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VII. CONCLUSIÓN

El trabajo infantil es endémico en el cultivo de caña de azúcar en El Salavador. Como demuestra este informe, hasta un tercio de los trabajadores de muchas plantaciones de caña de azúcar son menores de 18 años. Muchos niños nos dijeron que habían empezado a trabajar cuando tenían entre 8 y 13 años de edad. No se trata de casos aislados—la Organización Internacional del Trabajo estima que al menos 5.000 y hasta 30.000 menores de 18 años trabajan en alguna función en las plantaciones de azúcar de El Salvador.

La cosecha de la caña es un trabajo peligroso. Requiere que los niños utilicen machetes y otros cuchillos afilados para cortar la caña de azúcar y arrancar las hojas de los tallos, un trabajo que realizan hasta nueve horas diarias bajo un sol abrasador. Casi todos los niños con los que hablamos nos dijeron que habían sufrido tajos en las manos o las piernas mientras cortaban caña. Estos riesgos hicieron que un ex inspector de trabajo dijera a Human Rights Watch: “Es indiscutible—la caña de azúcar es la más peligrosa” de todas las formas de trabajo agrícola.318

Con frecuencia, no se dispone de atención médica en las plantaciones, y los niños tienen que pagar frecuentemente el costo de su tratamiento médico. Sus empleadores no les reembolsan los gastos, a pesar de una disposición del Código de Trabajo de El Salvador que los hace responsables de los gastos médicos derivados de riesgos laborales.

Los niños que trabajan en las plantaciones de caña de azúcar suelen perder varias semanas o meses de escuela. Por ejemplo, una maestra de una comunidad al norte de San Salvador estimaba que alrededor del 20 por ciento de su clase no asiste a la escuela durante la zafra. Otros niños abandonan totalmente los estudios. Los que asisten a la escuela por la tarde después de una jornada completa en los campos de caña suelen tener dificultades para seguir el ritmo de la clase.

El azúcar refinado en los ingenios de El Salvador y comprado o usado por otras empresas es en parte producto del trabajo infantil, un hecho que los ingenios y otras empresas saben o deberían saber. En particular, Human Rights Watch descubrió que tres ingenios, La Cabaña, Central Izalco y San Francisco, tenían lazos mucho más estrechos con las plantaciones que les suministraban caña de lo que parecía a primera vista. En el caso de La Cabaña, los caporales de las plantaciones y los posibles trabajadores, algunos de ellos niños, se congregan normalmente frente al ingenio para organizar el empleo. El ingenio San Francisco transporta habitualmente a trabajadores de la caña, que incluyen también a niños, a las plantaciones de sus proveedores. Del mismo modo, Central Izalco administra directamente algunas de las plantaciones y ofrece asistencia técnica a todas las plantaciones que no administra directamente.

El Salvador es uno de los cinco países de América Latina que participan en un Programa de Duración Determinada de la OIT, una iniciativa para combatir las peores formas de trabajo infantil. Este programa no puede lograr su objetivo a menos que los funcionarios del gobierno tengan conocimiento de las peores formas de trabajo infantil y apoyen las iniciativas para erradicarlas. Pero en las entrevistas de Human Rights Watch, algunos funcionarios del gobierno demostraron una falta de entendimiento de la prohibición internacional del trabajo perjudicial o peligroso para el niño. Lo más normal fue que los funcionarios del Ministerio de Trabajo aceptaran sin reservas la opinión de que la mayoría de los niños que cortan caña son sólo “ayudantes” de sus padres, concluyendo equivocadamente que dicho trabajo no estaba sometido al escrutinio oficial.

No hay respuestas fáciles al trabajo infantil. En concreto, el simple despido de los niños que se hallen trabajando en tareas peligrosas no es una estrategia efectiva. Los esfuerzos para lograr el cumplimiento de las leyes laborales deben complementarse con programas y servicios que ofrezcan a los niños alternativas realistas al trabajo peligroso. En en este sentido, el Comentario sobre las Normas de la ONU sobre las responsabilidades de las empresas transnacionales y otras empresas comerciales en la esfera de los derechos humanos señala que las empresas que utilizan mano de obra infantil “crearán y aplicarán un plan para eliminar este tipo de trabajo”. El comentario prosigue diciendo:

En ese plan se evaluará lo que ocurrirá con los menores que ya no estén empleados en esa actividad y se incluirán medidas como la de sacar al menor del lugar de trabajo y proporcionarle oportunidades adecuadas de instrucción, formación profesional y otro tipo de protección social para él y su familia, por ejemplo, empleando a los padres o a los hermanos mayores o aplicando otras medidas que sean compatibles con las Recomendaciones Nos. 146 y 190 de la OIT.319

Dicha recomendación refleja la realidad de que los niños que trabajan en la zafra y en otras tareas peligrosas se encuentran en una posición especialmente vulnerable. Al carecer de otras opciones, ellos y sus familias dependen del ingreso que perciben por el trabajo peligroso, y utilizan dicho ingreso para pagar las tasas escolares y cubrir otras necesidades básicas como alimentos, ropa y medicinas.

El combate contra el trabajo infantil peligroso en el cultivo de caña de azúcar exigirá la participación del gobierno, las agencias internacionales y los gobiernos donantes, y de las empresas que se benefician indirectamente del trabajo peligroso de los niños.

Primero, la nueva Unidad para la Erradicación de las Peores Formas de Trabajo Infantil del Ministerio de Trabajo debe coordinarse con el Ministerio de Educación y el Instituto Salvadoreño para el Desarrollo Integral de la Niñez y la Adolescencia para desarrollar iniciativas integrales orientadas al trabajo infantil en la caña de azúcar. Siguiendo el comentario sobre las Normas de la ONU, estas iniciativas no deben concentrarse exclusivamente en las medidas de vigilancia; además de garantizar la implementación efectiva de las leyes sobre el trabajo infantil, estas iniciativas deben ampliar las oportunidades con que cuentan los niños y sus familias.

Segundo, el Ministerio de Educación debe continuar las iniciativas que ya están en marcha para asegurarse de que todos los niños disfrutan del derecho a una educación básica gratuita. El programa del ministerio para eliminar las tasas escolares y las contribuciones mensuales “voluntarias” para la educación primaria es una medida positiva en este sentido. Debe complementarse con iniciativas legales para sancionar a las escuelas que continúen cobrando ilegalmente dichas tasas, o que rechacen a estudiantes por no llevar uniforme.  Además, el Ministerio debe colaborar con el UNICEF, el IPEC y los gobiernos donantes para identificar maneras de prevenir que los costos indirectos de la escolarización, como los materiales o el transporte escolar, se interpongan en el disfrute del derecho a la educación.

Finalmente, los ingenios azucareros de El Salvador y las empresas que compran azúcar deben cumplir su responsabilidad de adoptar medidas para garantizar que se respeten los derechos humanos en sus cadenas de suministro. Los ingenios azucareros deben asegurarse de que las plantaciones que les suministran caña respetan los derechos del niño, lo que incluye el derecho a estar libres de explotación económica y no desempeñar tareas peligrosas. Las empresas que compran azúcar para revenderlo o usarlo en sus productos deben incorporar las Normas de la ONU a sus acuerdos contractuales con proveedores y deben exigir a sus proveedores que hagan lo mismo a lo largo de sus cadenas de suministro.

Las empresas deben adoptar también sistemas de control efectivos para verificar que las condiciones laborales en las plantaciones de caña de azúcar cumplen las normas internacionales y las leyes laborales nacionales relevantes. En los casos en que las plantaciones incumplan dichas normas, las empresas deben ofrecer la necesaria asistencia económica y técnica para que las plantaciones cumplan sus obligaciones.  En particular, las empresas deben apoyar programas y servicios que ofrezcan a los niños y a sus familias alternativas al trabajo infantil.



[318] Entrevista de Human Rights Watch con ex inspector de trabajo que pidió que no reveláramos su identidad, San Salvador, 18 de febrero de 2003.

[319] Comentario sobre las Normas de la ONU, para. 6, comentario d.


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