso ha ocurrido, lo han hecho slo para aumentar o limitar la discrecin de los mdicos en su decisin de practicar abortos sin riesgo de penas de prisin.

Cuando el actual Cdigo Penal entr en vigor a fines de 1880, el aborto fue incluido como un crimen sin excepciones para efectos de castigo[28].En 1922 las disposiciones del Cdigo Penal sobre aborto fueron enmendadas para permitir tres excepciones a la penalizacin: en tanto que el aborto continuaba siendo ilegal en toda circunstancia, se exoneraba de punicin cuando la vida o la salud de la mujer embarazada corriese peligro; cuando el embarazo fuera el resultado de una violacin; y cuando la mujer embarazada estuviera mentalmente discapacitada ("idiota o demente").Durante la dictadura de 1976-1983, el Cdigo Penal fue cambiado para incluir nuevas restricciones al aborto, requiriendo peligro "grave" a la vida o salud de las mujeres y, en los casos de violacin, el inicio de un proceso penal.

En 1984, luego del retorno a la democracia en Argentina, las disposiciones sobre aborto fueron enmendadas nuevamente para retomar la letra de 1922, con una leve pero sustancial modificacin: se elimin una coma entre la segunda y tercera excepciones a la penalizacin.El resultado de este cambio fue que aquellas mujeres cuyos embarazos fueran el resultado de una violacin, despus del cambio de 1984, ya no podran acceder a un aborto no punible a menos que fueran declaradas mentalmente discapacitadas.En consecuencia, el actual Cdigo Penal contempla slo dos excepciones a la penalizacin del aborto: cuando la salud o vida de la mujer corran peligro, o cuando el embarazo sea el resultado de la violacin de una mujer mentalmente discapacitada[29].Estas restricciones seguan en efecto a la fecha de la redaccin de este informe.En el 2004 varios proyectos de ley estaban a la espera de ser considerados por el Congreso, la totalidad de los cuales busca enmendar las actuales disposiciones del cdigo penal para ampliar o limitar las situaciones que exoneran la pena por prctica de aborto[30].

A pesar de esta historia, durante el 2004 y 2005 hubo un debate pblico sin precedentes sobre el tema del aborto, y una voluntad gubernamental, igualmente sin precedentes, para abordar una de las ms tristes violaciones reseadas en este informe: la atencin inhumana al aborto incompleto.

El debate reciente sobre el aborto fue alimentado, entre otras cosas, porque el gobierno en el 2004 nomin a la Corte Suprema a la jueza Carmen Argibay, quien anunci pblicamente su apoyo a la despenalizacin del aborto[31].El nombramiento de la jueza Argibay a la Corte Suprema fue aprobado por el Senado, a pesar de las protestas de la Iglesia Catlica y grupos conservadores, y fue confirmado por el Presidente Nstor Kirchner[32].Adicionalmente, el ministro de salud de Argentina, Gins Gonzlez Garca, declar pblicamente que la salud y las vidas de las mujeres probablemente mejoraran si el aborto fuese despenalizado.En respuesta, Kirchner se apresur en declarar que la posicin del gobierno continuaba siendo la de un "claro rechazo a la legalizacin del aborto[33]".Sin embargo, Kirchner tambin defendi a su ministro de salud de los ataques subsecuentes de la Iglesia Catlica e incluso hizo una peticin al Vaticano por el cese de un obispo que sugiri que el ministro de salud deba ser tirado al mar con una piedra colgada en el cuello por sus comentarios[34].

Bajo presin continua de parte de activistas pro derechos de las mujeres y la salud pblica, el Ministerio de Salud y Ambiente de la Nacin tambin lanz un esfuerzo para garantizar a las mujeres el acceso a una atencin post-aborto adecuada y humanizada sin miedo a las consecuencias legales, reconociendo pblicamente el costo en la salud y las vidas de las mujeres del aborto ilegal e inseguro.En octubre de 2004, los ministerios provinciales de salud firmaron un compromiso con el Ministerio de Salud y Ambiente de la Nacin sobre las medidas que deben tomarse para reducir la mortalidad materna en la Argentina.Este acuerdo incluye un compromiso de asegurar "que la mujer en situacin de aborto no sea discriminada y reciba una atencin humanizada, rpida, efectiva y con asesoramiento y provisin de insumos anticonceptivos[35]".En mayo de 2005, el gobierno nacional anunci la publicacin de una nueva gua destinada a mdicos sobre la provisin de tal atencin[36].El acuerdo firmado por los ministerios provinciales de salud tambin incluye un compromiso a "garantizar el acceso a la atencin del aborto no punible en los Hospitales Pblicos dando cumplimiento a lo estipulado en el cdigo penal".No existe una gua ministerial sobre la provisin de los servicios del aborto no punible[37].

La oposicin de la Iglesia Catlica a los derechos reproductivos

En Argentina, las polticas de gobierno y las decisiones personales en temas reproductivos se desarrollan en un contexto que incorpora importantes aportes de las enseanzas y organismos religiosos, particularmente de la Iglesia Catlica.La Iglesia Catlica y grupos que se proclaman de inspiracin catlica han buscado, con distintos niveles de xito, bloquear los avances en salud reproductiva mediante abogaca ante varios congresos provinciales y ante el Congreso Nacional, mediante rdenes judiciales contra la ejecucin de polticas y leyes que avanzan los derechos de las mujeres a la salud y a la no discriminacin, y a travs de ataques pblicos a polticos y representantes de ONGs que apoyan dichos avances.

Todos los representantes de ONGs, autoridades electas y funcionarios de salud que Human Rights Watch entrevist mencionaron el impacto de los esfuerzos de la Iglesia Catlica por obstruir el cumplimiento de polticas y leyes relativas al acceso a anticonceptivos, la informacin sobre salud reproductiva y la educacin sexual.Graciela Rosso, Vice Ministra de Salud, dijo: "el mismo papa ha pedido al gobierno que retire la ley [sobre salud reproductiva][38]".Un miembro de la Cmara de Diputados de la Nacin que era miembro del Congreso de la Provincia de Santa Fe cuando se discuti una ley sobre salud sexual declar a Human Rights Watch que: "Cuando estbamos tratando la ley todos los diputados recibimos una carta del arzobispo y nos amenazaban hasta incluso con la excomunin [si votbamos por la ley][39]".

En octubre y diciembre de 2004, grupos ultra conservadores que auto-identifican con las enseanzas de la Iglesia Catlica, segn informes mediticos, se enfrentaron en violenta oposicin a mujeres que manifestaban pblicamente su apoyo a los derechos reproductivos[40].En octubre de 2004, representantes de la Iglesia Catlica declararon a Human Rights Watch que ellos no aprobaban los actos de violencia y vandalismo ocurridos durante el Encuentro Nacional de Mujeres ese mismo mes y que crean que los actos criminales podran haber sido llevados a cabo por las mismas organizadoras del evento-en particular las lesbianas y travests-con el fin de incriminar a la Iglesia Catlica[41].

La Iglesia Catlica argentina ha enfocado sus actividades de abogaca en tres reas: una fuerte oposicin a casi cualquier mtodo anticonceptivo moderno, a la educacin sexual, y al aborto.Detrs de esta oposicin subyace una visin sobre el rol de la mujer en la familia y sobre la maternidad y la reproduccin como elementos centrales de la identidad femenina[42].Sin embargo, la Iglesia Catlica ha buscado justificar su oposicin doctrinaria a la anticoncepcin y al aborto en trminos cada vez menos dogmticos y ms pragmticos, tratando, por ejemplo, de asegurar que la evidencia "cientfica" prueba que los condones no previenen ni los embarazos ni las enfermedades de transmisin sexual[43] o recurriendo a argumentos sobe el tamao y el crecimiento de la poblacin[44].Horacio Ernesto Benites Astoul, obispo auxiliar de Buenos Aires, dijo a Human Rights Watch que l, como nacionalista, no vea la necesidad de frenar el crecimiento de poblacin en Argentina[45].

Oposicin a los mtodos anticonceptivos modernos

En Argentina, los funcionarios de la Iglesia Catlica no suelen expresar su oposicin a todos los mtodos anticonceptivos modernos, sino que despliegan una estrategia dual de manifestar su apoyo a los mtodos anticonceptivos "de carcter transitorio, reversible y no abortivo[46]", a la vez que califican los mtodos anticonceptivos modernos como no transitorios, irreversibles o equivalentes al aborto[47].Esta estrategia ha sido bastante exitosa en dos frentes.

En primer lugar, las opiniones de la Iglesia Catlica sobre anticoncepcin "de carcter transitoria, reversible y no abortiva" ingresaron a los registros del Congreso en el 2001 durante el debate sobre la Ley sobre Salud Sexual y Procreacin Responsable, cuando un miembro del congreso ley al registro una carta de un obispo catlico al respecto[48].Subsecuentemente, la caracterizacin fue incluida en la ley, que estipula que el sistema de salud pblica debe "prescribir y suministrar los mtodos y elementos anticonceptivos que debern ser de carcter reversible, no abortivos y transitorios[49]".

En segundo lugar, la Iglesia Catlica y grupos afines a ella han promovido exitosamente en las cortes la conclusin de que muchos mtodos anticonceptivos son abortivos.En el 2002, la Corte Suprema, a raz de un caso presentado por el grupo Portal de Beln, prohibi la manufactura y venta de "IMEDIAT", nombre comercial de un anticonceptivo de emergencia.Cinco de los nueve jueces consideraron que la pldora era abortiva y por lo tanto inconstitucional[50].Varias otras demandas judiciales presentadas por grupos conservadores de inspiracin catlica se han centrado en la definicin de "aborto" y han tratado de cuestionar la constitucionalidad de mtodos anticonceptivos especficos, incluyendo los dispositivos intrauterinos (DIUs), los anticonceptivos orales y las inyecciones hormonales[51].

Oposicin a la Educacin Sexual

La Iglesia Catlica y muchos grupos conservadores tambin han logrado limitar las disposiciones de la Ley sobre Salud Sexual y Procreacin Responsable que alientan al avance en el acceso a la educacin sexual y a la informacin sobre anticoncepcin, as como proyectos de leyes y polticas que hubieran expandido tal acceso, sobre todo para adolescentes.Un abogado de la Asociacin Argentina de Planificacin Familiar, una ONG, se lamentaba: "La oposicin [de la iglesia catlica] es tan intensa que ni siquiera se puede llegar a tener un debate serio. [Las escuelas] dan el tema de anatoma, pero nadie entra ms en lo sexual[52]".

De hecho, la oposicin a la educacin sexual ha logrado su cometido.Por ejemplo, en la provincia de Santa Fe una ley que exige la educacin sexual en todas las escuelas privadas y pblicas fue adoptada en 1992, pero jams implementada."Se fue al cajn", dijo Horacio de la Torre, coordinador del programa de procreacin responsable del gobierno de la provincia de Santa Fe."No se implement nunca por razones eclesisticas[53]".La ley todava estaba en vigor sin ser implementada cuando Human Rights Watch visit la provincia de Santa Fe en septiembre de 2004, ms de diez aos despus de que la ley haba sido adoptada.

Como cualquier entidad de la sociedad civil, la Iglesia Catlica tiene derecho a la libertad religiosa y de expresin, sin importar la validez mdica o cientfica de sus afirmaciones.Sin embargo, el gobierno argentino tiene la obligacin de asegurar el acceso a informacin completa y correcta respecto a los problemas de salud existentes, su control y prevencin[54].Cuando informacin incompleta o incorrecta esta fcilmente disponible en la esfera pblica-entre otras razones porque es distribuida por la Iglesia Catlica u otra entidad de la sociedad civil en pleno ejercicio de su libertad de expresin-el Estado puede tener la obligacin de iniciar una campaa de informacin pblica afirmativa sobre salud, especficamente diseada para contrarrestar la desinformacin.En abril de 2005, el gobierno nacional de hecho lanz una campaa de informacin pblica destinada a diseminar informacin sobre el acceso a los anticonceptivos en los hospitales y clnicas pblicas[55].

IV. Obstculos generalizados en el acceso a los anticonceptivos

Human Rights Watchidentific tres principales obstculos que truncan el acceso de las mujeres a los anticonceptivos: la violencia domstica y sexual, la entrega de informacin incorrecta e inadecuada por parte de funcionarios de salud pblica, y las restricciones econmicas, incluyendo a veces el cobro indebido por anticonceptivos y servicios de salud que debieran ser gratuitos de acuerdo a la Ley sobre Salud Sexual y Procreacin Responsable.

Violencia domstica y sexual

Yo estuve catorce aos juntada con l.l me pegaba [y] el maltrato se haba vuelto normal. l siempre me deca: "Yo te voy a llenar de hijos y no vas a irte de mi lado".
-Gladis Morello, treinta y dos aos, provincia de Buenos Aires[56]

La violencia domstica y sexual constituye una enorme barrera para las mujeres que quieren acceder a anticonceptivos y tomar control de sus cuerpos y de su salud reproductiva[57].Olga Cceres, presidenta de una organizacin no gubernamental que ofrece albergue a mujeres agredidas de la provincia de Buenos Aires, declar a Human Rights Watch que: "La gran mayora de las mujeres de la casa viven con el maltrato [inclusive] la violencia sexual.All no hay una libertad para decidir cuntos hijos quiero tener, ni si voy a tener una relacin sexual".Cceres explic que un importante nmero de hombres abusivos sabotean a propsito los intentos de su esposa o pareja de acceder a anticonceptivos como parte de su control y abuso: "Cuando la tiene embarazada continuamente, menos posibilidad tiene [la mujer] de irse [de la relacin abusiva][58]".

El testimonio de Romina Casillas, madre de siete, de cuarenta y seis aos de edad, presenta un ejemplo de este tipo de abuso.Ella sufri violencia fsica por parte de su marido, quien le impidi usar anticonceptivos: "No quera tener tantos [hijos,] pero l no me dejaba [usar anticonceptivos]. ... Yo empezaba con las pastillas cuando l estaba fuera y l las esconda cuando volva. Me quera colocar el DIU pero [l] no me dejaba. Nunca pens tener muchos hijos, pens tener cuatro noms[59]".

En 1999, se estimaba que el 25 por ciento de las mujeres en Argentina sufran violencia domstica de manera regular, mientras que el 50 por ciento de las mujeres haban sufrido algn tipo de violencia de gnero en algn momento de sus vidas[60].De las cuarenta y tres mujeres entrevistadas por Human Rights Watch, ms de la mitad declar haber sufrido, o estar sufriendo, violencia domstica o sexual a manos de sus parejas. Las razones de esta violencia domstica generalizada son muchas y muy complejas, y no todas son de directa competencia del Estado.Sin embargo, los estndares internacionales de derechos humanos exigen ciertos pasos mnimos a los estados para poder cumplir con su obligacin de erradicar la violencia domstica como una forma de discriminacin de gnero.

El Comit de la CEDAW[61], que supervisa el cumplimiento de la Convencin sobre la eliminacin de todas las formas de discriminacin contra la mujer, seal en sus Recomendaciones Generales No. 19 sobre Violencia en Contra de la Mujer que "[l]a violencia contra la mujer es una forma de discriminacin que impide gravemente que goce de derechos y libertades en pie de igualdad con el hombre"[62].En el mismo documento, el comit define obligaciones especficas en trminos de prevenir la violencia en contra de la mujer, recomendando que:

Los Estados Partes velen por que las leyes contra la violencia y los malos tratos en la familia, la violacin, los ataques sexuales y otro tipo de violencia contra la mujer, protejan de manera adecuada a todas las mujeres y respeten su integridad y su dignidad. Debe proporcionarse a las vctimas proteccin y apoyo apropiados. Es indispensable que se capacite a los funcionarios judiciales, los agentes del orden pblico y otros funcionarios pblicos para que apliquen la Convencin[63].

La Comisin de Derechos Humanos de la ONU, rgano con representacin de cincuenta y tres estados que se rene anualmente para extender recomendaciones sobre derechos humanos, ha destacado que "la violencia contra la mujer repercute en su salud reproductiva y sexual" y ha exhortado a los estados a "que velen por que la mujer tenga acceso a profesionales de la atencin de la salud competentes y capacitados para reconocer las seales indicadoras de la violencia contra la mujer y atender las necesidades de las pacientes que han sido vctimas de actos de violencia, a fin de reducir al mnimo las consecuencias fsicas y psicolgicas adversas de la violencia[64]".Adems, el Comit de Derechos Econmicos, Sociales y Culturales (CDESC), que supervisa la implementacin del Pacto Internacional de Derechos Econmicos, Sociales y Culturales (PIDESC), ha sealado que "[p]ara suprimir la discriminacin contra la mujer es preciso elaborar y aplicar una amplia estrategia nacional con miras a la promocin del derecho a la salud de la mujer", en la cual "[u]n objetivo importante deber consistir en la reduccin de los riesgos que afectan a la salud de la mujer, en particular la reduccin de las tasas de mortalidad materna y la proteccin de la mujer contra la violencia en el hogar[65]".Adems, el Comit ha indicado que "[e]l ejercicio del derecho de la mujer a la salud requiere que se supriman todas las barreras que se oponen al acceso de la mujer a los servicios de salud, educacin e informacin, en particular en la esfera de la salud sexual y reproductiva[66]".

En Argentina, una ley de violencia familiar de 1994 estableci una serie de medidas protectivas para las vctimas de violencia familiar, incluyendo rdenes judiciales de exclusin, y entrega de pensiones alimenticias transitorias[67].En abril de 1999, el Congreso argentino enmend el Cdigo Penal en sus disposiciones sobre "delitos contra la integridad sexual" para adecuarlos a los estndares internacionales de derecho, pero no penaliz explcitamente la violacin conyugal[68].Las ONGs han criticado esta clara deficiencia de la ley[69] y el Comit para la Eliminacin de Discriminacin contra la Mujer de la ONU ha manifestado su preocupacin porque estas reformas legales no han logrado evitar que el problema de la violencia familiar siga empeorando en Argentina[70].Lucila Morn, una mujer de veintids aos que estaba embarazada por segunda vez cuando fue entrevistada por Human Rights Watch, dijo que su marido la golpeaba casi diariamente.Morn dijo que no poda dejar su relacin abusiva, ya que su marido la amenaz reiteradamente con quedarse con su hija de dos aos:

Me pega por cualquier cosa.La otra vez casi me mata. Lo denunci, pero [en la polica] me dijeron que no me podan ayudar en nada.Me dieron un acta de exclusin noms [pero l no se fue]. Yo no tengo ayuda de nadie. [Mi marido] me dice: 'Si quers irte, vete, pero mi hija me la dejs'. All me agarra[71].

La situacin de Morn se complica an ms con la negativa del hospital pblico local a practicarle una ligadura tubaria-debido a la reglamentacin discriminatoria del hospital[72]-a pesar de que de acuerdo a su doctor ella posee una dolencia cardaca que hace que los embarazos pongan en riesgo su salud.

Una educadora social que trabaja con mujeres de bajos ingresos, vctimas de violencia en la provincia de Buenos Aires dijo a Human Rights Watchque la respuesta del gobierno a la violencia familiar es tremendamente deficiente, especialmente la de los funcionarios de la polica:

Con respecto a la violencia, falta tanto. Si [las mujeres] no van con la ley en la mano, no nos toman la denuncia. Porque ellos [la polica] empiezan a preguntar por qu te peg, anda a saber si en realidad te peg. A veces ni siquiera quieren tomar una declaracin, aunque sea que eso te toman, pero la denuncia, no te la quieren tomar.Hay un montn de comisaras, pero [en] ninguna te la toman[73].

Una carencia fundamental en la respuesta del Estado a la violencia es la falta de albergues para las mujeres vctimas de la violencia domstica y sexual.Una organizadora comunitaria de la provincia de Santa Fe dijo a Human Rights Watch: "Son dos instituciones del Estado [en la ciudad de Santa fe] que trabajan el tema [de la violencia domstica], pero no saben donde mandarlas [a las mujeres] para que no las maten.Porque las matan[74]".

El Programa Nacional de Salud Sexual y Procreacin Responsable solo toca el tema de la violencia de pasada[75] y el reglamento de implementacin no estipula elementos especficos sobre como prevenir que la violencia proveniente de la pareja se convierta en un obstculo para la toma de decisiones independientes de la mujer en temas de salud reproductiva[76].A la amplia mayora de los hospitales que estn ejecutando el programa que visit Human Rights Watchno se les requera ni se les alentaba a que traten de detectar casos de violencia domstica o sexual en pacientes, ni a que les orienten sobre estos temas.

Informacin tendenciosa, incorrecta, o incompleta

Las mujeres que Human Rights Watchentrevist tenan un acceso limitado a los anticonceptivos por una serie de razones, algunas de las cuales estaban relacionadas con un nivel generalizado de desinformacin sobre reproduccin y anticoncepcin.Mara del Huerto Terceiro, abogada de un instituto no gubernamental que trabaja por el acceso a la planificacin familiar, se lamentaba, "No hay informacin permanente y no hay educacin sexual en las escuelas.Todo eso suma a que vos te mantens desinformado[77]".En abril de 2005, el gobierno argentino comenz a abordar este tema, notablemente a travs del lanzamiento de una campaa de informacin pblica en la televisin, la radio, y los medios impresos, anunciando el derecho al acceso a los anticonceptivos y refiriendo a los individuos y parejas a los centros de salud pblica para ms informacin[78].

Sin embargo, la voluntad explcita por parte del gobierno federal no siempre logra superar el miedo y la oposicin por parte de los oficiales pblicos que son directamente responsables del goce por parte de las mujeres de sus derechos humanos en el mbito reproductivo.Descubrimos que los mismos funcionarios de salud a veces contribuan a la desinformacin reinante al entregar a las mujeres informacin tendenciosa, incompleta o incorrecta sobre anticoncepcin.Las mujeres que entrevistamos generalmente no estaban en posicin de exigir informacin ms completa o fidedigna, ya sea porque no eran concientes de que estaban recibiendo informacin incorrecta o porque no se sentan en posicin de desafiar a la autoridad mdica.Considerando la posicin de desventaja econmica en la que se encuentran la mayora de las usuarias de los establecimientos de salud pblica y la relativa desventaja en el acceso a la educacin e informacin, los funcionarios de salud pblica, tal como lo detallamos ms adelante, no demostraron el compromiso necesario para asegurar que las mujeres recibieran informacin esencial sobre su salud.El resultado final ha sido que muchas veces las mujeres terminaban contemplando opciones sumamente limitadas con respecto a cuando procrear y si hacerlo, incluso dentro de la limitada gama de mtodos anticonceptivos legalmente disponibles.

En muchos casos Human Rights Watchse enfrent con que los funcionarios de salud ofrecan una gama de opciones anticonceptivas ms limitada que la que la ley permite o que el gobierno distribuye.Algunas mujeres declararon que los mdicos del sistema de salud pblica las desalentaban encarecidamente de usar los anticonceptivos donados por el Estado, dicindoles que los anticonceptivos no eran de buena calidad, o entregndoles informacin tendenciosa sobre algunos mtodos."Me haba ido al gineclogo [y] opt por la pastilla.Pero ella me dijo que despus [de tomar la pastilla] haba que hacer el tratamiento para quedar embarazada, y que no vala la pena," recuerda Mara Rivara de treinta y siete, quien tuvo ocho hijos[79].Paola Mndez, de treinta y cinco aos y madre de diez, quera un dispositivo intrauterino (DIU), pero un mdico del sistema de salud pblica le dijo que ste no evitara los embarazos y que podra, de hecho, daar a un futuro hijo: "Yo me quise colocar el DIU, pero sabs lo que dicen que muchos nacen con el DIU en la cabeza.El mdico mismo me lo explic, que la mayora casi siempre nacen con el DIU en la cabeza[80]".

En otros casos, no se inform a las mujeres sobre efectos secundarios que pueden afectar la efectividad de ciertos mtodos anticonceptivos, como el uso de antibiticos mientras se usan anticonceptivos hormonales[81].En el caso de Laura Passaglia, de treinta y dos aos, un mdico del sistema de salud pblica le recet antibiticos sin informarle que este tratamiento probablemente interferira con la efectividad del anticonceptivo hormonal mensual que l mismo le haba recetado.Passaglia dijo: "Tom la pastilla.Pero igual me embarazaba. Yo siempre tom antibiticos por la infeccin urinaria. Nunca me dijeron nada sobre eso [que los antibiticos podran interferir con el efecto anticonceptivo de la pastilla]"[82].Passaglia dijo que mientras usaba contraceptivos hormonales tuvo cinco embarazos no deseados, adems de sus tres hijos anteriores y un aborto natural.

Human Rights Watchno entrevist a ningn mdico que admitiera desinformar a sus pacientes en temas relacionados con el uso de mtodos anticonceptivos. Sin embargo, la amplia mayora de mdicos que entrevistamos expresaron, con variaciones, la misma idea de que ellos estaban en mejores condiciones que las mujeres que trataban para tomar decisiones sobre como stas debieran controlar su fertilidad.Luis Robles, jefe del programa de maternidad del ministerio de salud de la provincia de Formosa dijo a Human Rights Watchque los hospitales en esa provincia frecuentemente inyectaban a las mujeres con anticonceptivos hormonales sin obtener su consentimiento previo, en una flagrante violacin al derecho de la mujer a la integridad fsica.Robles seal que esta prctica era particularmente frecuente cuando la mujer era hospitalizada para atencin post aborto, porque en esos casos se asuma que la mujer haba rechazado deliberadamente el uso de anticonceptivos: "Una mujer [internada para atencin post aborto] estuvo utilizando el aborto como anticoncepcin.Cuando salen de alto, le damos anticoncepcin. Si quieren o no, se informa, y se le inyecta."[83]

Aunque Human Rights Watch no entrevist a mujeres de la provincia de Formosa, nuestras entrevistas en otros lugares del pas sugieren que a muchas mujeres con embarazos no deseados-que terminaron o no en abortos ilegales e inseguros-se les haba impedido usar cualquier tipo de anticonceptivo debido a que eran vctimas de relaciones abusivas; no reciban informacin adecuada; o porque no tenan recursos econmicos.

Los comentarios de Robles demuestran que muchos factores entrelazados entorpecen la posibilidad de que la mujer tome decisiones informadas e independientes sobre el uso de anticonceptivos.Si bien a la mayora de las mujeres entrevistadas por Human Rights Watch se les neg informacin sobre la gama completa de opciones anticonceptivas en el sistema de salud pblico, algunas sealaron que se les recetaba anticonceptivos "como si fueran aspirina" a mujeres con tres o ms hijos, sin importar el deseo individual de la mujer con respecto a volver a procrear[84].

El Comit de Derechos Econmicos, Sociales y Culturales de la ONU ha establecido que "el derecho a la prevencin y el tratamiento de las enfermedades" impone obligaciones definidas a los estados parte para que tomen las medidas necesarias para "[l]a prevencin y el tratamiento de las enfermedades epidmicas, endmicas, profesionales y de otra ndole," incluyendo "que se establezcan programas de prevencin y educacin para hacer frente a las preocupaciones de salud que afectan de forma adversa a la salud sexual y gensica"[85].De acuerdo al Comit, el derecho al disfrute del ms alto nivel posible de salud incluye el derecho a la informacin y educacin respecto a los problemas de salud predominantes, su prevencin y control[86]. En este contexto de "obligaciones legales generales," el comit seala:

Los Estados deben abstenerse de limitar el acceso a los anticonceptivos u otros medios de mantener la salud sexual y gensica, censurar, ocultar o desvirtuar intencionalmente la informacin relacionada con la salud, incluida la educacin sexual y la informacin al respecto, as como impedir la participacin del pueblo en los asuntos relacionados con la salud. . . . Los Estados deben velar asimismo porque terceros no limiten el acceso de las personas a la informacin y los servicios relacionados con la salud[87].

Adems, la informacin correcta y completa sobre anticoncepcin y salud sexual debe estar comprendida dentro del derecho al disfrute del ms alto nivel posible de salud, protegido por el artculo 12 del Pacto Internacional de Derechos Econmicos, Sociales y Culturales[88].El Comit de los Derechos del Nio de la ONU ha aclarado que este derecho se extiende a las nias adolescentes.La Convencin sobre los Derechos del Nio, que en el derecho argentino est incorporada a la Constitucin de la Nacin, reconoce el derecho de los nios "al disfrute del ms alto nivel posible de salud y a servicios para el tratamiento de las enfermedades y la rehabilitacin de la salud"[89]. De acuerdo al Comit de los Derechos del Nio de la ONU, organismo que interpreta la convencin, los adolescentes "tienen derecho a acceder a informacin adecuada que sea esencial para su salud y desarrollo as como para su capacidad de tener una participacin significativa en la sociedad"[90].Esto significa que los estados partes tienen la obligacin de "asegurar que se proporciona, y no se les niega, a todas las chicas y chicos adolescentes, tanto dentro como fuera de la escuela, formacin precisa y adecuada sobre la forma de proteger su salud y desarrollo y de observar un comportamiento sano [incluyendo] informacin sobre los comportamientos sociales y sexuales sanos y respetuosos, las dietas y las actividades fsicas"[91].

La informacin correcta sobre anticoncepcin es especialmente importante en el contexto argentino, donde el 17.5 por ciento de los recin nacidos fueron hijos de madres adolescentes en el 2003 y el 34 por ciento de los adolescentes no usaron ningn tipo de anticonceptivos en sus primeras relaciones sexuales de acuerdo a una encuesta del 2004[92]. Ms an, el Ministro de Salud de Argentina ha reconocido la importancia de la educacin sexual en reiteradas ocasiones, despertando siempre la frrea oposicin de grupos conservadores[93].

Restricciones econmicas

Las mujeres que Human Rights Watch entrevist identificaron a la pobreza como un factor determinante en su incapacidad de acceder a anticonceptivos y poder as ejercer su capacidad de tomar decisiones independientes respecto a si o cuando procrear.El gobierno ha reconocido algunas dimensiones de esta problemtica.De hecho, uno de los objetivos centrales del Programa Nacional de Salud Sexual y Reproductiva es proveer de todos los mtodos anticonceptivos gratuitamente a travs del sistema de salud pblica[94].Esta poltica, sin embargo, no se implementa de manera efectiva y muchas mujeres de recursos limitados todava tienen que pagar.

Varias mujeres entrevistadas por Human Rights Watch dijeron que los funcionarios de salud pblica les haban cobrado por servicios que debieran ser gratuitos de acuerdo al Programa Nacional de Salud Sexual y Procreacin Responsable."El estado nos da el DIU [dispositivo intrauterino] gratuito, pero te cobran el controlarlo, 15 pesos [US$ 5.05]" dijo Norma Jimnez, de 35 aos, quien ha estado embarazada seis veces[95].Agreg que: "Hay un dispensario aqu que te dan gratis [los anticonceptivos].En algunas te dan la receta y tens que ir al hospital y pagar 2 pesos [US$ 0.67]".Paola Vsquez, de veintisiete aos y madre de tres, tuvo una experiencia similar: "Por algunos lados [centros de salud pblicos] te los dan gratis [los anticonceptivos], y por otros lados [centros de salud pblicos] no te los dan gratis[96]". Si al costo de la consulta, del anlisis mdico, y del transporte al hospital pblico se le agregan el costo del mtodo anticonceptivo en s; las mujeres que entrevistamos quedan bsicamente con la opcin de decidir entre casa y abrigo o pagar por los anticonceptivos.

Ante esta situacin, muchas optan por su sustento y el de sus familias.Romina Redondo, de treinta y dos aos, exclam: "No tens todos los meses 30 pesos [US$ 10.10] para poner una inyeccin. De dnde sacamos nosotras 30 pesos para una inyeccin si vivimos del Plan Jefe de Hogar[97] de 150 pesos [US$ 50.14] al mes?"[98]Marisa Rossi, de treinta y seis aos, indic que a veces la eleccin era entre comida o condones: "[Los preservativos] cuestan 2.50 pesos por tres.Por eso comprs un kilo de pan o un par de litros de leche"[99].

En muchos casos, los hospitales pblicos no permitieron a las mujeres concertar citas con anticipacin o por telfono, agregando al costo econmico de los anticonceptivos el costo de los viajes adicionales para acceder a ellos o el costo de tener que dejar de trabajar para ir al hospital: "Hay que ir a las cuatro de la maana, [y] te sacan turno a las ocho, nueve, diez, once. Si a veces no consegus turno, te dan para otro da," dijo Romina Casillas, de cuarenta y seis aos[100].Yanina Carlotto, de cuarenta y seis aos, se preguntaba: "Si ni tens para darles de comer a los pibes, cmo vas a utilizar 2.50 [US$ 0.84] para el autobs [para llegar al hospital]?"[101]Ana Snchez, de cuarenta y tres aos, dijo: "La gente no tiene la plata, aunque es un billete mnimo.A veces no tens 3 pesos [US$ 1.01] para ir y venir [al centro de salud], y tens que volver a ir y venir"[102].Mariana Porcel, de treinta y un aos, dijo sobre el tener que ir al hospital para conseguir anticonceptivos: "Ests perdiendo toda la maana de trabajo, tens que esperar veinte turnos.Y si vos no vas [a trabajar] todo el da, no tens para darles para comer a los nios"[103].Las mujeres que usan anticonceptivos hormonales de ciclo mensual deben repetir la experiencia de ir al hospital pblico todos los meses: "Todos los meses tens que ir a retirar [las pastillas] Te dan un carnet y cuando vos retirs las pastillas, te lo marcan", explic Romina Casillas[104].

El Comit de Derechos Econmicos, Sociales y Culturales de la ONU ha abordado el tema de las restricciones econmicas en su declaracin interpretativa del derecho a la salud, indicando que "los establecimientos, bienes y servicios de salud debern estar al alcance de todos [y que][l]a equidad exige que sobre los hogares ms pobres no recaiga una carga desproporcionada, en lo que se refiere a los gastos de salud, en comparacin con los hogares ms ricos"[105].

La mayora de las mujeres entrevistadas por Human Rights Watch sentan que no estaban en condiciones de tener ms hijos sin comprometer el bienestar de su familia, sin embargo, tampoco estaban en condiciones de adquirir anticonceptivos. El hecho de que las restricciones econmicas jueguen un rol importante en las decisiones de las mujeres entrevistadas respecto al nmero de hijos a tener, por supuesto, no es exclusivo de Argentina, ni es exclusivo de los llamados pases en vas de desarrollo. Sin embargo las restricciones econmicas a una maternidad voluntaria imponen una fuerte carga sobre mujeres a las que al mismo tiempo se les niega el derecho a elegir libremente el uso y mtodo anticonceptivo y el acceso, de ser necesario, a un aborto seguro.

Jazmn Castaa, una mujer de veinticuatro aos y madre de tres, explic a Human Rights Watch cmo sus decisiones sobre si y cuando tener hijos estaban restringidas por consideraciones econmicas.Castaa qued embarazada por primera vez a los diecisiete aos, sin haberlo planeado, y decidi continuar con su embarazo "porque no estoy de acuerdo con el aborto".Sin embargo, a pesar de su rechazo personal al aborto, ella saba que no podra mantener otro hijo en sus actuales condiciones econmicas, si su mtodo anticonceptivo fallara:

Despus del ltimo [tercero], no quiero tener ms [nios]. Ahora trabajo en el Plan Jefe de Hogar por 150 pesos al mes [US$ 50.14][106]. [Mi esposo] tiene un trabajo de taxista que es pan para hoy y no para maana. As como yo estoy, no hay [dinero] para tener otro.Pienso que si tengo que hacerlo [tener un aborto], me duele el alma y que Dios me perdone, pero no s si no lo hara.Y yo te digo que soy enemiga del aborto[107].

La ejecucin del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreacin Responsable es un primer paso esencial para lograr que los mtodos anticonceptivos sean accesibles a ms mujeres.Sin embargo, el gobierno debe asegurar una fiscalizacin ms efectiva para asegurar que los hospitales pblicos no cobren por los anticonceptivos y los servicios que deben otorgarse de forma gratuita.Asimismo, Human Rights Watch mantiene que el gobierno debe ayudar a las mujeres a superar los obstculos econmicos permitiendo la puesta en prctica del programa a travs de los centros de atencin primaria y no-como se hace actualmente-principalmente a travs de los hospitales.Los centros de atencin primaria son por lo general ms pequeos, ms numerosos y geogrficamente ms extendidos y por lo tanto ms accesibles a ms mujeres.

Si bien el gobierno planea extender el programa a centros de atencin primaria, en la prctica todava se concentra en los hospitales.Existen indicaciones que algunos funcionarios claves de salud pblica no ven este tema como prioritario.Ins Martnez, la coordinadora de la ejecucin del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreacin Responsable, dijo a Human Rights Watch: "No me preocupa que [el programa] est en los hospitales noms, porque la atencin primaria est un poco minimizada en la misma poblacin: prefieren ir al hospital y hacer cola que ir al centro de salud[108]".Las mujeres entrevistadas por Human Rights Watch declararon enfticamente que esto no era cierto en sus casos.Mariana Porcel de treinta y dos aos, dijo: "Que brinden las condiciones [para distribuir anticonceptivos y servicios en los dispensarios, ahora nos derivan a los hospitales[109]".Yanina Carlotto, de cuarenta y seis aos, indic: "La informacin es la base de todo, pero el acceso tambin.Ellos [el sistema de salud pblica] tienen que acercarse [a sus clientes][110]".

V. Ligadura tubaria voluntaria: Un estudio de caso sobre la denegacin de acceso a anticonceptivos

Un claro ejemplo de la inaccesibilidad a los anticonceptivos es el hecho de que a muchas mujeres en Argentina se les niega arbitrariamente una de las formas ms efectivas de anticoncepcin: la ligadura tubaria voluntaria (esterilizacin quirrgica femenina)[111].El derecho argentino limita el acceso a la ligadura tubaria a situaciones justificadas por una "indicacin teraputica[112]".Mientras las cortes y los expertos han interpretado esta clusula de distintas maneras, los mdicos y los funcionarios de salud pblica muchas veces citan esta disposicin legal restrictiva para justificar la denegacin del acceso a la ligadura tubaria voluntaria.Muchos hospitales pblicos han diseado e implementado procedimientos casi insuperables con los que las mujeres deben cumplir para poder obtener una ligadura tubaria, en violacin de las interpretaciones autorizadas de los derechos de las mujeres a la salud, a la privacidad, a la no discriminacin, y a decidir sobre el nmero de hijos y el intervalo entre los nacimientos.A veinte de las cuarenta y tres mujeres que entrevist Human Rights Watch se les neg acceso a la ligadura tubaria voluntaria cuando la pidieron por primera vez, y de stas, catorce no haban podido obtener una ligadura a pesar de sus intentos repetidos.Una mujer, a la que al principio le denegaron la operacin, se la permitieron ms tarde por razones mdicas, y las ltimas cinco pudieron obtenerla slo tras un gran esfuerzo para encontrar un doctor "amigable" en el sistema de salud pblico, que estuviera dispuesto a efectuar la operacin como si fuera "un favor".

A la mayora de las mujeres con las que conversamos y que haban pedido una ligadura tubaria se les oblig a pasar por procedimientos discriminatorios y arbitrarios-incluyendo el requisito del consentimiento conyugal-como precondicin para acceder a este mtodo anticonceptivo a travs del sistema de salud pblica, mientras que a la mayora se les neg la operacin incluso cuando cumplan con todas las condiciones. Esta situacin somete la toma de decisiones de la mujer, en el rea ms ntima de sus vidas, a la autoridad masculina o a la intervencin mdica arbitraria.Por ello constituye una violacin del derecho de la mujer a la no discriminacin, a la privacidad y a la salud[113].

La ligadura tubaria y la ley

La sistemtica denegacin del acceso a la ligadura tubaria en el sistema de salud pblica se origina en el Rgimen Legal del Ejercicio de la Medicina, Odontologa, y Actividades Auxiliares (de aqu en adelante "ley sobre la profesin mdica") que se remonta a 1967, poca de oposicin poltica a todo mtodo anticonceptivo[114].La ley exige una "indicacin teraputica perfectamente determinada"[115] y el agotamiento de "todos los recursos conservadores de los rganos reproductores" para poder llevar a cabo legalmente una operacin que produzca esterilizacin[116].Adems, algunos expertos legales citan las disposiciones del Cdigo Penal que penalizan la violencia que causa dao permanente a un rgano del cuerpo como relevante a los procedimientos de esterilizacin[117].Estas leyes de por s son incompatibles con las obligaciones y compromisos de Argentina bajo los tratados internacionales de derechos humanos.

El Comit de Derechos Econmicos, Sociales y Culturales de la ONU ha aclarado que el derecho al ms alto nivel posible de salud-amparado por el Pacto Internacional de Derechos Econmicos, Sociales, y Culturales-establece obligaciones legales especficas para que el Estado se "abstenga de limitar el acceso a los anticonceptivos[118]".La ligadura tubaria o esterilizacin femenina voluntaria es aceptada ampliamente por la ciencia mdica y por las entidades internacionales de salud y de derechos humanos como un mtodo anticonceptivo o de control natal[119].De hecho, la OMS ha declarado que la ligadura tubaria es una de las formas anticonceptivas ms efectivas, y que es altamente apropiada cuando la mujer ha dado su consentimiento debidamente informado y cuando las condiciones mdicas lo permiten[120].En 1999, el Comit sobre la Eliminacin de Discriminacin contra la Mujer de la ONU (Comit de la CEDAW) esclareci su postura sobre esterilizacin en sus comentarios finales al informe peridico de Chile: "El Comit est preocupado porque es necesario [bajo el derecho chileno] el consentimiento del marido para la esterilizacin y porque la mujer que desea ser esterilizada debe haber tenido ya cuatro hijos. El Comit considera que esas disposiciones violan los derechos humanos de todas las mujeres[121]".

Funcionarios de gobierno en Argentina confirmaron que trabajadores de salud pblica niegan el acceso a la ligadura tubaria a las mujeres no por razones fsicas ni restricciones econmicas, sino porque la ley no reconoce a la ligadura tubaria como un mtodo vlido de control de la fertilidad."La ley no contempla la ligadura y la vasectoma por no ser mtodos aprobados por el ANMAT [Administracin Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnologa Mdica]", explic Ins Martnez, quien es responsable de la coordinacin del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreacin Responsable. "La ley no lo permite, no lo toma como mtodo de anticoncepcin[122]".

Para adecuarse plenamente a los estndares internacionales de derechos humanos, la ley sobre la profesin mdica debe ser enmendada para permitir el acceso a la esterilizacin segura y voluntaria cuando existe consentimiento informado.El Programa Nacional de Salud Sexual y Procreacin Responsable debe incluir la ligadura tubaria voluntaria y la vasectoma dentro de la gama de mtodos anticonceptivos ofrecidos, dado el consentimiento informado y positivo de la persona involucrada. El Comit de Derechos Humanos de la ONU lleg a la siguiente conclusin en el 2000, cuando seal con respecto a Argentina que "[l]as mujeres deben poder recurrir a los mtodos de planificacin familiar y al procedimiento de esterilizacin[123]".

Human Rights Watch entrevist a mujeres en tres provincias-Tucumn, Santa Fe, y Buenos Aires-a quienes se les neg el procedimiento de ligadura tubaria, generalmente porque funcionarios de salud les dijeron que era ilegal o no permitido bajo los procedimientos locales del hospital.Al mismo tiempo, es importante notar que no todos los hospitales pblicos niegan el acceso a este tipo de anticoncepcin, y que algunas provincias han aprobado legislacin que intenta superar las deficiencias de la ley nacional.Sin embargo, incluso en los casos en que la ley provincial o municipal facilita los procedimientos de esterilizacin voluntaria, algunos trabajadores de salud siguen temiendo potenciales consecuencias legales.Por ejemplo, dos semanas despus de que una ley de la provincia de Santa Fe autorizara las esterilizaciones voluntarias en la provincia, Elda Cerrano, funcionaria municipal a cargo de la ejecucin del programa de salud reproductiva en Rosario, provincia de Santa Fe, dijo a Human Rights Watch: "El asunto de la ligadura tubaria es un grave problema y lo sigue siendo a pesar de la ley. [La ley de ejercicio profesional], tienen que cambiarla . Cmo le exijo yo a mi gente que hagan eso si corren el riesgo de que les deshabiliten? Hasta ahora era totalmente prohibido.No est escrito en ningn cdigo cmo proceder[124]".

Decisiones de la mujer sujetas a la autoridad masculina

Los criterios para que una mujer pueda acceder a la ligadura tubaria varan de un hospital a otro, pero un denominador comn mencionado por la mayora de las mujeres entrevistadas es el requisito del consentimiento conyugal."Tens que tener un permiso del marido" dijo Valentina Rodrguez, de veintids aos[125].Micaela Mrquez, de veintiocho aos, as como diez otras mujeres entrevistadas por Human Rights Watch en tres provincias entregaron testimonios similares: "En mi caso, yo pregunt y me dicen que tens que tener una cierta edad, y tens que tener autorizacin del marido[126]"

El requisito de la autorizacin del cnyuge para el acceso a la ligadura tubaria atenta contra los compromisos adquiridos por Argentina mediante el CEDAW[127] y el Pacto Internacional sobre Derechos Civiles y Polticos[128], ambos incorporados a la Constitucin Argentina de 1994[129].El Comit de la CEDAW ha aclarado que: "[l]a decisin de tener hijos, si bien de preferencia debe adoptarse en consulta con el cnyuge o el compaero, no debe, sin embargo, estar limitada por el cnyuge, el padre, el compaero o el gobierno[130]". El Comit de Derechos Humano ha indicado que se viola el derecho a la privacidad, protegido por el artculo 17 del PIDCP "cuando se exige que el marido d su autorizacin para tomar una decisin respecto de la esterilizacin, [y] cuando se imponen requisitos generales para la esterilizacin de la mujer, como tener cierto nmero de hijos o cierta edad[131]".

Cuando un hospital demanda la autorizacin conyugal para entregar algn tipo de servicio de planificacin familiar, la mujer soltera a la que se le niegan estos servicios porque no est en capacidad de conseguir un consentimiento conyugal sufre adicionalmente de discriminacin basada en su estado civil.Este fue el caso de Romina Parma, quien intent obtener una ligadura tubaria en reiteradas ocasiones, tanto antes como despus de la separacin de su marido, quien la abusaba fsica y sexualmente. Ella nos dijo: "[Para atarme las trompas] tengo que estar casada, tengo que tener autorizacin de mi marido.Pero si vos no ests debidamente casada te lo niegan y te lo niegan." Parma tuvo once hijos y trece embarazos.Un doctor de un hospital pblico de Buenos Aires se neg a realizar el procedimiento por la falta de autorizacin conyugal, a pesar de las violaciones semanales y a veces diarias que sufra de parte de su conviviente y a pesar de los efectos adversos que otros mtodos anticonceptivos tenan sobre su salud: "El DIU me produjo hemorragias grandes". Parma decidi finalmente irse a vivir sola, porque senta que sta era la nica manera de no tener ms hijos. "Hace seis aos que me separ," dijo Parma "y no tengo marido para no tener hijos". Ella entiende que lo que le ocurri es una gran injusticia: "Es ilegal que te aten las trompas. Pero yo te pregunto: si tens diez hijos y treinta aos, por lo menos tens para quince hijos ms. Es justo eso? De repente es ilegal, pero si se pudiera firmar un consentimiento, porque es mi vida. No la vida del futuro hijo, pero mi vida, fsica y mental[132]".

Decisiones de la mujer sujetas a veto mdico arbitrario

La falta de una reglamentacin nacional para interpretar la ley sobre la profesin mdica repercute en una prctica arbitraria e inconsistente de la ley que muchas veces da ms peso a las opiniones morales de mdicos y funcionarios de salud que a las decisiones de las mismas mujeres en el mbito reproductivo.Algunos hospitales locales desarrollan procedimientos y establecen requisitos engorrosos y en algunos casos ciertos doctores deniegan el acceso a la ligadura tubaria, an si las mujeres cumplen con todos los criterios especificados.

Muchos hospitales pblicos requieren que la mujer obtenga un permiso previo del servicio social, de planificacin familiar, del comit tico del hospital, del asesor legal del hospital o de cualquier combinacin de stos.

Las mujeres que Human Rights Watch entrevist y que solicitaron la ligadura tubaria, generalmente lo hicieron dentro del contexto de una cesrea y crean que la operacin slo se poda realizar si la cesrea estaba previamente programada. Una mujer pregunt a su doctor en un hospital pblico de Buenos Aires si poda someterse a la ligadura tubaria si no estaba embarazada y la respuesta fue que no poda[133].De hecho, en muchos pases el perodo tpico en el que se practica este procedimiento, es el post parto inmediato debido a la mayor conveniencia, menor costo, facilidad para realizar la ciruga y uso ms eficiente de los recursos de salud cuando la ciruga se practica en este momento en vez de en cualquier otro perodo.Cuando la ciruga se practica al mismo tiempo que la cesrea, estas ventajas se duplican[134].

Romina Redondo, de treinta y dos aos, estaba embarazada de su dcimo hijo cuando Human Rights Watch habl con ella.Nos explic que cuando qued embarazada con el octavo hijo, haba cumplido con todo lo requerido para obtener la ligadura tubaria en el hospital pblico "Dr. Jos Mara Cullen" en la ciudad de Santa Fe.A ltima hora, su doctor le deneg la operacin de todas maneras:

Cuando qued embarazada con el octavo hice todos los trmites para tener una ligadura. Un abogado saca el consentimiento del marido. Cuando fui para internarme traje los papeles, pero el mdico dijo que entre que me prepararan para la cesrea[135] podran hacer tres partos ms.Era cuestin de perder el tiempo. Yo insista e insista y me dijeron que tena que volver a planificacin familiar a colocarme el DIU. Pero no quera yo el DIU[136].

Tras un embarazo no planificado mientras usaba anticonceptivos hormonales, un parto y otro embarazo no planificado, Redondo estaba intentando reunir todos los papeles para conseguir acceso a la ligadura tubaria en otro hospital pblico, el "J.B. Iturraspe", cuando conversamos con ella en septiembre del 2004.Ella describi un procedimiento engorroso cuyo resultado final-sin importar las consultas y el papeleo sin fin-dependa de su capacidad de convencer al doctor que le realizara la operacin:

Ahora hice los trmites en otro hospital.Tengo que ir otra vez para que me den los papeles. La asistenta social me dijo que tengo que insistir e insistir porque hay mdicos que no quieren hacerlo. Al empezar fuimos a hablar con el director [del hospital] despus mi marido tena que firmar, y la tena que llevar [la firma] al abogado. Luego por planificacin familiar.Sacs turno en la madrugada para turno ese mismo da. Habl con el jefe [de planificacin familiar], me dio un papelito para ir a la asistenta social. Nos juntamos un grupo de mujeres [que queremos ligarnos las trompas], y nos dijo de negociar con los mdicos, y nos dio turno para el gineclogo.Me hizo preguntas y te dan un papelito para que firme el marido y dos testigos.Ahora me falta pedir el papel de consentimiento de que pueda hacerlo, de all tengo que sacar turno para que me pongan en mis papeles que pueden hacerme la ligadura[137].

Marianella Casillas, de treinta y siete aos y madre de seis, explic a Human Rights Watch que tambin se le deneg el acceso a la ligadura tubaria en el hospital pblico local Dr. Jos Mara Cullen de Santa Fe durante su sexto embarazo, en contra de la recomendacin de su gineclogo: "Ahora no puedo quedar ms embarazada porque tengo hipertensin. Tambin las pastillas me hacen mucha tensin alta. El DIU me lo rechaz el organismo, y despus no hay ningn mtodo. Yo quiero hacerme ligar las trompas. La ginecloga me lo recet directamente, que lo hicieran al mismo tiempo [cuando di a luz].Pero no lo hicieron[138]".

Varias mujeres dijeron a Human Rights Watch que los doctores trataban de reinterpretar sus deseos expresos, denegndoles el acceso a la ligadura tubaria argumentando que las mujeres podran cambiar de opinin en el futuro. "Dicen que si lo haces muy joven puedes cambiar la opinin y tienen que revertirlo.Es como que estn a favor de que tengs ms hijos", not Yanina Carlotto, de cuarenta y seis aos[139].De acuerdo a la Organizacin Mundial de la Salud (OMS), aproximadamente el 20 por ciento de las mujeres que se esterilizan a una edad temprana lamentan la decisin posteriormente[140].Sin embargo, la OMS no recomienda la postergacin de la ligadura tubaria en mujeres jvenes que estn mdicamente aptas, mientras s advierte que todas las mujeres deben ser adecuadamente orientadas sobre el carcter irreversible de la esterilizacin y sobre la existencia de mtodos anticonceptivos alternativos[141].

Ms bien, Human Rights Watch entrevist a mujeres que enfrentaron preguntas respecto a potenciales futuros maridos o parejas a una edad reproductiva bastante avanzada. "El doctor me pregunt si no me iba a separar y juntarme otra vez [con otro]," recuerda Marina Padilla, de cuarenta y un aos, quien tena treinta y nueve cuando solicit la ligadura tubaria durante su sptimo mes de embarazo en el hospital pblico "J.B. Iturraspe" de la ciudad de Santa Fe[142].Marcela Espinosa, de treinta y dos aos, reflej el sentimiento de muchas de las entrevistadas por Human Rights Watch cuando dijo: "Si yo no quiero tener ms [hijos], y si yo pido [la ligadura], nadie me puede decir: 'que pasa si tens otro marido'[143]".

En algunos casos, las mujeres que entrevistamos lograron convencer a un mdico del sistema de salud pblica para que les permitiera el acceso a la ligadura tubaria como un "favor" personal.Andrea Gonzlez, de cuarenta y seis, haba solicitado la ligadura tubaria despus del nacimiento de su tercer hijo, pero el doctor le deneg la operacin en el hospital pblico "Maternidad Nuestra Seora de las Mercedes de San Miguel de Tucumn".Tras el nacimiento de su sptimo hijo, otro doctor le dijo a Gonzlez que "la ayudara". "Se puso los guantes, no me dijo nada.Supongo que hizo algo Despus no me embarac ms", Gonzlez record[144].No obstante la respuesta positiva a los ruegos de Gonzlez, persiste el hecho de que no se le permiti tomar decisiones independientes respecto a su propia salud reproductiva.

El dinero supera la necesidad mdica: Acceso disponible en clnicas privadas

Aunque la ley de la profesin mdica se aplica tanto a la prctica privada como pblica de la medicina, su prctica aparentemente tiene mayor fuerza en el sector pblico que en el privado.Un asistente legal de la provincia de Santa Fe explic: "Aqu se tienen dos opciones. Si vos tens la plata, te vas al instituto privado y el mismo mdico que lo hace all [la ligadura tubaria] es el que te lo est negando en lo pblico En realidad se permite una situacin discriminatoria[145]".

Marisa Rossi, de treinta y seis aos, quien trabaj como enfermera en sistema de salud privado durante aos, confirm que las mujeres tenan acceso a la ligadura tubaria si lo deseaban y si podan pagar por ella:

Si vos quers, te lo hacen.Vos decids.Porque en lo privado vos decids lo que quers hacer. Ponen una patologa que no existe [en tus papeles, para no poner ligadura tubaria].Y ms si tens muchos hijos, all te lo ofrecen, dicen: 'Dejte de joder.' Si vos tens para pagar, te hacen lo que vos quers[146].

El hecho de que existe discriminacin econmica de facto no pas desapercibido para las mujeres que solicitaron y se les neg la ligadura tubaria.A Laura Passaglia, una mujer de treinta y dos aos que haba tenido nueve embarazos, una corte de la provincia de Buenos Aires le deneg el acceso a la ligadura tubaria en el 2004[147].Ella dijo: "Con plata s [puedes obtener una ligadura tubaria], pero los que no tenemos? Tengo vecinos que ni siquiera tienen para calzarse[148]".Nora Casas, de treinta y cuatro aos, reiter este malestar: "Si vos tens plata te lo hace el mdico. Mientras tienes el dinero te lo hace a cualquier edad"[149].

De hecho, muchas de las mujeres entrevistadas citaron precisamente las dificultades financieras como la principal razn para querer hacerse la operacin. "Me gustara hacerlo porque ya tengo cuarenta aos, tengo siete hijos y la situacin econmica no da", dijo Marina Padilla. "Le dije al doctor: 'La situacin est cada vez peor, le acaban de despedir a mi marido.Cada vez se pone ms difcil. Adems ya son muchos [mis hijos]'[150]".

El requisito de la autorizacin judicial

La ley argentina no exige especficamente que se tenga autorizacin judicial para la ligadura tubaria.Sin embargo, muchos mdicos, funcionarios de gobierno, representantes de ONGs y mujeres individuales crean que ste es un requisito legal o de facto, o vean las disposiciones legales como suficientemente ambiguas como para obligar la autorizacin jurdica para evitar una accin legal en contra suya."[N]adie ha hecho una ligadura de trompas sin pedir autorizacin del juez", indic Ins Martnez, responsable de coordinacin del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreacin Responsable[151]."Algunos [mdicos] que lo haran tienen miedo de ir presos", explic Paola Bergallo, profesora universitaria con experiencia en derecho de salud reproductiva[152].A pesar de ello, Human Rights Watch no supo de ningn mdico que haya perdido su licencia o haya cumplido pena de prisin por realizar una ligadura tubaria.

Si bien Human Rights Watch entrevist a mujeres que obtuvieron la ligadura tubaria sin autorizacin judicial, tambin nos encontramos con mujeres que haban recurrido a una corte para conseguir una autorizacin judicial para su operacin.Algunas de ellas vieron su peticin denegada o dieron a luz antes de que su recurso sea considerado o apelado.

Gisela Oporto, de treinta y siete aos, cont a Human Rights Watch que solicit una autorizacin judicial para la ligadura tubaria luego de que durante su ltimo embarazo sufriera graves problemas de salud, pero dio a luz antes de que su caso fuera resuelto. Consecuentemente, ella no se realiz la operacin.

Oporto comenz a sufrir de hipertensin durante su primer embarazo no planificado y sus mdicos del hospital pblico Gobernador Domingo Mercante de la provincia de Buenos Aires le recomendaron no tomar pldoras anticonceptivas: "[Los mdicos] no me queran dar pastillas.Dicen que tengo que usar preservativas pero mi marido dice que no siento nada".Oporto termin con dos embarazos no planificados ms y luego comenz a usar pldoras anticonceptivas para evitar otro embarazo que pusiera en riesgo su salud:

Cuando estuve embarazada con la tercera, me agarr un estado depresivo fuerte. Estuve muy mal, casi muero con el ltimo embarazo. Empec a devolver y a sangrar la herida [de las cesreas anteriores] y no poda respirar. Despus de que la tuve, la doctora me dio pastillas pero me alteraban los nervios. Menstruaba tres o cuatro veces al mes[153].

Oporto decidi no tomar ms pastillas anticonceptivas.Despus de seis aos, Oporto volvi a quedar embarazada, nuevamente sin planificacin.

Supuestamente [el parto] tena que ser cesrea,[154] as que decid tener la ligadura. Estuvimos averiguando.Tens que tener plata.En la clnica privada te lo hacen, depende, entre 600 y 800 pesos [US$ 202-269.36], ms los das que ests, [suma] hasta 2,500 pesos [US$ 841.75]. ... Averig tambin en el hospital pblico. La mdica dijo que sin autorizacin del juez no lo hara.

Con la ayuda de una ONG local, Oporto decidi solicitar la autorizacin judicial.Nos relat su experiencia con la corte:

La doctora, ella me dio una orden de que corra riesgo mi vida [con otro embarazo] y supuestamente la vida del beb. Otro mdico dijo lo mismo.... [Desde la corte] pidieron las partidas de nacimiento de los hijos y un anlisis psicolgico ... [y] un resumen de la historia clnica. ... Se lo peda a la asistenta social. El juez deneg el pedido, y ya estaba el beb por nacer. Se adelant el parto y tenamos que apelar a la Corte Suprema [de la Provincia.] Ya no podan hacer [la ligadura] porque ya naci.

La corte dictamin que no exista ninguna razn "seria" que ameritara que Oporto se sometiera a la ligadura tubaria y adems dej constancia de que ella no pudo probar que le es imposible usar otro mtodo de anticoncepcin que no requiera la esterilizacin[155].Sin embargo, ni la corte ni los mdicos del hospital pblico especificaron cules podran ser los otros mtodos: "Nadie del hospital me dio ninguna informacin sobre anticoncepcin. Si voy a la ginecloga y le pido pastillas o inyeccin, me dice que no puede [drmelos] por la presin alta.Y por el DIU [dispositivo intrauterino], como soy gorda tienen miedo de que se salga el DIU".Oporto concluy: "Tienen que hacerlo ms fcil para las mujeres que deciden hacerse la ligadura, sobre todo cuando corre riesgo su vida[156]".

Laura Passaglia, de treinta y dos aos, tuvo una experiencia similar, tambin en la provincia de Buenos Aires.Cuando Human Rights Watch entrevist a Passaglia, ella haba tenido nueve embarazos, incluyendo dos abortos naturales y un hijo prematuro que muri al poco tiempo de nacer.Ella intent obtener la ligadura tubaria por primera vez cuando sufri una profunda depresin a raz de la muerte de ese hijo: "El cuarto fue el bebito que falleci. Estaba en una etapa que no quera nada, ni los que tena, ni los que iban a venir. Preguntaba por all por ligadura.Decan que no, que no haba ley.Que con plata s, pero tena que sacarle la comida de mis hijos para tener los 1,000-2,000 pesos [US$ 336.70-673.40] que necesitaba [para la ligadura]".Despus de varios embarazos posteriores, Passaglia consult nuevamente con su doctor en el hospital pblico Larcade de la provincia de Buenos Aires sobre la posibilidad de obtener la ligadura tubaria :

All yo hablaba con la mdica, me dijo que no, que no haba ley [que permite la ligadura]. Dije que ahora voy a morir pero me lo voy a hacer porque adems me pareca que era decisin ma. En el hospital me ponan todas las trabas. El jefe del hospital me dijo que era lo mismo que hacerse un aborto.Estaba embarazada de cuatro meses entonces[157].

Passaglia solicit la autorizacin judicial.Ella inform a Human Rights Watch que el hospital pblico segua poniendo trabas para impedir que ella cumpliera con los requisitos de la corte:

Necesitaba el resumen de la historia clnica. Me daban dos o tres pginas [de la historia].Me hicieron pagar, pero no me lo dieron [todo]. Me cobraron 10 pesos [US$ 3.37] y tuve que esperar un mes para que me lo den.No pods acceder a tu historia clnica as noms. El perito dijo que tener muchos hijos no es un riesgo de salud ni nada.[Pero] era de tener contracciones todo el embarazo, y no tengo ayuda en casa, tena que salir adelante[158].

La corte que revis el caso de Passaglia admiti que la evidencia presentada demostraba que ella sufra de hipertensin y reiteradas infecciones urinarias, que los medicamentos que reciba no le ayudaban y que tena una orden mdica de limitar su esfuerzo fsico y de no caminar demasiado y que no poda cumplir con esta recomendacin debido a sus otros hijos.Pese a ello, la corte deneg la ligadura tubaria solicitada por Passaglia, basndose en el testimonio de un experto seleccionado por la corte, quien indic que "no surge la finalidad teraputica" para realizar la operacin, pese a considerar que los problemas de salud relativos a los embarazos de Passaglia eran lo suficientemente serios como para recomendarle que busque ayuda mdica[159].

No todas las mujeres que han solicitado autorizaciones judiciales han visto sus peticiones denegadas.Algunas cortes han solicitado a los hospitales que ejecuten la operacin requerida[160].Sin embargo, persiste el hecho de que el derecho al acceso a la ligadura tubaria voluntaria-mtodo anticonceptivo efectivo y seguro-depende de los cnyuges, los abogados, los doctores, los asistentes sociales y la situacin econmica personal.

VI. Obstculos al derecho a decidir en asuntos relacionados con el aborto

Cada ao en Argentina se realizan un estimado medio milln de abortos ilegales y por lo tanto generalmente inseguros, lo que constituye ms del 40 por ciento de todos los embarazos[161].Algunos funcionarios pblicos contaron a Human Rights Watch que, en el sistema de salud pblica en sus provincias, aproximadamente por cada mujer dando a luz, otra es hospitalizada por complicaciones de salud relacionadas con el aborto ilegal e inseguro[162]. Las consecuencias de los abortos inseguros son y han sido durante varias dcadas la principal causa de mortalidad materna[163].La proporcin extraordinariamente alta de embarazos que terminan en aborto evidencia la falta de acceso, por parte de las mujeres, a la informacin y a servicios de planificacin familiar efectivos.Este captulo documentar las consecuencias personales trgicas de las restricciones de Argentina de los derechos de las mujeres en esta rea.

El Cdigo Penal argentino indica que el aborto es ilegal en cualquier circunstancia, aunque se suspende su penalizacin cuando la vida o la salud de la mujer embarazada corren peligro y cuando el embarazo es fruto de una violacin de una mujer mentalmente discapacitada.En la prctica, estos abortos "no punibles" se realizan muy infrecuentemente ya que no existe una poltica clara regulando su acceso.

La penalizacin del aborto lleva a las mujeres a medidas desesperadas, como por ejemplo el intentar abortar con agujas de tejer, con sondas, con tallos de perejil, o ingiriendo medicamentos abortivos sin asistencia mdica adecuada.La penalizacin tambin les permite a las "clnicas" de aborto clandestinas funcionar con poco respeto por la salud y vida de las mujeres.Cuando una mujer llega al hospital pblico sufriendo de hemorragias, infecciones o lesiones que ponen en peligro su vida, causadas por un aborto inseguro, los funcionarios de salud pblica a veces la menosprecian o le deniegan el tratamiento debido.Los mdicos que llevan a cabo el curetaje post-aborto (legrado uterino)-un procedimiento altamente doloroso, donde el mdico raspa la pared del tero-a veces lo hacen sin administrar anestesia.Por miedo a ser procesadas legalmente, las mujeres evitan el cuidado necesario post-aborto, lo cual puede acarrear consecuencias perjudiciales para su salud.Algunas mujeres que han abortado son condenadas a prisin, en un ataque adicional a sus derechos humanos.

Incumplimiento de la ley

Lo que se ha hecho con el debate es demonizar el aborto, eso es lo que ha pasado. [Dicen] que es una postura de las feministas, de los comunistas, de los radicales.Han cerrado la posibilidad de discutirlo seriamente hasta el punto que hasta lo que el cdigo permite [en trminos de aborto] se desconoce.Es como si todo fuera penalizado.
-Jefa de Salud Materno-Infantil del Ministerio de Bienestar Social de Jujuy[164]

El Cdigo Penal argentino indica que el aborto es ilegal en cualquier circunstancia, aunque se suspende su penalizacin en dos circunstancias: 1) cuando el mdico decide que la vida o la salud[165] de la mujer embarazada estn en peligro y no puede ser salvada por ningn otro mtodo que no sea induciendo el aborto; y 2) cuando una mujer mentalmente discapacitada resulta embarazada como producto de una violacin y su representante legal autoriza el aborto[166].Sin embargo, no existe una reglamentacin nacional que garantice el acceso de las mujeres a este tipo de abortos no punibles. De hecho, algunos funcionarios de gobiernos provinciales entrevistados por Human Rights Watch no estaban al tanto de que existiesen excepciones en la ley[167].

La confusin y el temor a las consecuencias legales del aborto impiden a las mujeres acceder a su derecho: un aborto no punible cuando su salud o su vida corren peligro, o cuando el embarazo es producto de la violacin de una mujer mentalmente discapacitada."Hay mucho miedo", dijo Juliana Weisburd, coordinadora del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreacin Responsable del Ministerio de Salud de la provincia de Santa Fe. Weisburd indic que si bien el Cdigo Penal no exige una autorizacin judicial para un aborto, la autorizacin judicial se ha convertido en un requisito de facto porque la mayora de los mdicos no llevara a cabo el procedimiento sin la autorizacin de un juez[168].

Walter Barbato, experto en salud reproductiva con aos de experiencia en el sector de salud pblica, declar a Human Rights Watch que para las mujeres es muy difcil el acceso al aborto no punible: "Prcticamente no hay posibilidad, por lo que sale en el Cdigo [Penal] que no te deja una posibilidad, y porque [los mdicos] tienen miedo de sanciones[169]".

Otro experto en salud reproductiva, jefe de la unidad de maternidad en un hospital pblico, dijo a Human Rights Watch que l no crea que las autorizaciones judiciales fueran necesarias para llevar a cabo un aborto y por lo tanto nunca intento obtenerlas.No obstante, l generalmente consultaba a un juez de manera privada para conseguir una autorizacin informal, ms para su tranquilidad que por considerarlo un requisito legal[170]. De cualquier forma, se impone un nivel adicional y arbitrario de aprobacin para el acceso de las mujeres al aborto.

En el 2000, el Comit de Derechos Humanos de la ONU manifest su preocupacin por las leyes que restringen el aborto en Argentina: "preocupa al Comit que la penalizacin del aborto disuada a los mdicos de aplicar este procedimiento sin mandato judicial incluso cuando la ley se lo permite, por ejemplo, cuando existe un claro riesgo para la salud de la madre o cuando el embarazo resulta de la violacin de una mujer con discapacidad mental".El Comit procedi a recomendar a la Argentina que elimine todos los obstculos al aborto cuando ste no est penalizado por la ley[171].

Abortos ilegales y poco seguros

Volv a quedar embarazada. De todas las formas lo quera sacar. Hasta llegu a tomar pastillas de rata. Lo esconda [de mi marido] porque l quera ms hijos. Tres meses seguidos tom las pastillas, siempre en la misma fecha, y siempre en la fecha de mi menstruacin me hicieron sangrar.Hice todo lo posible para levantar cosas pesadas. Intentaba con la hojita de perejil, hice que mi hijo me andara encima de la panza [pero no perd el embarazo].Es el embarazo ms feo que he vivido, porque adems estaba muy sola porque no poda contarle a mi marido nada de eso.All s que me dio toda la culpa. Crea que era un castigo de Dios.
-Julia Reina, treinta y cuatro aos[172]

Como consecuencia directa de la penalizacin del aborto, las mujeres tienen un acceso extremadamente limitado a abortos seguros, lo que a veces tiene consecuencias funestas para su salud y sus vidas[173].Las consecuencias del aborto inseguro han constituido la mayor causa de mortalidad materna en Argentina por mucho tiempo, responsables de 30 por ciento de las muertes[174]."En veinte aos no ha habido progreso. Siempre desde que se lleva estadstica en el pas [sobre mortalidad materna], la mayor causa de mortalidad materna es el aborto", dijo Elida Marconi, directora de la oficina pblica de informacin y estadsticas de salud, durante una reunin de profesionales de la salud reproductiva en septiembre de 2004[175].

Human Rights Watch entrevist a mujeres que se sometieron a abortos en circunstancias precarias e ilegales en perjuicio de su salud. "La misma desesperacin te agarra", dijo Paola Mndez, una mujer de treinta y seis aos que qued embarazada del primero de sus diez hijos a los diecisiete aos. "Buscs un montn de vueltas, pastillas, lo que fuera.Pero si no hay salida, agarrs un cuchillo o una aguja de tejer[176]".

Como ocurre con el acceso a los anticonceptivos, la calidad y por lo tanto las consecuencias para la salud de los abortos ilegales dependen de la condicin econmica de la mujer.Esta situacin no es exclusiva de Argentina.La Organizacin Mundial de la Salud ha advertido que, en especial, las mujeres pobres y las que viven en lugares aislados corren un muy alto riesgo de pasar por abortos practicados por personas no calificadas si los servicios de aborto estn legalmente restringidos[177].El Comit de Derechos Humanos de la ONU ha expresado su preocupacin con respecto a esta situacin en Argentina, indicando su "inquietud ante los aspectos discriminatorios de las leyes y polticas vigentes, que da como resultado que un recurso desproporcionado de las mujeres pobres y de las que habitan en zonas rurales a un aborto ilegal y arriesgado[178]".A pesar de que los servicios en las clnicas de aborto clandestinas ms caras son relativamente ms seguros, la naturaleza ilegal de estas clnicas hace que su funcionamiento est al margen de toda reglamentacin y fiscalizacin por parte del gobierno.La regulacin y fiscalizacin son esenciales para proteger la salud y vida de las mujeres.

Mtodos comunes para inducir el aborto en Argentina

Algunas de las mujeres entrevistadas por Human Rights Watch crean que podan generar un aborto tomando infusiones o jugos especficos, especialmente infusiones de papa o perejil.Julia Reina record: "Qued embarazada e hice todo lo humanamente posible para no tenerlos los primeros tres meses. Tom lquidos, jugo de papa, de perejil, de t.No me animaba a ir a un sitio [una clnica clandestina de aborto] y tampoco tena la plata[179]".

Otras mujeres contaron a Human Rights Watch que se introdujeron objetos extraos al cuello del tero, tales como sondas, tallos de perejil, agujas de tejer o pedazos de madera. "No te imagins lo que la gente puede llegar a meterse en el tero", dijo una trabajadora social de la provincia de Tucumn[180].Este hecho fue confirmado en entrevistas de Human Rights Watch a mdicos de hospitales pblicos[181].

La introduccin de objetos extraos al cuello del tero conlleva un elevado riesgo de infeccin si el objeto no est esterilizado.En trminos fisiolgicos, la introduccin de objetos en el cuello del tero puede, a veces, lograr romper la bolsa de lquido amnitico, lo que puede resultar en un aborto[182]. Sin embargo, los abortos auto inducidos son frecuentemente incompletos, lo que aumenta la necesidad de servicios post aborto de emergencia. Una gua para mdicos de mtodos de aborto indica:

El Mtodo de la Aguja de Tejer es un conocido mtodo callejero.Raras veces conduce a un aborto temprano, por lo que el procedimiento debe ser repetido reiteradamente, aumentando ampliamente la tasa de complicaciones.Las principales complicaciones son: infeccin, prdida de sangre (si se penetra la placenta), perforacin de la pared uterina eventualmente con dao al intestino resultando en peritonitis. La infeccin de [la bacteria] clostridio es particularmente peligrosa y mayoritariamente mortal[183].

Otro mtodo popular en Argentina es que la mujer se autoinduzca el aborto ingiriendo una o varias pastillas que contengas misoprostol[184], con o sin supervisin mdica.Este mtodo acarrea un menor riesgo de infeccin comparado al "mtodo de la aguja de tejer", aunque la relativa seguridad supone el acceso a servicios mdicos antes y despus de la ingesta de las pastillas[185].Algunos doctores entrevistados por Human Rights Watch dijeron haber recomendado misoprostol a mujeres de bajos ingresos que solicitaban abortos, considerando que la alternativa sera una sonda o una aguja de tejer[186].Un doctor declar a Human Rights Watch que l normalmente recomienda a mujeres con embarazos no deseados que usen misoprostol, para evitar que usen sondas. Independientemente de su opinin personal respecto al aborto, l crea que como doctor estaba obligado a decirles a las mujeres como evitar una infeccin mortal."No puedo evitar que aborte", dijo, "pero por lo menos le puedo decir lo que no debe hacer[187]".

Consecuencias para la salud

Ya sea inducido por objetos extraos o mediante la pldora, las consecuencias para la salud de los abortos ilegales e inseguros pueden ser funestas. Teresa Mariani, de veinticuatro aos experiment en carne propia estas consecuencias.Mariani fue violada reiteradamente por su marido, lo que concluy en cinco abortos y un embarazo completo y un nacimiento en el curso de cuatro aos.Ella pudo pagar un aborto asistido slo en una ocasin y recurri al misoprostol en las otras ocasiones.Ella dijo a Human Rights Watch:

La primera vez lo hice con pastillas, no s como no mor. La segunda vez me dio miedo y me fui a una clnica privada Las otras tres veces, con pastillas. [La primera vez] haba un tipo que venda las recetas, y me fui a comprar unas pastillas. Despus la nena me vino en 2000. Despus volv a abortar en el 2001, y en el 2003 dos veces en seguida y despus hace poco en 2004. Mi marido es violento sexual y no me deja cuidarme. [La primera vez] me vino mi menstruacin veinte das seguidos, primero normal, despus con glbulos grandes, despus se cort. Despus de un mes llega la hemorragia y vino un bolso de sangre. Fue un embarazo de dos meses. [La siguiente vez] junt 200 pesos [US$ 200][188] Las otras veces lo hice con pastillas. Termin internada en el hospital con el conteo de sangre muy bajo. Tambin este ao con pastillas y mal. Creo que [me quera embarazar] para atarme con un hijo ms y yo no quera[189].

Las consecuencias para la salud de un aborto ilegal pueden ser fsicas y mentales. Adems de las consecuencias fsicas de sus abortos, Marisa Rossi, de treinta y seis aos dijo a Human Rights Watch que la naturaleza clandestina e ilegal del procedimiento hizo ms difcil su recuperacin: "Adems de que uno queda re-mal [fsicamente], tena que tratar de perdonarle a mi pareja por dejarme sola, y perdonarme a mi misma. Adems sin ningn tipo de ayuda psicolgica. Te lo haces y te tens que olvidar[190]".Ana Snchez, de cuarenta y tres aos, haba contemplado hacerse un aborto tras su sexto embarazo no deseado, pero senta temor de las consecuencias que esto generara en su salud.Ella resalt la presin que sufren las mujeres que se realizan abortos ilegales a causa de la ilegalidad: "La mujer [que tiene un aborto] lo hace sola, porque de repente cuenta con el conocimiento de su compaero, pero con la sonda dentro igual tens que hacer la comida, tens que lavar la ropa[191]".

La peor consecuencia de los abortos ilegales es, por supuesto, la muerte.Este resultado es demasiado comn en Argentina.Yanina Carlotto acompa a una amiga a que tuviera un aborto ilegal en una clnica y su amiga muri mientras estaba anestesiada. Record: "Aborto, personalmente no lo viv, pero acompa a una chica que muri. Entr [en la clnica clandestina] y no sali jams. ... Dijeron que era un problema de anestesia. Muri all mismo. ... Dijeron que haba muerto de un ataque cardiaco. Yo slo fui a acompaarla y me qued afuera. Legalmente sali como que eso no fue nada[192]".

Estudios realizados en distintos pases han demostrado que las leyes de aborto restrictivas no reducen el nmero de abortos, sino que slo disminuyen su seguridad y aumentan la mortalidad materna.En Rumania, en 1966, el nmero de muertes relacionadas con el aborto aument drsticamente despus de que el gobierno cambiara una ley anterior relativamente liberal. Este nmero cay nuevamente en 1989 cuando el gobierno relaj las leyes anti aborto[193].En Guyana, donde se legaliz el aborto en 1995, las admisiones por complicaciones post aborto en el principal hospital de maternidad del pas disminuyeron en 41 por ciento en los seis meses posteriores a la entrada en vigor de la ley[194].

De hecho, las leyes de aborto restrictivas pueden terminar incrementando el nmero de abortos al denegar el acceso a la mujer a servicios de orientacin que pueden reducir la incidencia de los abortos.Un educador social de la provincia de Buenos Aires indic que son slo las clnicas de aborto clandestinas las que ganan con la penalizacin del aborto: "Aqu hay una [que conozco], llevan treinta aos hacindolo [abortos].Te cobran500 pesos [US$ 168.35]hasta tres meses. Despus hasta ocho meses, te cobran 1,000 pesos [US$ 336.70][195]".

Ausencia de responsabilidad mdica

Una consecuencia directa de las disposiciones del Cdigo Penal que prohben el aborto en Argentina es que no existen reglamentos ni lineamientos ticos que rijan el tratamiento de mujeres que pagan por abortos en clnicas ilegales.El resultado de esto es que mientras mdicos y parteras que practican abortos ilegales pueden ser condenados, y ocasionalmente lo son, de acuerdo a los artculos 85-87 del Cdigo Penal por inducir el aborto[196], estas mismas personas no tienen ninguna responsabilidad haca las mujeres si el procedimiento sale mal.La reglamentacin y la fiscalizacin, factores importantes para garantizar a las mujeres los derechos a la vida y al disfrute del nivel ms alto posible de salud, slo son posibles si el aborto es legal.

Las mujeres entrevistadas por Human Rights Watch dijeron que la falta de reglamentacin y la ausencia de responsabilidad mdica tuvieron consecuencias para su salud fsica y mental.Romina Parma, de cuarenta y dos aos, conviva con su pareja, quien la abusaba sexual y fsicamente, cuando qued embarazada por sexta vez.Parma consigui los servicios de un proveedor que le dio a elegir entre un aborto con o sin antibiticos-una opcin inconcebible si el aborto hubiera sido legal:

Quise hacerlo. Dijo que te tengo que revisar.Hundi la panza, y senta el feto as, era chiquitito.Me sent y me dijo: "Te cuesta 250 pesos sin antibiticos y 300 pesos con antibiticos [US$ 250 y US$ 300, respectivamente][197].

Parma dijo a Human Rights Watch que la ilegalidad y la naturaleza clandestina del procedimiento la llevaron a decidir no recurrir al aborto, por temor a las consecuencias para su salud.

La grave falta de reglamentacin y responsabilidad "mdica" fue un factor comn en las experiencias de la mayor parte de entrevistadas, incluso en aquellas que lograron pagar por un aborto en una clnica ms cara.Las mujeres que Human Rights Watch entrevist dijeron que no tenan a dnde ir cuando sufran complicaciones causadas por sus abortos, en una reflexin ms de las consecuencias negativas en la salud de la mujer que conlleva la naturaleza clandestina de este procedimiento mdico.Marisa Rossi, de treinta y seis aos, comparti con Human Rights Watch su propia experiencia y la de su hermana, que ella presenci de cerca:

Hice dos abortos seguidos con dos meses de embarazo.Lo decidi l [mi pareja], pero no se hizo cargo y yo me senta muy sola. ... No te hacen ningn estudio, si te va a salir bien o mal. [Por ejemplo, la "clnica" no realiz un chequeo mnimo de la presin sanguina u otra salvaguardia mdica generalmente aceptada antes de una operacin quirrgica] Te anestesian y hacen el legrado[198] directamente.... Despus tuve problemas con los [embarazos posteriores], creo que es por eso.Muchos problemas, sobre todo para retenerlos.Me cost mucho, nueve meses en la cama. Mi hermana fue para hacrselo ylo hacan sin anestesia. Yo estaba all, la escuch gritar. Despus mir como era. Hicieron un legrado bien hecho, pero sufri muchsimo. No pods ir a preguntar primero [cmo lo van a hacer][199].

Una educadora social de la provincia de Santa Fe que acompa a mujeres a sus abortos durante muchos aos dijo que la naturaleza ilegal del procedimiento tambin impide el desarrollo de cualquier relacin entre el doctor y la paciente, lo cual puede tener sus propias consecuencias adversas en la salud de la mujer.La trabajadora nos cont sobre una clnica a la que su organizacin de base acompaaba a las mujeres: "Nos metieron en una combi y salimos de [nombre de lugar retenido]. Era como una especie de pelcula de terror. El doctor no tena relacin alguna con las clientes. Era un carnicero, tal cual[200]".

Atencin post aborto inadecuada o inhumana

Una mujer [con la que trabajamos] llega al hospital en muy mal estado con un aborto que se haba infectado y con hemorragia.La empez a revisar un mdico, cuando la empieza a ver y se da cuenta, tir las herramientas al suelo.Dijo: "Eso es un aborto, morte."
-Trabajadora Social, provincia de Santa Fe[201]

Human Rights Watch entrevist a mujeres que no recurrieron a atencin postaborto necesaria, en perjuicio de su salud, por temor a que se las denuncie a la polica[202].Otras recibieron un cuidado inadecuado e incluso inhumano.Agustina Silveira, de cuarenta y seis aos explic: "Cuando [los mdicos] ven que se han hecho algo [para abortar], no les importa tanto. Las dejan con fiebre[203]".Cuando este informe estaba siendo finalizado, el gobierno haba comenzado la implementacin de reformas que, de ser efectivas, podran superar muchos de los abusos reseados en este rubro.

Una educadora social que trabaja en asuntos relacionados al acceso a los anticonceptivos en un vecindario de bajos ingresos de la provincia de Buenos Aires dijo a Human Rights Watch que el efecto disuasorio de la penalizacin del aborto puede ser, de hecho, mortal: "A lo que ms estn acostumbradas a recurrir ac es la sonda. Es lo ms arriesgado, porque agarran una infeccin y no recurren al hospital porque tienen miedo de ir presa. Algunas se mueren en la casa por no ir al mdico. Deberan poner un cartel en todos los hospitales que diga que una mujer que haya tenido un aborto puede ir al mdico [sin tener miedo de ir presa][204]".

En mayo de 2005, el Ministerio de Salud y Ambiente de la Nacin anunci la publicacin de una gua destinada a mejorar la atencin post-aborto en el sistema de salud pblica[205].

Atencin post aborto sin anestesia

Algunas mujeres que, superando su temor a un potencial enjuiciamiento, solicitaron atencin post aborto en Argentina fueron objeto de un trato inhumano o inadecuado, que incluy el ser sometidas a legrados sin anestesia. "Los mdicos mismos dicen que lo hacen [legrados post aborto] sin anestesia. Eso ya lo sabemos de los centros de salud", dijo a Human Rights Watch una directora de un hospital pblico que trabajaba como consultora para el Ministerio de Salud y Ambiente de la Nacin[206].Un estudio dirigido por una ONG sobre atencin mdica reproductiva en la provincia de Santa Fe, publicado en el 2003, confirm que algunos doctores realizan legrados post aborto-un procedimiento doloroso-sin anestesia[207].Una psicloga que trabaja de asistenta social en un hospital de la provincia de Tucumn dijo a Human Rights Watch que, en ese hospital, los doctores llevaban a cabo legrados sin anestesia como una forma de castigo informal hasta hace muy poco y que ella crea que seguiran hacindolo, si ella no se portara como guardin:

Es una victoria pequea ma haber logrado que ya no hagan los legrados sin anestesia. Me fui a la direccin y les dije que saba [que los mdicos no administran anestesia antes de los legrados].Se hacan los boludos, dijeron: 'No me digas!'Y no pas nada. ... Tena que amenazarles con la procuradura.... Ahora s que ponen anestesia.De repente una o dos de noche se me pasan[208].

En algunos casos, funcionarios de gobierno y doctores dijeron a Human Rights Watch que se les negaba la anestesia a las mujeres debido a la escasez de recursos. "No hacemos anestesia, porque no tenemos personal ni insumos", dijo Luis Robles, jefe del programa de maternidad del Ministerio de Salud de la provincia de Formosa[209].Stella Carrido, la coordinadora del programa materno-infantil de la provincia de Jujuy, cont a Human Rights Watch que ah tambin se reemplazaba a veces la anestesia por analgsicos ms baratos por falta de recursos: "Donde no hay anestesia, se pasa [un medicamento analgsico] por el suero[210]".Carrido seal que el uso de analgsicos no es tan efectivo como la anestesia.

Denegacin de Atencin Post Aborto

Anglica Grimau, de treinta y un aos, dijo a Human Rights Watch que ella haba sido testiga personalmente de la forma en que los doctores de un hospital pblico le negaron atencin mdica a una mujer que le haba dicho a ella que se estaba hospitalizando para recibir atencin post aborto: "La dejaron para la ltima. La seora toda manchada de sangre, pero slo la pusieron en la cama. No la atendieron[211]".Julia Reina tuvo una experiencia similar cuando fue hospitalizada debido a un aborto autoinducido incompleto.Reina presenci el momento en que una enfermera le dijo a otra mujer: "Te gust matar a tu hijo, aqu vas a ver cmo vas a sufrir".Reina agreg: "Yo tuve suerte. Les dije que haba venido desde Buenos Aires en tren y crean que [mi condicin se deba a] una interrupcin natural del embarazo[212]".

Varios rganos de tratados de la ONU han manifestado explcitamente su preocupacin por las consecuencias para la salud de los abortos ilegales, en especial cuando se contemplan penas para las mujeres, lo que las desincentiva de buscar ayuda mdica[213].Adems, la Conferencia Internacional sobre la Poblacin y el Desarrollo (CIDP), realizada en El Cairo en 1994, concluy en un documento de consenso suscrito por 179 naciones que resalta la necesidad de otorgar atencin postaborto.El Programa de Accin de la CIPD exhort a los gobiernos y organismos intergubernamentales y no gubernamentales a "ocuparse de los efectos que en la salud tienen los abortos realizados en condiciones no adecuadas como un importante problema de salud pblica[214]", y estableci que "[e]n todos los casos, las mujeres deberan tener acceso a servicios de calidad para tratar las complicaciones derivadas de abortos. Se deberan ofrecer con prontitud servicios de planificacin de la familia, educacin y asesoramiento post aborto que ayuden tambin a evitar la repeticin de los abortos[215]". De hecho, el relator especial de la ONU sobre el derecho de toda persona al disfrute del ms alto nivel posible de salud fsica y mental destac en su informe a la Comisin de Derechos Humanos que "[e]n todos los casos las mujeres deberan tener acceso a servicios de calidad para el tratamiento de las complicaciones resultantes del aborto[216]".

Excesivo escrutinio de abortos naturales

La investigacin de Human Rights Watch indica que la penalizacin del aborto ha contribuido a crear un clima en los hospitales pblicos en el cual cualquier comportamiento que se "desva de la norma" con respecto al embarazo-por ejemplo el dar a luz en casa-estratado con sospecha y desdn.Paula Gmez, de treinta y seis aos, dijo que ella fue interrogada por la polica luego de un aborto natural y, en otra ocasin, despus de haber dado a luz en su casa y no en el hospital:

Tuve un aborto, se me produjo solo.Estaba embarazada de seis meses. Ha venido la polica, me han hecho un estudio. Vino la partera, vino el mdico, vino la polica.Llamaron a mi esposo y l dijo que no, que hijo que vena que sea bienvenido. Porque no haba hecho nada. [Luego mi] hija naci en la casa. Tambin me hicieron un estudio para ver si me haba hecho algo.Crean que era un aborto porque haba nacido en la casa[217].

Todas las mujeres entrevistadas por Human Rights Watch que haban solicitado atencin mdica despus de un aborto natural o de uno autoinducido enfrentaron interrogatorios hostiles.Norma Jimnez, de treinta y cinco aos, quien tuvo un aborto natural, relat: "[Los mdicos en el hospital pblico] me cuestionaron: 'Te pusiste algo [en el tero]? Te hiciste algn esfuerzo? Dinos la verdad'"[218].Gladis Morello, de treinta y dos aos, quien tuvo dos abortos naturales debido a que su marido la golpeaba, dijo que no fue consultada sobre violencia domstica, ni se le ofreci orientacin o asistencia para enfrentar ese problema.En cambio, nos dijo, "lo primero que te preguntan es si vos hiciste algo, si tomaste algo[219]".

Respuesta del gobierno

El Ministerio de Salud y Ambiente de la Nacin ha empezado a dar pasos importantes para confrontar varios de los abusos que sufren las mujeres en el sistema de salud pblica cuando buscan atencin post-aborto.En octubre del 2004, los ministerios provinciales de salud firmaron un acuerdo con el ministro de salud nacional, Gins Gonzlez Garca, estableciendo algunos de los pasos ms importantes para la reduccin de la mortalidad materna en el pas, inclusive la necesidad de garantizar a la mujeres el acceso a una atencin post-aborto humanizada, rpida, y efectiva sin discriminacin[220].En mayo de 2005, el ministerio de salud nacional se comprometi a apoyar este acuerdo con una publicacin con recomendaciones tcnicas para el mejoramiento de la atencin post-aborto[221].

Esta publicacin proporciona recomendaciones sobre varios temas relacionados con el abuso expuesto en este informe.Enfatiza repetidamente la necesidad de usar anestesia general cuando el aborto incompleto es tratado con curetaje (legrado instrumental)[222], y recomiendo el uso de la aspiracin manual endouterina (AMEU)-un mtodo menos invasivo-en vez del curetaje cuando las condiciones mdicas lo permiten[223].

La gua tambin insiste en la proteccin de la confidencialidad entre mdicos y pacientes, y describe detalladamente lo que constituira un trato respetuoso de las mujeres, lo cual incluira hablarles en un sitio tranquilo y privado sobre sus decisiones[224].

La publicacin de esta gua y su distribucin en los hospitales y clnicas pblicas es un paso necesario y muy positivo.Al mismo tiempo, las entrevistas de Human Rights Watch con mdicos y jefes de maternidades en hospitales pblicos en varias provincias sugieren un miedo a represalias persistente en este tema."Todos los jefes de maternidad estamos por recibir la gua", dijo una jefa de maternidad."Pero no est mandado, est bajado como consejera. Hasta que no tengamos una autorizacin real para el uso, sera jugarme el cuello si lo implementara[225]".

El modelo de atencin post-aborto recomendado en la gua, si fuera plena y efectivamente llevado a la prctica, podra superar muchos de los abusos enfrentados por las mujeres cuando buscan atencin mdica despus de un aborto incompleto.Nuestra investigacin sugiere que la efectividad de la gua aumentara tremendamente si fuera apoyada por un mandato legal, como por ejemplo una resolucin ministerial que exigiera la aplicacin del modelo, o si fuera acompaado por un programa sostenido de entrenamiento para los proveedores de salud pblica.

Obligacin de denunciar a las mujeres a las autoridades

El temor de las mujeres a un enjuiciamiento o a que se las denuncie a las autoridades si solicitan atencin post aborto luego de un aborto ilegal tiene fundamento.Muchos mdicos creen que tienen la obligacin de denunciar a las mujeres que acuden al hospital para recibir cuidados post aborto, porque el Cdigo Penal argentino establece sanciones para cualquiera que "ayudare a alguien a eludir las investigaciones de la autoridad u omitiere denunciar el hecho estando obligado a hacerlo[226]".

Existe jurisprudencia contradictoria en Argentina respecto a si la confidencialidad doctor-paciente se supedita, en el caso del mdico, a la obligacin de denunciar a las autoridades un presunto o supuesto crimen[227], pero la opinin generalizada de mdicos y funcionarios pblicos es que los mdicos estn obligados a denunciar a las mujeres que hayan tenido abortos inducidos a las autoridades.De hecho, un estudio dirigido por una ONG concluye que una gran proporcin de los mdicos no slo creen que estn obligados a denunciar, sino que creen que hacerlo es lo correcto[228].Un estudio publicado en 2001 sobre las opiniones de mdicos argentinos respecto a la anticoncepcin y el aborto arroj que casi el 60 por ciento de los doctores encuestados pensaba que deban denunciar a las autoridades a una mujer con sntomas de aborto autoinducido, si sta se presentara al hospital buscando atencin post aborto.[229]

De todas maneras, de acuerdo a algunos mdicos y expertos en salud pblica entrevistados por Human Rights Watch, los mdicos no denuncian a las mujeres que acuden en busca de atencin post aborto, a menos que la mujer se encuentre en peligro de muerte. En estos casos lo hacen principalmente para protegerse frente a posibles acciones legales en su contra.Rodolfo Gmez Ponce de Len, un mdico de la provincia de Tucumn con aos de experiencia en el sector de salud pblica, declar a Human Rights Watch:

En la ley todava es as [existe una obligacin de denunciar].Por supuesto que el sistema de salud busca asegurarse de que no se trata de un caso de mala praxis o negligencia, pero en general solamente los casos ms graves se denuncian.De todas las muertes en 2002 en hospitales pblicos [en Tucumn], de las mujeres que murieron, el 90 por ciento fueron con denuncia policial.Supongo que ciertos mdicos buscan su desvinculacin al problema mediante la denuncia policial[230].

Un funcionario pblico del Ministerio de Salud de la provincia del Chaco comparti esa evaluacin: "No se denuncian a las que no estn complicadas[231]". En algunos hospitales pblicos existe un guardia de la polica que registra los nombres y direcciones de las mujeres que han tenido abortos ilegales, aunque aparentemente no se tomen acciones posteriores[232].

A travs de la gua para el mejoramiento de la atencin post-aborto publicada en mayo del 2005, el ministerio de salud de la nacin ha aclarado que considera esencial la proteccin de la confidencialidad mdico-paciente para efectos de la salud pblica[233].Sin embargo, la gua no tiene fuerza de ley o de resolucin ministerial, y por lo tanto no necesariamente supera la ambigedad de las disposiciones del cdigo penal.

Condenadas a prisin por aborto

El Cdigo Penal argentino establece que la decisin de una mujer de someterse a un aborto es un crimen sujeto a una pena de uno a cuatro aos de prisin, excepto donde la ley exime de sancin el crimen[234].Aunque ninguna de las mujeres entrevistadas por Human Rights Watch haba sido enjuiciada por someterse a un aborto, el gobierno confirm que un pequeo nmero de mujeres s haban sido condenadas por este "delito"[235].Durante el 2002 y 2003, nueve mujeres fueron declaradas culpables y condenadas por haberse sometido o consentido a un aborto, cuatro de ellas menores de veinte aos[236].

Aunque el nmero de mujeres enviadas a prisin por haberse sometido o consentido a un aborto es ms bien mnimo si se compara a la cifra estimada de abortos realizados[237], la amenaza de pena de prisin por someterse a un aborto es real y es percibida como tal por las mujeres que entrevistamos.Laura Passaglia, de treinta y dos aos, nos dijo que haba sido testiga en el juicio penal en contra de una amiga acusada de tener un aborto: "Una compaera de clase, yo tena que ir a declarar [a la corte], termin casi presa[238]".

La aplicacin de sanciones penales-ya sea penas de prisin o multas-en contra de mujeres que se someten a abortos ilegales y arriesgados es slo un ataque ms en contra de los derechos humanos de las mujeres, como se explica en la seccin de derecho internacional que viene a continuacin. Adems, considerando que es improbable que se acuse a mujeres que no solicitan ayuda mdica, la penalizacin del aborto slo agrega a las consecuencias perjudiciales para la salud de un aborto inseguro al desalentar el cuidado post aborto.ngel Bertuzzi, un mdico de setenta y dos aos, que de acuerdo a su propio testimonio realiz abortos por cuarenta aos, dijo a un peridico argentino en marzo de 2005: "Nadie entiende que la despenalizacin es para la mujer, no para el mdico que haga el aborto. Es para que la mujer pueda recurrir a un mdico, a un hospital, y no salga con un proceso penal[239]".

VII. Derecho internacional de derechos humanos y aborto

Las mujeres que han quedado embarazadas involuntariamente deberan recibir informacin fiable y asesoramiento comprensivo, con indicacin de los lugares y plazos en los que pueda ponerse fin legalmente al embarazo.Aunque los abortos sean legales, tambin han de ser seguros: los sistemas de salud pblica deben capacitar y equipar a los encargados de prestar los servicios sanitarios y tomar otras medidas para garantizar que los abortos no son slo seguros, sino tambin accesibles. Hay que acabar con las disposiciones que castigan a las mujeres que abortan.
-Relator Especial de la ONU sobre el derecho de toda persona al disfrute del ms alto nivel posible de salud[240]

Interpretaciones autorizadasdel derecho internacional reconocen que el acceso al aborto legal y seguro es esencial para un disfrute y ejercicio efectivo de los derechos humanos de la mujer. Desde mediados de los 90, los rganos de tratados internacionales de la ONU que supervisan el cumplimiento del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Polticos, el Pacto Internacional de Derechos Econmicos, Sociales y Culturales, la Convencin sobre la eliminacin de todas las formas de discriminacin contra la mujer, la Convencin contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes y la Convencin de los Derechos del Nio han generado un importante cuerpo de jurisprudencia relativa al aborto en sus ms de 122 observaciones finales emitidas para al menos noventa-y-tres pases[241]. Los comentarios sobre el aborto de los rganos de tratados internacionales de la ONU abordan una variedad de temas, incluyendo la preocupacin especfica sobre el limitado acceso al aborto seguro en Argentina.De hecho, si se mide a la luz de los estndares promovidos por estos organismos expertos en derechos humanos, existe una importante brecha entre las prcticas en Argentina y los compromisos jurdicos internacionales de ese pas.

Un importante cambio en la percepcin de los derechos reproductivos en general ocurri como fruto de dos conferencias mundiales durante los 90: la Conferencia Internacional sobre la Poblacin y el Desarrollo (CIPD), llevada a cabo en El Cairo en 1994 y la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer en Beijing en 1995. Suscritos por 179 y 189 naciones respectivamente, los documentos de consenso de estas conferencias marcan una transicin de polticas de poblacin con motivacin demogrfica a polticas de derechos reproductivos fundadas en los derechos humanos.

El Programa de Accin de la CIPD y la Plataforma para la Accin de la Conferencia de Beijing afirman la naturaleza integral de la salud y los derechos reproductivos y derechos humanos.El Programa de Accin de la CIPD destaca que "los derechos reproductivos abarcan ciertos derechos humanos que ya estn reconocidos en las leyes nacionales, en los documentos internacionales sobre derechos humanos y en otros documentos pertinentes de las Naciones Unidas aprobados por consenso[242]".Por otro lado, la Plataforma para la Accin de Beijing establece: "Los derechos humanos de la mujer incluyen el derecho a tener control y decidir libre y responsablemente en materias relacionadas con su sexualidad, incluyendo la salud reproductiva y sexual, libre de coercin, discriminacin y violencia[243]".

El Programa de Accin de la CIPD y la Plataforma para la Accin de Beijing son relativamente moderados en el tema del aborto, reflejando la dificultad que tuvieron los gobiernos para alcanzar un consenso en este tema complejo.El Programa de Accin de la CIPD establece que "[e]n ningn caso se debe promover el aborto como mtodo de planificacin de la familia" y "[e]n los casos en que el aborto no es contrario a la ley, los abortos deben realizarse en condiciones adecuadas[244]". Tambin hace un llamado a todos los gobiernos y organismos intergubernamentales y no gubernamentales a "ocuparse de los efectos que en la salud tienen los abortos realizados en condiciones no adecuadas como un importante problema de salud pblica[245]".Asimismo, la Plataforma para la Accin de Beijing llama a los gobiernos a "considerar la revisin de las leyes que contengan medidas punitivas en contra de mujeres que se someten a abortos ilegales[246]" y a reducir la mortalidad y morbilidad producto de abortos inseguros, que a su vez son considerados como "un grave problema de salud pblica[247]".

Como se explica con ms detalle a continuacin, los rganos y conferencias de la ONU han sealado reiteradamente que el acceso al aborto legal y seguro puede salvar las vidas de mujeres y que los gobiernos tienen el deber real de garantizar que ellas tengan acceso a informacin y servicios de aborto.Asimismo, los rganos de tratados internacionales de la ONU han relacionado sistemticamente el derecho de la mujer a decidir sobre el aborto sin injerencias al derecho a la no discriminacin y la igualdad en el disfrute de otros derechos humanos.Al realizar esta conexin, los rganos reconocen que los derechos humanos establecidos hace tanto tiempo se ven comprometidos por leyes y prcticas sobre el aborto de carcter punitivo y restrictivo.

Las decisiones sobre el aborto pertenecen exclusivamente a la mujer embarazada, sin interferencia por parte del Estado o terceros.Debe rechazarse cualquier restriccin que interfiera indebidamente con el ejercicio de la mujer de todos sus derechos humanos.El gobierno argentino debe tomar todas las medidas necesarias, tanto inmediatas como incrementales, para asegurar a la mujer el acceso informado y voluntario a servicios de aborto legal y seguro como parte del ejercicio de las mujeres de sus derechos reproductivos y otros derechos humanos.Los servicios de aborto deben ser establecidos en conformidad con los estndares internacionales de derechos humanos, incluyendo los que se refieren a servicios de salud adecuados.

Derecho a la no discriminacin y a la igualdad

Los derechos a la no discriminacin y a la igualdad estn establecidos en una serie de instrumentos internacionales de derechos humanos, incluyendo la Declaracin Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Polticos, el Pacto Internacional de Derechos Econmicos, Sociales y Culturales, la Convencin para la eliminacin de todas las formas de discriminacin contra la mujer, y la Convencin Americana sobre Derechos Humanos[248].Todas estas disposiciones apuntan a lograr una igualdad real y no solamente una igualdad formal. Como lo explica el Comit de la CEDAW: "No es suficiente garantizar a la mujer un trato idntico al del hombre. Tambin deben tenerse en cuenta las diferencias biolgicas que hay entre la mujer y el hombre y las diferencias que la sociedad y la cultura han creado[249]".

El acceso a servicios de aborto legal y seguro es esencial para proteger los derechos de las mujeres a la no discriminacin y a la igualdad sustantiva. El aborto es un procedimiento clnico requerido slo por mujeres.El Comit de la CEDAW ha dejado implcito en su Recomendacin General sobre Mujer y Salud que la denegacin de procedimientos clnicos requeridos slo por las mujeres es una forma de discriminacin en su contra.La Recomendacin General confirma la obligacin de los estados de respetar el acceso de todas las mujeres a servicios de salud reproductiva y solicita que "se abstengan de poner trabas a las medidas adoptadas por la mujer para conseguir sus objetivos en materia de salud[250]".Se explica que "el acceso de la mujer a una adecuada atencin mdica tropieza tambin con otros obstculos, como las leyes que penalizan ciertas intervenciones mdicas que afectan exclusivamente a la mujer y castigan a las mujeres que se someten a dichas intervenciones[251]". El Comit recomend que "[e]n la medida de lo posible, debera enmendarse la legislacin que castigue el aborto a fin de abolir las medidas punitivas impuestas a mujeres que se hayan sometido a abortos[252]".

Por otra parte, en sus observaciones finales para Colombia de 1999, el Comit de la CEDAW fue bastante claro al indicar que considera que las leyes que restringen el aborto afectan el derecho a la no discriminacin en el acceso a la salud:

El Comit observa con gran preocupacin que el aborto, segunda causa de mortalidad materna en Colombia, es sancionado como conducta ilegal. El Comit considera que esta disposicin jurdica relativa al aborto constituye no slo una violacin de los derechos de la mujer a la salud y a la vida, sino tambin una violacin del artculo 12 de la Convencin [el derecho a servicios de salud sin discriminacin][253].

Asimismo, en 1998 el Comit de la CEDAW recomend a Mxico "que todos los estados de Mxico revisen su legislacin de modo que, cuando proceda, se garantice el acceso rpido y fcil de las mujeres al aborto[254]".

En la prctica es ms probable que sean las mujeres, y no los hombres, las que enfrenten las mayores dificultades y desventajas sociales en el mbito econmico y profesional, adems de otros cambios que afectan su vida de facto, cuando tienen hijos. Cuando se obliga a las mujeres a continuar con embarazos no deseados, dichas consecuencias ponen necesariamente a las mujeres en situacin de desventaja.

El Comit de Derechos Humanos de la ONU ha establecido un claro vnculo entre la igualdad de las mujeres y la disponibilidad de informacin y servicios de salud reproductiva, incluyendo el aborto, en varias observaciones finales emitidas en relacin con los informes peridicos de pases de Amrica Latina como Argentina, Ecuador, Colombia, y Guatemala[255].En el caso de Argentina, el Comit seal:

[P]reocupa al Comit que la criminalizacin del aborto disuada a los mdicos de aplicar este procedimiento sin mandato judicial incluso cuando la ley se lo permite, por ejemplo, cuando existe un claro riesgo para la salud de la madre o cuando el embarazo resulta de la violacin de una mujer con discapacidad mental. El Comit expresa tambin su inquietud ante los aspectos discriminatorios de las leyes y polticas vigentes, que da como resultado un recurso desproporcionado de las mujeres pobres y de las que habitan en zonas rurales a un aborto ilegal y arriesgado[256].

Con respecto a Colombia, dijo:

El Comit expresa su inquietud por la situacin de las mujeres, quienes, a pesar de algunos avances, siguen siendo objeto de discriminacin de jure y de facto en todas las esferas de la vida econmica, social y pblica [y] por la alta tasa de mortalidad de las mujeres a consecuencia de abortos clandestinos[257].

En su Observacin General sobre el derecho al disfrute de los derechos polticos y civiles en pie de igualdad, el Comit de Derechos Humanos pidi a los gobiernos que incluyan informacin en sus informes peridicos sobre el acceso al aborto seguro para mujeres que queden embarazadas producto de una violacin, considerndose esta informacin relevante para la evaluacin del ejercicio y goce de este derecho[258].

Derechos a la salud y a la atencin mdica

Los derechos al ms alto nivel posible de salud y a la igualdad en el goce de este derecho son reconocidos en varios instrumentos internacionales que en el sistema legal argentino estn al mismo nivel que la Constitucin.Estos derechos estn claramente formulados en: la Declaracin Universal de Derechos Humanos (DUDH)[259], el PIDESC[260], la CEDAW[261] y la Declaracin Americana de los Derechos y Deberes del Hombre[262].

Como lo demuestra este informe, cuando no existe acceso a servicios de aborto legal y seguro y s existen barreras generalizadas para acceder a otros servicios de salud reproductiva, incluyendo los anticonceptivos, ocurrirn embarazos no deseados y se practicarn abortos inseguros.Ambas situaciones generan una serie de problemas claramente evitables para la salud fsica y mental de la mujer. Los abortos inseguros, en particular, constituyen una grave amenaza a la salud de la mujer: cifras mundiales indican que entre el 10 y 50 por ciento de las mujeres que se someten a abortos inseguros requieren atencin post aborto debido a las complicaciones generadas, como los abortos incompletos, las infecciones, la perforacin uterina, la enfermedad plvica inflamatoria, las hemorragias y otro tipo de lesiones a rganos internos[263].Estas complicaciones pueden resultar en la muerte, el dao permanente o la infertilidad.A la luz de esta situacin, incluso la lectura ms conservadora del derecho internacional de derechos humanos requerira que los gobiernos despenalicen el aborto[264].

La CDESC entreg su ms completa evaluacin del derecho a la salud en su Observacin General 14, la cual explica que este derecho contiene tanto libertades, como "el derecho a controlar su salud y su cuerpo, con inclusin de la libertad sexual y gensica", as como derechos tales como "el relativo a un sistema de proteccin de la salud que brinde a las personas iguales oportunidades para el disfrute del ms alto nivel posible de salud[265]. La CDESC seala adems que:

Para suprimir la discriminacin contra la mujer es preciso elaborar y aplicar una amplia estrategia nacional con miras a la promocin del derecho a la salud de la mujer a lo largo de toda su vida. Esa estrategia debe prever en particular las intervenciones con miras a la prevencin y el tratamiento de las enfermedades que afectan a la mujer, as como polticas encaminadas a proporcionar a la mujer acceso a una gama completa de atenciones de la salud de alta calidad y al alcance de ella, incluidos los servicios en materia sexual y reproductiva. Un objetivo importante deber consistir en la reduccin de los riesgos que afectan a la salud de la mujer, en particular la reduccin de las tasas de mortalidad materna y la proteccin de la mujer contra la violencia en el hogar. El ejercicio del derecho de la mujer a la salud requiere que se supriman todas las barreras que se oponen al acceso de la mujer a los servicios de salud, educacin e informacin, en particular en la esfera de la salud sexual y reproductiva. Tambin es importante adoptar medidas preventivas, promocionales y correctivas para proteger a la mujer contra las prcticas y normas culturales tradicionales perniciosas que le deniegan sus derechos gensicos[266].

En varias observaciones finales, el Comit de la CEDAW ha manifestado su preocupacin por el limitado acceso de las mujeres a los servicios e informacin de salud reproductiva y ha criticado los factores que entorpecen la asistencia mdica a las mujeres, como la influencia religiosa, la privatizacin de la salud y las restricciones presupuestarias.El Comit de la CEDAW ha recomendado frecuentemente que los estados partes revisen sus leyes que penalizan el aborto para as cumplir con su obligacin de eliminar la discriminacin en contra de las mujeres en el rea de la salud[267], como se detalla en la Recomendacin General No. 24 sobre la mujer y la salud (incluyendo la recomendacin de que los gobiernos eliminen las medidas punitivas en contra de las mujeres que se someten al aborto[268]).

La negacin del acceso al aborto no se puede justificar desde una perspectiva de recursos.La atencin adecuada a las complicaciones producto de abortos inseguros es mucho ms cara que la provisin de abortos mdicamente seguros[269]. Mientras que el aborto es un procedimiento de bajo costo, especialmente en las etapas tempranas del embarazo cuando se pueden usar tcnicas de aspiracin o farmacuticas, el costo del cuidado de mujeres con complicaciones por abortos inseguros puede ser significativo[270].

Las leyes que restringen el aborto tambin afectan la salud de las mujeres de otras maneras, no slo limitando su acceso a servicios de aborto seguros.Por ejemplo, el derecho a la salud es violado cuando se le niega a la mujer arbitrariamente el tratamiento necesario en caso de abortos incompletos o cuando se le otorga tratamiento sin entregrsele paliativos para el dolor cuando estos medicamentos estn disponibles.

La interferencia del gobierno con el derecho de la mujer a decidir sobre el aborto tambin obstruye el derecho a la privacidad. El derecho a la privacidad est protegido por el artculo 17 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Polticos y est ntimamente ligado al derecho a la salud, y a que la plena realizacin de ambos derechos requiere la proteccin de la confidencialidad del o la paciente y la no interferencia con la toma individual de decisiones respecto a la salud[271].De hecho, el Comit de Derechos Econmicos, Sociales y Culturales ha explicado que el cumplimiento del derecho a la privacidad es un componente integral del derecho a la salud y que el cumplimiento de este ltimo derecho depende de la proteccin del primero[272].

El derecho de las mujeres a la salud tambin queda seriamente comprometido cuando una mujer es forzada en contra de su voluntad a continuar con el embarazo de un feto con malformaciones genticas que son incompatibles con su supervivencia fuera del tero.Algunas cortes en Argentina han comenzado a permitir el aborto en caso de embarazos anencfalos[273].Sin embargo, los argumentos que comnmente se emplean en estas decisiones no refieren a las excepciones contempladas por el Cdigo Penal para casos en que est comprometida la salud de la madre, sino que tratan de definir el aborto de un feto anenceflico como un caso sui generis.Varios jueces han dictaminado que el aborto en estos casos no es realmente un aborto, sino que es el adelanto del nacimiento de un neonato que va a morir[274].Al mismo tiempo, la mayora de las cortes reconocen las consecuencias para la salud de la madre de un embarazo anencfalo[275] y de esta manera vuelve innecesario el argumento sui generis en defensa del aborto: el Cdigo Penal argentino ya contempla la excepcin a la penalizacin del aborto para casos en que la salud de la mujer est en peligro.

El derecho a la vida

El derecho a la vida est garantizado por todos los principales tratados internacionales y regionales de derechos humanos.Las leyes que restringen el aborto tienen un efecto devastador sobre el derecho a la vida de las mujeres. Aproximadamente el 30 por ciento de las muertes maternas en Argentina[276]-y 13 por ciento en el mundo entero[277]-son atribuibles a abortos inseguros.La evidencia presentada en este informe y en otras fuentes sugiere no solamente que las leyes que restringen el aborto empujan a las mujeres a someterse a abortos inseguros, sino que adems ellas mueren a consecuencia de dichos abortos[278].

El Comit de Derechos Humanos de la ONU ha solicitado a los estados partes del PIDCP que informen sobre las medidas que estn tomando para prevenir que las mujeres tengan que "recurrir a abortos clandestinos que pongan en peligro su vida[279]". Igualmente, el Comit ha hecho notar con preocupacin la relacin entre las leyes que restringen el aborto, el aborto clandestino y los riesgos para las vidas de las mujeres y ha recomendado la revisin o enmienda de las leyes que penalizan o restringen el aborto[280].En el caso de Chile, donde el aborto es ilegal en toda circunstancia desde 1986, el Comit indic que:

La penalizacin de todo aborto, sin excepcin, plantea graves problemas, sobre todo a la luz de informes incontestados segn los cuales muchas mujeres se someten a abortos ilegales poniendo en peligro sus vidas. El Estado parte est en el deber de adoptar las medidas necesarias para garantizar el derecho a la vida de todas las personas, incluidas las mujeres embarazadas que deciden interrumpir su embarazo. El Comit recomienda que se revise la ley para establecer excepciones de la prohibicin general de todo aborto[281].

En el caso de Per, el Comit fue ms all e hizo notar que las disposiciones del Cdigo Penal de ese pas-que penalizan a la mujer, an en casos en que el embarazo es resultado de una violacin-son incompatibles con el derecho a la igualdad en el disfrute de otros derechos protegidos por el PICDP, como el derecho a la vida y el derecho a no ser sometido a la tortura ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes:

Es signo de inquietud que el aborto contine sujeto a sanciones penales, aun cuando el embarazo sea producto de una violacin. El aborto clandestino contina siendo la mayor causa de mortalidad materna en el Per. El Comit reitera que estas disposiciones son incompatibles con los artculos 3 [igualdad], 6 [derecho a la vida] y 7 [derecho a no ser sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes] del Pacto y recomienda que se revise la ley para establecer excepciones a la prohibicin y sancin del aborto[282].

En el 2004, el Comit seal con respecto a Colombia:

El Comit nota con preocupacin que la criminalizacin legislativa de todos los abortos puede llevar a situaciones en las cuales las mujeres tengan que someterse a abortos clandestinos de alto riesgo y en particular le preocupa que las mujeres que hayan sido vctimas de violacin o incesto, o cuyas vidas estn en peligro a causa del embarazo, puedan ser procesadas por haber recurrido a tales procedimientos (art. 6) [el derecho a la vida].El Estado Parte debera velar para que la legislacin aplicable al aborto sea revisada para que los casos anteriormente descritos no constituyan una ofensa penal[283].

Finalmente, en sus observaciones finales del 2001 para Guatemala-pas con restricciones al aborto ms estrictas que Argentina-el Comit de Derechos Humanos seal que: "El Estado Parte tiene el deber de garantizar el derecho a la vida (art. 6) de las mujeres embarazadas que deciden interrumpir su embarazo, proporcionndoles la informacin y los medios necesarios para garantizarles sus derechos, y enmendando la ley para establecer excepciones a la prohibicin general de todo aborto, salvo peligro de muerte de la madre[284]".

En muchas de sus observaciones finales, el Comit de la CEDAW ha manifestado su preocupacin por las altas tasas de mortalidad materna, incluyendo las causadas por la falta de servicios de aborto seguros[285].En sus comentarios sobre pases de Amrica Latina, el Comit ha manifestado explcitamente que las muertes maternas debidas a abortos en condiciones de riesgo indican que los gobiernos no estn respetando los derechos de la mujer a la vida[286].El Comit de la CEDAW tambin ha indicado que "los Estados Partes aseguren que se tomen medidas para impedir la coaccin con respecto a la fecundidad y la reproduccin, y para que las mujeres no se vean obligadas a buscar procedimientos mdicos riesgosos, como abortos ilegales, por falta de servicios apropiados en materia de control de la natalidad[287]".

El Comit de los Derechos del Nio ha pedido a los gobiernos, en sus observaciones finales, que revisen las leyes que prohben el aborto en aquellos casos en que los abortos inseguros contribuyen a generar altas tasas de mortalidad materna y ha solicitado, en algunos casos, que se realicen estudios para comprender el impacto negativo de los abortos ilegales[288].El gobierno argentino emiti una declaracin al firmar la Convencin sobre los Derechos del Nio en la que seala que: "Con respecto al artculo 1 de la Convencin, la Repblica Argentina declara que el artculo debe ser interpretado como que con nio se refiere a todo ser humano desde el momento de su concepcin hasta la edad de dieciocho[289]". Esta declaracin especfica no se reiter al momento de ratificar la convencin y ningn otro tratado de derechos humanos suscrito o ratificado por Argentina ha sido objeto de declaraciones similares.

A pesar de las interpretaciones autorizadas de los rganos supervisores, algunos de los que se oponen al aborto seguro y legal, tanto en Argentina como en otros lugares, argumentan que "el derecho a la vida" del feto debe ponerse por encima de los derechos humanos de las mujeres, en particular los derechos a la no discriminacin y a la salud.Es ms, algunos opositores se refieren al supuesto "derecho a la vida" del feto en los argumentos en contra del uso de anticonceptivos que actan despus de la fertilizacin, pero antes de que el vulo fertilizado se implante en la pared uterina (implantacin).

La mayora de los instrumentos internacionales de derechos humanos guardan silencio respecto a cundo comienza el derecho a la vida, pese a que la historia de la negociacin de los tratados, la jurisprudencia y la mayora de los anlisis jurdicos parecen sugerir que el derecho a la vida, como se contempla en dichos documentos, no tiene vigencia antes del nacimiento de un ser humano[290].

La Convencin Americana sobre Derechos Humanos (CADH) es el nico instrumento internacional de derechos humanos que posibilita la aplicacin del derecho a la vida desde el momento de la concepcin, aunque no de manera absoluta[291].La Declaracin Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, el instrumento precursor de la CADH, no incluye esta referencia al concebido, estableciendo en cambio que "[t]odo ser humano tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona"[292].

En 1981, se le solicit al rgano encargado de supervisar el cumplimiento de las disposiciones sobre derechos humanos en el sistema regional americano-la Comisin Interamericana de Derechos Humanos-que estableciera si las disposiciones sobre el derecho a la vida contenidas en estos documentos eran compatibles con el derecho de la mujer a acceder a abortos legales y seguros.La Comisin concluy que s lo eran.

La consulta lleg a la Comisin a travs de una peticin presentada en contra del gobierno de los Estados Unidos por individuos cercanos a un grupo llamado Catholics for Christian Political Action (Catlicos por la Accin Poltica Cristiana), a raz de que un mdico fue absuelto de "homicidio involuntario" tras realizar un aborto en 1973-el caso es conocido como el caso BabyBoy.Los peticionarios solicitaron a la Comisin que declare a los Estados Unidos en violacin del derecho a la vida de acuerdo a la Declaracin Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, usando la Convencin Americana sobre Derechos Humanos como herramienta interpretativa[293].Durante el proceso de deliberacin en torno al caso Baby Boy, la comisin examin rigurosamente las disposiciones sobre el derecho a la vida contenidas tanto en la Declaracin como en la Convencin, analizando tambin la labor preparatoria de ambos documentos, para asesclarecer los objetivos deseados y el propsito de la letra de las disposiciones[294].

En el caso de la Declaracin, la Comisin expres que:

Con respecto al derecho a la vida reconocido en la Declaracin, es importante notar que los signatarios que actuaron en Bogot en 1948 rechazaron cualquier redaccin que hubiera extendido ese derecho a los que estn por nacer [y] la Conferencia adopt una simple declaracin del derecho a la vida, sin referencia a los que estn por nacer y lo vincul a la libertad y seguridad de la persona. Parecera entonces incorrecto interpretar que la Declaracin incorpora la nocin de que exista el derecho a la vida desde el momento de la concepcin. Los signatarios enfrentaron la cuestin y decidieron no adoptar un lenguaje que hubiera claramente establecido ese principio[295].

Con respecto a la Convencin, la Comisin encontr que la redaccin del derecho a la vida en el artculo 4 haba sido muy consciente y que la intencin de los fundadores de la convencin al incluir la clusula "en general" haba sido precisamente el permitir que exista legislacin domstica no restrictiva respecto al aborto.La comisin coment: "se reconoci durante la sesin de redaccin en San Jos que esta frase dejaba abierta la posibilidad que los estados partes a una futura convencin podran incluir en su legislacin local 'los ms diversos casos de aborto'[296]", refirindose a la posibilidad de que algunos pases podran incluir el aborto legal bajo este artculo.La Comisin procedi a corregir la lectura selectiva de la Convencin Americana sobre Derechos Humanos hecha por los peticionarios:

[Q]ueda en claro que la interpretacin que adjudican los peticionarios de la definicin del derecho a la vida formulada por la Convencin Americana es incorrecta.La adicin de la frase "en general, desde el momento de la concepcin" no significa que quienes formularon la Convencin tuviesen la intencin de modificar el concepto de derecho a la vida que prevaleci en Bogot, cuando aprobaron la Declaracin Americana.Las implicaciones jurdicas de la clusula "en general, desde el momento de la concepcin" son substancialmente diferentes de las de la clusula ms corta "desde el momento de la concepcin", que aparece repetida muchas veces en el documento de los peticionarios[297].

Los opositores al derecho al aborto en Argentina suelen aplicar la misma tctica de lectura selectiva del artculo 4 de la CADH cuando alegan que la constitucin protege el derecho a la vida de un feto, ya que la CADH est incorporada a la constitucin. Este argumento ignora la intencin de los redactores de la convencin de permitir legislacin domstica que no prohba el aborto[298].Tambin ignora el grueso de los otros derechos humanos internacionalmente reconocidos que tambin estn incorporados a la constitucin y que han sido interpretados por rganos autorizados como protegiendo el derecho de la mujer a decidir en materias relativas al aborto.

El derecho a la libertad

En Argentina, las mujeres pueden ser condenadas a prisin por someterse a un aborto, situacin que pone en peligro el derecho de la mujer a la libertad.El derecho a la libertad est protegido por el artculo 9(1) del PIDCP que establece que "[n]adie podr ser sometido a detencin o prisin arbitrarias" y que "[n]adie podr ser privado de su libertad, salvo por las causas fijadas por ley y con arreglo al procedimiento establecido en sta[299]".

La prohibicin del aborto constituye un obstculo al pleno ejercicio de las mujeres de sus derechos humanos a la no discriminacin, a la salud y a la vida.La ejecucin de las disposiciones punitivas de la ley constituye un ataque adicional a los derechos de la mujer, al encarcelarse arbitrariamente a mujeres que buscan satisfacer sus necesidades de salud.El derecho a la libertad tambin se ve amenazado cuando las mujeres son disuadidas de solicitar ayuda mdica a causa del temor a ser denunciadas a las autoridades policiales por doctores u otros profesionales de la salud, si stos llegan a sospechar la accin ilcita de la mujer.En varias observaciones finales, el Comit de la CEDAW ha manifestado su preocupacin por las mujeres encarceladas por haberse sometido a abortos ilegales y ha exhortado a los gobiernos a revisar sus leyes para que suspendan los castigos y encarcelamientos por causa del aborto[300].

El derecho a la privacidad y el derecho a decidir el nmero de hijos e intervalo entre los nacimientos

El derecho internacional de derechos humanos protege el derecho a la no interferencia en la privacidad individual y familiar[301], as como el derecho de las mujeres a decidir el nmero de hijos y el intervalo entre los nacimientos, sin discriminacin[302].Estos derechos se pueden implementar a plenitud slo si la mujer tiene el derecho a tomar la decisin sobre si y cundo contina su embarazo, sin interferencia del Estado.Tambin es esencial para el cumplimiento de estos derechos que las mujeres tenga acceso a todos los mtodos seguros de planificacin familiar, incluyendo el aborto, como parte de una completa gama de servicios de salud reproductiva y que los gobiernos legalicen los servicios de aborto y los vuelvan seguros y accesibles para todas las mujeres.En algunas circunstancias, el aborto va a ser la nica manera en que una mujer pueda ejercer este derecho, especialmente si qued embarazada producto de una violacin, o fruto de la falla de un mtodo anticonceptivo, o si los servicios de planificacin familiar no estn disponibles en el lugar en que reside.

La Recomendacin General no. 21 del Comit de la CEDAW sobre la Igualdad seala que el derecho a decidir el nmero de hijos y el intervalo entre los nacimientos est integralmente conectado al ejercicio de otros derechos humanos:

Las obligaciones de la mujer de tener hijos y criarlos afectan a su derecho a la educacin, al empleo y a otras actividades referentes a su desarrollo personal, adems de imponerle una carga de trabajo injusta. El nmero y espaciamiento de los hijos repercuten de forma anloga en su vida y tambin afectan su salud fsica y mental, as como la de sus hijos. Por estas razones, la mujer tiene derecho a decidir el nmero y el espaciamiento de los hijos que tiene[303].

El Comit de Derechos Humanos de la ONU ha declarado que el derecho de las mujeres a la igualdad en el disfrute de la privacidad, as como otros derechos humanos, pueden ser vulnerados si los estados imponen la obligacin legal a mdicos y otros funcionarios de salud de denunciar a mujeres que puedan haberse realizado abortos:

puede ocurrir que los Estados no respeten la vida privada de la mujer cuando los Estados imponen a los mdicos y a otros funcionarios de salud la obligacin de notificar los casos de mujeres que se someten a abortos.En esos casos, pueden estar en juego tambin otros derechos amparados en el Pacto, como los previstos en los artculos 6 y 7 [derechos a la vida y a no ser sometido a tortura][304].

El Comit contra la Tortura de la ONU, que supervisa la implementacin de la Convencin contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (CAT), tambin ha expresado recientemente su preocupacin por las situaciones en que la atencin mdica post aborto se condiciona a que la mujer testifique en su propia contra en juicios penales, implicando que la penalizacin del aborto puede llevar a situaciones incompatibles con esta Convencin[305].

El derecho a la libertad de conciencia y religin

El derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religin est protegido por el PIDCP y la CADH[306].La libertad de religin incluye el ser libre de la obligacin de cumplir con leyes diseadas exclusivamente, o principalmente, en funcin de las doctrinas de una religin; incluye tambin la libertad de actuar segn la propia conciencia respecto a doctrinas religiosas no compartidas.En este sentido, no se puede obligar a que las mujeres cumplan con leyes basadas exclusiva o principalmente en doctrinas de fe. ste es el caso de muchas de las leyes que restringen el aborto.

El Comit de la CEDAW ha manifestado explcitamente en sus observaciones finales que los derechos humanos de las mujeres son vulnerados cuando los hospitales se niegan a proveer abortos a causa de la objecin de conciencia de los mdicos y ha expresado su preocupacin por el limitado acceso que tienen las mujeres al aborto debido a esta misma razn.El Comit tambin ha recomendado expresamente que los hospitales pblicos provean servicios de aborto[307].

VIII. Conclusin

A las mujeres en Argentina se les impide tomar decisiones independientes respecto a su salud y su vida en al mbito de la reproduccin.Las mujeres enfrentan diversas barreras en su acceso a los anticonceptivos, incluyendo la falta de informacin o la obtencin de informacin incorrecta e incompleta, la violencia domsticay sexual, y las restricciones econmicas.El gobierno no enfrenta adecuadamente estas barreras.Uno de los mtodos anticonceptivos seguros y eficientes-la ligadura tubaria-es objeto de restricciones discriminatorias que resultan en denegaciones arbitrarias.La consecuencia de estas restricciones es que muchas mujeres se ven forzadas a decidir entre un embarazo no deseado que pueda empobrecer an ms a su familia y poner en riesgo su salud, o un aborto inseguro.

En Argentina, los abortos de alto riesgo se han constituido en la principal causa de mortalidad materna durante dcadas.El aborto es considerado ilegal en cualquier circunstancia, pero la ley exonera de castigo los casos en que la vida o la salud de la mujer embarazada estn en peligro o cuando el embarazo es resultado de la violacin de una mujer mentalmente discapacitada.En la prctica, el acceso al aborto no punibley por lo tanto ms seguro es casi inexistente y muchas mujeres con embarazos no deseados o problemas de salud deciden abortar en clnicas poco seguras o se autoinducen sus abortos usando mtodos que ponen su salud y su vida en grave riesgo.

Algunos mdicos se creen obligados a denunciar a las autoridades a las mujeres que se someten a abortos inducidos, creando un clima de intimidacin que hace que muchas mujeres desistan de acudir en busca de la atencin mdica que requieren.A pesar del mandato internacional para que se provea atencin humanizada post aborto en los hospitales pblicos, muchas mujeres reciben un trato inhumano y a veces seriamente inadecuado cuando acuden a un hospital pblico a raz de un aborto incompleto o de otro tipo de complicacin derivada de abortos inseguros.Es importante considerar que incluso si la gua sobre la atencin post-aborto anunciada por el ministerio de salud de la nacin en mayo de 2005 fuese plenamente puesta en prctica, abordando por tanto la mayora de estos temas, al no tener fuerza de ley no podra superar el miedo persistente y la oposicin entre los proveedores de servicios en esta rea.

Para que la Argentina cumpla con sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos de las mujeres, se requiere urgentemente una reforma que garantice el acceso de todas las mujeres al aborto legal y seguro y que otorgue acceso a anticonceptivos e informacin adecuada.Para todas las mujeres, es una cuestin de igualdad.Para algunas, es una cuestin de vida o muerte.

IX. Agradecimientos

Marianne Mllmann, investigadora para las Amricas de la Divisin de Derechos de las Mujeres, es la autora de este informe que se basa en la investigacin que condujo en Argentina durante septiembre y octubre de 2004.LaShawn R. Jefferson, directora ejecutiva de la Divisin de Derechos de las Mujeres; Janet Walsh, subdirectora de la Divisin de Derechos de las Mujeres; Joanne Mariner, subdirectora de la Divisin de las Amricas; Sebastian Brett, investigador de la Divisin de las Amricas; Mike Bochenek, subdirector de la Divisin de Derechos del Nio; Rebecca Schleifer, investigadora del Programa de VIH/SIDA y Derechos Humanos; Wilder Tayler, director legal; y Joseph Saunders, subdirector de la Oficina de Programa revisaron este informe.Katia Araujo-Natt, Alexis Benjamin, y Caroline Tourtet, practicantes que trabajan en la Divisin de Derechos de las Mujeres, aportaron su invalorable apoyo en la investigacin.Fitzroy Hepkins, Andrea Holley, Erin Mahoney, Jos Martnez, Veronica Matushaj y Jennifer Nagle apoyaron la produccin.

Agradecemos a los muchos individuos y organizaciones que contribuyeron con su tiempo, experiencia e informacin a esta investigacin. Human Rights Watch agradece sinceramente a todas las valientes mujeres que compartieron sus experiencias con nosotros e hicieron posible este informe.

Valoramos los comentarios a este informe presentados por Mabel Bianco, presidenta de la Fundacin para el Estudio e Investigacin de la Mujer (FEIM) de Argentina y por Laura Katzive, asesora legal para proyectos globales del International Program, Center for Reproductive Rights (Programa Internacional, Centro para los Derechos Reproductivos) de Estados Unidos.Le agradecemos a Angeles Cabra, oficial de programa para Amrica Latina y el Caribe, International Women's Health Coalition (Coalicin Internacional para la Salud de las Mujeres), Estados Unidos, sus sugerencias conceptuales y lingsticas a la versin en espaol.Human Rights Watch asume la responsabilidad por los errores u omisiones que se encuentren en este informe.

La Divisin de Derechos de las Mujeres de Human Rights Watch agradece el apoyo financiero del Fondo Caritativo Lisbet Rausing, de la Fundacin Sigrid Rausing, el Fondo Moriah, la Fundacin Libra, la Fundacin Oak, la Fundacin Streisand, la Fundacin Schooner, la Fundacin Banky-LaRocque, la Fundacin Underdog Fund of the Tides, y el apoyo de los miembros del Comit Asesor de la Divisin de Derechos de las Mujeres.Agradecemos a Patricia Mendoza Bejar por traducir el presente informe del ingls al espaol.

[1] Ley 24.012: Ley de Cupo, aprobada el 6 de noviembre de 1991, artculo 1.

[2] 1994 Constitucin de la Repblica Argentina, artculo 37. El artculo dice: "37. La igualdad real de oportunidades entre varones y mujeres para el acceso a cargos electivos y partidarios se garantizar por acciones positivas en la regulacin de los partidos polticos y en el rgimen electoral."

[3] 1994 Constitucin de la Repblica Argentina, artculo 75(23). El artculo dice: "75. Corresponde al Congreso: 23. Legislar y promover medidas de accin positiva que garanticen la igualdad real de oportunidades y de trato, y el pleno goce y ejercicio de los derechos reconocidos por esta Constitucin y por los tratados internacionales vigentes sobre los derechos humanos, en particular respecto de las mujeres... "

[4] Social Watch, Informe 2004, Miedos y miserias: Obstculos a la seguridad humana (Montevideo, Uruguay: SocialWatch, 2004), p. 101.

[5] Ibd., pp. 98-99.

[6] Comit para la Eliminacin de la Discriminacin contra la Mujer, "Examen de los informes presentados por los Estados Partes de conformidad con el artculo 18 de la Convencin sobre la eliminacin de todas las formas de discriminacin contra la mujer. Seguimiento de los informes peridicos de los Estados Partes: Argentina", U.N. Doc. CEDAW/C/ARG/5/Add. 1, 29 de enero de 2004, p. 60.

[7] Organizacin de las Naciones Unidas para la Educacin la Ciencia y la Cultura (UNESCO) Instituto de Estadsticas, "UNESCO Institute for Statistics, Country Profile: Argentina" [Instituto de estadsticas de UNESCO, perfil de pas: Argentina] (Montreal: UNESCO Institute for Statistics, 2001) [en lnea] http://www.uis.unesco.org/countryprofiles/html/EN/countryProfile_en.aspx?code=320.htm (descargado el 10 de febrero del 2005).

[8] Claudia Anzorena, "XIX Encuentro Nacional de Mujeres Mendoza 9, 10 y 11 de octubre del 2004", Rima (Argentina) sin fecha [en lnea] http://www.rimaweb.com.ar/encuentros/mendoza2004/apesardetodo_canzorena.html (descargado el 4 de febrero del 2005).

[9] Silvia Jayo, "El XVIII Encuentro de Mujeres en Rosario vota un plan de lucha", Prensa Obrera (Buenos Aires), 21 de agosto del 2003 [en lnea] http://www.po.org.ar/po/po814/elxviii.htm (descargado el 4 de febrero del 2005).

[10] La mortalidad materna en Argentina en el 2003 era de 46.1 por cada 100.000 nacimientos vivos, mientras que la cifra era de 230 para Bolivia y de 182.1 para Paraguay.Sin embargo, las tasas de mortalidad materna han sido consistentemente ms bajas en Chile y en Uruguay-dos pases con ingresos per capita similares a Argentina-aproximando las quince muertes por cada 100.000 nacimientos vivos en los ltimos aos. Datos de la Iniciativa Regional de Datos Bsicos en Salud, Sistema Generador de Tablasde la Organizacin Panamericana de la Salud [en lnea] http://www.paho.org/Spanish/SHA/coredata/tabulator/newTabulator.htm (descargado el 2 de diciembre del 2004).

[11] Datos del Ministerio de Salud y Ambiente de la Nacin publicados en una presentacin en Powerpoint preparadapor Ins Martnez, coordinadora del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreacin Responsable, Ministerio de Salud y Ambiente de la Nacin, "Salud Reproductiva," 2004, diapositiva 6, en los archivos de Human Rights Watch.En algunas provincias, la proporcin de muertes maternas atribuidas a abortos poco seguros es ms alta que el promedio nacional. En Tucumn, por ejemplo, se estima que durante el 2003 el 75 por ciento de la mortalidad materna se poda atribuir a las consecuencias de abortos de alto riesgo. "Exhortan a disminuir la mortalidad materna" El Siglo Web (Tucumn) [en lnea] http://www.elsigloweb.com/nota.asp?id_seccion=11&id_nota=29253 (descargado el 2 de diciembre del 2004).

[12] Ver, por ejemplo, "Polmica por pldora del da siguiente en Per", AssociatedPress, 14 de junio del 2004. Para ms informacin sobre la influencia de la Iglesia Catlica en las polticas pblicas en Argentina, ver la siguiente seccin de este informe.

[13] Este sentimiento se reflej en las polticas migratorias de 1870 en adelante, orientadas a poblar las pampas argentinas con inmigrantes europeos. Ver Susana Novick, Polticas Migratorias en la Argentina, Instituto Gino Germani (Buenos Aires: Universidad de Buenos Aires, sin fecha), [en lnea] http://www.iigg.fsoc.uba.ar/pobmigra/archivos/migrar.pdf (descargado el 4 de febrero del 2005).

[14] Ver "Juan Bautista Alberdi" (Mendoza (Argentina): Gobierno de Mendoza) [en lnea] http://www.mendoza.edu.ar/efemerid/jalberdi.htm (descargado el 4 de febrero del 2005).

[15] 1994 Constitucin de la Repblica Argentina, artculo 25. El artculo dice "El Gobierno federal fomentar la inmigracin europea; y no podr restringir, limitar ni gravar con impuesto alguno la entrada en el territorio argentino de los extranjeros que traigan por objeto labrar la tierra, mejorar las industrias, e introducir y ensear las ciencias y las artes".

[16] Ver Susana Novick, Democracia y fecundidad: polticas relacionadas con la salud reproductiva y la anticoncepcin.Argentina 1983-2001, Instituto Gino Germani (Buenos Aires: Universidad de Buenos Aires, sin fecha), [en lnea]http://www.iigg.fsoc.uba.ar/pobmigra/archivos/democracia.pdf (descargado el 4 de febrero del 2005).

[17] Divisin de Poblacin del Departamento de Asuntos Econmicos y Sociales de las Naciones Unidas, "Fertility, Contraception, and Population Policies" [Fertilidad, Anticoncepcin y Polticas Poblacionales] U.N. Doc. ESA/P/WP.182, el 25 de abril 2003 [en lnea] http://www.un.org/esa/population/publications/contraception2003/Web-final-text.PDF (descargado el 18 de marzo del 2005), p 36. El apoyo indirecto al acceso a los anticonceptivos se define como el apoyo econmico a organismos no gubernamentales que implementan programas de planificacin familiar, en contraposicin al apoyo directo a los programas de planificacin familiar implementados a travs del sistema de salud pblico.

[18] Sandra Cesilini y Natalia Gherardi (eds.), Los Lmites de la Ley: La Salud Reproductiva en la Argentina (Buenos Aires: Banco Mundial, 2002), p. 29.

[19] Ibd., p. 30.La CEDAW fue ratificada a travs de la Ley 23.179 el 8 de mayo de 1985, y fue incorporada en la Constitucin argentina en 1994 mediante el artculo 75(22).

[20] "Constituyen en Argentina Coordinadora por el Derecho al Aborto" Tertulia/CIMAC/Prensa Ecumnica, 15 de julio de 1999.

[21]"Polmica en Congreso argentino tras sancin de ley de salud sexual," Reuters, 19 de abril del 2001; y "Rechaza Iglesia Catlica Argentina Nueva Ley de Salud Reproductiva", Agencia de Noticias de Mxico (NOTIMEX), 21 de octubre del 2002. Ver tambin a continuacin en este documento la discusin de la oposicin religiosa a los anticonceptivos en general.

[22] Ley Nacional 25.673, Creacin del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreacin Responsable, 30 de octubre del 2002.

[23] Ley Nacional 25.673 de Creacin del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreacin Responsable, artculo 2.

[24] Para una completa descripcin de estos dos temas, ver las secciones V y VI de este documento.

[25] Decreto Nacional 1.282/2003, Reglamentacin de la Ley Nacional 25.673 de Creacin del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreacin Responsable, 23 de mayo del 2003.

[26] Argentina tiene un sistema de gobierno federal y la constitucin nacional delega los temas del rea salud a la autoridad de los gobiernos provinciales.Constitucin de la Repblica Argentina 1994, artculo 121.Algunos gobiernos provinciales haban pasado leyes o implementado polticas sobre salud reproductiva antes de que la ley nacional entrara en vigor.Ver Sandra Cesilini y Natalia Gherardi (eds.), Los Lmites de la Ley: La Salud Reproductiva en la Argentina.Las polticas y leyes provinciales deben estar de acuerdo con la Constitucin Nacional-incluyendo sus disposiciones sobre derechos humanos.Constitucin de la Repblica Argentina 1994, artculo 5. De acuerdo al derecho internacional de derechos humanos, el gobierno nacional contrae obligaciones para todo el territorio nacional, sin importar el sistema de gobierno.El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Polticos (PIDCP) establece explcitamente: "Las disposiciones del presente Pacto sern aplicables a todas las partes componentes de los Estados federales, sin limitacin ni excepcin alguna"PIDCP, 999 U.N.T.S. 171, en vigor a partir del 23 de marzo de 1976 y ratificado por Argentina el 8 de agosto de 1986, artculo 50.

[27] Una publicacin del Banco Interamericano de Desarrollo seal en el ao 2001 que hasta esa fecha Argentina era el nico pas de Amrica Latina y el Caribe que no contaba con un programa nacional de planificacin familiar.Ana Langer y Gustavo Nigenda, Sexual and Reproductive Health and Health Sector Reform in Latin America and the Caribbean: Challenges and Opportunities [Reforma del Sector de Salud Sexual y Reproductiva en Amrica Latina: Desafos y Oportunidades] (Washington, D.C.: Banco Interamericano de Desarrollo, 2001) [en lnea] http://www.iadb.org/sds/doc/SaludSexual.pdf (descargado el 29 de diciembre del 2004), p. 17, nota 10.

[28] Marit de Rosario, "Aborto en Argentina-Sntesis de su historia legislativa" [en lnea] http://www.derechoalaborto.org.ar/artic/2004/100359.asp (descargado el 29 de diciembre 29 del 2004).

[29] Ibd.Ver las disposiciones completas sobre aborto del Cdigo Penal de 1984, actualmente en vigor, en la nota a pie de pgina nmero 166.En este informe, utilizamos la expresin "mujer mentalmente discapacitada" para referirnos al concepto "mujer idiota o demente" en la disposicin del Cdigo Penal argentino.

[30] "Presentan en Argentina proyecto de Ley para despenalizar aborto," CIMAC, 8 de septiembre del 2004.

[31] "Jueza criticada por abortista defiende postulacin a Corte Suprema argentina", AgenceFrancePresse, 23 de junio del 2004.

[32] "Segunda mujer llega a la Corte Suprema, que completa renovacin en Argentina" AgenceFrancePresse, 7 de julio del 2004; y "Penalista Carmen Argibay asume como miembro de la Corte Suprema", La Nacin (Argentina), 3 de febrero del 2005.

[33] "Polmica por despenalizacin del aborto llega al ms alto nivel argentino", AgenceFrancePresse, 27 de noviembre del 2004.

[34] Carlos Ares, "Kirchner pide al Vaticano el cese de un obispo por atacar a un ministro", El Pas (Espaa), 25 de febrero del 2004.Los comentarios del obispo son particularmente ofensivos en Argentina, pues muchos opositores fueron asesinados de esa manera durante la dictadura de 1976-1983.

[35] Ministerio de Salud y Ambiente de la Nacin, "Compromiso para la Reduccin de la Mortalidad Materna en la Argentina", 6 de octubre del 2004, en los archivos de Human Rights Watch.

[36] "Los abortos no existen, pero que los hay, los hay", Pgina 12 (Argentina), 9 de mayo del 2005.Para ms informacin sobre la atencin post-aborto y los derechos humanos de las mujeres, ver captulo VI abajo.

[37] Correspondencia electrnica entre Human Rights Watch y Fernando Vallone, director tcnico, Direccin Nacional de Salud Materno-Infantil, 17 de mayo del 2005.

[38] Entrevista de Human Rights Watch con Graciela Rosso, vice ministra, Ministerio de Salud y Ambiente de la Nacin, Buenos Aires, 21 de octubre del 2004.La Iglesia Catlica declar pblicamente su rechazo a la Ley sobre Salud Sexual y Procreacin Responsable, entre otros, al momento de su aprobacin. "Rechaza Iglesia Catlica Argentina nueva ley de salud reproductiva", Agencia Mexicana de Noticias, 31 de octubre del 2002.

[39] Entrevista de Human Rights Watch con Alicia Tate, diputada, Honorable Cmara de Diputados de Argentina, Buenos Aires, 15 de octubre del 2004.

[40] Cuando un grupo de conservadores cristianos asumi la responsabilidad por los actos de violencia y vandalismo extremo ocurridos durante el Encuentro Nacional de Mujeres de Argentina, en la provincia de Mendoza en el 2004, la publicacin en Internet "CatholicPanoramaInternational" seal en una editorial con referencia a estos actos: "Auguramos que este tipo de actitudes valientes y varoniles se repitan con mayor frecuencia en nuestra patria"."A dos semanas del Encuentro de Mujeres, siguen las agresiones" [en lnea] http://www.sentidog.com/index.php?id=6911&cate=91&page=noticias/cortitas.php (descargado el 29 de diciembre del 2004), artculo con fecha del 28 de octubre del 2004. Ver tambin www.panoramacatolicointernacional.com. En diciembre del 2004, grupos que se identifican como catlicos iniciaron una ruidosa e injuriante campaa en contra de una doctora holandesa-conocida por su labor en favor del derecho al aborto-que dio una conferencia en Buenos Aires.Los incidentes dejaron a dos personas heridas. "Conferencia pro aborto deja dos heridos tras incidente en Argentina", El Nuevo Herald (Miami), 12 de diciembre del 2004, p. 2.

[41] Entrevista de Human Rights Watch con Horacio Ernesto Benites Astoul, obispo auxiliar deBuenos Aires, Iglesia Catlica, Buenos Aires, 20 de octubre del 2004.

[42] Ver Cardenal Joseph Ratzinger, ahora el Papa Benedicto XVI, "Carta a los obispos de la Iglesia Catlica sobre la colaboracin del hombre y la mujer en la iglesia y en el mundo" (Roma: Santa Sede, 31 de mayo del 2004) [en lnea] http://www.aica.org/aica/documentos_files/Santa_Sede/Congregaciones/Doctrina_de_la_Fe/doc_Doctrina_Fe_Colaboracion_Hombre_Mujer.htm (descargado el 3 de febrero del 2005).

[43] Entrevista de Human Rights Watch con Mara del Carmen Cartazzo, doctora, Asociacin Argentina de Mdicos Catlicos, 20 de octubre del 2004.Ver tambin AFP, "Catholic Cardinal suggests health warning on condom packets" [Cardenal Catlico Recomienda Advertencia de Salud en Envoltorio de Condones], 13 de octubre del 2003; "Why the fuss about condoms?" [Qu problema hay con los condones?], The Tablet, 1 de febrero del 2003; "Zambia: 'Luo's Condom Plan is Killing Our People' [Zambia: 'El Plan de Uso de Condn de Luo Est Matando a Nuestra Gente'], Africa News, 8 de mayo del 2002 (citando al coordinador pastoral de la Arquidicesis Catlica de Zambia, Fr. Evaristo Chungu, diciendo, "Los mismos cientficos estn de acuerdo que los condones han estado fallando en prevenir embarazos, y como la cabeza de un espermatozoide es 50 veces ms grande que un virus del SIDA de menos de un micrn en tamao, ninguna persona informada creera que el condn sera ms que ocasionalmente efectivo").

[44] Entrevista de Human Rights Watch con Horacio de la Torre, coordinador del Programa de Procreacin Responsable del gobierno de la provincia de Santa Fe, 14 de septiembre 14 del 2004.

[45] Entrevista de Human Rights Watch con Horacio Ernesto Benites Astoul, obispo auxiliar, Iglesia Catlica, Buenos Aires, 20 de octubre del 2004.

[46] Los mtodos "transitorios" se refieren a mtodos que no son permanentes.Los mtodos "reversibles" se refieren a mtodos semi-permanentes que podran revertirse.

[47] En trminos mdicos existe una clara diferencia entre la anticoncepcin, definida como "el impedimento premeditado del embarazo o concepcin por varios mtodos" y el aborto opcional, definido como "la interrupcin voluntaria del embarazo".Jerrold B. Leikin MD and Martin S. Lipsky MD (eds.), American Medical Association: Complete Medical Encyclopedia [Enciclopedia Mdica Completa de la Asociacin Mdica Estadounidense] (Nueva York: Random House, 2003), pp. 99 y 399. Ver tambin Rebecca J. Cook, Bernard M. Dickens, y Mahmoud F. Fathalla, Salud reproductiva y derechos humanos: integracin de la medicina, la tica y el derecho (Bogot, Colombia: PROFAMILIA, 2003), p. 24: "Desde el punto de vista mdico, la diferencia entre anticoncepcin y aborto es clara.El embarazo solamente se considera consumado cuando se completa la implantacin del vulo en la pared el tero. Una mujer con un vulo fecundado flotando en su trompa de Falopio o en su tero, no est embarazada. Un mtodo que acta antes de que se complete la implantacin es un mtodo de anticoncepcin. Un mtodo que acta despus de completada la implantacin es un aborto".

[48] Expediente del debate, Cmara de Diputados de la Nacin, del 18 de abril del 2001, en los archivos de Human Rights Watch.

[49] Ley Nacional 25.673, Creacin del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreacin Responsable, 30 de octubre del 2002, artculo 6(b).

[50] Corte Suprema de Justicia de la Nacin, "Portal de Beln c/Ministerio de Salud y Accin Social de la Nacin s/Amparo. P. 709. XXXVI", 5 de marzo del 2002. Otras marcas de anticoncepcin de emergencia siguen siendo legales en Argentina. Para informacin al da sobre acceso a anticonceptivos de emergencia en Argentina, ver Consorcio Latinoamericano de Anticoncepcin de Emergencia, "Cuadro resumen de la situacin actual de la Anticoncepcin de Emergencia en Amrica Latina" [en lnea] http://www.clae.info/paises.html (descargado 3 de marzo del 2005). La constitucin argentina no menciona el aborto. El argumento de que la anticoncepcin de emergencia es inconstitucional se basa en una lectura selectiva de la Convencin Americana sobre Derechos Humanos (CADH), la cual est incorporada en la Constitucin. Ver la discusin sobre las disposiciones relevantes al aborto en el captulo VII de este documento.

[51] En el 2002, una jueza federal emiti una orden judicial a pedido de un grupo catlico, obligando al Ministerio de Salud a detener la implementacin de la Ley sobre Salud Sexual y Procreacin Responsable en la Argentina, argumentando que la ley autorizaba la distribucin de anticonceptivos abortivos y por lo tanto inconstitucionales. Juzgado No. 3 de Crdoba, "Cuerpo de copias en autos: 'MUJERES POR LA VIDA Asociacin Civil sin Fines de Lucro c/Ministerio de Salud y Accin Social de la Nacin s/Amparo", 30 de diciembre del 2002.El ministerio apel el caso y la Cmara Federal de Apelaciones revoc la orden judicial en marzo del 2003. Cmara Federal de Crdoba, "Cuerpo de copias en autos: 'MUJERES POR LA VIDA Asociacin Civil sin Fines de Lucro c/Ministerio de Salud y Accin Social de la Nacin s/Amparo," SALA A, 19 de marzo del 2003.En el 2003, la misma jueza federal impuso una medida protectiva solicitada por otra organizacin catlica, obligando al gobierno nacional a prohibir la manufactura y venta en todo el pas de mtodos anticonceptivos que incluyan drogas "abortivas" y de dispositivos intrauterinos (DIU) nuevamente debido a su supuesta inconstitucionalidad. Juzgado No. 3 de Crdoba, "Fundacin 25 de Marzo - Asociacin Civil sin Fines de Lucro (Filial Crdoba) c/ Estado Nacional Poder Ejecutivo Nacional Ministerio de Salud y Accin Social de la Nacin s/Amparo", 23 de mayo del 2003.El gobierno apel est decisin tambin y el caso estaba pendiente en febrero del 2005.

[52] Entrevista de Human Rights Watch con Mara del Huerto Terceiro, abogada, Asociacin Argentina de Planificacin Familiar, Buenos Aires, 14 de octubre del 2004.

[53] Entrevista de Human Rights Watch con Horacio de la Torre, coordinador, Programa de Salud Sexual y Procreacin Responsable del gobierno de la provincia de Santa Fe, 14 de septiembre del 2004.

[54] Comit de Derechos Econmicos, Sociales y Culturales, "El derecho al disfrute del ms alto nivel posible de salud (Observaciones generales), Observacin general 14", 11 de agosto del 2000, U.N. Doc. E/C.12/2000/4, prrafos 12(b), 16 y nota 8.

[55] "El gobierno lanz una campaa de salud reproductiva", La Nacin (Argentina), 29 de abril del 2005.

[56] Entrevista de Human Rights Watch con Gladis Morello, provincia de Buenos Aires, octubre del 2004.Morello se mud con su marido cuando ella tena dieciocho y tuvo diez embarazos durante sus catorce aos en un matrimonio fsica y sexualmente abusivo, incluyendo dos abortos naturales debido a la violencia.

[57] La violencia sexual tambin puede aumentar el riesgo de enfermedades de transmisin sexual, incluso y especficamente el VIH. El sexo a la fuerza o coercitivo puede causar traumas: cuando la vagina est seca y se usa la fuerza, las lesiones genitales son ms probables, aumentando el riesgo de transmisin.El sexo oral a la fuerza puede causar rasgaduras en la piel, aumentando el riesgo de transmisin del VIH.

[58] Entrevista de Human Rights Watch con Olga Cceres, presidenta, Mara Pueblo, provincia de Buenos Aires, 18 de octubre del 2004.

[59] Entrevista de Human Rights Watchcon Romina Casillas, provincia de Santa Fe, septiembre del 2004.

[60] M. Buvinic, A Morrison, y M. Shifter, "La violencia en las Amricas: marco de accin", en A. Morrison y M. Loreto Biehl (eds.), El costo del silencio: violencia domstica en las Amricas, (Washington, D.C.: Banco Interamericano de Desarrollo, 1999), pp. 3-34.

[61] La implementacin de los principales tratados de derechos humanos del sistema de derechos humanos de las Naciones Unidas es supervisada por comits-llamados rganos de supervisin-constituidos por expertos independientes seleccionados de entre los estados partes de los respectivos tratados.Los rganos de supervisin incluyen el Comit de Derechos Humanos, el Comit de Derechos Econmicos, Sociales y Culturales, el Comit de los Derechos del Nio, el Comit contra la Tortura, el Comit para la Eliminacin de la Discriminacin Racial y el Comit para la Eliminacin de la Discriminacin contra la Mujer.Estos comits reciben informes peridicos de los estados partes que revisan y discuten con los estados. Despus de dichas revisiones, los comits emiten conclusiones y recomendaciones-generalmente llamados observaciones finales-respecto al cumplimiento de los derechos protegidos por las convenciones que supervisan en cada pas especfico.El creciente cuerpo de observaciones finales emitidas por los comits es una importante gua de la opinin de los comits sobre el estatus y el alcance concretos de los derechos protegidos bajo el sistema de la Naciones Unidas.A veces los comits emiten tambin guas conceptuales sobre la realizacin de derechos humanos especficos-llamados observaciones generales o recomendaciones generales.Estas observaciones o recomendaciones constituyen otra fuente fidedigna de la evolucin interpretativa del derecho humano en cuestin.

[62] Comit para la Eliminacin de la Discriminacin contra la Mujer (Comit de la CEDAW), Recomendacin General No. 19: La violencia contra la mujer, prrafo 1, en "Compilation of General Comments and General Recommendation Adopted by Human Rights Treaty Bodies" [Compilacin de Observaciones Generales y Recomendaciones Emitidas por los rganos de Tratados de Derechos Humanos], 12 de mayo 12 del 2004, U.N. Doc. HRI/GEN/1/Rev.7.

[63] Ibd., pr. 24(b).

[64] Comisin de Derechos Humanos, "Eliminacin de la violencia contra la mujer," Resolucin 2004/46, 20 de abril del 2004 (aprobada sin votacin), pr. 7.

[65] Comit de Derechos Econmicos, Sociales y Culturales, "El derecho al disfrute del ms alto nivel posible de salud (Observaciones generales), Observacin general 14" 11 de agosto del 2000, U.N. Doc. E/C.12/2000/4, pr. 21.

[66] Ibd.

[67] Ley 24.417/94, Proteccin contra la Violencia Familiar, artculo 4.

[68] Histricamente, tanto en Amrica Latina como en los Estados Unidos, el bien protegido por las leyes contra violencia sexual ha sido el "honor" de la vctima y no a la vctima en s misma.Esta nocin encuentra su manifestacin ms explcita en las leyes que exoneran al violador, si este se casa con la vctima, con el razonamiento de que as se restaura el honor.Este era el caso en Argentina hasta la reforma de 1994 (y todava se aplica en Bolivia y Brasil, por ejemplo).Las activistas de los derechos de las mujeres en Argentina han aclarado que aunque la nueva ley implcitamente penaliza la violacin marital, el silencio de la ley sobre ese tema contribuye a mantener un fuerte sesgo judicial a favor de considerar el matrimonio como un factor que exime en los casos de violacin. Entrevista de Human Rights Watchcon Silvia Chejter, sociloga, Centro de Encuentros Cultura y Mujer CECYM, Buenos Aires, 13 de agosto del 2003.

[69] Centro de Encuentros Cultura y Mujer, Violacin marital (Boletn), 2002 [en lnea] http://www.cecym.org.ar/pdfs/violacionmarital.pdf (descargado el 2 de diciembre del 2004).

[70] Comit de la CEDAW, "Informe del Comit para la Eliminacin de la Discriminacin contra la Mujer, vigsimo sexta sesin," U.N. Doc. A/57/38, 2 de mayo 2 del 2002, pr. 364.El quinto informe peridico de Argentina al Comit de la CEDAW indic que el nmero de denuncias por violencia familiar se haban duplicado entre 1995 y el 2000. Comit para la Eliminacin de la Discriminacin contra la Mujer," Examen de los informes presentados por los Estados Partes de conformidad con el artculo 18 de la Convencin sobre la eliminacin de todas las formas de discriminacin contra la mujer.Seguimiento de los informes peridicos de los Estados Partes: Argentina", U.N. Doc. CEDAW/C/ARG/5, 11 de febrero del 2002, p. 32 (en la versin en ingls).Parte del aumento podra ser resultado del nuevo marco legislativo que puede haber fomentado la presentacin de denuncias.

[71] Entrevista de Human Rights Watchcon Lucila Morn, provincia de Buenos Aires, octubre del 2004.

[72] Ver la seccin V, ms abajo para una completa descripcin de las limitaciones generalmente impuestas en Argentina al acceso de las mujeres a la ligadura tubaria y la ilegalidad de estas limitaciones desde la perspectiva del derecho internacional.En el caso de Lucila Morn, los procedimientos que le impidieron acceder a la ligadura tubaria voluntaria fueron discriminatorios, pues se le neg el acceso en base a su corta edad.Segn la Organizacin Mundial de la Salud, la corta edad no constituye, en trminos de salud, una contraindicacin para la esterilizacin quirrgica.Ms bien, en el caso de Morn, los mismos funcionarios de salud pblica que le niegan la esterilizacin le estn indicando que no debe embarazarse bajo ninguna circunstancia debido a su dolencia cardaca.

[73] Entrevista de Human Rights Watch con Luca Lucena, educadora social, Decidir, Moreno, provincia de Buenos Aires, 19 de octubre del 2004.

[74] Entrevista de Human Rights Watch con Mabel Busaniche, organizadora comunitaria, Santa Fe, provincia de Santa Fe, 13 de septiembre del 2004.

[75] Ley Nacional 25.673, Creacin del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreacin Responsable, 30 de octubre del 2002, artculo 2(a): "Sern objetivos de este programa: (a) Alcanzar para la poblacin el nivel ms elevado de salud sexual y procreacin responsable con el fin de que pueda adoptar decisiones libres de discriminacin, coacciones o violencia."

[76] Ver Decreto Nacional 1.282/2003, Reglamentacin de la Ley Nacional 25.673 de Creacin del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreacin Responsable, 23 de mayo del 2003.

[77] Entrevista de Human Rights Watch con Mara del Huerto Terceiro, abogada, Asociacin Argentina de Planificacin Familiar (AAPF), Buenos Aires, 14 de octubre del 2004.

[78] "El gobierno lanz una campaa de salud reproductiva", La Nacin (Argentina), 29 de abril del 2005.

[79] Entrevista de Human Rights Watchcon Mara Rivara, provincia de Buenos Aires, octubre del 2004.

[80] Entrevista de Human Rights Watchcon Paola Mndez, provincia de Buenos Aires, octubre del 2004. Segn las entrevistas de Human Rights Watchcon funcionarios de salud pblica, no se han reportado este tipo de casos. Es ms, la tasa de falla de los dispositivos intrauterinos-es decir, el porcentaje de mujeres que experimenta embarazos no deseados durante el primer ao de uso-es de entre 0,1 y 2 por ciento para uso normal, dependiendo del dispositivo implantado. Robert A. Hatcher et al., Contraceptive Technology (Tecnologa Anticonceptiva) (New York: Ardent Media, 1998), p. 514.

[81] Una gua en lnea sobre medicina familiar advierte en un artculo que revisa la interaccin entre anticonceptivos hormonales y antibiticos: "La mayor parte de la informacin disponible no demuestra una reduccin significativa en la eficacia de las PAO [Pldoras Anticonceptivas Orales] durante el uso normal de antibiticos. Sin embargo, estos estudios no pueden excluir de manera confiable una pequea reduccin en la efectividad, especialmente en las combinaciones de PAO de "baja dosis" (<35 g de estrgeno). Varias fuentes respetadas recomiendan el uso de anticonceptivos alternativos durante el uso de antibiticos, desde un punto de vista pragmtico es importante que se informa a todas las pacientes sobre la posible interaccin". Kevin E. Burroughs, MD; M. Lee Chambliss, MD, MSPH Greensboro, NC, "Antibiotics and Oral Contraceptive Failure (Antibiticos y Falla de los Anticonceptivos Orales)" (traduccin de Human Rights Watch, nfasis aadido) Archives of Family Medicine [en lnea] http://archfami.ama-assn.org/cgi/content/full/9/1/81 (descargado el 4 de febrero del 2005).

[82] Entrevista de Human Rights Watch con Laura Passaglia, provincia de Buenos Aires, octubre del 2004.

[83] Entrevista de Human Rights Watch con Lus Robles, jefe, Programa de Maternidad, Ministerio de Salud de Formosa, Castelar, Provincia de Buenos Aires, 6 de septiembre del 2004.

[84] Entrevista de Human Rights Watch con [nombre protegido], jefe, maternidad de un hospital pblico [nombre de provincia retenido], septiembre del 2004; y con Julie Reina, provincia de Tucumn, septiembre del 2004.

[85] Comit de Derechos Econmicos, Sociales y Culturales, "El derecho al disfrute del ms alto nivel posible de salud (Observaciones generales), Observacin General 14", 11 de agosto del 2000, U.N. Doc. E/C.12/2000/4, pr. 16; y pr. 36 (los estados deben promover " la educacin en materia de salud y campaas de informacin, en particular respecto al VIH/SIDA [y] a la salud sexual y gensica").

[86] Ibd., pr. 12(b), 16 y nota 8.

[87] Ibd., pr. 34-35.

[88] PIDESC, artculo 12.

[89] Convencin sobre los Derechos del Nio (CDN), G.A. Res. 44/25, fecha de entrada en vigor: 2 de septiembre, 1990 y ratificada por Argentina el 4 de diciembre de1990, artculo 24.

[90] Comit de los Derechos del Nio, "Observacin General No. 4: La salud y el desarrollo de los adolescentes en el contexto de la Convencin sobre los Derechos del Nio" U.N. Doc. CRC/GC/2003/4, 1 de julio del 2003, pr. 26

[91] Ibd.

[92] "Ministro argentino preocupado por abortos y embarazo adolescente", AssociatedPress, DiarioLaEstrella (Madrid), 13 de noviembre del 2004; y "Polmica por despenalizacin del aborto llega al ms alto nivel argentino", AgenceFrancePresse, 27 de noviembre del 2004.

[93] Ver "Ministro argentino preocupado por abortos y embarazo adolescente", AssociatedPress, DiarioLaEstrella(Madrid), 13 de noviembre 13, 2004; "Para Ministro de Salud, si no se educa sobre sexo en la escuela primaria 'se pierde una oportunidad'", AgenciaDiarios y Noticias, 1 de octubre del 2004; y Guillermo Villarreal, "Silenciosa Ofensiva", AgenciaDiarios y Noticias, 24 de septiembre del 2004.

[94]Ley 25.673, artculo 2(f). El artculo completo dice: "Sern objetivos de este programa [Programa Nacional de Salud Sexual y Procreacin Responsable]: a) Alcanzar para la poblacin el nivel ms elevado de salud sexual y procreacin responsable con el fin de que pueda adoptar decisiones libres de discriminacin, coacciones o violencia; b) Disminuir la morbimortalidad materno-infantil; c) Prevenir embarazos no deseados; d) Promover la salud sexual de los adolescentes; e) Contribuir a la prevencin y deteccin precoz de enfermedades de transmisin sexual, de VIH/SIDA y patologas genital y mamarias; f) Garantizar a toda la poblacin el acceso a la informacin, orientacin, mtodos y prestaciones de servicios referidos a la salud sexual y procreacin responsable; g) Potenciar la participacin femenina en la toma de decisiones relativas a su salud sexual y procreacin responsable."

[95] Entrevista de Human Rights Watch con Norma Jimnez, provincia de Santa Fe, septiembre del 2004.

[96] Entrevista de Human Rights Watch con Paola Vsquez, provincia de Santa Fe, septiembre del 2004.

[97] El Programa Jefes y Jefas de Hogar fue creado en el 2002 para proveer de ingresos de emergencia a la poblacin econmicamente vulnerable. Los inscritos en este programa reciben 150 pesos por mes a cambio de algn servicio comunitario. El programa es administrado por el Decreto Nacional 565/2002.

[98] Entrevista de Human Rights Watch con Romina Redondo, provincia de Santa Fe, septiembre del 2004.

[99] Entrevista de Human Rights Watch con Marisa Rossi, provincia de Buenos Aires, octubre del 2004.

[100] Entrevista de Human Rights Watch con Romina Casillas, provincia de Santa Fe, septiembre, del 2004.

[101] Entrevista de Human Rights Watch con Yanina Carlotto, provincia de Buenos Aires, octubre del 2004.

[102] Entrevista de Human Rights Watch con Ana Snchez, provincia de Buenos Aires, octubre del 2004.

[103] Entrevista de Human Rights Watch con Mariana Porcel, provincia de Santa Fe, septiembre del 2004.

[104] Entrevista de Human Rights Watch con Romina Casillas, provincia de Santa Fe, septiembre del 2004.

[105] Comit de Derechos Econmicos, Sociales y Culturales, "El derecho al disfrute del ms alto nivel posible de salud (Observaciones general), Observacin General 14", 11 de agosto del 2000, U.N. Doc. E/C.12/2000/4, pr. 12(b).

[106] El tipo de cambio utilizado en este informe es de 2.97 pesos argentinos por un dlar estadounidense, tipo de cambio del 3 de diciembre del 2004, a menos que se indique lo contrario.

[107] Entrevista de Human Rights Watch con Jazmn Castaa, provincia de Tucumn, septiembre del 2004.

[108] Entrevista de Human Rights Watch con Ins Martnez, responsable, Programa Nacional de Salud Sexual y Procreacin Responsable, Ministerio de Salud y Ambiente de la Nacin, 21 de octubre del 2004.

[109] Entrevista de Human Rights Watch con Mariana Porcel, provincia de Santa Fe, septiembre del 2004.

[110] Entrevista de Human Rights Watch con Yanina Carlotto, provincia de Buenos Aires, octubre del 2004.

[111] La ligadura tubaria o de trompas es un mtodo de esterilizacin femenina que consiste en bloquear mecnicamente las trompas de Falopio para evitar que el vulo y la esperma se unan. Las trompas de Falopio pueden ser bloqueadas por ligacin, oclusin mecnica con pinzas o anillos, o electrocutacin.Robert A. Hatcher et al., Contraceptive Technology (Tecnologa Anticonceptiva), pp. 546 y 554. En Argentina, la esterilizacin femenina se conoce generalmente como ligadura tubaria, hasta incluso cuando las trompas no son necesariamente bloqueadas por ligacin, sino que por otros mtodos.

[112]Ley 17.132: Rgimen Legal del Ejercicio de la Medicina, Odontologa, y Actividades Auxiliares de las Mismas, 24 de enero de 1967, publicado en el Boletn Oficial el 31 de enero de 1967.

[113] Si las mujeres son forzadas a someterse al procedimiento de ligadura tubaria o si se les niega el mismo, sus derechos humanos a la no discriminacin, la privacidad, y a la salud son vulnerados. A las mujeres se les ha negado el derecho a decidir independientemente sobre su acceso a la ligadura tubariaen otros pases de la regin, incluyendo el notorio caso del gobierno de Alberto Fujimori en Per, donde se reporta que miles de mujeres fueron esterilizadas sin su conocimiento o consentimiento. Ver Laura Puertas, "Fujimori orden la esterilizacin forzosa de 200.000 mujeres indgenas en Per", ElPas (Madrid), 25 de julio del 2002, p. 3.

[114] Ley 17.132: Rgimen Legal del Ejercicio de la Medicina, Odontologa, y Actividades Auxiliares de las Mismas, 24 de enero de 1967, publicado en el Boletn Oficial el 31 de enero de 1967.

[115] Este trmino no est definido en la ley. Cuando las mujeres han intentado conseguir una autorizacin judicial para la ligadura tubaria, la interpretacin de lo que constituye una "indicacin teraputica perfectamente determinada" ha variado significativamente. Ver adems una discusin ms completa de una seleccin de jurisprudencia sobre la materia en la seccin sobre autorizacin judicial para la ligadura tubaria de ese documento.

[116] Ley 17.132: Rgimen Legal del Ejercicio de la Medicina, Odontologa, y Actividades Auxiliares de las Mismas, artculo 20(18).Dice el artculo: "Queda prohibido a los profesionales que ejerzan la medicina [p]racticar intervenciones que provoquen la esterilizacin sin que exista indicacin teraputica perfectamente determinada y sin haber agotado todos los recursos conservadores de los rganos reproductores "

[117] Cdigo Penal, artculos90, 91, y 92.Ver tambin Luisa Cabal, Julieta Lemaitre, y Mnica Roa (eds), Cuerpo y Derechos, Legislacin y JurisprudenciaenAmricaLatina(Bogot: Editorial Temis, S.A., 2001), p. 93.

[118] Comit de Derechos Econmicos, Sociales y Culturales, "El derecho al disfrute del ms alto nivel posible de salud (Observaciones generales), Observacin general 14," 11 de agosto del 2000, U.N. Doc. E/C.12/2000/4, pr. 34.

[119] Ver Dr. Jerrold B. Leikin y Dr. Martin S. Lipsky, (eds.), American Medical Association: Complete Medical Encyclopedia, p. 1241 [donde la ligadura tubaria est definida como un mtodo de control natal]; y Organizacin Mundial de la Salud, Selected Practice Recommendation for Contraceptive Use [SeleccindePrcticasRecomendadasparaelUsodeAnticonceptivos] (Ginebra: Organizacin Mundial de la Salud, 2004) [diseada como gua para los servicios de provisin de anticonceptivos, cubriendo entre otros, la esterilizacin].Ver ms abajo para una exposicin de los comentarios sobre esterilizacin o ligadura tubaria hechos por los comits de derechos humanos.

[120]Organizacin Mundial de la Salud, Medical Eligibility Criteria for Contraceptive Use [CriteriosMdicosparaelUsodeAnticonceptivos], Captulo sobre procedimientos de esterilizacin quirrgica, p. 1. Esta gua adems seala que "no existe ninguna condicin mdica capaz de restringir absolutamente la posibilidad de someter a una persona a la esterilizacin".

[121] Comit de la CEDAW, "Report of the Committee on the Elimination of All Forms of Discrimination Against Women" [Informe del Comit sobre la Eliminacin de Todas las Formas de Discriminacin contra la Mujer], U.N. Doc. A/54/38/Rev.1, 9 de julio 9 de 1999, pr. 228.

[122] Entrevista de Human Rights Watch con Ins Martnez, responsable, Programa Nacional de Salud Sexual y Procreacin Responsable, Ministerio de Salud y Ambiente de la Nacin, 21 de octubre del 2004.

[123] Comit de Derechos Humanos, "Observaciones finales del Comit de Derechos Humanos: Argentina," U.N. Doc. CCPR/CO/70/ARG, 3 de noviembre del 2000, pr. 14. La ligadura tubaria es un mtodo comn de esterilizacin femenina, ver la nota 111, ms arriba.

[124] Entrevista de Human Rights Watch con Elda Cerrano, jefa, Unidad de Salud Reproductiva, Secretara de Salud Pblica de la Municipalidad de Rosario, 17 de septiembre del 2004.

[125] Entrevista de Human Rights Watch con Valentina Rodrguez, provincia de Tucumn, septiembre del 2004.

[126] Entrevista de Human Rights Watch con Micaela Mrquez, provincia de Buenos Aires, octubre del 2004.

[127] CEDAW, en particular artculos 1 y 2.

[128] PIDCP, artculos 2(1) y 3.

[129] Es difcil entender cmo se puede justificar el requisito del consentimiento conyugal, incluso a la luz de la restrictiva ley de 1967 que rige la profesin mdica. El que el marido est de acuerdo o no con que su cnyuge se someta a la ligadura tubaria es irrelevante para la potencial justificacin mdica de la operacin.

[130] Comit para la Eliminacin de la Discriminacin contra la Mujer, "Recomendacin General No. 21: La igualdad en el matrimonio y en las relaciones familiares" 4 de febrero 4 de 1994, pr. 22, en "Compilation of General Comments and General Recommendation Adopted by Human Rights Treaty Bodies" [Compilacin de Comentarios Generales y Recomendaciones Adoptados por los rganos de Tratados de Derechos Humanos], 12 de mayo del 2004, U.N. DOC. HRI/GEN/1/Rev.7.

[131] Comit de Derechos Humanos, "Observacin general 28: Artculo 3 (Igualdad de derechos entre hombres y mujeres)", U.N. Doc. CCPR/C/21/Rev.1/Add.10, 29 de marzo del 2000, pr. 20.

[132] Entrevista de Human Rights Watch con Romina Parma, provincia de Buenos Aires, octubre del 2004.

[133] Entrevista de Human Rights Watch con Gisela Oporto, provincia de Buenos Aires, octubre del 2004.

[134] Robert A. Hatcher et al., Contraceptive Technology [TecnologaAnticonceptiva], pp. 550-551.

[135] Es prctica comn en los hospitales pblicos de Argentina llevar a cabo la ligadura tubaria inmediatamente despus de una cesrea, durante la misma operacin.La Organizacin Mundial de la Salud indica que esta prctica es aceptable. Organizacin Mundial de la Salud, Medical Eligibility Criteria for Contraceptive Use, p. 11- Esterilizacin Femenina Quirrgica.

[136] Entrevista de HumanRights Watch con Romina Redondo, provincia de Santa Fe, septiembre del 2004.

[137] Ibd.

[138] Entrevista de Human Rights Watch con Marianela Casillas, provincia de Santa Fe, septiembre del 2004.

[139] Entrevista de Human Rights Watch con Yanina Carlotto, provincia de Buenos Aires, octubre del 2004.

[140] Organizacin Mundial de la Salud, Medical Eligibility Criteria for Contraceptive Use, p. 2- Esterilizacin Femenina Quirrgica.

[141] Organizacin Mundial de la Salud, Medical Eligibility Criteria for Contraceptive Use, p. 2- Esterilizacin Femenina Quirrgica.

[142] Entrevista de Human Rights Watch con Marina Padilla, provincia de Santa Fe, septiembre del 2004.

[143] Entrevista de Human Rights Watch con Marcela Espinosa, provincia de Santa Fe, septiembre del 2004.

[144] Entrevista de Human Rights Watch con Andrea Gonzlez, provincia de Tucumn, septiembre del 2004.

[145] Entrevista de Human Rights Watch con Soledad Mendoza, asistente, Oficina de la Senadora Provincial Patricia Snchez, Santa Fe, 14 de septiembre del 2004.

[146] Entrevista de Human Rights Watch con Marisa Rossi, provincia de Buenos Aires, octubre del 2004.

[147] Para ms informacin sobre este caso, ver ms abajo en este documento en la seccin sobre la autorizacin judicial para la ligadura tubaria.

[148] Entrevista de Human Rights Watch con Laura Passaglia, provincia de Buenos Aires, octubre del 2004.

[149] Entrevista de Human Rights Watch con Nora Casas, provincia de Santa Fe, septiembre del 2004.

[150] Entrevista de Human Rights Watch con Marina Padilla, provincia de Santa Fe, septiembre del 2004.

[151] Entrevista de Human Rights Watch con Ins Martnez, responsable, Programa Nacional de Salud Sexual y Procreacin Responsable, Ministerio de Salud y Ambiente de la Nacin, 21 de octubre del 2004.

[152] Entrevista telefnica de Human Rights Watch con Paola Bergallo, profesora, Universidad de Buenos Aires, Buenos Aires, 10 de agosto del 2004.

[153] Entrevista de Human Rights Watch con Gisela Oporto, provincia de Buenos Aires, octubre del 2004.

[154] Es prctica comn en algunos pases que los doctores recomienden la cesrea cuando una mujer embarazada ha tenido una o varias cesreas anteriores; basado en el supuesto de que es posible una ruptura de la cicatriz uterina si se intenta un parto vaginal.Este es el caso en Argentina.

[155] [Nombre del caso protegido], provincia de Buenos Aires, mayo del 2004.Los documentos del caso estn archivados en Human Rights Watch.

[156] Entrevista de Human Rights Watch con Gisela Oporto, provincia de Buenos Aires, octubre del 2004.

[157] Entrevista de Human Rights Watch con Laura Passaglia, provincia de Buenos Aires, octubre del 2004.

[158] Ibd.

[159] [Nombre del caso protegido], provincia de Buenos Aires,febrero del 2004. Los documentos del caso estn archivados en Human Rights Watch.

[160] Ver Juzgado de Primera Instancia en lo Correcional No. 1, Paran, E., N. B. c/Hospital San Roque y/o Secretara de Salud y/o Estado Provincial. Accin de Amparo. 29 de noviembre de 1996, archivado en Human Rights Watch; Tribunal Superior de Justicia, Sala No. 1 en lo Penal, Entre Ros, E., N. B. c/ Hospital San Roque y/o Secretara de Salud y/o Estado Provincial. Accin de Amparo, 9 de diciembre de 1996, archivada en Human Rights Watch.

[161]En el 2003 en Argentina hubo 727.000 nacimientos vivos. UNICEF, "At a Glance: Argentina" [en lnea] http://www.unicef.org/infobycountry/argentina.html (descargado el 4 de marzo del 2005).El Ministerio de Salud y Ambiente de la Nacin declar en el 2004 que en Argentina ocurren ms de 500.000 abortos al ao. "Argentina: Graves incidentes en conferencia de doctora pro aborto", AssociatedPress, 10 de diciembre del 2004.

[162] Entrevistas de Human Rights Watch con Mara Ana Palmieri, coordinadora, Programa Materno-Infantil, Ministerio de Salud de la Rioja, Castelar, provincia de Buenos Aires; y con Stella Carrido, coordinadora, Area Materno-Infantil, Ministerio de Bienestar de Jujuy, Buenos Aires, 8 de septiembre del 2004.

[163]En una publicacin que cita cifras de 1993, la Organizacin Panamericana de la Salud indic que el 30 por ciento de la mortalidad materna en Argentina se debe a abortos ilegales. OPS, La Salud en las Amricas, Edicin de 1998 (Washington, D.C.: OPS, 1998), p. 212, citado [en lnea] http://www.eclac.cl/publicaciones/UnidadMujer/5/lcl1295/cuadro6.gif (descargado el 3 de febrero del 2004).En el 2002, casi una dcada despus, el 31por ciento de la mortalidad materna era causada por abortos ilegales. Presentacin en Powerpoint preparada por Ins Martnez, responsable, Programa Nacional de Salud Sexual y Reproductiva, Ministerio de Salud y Ambiente de la Nacin, "Salud Reproductiva," 2004, diapositiva 6, en los archivos de Human Rights Watch.

[164] Entrevista de Human Rights Watch con Stella Carrido, coordinadora, rea Materno Infantil del Ministerio de Bienestar Social de Jujuy, Buenos Aires, 8 de septiembre del 2004.

[165] En trminos jurdicos internacionales, la "salud" se define como "un estado de completo bienestar fsico, mental y social y no solamente como la ausencia de afecciones o enfermedades".Prembulo a la Constitucin de la Organizacin Mundial de la Salud, adoptada por la Conferencia Internacional de Salud, Nueva York, 19 al 22 de junio de 1946, suscrita por los representantes de 61 estados el 22 de julio de 1946 (Archivos Oficiales de la Organizacin Mundial de la Salud), y en vigor desde el 7 de abril de 1948.

[166] Cdigo Penal artculos 85-88. Los artculos dicen: "Art. 85. El que causare un aborto ser reprimido: 1. con reclusin o prisin de tres a diez aos, si obrare sin consentimiento de la mujer. Esta pena podr elevarse hasta quince aos, si el hecho fuere seguido de la muerte de la mujer; 2. con reclusin o prisin de uno a cuatro aos, si obrare con consentimiento de la mujer. El mximum de la pena se elevara a seis aos, si el hecho fuere seguido de la muerte de la mujer. Art. 86.Incurrirn en las penas establecidas en el artculo anterior y sufrirn, adems, inhabilitacin especial por doble tiempo que el de la condena, los mdicos, cirujanos, parteras o farmacuticos que abusaren de su ciencia o arte para causar el aborto o cooperaren a causarlo. El aborto practicado por un mdico diplomado con el consentimiento de la mujer encinta, no es punible: 1. si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre y si este peligro no puede ser evitado por otros medios; 2. si el embarazo proviene de una violacin o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente. En este caso, el consentimiento de su representante legal deber ser requerido para el aborto.Art. 87.- Ser reprimido con prisin de seis meses a dos aos, el que con violencia causare un aborto sin haber tenido el propsito de causarlo, si el estado de embarazo de la paciente fuere notorio o le constare.Art. 88.- Ser reprimida con prisin de uno a cuatro aos, la mujer que causare su propio aborto o consintiere en que otro se lo causare. La tentativa de la mujer no es punible."

[167] Entrevista de Human Rights Watch con Pedro Eduardo Picasso, director, rea Materno-Infantil del Ministerio de Salud del Chaco, Castelar, provincia de Buenos Aires, 7 de septiembre del 2004 (Picasso dijo a Human Rights Watch que el aborto no se permite bajo ninguna circunstancia en Argentina).

[168] Entrevista de Human Rights Watch con Juliana Weisburd, coordinadora, Programa Nacional de Salud Sexual y Procreacin Responsable, Ministerio de Salud de la provincia de Santa Fe, 14 de septiembre del 2004.

[169] Entrevista telefnica de Human Rights Watch con Walter Barbato, doctor, Rosario, provincia de Santa Fe, 10 de octubre del 2004.

[170] Entrevista de Human Rights Watch con [nombre protegido], [nombre de provincia retenido], septiembre del 2004.

[171] Comit de Derechos Humanos, "Observaciones Finales del Comit de Derechos Humanos: Argentina. 03/11/2000 (Observaciones Finales/Comentarios)", UN Doc. CCPR/CO/70/ARG, 3 de noviembre del 2004, pr. 14.

[172] Entrevista de Human Rights Watch con Julia Reina, provincia de Tucumn, septiembre del 2004.

[173] Donde el aborto es legal, el mtodo ms comn es el aborto mdico, legrado por aspiracin, dilatacin y evacuacin, o aborto por parto inducido, todos los cuales son procedimientos relativamente seguros cuando son llevados a cabo bajo supervisin de profesionales preparados y en ambientes adecuados. Ver Leikin y Lipsky, (eds.), American Medical Association: Complete Medical Encyclopedia, pp. 99-100.

[174]En una publicacin que cita cifras de 1993, la Organizacin Panamericana de la Salud indic que el 30 por ciento de la mortalidad materna en Argentina se debe a abortos ilegales. OPS, La Salud en las Amricas, Edicin de 1998 (Washington, D.C.: OPS, 1998), p. 212, citado [en lnea] http://www.eclac.cl/publicaciones/UnidadMujer/5/lcl1295/cuadro6.gif (descargado el 3 de febrero del 2004). En el 2002, casi una dcada despus, el 31% de la mortalidad materna era causada por abortos ilegales. Presentacin en Powerpoint preparada por Ins Martnez, responsable, Programa Nacional de Salud Sexual y Reproductiva, Ministerio de Salud y Ambiente de la Nacin, "Salud Reproductiva," 2004, diapositiva 6, archivado en Human Rights Watch.

[175] Comentarios de Elida Marconi en una reunin sobre mortalidad materna auspiciada por el Ministerio de Salud, Castelar, provincia de Buenos Aires, 6 de septiembre del 2004.

[176] Entrevista de Human Rights Watch con Paola Mndez, provincia de Buenos Aires, octubre del 2004.

[177] Organizacin Mundial de la Salud, Safe Abortion: Technical and Policy Guidance for Health Systems [Aborto Seguro: GuaTcnica y dePolticasparalosSistemasdeSalud] (Ginebra: OMS, 2003), p. 14.

[178] Comit de Derechos Humanos, "Observaciones Finales del Comit de Derechos Humanos: Argentina," U.N. Doc. CCPR/CO/70/ARG, 3 de noviembre del 2000, pr. 14.

[179] Entrevista de Human Rights Watch con Julia Reina, provincia de Tucumn, septiembre del 2004.Reina haba tenido tres abortos cuando la entrevistamos.

[180] Entrevista de Human Rights Watch con Adriana Daz, tesorera, Madres Cuidadoras, San Miguel, provincia de Tucumn, 9 de septiembre del 2004.

[181] Entrevistas de Human Rights Watch con [nombre protegido], mdico de la unidad de maternidad de hospital pblico, provincia de Santa Fe, septiembre del 2004; con [nombre protegido], mdico de unidad de maternidad de hospital pblico, provincia de Tucumn, septiembre del 2004; y con [nombre protegido], mdico de la unidad de maternidad de hospital pblico, provincia de Buenos Aires, septiembre del 2004.

[182] Entrevista de Human Rights Watch con Sofa Aminbar, jefa de partos, Maternidad Nuestra Seora de las Mercedes, San Miguel, provincia de Tucumn, 11 de septiembre del 2004.

[183] Joeri Van den Bergh y Charles Schlebaum, Abortion, A Practical Guide for Doctors [Aborto: Gua Prctica paraDoctores] [en lnea], Captulo 1 "Summary of Methods" [ResumendeMtodos](traduccin de Human Rights Watch) http://www.isad.org/prguide/p%206.methods.htm#4.%20mech%20methoden (descargado el 23 de noviembre del 2004).Una infeccin de clostridio es una inflamacin severa del colon, que generalmente causa diarrea y colitis (inflamacin de la pared del colon), en algunos casos puede ser mortal.Leikin y Lipsky, (eds.), American American Medical Association: Complete Medical Encyclopedia, pp. 372-4.

[184] Aunque el misoprostol se produce y se prescribe como un anti-inflamatorio, tiene el efecto secundario de causar contracciones uterinas. La etiqueta de misoprostol vendido bajo la marca de Cytotec dice: "La prescripcin de Cytotec (Misoprostol) a mujeres embarazadas puede causar un aborto, nacimiento prematuro, o defectos de nacimiento.Se han reportado casos de ruptura uterina cuando Cytotec ha sido administrada a mujeres embarazadas para inducir el parto o aborto ms all de la octava semana de embarazo" (traduccin nuestra). Centro de Evaluacin de Frmacos, "Cytotec" [en lnea] http://www.fda.gov/cder/foi/label/2002/19268slr037.pdf (descargado el 23 de noviembre del 2004).

[185] "[Misoprostol] es un mtodo confiable y seguro en las etapas tempranas del embarazo, pero generalmente causa mayor prdida de sangre e incomodidad que el mtodo de aspiracin". Joeri Van den Bergh y Charles Schlebaum, Abortion, A Practical Guide for Doctors [Aborto: GuaPrcticaparaDoctores].

[186] Entrevistas de Human Rights Watch con [nombre protegido], mdico de la unidad de maternidad en un hospital pblico, provincia de Santa Fe, septiembre del 2004; y con [nombre protegido], mdico de la unidad de maternidad en un hospital pblico, provincia de Buenos Aires, septiembre del 2004.

[187] Entrevista de Human Rights Watch con [nombre protegido], mdico de la unidad de maternidad en un hospital pblico en [nombre de provincia retenido], septiembre del 2004.

[188] El tipo de cambio oficial en el 2001, a la fecha del incidente, era 1 dlar por peso.

[189] Entrevista de Human Rights Watch con Teresa Mariani, provincia de Buenos Aires, octubre del 2004.

[190] Entrevista de Human Rights Watch con Marisa Rossi, provincia de Buenos Aires, octubre del 2004.

[191] Entrevista de Human Rights Watch con Ana Snchez, provincia de Buenos Aires, octubre del 2004.

[192] Entrevista de Human Rights Watch con Yanina Carlotto, provincia de Buenos Aires, octubre del 2004.

[193] Organizacin Mundial de la Salud, Unsafe Abortion: Global and Regional Estimates of Incidence of and Mortality Due to Unsafe Abortion with a Listing of Available Country Data [AbortoRiesgoso: EstimacionesGlobales y RegionalesdeIncidenciadeMortalidaddebido a AbortosRiesgososconunListadodeDatosDisponiblesporPas] (Ginebra: OMS, 1997), p. 1.

[194]Alan Guttmacher Institute, Sharing Responsibility: Women, Society and Abortion Worldwide [Compartiendo la Responsabilidad: Mujer, Sociedad y Abortos en el Mundo] (Nueva York: AGI, 1999), p. 39.

[195] Entrevista de Human Rights Watch con [nombre protegido], provincia de Buenos Aires, octubre del 2004.

[196] Durante el 2000, once mujeres y cinco hombres fueron sentenciados por el crimen de aborto. En el 2001, diez mujeres y dos hombres fueron sentenciados por el mismo crimen.En el 2002 y 2003, solamente mujeres que haban causado o consentido su propio aborto fueron sentenciadas (una y ocho mujeres, respectivamente).Hasta el 2002, el Ministerio de Justicia no diferenciaba la informacin de mujeres sentenciadas por el crimen de aborto entre quienes causaban y consentan su propio aborto y aquellas que realizaban el aborto a otras personas. Informacin disponible en Ministerio de Justicia, "Estadsticas Criminales", [en lnea] http://www.jus.gov.ar/minjus/ssjyal/Reincidencia/Estad.html (descargado el 22 de marzo del 2005).

[197] Entrevista de Human Rights Watch con Romina Parma, provincia de Buenos Aires, octubre del 2004. El tipo de cambio a la fecha del incidente era 1 dlar por peso.

[198] El curetaje o legrado es un "procedimiento por el cual se extrae la pared del tero (endometrio) a travs del raspado con un instrumento metlico en forma de cuchara tallada (legra)".Leikin y Lipsky, (eds.), American American Medical Association: Complete Medical Encyclopedia, p. 428."[Dilacin y curetaje] se efectan generalmente despus de que la mujer tuvo un aborto natural o para realizar un aborto inducido". Ibd., p. 435.

[199] Entrevista de Human Rights Watch con Marisa Rossi, provincia de Buenos Aires, octubre del 2004.

[200] Entrevista de Human Rights Watch con [nombre protegido], provincia de Santa Fe, septiembre del 2004.

[201] Entrevista de Human Rights Watch con Mili Glikstein, asistenta social, Organizacin Desde el Pie, Rosario, provincia de Santa Fe, 16 de septiembre del 2004.

[202] Entrevistas de Human Rights Watch con Daniela Garca, provincia de Tucumn, septiembre del 2004; y con Teresa Mariani, provincia de Buenos Aires, octubre del 2004.

[203] Entrevista de Human Rights Watch con Agustina Silveira, provincia de Santa Fe, septiembre del 2004.

[204] Entrevista de Human Rights Watch con Lucia Lucena, educadora social, Decidir, Moreno, provincia de Buenos Aires, 19 de octubre del 2004.El temor de las mujeres a un posible enjuiciamiento tiene fundamento, como explicamos ms adelante en la seccin sobre penas.

[205] "Los abortos no existen, pero que los hay, los hay" Pgina 12 (Argentina), 9 de mayo del 2005.El gua todava no estaba impreso o en circulacin general cuando este informe se fue a la imprenta.Human Rights Watch obtuvo la versin final del gua del Ministerio de Salud y Ambiente de la Nacin.Ver tambin seccin abajo sobre respuesta del gobierno a la atencin post aborto inhumana.

[206] Entrevista de Human Rights Watch con Diana Galimberti, directora, Hospital lvarez, Buenos Aires, 21 de octubre del 2004.

[207] Ver Instituto de Gnero, Derecho y Desarrollo (INSGENAR), "Reporte de Derechos Humanos: Tratos Crueles, Inhumanos y Degradantes a Mujeres en Servicios de Salud Reproductiva", (Rosario, Argentina: INSGENAR, diciembre 2003) [en lnea] http://www.insgenar.org.ar/actividades/tratoscrueles.htm#2 (descargado el 15 de febrero del 2005); y "Persiste el maltrato a las mujeres en hospitales", CIMAC, 11 de enero del 2005.

[208] Entrevista de Human Rights Watch con [nombre protegido], provincia de Tucumn, septiembre del 2004.

[209] Entrevista de Human Rights Watch con Lus Robles, jefe, Programa de Maternidad, Ministerio de Salud de Formosa, Castelar, provincia de Buenos Aires, 6 de septiembre del 2004.

[210] Entrevista de Human Rights Watch con Stella Carrido, coordinadora, rea Materno Infantil, Ministerio de Bienestar Social de Jujuy, Buenos Aires, 8 de septiembre del 2004.Ver nota 269 y texto referido para una discusin sobre los efectos del aborto ilegal en los presupuestos pblicos para salud.

[211] Entrevista de Human Rights Watch con Anglica Grimau, provincia de Tucumn, septiembre del 2004.

[212] Entrevista de Human Rights Watch con Julia Reina, provincia de Tucumn, septiembre del 2004.

[213] Ver por ejemplo, Comit de la CEDAW, "Report of the Committee on the Elimination of Discrimination Against Women" [Informe del Comit para la Eliminacin de Discriminacin contra la Mujer], U.N. Doc. A/54/38/Rev.1, 9 de julio de 1999, pr. 393 (haciendo notar con respecto a Colombia, por ejemplo, que "El Comit observa con gran preocupacin que el aborto, segunda causa de mortalidad materna en Colombia, es sancionado como conducta ilegal. El Comit considera que esta disposicin jurdica relativa al aborto constituye no slo una violacin de los derechos de la mujer a la salud y a la vida, sino tambin una violacin del artculo 12 de la Convencin [CEDAW])"; y Comit de Derechos Humanos, "Observaciones Finales del Comit de Derechos Humanos: Colombia," U.N. Doc. CCPR/C/79/Add.76, 1 de abril de 1997, pr. 24 (declarando la preocupacin del Comit por la relacin entre mortalidad materna y la naturaleza clandestina del aborto en ese pas); y Comit de Derechos Humanos, "Observaciones Finales del Comit de Derechos Humanos: Bolivia", U.N. Doc. CCPR/C/79/Add.74, 1 de mayo de 1997, pr. 22 (sealando la preocupacin del Comit con la contribucin de los abortos ilegales a la alta tasa de mortalidad materna en Bolivia); y Comit de los Derechos del Nio, "Observaciones finales del Comit de los Derechos del Nio: Guatemala", U.N. Doc. CRC/C/15/Add.154, 8 de junio del 2001, pr. 40 (indicando que la ilegalidad del aborto contribuye a la elevada tasa de mortalidad materna en Guatemala).

[214] Programa de Accin de la CIPD, pr. 8.25.

[215] Ibd.

[216] Informe del Relator Especial, Paul Hunt, U.N. E/CN.4/2004/49, 16 de febrero del 2004, pr. 30.

[217] Entrevista de Human Rights Watch con Paula Gmez, provincia de Tucumn, septiembre del 2004.

[218] Entrevista de Human Rights Watch con Norma Jimnez, provincia de Santa Fe, septiembre del 2004.

[219] Entrevista de Human Rights Watch con Gladis Morello, provincia de Buenos Aires, octubre del 2004.

[220] Ministerio de Salud y Ambiente de la Nacin, "Compromiso para la Reduccin de la Mortalidad Materna en la Argentina", 6 de octubre del 2004.

[221] Direccin Nacional de Salud Materno-Infantil, "Gua para el mejoramiento de la atencin post-aborto" (Ministerio de Salud y Ambiente de la Nacin, 2005), en los archivos de Human Rights Watch.El gua estaba sin publicar cuando este informe estaba siendo finalizado.

[222] Ibd., pp. 8, 12, 14, y 21.

[223] Ibd., p. 12.El Consorcio de atencin post-aborto (incluyendo Intrah (un afiliado de la Universidad de Carolina del Norte Chapel Hill), Ipas, la Corporacin JHPIEGO (una organizacin internacional de salud afiliada con la Universidad John Hopkins), el Pacific Institute for Women's Health (Instituto del Pacfico de la Salud de las Mujeres), Pathfinder International, y USAID/Washington) recomienda que "el tratamiento de alta calidad use aspiracin manual endouterina (AMEU) cuando sea posible y dependiendo de las condiciones locales".Postabortion Care Consortium Community Task Force [Grupo de Accin Comunitario del Consorcio de atencin post-aborto, "Essential Elements of Postabortion Care: An Expanded and Updated Model" [Elementos esenciales de la atencin post-aborto: un modelo ampliado y puesto al da], Postabortion Care Consortium, julio del 2002 [en lnea] http://www.pac-consortium.org/pages/pacmodel.html (descargado el 17 de mayo del 2005).

[224] Direccin Nacional de Salud Materno-Infantil, "Gua para el mejoramiento de la atencin post-aborto", p. 13.

[225] Entrevista telefnica de Human Rights Watch con [nombre protegido], hospital pblico, [nombre de provincia retenido], 16 de mayo del 2005.

[226] Cdigo Penal, artculo 277(1).El texto dice: "Ser reprimido con prisin de seis meses a tres aos, el que sin promesa anterior al delito, cometiere despus de su ejecucin, algunos de los hechos siguientes: (1) ayudare a alguien a eludir las investigaciones de la autoridad o a sustraerse a la accin de sta, u omitiere denunciar el hecho estando obligado a hacerlo"

[227] Cmara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal, (CNCrimCorr)(Pleno). Natividad Frias. F., N. Publicado en LA LEY, 123-842 - JA, 966-V-69, 26 de agosto de 1966; y Sala Primera del Tribunal de Casacin Penal de la provincia de Buenos Aires, M., P.s/Recurso de Casacin, TC0001 LP, P 6193 RSD-717-2 S 26-11-2002, 26 de noviembre del 2002.

[228] Silvina Ramos, Mnica Gogna, Mnica Petracci, Mariana Romero y Dalia Szulik, Los Mdicos Frente a la Anticoncepcin y el Aborto: Una Transicin Ideolgica? (Buenos Aires: Centro de Estudios de Estado y Sociedad, CEDES, 2001).

[229] Ibd., p. 128.

[230] Entrevista telefnica de Human Rights Watch con Rodolfo Gmez Ponce de Len, mdico, Chapel Hill, North Carolina, 30 de agosto del 2004.

[231] Entrevista de Human Rights Watch con Pedro Eduardo Picasso, director, rea Materno-Infantil, Ministerio de Salud del Chaco, Castelar, provincia de Buenos Aires, 7 de septiembre del 2004.

[232] Entrevistas de Human Rights Watch con varios proveedores de salud en todas las provincias cubiertas por nuestro estudio, nombres protegidos, en septiembre y octubre del 2004.

[233] Direccin Nacional de Salud Materno-Infantil, "Gua para el mejoramiento de la atencin post-aborto", (Ministerio de Salud y Ambiente de la Nacin, 2005), en los archivos de Human Rights Watch.

[234] Cdigo Penal, artculo 88.Para todas las disposiciones sobre aborto en el cdigo penal, ver nota al pie 166.

[235] Mensaje de correo electrnico de Hernn Olaeta, funcionario pblico, Direccin Nacional de Polticas Criminales, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a Human Rights Watch, 16 de febrero del 2005.Olaeta indic que el ministerio no mantiene registros separados sobre cuntos individuos-mujeres u hombres-realmente cumplen condenas de prisin por violaciones a los artculos 85-88 del Cdigo Penal. Human Rights Watch intent esclarecer este punto con otros funcionarios del Ministerio de Justicia, pero nuestros llamados no fueron atendidos.

[236] Datos disponibles en Ministerio de Justicia, "Estadsticas Criminales", [en lnea] http://www.jus.gov.ar/minjus/ssjyal/Reincidencia/Estad.html (descargado el 22 de marzo del 2005).Un funcionario de gobierno del Ministerio de Justicia seal que no todos los individuos declarados culpables y condenados por este crimen terminan cumpliendo penas de crcel.Mensaje de correo electrnico de Hernn Olaeta, funcionario pblico, Direccin Nacional de Polticas Criminales, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a Human Rights Watch, 16 de febrero del 2005.

[237] Se estima que en Argentina se realizan 500.000 abortos cada ao.En el 2002, una mujer, y en el 2003, ocho, fueron sentenciadas por haber consentido la realizacin de un aborto. Informacin disponible en Ministerio de Justicia, "Estadsticas Criminales", [en lnea] http://www.jus.gov.ar/minjus/ssjyal/Reincidencia/Estad.html (descargado el 22 de marzo del 2005).

[238] Entrevista de Human Rights Watch con Laura Passaglia, provincia de Buenos Aires, octubre del 2004.

[239] Soledad Vallejos, "El silencio no es zonzo", Las 12, suplemento semanal de Pgina 12 (Buenos Aires), 11 de marzo del 2005.

[240] Informe del Relator Especial, Paul Hunt, U.N. E/CN.4/2004/49, 16 de febrero del 2004, pr. 30.

[241] Segn el conteo de Human Rights Watch.Ver Center for Reproductive Law and Policy (Centro de Polticas y Derecho Reproductivos) (CRLP) y University of Toronto International Programme on Reproductive and Sexual Health Law (Programa Internacional de la Universidad de Toronto sobre Derecho en materia de Salud Sexual y Reproductiva), Haciendo de los derechos una realidad: Un anlisis del trabajo de los rganos de supervisin de tratados dela ONU sobre derechos reproductivos y sexuales(Nueva York: CRLP, 2002), especialmente pp. 145-158, [en lnea] http://www.reproductiverights.org/pdf/pub_bo_tmb_full.pdf (descargado el 3 de marzo del 2005).

[242] Asamblea General de las Naciones Unidas, "Programa de Accin de la Conferencia Internacional sobre la Poblacin y el Desarrollo", U.N. Doc. A/171/13, Nueva York, 18 de octubre de 1994 (Programa de Accin de la CIPD), pr. 7.3.

[243] Asamblea General de las Naciones Unidas, Declaracin y Plataforma para la Accin de Beijing: Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, U.N. Doc. A/Conf.177/20, Nueva York, 17 de octubre de 1995 (Plataforma para la Accin de Beijing), pr. 95.

[244] Programa de Accin de la CIPD, pr. 8.25.Estas preocupaciones son reiteradas consistentemente en las observaciones emitidas por el Comit de la CEDAW para varios pases. Ver, por ejemplo, Comit de la CEDAW, "Informe del Comit para la Eliminacin de la Discriminacin contra la Mujer", U.N. Doc. A/56/38, julio del 2001, pr. 62, 105, 185; y Comit de la CEDAW, "Informe del Comit para la Eliminacin de la Discriminacin contra la Mujer", U.N. Doc. A/59/38, julio, del 2004, pr. 355-56.

[245] Programa de Accin de la CIPD, pr. 8.25.

[246] Plataforma para la Accin de Beijing, pr. 106(k).

[247] Ibd., pr. 97.

[248] DUDH, artculos 1 y 2; PIDCP, artculos 2(1) y 3; PIDESC, artculos 2(2) y 3; CEDAW, especialmente artculos 1 y 12; y CADH, artculo 1(1).

[249] Comit de la CEDAW, "Recomendacin general No. 25, sobre el prrafo 1 del artculo 4 de la Convencin sobre la eliminacin de todas las formas de discriminacin contra la mujer, referente a medidas especiales de carcter temporal", U.N. Doc. No. CEDAW/C/2004/I/WP.1/Rev.1 (2004), pr. 8.

[250] Comit de la CEDAW, "Recomendacin general No. 24, Mujer y salud (artculo 12)", U.N. Doc. No. A/54/38/Rev.1 (1999), pr. 14.

[251] Ibd., pr. 14.

[252] Ibd., pr. 31(c).

[253] Comit de la CEDAW, "Informe del Comit para la Eliminacin de la Discriminacin contra la Mujer", U.N. Doc. A/54/38/Rev.1, 9 de julio de 1999, pr. 393.

[254] Comit de la CEDAW, "Observaciones finales del Comit para la Eliminacin de la Discriminacin contra la Mujer: Mxico," U.N. Doc. A/53/38/Rev.1, I parte, 6 de febrero de 1998, pr. 426.

[255] Ver Comit de Derechos Humanos, "Observaciones finales del Comit de Derechos Humanos: Argentina", U.N. Doc. CCPR/CO.70/ARG (2000), pr. 14; Comit de Derechos Humanos",Observaciones finales del Comit de Derechos Humanos: Ecuador," U.N. Doc. CPR/C/79/Add.92 (1998), pr. 11; Comit de Derechos Humanos, "Observaciones finales del Comit de Derechos Humanos: Colombia", U.N. Doc. CCPR/C/79/Ad.76 (1997), pr. 24; y Comit de Derechos Humanos, "Observaciones finales del Comit de Derechos Humanos: Guatemala", U.N. Doc. CCPR/CP/72/GTM (2001), pr. 19.

[256] Comit de Derechos Humanos, "Observaciones finales del Comit de Derechos Humanos: Argentina", U.N. Doc. CCPR/CO.70/ARG (2000), pr. 14.

[257] Comit de Derechos Humanos, "Observaciones finales del Comit de Derechos Humanos: Colombia", U.N. Doc. CCPR/C/79/Ad.76 (1997), pr. 24.

[258] Comit de Derechos Humanos, "Observacin general No. 28: Artculo 3, Igualdad de derechos entre hombres y mujeres", U.N. Doc. CCPR/C/21/Rev.1/Add.10, 29 de marzo del 2000, pr. 11.

[259] Declaracin Universal de los Derechos Humanos, G.A. Res. 217A (III), U.N. Doc. A/810 at 71 (1948), artculo 25.

[260] PIDESC, artculo 12.

[261] CEDAW, artculo 12.

[262] Declaracin Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, aprobada por la Novena Conferencia Internacional de Estados Americanos, Bogot, Colombia, 1948, artculo XI.

[263] Organizacin Mundial de la Salud, Abortion: A Tabulation of Available Information [Aborto: Tabulacin de laInformacinDisponible], 3ra edicin (Ginebra: Organizacin Mundial de la Salud, 1997).

[264] "Despenalizar" el aborto significa que el aborto deja de ser un crimen y que el Estado ya no tiene ni el poder ni el deber de arrestar, investigar, enjuiciar, condenar o castigar a quienes han inducido abortos. "Despenalizacin" no es lo mismo que "legalizacin" del aborto, esto ltimo implicara que el aborto se convierte en un procedimiento de inters y control del Estado. El acceso al aborto puede ser despenalizado o legalizado completamente o en parte.

[265] Comit de Derechos Econmicos, Sociales y Culturales, "El derecho al disfrute del ms alto nivel posible de salud (Observaciones general), Observacin general 14", 11 de agosto del 2000, U.N. Doc. E/C.12/2000/4, pr. 8.

[266] Ibd., pr. 21.

[267] Ver por ejemplo, Comit de la CEDAW, "Informe delComit para la Eliminacin de la Discriminacin contra la Mujer", U.N. Doc. A/54/38/Rev.1, II Parte, 9 de julio de 1999, pr. 229 (indicando con respecto a Chile: "El Comit recomienda al gobierno que revise las leyes relativas al aborto, con miras a enmendarlas, en particular para entregar abortos seguros y para permitir la interrupcin de embarazos por razones teraputicas o de salud, incluyendo la salud mental de la mujer"); y Comit de la CEDAW "Informe del Comit para la Eliminacin de la Discriminacin contra la Mujer", U.N. Doc. A/53/38/Rev.1, febrero de 1998, pr. 349 (indicando con respecto a la Repblica Dominicana: "El Comit invita al gobierno a revisar la legislacin en el rea de la salud reproductiva y sexual, en particular con respecto al aborto, para poder cumplir a cabalidad con los artculos 10 [educacin] y 12 [salud] de la Convencin.")Ver tambin Comit de la CEDAW, "Informe del Comit para la Eliminacin de la Discriminacin contra la Mujer", U.N. Doc. A/54/38/Rev.1, I Parte, 9 de julio de 1999, pr. 393, citado antes en la nota 253, y el texto referido.

[268] Comit de la CEDAW, "Recomendacin general 24, Mujer y salud (artculo 12)", U.N. Doc. No. A/54/38/Rev.1 (1999), pr. 31: "31. Los Estados Partes tambin deberan, en particular: (c) Dar prioridad a la prevencin del embarazo no deseado mediante la planificacin de la familia y la educacin sexual y reducir las tasas de mortalidad derivada de la maternidad mediante servicios de maternidad sin riesgo y asistencia prenatal. En la medida de lo posible, debera enmendarse la legislacin que castigue el aborto a fin de abolir las medidas punitivas impuestas a mujeres que se hayan sometido a abortos".

[269] Sonia Corra, Population and Reproductive Rights; Feminist Perspectives from the South[Poblacin y Derechos Reproductivos; Perspectivas Feministas del Sur] (London: Zed Books, 1994), p. 71.

[270] En algunos pases en desarrollo donde el aborto es ilegal, hasta dos de cada tres camas en las unidades de maternidad de los hospitales pblicos urbanos son ocupadas por mujeres hospitalizadas por complicaciones post aborto y hasta la mitad de los presupuestos de ginecologa y obstetricia se gastan en el mismo problema. Organizacin Mundial de la Salud, Safe Abortion: Technical and Policy Guidance for Health Systems (AbortoSeguro: GuaTcnica y dePolticasparalosSistemasdeSalud) (Ginebra: OMS, 2003), p. 89.

[271] Comit de Derechos Econmicos, Sociales y Culturales, "El derecho al disfrute del ms alto nivel posible de salud (Observaciones general), Observacin general 14", 11 de agosto del 2000, U.N. Doc. E/C.12/2000/4, pr. 12(b), (estableciendo el derecho a la confidencialidad); Comit de Derechos Humanos, "Comentario General No. 28: Igualdad de derechos entre hombres y mujeres (artculo 3)", U.N. Doc. CCPR/C/21/Rev.1/Add.10, 29 de marzo del2000, pr. 20, (estableciendo el derecho de la mujer a la privacidad con respecto a sus funciones reproductivas.)

[272] Comit de Derechos Econmicos, Sociales y Culturales, "El derecho al disfrute del ms alto nivel posible de salud (Observaciones general), Observacin general 14", 11 de agosto del 2000, U.N. Doc. E/C.12/2000/4, pr. 3: "El derecho a la salud est estrechamente vinculado con el ejercicio de otros derechos humanos y depende de esos derechos, que se enuncian en la Carta Internacional de Derechos, en particular el derecho a la alimentacin, a la vivienda, al trabajo, a la educacin, a la dignidad humana, a la vida, a la no discriminacin, a la igualdad, a no ser sometido a torturas, a la vida privada, al acceso a la informacin y a la libertad de asociacin, reunin y circulacin. Esos y otros derechos y libertades abordan los componentes integrales del derecho a la salud".

[273] La anencefala es una "grave malformacin del tubo neural en la cual el cerebro y la espina dorsal no se desarrollan en el tero. La anencefala ocurre cuando la porcin superior del tubo neural del embrin no cierra durante la primera etapa del embarazo. Como resultado, el infante nace sin la parte frontal del cerebro (la parte del cerebro responsable del pensamiento y la coordinacin).Frecuentemente parte del tejido del cerebro queda expuesto sin cobertura de hueso o piel.Aunque puede experimentar acciones reflejas como respirar, el infante afectado normalmente es ciego, sordo, sin conciencia, e incapaz de sentir nada, ni siquiera dolor. La falta de un cerebro funcional significa que el infante no puede tener conciencia. Cuando el infante no nace muerto, la muerte generalmente ocurre dentro de las primeras horas o das despus del parto."Leikin y Lipsky, (eds.), American Medical Association: Complete Medical Encyclopedia, p. 160 (traduccin de Human Rights Watch).

[274] Ver por ejemplo Corte Suprema de Justicia de la Nacin, T. 421 XXXVI "Tanus, Silvia c/Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires s/Amparo", 11 de enero del 2001.A partir del caso Tanus, al menos quince cortes en toda Argentina han otorgado autorizacin para partos inducidos adelantados en casos de embarazos anencfalos.

[275] Los embarazos anencfalos pueden tener muchas consecuencias para la salud de la mujer embarazada, incluyendo polihidramnios, oligohidramnios e hipertensin.Ver Jorge Andalaft Neto, "Anencefalia: Posiao da FEBRASGO" [Anencefala: La Posicin de FEBRASGO (FederacinBrazileadeAsociacionesdeGinecologa y Obstetricia)] [en lnea] http://www.febrasgo.org.br/anencefalia1.htm (descargado 4 de febrero del 2005).Polihydramnios es el exceso de lquido amnitico durante el embarazo, y sus sntomas pueden incluir dolor abdominal, dificultad para respirar, nusea, e inflamacin de las piernas. Oligohidramnios es una cantidad insuficiente de lquido amnitico durante el embarazo.Leikin y Lipsky, (eds.), American American Medical Association: Complete Medical Encyclopedia, p. 917 y 1005.

[276] Datos del Ministerio de Salud y Ambiente de laNacin publicados en una presentacin en Powerpoint preparada por Ins Martnez, coordinadora del Programa Nacional de Salud Sexual y Reproductiva, Ministerio de Salud y Ambiente de la Nacin, "Salud Reproductiva", 2004, diapositiva 6, archivado en Human Rights Watch.

[277] Organizacin Mundial de la Salud, Abortion: A Tabulation of Available Information [Aborto: TabulacindelaInformacinDisponible], 3ra edicin (Ginebra: Organizacin Mundial de la Salud, 1997).

[278] Ver Organizacin Mundial de la Salud, Divisin de Salud Reproductiva, "Address Unsafe Abortion" [Tocando el Tema del Aborto Inseguro] [en lnea] http://www.who.int/archives/whday/en/pages1998/whd98_10.html (descargado el 22 de diciembre del 2004).

[279] Comit de Derechos Humanos, "Observacin general No. 28: Artculo 3, Igualdad de derechos entre hombres y mujeres", U.N. Doc. CCPR/C/21/Rev.1/Add.10, 29 de marzo del 2000, pr. 10.

[280] Ver Comit de Derechos Humanos, "Observaciones finales del Comit de Derechos Humanos: Colombia", U.N. Doc. CCPR/CO/80/COL, 26 de mayo 26 del 2004, pr. 13; Comit de Derechos Humanos, "Observaciones finales del Comit de Derechos Humanos: Peru", U.N. Doc. CCPR/CO/70/PER, 15 de noviembre del 2000, pr. 20; Comit de Derechos Humanos, "Observaciones finales del Comit de Derechos Humanos: Venezuela", U.N. Doc. CCPR/CO/71/VEN, 2001, pr. 19; Comit de Derechos Humanos, "Observaciones finales del Comit de Derechos Humanos: Chile", U.N. Doc. CCPR/C/79/Add.104, 1999, pr. 15; Comit de Derechos Humanos, "Observaciones finales del Comit de Derechos Humanos: Costa Rica", U.N. Doc. CCPR/C/79/Add.107, 1999, pr. 11; y Comit de Derechos Humanos, "Observaciones finales del Comit de Derechos Humanos: Guatemala", U.N. Doc. CCPR/CO/72/GTM, 1999, pr. 19.

[281] Comit de Derechos Humanos, "Observaciones finales del Comit de Derechos Humanos: Chile", U.N. Doc. CCPR/C/79/Add.104, 3 de marzo de 1999, pr. 15.

[282] Comit de Derechos Humanos, "Observaciones finales del Comit de Derechos Humanos: Peru", U.N. Doc. CCPR/CO/70/PER, 15 de noviembre del 2000, pr. 20.

[283] Comit de Derechos Humanos, "Observaciones finales del Comit de Derechos Humanos: Colombia" ,U.N. Doc. CCPR/CO/80/COL, 26 de mayo del 2004, pr. 13.

[284] Comit de Derechos Humanos, "Observaciones finales del Comit de Derechos Humanos: Guatemala", U.N. Doc. CCPR/CO/72/GTM, 2001, pr. 19.

[285] Ver por ejemplo, Comit de la CEDAW, "Informe del Comit para la Eliminacin de la Discriminacin contra la Mujer", U.N. Doc. A/53/38/Rev.1, julio de 1998, I parte pr. 73 (Azerbaijan); 337 (Repblica Dominicana); II parte, pr. 339 (Per);Comit de la CEDAW, "Informe del Comit para la Eliminacin de la Discriminacin contra la Mujer", U.N. Doc. A/54/38/Rev.1, julio de 1999, parte 2, pr. 393 (Colombia); parte II, pr. 56 (Belize); Comit de la CEDAW, "Informe del Comit para la Eliminacin de la Discriminacin contra la Mujer", U.N. Doc. A/55/38/Rev.1, julio del 2000, I parte, pr. 129 (Myanmar); y Comit de la CEDAW, "Informe del Comit para la Eliminacin de la Discriminacin contra la Mujer", U.N. Doc. A/56/38/Rev.1, julio del 2001, I parte, pr. 31 (Burundi) y 273 (Mongolia); y II parte, pr. 48 (Andorra); 300 (Nicaragua).

[286] Comit de la CEDAW, "Informe del Comit para la Eliminacin de la Discriminacin contra la Mujer", U.N. Doc. A/54/38/Rev.1, julio de 1999, parte1, pr. 393 (indicando sobre Colombia: "El Comit observa con gran preocupacin que el aborto, segunda causa de mortalidad materna en Colombia, es sancionado como conducta ilegal. No se permite excepcin alguna a la prohibicin del aborto, ni aun cuando est en peligro la vida de la madre, o cuando tenga por objeto salvaguardar su salud fsica y mental o en casos de violacin. El Comit considera que esta disposicin jurdica relativa al aborto constituye no slo una violacin de los derechos de la mujer a la salud y a la vida, sino tambin una violacin del artculo 12 de la Convencin".), Comit de la CEDAW, "Informe del Comit para la Eliminacin de la Discriminacin contra la Mujer", U.N. Doc. A/54/38/Rev.1, julio de 1999, parte 2, pr. 56 (sealando sobre Belize; "Preocupa al Comit las leyes restrictivas del aborto vigentes en el Estado parte. En este sentido, el Comit observa que la mortalidad materna causada por abortos clandestinos puede indicar que el Gobierno no est cumpliendo plenamente su obligacin de respetar el derecho a la vida de sus sbditas".); y Comit de la CEDAW, "Informe Comit para la Eliminacin de la Discriminacin contra la Mujer", U.N. Doc. A/53/38/Rev.1, julio de 1998, I parte, pr. 337 (sealando sobre la Repblica Dominicana: "El Comit expresa profunda preocupacin por la alta tasa de mortalidad derivada de la maternidad causada, segn se indica en el informe, por toxemia, hemorragias durante el alumbramiento y abortos clandestinos; el Comit observa tambin que la toxemia puede ser causada por abortos inducidos. La alta tasa de mortalidad derivada de la maternidad, en conjuncin con el hecho de que el aborto en la Repblica Dominicana es absolutamente ilegal en todas las circunstancias, es motivo de gran preocupacin para el Comit y de reflexin sobre las consecuencias de esa situacin para el disfrute por la mujer del derecho a la vida".)

[287] Comit de la CEDAW, Recomendacin general No. 19: La violencia contra la mujer, pr. 24(m).

[288] Comit de los Derechos del Nio, "Observaciones finales del Comit de los Derechos del Nio: Chad", U.N. Doc. CRC/C/15/Add.107, 24 de agosto de 1999, pr. 30: "Es tambin motivo de preocupacin que la legislacin punitiva en lo que respecta al aborto tenga repercusiones sobre las tasas de mortalidad materna en nias adolescentes. El Comit sugiere que se lleve a cabo un estudio amplio y multidisciplinario para entender el alcance de los problemas de salud de los adolescentes, en particular los efectos perjudiciales de los embarazos precoces y el aborto ilegal..."

[289] Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, "Convencin sobre los Derechos del Nio", Nueva York, 20 de noviembre del 1989, Declaraciones y Reservas," (Ginebra: ACNUR) [en lnea] http://www.ohchr.org/english/countries/ratification/11.htm#reservations (descargado el 6 de diciembre del 2004).

[290] Para un anlisis del consenso internacional respecto al derecho a la vida en el PIDCP, ver Cook y Dickens, "Human Rights Dynamics of Abortion Law Reform" [Dinmica en funcin de Derechos Humanos de la Reforma de Leyes sobre Aborto], Human Rights Quarterly, Vol. 25 (2003), p. 24; y Manfred Nowak, U.N. Covenant on Civil and Political Rights:CCPRCommentary [Pacto de Derechos Civiles y Polticos: Comentario del PIDCP] (Kehl am Rhein: N.P. Engel, 1993), p. 123 (en que se describen varias propuestas que pretendan proteger un derecho a la vida del feto durante las negociaciones del tratado y la forma en que estas propuestas fueron rechazadas por la mayora de delegados). Para un anlisis del consenso regional respecto al derecho a la vida en la Convencin Europea para la Proteccin de Derechos Humanos y Libertades Fundamentales, ver Paton v. Reino Unido (1980), 3 E.H.R.R. 408 (Comisin Europea de Derechos Humanos) (indicando que el derecho a la vida en la Convencin Europea no cubre al feto).

[291] CADH, artculo 4. Este artculo dice: "Toda persona tiene derecho a que se respete su vida.Este derecho estar protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la concepcin. Nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente".

[292] Declaracin Americana, artculo I.

[293] La Convencin Americana sobre Derechos Humanos no era directamente aplicable, ya que Estados Unidos no haba ratificado dicha convencin. Sin embargo, como miembro de la Organizacin de Estados Americanos, Estados Unidos debe respetar la Declaracin Americana de los Derechos y Deberes del Hombre.

[294] La Convencin de Viena sobre el Derecho de los Tratados de 1969, que gua el derecho internacional pblico de tratados, establece como regla general de interpretacin de tratados internacionales que "un tratado debe ser interpretado de buena fe de acuerdo al significado comn de los trminos en el tratado en su contexto y a la luz de su objetivo y propsito", e indica que el trabajo preparatorio de un tratado puede ser utilizado como un medio suplementario para la interpretacin. Convencin de Viena sobre el Derecho de los Tratados, artculos 31 y 32.

[295] Comisin Interamericana de Derechos Humanos, White y Potter [Caso "Baby Boy"], Resolucin N 23/81, Caso 2141, Estados Unidos, el 6 de marzo de 1981, OEA/Ser.L/V/II.54 Doc. 9 Rev. 1, 16 de octubre de 1981, original: espaol, pr. 14 (a).

[296] Ibd., pr. 14(c).

[297] Ibd., pr. 30.

[298] Conferencia Especializada Interamericana sobre Derechos Humanos, OEA/Ser.K/XVI/1.2, en 159, citado en el caso BabyBoy, Inter-Am. C.H.R., 25 OEA/ser.L/V./II.54, doc.9 rev.1 (1981), pr. 14(c).

[299] PIDCP, artculo 9(1).

[300] Ver Comit de la CEDAW, "Informe del Comit para la Eliminacin de la Discriminacin contra la Mujer",A/50/38, julio de 1995, pr. 446 (Per); Comit de la CEDAW, "Informe del Comit para la Eliminacin de la Discriminacin contra la Mujer",A/54/38, julio de 1999, pr. 147 (Nepal); Comit de la CEDAW, "Informe del Comit para la Eliminacin de la Discriminacin contra la Mujer", CEDAW/C/1999/I/L.1/Add.8, 1999, pr. 57 (Colombia); Comit de la CEDAW, "Informe del Comit para la Eliminacin de la Discriminacin contra la Mujer",A/52/38/Rev.1, julio de 1996, pr. 127 (Namibia); y Comit de la CEDAW, "Informe del Comit para la Eliminacin de la Discriminacin contra la Mujer",A/51/38, 1996, pr. 131 (Paraguay).

[301] PIDCP, artculo 17.

[302] CEDAW, artculo 16(1)(e).El artculo dice: "Los Estados Partes asegurarn en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres (e) Los mismos derechos a decidir libre y responsablemente el nmero de sus hijos y el intervalo entre los nacimientos y a tener acceso a la informacin, la educacin y los medios que les permitan ejercer estos derechos".

[303] Comit de la CEDAW, Recomendacin General 21, Igualdad en el Matrimonio y en la Relaciones Familiares (1992), pr. 21.

[304] Comit de Derechos Humanos, "Observacin general No. 28: Artculo 3, Igualdad de derechos entre hombres y mujeres," U.N. Doc. CCPR/C/21/Rev.1/Add.10, 29 de marzo del 2000, pr. 20.

[305] Comit contra la Tortura, "Conclusiones y recomendaciones del Comit contra la Tortura: Chile", U.N. Doc. CAT/C/CR/32/5, 14 de junio del 2004, pr. 6(j): "El Comit expresa su preocupacin por las siguientes cuestiones: (j) El hecho de que, segn se inform, se condicione la atencin mdica a las mujeres cuya vida est en peligro por las complicaciones derivadas de abortos clandestinos, a que las mismas proporcionen informacin sobre quienes practicaron dichos abortos. Esas confesiones se utilizaran posteriormente en causas instruidas contra ellas y terceras partes, contraviniendo as lo preceptuado por la Convencin".

[306] PIDCP, artculo 18; y CADH, artculo 12.

[307] Ver Comit de la CEDAW, "Informe del Comit para la Eliminacin de la Discriminacin contra la Mujer", U.N. Doc. A/53/38 (1998), I parte, pr. 109 (indicando con respecto a Croacia: "En el rea de salud, al Comit le preocupa la informacin que le ha llegado sobre el rechazo de algunos hospitales a practicar abortos por a causa de la objecin de conciencia de los mdicos. El Comit considera que esto es una violacin de los derechos reproductivos de la mujer"); y Comit de la CEDAW, "Informe del Comit para la Eliminacin de la Discriminacin contra la Mujer", U.N. Doc. A/52/38/Rev.1 (1997), I parte, pr. 353 y 360 Italia, U.N. Doc. A/52/38/Rev.1 (1997), pr. 353 y 360 (indicando respecto a Italia: "El Comit expres particular preocupacin por el acceso limitado al aborto que tenan las mujeres en el sur de Italia como resultado de la alta incidencia de objeciones de conciencia de los mdicos y el personal de los hospitales" y "El Comit recomend enrgicamente al Gobierno que adoptara medidas para garantizar a la mujer, y en particular a la mujer de Italia meridional, el ejercicio de sus derechos a la procreacin, entre otras cosas garantizndole el acceso al aborto seguro en los hospitales pblicos".)

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