Carta al Dr. Diosdado Cabello 15 de Octubre de 2003
Washington, D.C.
Dr. Diosdado Cabello
Excelentísimo Sr. Ministro:
Tengo el honor de dirigirme a Su Excelencia para expresarle la
preocupación de Human Rights Watch por la reciente confiscación del
equipo de transmisión de la cadena televisiva de noticias Globovisión.
Este hecho, llevado a cabo por la Comisión Nacional de
Telecomunicaciones (CONATEL), podría afectar la capacidad de
Globovisión para emitir noticias y por tanto, tener una repercusión
negativa sobre la libertad de expresión en Venezuela.
Según la información que hemos recibido, CONATEL confiscó tanto los
transmisores móviles como las antenas de Globovisión. Según la
Comisión, se trató de una medida cautelar al iniciar una investigación
por el presunto uso ilegal de ciertas frecuencias de emisión por parte
de esta cadena de televisión.
Esto podría indicar que CONATEL se ha excedido en sus atribuciones
legales para adoptar medidas preventivas con arreglo a la Ley
Orgánica de Telecomunicaciones. Aunque el artículo 183 de la ley
autoriza a la CONATEL a confiscar equipo de transmisión al inicio de
una investigación cuando razones de urgencia así lo ameriten,
Globovisión que ha venido operando por muchos años con autorización
oficial y, por lo que hemos sido enterados, los funcionarios de
CONATEL no han presentado ninguna razón de urgencia que justifique
una medida tan drástica.
Está claro, además, que la consecuencia de la confiscación del equipo
será una reducción de la capacidad de Globovisión para cubrir en
directo los acontecimientos que ocurran en Venezuela. Aunque la
cadena continúe sus emisiones, el acceso de sus espectadores a la
información y la opinión se verá innecesariamente limitado.
Cabe señalar que los tratados internacionales de derechos humanos
ratificados por Venezuela prohíben expresamente la utilización de
medios indirectos para limitar arbitrariamente la libertad de expresión.
De acuerdo con el artículo 13(3) de la Convención Americana de
Derechos Humanos, “No se puede restringir el derecho de expresión
por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles
oficiales o particulares de papel para periódicos, de frecuencias
radioeléctricas, o de enseres y aparatos usados en la difusión de
información o por cualesquiera otros medios encaminados a impedir la
comunicación y la circulación de ideas y opiniones”.
En vista de lo anterior, insto respetuosamente disponer la devolución
del equipo confiscado lo antes posible. En nuestra opinión, en el
ejercicio de su responsabilidad de regular las transmisiones de radio y
televisión, CONATEL debe evitar las medidas que limiten la libertad de
expresión, el acceso a la información y la opinión.
Aprovecho la oportunidad para expresar a S.E. mis sentimientos de la
más alta consideración y estima,
Atentamente,
Cc: Dr. José Vicente Rangel, Vicepresidente de la República
Bolivariana de Venezuela
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