VIII. Formas habituales de represión
Diversos actos diarios de represión castigan a los disidentes y sus familias en todos los aspectos de sus vidas. El gobierno recurre a las detenciones por períodos breves con el fin de castigar a los disidentes por ejercer sus libertades fundamentales y evitar que participen en actividades “contrarrevolucionarias”, como reuniones no oficiales. Los disidentes son víctimas de agresión verbal, hostigamiento y golpizas por parte de agentes de seguridad y grupos de civiles vinculados con el estado, y se llevan a cabo “actos públicos de repudio” frente a sus hogares, lo cual somete a disidentes y familiares a humillación e incluso a ataques colectivos.
Los funcionarios del gobierno amenazan reiteradamente a los disidentes con encarcelarlos si no abandonan sus actividades. Son despedidos de sus empleos, se les niega acceso al empleo y son multados, generando graves perjuicios económicos a sus familias. Asimismo, el gobierno prohíbe habitualmente que los críticos ejerzan el derecho a viajar dentro y fuera de la isla. Por último, los disidentes son objeto de una vigilancia constante e invasiva y, con frecuencia, la información obtenida se utiliza posteriormente en su contra en procesos judiciales que son una farsa.
Detención por períodos breves
Las fuerzas de seguridad recurren habitualmente a detenciones por períodos breves para castigar a los disidentes o impedir su participación en eventos considerados “contrarrevolucionarios”. Varias decenas de disidentes que fueron víctimas de este tipo de detenciones arbitrarias relataron a Human Rights Watch que no recibieron ninguna explicación sobre su detención, y fueron encerrados en condiciones inhumanas durante horas, o incluso días, junto con presos que ya habían sido condenados. Estas prácticas contradicen la Constitución de Cuba[281] y las normas internacionales que regulan el tratamiento de prisioneros.[282]
Desde que Raúl Castro asumió el poder en reemplazo de Fidel Castro en 2006, la cantidad de detenciones arbitrarias ha aumentado en forma significativa. La Comisión Cubana de Derechos Humanos y Reconciliación Nacional (CCDHRN), una respetada organización de derechos humanos de Cuba, documentó 325 detenciones arbitrarias por parte de las fuerzas de seguridad en 2007.[283] En la primera mitad de 2009, documentó 532.[284] Dichas detenciones se llevan a cabo sistemáticamente para evitar que las personas ejerzan su derecho de reunión en forma pacífica.
El uso generalizado de la detención arbitraria se encuentra codificado en la leyes cubanas, las cuales facultan—y en algunas instancias obligan—a los funcionarios del gobierno a llevar a cabo arrestos. De acuerdo con la Ley de Procedimiento Penal, las autoridades y la policía deben detener a cualquier persona que cometa un “delito contra la seguridad del Estado”, cuyos actos “hayan producido alarma o... se cometen con frecuencia en el territorio del municipio” o cuando “existan elementos bastantes para estimar fundadamente que el acusado tratará de evadir la acción de la justicia”.[285] Estas definiciones subjetivas permiten a los funcionarios interpretar que un amplio espectro de acciones pueden justificar una detención.
En diciembre de 2008, el gobierno de Cuba arrestó en forma preventiva a más de 30 personas en los días previos al Día Internacional de los Derechos Humanos (10 de diciembre). Muchas de ellas fueron arrestadas cuando intentaban viajar a La Habana para participar en pequeñas reuniones de grupos no oficiales o en actividades de oposición programadas para ese día, en el cual se conmemoraba el 60º aniversario de la firma de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.[286]
Entre los disidentes detenidos estaban Belinda Salas, Lázaro Joaquín Alonso Román, Marlene Bermúdez y Roberto Marrero de la Rosa, quienes fueron blanco de ataques el 9 de diciembre de 2008 en La Habana, luego de usar las computadoras en la Sección de Intereses de los Estados Unidos para revisar el correo electrónico. Salas lidera una organización no oficial de mujeres, la Federación Latinoamericana de Mujeres Rurales de Cuba, y su esposo, Alonso, es un ex preso político. Según Bermúdez y Marrero—defensores de derechos humanos de Camagüey—ocho agentes de seguridad atacaron a los disidentes y los golpearon violentamente sin motivo aparente. Alonso recibió numerosos golpes en la ingle, el rostro y la cabeza, hasta quedar inconciente. Los agentes desgarraron las camisas de Bermúdez y Salas, y los dejaron semidesnudos. Alonso, Bermúdez y Marrero fueron detenidos, para luego ser puestos en libertad después del 10 diciembre, sin que se presentaran cargos en su contra.[287]
Marta Díaz Rondon, una defensora de derechos humanos, dijo que la habían detenido seis veces en los últimos años, siempre antes de reuniones y encuentros programados con otros disidentes. Díaz dijo que “Cada vez que va a llevarse a cabo una actividad, como una manifestación pacífica, toman medidas represivas. No se nos permite vernos ni viajar”.[288] En marzo de 2009, contó que la habían detenido cuando intentaba visitar a Jorge Luís García Pérez—también conocido como Antúnez—quien estaba realizando una huelga de hambre en su hogar a modo de protesta para exigir que cesaran los abusos contra presos políticos.
En Cuba Oriental, tres disidentes manifestaron haber sido víctimas de una práctica que denominaron secuestros, mediante la cual agentes vestidos de civil los detuvieron, los trasladaron a lugares desconocidos, los interrogaron y posteriormente los liberaron. Marco Antonio Lima Dalmau, un periodista y defensor de derechos humanos de Holguín, quien fue víctima de uno de estos “secuestros” en 2009, dijo que nunca pudo saber siquiera a qué sector de las fuerzas de seguridad de Cuba pertenecían sus captores, y no se le entregó ningún registro de su detención.[289]
Golpizas y uso excesivo de la fuerza
Los disidentes que participan en actos considerados “contrarrevolucionarios” son habitualmente víctimas de ataques, golpizas y uso excesivo de la fuerza por parte de los agentes de seguridad. Los ataques son llevados a cabo tanto por funcionarios del gobierno como por miembros de grupos de civiles afines al gobierno, los “comités de defensa de la revolución” (CDR) y las “brigadas de respuesta rápida”.[290]
El 24 de febrero de 2008, la periodista y defensora de derechos humanos Ana Margarita Perdigón Brito, junto con su padre y su hermano, participaron en una manifestación pacífica y poco masiva en Sancti Spíritus para conmemorar el aniversario de un incidente ocurrido en 1996, en el cual el gobierno de Cuba disparó contra dos aviones pertenecientes a una organización con sede en Miami.[291] La periodista contó que los agentes de seguridad dispersaron la concentración, les dieron “una golpiza salvaje” a los participantes, y la llevaron, junto con su padre y su hermano, a una delegación policial. Allí, los agentes de policía arrojaron a su padre contra una pared y la sujetaron fuertemente por el cuello, hasta que perdió el conocimiento.[292]
Alexander Santos Hernández, un disidente de Holguín, dijo que fue víctima de un ataque en junio de 2006 por parte de ocho miembros de una “brigada de respuesta rápida”—un grupo integrado por civiles afines al gobierno. El grupo, liderado por un oficial de rango del departamento de policía local, lo atacó en la vía pública sin que mediara ningún tipo de provocación, y amenazaron con encarcelarlo o matarlo si no abandonaba sus actividades “contrarrevolucionarias”.[293]
En cuatro oportunidades distintas, en Matanzas, Holguín y Las Tunas, diversos disidentes relataron a Human Rights Watch que casi no lograron escapar cuando automóviles intentaron atropellarlos deliberadamente. Las víctimas dijeron que, durante los ataques o después de estos, los conductores o pasajeros les gritaron comentarios que sugerían que estaban siendo atacados a causa de sus actividades políticas.
Juan Francisco Sigler Amaya, un defensor de derechos humanos y hermano de dos presos políticos, dijo que un automóvil trató de atropellarlo en enero de 2006, cuando se trasladaba en bicicleta hacia la plantación de azúcar en la cual trabajaba, en la provincia de Matanzas:[294]
[A]l auto que venía detrás, de color verde oscuro, no pude ni leerle la matricula. Cuando yo venía en la bici, tenían las luces prendidas, pero sentí que estaban acelerando y apagaron las luces a gran velocidad. Con mi instinto de conservación, lo que atiné fue a dar un timonazo, que fue lo que [me] salvó la vida.... Casi me cortó la barriga con el machete que llevaba, porque di tres vueltas con la bicicleta.
[Las personas que se encontraban en el automóvil] me gritaban; dos hombres y una mujer, diciéndome horrores: “¡Contrarrevolucionario! ¡Te vamos a matar!”. Luego arrancaron y se desaparecieron.[295]
Los disidentes también denunciaron un patrón de uso excesivo de la fuerza por parte de la policía y los agentes de seguridad del estado durante los arrestos. El 31 de agosto de 2008, Yordis García Fournier e Isael Poveda Silva, miembros del grupo político no oficial Jóvenes por la Democracia, se dirigieron a una delegación policial en Guantánamo para visitar a Enyor Díaz Allen, otro miembro del mismo grupo que había sido detenido arbitrariamente el día anterior.[296] Como la policía se negó a permitirles la visita, García y Poveda se pararon afuera de la delegación y comenzaron a gritar consignas a favor de los derechos humanos y en contra de Castro. Sin ninguna advertencia—según contaron posteriormente a sus familiares—la policía les lanzó gases lacrimógenos y, luego de salir precipitadamente de la delegación, les propinaron reiterados golpes y patadas, pese a que ellos no se defendieron.[297] García y Poveda fueron luego condenados a un año, y un año y cuatro meses de prisión, respectivamente, por incurrir en desacato a la autoridad.
Los disidentes y los familiares que intentaron asistir a los juicios de personas detenidas por motivos políticos manifestaron que eran sistemáticamente víctimas de hostigamiento, amenazas y, al menos en cuatro casos, agresiones físicas. El simple hecho de intentar presenciar la administración de justicia los puso en peligro.
Cuando el periodista Raymundo Perdigón Brito fue condenado por “peligrosidad” en diciembre de 2006, su familia asistió al juicio. Cuando la familia de Perdigónabandonó el tribunal en Sancti Spíritus, varios miembros de la “brigada de respuesta rápida” se aglomeraron alrededor de ellos, y los golpearon mientras la policía observaba, según su hermana.[298]
En septiembre de 2008, Ramona Sánchez Ramírez, una defensora de derechos humanos, intentó asistir a la apelación de un par de disidentes en Guantánamo. Los disidentes, quienes habían proferido consignas en contra del gobierno en público, habían sido condenados por desacato. Sánchez dijo que, dado que las autoridades no la dejaban ingresar al juicio, se sumó a una manifestación pacífica fuera de la sede del tribunal, junto con disidentes y amigos del acusado. Sin que mediara ninguna advertencia ni provocación, un grupo de agentes de seguridad, funcionarios judiciales y miembros de una “brigada de respuesta rápida” agredieron a los manifestantes con palos y otras armas. Sánchez contó que los golpearon pese a que no opusieron resistencia.[299]
Actos públicos de repudio
Los actos de repudio son demostraciones públicas llevadas a cabo fuera de las viviendas de los disidentes. Al igual que otros ataques, estos actos tienen por objeto humillar e intimidar a personas que expresan disenso y, en reiteradas ocasiones, han dado lugar a hechos de violencia colectiva. Aunque supuestamente fueron planificados por civiles, las versiones de las víctimas sugieren que funcionarios del gobierno colaboraron con los “comités de defensa de la revolución” para llevar a cabo estos actos.
Los actos de repudio pueden durar desde varias horas hasta un día entero. De acuerdo con las víctimas, las tácticas de los participantes incluyen proferir insultos y amenazas verbales, golpear cacerolas para hacer ruido, arrojar piedras contra las casas y pintar los frentes con mensajes insultantes, irrumpir en las viviendas en forma ilegal y agredir físicamente a sus habitantes.
Si bien supuestamente estos actos son llevados a cabo por vecinos, todas las víctimas de los actos de repudio aportan pruebas que sugieren que son obra del gobierno. Muchos señalaron que los participantes fueron transportados a sus hogares en vehículos de propiedad del estado, como camiones militares o autobuses públicos. Las víctimas también manifestaron que nunca habían visto a los participantes, quienes, por lo tanto, no tenían forma de conocer sus actividades, ni mucho menos motivos para denunciarlos. Además, las víctimas dijeron que observaron que algunos participantes vestían uniformes de fajina militar u otros uniformes del gobierno, lo cual sugería que trabajaban para el estado.
Roberto Marrero la Rosa, defensor de derechos humanos de Camagüey, dijo que él y su familia habían sido blanco de tres actos de repudio en los últimos años.[300] Manifestó que los agitadores, quienes se transportaron en autobús desde otros vecindarios, arrojaron piedras contra su vivienda, gritaron insultos durante horas y lo llamaron “mercenario” de Estados Unidos y “gusano”. Los actos reiterados eran tan atemorizantes que la hija de Marrero la Rosa decidió mudarse junto con su hijo a otro lugar. Marco Antonio Lima Dalmau dijo que, cuando él y su familia intentaron abandonar su hogar en Holguín durante uno de estos actos de repudio en 2008, un grupo de personas los golpearon violentamente.[301]
No obstante, a pesar de las violaciones de derechos que representan dichos actos de repudio, ninguna de las ocho víctimas dijo que la policía había intervenido para protegerlos. Asimismo, tampoco se detuvo a ninguna de las personas que participaron en dichos actos, pese a que violaron la ley, al ingresar ilegalmente en las casas o atacar a los residentes, y su comportamiento claramente había “producido alarma”, una de las amplias categorías en virtud de las cuales las autoridades cubanas deben detener a las personas[302].
Amenazas y advertencias
Además de la amenaza implícita impuesta por un sistema legal diseñado para penalizar el disenso, el gobierno amenaza explícitamente a los disidentes con la posibilidad de prisión, violencia física y otros castigos. En los casos de “peligrosidad”, estas amenazas están contempladas en la misma ley. El Código Penal establece que las personas involucradas en una “conducta antisocial” deben recibir advertencias oficiales mediante las cuales se les informa acerca de su “peligrosidad”. El propósito de estas advertencias es generar un cambio de comportamiento “en prevención de que se incurra en actividades socialmente peligrosas”. [303] En el caso de los disidentes, las advertencias indican que serán encarcelados inmediatamente si no abandonan las actividades “contrarrevolucionarias”.
Marco Antonio Lima Dalmau, un disidente de Holguín, dijo que había recibido más de una docena de advertencias oficiales por “peligrosidad” desde el 2007, todas ellas por haber participado en actividades pacíficas, como manifestaciones, y sabía que podrían arrestarlo en cualquier momento. [304] Gabriel Díaz Sánchez, defensor de derechos humanos en Bayamo, le contó a Human Rights Watch que agentes de seguridad se presentaron en su hogar varias veces para advertirles a sus familiares que lo acusarían de “peligrosidad” si no abandonaba sus actividades. [305]
Los disidentes informaron a Human Rights Watch que también recibieron advertencias por estar desempleados, lo cual se considera una forma de “conducta antisocial”. Tal como se analizó anteriormente, a los disidentes se les niega el empleo en forma sistemática a causa de sus opiniones políticas y luego se los acusa de “peligrosidad” por estar desempleados. Por ejemplo, Enyor Díaz Allen, un disidente en Guantánamo, dijo que recibió tres advertencias oficiales de enero a marzo de 2009 por estar desempleado. La segunda vez, dijo, un capitán de policía le advirtió que si no conseguía trabajo, se lo acusaría de “peligrosidad” y se lo enviaría a prisión por cuatro años. [306]
El periodista Juan Carlos Hernández, quien dijo que había recibido alrededor de 15 citaciones y advertencias desde 2005, sostuvo que:
[Cuando se les antoja] te hacen una [advertencia oficial]. O sea, eso es un mecanismo que ellos tienen para que en determinado momento, por esa cantidad de advertencias, ellos digan “Ya no te advertimos más, ya te lo hemos dicho varias veces, ahora sí vamos a cumplir”. Y te sacan de circulación por lo menos cuatro años. Así es como funciona. [307]
Las advertencias oficiales no son la única manera en que se intimida a los disidentes. En algunos casos, los funcionarios del gobierno y los grupos de ciudadanos vinculados con el estado amenazan a los disidentes con agresiones, violaciones sexuales, e incluso la muerte.
Rufina Velásquez González dijo que, cuando intentaba caminar con sus padres—Ramón y Bárbara—de Santiago a La Habana en 2007, para generar conciencia acerca de las violaciones de derechos humanos y los presos políticos, su familia se enfrentó en Holguín y Camagüey con “brigadas de respuesta rápida”. Los miembros de la brigada los amenazaron con bates de madera, piedras y barras de metal envueltas en periódicos, y les dijeron que los golpearían si no regresaban. A Rufina Velásquez y a su madre las amenazaron con violarlas, y las llamaron “putas” y “rameras”. Los agentes de seguridad que estuvieron presentes en varias de estas confrontaciones no intervinieron para frenar o desarmar a los miembros de la brigada. [308]
Cuatro disidentes manifestaron que funcionarios del gobierno amenazaron expresamente con matarlos por sus opiniones políticas. Alexander Santos Hernández dijo que un mayor de la policía le dijo que la próxima vez que lo viera en su motocicleta, lo atropellaría con el automóvil. El agente dijo que utilizaría sus conexiones dentro del gobierno para esconder las pruebas del asesinato. [309]
Tres disidentes que relataron a Human Rights Watch que recibían constantemente amenazas de que serían encarcelados finalmente fueron detenidos y condenados luego de comunicarse con nosotros. Juan Luís Rodríguez Desdín, Rodolfo Bartelemí Coba y Enyor Díaz Allen fueron encarcelados meses después de hablar con Human Rights Watch.
Rodolfo Bartelemí Coba, defensor de derechos humanos, le contó a Human Rights Watch en marzo de 2009 que había recibido seis advertencias oficiales por “peligrosidad” el año anterior. La más reciente se debía a que había intentado asistir a una reunión en Guantánamo del Comité ciudadano contra los malos tratos, un grupo no oficial que se reúne para compartir información sobre las violaciones de derechos humanos en la región. [310] Durante su entrevista, dijo que tenía miedo de que lo arrestaran en cualquier momento. Diez días después, fue detenido y encarcelado para cumplir una condena del año 1994, por la cual se le había otorgado la libertad condicional algunos años antes. [311]
Juan Luís Rodríguez Desdín—un ex preso político que había cumplido una condena de dos años por “peligrosidad”—relató a Human Rights Watch en marzo de 2009 que había recibido amenazas por parte de las autoridades en varias ocasiones. A pesar de las advertencias, Rodríguez no abandonó su trabajo a favor de los derechos humanos. En mayo de 2009, fue arrestado y condenado a dos años más en prisión por “desorden público”.
Dado que, a menudo, luego de dichas advertencias y amenazas el encarcelamiento y los ataques se concretan efectivamente, representan una fuente de intimidación y temor significativos en la comunidad de disidentes, y contribuyen a generar un clima en el cual los disidentes temen ser agredidos o detenidos en cualquier momento.
Vigilancia invasiva
Los disidentes y no disidentes de quienes se sospecha que tienen tendencias “contrarrevolucionarias” están sujetos a varias formas de vigilancia constante por parte del gobierno y los grupos de civiles vinculados con el gobierno. El gobierno utiliza varios métodos para monitorear las actividades y comunicaciones de los disidentes, como por ejemplo intervenir los teléfonos y las cuentas de correo electrónico; colocar dispositivos de escucha escondidos; observar, fotografiar y filmar reuniones de grupos de la sociedad civil; allanar las viviendas clandestinamente y asignar agentes de seguridad que vigilan cada uno de sus movimientos.
La vigilancia está a cargo de agentes de seguridad y grupos de civiles vinculados con el gobierno, quienes pueden trabajar juntos o en forma independiente. Decenas de disidentes manifestaron que los agentes de seguridad estaban permanentemente ubicados fuera de sus viviendas y los seguían a todas partes; mientras que los “comités de defensa de la revolución”—grupos de civiles que se encuentran en cada vecindario y cuya función es proteger la revolución contra todo tipo de amenazas—vigilaban constantemente a sus vecinos para detectar comportamientos sospechosos y denunciarlos ante los agentes de seguridad del estado.
Los disidentes dijeron que una vez que los “marcaban” como sospechosos, eran constantemente vigilados por estos grupos. La disidente Rufina Velásquez González dijo que, cuando viajaba de su hogar a Las Tunas para asistir a reuniones de grupos no oficiales que buscaban alternativas al gobierno:
El Estado siempre estaba persiguiéndome por donde yo viajaba. Ellos sabían en las casas en las que yo estaba. Eso lo hace sentir a uno como vigilado. Yo llegaba a una estación a reservar un pasaje para acudir a otra provincia y ellos me decían que la Seguridad del Estado había estado preguntando por mí, que yo qué había hecho, que adónde iba.[312]
Roberto Marrero la Rosa dijo que de las ocho viviendas ubicadas en su calle en Camagüey, seis estaban habitadas por personas que tenían cargos oficiales en el CDR, desde el presidente hasta el jefe de propaganda, y que todos monitoreaban su comportamiento.[313] Rodolfo Bartelemí Coba, un defensor de derechos humanos en Guantánamo, afirmó que lo seguían cada vez que salía de su vivienda.[314]
El gobierno de Cuba también ha utilizado informantes que se hacen pasar por disidentes para espiar las actividades de los grupos no oficiales que critican al estado. En los juicios contra los 75 disidentes en 2003, los fiscales se basaron en el testimonio de infiltrados que se habían hecho pasar por opositores del gobierno para dar testimonio de las actividades contrarrevolucionarias de sus ex colegas.[315] Muchos de los informantes habían estado trabajando en forma clandestina junto con los disidentes durante décadas y se habían ganado su máxima confianza. En los juicios contra diez disidentes llevados a cabo en abril de 2004, un hombre que hasta ese momento se hacía pasar por periodista confesó ser un agente del gobierno y declaró en contra de otros activistas políticos no violentos.[316]
Denegación de empleo y dificultades económicas
La Constitución de Cuba le otorga al gobierno la facultad de organizar, gestionar y controlar toda la actividad económica, y de ubicar a los trabajadores de acuerdo con “las exigencias de la economía y la sociedad”.[317] El estado dirige prácticamente todas las fuentes de empleo, la afiliación al único sindicato oficial —la Central de Trabajadores de Cuba o CTC— y el acceso a los programas de capacitación para trabajadores.[318]
Los funcionarios del gobierno recurren habitualmente a este control para negar empleos a aquellas personas que no comparten sus posturas ideológicas. Varios disidentes de toda Cuba comentaron que era difícil conseguir trabajo sin afiliarse a la CTC, y que muchos no deseaban afiliarse debido a que se encuentra bajo el control directo del gobierno. Tanto disidentes como no disidentes también informaron a Human Rights Watch que los empleadores se comunicaban con los “comités de defensa de la revolución” y con la policía para verificar las opiniones políticas de los posibles empleados y su lealtad al gobierno antes de contratarlos.
Decenas de disidentes denunciaron haber sido despedidos a causa de sus opiniones o su participación en grupos de la sociedad civil no autorizados. Eduardo Pacheco Ortíz—un ex preso político que cumplió una condena de dos años por “peligrosidad” y monitorea los derechos humanos en Matanzas—dijo que, desde su liberación en agosto de 2008, lo han despedido de un trabajo tras otro. Afirmó que cada vez que los empleadores se enteraban de sus opiniones políticas, lo despedían.[319]
Víctor Yunier Fernández Martínez—quien también había sido condenado en razón de su “peligrosidad” por pertenecer a un grupo político no autorizado en La Habana y fue liberado en febrero de 2009— eñaló que lo habían despedido de dos trabajos como mecánico de automóviles porque lo consideraban “contrarrevolucionario”.[320] Fernández dijo que, cuando lo despidieron del segundo trabajo, su jefe le dijo que no tenía opción: emplear a un miembro de la “oposición” le generaba problemas a su negocio. Desde ese momento, afirmó Fernández, ha sido rechazado para varios puestos, y los empleadores le dicen expresamente que no lo contratan por motivos políticos.
Los disidentes afirmaron que la negación del empleo somete a sus familias a profundos padecimientos económicos. Fernández dijo que, sin un trabajo, debía recurrir a la ayuda de toda su familia para comer. Gertrudis Ojeda Suave —una ex activista política encarcelada por su “peligrosidad” y madre soltera de tres hijos— dijo que no puede conseguir trabajo dado que ha sido catalogada como disidente. Cuando se postuló para un trabajo de limpieza de pisos en un hospital estatal, le dijeron que no era fiable por sus opiniones políticas. Sin una fuente regular de ingresos, dijo, es común que sus hijos vayan a dormir sin haber cenado.[321]
Como se expuso anteriormente, el gobierno utiliza con frecuencia el desempleo como justificación para condenar a los disidentes en virtud de la disposición de “peligrosidad” social, lo cual hace que la negación del trabajo, además de perjudicar a las familias, sea también peligrosa.
Multas
Además de incluir, en la práctica, a los disidentes en listas negras, el gobierno les impone mayores dificultades económicas al aplicar multas de alto valor. Los disidentes dijeron que les aplicaron multas por ejercer derechos civiles y políticos básicos, y por establecer pequeños emprendimientos por cuenta propia, sin autorización del gobierno.
El Código Penal de Cuba prevé diversas multas para violaciones específicas de la ley, y otorga a los jueces una amplia discreción para establecer el monto.[322] La ley cubana establece que, al determinar el monto, los jueces deben tener en cuenta el salario que percibe el infractor, “cuidando de no afectar, en cuanto sea posible, la parte de sus recursos destinados a atender sus propias necesidades y las necesidades de las personas a su abrigo”.[323] Según la ley, aquellas personas que no pueden pagar las multas deben ser encarceladas durante un plazo que les permita cancelar su deuda.[324]
Sin embargo, las multas asignadas a los disidentes suelen ser tan cuantiosas que, cuando las pagan, luego tienen dificultades para satisfacer sus necesidades básicas. René Velásquez Gonzáles dijo que le aplicaron una multa de 750 pesos por vender pizza y refrescos sin permiso en Las Tunas, lo cual equivale al doble de su salario mensual. Dijo que necesitaba tres trabajos para pagar la multa en tiempo y forma y evitar ir a prisión, y sólo le quedaban unas pocas horas para dormir de noche.[325] Ramon Sánchez Ramírez dijo que, tras los huracanes de 2008, varios disidentes en Guantánamo fueron condenados por acaparamiento,debido a tenían en su poder alimentos básicos, como tomates o repollo.[326] Afirmó que les aplicaron una multa de entre 500 y 3.000 pesos; esta última cantidad equivale al salario de casi un año.
Represalias contra familias
El gobierno de Cuba castiga a familias enteras por las actividades de oposición de uno de sus miembros. Los familiares de los presos políticos y los disidentes se enfrentan a amenazas, pérdida del trabajo, denegación de servicios sociales básicos y humillación pública, entre otras formas de discriminación y abuso.
Poco tiempo después de que su esposo fuera encarcelado en 2003 por trabajar como periodista independiente, Rebeca Rodríguez Souto fue expulsada de un centro educativo para adultos en el cual había estado tomando clases. Cuando le preguntó el motivo a unas de las autoridades de la escuela, esta le respondió que funcionarios del gobierno habían ordenado que fuera expulsada por ser la esposa de un “mercenario” y porque tenía “ideas contrarias al gobierno”.[327] Rodríguez dijo que nunca había expresado sus opiniones políticas en la escuela.
Algunos disidentes en Sancti Spíritus, Matanzas, Guantánamo y Holguín dijeron que sus hijos habían sido expulsados de la escuela o habían sufrido humillaciones por parte de sus maestros a causa de las actividades u opiniones políticas de sus padres. Según Eduardo Pacheco Ortíz, a su hija la echaron de la escuela sin explicación alguna luego de que lo encarcelaran por “peligrosidad” en 2008.[328] Ramona Sánchez Ramírez contó que a su hija le prohibieron continuar con sus estudios universitarios y un maestro se burló de su nieto frente a todos sus compañeros como resultado del trabajo de Sánchez a favor de los derechos humanos.[329]
Decenas de familiares de presos políticos y disidentes dijeron que los habían despedido de sus trabajos o les habían negado empleo a causa de su relación con personas consideradas “contrarrevolucionarias”. Luego de que el disidente Yordis García Fournier fuera condenado por desacato en septiembre de 2008, tres de sus hermanos fueron despedidos de su trabajo. A dos de ellos les dijeron explícitamente que los estaban castigando por su relación con un preso político.[330] Como se menciona en otra sección de este informe, la pérdida del ingreso somete a las familias a profundos padecimientos económicos, y expone a las personas desempleadas a la posibilidad de que se las acuse de “peligrosidad”.
Restricciones para viajar
El gobierno de Cuba también discrimina a los disidentes al otorgar visas de viaje. El gobierno de Cuba prohíbe a sus ciudadanos tanto salir de Cuba como regresar al país sin obtener antes un permiso oficial. Viajar sin autorización puede dar lugar a un proceso penal. Como Human Rights Watch concluyó en su informe, Familias deshechas: El costo humano de las restricciones de Estados Unidos y Cuba para viajar, estas restricciones proporcionan al gobierno cubano una poderosa herramienta para castigar a los desertores y silenciar a los críticos.[331]
En mayo de 2008, Yoani Sánchez, autora de un blog, recibió un premio periodístico otorgado en España. Si bien el gobierno emitió inicialmente una visa de salida para Sánchez, antes de la fecha en que estaba programada su partida el trámite de su visa fue paralizado sin ningún tipo de explicación, por lo cual no pudo recibir el premio en persona.[332] En octubre de 2009, volvieron a negarle autorización para salir del país para recibir otro premio que le había concedido la Universidad de Columbia, en Nueva York.[333] En febrero de 2008, cuatro presos políticos que habían sido detenidos en el marco de la ola represiva de 2003 fueron liberados con la condición de que viajaran inmediatamente a España. Pedro Pablo Álvarez Ramos—uno de los cuatro presos liberados—afirmó que les dijeron expresamente que, a cambio de su libertad, no se les permitiría regresar jamás a Cuba.[334]
El 21 de noviembre de 2008, y por segundo año consecutivo, se denegó al cantante de rap Bian Oscar Rodríguez Galá—miembro del grupo los Aldeanos, cuyas letras han criticado abiertamente al gobierno de Castro— a autorización para salir de Cuba con el fin de participar en una competencia internacional de música, organizada anualmente. El pedido de visa de salida de Rodríguez, quien se había clasificado luego de ganar una competencia de rap en Cuba, fue denegado pese a haber presentado todos los documentos necesarios.[335]
A Juan Almeida García se le ha denegado el derecho a salir de Cuba para recibir tratamiento médico por una enfermedad degenerativa poco común desde 2003.[336] Almeida, de 44 años, quien sufre de espondilitis anquilosante, había sido autorizado a viajar a Bélgica en los años noventa para recibir tratamiento, el cual no estaba disponible en Cuba. Ha solicitado varias veces al año que se le permita salir de Cuba para recibir tratamiento médico en el extranjero, pero todas sus solicitudes han sido denegadas sin explicación. Durante su visita más reciente a una oficina de inmigración, un agente le dijo que la negación de la autorización, en su caso, provenía del “alto mando” del gobierno. Según contó la hija de Almeida a Human Rights Watch, como resultado de no haber recibido tratamiento durante más de seis años, su salud se ha deteriorado considerablemente. Se ve forzado a dormir sentado en una silla, ya que el dolor en las articulaciones y en los huesos le impide dormir acostado, y no puede caminar sin ayuda. Su hija gestionó un tratamiento médico gratuito en agosto de 2009 en California, pero volvieron a negarle a Almeida la visa de salida.[337]
El gobierno también ha adoptado fuertes medidas para impedir el desplazamiento de ciudadanos dentro de Cuba, a través de una aplicación más enérgica de la ley de 1997, conocida como Decreto 217. Este decreto, cuyo propósito es limitar la migración a La Habana, exige a los cubanos obtener autorización del gobierno para mudarse a la capital del país.[338] Según un funcionario cubano, se produjeron aproximadamente 20.000 casos de expulsión forzada de personas de La Habana por la policía desde 2006 hasta agosto de 2008.[339] Los disidentes dijeron que eran detenidos arbitrariamente o se les prohibía salir de su provincia de origen, en especial en los períodos previos a la celebración de encuentros de grupos de la sociedad civil no autorizados, de los cuales el gobierno desconfía.
[281] Constitución de Cuba, art. 58.
[282] DUDH, art. 9.
[283] Comisión Cubana de Derechos Humanos y Reconciliación Nacional (CCDHRN), “El Gobierno de Cuba Continúa Violando el Derecho de los Ciudadanos a las Libertades Civiles, Políticas y Económicas”, 2008, http://www.cubasource.org/pdf/elizardo_informe_08.pdf (consultado el 12 de febrero de 2009).
[284] CCDHRN, “La situación de derechos humanos en Cuba luego de tres años de cambios en los más altos niveles del estado y del gobierno”, 10 de agosto de 2009, http://www.lexingtoninstitute.org/library/resources/documents/cuba/otherresources/CubaCCHRNRReportISemester2009.pdf (consultado el 12 de febrero de 2009).
[285] Ley de Procedimiento Penal, art. 243.
[286] “Cuba debe liberar a los disidentes inmediatamente”, comunicado de prensa de Human Rights Watch, 11 de diciembre de 2008, http://www.hrw.org/en/news/2008/12/11/cuba-free-dissidents-now; Sara Miller Llana, “Cuban activists say they were beaten on eve of 60th human rights anniversary”, The Christian Science Monitor, 11 de diciembre de 2008, http://www.csmonitor.com/2008/1211/p25s02-woam.html (consultado el 4 de mayo de 2009).
[287] Entrevista de Human Rights Watch con Roberto Marrero la Rosa, Cuba, junio de 2009.
[288] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con Marta Díaz Rondón, Cuba, 17 de marzo de 2009.
[289] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con Marco Antonio Lima Dalmau, Cuba, junio de 2009.
[290] Las brigadas de respuesta rápida se organizaron antes de los Juegos Panamericanos de 1991, a fin de proporcionarle al gobierno de Cuba una fuerza de respuesta rápida para contrarrestar toda manifestación por parte de opositores al gobierno en presencia de los medios internacionales. Ver Benigno E. Aguirre, “Social Control in Cuba”, Latin American Politics and Society, vol. 44, N.° 2, Summer 2002, págs. 78-79.
[291] El 24 de febrero de 1996, la Fuerza Aérea Cubana disparó contra dos aviones civiles pertenecientes al grupo Hermanos al Rescate, con sede en Miami. Cuatro cubano estadounidenses que estaban a bordo perdieron la vida. El grupo había trabajado para rescatar a cubanos que estaban a la deriva en el Estrecho de la Florida (la masa de agua que separa Cuba de los Cayos de la Florida), mientras intentaban viajar por mar a los Estados Unidos, y también había llevado a cabo vuelos de protesta sobre la isla, en uno de los cuales se lanzaron copias de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y se criticó a Fidel Castro. El grupo manifestó que fueron blanco de un ataque sobre aguas internacionales, mientras que Cuba lo niega. Larry Rohter, “Cuba Blames US in Downing of Planes”, The New York Times, 27 de febrero de 1996, http://www.nytimes.com/1996/02/27/world/cuba-blames-us-in-downing-of-planes.html (consultado el 17 de julio de 2009); Barbara Crossette, “US Says Cubans Knew They Fired on Civilian Planes”, The New York Times, 28 de febrero de 1996, http://www.nytimes.com/1996/02/28/world/us-says-cubans-knew-they-fired-on-civilian-planes.html (consultado el 17 de julio de 2009).
[292] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con Ana Margarita Perdigón Brito, Cuba, 4 de marzo de 2009.
[293] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con Alexander Santos Hernández, Cuba, 16 de marzo de 2009.
[294] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con Juan Francisco Sigler Amaya, Cuba, 12 de febrero de 2009. Juan Francisco se desempeñó como economista matriculado hasta que fue despedido de su trabajo por sus ideas económicas, consideradas por sus superiores como gorbachistas, y fue asignado a trabajar en una plantación de azúcar, una tarea en la cual no tenía experiencia previa.
[295] Ibíd.
[296] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con Enyor Díaz Allen, Cuba, 14 de marzo de 2009. Enyor Díaz Allen, miembro de Jóvenes por la Democracia, fue arrestado el 30 de agosto de 2008 en una plaza de Guantánamo, mientras manifestaba públicamente su oposición al gobierno de Cuba.
[297] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con Niover García Fournier, hermano de Yordis, Cuba, 14 de marzo de 2009. El 4 de septiembre de 2008, García Fournier y Poveda Silva fueron condenados a un año, y un año y cuatro meses de prisión, respectivamente, por el delito de desacato.
[298] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con Ana Margarita Perdigón Brito, hermana de Raymundo, Cuba, 4 de marzo de 2009. El padre de Perdigón debió ser trasladado a una clínica médica para recibir tratamiento a causa de las lesiones que recibió durante el ataque. Ana Margarita y su padre fueron víctimas de un segundo ataque cuando abandonaban la clínica.
[299] Entrevistas telefónicas de Human Rights Watch con Ramona Sánchez Ramírez, Cuba, 13 y 14 de marzo de 2009. El ataque contra Sánchez y otros manifestantes pacíficos se llevó a cabo durante la apelación de Yordis García Fournier e Isael Poveda Silva. El incidente fue confirmado en una entrevista telefónica de Human Rights Watch con Niover García Fournier, hermano de Yordis García Fournier, en Cuba, el 14 de marzo de 2009, quien también había participado en el encuentro pacífico que fue blanco del ataque.
[300] Entrevista de Human Rights Watch con Roberto Marrero la Rosa, Cuba, junio de 2009.
[301] Entrevista de Human Rights Watch con Marco Antonio Lima Dalmau, Cuba, junio de 2009.
[302] Ley de Procedimiento Penal, art. 243. Ver “Detención arbitraria”, “Fundamentos jurídicos de la represión en Cuba” más arriba.
[303] Código Penal, art. 75(1).
[304] Entrevista de Human Rights Watch con Marco Antonio Lima Dalmau, Cuba, junio de 2009.
[305] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con Gabriel Díaz Sánchez, Cuba, 25 de febrero de 2009.
[306] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con Enyor Díaz Allen, Cuba, 14 de marzo de 2009.
[307] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con Juan Carlos Hernandez, Cuba, 13 de marzo de 2009.
[308] Entrevistas telefónicas de Human Rights Watch con Bárbara González Cruz, Cuba, 23 de abril de 2009, y Rufina Velásquez González, Miami, Estados Unidos, 28 de abril de 2009.
[309] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con Alexander Santos Hernández, Cuba, 16 de marzo de 2009.
[310] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con Rodolfo Bartelemí Coba, Cuba, 13 de marzo de 2009.
[311] CCDHRN, “La situación de derechos humanos en Cuba luego de tres años de cambios en los más altos niveles del estado y del gobierno”, 10 de agosto de 2009.
[312] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con Rufina Velásquez González, Miami, Estados Unidos, 28 de abril de 2009.
[313] Entrevista de Human Rights Watch con Roberto Marrero la Rosa, Cuba, junio de 2009.
[314] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con Rodolfo Bartelemí Coba, Cuba, 13 de marzo de 2009.
[315] Daniel P. Erikson, The Cuba Wars: Fidel Castro, the United States, and the Next Revolution (Nueva York: Bloomsbury Press, 2008), págs. 66-67.
[316] “Cuba: Release Political Dissidents”, comunicado de prensa de Human Rights Watch, 26 de abril de 2004, http://www.hrw.org/en/news/2004/04/26/cuba-release-political-dissidents.
[317] Constitución de Cuba, arts. 16 y 45. Citada en Jesús R. Mercader Uguina, La realidad laboral en Cuba y la responsabilidad social de los inversores extranjeros (Valencia: Tirant Lo Blanch, 2006), pág. 106.
[318] Jesús R. Mercader Uguina, La realidad laboral en Cuba y la responsabilidad social de los inversores extranjeros (Valencia: Tirant Lo Blanch, 2006), págs. 110-112.
[319] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con Eduardo Pacheco Ortíz, Cuba, 23 de febrero de 2009.
[320] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con Víctor Yunier Fernández Martínez, Cuba, 5 de marzo de 2009.
[321] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con Gertrudis Ojeda Suave, Cuba, 31 de marzo de 2009.
[322]Las multas por infracciones individuales generalmente están conformadas por cuotas que pueden ser asignadas. Las cuotas son la unidad de las multas, y pueden ser de 50 centavos a 20 pesos. El tribunal determina la cantidad de cuotas y el valor de la cuota para cada multa. Por ejemplo, la resistencia puede traer aparejada una multa de 100 a 300 cuotas. Eso significa que la multa asignada puede variar desde 50 pesos hasta 6.000 pesos, según lo determine el juez.
[323] Código Penal, art. 35(4).
[324] Ibíd., art. 35(5).
[325] Entrevista de Human Rights Watch con René Velásquez Gonzáles, Cuba, junio de 2009.
[326] El acaparamiento, un delito para el cual se prevé una pena de tres meses a un año de prisión, una multa de 300 cuotas, o ambas sanciones, puede aplicarse a cualquier persona que tenga en su poder cantidades de un producto “injustificadamente superiores a las requeridas para sus necesidades normales”, una cantidad imprecisa y poco clara. Código Penal, art. 230.
[327] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con Rebeca Rodríguez Souto, Cuba, 10 de febrero de 2009.
[328] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con Eduardo Pacheco Ortíz, Cuba, 23 de febrero de 2009.
[329] Entrevistas telefónicas de Human Rights Watch con Ramona Sánchez Ramírez, Cuba, 13 y 14 de marzo de 2009.
[330] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con Niover García Fournier, hermano de Yordis, Cuba, 14 de marzo de 2009.
[331] Human Rights Watch, Familias deshechas: El costo humano de las restricciones de Estados Unidos y Cuba para viajar, 18 de octubre de 2005, http://www.hrw.org/en/reports/2005/10/18/families-torn-apart.
[332] Yoani Sánchez, publicación “No, ‘por el momento’” en Generación Y (blog), 30 de mayo de 2008, http://www.desdecuba.com/generationy/?p=157 y http://desdecuba.com/generaciony/wp-content/uploads/2008/05/negativa_viaje.pdf (consultado el 11 de agosto de 2009).
[333] Larry Rohter, “Yoani Sánchez: Virtually Outspoken in Cuba,” New York Times, 17 de octubre de 2009; Yoani Sánchez, publicación “Cantarles las cuarenta” en Generación Y, (blog), 17 de octubre de 2009, http://www.desdecuba.com/generationy/?p=1058 (consultado el 18 de octubre de 2009).
[334] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con Pedro Pablo Álvarez Ramos, Miami, Estados Unidos, 14 de abril de 2009.
[335] “El B negado su permiso de salida para la competencia internacional de “La Batalla de los Gallos” de Red Bull”. Los Aldeanos, comunicado de prensa, 21 de noviembre de 2008, http://losaldeanos.wordpress.com/2009/03/13/el-b-negado-su-permiso-de-salida-para-la-competencia-internacional-de-“la-batalla-de-los-gallos”-de-red-bull/, (consultado el 15 de septiembre de 2009).
[336] Almeida es hijo del comandante revolucionario cubano y Vicepresidente Juan Almeida Bosque, quien falleció el 11 de septiembre de 2009.
[337] Entrevista telefónica de Human Rights Watch con Indira Quesada, hija de Juan Juan Almeida García, Miami, Estados Unidos, el 15 de octubre de 2009.
[338] Decreto Ley de Regulaciones Migratorias Internas para Ciudad de la Habana, Gaceta Oficial de la República de Cuba, N.° 217, 1997, http://www.gacetaoficial.cu/html/regulacionesmigratoriasparaC.H.html (consultado el 23 de abril de 2009).
[339] Yallin Orta y Dora Pérez, “La Habana sumergida”, Juventud Rebelde, 3 de agosto de 2008, http://www.juventudrebelde.cu/cuba/2008-08-03/la-habana-sumergida/ (consultado el 7 de septiembre de 2008).






