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II.  Recomendaciones

Al gobierno de la República Dominicana

Human Rights Watch hace un llamado al gobierno de la República Dominicana para que proteja los derechos de las mujeres a la privacidad, al disfrute del más alto nivel posible de salud, a la no discriminación, al trabajo y a una vida libre de violencia en el marco de la epidemia de VIH/SIDA.  Como pasos iniciales indispensables, las siguientes acciones deben ser implementadas inmediatamente:

  • La Secretaría de Estado de Salud Pública y Asistencia Social, SESPAS, debería detener inmediatamente la administración de pruebas de VIH sin consentimiento informado, e insistir en la administración de consejería adecuada pre y post prueba en todos los programas y políticas relevantes.  La Secretaría debería establecer mecanismos efectivos e independientes de supervisión y de denuncia que garanticen la adecuada implementación del programa de prevención de transmisión vertical de VIH y otras normas y políticas en materia de salud sobre el VIH/SIDA, incluyendo la consejería y pruebas voluntarias de VIH.  Los mecanismos de supervisión mencionados deberían evaluar periódicamente el nivel de información que reciben las mujeres que, según el personal médico, han otorgado su consentimiento informado.  La Secretaría debería investigar y sancionar a cualquier miembro del personal de salud que revele los resultados confidenciales de las pruebas de VIH sin autorización del paciente y, de ser necesario, debe además revocar sus licencias médicas. 

  • La Dirección General de Control de las Infecciones de Transmisión Sexual/VIH y SIDA, DIGECITSS, debería lanzar campañas de información orientadas a sensibilizar al público en general sobre las violaciones a los derechos humanos de las mujeres que contribuyen a la propagación del VIH/SIDA.  Dichas prácticas incluyen la violencia sexual y doméstica, la condición social subordinada de la mujer y la discriminación en el lugar de trabajo y en el acceso a empleo y servicios. 

  • La Secretaría de Estado de Trabajo, SET, debería garantizar que cese por completo y de inmediato la práctica ilegal de administración de pruebas de VIH como condición para acceder a un puesto de trabajo o retenerlo.  La Secretaría debe investigar a fondo y con prontitud las informaciones sobre posibles prácticas discriminatorias basadas en el estatus de VIH y sancionar a los responsables de dichas prácticas.  Asimismo, la Secretaría debe garantizar que los inspectores laborales reciban una formación adecuada que les permita hacer respetar la legislación vigente sobre el SIDA y conducir investigaciones proactivas en los casos de posibles violaciones a la prohibición de administrar pruebas de VIH involuntarias.  El Departamento de Asistencia Legal de la Secretaría de Estado de Trabajo y otras unidades públicas de asistencia legal deberían proveer todos los servicios necesarios de asesoría legal para facilitar que las personas viviendo con VIH o SIDA que hayan sido despedidas arbitrariamente de su empleo o a las que se les haya negado de manera ilegal la posibilidad de postular a un empleo puedan presentar demandas judiciales anónimas.  La Secretaría debe garantizar, mediante campañas públicas de concientización y otras actividades, que los trabajadores y empleadores de la República Dominicana se enteren de los derechos de las personas viviendo con VIH. 

  • La Dirección General de Seguridad y Salud en el Trabajo debería garantizar que los comités de higiene y seguridad (comités bipartitos encargados de supervisar la salud y seguridad de los trabajadores en el lugar de empleo) reciban una formación adecuada sobre los contenidos de la Ley sobre SIDA y el Código de Trabajo en lo que respecta a la prohibición de la discriminación por motivo de VIH.  La Dirección debería asegurar que los comités se dediquen a fiscalizar la administración ilegal de pruebas de VIH como condición para acceder o retener el empleo y que estén informados de cómo y dónde reportar dichas violaciones. 

  • La Secretaría de Estado de Turismo debería garantizar que cesen inmediatamente todos los casos de administración ilegal de pruebas de VIH como condición para acceder o retener el empleo en el sector turismo.  La Secretaría debería investigar las posibles prácticas de administración de pruebas y sancionar a los hoteles responsables de dichas prácticas con, por ejemplo, la revocación de sus licencias. 

  • La Secretaría de Estado de Educación, SEE, debería garantizar el acceso a la educación sexual en la escuela primaria y secundaria, pública y privada.  La educación sexual, adaptada a la edad y capacidades de los alumnos, debería incluir información sobre el uso correcto y consistente de condones como el método más efectivo para prevenir la transmisión del VIH a través de relaciones sexuales, incluso en el caso de relaciones estables de largo plazo.  La educación sexual también debe incluir información sobre la desigualdad entre hombres y mujeres que contribuye a que las mujeres en República Dominicana corran un mayor riesgo de infección del VIH.

  • El Presidente debería condenar públicamente a nombre del gobierno de la República Dominicana la administración involuntaria de pruebas de VIH como condición para acceder o retener el empleo, porque esta práctica constituye un caso de discriminación por razones de salud.  Asimismo, el Presidente debería expresar que no habrá de tolerarse ese tipo de discriminación y que se aplicarán sanciones adecuadas a los responsables de dichas violaciones.  Igualmente, el Presidente debería condenar la divulgación no autorizada de los resultados de las pruebas de VIH y anunciar una política de tolerancia cero para casos de violación de la confidencialidad.  Finalmente, el Presidente debería anunciar el otorgamiento de apoyo político y financiero a programas amplios de la consejería y pruebas voluntarias del VIH que incluyan consejería adecuada pre y post prueba. 

  • El Congreso de la República Dominicana debería exigir por ley que las Secretarías y las agencias gubernamentales pertinentes implementen mecanismos de capacitación orientados a que los inspectores laborales, el personal de salud, los jueces y magistrados, los abogados y las autoridades locales y nacionales apropiadas se mantengan informados sobre las leyes y reglamentos que prohíben la administración involuntaria de pruebas de VIH.  Asimismo, el Congreso debería adoptar medidas legales adecuadas que permitan que las personas viviendo con VIH/SIDA puedan presentar en forma anónima querellas judiciales por posible discriminación.  Además, se deberían aumentar las multas aplicables a casos de prácticas discriminatorias basadas en el estatus de VIH para que las sanciones sean significativas. 

    Al Consejo Presidencial del SIDA (COPRESIDA)

    Human Rights Watch hace un llamado al Consejo Presidencial del SIDA, COPRESIDA, para que priorice la prevención de las violaciones de los derechos humanos de las mujeres como una herramienta esencial en la lucha contra la propagación continua de la enfermedad.  Como pasos iniciales indispensables, COPRESIDA debería emprender las siguientes acciones:

  • Supervisar y coordinar de manera efectiva la implementación de la Ley sobre SIDA en lo referente a la prohibición de la administración de pruebas de VIH como condición para el acceso al empleo y a los servicios de salud, y aplicar las disposiciones que protegen el derecho a la confidencialidad de las personas que se someten a pruebas de VIH.  Remitir las violaciones a las agencias gubernamentales pertinentes para que den continuidad a la investigación y establezcan las sanciones.

  • Desalentar las medidas legales y las políticas que infringen los derechos humanos de las mujeres, como la administración involuntaria de pruebas de VIH, la administración de pruebas que no cuenten con probado acceso a consejería adecuada de todos los individuos que se someten a ellas y la administración de pruebas que no cuenten con estrictas medidas de protección de la confidencialidad.

  • Coordinar con las organizaciones de base de la comunidad que trabajan con mujeres viviendo con VIH o SIDA, sin tomar en cuenta su pertenencia o no a la Coalición ONG SIDA, organismo miembro del COPRESIDA, para lograr la mayor difusión posible de la información y las labores de coordinación del COPRESIDA.

    A los donantes y las organizaciones internacionales

    Human Rights Watch hace un llamado a los donantes internacionales bilaterales y multilaterales, a las agencias y entidades de las Naciones Unidas para que apoyen al gobierno de la República Dominicana para que garantice el cese inmediato de la práctica de administración involuntaria de pruebas de VIH y para que asegure que los programas y políticas sobre VIH/SIDA no discriminen contra la mujer intencionalmente o como resultado.  Las siguientes acciones constituyen pasos iniciales esenciales:

  • Los donantes y las organizaciones internacionales proveedores de fondos para programas relacionados al VIH/SIDA en la República Dominicana deberían contribuir con este país en la prevención de la administración involuntaria de pruebas de VIH.  Los donantes deberían apoyar los programas de la consejería y pruebas voluntarias del VIH del gobierno y de las ONGs que cuenten con disposiciones adecuadas que garanticen la confidencialidad.  Asimismo, deberían oponerse activamente a la administración involuntaria de pruebas y a la administración de pruebas que carezcan de consentimiento explícito y de consejería adecuada pre y post prueba.  Los donantes deberían apoyar las campañas informativas orientadas a erradicar las violaciones a los derechos humanos de las mujeres, sobre todo cuando estas violaciones contribuyen a la propagación del VIH/SIDA, incluyendo la violencia sexual y doméstica, y la discriminación en el lugar de trabajo y en el acceso a empleo y servicios.  Además, los donantes deberían ayudar a expandir las opciones de prevención disponibles para mujeres y niñas así como financiar proyectos preventivos orientados a cambiar las actitudes y conductas que perpetúan el estatus de subordinación de la mujer y los consiguientes riegos de infección de VIH.

  • Los donantes y las organizaciones internacionales proveedores de fondos para programas sobre el VIH/SIDA en los centros laborales de la República Dominicana, incluido el Departamento de Trabajo de los Estados Unidos, deberían exigir que los programas que ellos financian aborden no sólo la prevención del VIH/SIDA, sino también la discriminación por causa de VIH/SIDA en el lugar de trabajo.  Además, los donantes deberían apoyar las campañas de información del gobierno y las ONGs que buscan que los trabajadores conozcan su derecho a rechazar la administración involuntaria de pruebas de VIH exigida por empleadores actuales o potenciales y los mecanismos de compensación disponibles en caso de que hayan sido sometidos a una prueba ilegal.

  • Como parte de su labor de supervisión del cumplimiento del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas debería informar sobre la implementación o la condonación, por parte de los distintos países, de las pruebas de VIH que carecen de un consentimiento informado, de una adecuada consejería pre y post prueba y de protección de la confidencialidad de los resultados.


    <<precédente  |  índice  |  proximo>>julio de 2004
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