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IX. POLÍTICAS COMERCIALES Y DE ASISTENCIA DE LOS ESTADOS UNIDOS EN EL SALVADOR Y EL TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE LOS ESTADOS UNIDOS Y AMÉRICA CENTRAL

Desde 1992, cuando se firmaron los acuerdos de paz que pusieron fin a doce años de guerra civil, el foco de la estrategia económica de El Salvador se desplazó gradualmente desde la “reconstrucción y ampliación de la infraestructura básica” hacia el aumento de las exportaciones y la atracción de las inversiones externas.435 En la última década, el monto de las exportaciones del país ha crecido cerca de 250 por ciento, alcanzando los 2,99 billones de dólares estadounidenses en 2002.436 Desde 2001, el país ha cerrado tratados de libre comercio con México, República Dominicana, Chile, y Panamá.437 El número de zonas francas en El Salvador también ha crecido de dos en 1992 a dieciséis en 2002.438 Las maquilas de El Salvador actualmente emplean a más de 60.000 trabajadores y representan aproximadamente el 59 por ciento de todas las exportaciones del país, cerca del 95 por ciento de las cuales son textiles o vinculadas al sector textil.439

Los Estados Unidos ha constituido un componente clave de la estrategia económica de post-guerra de El Salvador. Estados Unidos es el socio comercial más importante de El Salvador, importando cerca del 67 por ciento de los productos exportados por el país.440 Los ciudadanos norteamericanos son dueños de más fábricas en las zonas francas de El Salvador que los ciudadanos de cualquier otro país, controlando cerca del 34 por ciento de todas las instalaciones.441 Y en el caso de que las negociaciones para un Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos y América Central, iniciadas en enero de 2003, concluyan en la firma de un acuerdo, es muy probable que estos porcentajes continúen aumentando.

En el contexto de una relación comercial y de inversiones externas directas en constante expansión en El Salvador y, más generalmente, en América Central, los Estados Unidos ha dado algunos pasos tendientes a proteger y promover los derechos humanos de los trabajadores. Desafortunadamente, los pasos dados hasta la fecha han sido inadecuados. Este capítulo describe y evalúa, en una primera instancia, los programas de asistencia de los Estados Unidos que se ocupan de las relaciones laborales y de los derechos de los trabajadores en El Salvador. Luego examina las provisiones propuestas para el CAFTA en lo que respecta a los derechos de los trabajadores, evalúa sus debilidades, y propone alternativas más sólidas.

En años recientes, el gobierno de los Estados Unidos ha provisto millones de dólares de asistencia para el desarrollo a los países de América Central, incluido El Salvador, una parte de los cuales ha ido a los ministerios de trabajo locales. Esta asistencia es caracterizada por algunos como una panacea para la situación de abuso a los derechos humanos de los trabajadores de la región. Sin embargo, éste no ha sido el caso. En ciertas ocasiones, los programas financiados por los Estados Unidos han contribuido a mejorar la capacidad técnica y la infraestructura de los ministerios de trabajo de los países de la región; brindado capacitación sobre negociaciones colectivas y el tratamiento de los conflictos laborales a los empleadores y trabajadores; y publicado cuadros de situación y otro tipo de materiales sobre las relaciones laborales vigentes en la región.442 Sin embargo, ninguna de estas iniciativas ha lidiado de manera exitosa con los obstáculos fundamentales para la plena vigencia de los derechos humanos de los trabajadores en El Salvador: leyes laborales inadecuadas y organismos de gobierno que carecen de voluntad política para asegurar la vigencia de los derechos laborales. Por el contrario, tal como se describe a continuación, cuando uno de los programas apoyados por el gobierno de los Estados Unidos dio un paso significativo en esta dirección, se encontró con una fuerte oposición por parte del Ministerio de Trabajo que anuló sus esfuerzos. Este fracaso de la asistencia para el desarrollo provista por los Estados Unidos destaca la necesidad de contar con métodos más efectivos que permitan mejorar los niveles de respeto por los derechos humanos de los trabajadores de El Salvador.

El CAFTA puede ser una parte importante de la solución, pero sólo en la medida en que las provisiones en materia de derechos laborales incluidas en el mismo se amplíen y fortalezcan de manera significativa, más allá de lo que los Estados Unidos y las demás partes interesadas tienen en mente en la actualidad. Aunque será difícil lograr la incorporación de este tipo de provisiones, el CAFTA presenta una oportunidad inédita de ejercer un nivel de presión significativo para promover los derechos humanos de los trabajadores de la región. Existen ciertos motivos para estar esperanzados. Los Estados Unidos ha reconocido que existe una conexión inherente entre los derechos laborales y el comercio. Y la Autoridad Norteamericana Bipartidaria para la Promoción del Comercio del año 2002, que fija objetivos que deben ser cumplidos por el gobierno de los Estados Unidos en las negociaciones comerciales, incluye provisiones vinculadas a los derechos laborales y un objetivo general de “promover el respeto de los derechos de los trabajadores.”443 Sin embargo, si las provisiones propuestas por los Estados Unidos para el CAFTA en mayo de 2003, que en gran medida son incompletas y de carácter meramente exhortatorio, son adoptadas, el CAFTA no realizará su potencial como instrumento para promover los derechos humanos de los trabajadores. En cambio, tal como se describe a continuación, el CAFTA debería requerir que, dentro de un plazo razonable, las leyes laborales locales se ajusten a las normativas internacionales en la materia, y debería establecer un mecanismo de transición que permita asegurar que las prácticas laborales de un país cumplan con ciertos estándares básicos antes de que los beneficios comerciales sean concedidos.

Asistencia para el desarrollo provista por los Estados Unidos

El gobierno de los Estados Unidos ha financiado un número de programas en El Salvador vinculados al sector laboral. Aquellos que resultan más significativos para los derechos de los trabajadores incluyen el Programa de Apoyo a la Participación de Centroamérica en el Área de Libre Comercio de las Américas (PROALCA) de la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID por sus siglas en inglés); el proyecto de cooperación técnica de la OIT, RELACENTRO;444 el Programa Regional de Modernización del Mercado Laboral del Banco Interamericano de Desarrollo; y la Unidad de Monitoreo y Análisis de las Relaciones Laborales (Unidad de Monitoreo) del Ministerio de Trabajo de El Salvador. A continuación se presentan los programas de PROALCA, RELACENTRO, y de la Unidad de Monitoreo del Ministerio de Trabajo.

RELACENTRO

El Departamento de Trabajo de los Estados Unidos ha entregado poco más de 1,5 millones de dólares estadounidenses a RELACENTRO, un proyecto de cooperación técnica de la OIT que se concentra en la “libertad sindical, [la] negociación colectiva y [las] relaciones de trabajo en Centroamérica, Panamá, Belice y República Dominicana.”445 El proyecto, iniciado en octubre del año 2000, fue proyectado para durar veinticuatro meses pero fue extendido hasta entrado el año 2003. Junto con los comités asesores nacionales tripartitos, RELACENTRO ha apuntado a desarrollar “sistemas de relaciones laborales confiable[s]” que “produzca[n] relaciones de trabajo armoniosas y coadyuve[n] al logro de una sociedad pluralista, democrática, de respeto de los derechos humanos, y [que] provea[n] un valor añadido importante a la gobernabilidad de la sociedad.” Con el objetivo de alcanzar estos fines, RELACENTRO ha preparado publicaciones y promovido una serie de actividades, capacitaciones, y talleres para empleadores, sindicalistas, gerentes, trabajadores, funcionarios de los ministerios de trabajo y, en ciertos casos, jueces y magistrados de lo laboral, “dirigidas a fortalecer la capacidad local para negociar acuerdos colectivos y resolver ágilmente disputas.”446

Sin embargo, a pesar de los esfuerzos de los funcionarios de RELACENTRO, el proyecto ha enfrentado ciertos problemas en El Salvador. El proyecto fue casi totalmente suspendido en el país por cerca de cinco meses en 2002, presuntamente debido a un desacuerdo entre RELACENTRO y el ministro de trabajo sobre cuales eran las organizaciones sindicales adecuadas para ser involucradas.447 En una carta de noviembre de 2002 dirigida al ministro de trabajo de El Salvador, el director de RELACENTRO indicó que “las actividades de la OIT de carácter tripartito se han visto afectadas negativamente, habiéndose impedido la realización de algunas de ellas, situación que debemos evitar a toda costa en el futuro.”448

La controversia presuntamente resultó de una decisión de los funcionarios de RELACENTRO que apuntaba a coordinar tanto con la Comisión Intersindical de El Salvador como con el Consejo Superior del Trabajo (CST). El CST fue creado por decreto legislativo el 21 de abril de 1994, como un “Órgano Consultativo [tripartito] del Órgano Ejecutivo, con el fin de institucionalizar el diálogo y promover la concertación económica y social entre las autoridades públicas y las organizaciones de empleadores y de trabajadores.”449 El CST “está facultado para formular recomendaciones sobre la elaboración . . . y revisión de la política social,” incluso a través de la proposición y presentación de comentarios sobre reformas de la legislación laboral, recomendando la ratificación de convenios de la OIT, y evaluando la aplicación de la ley laboral y sugiriendo mejoras.450 Sin embargo, desde su fundación, el CST se ha visto plagado de controversias. Las organizaciones sindicales que no participan en el mismo, disconformes con su desempeño, han procedido a formar la Comisión Intersindical de El Salvador, aduciendo que el consejo “es una instancia inoperante [que] sirve para respaldar al gobierno . . . [y] realmente no es una instancia que sirva para defender los intereses del trabajador.” También señalan que las federaciones sindicales del consejo “son organizaciones que alaban las políticas del gobierno [y] nunca [se] han pronunciado sobre la violación de los derechos laborales.”451 Las organizaciones sindicales que participan en el consejo responden indicando que se trata de una instancia productiva que ha logrado mucho por los trabajadores.452

El ministro de trabajo ha criticado a la OIT por no trabajar exclusivamente con el Consejo Superior del Trabajo.453 Según el especialista principal para actividades laborales de RELACENTRO, el ministro de trabajo le escribió al director general de la OIT acusando a RELACENTRO de “interfer[ir] [con] la paz social” del país.454 El representante principal del sector laboral en el Consejo Superior del Trabajo también envió una carta a la OIT haciendo “afirmaciones de alta gravedad en detrimento de ‘proyectos y personeros de la OIT,’” a la cual, en una carta dirigida al ministro de trabajo, el director de RELACENTRO se sintió “en la obligación de reaccionar con la mayor firmeza expresando nuestro total descargo a las acusaciones infundadas.”455

La Unidad de Monitoreo del Ministerio de Trabajo

Nos marginalizaron internamente en la institución . . . como antipatrióticos. . . . Los mismos inspectores nos dijeron mentirosos, traicioneros. . . . Éramos como una epidemia que nadie quería.

—Ex miembro de la Unidad de Monitoreo y Análisis de las Relaciones Laborales del Ministerio de Trabajo, testificando bajo condición de anonimato.456

En 1999, el Ministerio de Trabajo estableció la Unidad de Monitoreo y Análisis de las Relaciones Laborales, financiada principalmente por USAID, presuntamente para “velar por los derechos de los trabajadores de la maquila . . . [y] dar recomendaciones para mejorar el sistema de aplicación de la ley.”457 En julio de 2000, la Unidad de Monitoreo presentó un informe que contenía sus hallazgos sobre los abusos generalizados a los derechos humanos de los trabajadores y las condiciones de explotación vigentes en el sector de la maquila, incluyendo violaciones a las leyes sobre seguridad e higiene en el lugar de trabajo, el maltrato a los trabajadores, horas extras forzosas y no pagas, metas de producción inalcanzables, la violación del derecho de los trabajadores a constituir y afiliarse a organizaciones sindicales, y la negación de permisos para visitas médicas.458 El informe criticó severamente al Ministerio de Trabajo, indicando que la Dirección General de Inspección de Trabajo “no ha cumplido a cabalidad con dicho mandato ya que sus actuaciones se han caracterizado por ser parcializadas, arbitrarias, y poco transparentes.”459 Asimismo, concluyó que “[e]l resultado de las visitas y las conclusiones a las que se abordó revelan la urgente necesidad de dar un salto de calidad en el trabajo del Ministerio y de sus principales actividades.”460

En la tarde del día en que se presentó el informe, funcionarios de alto rango del Ministerio de Trabajo presuntamente retiraron de circulación todas las copias del informe y “[esa misma] tarde pidieron una reunión urgente” con el personal de la Unidad de Monitoreo.461 Según un ex funcionario de la unidad, “En esa primera reunión de la tarde, decomisaron todo—todos los informes, . . . nuestros propios apuntes; . . . borraron las computadoras.”462 El ex miembro de la Unidad de Monitoreo agregó que en las muchas reuniones que siguieron, funcionarios de alto rango del Ministerio de Trabajo “nos dijeron que éramos apátridas, que no queríamos al país, que éramos lo peor de la sociedad . . . [y que] estábamos en contra del gobierno.”463 Los funcionarios presuntamente acusaron al personal de la Unidad de Monitoreo de haber sido “infiltrados por el partido de izquierda del país” y de “aprovechar[se] de estar en la Unidad para bloquear el [acceso del] gobierno [a la] ICC [Iniciativa de la Cuenca del Caribe],” que estaba siendo analizada en aquel momento por el gobierno de los Estados Unidos.464

La industria de la maquila presuntamente presionó al ministro de trabajo para que preparara un documento donde se refutaran los hallazgos del informe y, al igual que el partido de la Alianza Republicana Nacionalista (ARENA), el partido político del gobierno, sus líderes solicitaron públicamente el arresto de los miembros de la unidad.465 Cuando Human Rights Watch solicitó las apreciaciones del director ejecutivo de la Asociación Nacional de la Empresa Privada (ANEP) sobre la labor de la Unidad de Monitoreo, éste contestó:

La única cosa que hizo fue tomar casos aislados en que se incumplieron las obligaciones. . . . Sólo tomaron dos o tres ejemplos cuando el empleador no cumplió con sus obligaciones. . . . No compartimos en absoluto. Hizo excepción [a] la regla general. . . . Fue sumamente cuestiona[ble].466

De modo similar, cuando Human Rights Watch le preguntó al ministro de trabajo por qué había retirado de circulación el informe de julio de 2000 preparado por la Unidad de Monitoreo, éste contestó:

Lamentablemente, . . . no tenía [ ] base científica. . . . Era general. . . . Lo elaboraron sin tener ninguna base en que sostenerlo. . . . No tenían cómo justificar lo que estaban diciendo. . . . No tenían una lista de las compañías que fueron visitadas ni un cuestionario para entregar. . . . Este documento fue publicado a mis espaldas. No me lo presentaron antes de su publicación. . . . Muestra mala fe.467

Sin embargo, ex miembros de la unidad cuentan una historia diferente. Refutando el argumento de que el informe fue preparado a espaldas del ministro, un ex funcionario de la unidad explicó a Human Rights Watch que, “cada vez que elaboramos algo, lo mandamos con copia al ministro y al viceministro, . . . pero nunca recibimos respuesta. . . . Tenemos copia de las firmas diciendo que los documentos fueron recibidos por la secretaria del ministro.”468 Al describir las bases para el informe, el ex funcionario de la unidad explicó, “Llegamos a las zonas francas con encuestas [previamente] elaboradas. . . . Escogimos a las personas. Les explicamos por qué estábamos allí—para saber cómo eran tratados y si se respetaban los derechos laborales.”469 Presuntamente el equipo también habló con supervisores y con los directores de los departamentos de recursos humanos de las maquilas que fueron visitadas.470 Otro ex funcionario de la Unidad de Monitoreo agregó, “Logramos inspeccionar casi cien maquilas.”471 Un tercer ex funcionario de la unidad entrevistado por Human Rights Watch describió la metodología del equipo de la Unidad de Monitoreo como “casi la misma” que se les exige a los inspectores de trabajo—“sólo que tuvimos [un] cuestionario.” Asimismo, agregó que “en el informe sale lo que la gente decía. Pusimos todo, . . . nada más [que] lo que la gente decía.”472

Un ex inspector de trabajo habló con Human Rights Watch, bajo condición de anonimato, y comentó sobre el informe de la Unidad de Monitoreo diciendo, “Lo que contiene el informe es la realidad de las maquilas. A veces el gobierno quiere cubrir las malas actuaciones de algunos empleadores, y otras veces no es que el gobierno quier[a] cubrir [a] cierta empresa, es que quiere negar que aquí se den estas situaciones.” 473

PROALCA

En 1997, USAID lanzó PROALCA,474 un programa proyectado para operar hasta el año 2001 pero más tarde extendido hasta el 2007.475 Uno de los tres objetivos prioritarios de PROALCA ha sido “mejorar el funcionamiento de los mercados laborales regionales y, al mismo tiempo, fortalecer el resguardo de los estándares básicos en materia laboral.”476 El presupuesto proyectado de PROALCA para el año 2001 fue de 2,9 millones de dólares estadounidenses, con cerca de 755.000 dólares estadounidenses destinados a la “asistencia técnica para fortalecer a los Ministerios de Trabajo de América Central y para las actividades de modernización de los mercados laborales [de la región].”477 El presupuesto para el año 2002 fue de cerca de 2,8 millones de dólares estadounidenses, con alrededor de 500.000 dólares estadounidenses destinado a establecer un sistema alternativo para la resolución de conflictos laborales, “mejorar la capacidad técnica y programática de los Ministerios de Trabajo de América Central, incrementar los niveles de competitividad de la fuerza laboral de la región, y armonizar la legislación y regulaciones laborales en la región.”478

Al finalizar la primera fase de PROALCA en 2001, USAID “celebró los éxitos alcanzados en áreas tales como . . . la protección de los derechos de los trabajadores,” calificándolos como “evidencia de logros positivos de la colaboración de USAID con los gobiernos de América Central.”479 Sin embargo, numerosos observadores notaron serias deficiencias en el programa. Más aún, en base a los hallazgos documentados en el presente informe, resulta claro que cualquier avance que haya sido alcanzado ha hecho poco por abordar las violaciones a los estándares laborales básicos, especialmente en lo referente a la libertad de asociación.

Como parte de PROALCA, USAID ha sugerido la armonización de la legislación laboral sin exhortar la adopción de reformas específicas tendientes a lograr que la legislación local cumpla con las normas internacionales en la materia. La agencia ha tratado de crear sistemas alternativos para la resolución de conflictos laborales, sin también destacar y apoyar programas destinados a proteger y promover el libre ejercicio del derecho de los trabajadores a organizarse y constituir y afiliarse a organizaciones sindicales. Tal como comentara un abogado laboral a Human Rights Watch:

El problema con la resolución alternativa de conflictos es que para poder llevar[la] adelante, hay que equilibrar el poder. . . . Tenemos que garantizar que los trabajadores tengan la capacidad de negociar. . . . Si queremos la resolución alternativa de conflictos, . . . fortalezcamos [a] los representantes de los trabajadores para que realmente puedan defender sus intereses.480

De modo más general, mientras que el fortalecimiento de los ministerios de trabajo a través de la capacitación y la transferencia de tecnología es un paso necesario para mejorar la aplicación de las leyes a nivel local, este tipo de medidas no abordan el problema central existente en El Salvador: la falta de voluntad política para reformar y aplicar la legislación laboral de manera efectiva. Un comentarista explicó a Human Rights Watch que, como resultado del PROALCA, “El edificio [del Ministerio de Trabajo] ha mejorado. Es más cómodo, más limpio. La infraestructura ha mejorado, pero lo que no ha cambiado es la forma de pensar.”481



435 Véase, e.g., OMC, Examen de las políticas comerciales de El Salvador, p. 4.

436 Banco Central de Reserva de El Salvador, Exportaciones e importaciones anuales, por producto, origen y destino, sin fecha, http://www.bcr.gob.sv/estadisticas/se_balanzacom.html (visitado el 7 de agosto de 2003); MSI Legal and Accounting Network, Doing Business In . . . El Salvador [Haciendo negocios en . . . El Salvador], 6 de agosto de 2003, http://www.msi-network.com/content/ doing_business_in_ elsalvador_page1a.asp (visitado el 6 de agosto de 2003).

437 OMC, Examen de las políticas comerciales de El Salvador, p. 8.

438 American Park Free Trade Zone, Free Zones in El Salvador, sin fecha, http://www.americanpark.com.sv/Presentacion/development1.htm (visitado el 6 de agosto de 2003); PROESA, Clima de inversiones: Oportunidades de inversión: Zonas francas, sin fecha, http://www.proesa.com.sv/esp/freezones_inv.asp (visitado el 5 de agosto de 2003). Presuntamente existen dieciséis grandes zonas francas en El Salvador y más de doscientas fábricas individuales con estatus de zona franca. Latin America Media Management, L.L.C., LatinTrade.com, 2002, http://www.latintrade.com/newsite/content/cprofiles/data-ext.cfm?d=2404&c=12 (visitado el 5 de agosto de 2003); Tamara Underwood, “Ask the TIC: Basic Exporting to Central America” [“Pregúntele al Centro de Información Comercial: Exportación básica a América Central”], Export America, octubre de 2001, pp. 14-15.

439 Banco Central de Reserva de El Salvador, Exportaciones e importaciones anuales, por producto, origen y destino; MSI Legal and Accounting Network, Doing Business In . . . El Salvador; Latin America Media Management, L.L.C., LatinTrade.com; American Park Free Trade Zone, Free Zones in El Salvador, sin fecha, http://www.americanpark.com.sv/Presentacion/actual2.htm (visitado el 6 de agosto de 2003).

440 MSI Legal and Accounting Network, Doing Business In . . . El Salvador; Cámara de Comercio de los Estados Unidos, U.S.-Central America Free Trade Agreement, Fact Sheet No.1: CAFTA Will Capitalize on an Already Booming Trade Relationship[Tratado de Libre Comercio Estados Unidos-América Central, folleto informativo no. 1: El CAFTA capitalizará en la ya floreciente relación comercial], 2003, http://www.uschamber.com/government/issues/international/cafta1.htm (visitado el 6 de junio de 2003); Agencia de Inteligencia Central de los Estados Unidos, The World Factbook 2002 [El libro mundial de datos 2002], sin fecha, http://www.cia.gov/cia/publications/factbook/geos/es.html (visitado el 24 de junio de 2003).

441 American Park Free Trade Zone, Free Zones in El Salvador, sin fecha, http://www.americanpark.com.sv/Presentacion/actual1.htm (visitado el 6 de agosto de 2003).

442 OIT, Documento del proyecto: RELACENTRO, sin fecha, http://www.oit.or.cr/relacentro/proeycto2.html (visitado el 5 de enero de 2003). Por ejemplo, fondos del Programa de Apoyo a la Participación de Centroamérica en el Área de Libre Comercio de las Américas presuntamente han sido utilizados para financiar la instalación de sistemas informáticos en los ministerios de trabajo de los países de América Central y la capacitación de más de 2.000 funcionarios de los ministerios de trabajo en “inspecciones laborales, el mercado laboral, los derechos de los trabajadores, temas de higiene y seguridad ocupacional, la resolución alternativa de conflictos, y los requisitos en material de estándares laborales establecidos por los acuerdos comerciales.” También han llevado al desarrollo de un centro de higiene y seguridad ocupacional en El Salvador. Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID por sus siglas en inglés), Central American Regional: Activity Data Sheet [Programa Regional de América Central: Hoja informativa sobre actividades], sin fecha, http://www.usaid.gov/pubs/cbj2002/lac/cap/596-001.htm (visitado el 6 de enero de 2003).

443 Acta de la Autoridad Bipartidaria para la Promoción del Comercio del año 2002, sec. 2102(a)(6).

444 RELACENTRO es la abreviación de Libertad Sindical, Negociación Colectiva y Relaciones de Trabajo en Centroamérica, Panamá, Belice y República Dominicana.

445 OIT, Documento de proyecto: RELACENTRO.

446 Ibíd.

447 Entrevista realizada por Human Rights Watch, Jorge Isidoro Nieto Menéndez, ministro de trabajo, San Salvador, 13 de febrero de 2003; entrevista realizada por Human Rights Watch, Víctor Aguilar, director, CSTS, San Salvador, 5 de febrero de 2003.

448 Carta de Enrique Brú, director, RELACENTRO, dirigida a Jorge Isidoro Nieto Menéndez, ministro de trabajo, 13 de noviembre de 2002.

449 Creación del Consejo Superior del Trabajo, Decreto No. 859, 21 de abril de 1994, reimpreso en el Diario Oficial, no. 87-bis, vol. 323, 12 de mayo de 1994.

450 Reglamento del Consejo Superior del Trabajo, Decreto No. 69, 21 de diciembre de 1994, reimpreso en el Diario Oficial, no. 239, vol. 325,23 de diciembre de 1994, Artículos 1, 7.

451 Entrevista realizada por Human Rights Watch, Víctor Aguilar, director, CSTS, San Salvador, 5 de febrero de 2003.

452 Entrevista realizada por Human Rights Watch, Sarahí Molina, representante del sector laboral, Consejo Superior del Trabajo, San Salvador, 18 de febrero de 2003; entrevista realizada por Human Rights Watch, Juan José Huezo, secretario general, Federación Nacional Sindical de Trabajadores Salvadoreños (FENASTRAS), San Salvador, 18 de febrero de 2002.

453 Entrevista realizada por Human Rights Watch, Jorge Isidoro Nieto Menéndez, ministro de trabajo, San Salvador, 13 de febrero de 2003.

454 Correo electrónico enviado por Juan Manuel Sepúlveda Malbrán, especialista principal para actividades laborales, RELACENTRO, a Víctor Aguilar, director, CSTS, 3 de marzo de 2003.

455 Carta de Enrique Brú, director, RELACENTRO, dirigida a Jorge Isidoro Nieto Menéndez, ministro de trabajo, 13 de noviembre de 2002.

456 Entrevista realizada por Human Rights Watch, ex Funcionario (A) de la Unidad de Monitoreo, San Salvador, 9 de febrero de 2003. Human Rights Watch entrevistó a tres ex funcionarios de la Unidad de Monitoreo, quienes, hablando bajo condición de anonimato, contaron las experiencias similares que atravesaron durante la preparación del informe y durante los momentos posteriores a su difusión. Los tres funcionarios son identificados en el presente informe con las letras A, B, y C.

457 Ibíd.; Ministerio de Trabajo, Unidad de Monitoreo, Informe del monitoreo de las maquilas y recintos fiscales, julio de 2000, p. i. Análogamente, el informe de julio de 2002 explicó que el propósito de la Unidad de Monitoreo consistía en “conocer en los centros de trabajo las distintas condiciones en que se desarrollan las relaciones laborales y utilizar esta información . . . en el diseño de políticas laborales [y] propuestas de reformulación del funcionamiento de las distintas dependencias del Ministerio.” Ministerio de Trabajo, Unidad de Monitoreo, Informe del monitoreo de las maquilas y recintos fiscales, p. i.

458 Ministerio de Trabajo, Unidad de Monitoreo, Informe del monitoreo de las maquilas y recintos fiscales, pp. 7-19.

459 Ibíd., p. 21.

460 Ibíd., pp. i-ii.

461 Entrevista realizada por Human Rights Watch, ex Funcionario (A) de la Unidad de Monitoreo, San Salvador, 9 de febrero de 2003. Sin embargo, el Comité Laboral Nacional con sede en los Estados Unidos obtuvo una copia del informe, la compartió con el New York Times a comienzos del año 2001, y la publicó en la página web de la organización, donde aún puede ser encontrada y de donde Human Rights Watch obtuvo una copia. Véase Steven Greenhouse, “Labor Abuses in El Salvador are Detailed in Document” [“Abusos laborales en El Salvador detallados en documento”], New York Times, 10 de mayo de 2001.

462 Entrevista realizada por Human Rights Watch, ex Funcionario (A) de la Unidad de Monitoreo, San Salvador, 9 de febrero de 2003; véase también entrevista realizada por Human Rights Watch, ex Funcionario (B) de la Unidad de Monitoreo, San Salvador, 11 de febrero de 2003; entrevista realizada por Human Rights Watch, ex Funcionario (C) de la Unidad de Monitoreo, San Salvador, 4 de febrero de 2003.

463 Entrevista realizada por Human Rights Watch, ex Funcionario (A) de la Unidad de Monitoreo, San Salvador, 9 de febrero de 2003.

464 Ibíd.; véase también entrevista realizada por Human Rights Watch, ex Funcionario (C) de la Unidad de Monitoreo, San Salvador, 4 de febrero de 2003. La Iniciativa de la Cuenca del Caribe (ICC) se refiere, colectivamente, al Acta de Recuperación Económica de la Cuenca del Caribe de 1983 (CBERA por sus siglas en inglés), al Acta de Expansión de la Recuperación Económica de la Cuenca del Caribe de 1990 (Acta de Expansión de CBERA), y al Acta de Asociación Comercial Estados Unidos-Cuenca del Caribe de 2000 (CBTPA por sus siglas en inglés). El Acta de Expansión de CBERA, en efecto durante el período en el cual la Unidad de Monitoreo estaba llevando a cabo sus actividades, era un programa unilateral de preferencia comercial de los Estados Unidos que concedía a los países de América Central y el Caribe acceso libre de aranceles al mercado norteamericano en el caso de que cumplieran ciertos criterios, incluyendo “tomar medidas para asegurar derechos laborales internacionalmente reconocidos . . . a los trabajadores del país.” Acta de Expansión de CBERA, sec. 213(3).

465 Entrevista realizada por Human Rights Watch, ex Funcionario (A) de la Unidad de Monitoreo, San Salvador, 9 de febrero de 2003; véase también entrevista realizada por Human Rights Watch, ex Funcionario (C) de la Unidad de Monitoreo, San Salvador, 4 de febrero de 2003.

466 Entrevista realizada por Human Rights Watch, Luis Mario Rodríguez, director ejecutivo, Asociación Nacional de la Empresa Privada, San Salvador, 17 de febrero de 2003.

467 Entrevista realizada por Human Rights Watch, Jorge Isidoro Nieto Menéndez, ministro de trabajo, San Salvador, 13 de febrero de 2003.

468 Entrevista realizada por Human Rights Watch, ex Funcionario (A) de la Unidad de Monitoreo, San Salvador, 9 de febrero de 2003.

469 Ibíd.; véase también entrevista realizada por Human Rights Watch, ex Funcionario (B) de la Unidad de Monitoreo, San Salvador, 11 de febrero de 2003.

470 Entrevista realizada por Human Rights Watch, ex Funcionario (A) de la Unidad de Monitoreo, San Salvador, 9 de febrero de 2003.

471 Entrevista realizada por Human Rights Watch, ex Funcionario (C) de la Unidad de Monitoreo, San Salvador, 4 de febrero de 2003.

472 Entrevista realizada por Human Rights Watch, ex Funcionario (B) de la Unidad de Monitoreo, San Salvador, 11 de febrero de 2003.

473 Entrevista realizada por Human Rights Watch, ex inspector de trabajo, Santa Ana, 17 de febrero de 2003.

474 PROALCA es la abreviación de Pro-Área de Libre Comercio de las Américas.

475 USAID, Central American Regional: Activity Data Sheet, sin fecha, http://www.usaid.gov/pubs/cbj2002/lac/cap/596-005.htm (visitado el 6 de enero de 2003); USAID, Central American Regional: Activity Data Sheet, sin fecha, http://www.usaid.gov/pubs/cbj2002/lac/cap/596-001.htm (visitado el 6 de enero de 2003).

476 USAID, Central American Regional Program: Program Data Sheet 596-005 [Programa Regional de América Central: Hoja informativa sobre programas 569-005], sin fecha, http://www.usaid.gov/country/lac/cap/596-005.htm (visitado el 6 de enero de 2003); véase también USAID, Central American Regional: Activity Data Sheet, sin fecha, http://www.usaid.gov/pubs/cbj2002/lac/cap/596-001.htm.

477 USAID, Central American Regional: Activity Data Sheet, sin fecha, http://www.usaid.gov/pubs/cbj2002/lac/cap/596-001.htm.

478 USAID, Central American Regional Program: Activity Data Sheet, sin fecha, http://www.usaid.gov/pubs/cbj2002/lac/cap/596-005.htm; USAID, Central American Regional Program: Program Data Sheet 596-005. Los 500.000 dólares estadounidenses provistos por los Estados Unidos, sin embargo, estaban basado en una propuesta de presupuesto de 2,6 millones de dólares estadounidenses y no en una de 2,8 millones de dólares estadounidenses. Ibíd.

479 USAID, Central American Regional: Activity Data Sheet, sin fecha, http://www.usaid.gov/pubs/cbj2002/lac/cap/596-005.htm.

480 Entrevista realizada por Human Rights Watch, Ernesto Gómez, abogado laboral, San Salvador, 3 de febrero de 2003.

481 Entrevista realizada por Human Rights Watch, José Antonio Candray, director, CENTRA, San Salvador, 4 de febrero de 2003.


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Diciembre 2003