Colombia


Guerra sin cuartel
Colombia y el derecho internacional humanitario




(New York: Human Rights Watch, 1998)

V. VIOLACIONES DEL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO POR PARTE DE LA GUERRILLA (continuación)

UC-ELN

El comandante local del ELN le dijo a tres familias que estaban siendo ‘investigadas’ por presuntos vínculos con los paramilitares. Se fueron antes de arriesgarse a un veredicto de culpabilidad, que habría significado una ejecución.

—Trabajador de ayuda humanitaria del Magdalena Medio

El Ejército de Liberación Nacional (ELN) se inició en la región del Magdalena Medio en 1964, a partir de un grupo de guerrillas activas durante La Violencia. En 1973, el ELN fue prácticamente destruido por una ofensiva del Ejército en Anorí, Antioquia; en 1987, el grupo se fusionó con una organización insurgente más reducida y añadió Unión Camilista (UC) a su nombre. Veinte años después, los analistas consideran que la UC-ELN ha alcanzado su mayor nivel de fuerza y cuenta con unos 3.000 militantes armados divididos en 35 frentes rurales, cinco frentes urbanos y varias milicias urbanas.10

 

  Los comandantes gozan de mucha más libertad de decisión que sus homólogos en las FARC.

Uno de los primeros líderes del ELN, Nicolás Rodríguez Bautista, alias “Gabino,” sigue siendo miembro de la Dirección Nacional junto con Antonio García. Antes de su muerte en 1998, se atribuyó durante mucho tiempo al cura español Manuel Pérez, alias “Poliarco,” la formulación de la filosofía política del grupo, mientras que Rodríguez es considerado el responsable de las acciones militares de la organización. Por debajo de la Dirección Nacional se encuentra el Comando Central (COCE), que reúne a los comandantes de las unidades militaresdel grupo, identificados con frecuencia con nombres de combatientes caídos, batallas o líderes comunistas. Las operaciones de la UC-ELN se concentran en la región del Magdalena Medio, sur de Bolívar, Nariño, Cauca, Valle y los departamentos colombiano fronterizos con Venezuela.11

Aunque la dirección de la UC-ELN toma las decisiones políticas y militares, los comandantes gozan de mucha más libertad de decisión que sus homólogos en las FARC. Por ejemplo, el Frente Domingo Laín es conocido por ser uno de los más radicales así como de los más ricos. El control es muy regional y los comandantes particulares suelen diferir marcadamente en sus estrategias con respecto al secuestro, las ejecuciones públicas y la extorsión, por ejemplo.12 Aunque la UC-ELN afirma que lleva a cabo investigaciones antes de ejecutar a prisioneros, por lo que sabemos, se trata habitualmente de procedimientos secretos en los que es posible que el acusado de los presuntos delitos no sepa cuáles son los cargos contra él ni pueda presentar ninguna defensa o recurso.13

Actualmente, los representantes públicos de la UC-ELN en Colombia son Gerardo Bermúdez Sánchez, conocido como Francisco Galán, y Carlos Arturo Velandia Jagua, conocido como Felipe Torres. Ambos están cumpliendo condena en la prisión Itagüí de Antioquia.

La UC-ELN y el derecho internacional humanitario

La UC-ELN fue uno de los primeros grupos de Colombia que iniciaron un debate interno del derecho internacional humanitario. Poco después de su formación, el ELN adoptó un Código Guerrillero que regulaba la conducta sobre el terreno de los militantes. Incluso cuando Colombia no quiso adoptar el Protocolo II, la UC-ELN reclamó negociaciones con el fin de “humanizar” el conflicto político en Colombia.14

En una versión de 1995 del Código Guerrillero de la UC-ELN se prohíbe a los militantes utilizar como protección a civiles durante un ataque; dañar a civilesutilizados como protección por una fuerza enemiga; lanzar ataques indiscriminados; no informar a los civiles sobre la situación de las minas; lanzar ataques destinados a aterrorizar a los civiles; forzar el desplazamiento de civiles; armar a niños menores de 16 años; llevar a cabo acciones que dañan gravemente el medio ambiente; el pillaje, los daños a vehículos o estructuras marcadas con la cruz roja y la ejecución de prisioneros fuera de combate.15

El COCE publicó un reglamento más limitado en 1996:

1. En tiempos de guerra, [el ELN] trabajará por reducir al máximo los sacrificios y sufrimientos humanos innecesarios al enemigo; porque los combatientes limiten su acción al cumplimiento de la misión encomendada; y desde luego respetando el código de ética del combatiente, o sea, las reglas de comportamiento del Comité Internacional de la Cruz Roja.

2. A los enemigos rendidos o heridos en combate brindamos trato humanitario, respeto a su dignidad y prestos a brindar los auxilios propios de su condición.

3. En nuestras filas, no pueden permitirse ni tolerarse los malos tratos a la población, ella es nuestra razón de ser y nuestra relación con ellos debe ser transparente.

4. Nuestra ética revolucionaria nos obliga a ser rigurosos en evitar el accionar militar que pueda afectar a la población civil y a nuestro pueblo. Aquí se condensa lo que es nuestra ética y nuestro comportamiento.

5. Es importante resaltar que en la confrontación armada se viven contingencias, situaciones críticas que pueden sobrepasar el comportamiento humano. Pero nosotros, el ELN, estamos abiertos a discutir ese tipo de actitudes que, luego de analizadas y asumidas desde el punto de vista crítico, serán sancionables cuando así lo ameriten, de conformidad a nuestras normas de conducta y reglamentos internos.16

 

  La UC-ELN intenta negar constantemente la protección a civiles que no apoyan al grupo.

Galán y Torres dijeron a Human Rights Watch que los guerrilleros acusados de violar el reglamentos de la UC-ELN son investigados, a veces con la participación de la comunidad. Si se concluye que son culpables, pueden ser castigados con sanciones que van de la indemnización a las víctimas, la degradación, la suspensión a la muerte.17

En respuesta a un informe de 1994 de Amnistía Internacional, los líderes de la UC-ELN prometieron adoptar las recomendaciones de la organización y añadió que “el que haya cometido u ordenado abusos, homicidios deliberados, toma de rehenes o tortura y malos tratos de prisioneros, será relevado de su cargo o de cualquier servicio que le ponga en contacto con prisioneros u otras personas a quienes pudiera infringirse el abuso.”18 En una entrevista de 1997, los representantes de la UC-ELN Francisco Galán y Felipe Torres dijeron a Human Rights Watch que la UC-ELN estaba preparando un manual legal que les permitirá hacer un mejor cumplimiento del derecho internacional humanitario.19

La UC-ELN también se ha lamentado públicamente de algunas violaciones. Tras una serie de ataques indiscriminados en junio y julio de 1997, en los que murieron niños, la UC-ELN reconoció que “como productos de nuestros actos de guerra de los últimos días han resultado heridos o muertos algunos niños y sentimos que es un imperativo ético reconocerlos como serios errores de imprevisión o fuego cruzado en medio del combate... Nos forzamos por evitar que se repitan hechos tan lamentables.”20

Hoy en día, la UC-ELN afirma que el 90 por ciento de sus militantes armados mantienen contactos periódicos con los representantes del CICR. De los grupos guerrilleros colombianos, la UC-ELN es el más abierto al debate sobre derecho internacional humanitario así como a responder por presuntos abusos.21

No obstante, esta apertura al debate hasta el momento no se ha materializado en cambios en la conducta sobre el terreno. De hecho, con la aparente reclamación de una “humanización de la guerra,” la UC-ELN sigue cuestionando el derecho internacional humanitario en lugar de adaptar sus reglas de intervención al mismo. Human Rights Watch cuenta con pruebas convincentes de que la UC-ELN viola el derecho internacional humanitario sobre el terreno al atacar y asesinar a civiles y a combatientes fuera de combate, tomar rehenes, y lanzar ataques indiscriminados. No tenemos conocimiento de ninguna investigación de abusos denunciados ni de investigaciones internas de militantes que violan el propio reglamento de la UC-ELN.

Por ejemplo, en una declaración pública emitida el 15 de julio de 1995, Manuel Pérez afirmó que la UC-ELN aceptaba el Protocolo II aunque cuestionaba “algunos términos y categorías utilizados en [el Protocolo II y en el Artículo 3 Común de los Convenios de Ginebra].” Entre los términos que cuestionaba estaban la toma de rehenes, los ataques, los actos de terrorismo, el sabotaje, la definición de sustancias peligrosas y la distinción entre combatientes y civiles (en definitiva, cada una de las especificaciones contenidas en el texto de ambos documentos). En la práctica, esta aceptación era un rechazo y muestra el enorme abismo entre las palabras y la conducta sobre el terreno de la UC-ELN.22

“El ELN dice que el Ejército tiene que respetar el derecho internacional humanitario, porque le da [a la guerrilla] una ventaja estratégica,” dijo a Human Rights Watch un trabajador humanitario familiarizado con el grupo. “Dado que saben que el Ejército no debería lanzar ataques con misiles contra un pueblo, envían a sus militantes a las casas de familias campesinas para protegerse a si mismos.”23

En una entrevista con Human Rights Watch, los portavoces de la UC-ELN Francisco Galán y Felipe Torres acogieron con satisfacción un debate sobre el derecho internacional humanitario, pero criticaron los intentos de aplicar la ley a sus prácticas. En un momento dado, sugirieron que el gobierno intentaba utilizar el derecho internacional humanitario como una “trampa: para debilitar a las insurgencias. Cabe señalar que este argumento lo presentan con frecuencia los gobiernos que quieren eludir la responsabilidad por crímenes de derechos humanos.

 

  La UC-ELN habitualmente asesina a soldados y agentes de la Policía fuera de combate.

En otro momento de la entrevista, alegaron que el derecho internacional humanitario era un ideal inalcanzable y tenía que ser “colombianizado” antes depoder aplicarse a su caso, otro argumento que suelen presentar los gobiernos en relación con su incumplimientos de los tratados en materia de derechos humanos.

Irónicamente, el líder de las AUC, Carlos Castaño, utiliza el mismo argumento y ha reclamado una versión “criolla” del derecho internacional humanitario que permita, entre otras cosas, el asesinato de combatientes fuera de combate y las ejecuciones sumarias de presuntos colaboradores de la guerrilla.24

Haciéndose eco de los esfuerzos de Manuel Pérez por cuestionar la definición de violaciones, Galán y Torres afirmaron que antes de aplicar el derecho internacional humanitario, era necesario “definir” lo que ellos consideraban términos vagos.25 Por ejemplo, la UC-ELN ejecuta habitualmente a combatientes paramilitares fuera de combate. Según un declaración de Pérez, no merecen “ninguna de la garantías de los prisioneros de guerra.”26 Francisco Galán y Felipe Torres recalcaron esta excepción a Human Rights Watch y añadieron que la UC-ELN también ejecuta a espías capturados, entre ellos los desertores del ELN y los civiles que suministran información a las fuerzas de seguridad. Galán y Torres señalaron que la UC-ELN permite que los civiles informen a sus enemigos de que la guerrilla ha pasado recientemente, pero no cuántos eran, en qué dirección se fueron, o cuándo. Dijeron que una falta de este calibre puede ser castigada con la expulsión forzada o la muerte.27

De hecho, la UC-ELN habitualmente asesina a soldados y agentes de la Policía fuera de combate, muchas veces frente a decenas de testigos. Sólo en el año1997, el Banco de Datos registró los asesinatos de por lo menos 71 civiles y combatientes fuera de combate por parte de la UC-ELN.28

Estos asesinatos injustificables son una parodia de justicia y demuestran que el UC-ELN no realiza ni siquiera el intento de garantizar un juicio justo. El grupo no intenta en absoluto ofrecer las garantías exigidas por el artículo 6 del Protocolo II. Human Rights Watch no encontró ninguna prueba que sustente la afirmación de la UC-ELN de que sólo mata a los acusados después de un “juicio” imparcial. De hecho, la UC-ELN casi nunca informa a los acusados de los cargos en su contra ni del procedimiento judicial que piensa seguir la organización. Durante el “juicio”, los acusados no tienen acceso a una defensa adecuada. Nuestras pruebas demuestran que los acusados son considerados culpables durante el “juicio” y suelen ser juzgados sin estar presentes. Finalmente, no existe un proceso de apelación. Por lo tanto, todos los asesinatos llevados a cabo como resultado de los llamados juicios de la UC-ELN son violaciones graves del derecho internacional humanitario.

En un caso, María Elena Molina, alcaldesa de Tame, Arauca, fue capturada por la UC-ELN para someterla al llamado juicio político el 23 de noviembre de 1996. Molina dijo que durante el interrogatorio de 16 días por parte de la Compañía Simacota de la UC-ELN, al que fue sometida atada y con los ojos vendados, le habían preguntado sobre los asuntos municipales, pero no le habían concedido el beneficio de la defensa ni le habían ofrecido ninguna indicación sobre los cargos contra ella o los procedimientos judiciales.

“Cuando empezaron me hicieron claridad que de un juicio político se salía vivo o se salía muerto,” dijo a los periodistas después de su liberación. “Estar en manos de la Simacota, amarrada y vendada es la peor prueba que uno puede pasar.”29

Otros ni siquiera tienen el beneficio de un procedimiento judicial. El 28 de abril de 1997, Julio Acosta Bernal, Vicepresidente de la Cámara de Diputados de Colombia, se libró por poco de morir cuando la UC-ELN detonó un carro bomba a su paso camino del aeropuerto de Arauca. Su guardaespaldas, el agente del DAS Carlos León, falleció fruto del atentado. La Compañía Simacota de la UC-ELN se atribuyó posteriormente el atentado en una llamada telefónica a una emisora de radio local.30

La UC-ELN también cuestiona la prohibición de la toma de rehenes y alega que, además de capturar a combatientes enemigos, sus tropas realizan exclusivamente las llamadas “retenciones” cuando los civiles se niegan a pagar lo que la UC-ELN denomina impuestos de guerra o de paz. El portavoz de la UC-ELN Torres argumenta que, a diferencia del secuestro, que se salda con el beneficio personal de los delincuentes que lo realizan, las recompensa de la retención beneficia a la sociedad al financiar los esfuerzos de guerra de la UC-ELN. Afirma que, dado que la UC-ELN no emplea a los rehenes como “escudos,” la organización rechaza el término rehén.31

Human Rights Watch rechaza este argumento que ignora la prohibición clara de la toma de rehenes en el derecho internacional humanitario e intenta justificar una táctica detestable. El derecho internacional humanitario no existe para justificar o proteger ciertas estrategias, sino para defender y proteger a la población civil. Según País Libre, la UC-ELN realizó al menos 412 secuestros en 1997.32

Algunas tomas de rehenes acaban en portadas sensacionalistas. En 1996, las autoridades colombianas detuvieron al agente alemán Werner Mauss, que junto con su esposa y el apoyo del gobierno alemán había negociado la liberación de Brigitte Schöene, la esposa alemana de un ex presidente de la empresa BASF Chemicals con sede en Colombia, a cambio de 1,5 millones de dólares, según se informó.33 La UC-ELN negó haber secuestrado a Schöene y afirmó que participaba como intermediario para garantizar su liberación a petición del gobierno alemán.34 Sin embargo, Schöene, que fue entrevistada tras su liberación, fue inequívoca al identificar a los miembros de la UC-ELN como sus secuestradores.35

La caricatura fue publicada con una amenaza de muerte de la UC-ELN en contra de civiles sospechosos de entregar información a las fuerzas de seguridad y a los paramilitares.  
Existen otras contradicciones que saltan a la vista entre las palabras y los hechos de la UC-ELN. Mientras que el Código Guerrillero prohíbe los ataques a civiles, la UC-ELN intenta negar constantemente la protección a civiles que no apoyan al grupo, ignorando su estatuto protegido en virtud del derecho internacional humanitario. Por ejemplo, en una entrevista con Human Rights Watch, Galán y Torres defendieron a los civiles que suministran información, alimentos y refugio a la UC-ELN, y alegaron que están protegidos por el derecho internacional humanitario. Sin embargo, cuando les preguntamos si las personas que aportan servicios similares a los adversarios de la UC-ELN también estaban protegidas, Galán y Torres no dudaron en llamarles “objetivos militares legítimos.” Según Galán y Torres, hasta los ex soldados y sus familias que no participan directamente en las hostilidades (protegidos claramente por el derecho internacional humanitario) siguen siendo “objetivos militares” para la UC-ELN.36

En un panfleto distribuido en 1996 por el Frente Ramón Emilio Arcila de la UC-ELN, que opera en el este de Antioquia, se alienta a los civiles a que suministren información a los guerrilleros. Sin embargo, también se les advierte que cualquiera que suministre información a las fuerzas de seguridad o a los paramilitares será ejecutado en el momento.

Esta es una política de violaciones del Protocolo II, no de respetarlo y defenderlo. El panfleto está ilustrado con un burdo dibujo de un hombre-rata colgado de una horca en un cementerio.37

“Si das información al enemigo te conviertes en objetivo militar legítimo,” subrayó Felipe Torres en una entrevista con Human Rights Watch.38

“El comandante local del ELN le dijo a tres familias que estaban siendo ‘investigadas’ por presuntos vínculos con los paramilitares,” nos dijo un trabajador de ayuda humanitaria de la región del Magdalena Medio. “Se fueron antes de arriesgarse a un veredicto de culpabilidad, que habría significado una ejecución.”39

Algunos frentes de la UC-ELN se han ganado una reputación de cometer cierto tipo de abusos. Por ejemplo, el Frente Domingo Laín ejecuta a las polacheras o tomberas, muchachas que flirtean o salen con soldados y agentes de Policía locales.40 En mayo de 1995, la UC-ELN capturó a tres niñas y una mujer, acusadas al parecer de “ser cercanas a miembros del Ejército y la Policía.” Las muchachas (dos hermanas de 14 y 15 años y una amiga de 14 años) y la mujer fuerontorturadas antes de ser ejecutadas con tiros de gracia. Posteriormente, el Frente Domingo Laín y la Compañía Simacota se atribuyeron la masacre y anunciaron que iban a seguir matando a muchachas y mujeres “cada vez que se ponga en peligro el proceso histórico revolucionario.”41

Dichos asesinatos no sólo constituyen una violación detestable por haber sido cometida contra niñas, sino que además es una violación flagrante del derecho internacional humanitario dado que castigan una parte cotidiana de la vida civil.

Tan sólo en los primeros siete meses de 1998, se informó que la UC-ELN detonaron explosivos 43 veces en los 770 Km de oleoducto que conecta los campos petroleros occidentales con el puerto caribeño de Coveñas.42 La UC-ELN no ataca el oleoducto como contribución directa a una acción militar o para obtener una ventaja militar en las circunstancias vigentes en ese momento, como exige el derecho internacional humanitario, sino para dejar claro que están en contra de los negocios de Colombia con las compañías multinacionales. En sus palabras, estos ataques “sabotean a los que apoyan el aperturismo neoliberal y la financiación de los grupos paramilitares.”43 En una entrevista con Radio Caracol, el portavoz del COCE Pablo Beltrán dijo que la UC-ELN ataque el oleoducto “para que se sepa que tenemos que ser más dignos y mas nacionalistas en cuestiones del petroleo.”44 Además, la UC-ELN ha instalado bombas en el oleoducto como medio de extorsión. Aunque habría que analizar las circunstancias de cada caso, en generalestos atentados son violaciones, dado que no cumplen un objetivo militar y en cambio están destinados a dejar clara una opinión política o amenazar a los empleados civiles de las compañías petroleras.

Masacres

Asaltadores de carreteras: El 12 de octubre de 1997, una unidad de la UC-ELN asesinó a cinco personas acusadas de pertenecer a una banda de asaltadores de carreteras y de hacerse pasar por miembros de la UC-ELN, cerca de Ricuarte, Nariño. Se informó que los familiares enterraron a las víctimas sin presentar una denuncia oficial, por temor a las represalias de la guerrilla. Posteriormente, los guerrilleros detuvieron a automóviles y camiones en retenes para informar a los viajeros que seguirían “ajusticiando a todos aquellos que hagan mal uso de su nombre.”45

Asesinatos y Tortura

Edgar Horacio Albarracín Camargo: Albarracín, alcalde de Chitagá, Norte de Santander, fue el primer alcalde asesinado por la UC-ELN en 1996. El 14 de enero, tres hombres dispararon contra él frente a su casa. Anteriormente, Albarracín había sido acusado de corrupción por la UC-ELN. El Frente Efraín Pabón de la UC-ELN se atribuyó posteriormente el asesinato en un comunicado enviado al Batallón de Infantería García Rovira en Pamplona, en la que se acusaba al alcalde de “[adjudicar] partidas a su brazo político, sin contar con la opinión del pueblo, creando divisionismo entre la guerra política que atraviesa esta parte del pueblo de Chitagá.”46 Aunque fueran ciertos, ninguno de estos actos convierten a Albarracín en un combatiente ni por lo tanto en un objetivo militar legítimo.

Rodolfo Antonio Alonso Monsalve: La UC-ELN amenaza y mata habitualmente a los civiles que se niegan a respetar un paro armado. Se informó que, en abril de 1996, durante uno de estos paros, Rodolfo Antonio Alonso Monsalve, untrabajador del petroleo retirado, fue asesinado por la UC-ELN cuando no se detuvo en un retén en las afueras de Barrancabermeja, Santander.47

Manuel Clavijo: El 2 de abril, este director de una organización de ayuda humanitaria administrada por el gobierno fue asesinado por la UC-ELN cuando llegaba a una finca familiar cerca de Arauca.48 Los familiares que presenciaron el asesinato dijeron a los periodistas que un guerrillero llamado “Hilario” mató a Clavijo, al parecer porque le atribuían el apoyo al aumento de la presencia militar en Arauca. La familia recibió información posteriormente que indicaba que Hilario y otro guerrillero podrían haber sido pagados por una tercera parte, desconocida hasta ahora, para que cometieran el asesinato. Después de la muerte de Clavijo, otros miembros de su familia siguieron recibiendo amenazas de muerte telefónicas por parte de la UC-ELN. Uno de ellos informó que en una llamada anónima le dijeron “lo mismo va a pasarte como a [Clavijo].”49 Aunque fuera cierto, el apoyo a un aumento de la presencia de alguna de las partes en conflicto no convierte a Clavijo en un combatiente ni por lo tanto en un objetivo militar legítimo.

César Espejos Perdomo y Lázaro Barrera: El 14 de abril, el Batallón de Contraguerrillas Palagua fue atacado por la UC-ELN cerca de Arauquita, Arauca. El Ejército informó que los reclutas del batallón Espejos y Perdomo habían sido capturados. Posteriormente, el Ejército halló sus cadáveres e informó de que habían sido torturados y ejecutados.50

Marco Díaz Figueroa y Robín Ríos Galindo: El 2 de diciembre de 1996, estos soldados, de permiso en el Batallón de Contraguerrillas Llaneros de Rondón, fueron obligados a salir de un autobús público por miembros del Frente DomingoLaín de la UC-ELN que habían instalado un retén en una carretera, cerca de Hato Corozal. El Ejército informó que los soldados habían sido torturados antes de ser ejecutados.51

Luis Alfonso Ramírez: El 16 de abril de 1997, dos pistoleros identificados por los residentes como miembros de la UC-ELN dispararon contra este personero municipal en su oficina de Salazar de las Palmas, Norte de Santander. En el mismo atentado, resultó herido el consejero municipal Pedro Julio Rodríguez. La UC-ELN dejó panfletos en los que rechazaba la creación de grupos CONVIVIR locales, a los cuales apoyaba Ramírez, según ellos.52 Aunque fuera cierto, el apoyo a una de las partes en conflicto no convierte Ramírez en un objetivo militar legítimo.

Trabajadores del petroleo: En mayo de 1997, el frente José David Suarez de la UC-ELN anunció a través de una emisora de radio de Casanare que iba a considerar “objetivos militares” a los 1.300 trabajadores de las instalaciones pertenecientes a British Petroleum.53 El 15 de mayo, aproximadamente 10 guerrilleros detuvieron a seis autobuses que transportaban trabajadores colombianos de Techint, Petrocas y Megaservicios, contratistas de British Petroleum. Cuatro trabajadores fueron heridos cuando la guerrilla incendió el autobús. Un empleado de Techint, Fredy Ariel Sierra Alfonso, fue asesinado cuando intentó evadir el retén.54 Los trabajadores del petroleo son personas civiles a pesar de que trabajan en una empresa que contribuye a que el Estado pueda hacer la guerra gracias al petroleo o a los beneficios fruto de la venta del mismo. Este trabajo no constituye una participación directa en las hostilidades.

Rigoberto Contreras Restrepo: Según la Policía y los testigos entrevistados por una fuente creíble, el 6 de agosto de 1997, miembros del Frente Carlos Alirio Buitrago de la UC-ELN sacaron por la fuerza a este agente de Policía de un autobús público, cerca de Cocorná, Antioquia. Contreras no podía llevar uniforme debido a su obesidad. Después de la denuncia de su captura, intervinieron tanto el personero de Medellín como el CICR, y la UC-ELN informó a su familia de que seguía con vida. Sin embargo, el 22 de agosto, se halló su cadáver en grave estado de descomposición cerca del lugar donde había sido secuestrado. Según la Policía, había sido ejecutado con dos tiros de gracia y su cuerpo mostraba señales de tortura.55

Jorge Cristo Sahuin y Pedro Cogaria Reyes: El 8 de agosto de 1997, Cristo, un senador de la república del Norte de Santander, y su escolta, Cogaria, fueron asesinados por el Frente Carlos Germán Velasco Villamizar de la UC-ELN cuando se encontraban en Cúcuta. Un guerrillero disparó a quemarropa contra ambos. En un comunicado de prensa, la UC-ELN se atribuyó los asesinatos y prometió que consideraría objetivos militares a los candidatos de los partidos políticos tradicionales de Colombia.56 En septiembre, la Fiscalía anunció que había dictado resolución de acusación contra cinco presuntos miembros de la UC-ELN por los homicidios.57

César Tulio Bonilla: El 11 de octubre de 1997, los guerrilleros de la UC-ELN se presentaron frente a la casa de este ex presidente del Sindicato Minero de Antioquia y candidato a la alcaldía de El Bagre. Tras llamar a su puerta, los guerrilleros le mataron delante de su esposa, Gloria Tobón, que resultó herida.58

Martín Emilio Ortiz Higuita: Ortiz, un recluta del Ejército, empezó a cumplir el servicio militar obligatorio en 1997 y fue destinado al Batallón Ayacucho en Manizales, Caldas. El 19 de octubre obtuvo un permiso por razones familiares. Sin uniforme y desarmado, se subió a un autobús público que fue detenido posteriormente en un retén de la UC-ELN cerca de Mistrato, Caldas. Se informó que los guerrilleros estaban exhortando a los pasajeros a que no participaran en las elecciones municipales. Ortiz y otros dos pasajeros fueron obligados a salir del autobús y fueron ejecutados sumariamente.59

Toma de rehenes

Luz Adriana Jaramillo Rendón: El 10 de marzo, los guerrilleros de la UC-ELN secuestraron a la alcaldesa de Guadalupe, Antioquia. El Frente Héroes de Anorí se atribuyó el secuestro. En una declaración publicada posteriormente de nuevo en el boletín semanal de la UC-ELN, el grupo dijo que se había llevado a cabo el secuestro para protestar por la creación de CONVIVIR. Jaramillo fue liberada posteriormente.60

Observadores de la Organización de los Estados Americanos (OEA): Antes de las elecciones municipales de octubre de 1997, el chileno Raúl Martínez, el guatemalteco Manfredo Marroquín y el colombiano Juan Diego Ardila fueron secuestrados por la UC-ELN, cerca de San Carlos, Antioquia, y retenidos durante nueve días. En el momento del secuestro, tanto Marroquín como Martínez llevaban camisas que les identificaban claramente como observadores de la OEA.61 La UC-ELN se atribuyó este secuestro tanto dentro de Colombia como a través de su boletín informativo internacional, y afirmó que OEA fue sancionado por “renunciando” a su estatus civil al enviar “legitimadores del régimen de Samper” a Colombia. El grupo reconoció que el secuestro estaba destinado a ejercer presiónpolítica sobre Colombia y la OEA y ganarse un foro para expresar sus opiniones.62 Los tres secuestrados fueron liberados el 1 de noviembre.63 Este hecho es una violación de la prohibición de tomar rehenes, dado que los tres secuestrados encajaban en la definición de rehenes como el debilitamiento de un rehén en manos de una parte en conflicto y la posibilidad de que sea intercambiado por alguna concesión por parte de una tercera parte.

El obispo José de Jesús Quintero Díaz: El Frente Armando Cacua Guerrero de la UC-ELN se atribuyó el secuestro, el 24 de noviembre de 1997, de este obispo de Tibú, Norte de Santander. El grupo afirmó que este secuestro estaba destinado a ejercer presión política y llamar la atención sobre la violencia política en la región del Catatumbo, en la frontera entre Colombia y Venezuela. En respuesta a una protesta del papa Juan Pablo II, el portavoz de la UC-ELN, Francisco Galán, alegó que el obispo Quintero también había sido secuestrado por ser “complaciente” con los abusos en su diócesis. Quintero fue liberado el 10 de diciembre.64

Elecciones municipales del 26 de octubre: En los meses previos a las elecciones colombianas de 1997, la UC-ELN secuestró a decenas de alcaldes, consejeros municipales, funcionarios municipales y candidatos en los departamentos de Antioquia, Bolívar, Casanare, Cesar, Nariño, Norte de Santander y Santander.65 Aunque la UC-ELN definió algunos de los secuestros como medios para evaluar“lo desarrollado por las autoridades en la región y plantearle a los candidatos cuáles son los objetivos pedidos de la población que ellos deben cumplir, así como advertirles que son y serán objetivos militares los funcionarios que promuevan los grupos paramilitares.” Y añadió que “se les informó a los retenidos que se harán juicios políticos a los alcaldes corruptos.”66 Tras el secuestro de cuatro alcaldes en el departamento de Nariño, el Frente Comuneros el Sur anunció que el grupo no respetaría “la presencia de candidatos a corporaciones que estén articulados a los caciques de los partidos tradicionales, la guerra sucia, los paramilitares, ni los miembros avalados por las CONVIVIR.”67 En un comunicado similar, los grupos en Antioquia dijeron al diario El Colombiano que cualquier político que no denunciara las asociaciones CONVIVIR públicamente sería considerado “objetivo militar.” Pero como dijo a los periodistas un consejero municipal de Antioquia, “Si yo salgo a hablar públicamente en contra del paramilitarismo y las CONVIVIR, estoy diciendo el color y tamaño de mi ataúd porque los otros me van a señalar como auxiliador de la subversión.”68 Tras la celebración de las elecciones, la UC-ELN anunció que no “permitiría” gobernar a los alcaldes que hubieran llegado al puesto con un número reducido de votos.69 A este pronunciamiento le siguieron secuestros y ejecuciones sumarias constantes, lo que prolongó la amenaza sobre los funcionarios electos hasta 1998.70

Ataques a trabajadores e instalaciones médicas y a ambulancia

Hospital regional de Sarare: Entre 1996 y 1997, la UC-ELN violó en al menos cuatro ocasiones la protección especial que el artículo 12 del Protocolo II concede a las unidades médicas, al entrar en este hospital de Saravena, Arauca, ejecutar a civiles protegidos por el derecho internacional humanitario, o instalar explosivos. El 11 de mayo de 1996, el campesino Octavio Giraldo Alzate estaba siendo tratado de una apendicitis cuando miembros de una milicia de la UC-ELN lo asesinaron en su cama del hospital. Al parecer, los miembros de la milicia tenían la intención de matar que había sobrevivido a un intento de asesinato ese mismo día y confundieron a Giraldo con él.71 En agosto del 1996, se informó que los guerrilleros capturaron a un hombre que había intentado suicidarse después de asesinar a su esposa y su hijo, y al que habían traslado de urgencia al hospital. Los guerrilleros lo sacaron de la cama y lo ejecutaron en las cercanías, al parecer como castigo por matar a su familia.72 El 19 de mayo de 1997, los guerrilleros de la UC-ELN atacaron e hirieron a María Isabel Romero Valle, propietaria de un negocio de venta de refrigerios y bebidas en Saravena, al parecer debido a que hacía negocios con miembros de las fuerzas de seguridad. Romero fue trasladada al hospital y cuando estaba siendo operada, dos guerrilleros se introdujeron en el quirófano y la mataron.73 El 27 de septiembre de 1997, la Policía informó que la UC-ELN había detonado una bomba a la entrada del hospital, con la intención aparente de emboscar a una unidad de la Policía que estaba entregando un cadáver en la morgue.74

Bagadó, Chocó: El 28 de enero de 1997, cuando los residentes estaban asistiendo a una celebración religiosa, la UC-ELN intentó tomar este municipio de 13.000 habitantes.75 Durante el ataque, la UC-ELN secuestró al médico Mario Hernández y al enfermero Alejandro Noguera, cuando los dos estuvieron cumpliendo con sus deberes médicos, robó medicinas en la clínica de salud del gobierno. Los liberaron posteriormente. La UC-ELN se atribuyó este ataque y afirmó que había destruido el cuartel de Policía y matado a seis agentes. El secuestro de personal médico constituye una violación por parte de la UC-ELN de las protecciones especiales contenidas en el artículo 9 del Protocolo II para las personas que llevan a cabo labores médicas.

Otros actos que violan el derecho internacional humanitario

Regidor: El 11 de mayo de 1996, la Armada informó que una unidad del Frente Héroes y Mártires de Santa Rosa atacó el navío Alfonso Mantilla que viajaba por el río Magdalena con diez infantes de marina a bordo, desde posiciones dentro de la aldea de Regidor, Bolívar. Al parecer, los guerrilleros utilizaron las casas de civiles para protegerse durante el ataque. El oficial del navío ordenó que invirtieran el rumbo y la embarcación pasó Regidor sin daños más tarde esa misma mañana. Según la Armada, aunque es habitual que la UC-ELN ataque embarcaciones comerciales, la estrategia de escudarse en la población era una novedad en este caso.76 Una fuente independiente confirmó que en la región del Magdalena Medio la UC-ELN frecuentemente lanza ataques contra las fuerzas de seguridad desde los hogares de civiles, usándolos como escudo.77 Utilizar hogares de civiles comoescudo es una violación del artículo 13 del Protocolo II, que protege a los civiles de los peligros derivados de las operaciones militares.

Carros bomba: En la noche del 17 de marzo de 1997, dos carros bomba situados en Cúcuta, Norte de Santander, por la UC-ELN mataron a cuatro personas, entre ellas Martha Liliana Riveros Rodríguez, de 18 meses de edad, e hirieron a 17. El primer carro bomba fue detonado en el centro del municipio, y provocó daños en varios bancos y decenas de comercios. El segundo explotó en el suburbio de Juan Atalaya, destruyó una ferretería y dañó diez residencias.78 La UC-ELN volvió a atacar el 19 de abril, y el Frente de Guerra de Nororiente se atribuyó varios carros bomba que destruyeron la cervecería Bavaria y el Banco de Ganaderos, además de herir a cuatro civiles.79 En Barrancabermeja, Santander, un carro bomba de la UC-ELN fue detonado el 8 de junio de 1997, y provocó la muerte de cinco civiles, entre ellos un niño de dos años, y daños en decenas de residencias.80 Hemos recibido informes similares y creíbles sobre carros bomba atribuidos a la UC-ELN en Saravena, Arauca. Nos oponemos a estos ataques por ser violaciones de la prohibición contenida en el Protocolo II de los ataques indiscriminados.

La Unión, Antioquia: Durante varias semanas en junio y julio de 1997, la UC-ELN atacó fincas cerca del municipio de La Unión, Antioquia, al parecer debido a que sus propietarios habían sido acusados de apoyar a grupos paramilitares y se negaban a pagar un “impuesto de guerra.”81 El 11 de julio, los guerrilleros atacaron la finca La Ponderosa, propiedad de Mario López y su esposa, Margarita Ortiz. Los guerrilleros se dirigieron primero a la casa del capataz, al que le dijeron que evacuara la zona junto con su familia. Después, los guerrilleros detonaron una bomba cerca de un área donde estaban durmiendo los dos hijos gemelos de 12 añosde los López, Santiago Andrés y Mario Alejandro, que resultaron muertos. Los guerrilleros también dispararon contra Margarita Ortiz, a la que hirieron en el brazo.82 Para cuando cesaron los ataques, se habían detonado explosivos en 10 fincas, una de ellas propiedad del hermano del gobernador Álvaro Uribe Vélez.83 Aunque fuera cierto, el apoyo a una parte en conflicto o el hecho de no pagar a la guerrilla no convierte a un civil en combatiente a no ser que participe personalmente de manera directa en las hostilidades.

Simití, Bolívar: En este ataque del 30 de junio de 1997, la UC-ELN destruyó la Caja Agraria local, robó su caja fuerte y daño seriamente el ayuntamiento y la plaza central del municipio.84 La Policía informó que los guerrilleros tomaron rehenes a familiares de agentes, les amenazaron de muerte para forzar la entrega de los agentes y utilizaron a los familiares como escudos humanos contra los disparos de los agentes que defendían la estación de Policía. Entre los familiares se encontraban un niño de dos años y dos niñas de cuatro.85 Se informó que los guerrilleros también se sirvieron de la esposa y la hija de un agente para cubrirse durante la huida después del ataque.86 Días después, los guerrilleros regresaron y aparentemente saquearon e incendiaron las oficinas de la fiscalía local.87 Ambos ataques constituyen una violación. El empleo de familiares de combatientes para forzar la entrega o como escudos humanos es una violación aberrante de la prohibición de exponer los civiles al peligro de las operaciones militares. Además, los guerrilleros demostraron una carencia clara de discriminación al elegir losobjetivos militares. Ni el banco, ni el ayuntamiento ni la plaza central podían ser considerados objetivos militares en el momento del ataque. Los guerrilleros también se dedicaron al pillaje, una violación del artículo 4 (2) (g) del Protocolo II. Un mes después, la UC-ELN secuestró a consejeros municipales, un candidato a la alcaldía y el tesorero municipal, y amenazó al alcalde Ubaldo de Jesús López, al que acusaron de mala utilización de los fondos. López huyó de la zona después del ataque de junio, por temor a las represalias de la guerrilla. El ataque tuvo un efecto dramático en el municipio, especialmente en las familias rurales que dependen de sus comercios y del banco para obtener alimentos, provisiones y préstamos. “Simití se acaba, se acabó el comercio, la Caja Agraria no tiene plata por temor a los asaltos,” dijo un residente a los periodistas.88 La UC-ELN se atribuyó el ataque de julio en su boletín informativo.89

Autobús de scouts: El 5 de julio de 1997, cuando regresaban de un congreso de exploradores de ocho días en Medellín, Antioquia, 140 niños scouts con edades comprendidas entre los cinco y los 17 años y tres acompañantes adultos fueron detenidos por la UC-ELN, cerca de Yarumal. Los guerrilleros obligaron a desembarcar a los pasajeros e incendiaron los seis autobuses contratados a la empresa Rápido Ochoa. La mayoría de sus pertenencias, entre ellas ropa, fueron destruidas. Cuando las llamas iluminaron el área, la Policía se aproximó y resonaron los disparos cuando se enfrentaron con la guerrilla.90 La UC-ELN violó la prohibición de atacar vehículos civiles, en este caso autobuses públicos que no tenían ninguna relación con el conflicto armado. Además, los guerrilleros pusieron a los civiles en una situación de sumo peligro al encender un fuego que podrían haber previsto que alertaría a las autoridades y provocaría un ataque por parte de las fuerzas de seguridad.

Minas: Human Rights Watch sigue recibiendo informes frecuentes y coherentes sobre el uso de minas por parte de la UC-ELN en áreas pobladas de Antioquia, Arauca y Santander, entre otros departamentos, lo que pone en peligro a lapoblación civil y provoca bajas entre campesinos y niños.91 La UC-ELN emplea varios tipos de minas, algunas disponibles en el mercado ilegal de armas y otras de construcción propia.92 En un caso especialmente detestable, la UC-ELN detonó una mina el 9 de julio de 1997, en Primero de Mayo, una barriada muy poblada de Barrancabermeja, valiéndose de las casas de la población civil como escudo de seguridad para emboscar una caravana militar. La explosión hizo que el conductor de uno de los camiónes militares perdiera el control y se estrellara contra dos casas poco sólidas, lo que produjo al muerte de una niña de siete años y dos niños heridos.93 No recibimos información sobre bajas militares. Este ataque viola el principio de proporcionalidad, que declara que los combatientes tomarán todas las precauciones para minimizar el daño excesivo a civiles y suspender el ataque si la ventaja militar directa es poca en comparación con el posible riesgo para los civiles. En este caso, el riesgo saltaba a la vista. Los guerrilleros deberían haber concluido que, en las circunstancias vigentes en ese momento, el ataque era demasiado arriesgado dado que se podía pensar razonablemente que la detonación dañaría casas civiles y provocaría que el camión se estrellara.

Mogotes, Santander: El 11 de diciembre de 1997, el alcalde Doriam Rodríguez llamó a la Policía, cuando guerrilleros entraron en las oficinas municipales de Mogotes haciéndose pasar por civiles y actuaron de manera sospechosa. En ese momento, los guerrilleros, que utilizaron, entre otros vehículos, un autobús público, habían rodeado la plaza central. Durante el enfrentamiento consiguiente dentro del ayuntamiento y el edificio que alberga el registro electoral, tres empleados del registro resultaron muertos. También murieron tres agentes de Policía. El ataquedañó seriamente el ayuntamiento, la central telefónica, el registro electoral, la Caja Agraria y la cooperativa de crédito, todos ellos edificios civiles. Durante el combate, los guerrilleros secuestraron al alcalde Rodríguez y lo tomaron como rehén bajo amenaza de muerte durante varios días.94 Ni el ayuntamiento ni el registro electoral podían ser considerados objetivos militares legítimos. Además, Human Rights Watch ha recibido informes reiterados, creíbles y coherentes sobre la quema de vehículos municipales y públicos por parte de la UC-ELN en Barrancabermeja, Santander, un puerto concurrido del río Magdalena. Los autobuses públicos, la maquinaria de construcción de carreteras y los automóviles privados han sido atacados durante los llamados “paros armados” aplicados por retenes y bandas errantes de guerrilleros que atacan a los civiles que según ellos desobedecen la orden de paralizar todo movimiento por carretera.95 Recibimos informes similares sobre Saravena, Arauca, donde los rebeldes queman periódicamente vehículos que viajan durante los paros armados.96 Los vehículos civiles no pueden ser considerados objetivos militares a no ser que estén siendo empleados en operaciones militares. Cuando su uso es exclusivamente civil, están protegidos en virtud del derecho internacional humanitario.


CONTINUACIÓN DE CAPÍTULO V

10 En una entrevista con Radio Caracol el 28 de junio de 1998, el miembro del Comando Central Pablo Beltrán afirmó que la UC-ELN contaba con más de 2.500 militantes armados. Para una historia de la UC-ELN contada desde la perspectiva de dos comandantes, ver Carlos Medina Gallego, ELN: una historia contada a dos voces (Santafé de Bogotá: Rodríguez Quito Editores, 1996). Para estimaciones sobre el número de tropas, ver “La versión alemana,” Semana, 21-28 de enero de 1997.

11 Entrevista de Human Rights Watch con servicio de inteligencia colombiano, Santafé de Bogotá, 2 de diciembre de 1997.

12 Entrevistas de Human Rights Watch en la región del Magdalena Medio, 27 de junio a 1 de julio de 1996.

13 Entrevistas de Human Rights Watch en la región del Magdalena Medio, 27 de junio a 1 de julio de 1996.

14 Alejandro Valencia Villa, Humanización de la Guerra, p. 74.

15 Carta de Manuel Pérez, publicada en la prensa el 15 de julio de 1995.

16 “Nuestra Ética en La Doctrina Militar,” Comando Central del ELN, Manuel Pérez Martínez, Nicolás Rodríguez Bautista, Antonio García, 1996.

17 Entrevista de Human Rights Watch con Francisco Galán y Felipe Torres, prisión Itagüí, Antioquia, 3 de julio de 1996.

18 Carta a Amnistía Internacional de Manuel Pérez Martínez, Nicolás Rodríguez Bautista y Antonio García, 7 de enero de 1995.

19 Entrevista de Human Rights Watch con Francisco Galán y Felipe Torres, prisión Itagüí, Antioquia, 8 de marzo de 1997.

20 “Principales apartes de la carta del ELN,” El Tiempo, 10 de julio de 1997.

21 Entrevistas de Human Rights Watch con Francisco Galán y Felipe Torres, prisión Itagüí, Antioquia, 8 de marzo y 8 de diciembre de 1997.

22 “Declaración pública del comandante Manuel Pérez,” 15 de julio de 1995.

23 Entrevista de Human Rights Watch con trabajador de ayuda humanitaria, Santafé de Bogotá, 25 de junio de 1996.

24 Bibiana Mercado y Orlando León Restrepo, “‘Las Farc infiltraron listas de los partidos tradicionales’,” El Tiempo, 29 de septiembre de 1997.

25 El líder de las ACCU, Carlos Castaño, utiliza el mismo argumento y ha reclamado una versión “criolla” del derecho internacional humanitario—que permita, por ejemplo, la ejecución de prisioneros capturados fuera de combate— si la guerrilla acepta los mismos principios. Entrevista de Human Rights Watch con Carlos Castaño, 9 de julio de 1996; entrevista de Human Rights Watch con Francisco Galán y Felipe Torres, prisión de Itagüí, Antioquia, 3 de julio de 1996; y Bibiana Mercado y Orlando León Restrepo, “‘Las Farc infiltraron listas de los partidos tradicionales’,” El Tiempo, 29 de septiembre de 1997.

26 “Declaración pública del comandante Manuel Pérez,” 15 de julio de 1995.

27 Galán y Torres señalaron que el trato a los combatientes capturados varía según los frentes, lo que demuestra que sería mejor calificar de sugerencia en lugar de reglamento el Código Guerrillero. Entrevista de Human Rights Watch con Francisco Galán y Felipe Torres, prisión de Itagüí, Antioquia, 3 de julio de 1996

28 Entrevistas de Human Rights Watch en Magdalena Medio, 27-30 de junio de 1996; y Banco de Datos, Balance: 1997, p. 4.

29 Entrevista de Human Rights Watch con investigador del gobierno, Arauca, 2 de febrero de 1997; y “ELN pone a temblar a la burocracia,” El Corredor, 21 de diciembre de 1996 al 3 de enero de 1997.

30 Acosta había sido acusado reiteradamente por la UC-ELN de apoyar el aumento de la presencia militar en Arauca. Entrevistas de Human Rights Watch con investigadores del gobierno, Arauca, 2 y 3 de febrero de 1997; y “Herido vicepresidente de la Cámara en Arauca,” El Tiempo, 29 de abril de 1997.

31 Entrevista de Human Rights Watch con Francisco Galán y Felipe Torres, prisión de Itagüí, Medellín, Antioquia, 8 de diciembre de 1997; y “¿Qué es humanizar el conflicto?” Documento II Derechos Humanos, UC-ELN, mayo de 1995, p. 34.

32 Carta a Human Rights Watch de Francisco Santos, País Libre, 3 de julio de 1998.

33 Este escándalo internacional condujo a la detención de la pareja alemana en Medellín en 1996 y su puesta en libertad un año después. Cuando se iba a imprimir este informe, los Mauss estaban colaborando con el gobierno alemán para facilitar lasconversaciones de paz entre la UC-ELN y el gobierno de Colombia. Katy Barnett, “Playing cat and ‘Mauss’,” Latinamerica Press, 16 de enero de 1997; Edgar Torres, “Mauss empezó a romper 52 días de silencio,” El Tiempo, 8 de enero de 1997; y entrevista de Radio Caracol con Pablo Beltrán, miembro del COCE, 30 de junio de 1998.

34 “Colombia rebels say Bonn asked for kidnap case,” Reuters, 14 de diciembre de 1996.

35 José Fernando Hoyos, “Cómo se apoderó Werner Mauss de un secuestro,” El Tiempo, 7 de septiembre de 1997; y “‘Si alguién pagó por el rescate fue Mauss’,” El Tiempo, 8 de septiembre de 1997.

36 Entrevista de Human Rights Watch con Francisco Galán y Felipe Torres, prisión de Itagüí, Medellín, Antioquia, 3 de julio de 1996.

37 “Contra el falso gobierno y la delincuencia unámonos todos,” Frente Ramón Emilio Arcila, sin fecha.

38 Entrevista de Human Rights Watch con Francisco Galán y Felipe Torres, prisión de Itagüí, Medellín, Antioquia, 11 de noviembre de 1995.

39 Entrevista de Human Rights Watch con trabajador de ayuda humanitaria, Barrancabermeja, Santander, 28 de junio de 1996.

40 Entrevista de Human Rights Watch con funcionario municipal de Arauca, Santafé de Bogotá, 31 de enero de 1997.

41 Human Rights Watch ha solicitado varias veces a la UC-ELN los resultados de la investigación interna que dice haber realizado sobre estos asesinatos, pero hasta la fecha no los hemos recibido. La Unidad de Derechos Humanos de la Fiscalía General está investigando el caso y ha dictado órdenes de arresto. Entrevistas de Human Rights Watch con defensores de los derechos humanos, Arauca y Saravena, Arauca, 31 de enero de 1997; “Boletín informativo,” Comisión Intercongregacional de Justicia y Paz, Vol. 8, No. 2, abril-junio de 1995, p. 66; “Hallan muertas a dos niñas secuestradas en Saravena,” El Tiempo, 12 de mayo de 1995; y entrevista de Human Rights Watch con Francisco Galán y Felipe Torres, prisión de Itagüí, Antioquia, 11 de noviembre de 1995.

42 Comunicación electrónica con John O’Reilly, British Petroleum-Colombia, 26 de julio de 1998.

43 III Congreso “Comandante Édgar Amilcar Grimaldos Barón” (Montañas de Colombia: Ediciones Nueva Colombia, junio de 1996), p. 74.

44 Entrevista de Radio Caracol con Pablo Beltrán, miembro del COCE, 30 de junio de 1998.

45 CINEP y Justicia y Paz, Noche y Niebla, No. 6, octubre-diciembre de 1997, p. 85; y “El Eln asesinó a cinco personas en Nariño,” El Tiempo, 15 de octubre de 1997.

46 CCJ, Colombia, Derechos Humanos y Derecho Humanitario: 1996, p. 61; y “Violencia se ensaña contra los políticos,” El Tiempo, 10 de agosto de 1997.

47 Justicia y Paz, Boletín, abril-junio de 1996, p. 10; y “El campanazo,” Semana, 16 de abril de 1996.

48 Justicia y Paz, Boletín, abril-junio de 1996, p. 15.

49 Entrevista de Human Rights Watch con familiares, Arauca, 2 de febrero de 1997.

50 Justicia y Paz, Boletín Informativo, Vol. 9, No. 2, abril-junio de 1996, pp. 10-11; e “Infracciones al Derecho Internacional Humanitario cometidas por los grupos subversivos,” Oficina de Derechos Humanos de la Inspección General de las Fuerzas Militares de Colombia, 1997, p. 29.

51 CINEP y Justicia y Paz, Noche y Niebla, No. 2, octubre-diciembre de 1996, p. 108; e “Infracciones al Derecho Internacional Humanitario cometidas por los grupos subversivos,” Oficina de Derechos Humanos de la Inspección General de las Fuerzas Militares de Colombia, 1997, p. 46.

52 Entrevistas de Human Rights Watch en Ocaña y Hacarí, Norte de Santander, abril de 1995; “ELN asesinó a cuatro policías en Norte de Santander,” El Tiempo, 17 de abril de 1997; y “Estamos desesperados,” La Opinión (Ocaña), 23 de abril de 1997.

53 CINEP y Justicia y Paz, Noche y Niebla, No. 4, abril-junio de 1997, p. 115.

54 Comunicación electrónica con John O’Reilly, British Petroleum-Colombia, 27 de agosto de 1998.

55 Carta a Human Rights Watch de Álvaro Uribe Vélez, Gobernador de Antioquia, 11 de octubre de 1997; y “Hallan muerto a policía secuestrado,” El Tiempo, 25 de agosto de 1997.

56 Editson Chacón, “Se recrudece la violencia política,” El Tiempo, 9 de agosto de 1997; y “ELN se atribuye asesinato de senador Jorge Cristo,” El Tiempo, 19 de agosto de 1997.

57 “Acusados por la fiscalía cinco miembros del Eln,” El Colombiano, 2 de septiembre de 1998.

58 Carta pendiente al sindicato; y CINEP y Justicia y Paz, Noche y Niebla, No. 6, octubre-diciembre de 1997, p. 85.

59 Carta a Human Rights Watch de Volmar Pérez Ortiz, Director Nacional de Atención y Trámite de Quejas, Defensoría del Pueblo, 12 de diciembre de 1997; y “Guerrilla ajustició a dos civiles en Risaralda,” El Colombiano, 22 de octubre de 1997.

60 Correo del Magdalena: Resumen informativo de noticias de Colombia, II Época, No. 26, 16-22 de marzo de 1997.

61 “Guerrilla secuestró a dos observadores de la OEA,” El Tiempo, 25 de agosto de 1997.

62 Correo del Magdalena: Resumen informativo de noticias de Colombia, II Época, No. 55, 19-25 de octubre de 1997.

63 Marisol Gómez, “Libres, delegados de la OEA,” El Tiempo, 2 de noviembre de 1997.

64 Entrevista de Human Rights Watch con Francisco Galán y Felipe Torres, portavoces de la UC-ELN, prisión de Itagüí, Medellín, Antioquia, 8 de diciembre de 1997; entrevista telefónica de Human Rights Watch con Antonio Leyva, Jefe de Estadística, Centro Nacional de Datos del Programa Presidencial para la Defensa de la Libertad Personal, 9 de julio de 1998; y “En carta al Papa, UC-ELN busca justificar secuestro,” El Tiempo, 3 de diciembre de 1997.

65 Ver por ejemplo “Secuestran a candidato a alcaldía en Bolívar,” El Tiempo, 4 de junio de 1997; “Secuestrado alcalde de Yalí,” El Tiempo, 16 de junio de 1997; “Secuestrados cuatro alcaldes en Nariño,” El Tiempo, 6 de agosto de 1997; y “Secuestran a dos candidatos al concejo y a un ex-alcalde,” El Tiempo, 25 de agosto de 1997.

66 Correo del Magdalena: Resumen informativo de noticias de Colombia, II Época, No. 4, 17-23 de agosto de 1997.

67 Correo del Magdalena: Resumen informativo de noticias de Colombia, II Época, No. 45-46, 3-16 de agosto de 1997.

68 Jorge Iván García, “Elecciones huelen a plomo,” El Tiempo, 29 de junio de 1997.

69 “El Laín dice que no hay división del ELN,” El Tiempo, 26 de noviembre de 1997.

70 En 1998, nos informaron de los secuestros de alcaldes en Nariño y Bolívar por parte de la UC-ELN. “Liberado alcalde,” El Tiempo, 4 de enero de 1998; “Eln secuestra a alcalde de San Pablo,” El Espectador, 9 de enero de 1998; y “Confirman desaparición de cinco alcaldes,” El Colombiano, 27 de enero de 1998.

71 Declaración de residentes de Arauca a Human Rights Watch, junio de 1997; y denuncia criminal de la oficina de derechos humanos de la Brigada XVI ante la fiscalía, 6 de mayo de 1996.

72 “La guerrilla lo acribilló por asesinar a su familia,” El Corredor, 3-16 de agosto de 1996; e “Infracciones al Derecho Internacional Humanitario cometidas por los grupos subversivos,” Oficina de Derechos Humanos de la Inspección General de las Fuerzas Militares de Colombia, 1997, p. 32.

73 Entrevista de Human Rights Watch, Santafé de Bogotá, 3 de diciembre de 1998.

74 Oficina de Derechos Humanos de la Policía Nacional, “Informe: Ataques Subversivos,” 1997.

75 Alirio Bustos, “‘Vengan por nosotros, si son tan valientes’,” El Tiempo, 30 de enero de 1997.

76 En septiembre de 1996 y en abril y mayo de 1997, la UC-ELN atacó embarcaciones que navegaban por el río Magdalena. Sin embargo, a diferencia del ataque del Regidor, los siguientes ataques se realizaron desde la orilla del río, y no desde un pueblo, según las informaciones aparecidas en prensa. Todos estos ataques están siendo investigados por la Fiscalía General. Entrevista de Human Rights Watch con el capitán de navío Ángel Conde, Flota Fluvial del Magdalena, Armada Nacional, 27 de junio de 1996; “Oleada guerrillera,” La Prensa, 28 de enero de 1997; y “Resumen de ataques a infantes de marina,” Armada Nacional de Colombia.

77 Entrevistas de Human Rights Watch en Magdalena Medio, 27-30 de junio de 1997.

78 “4 heridos y una menor muerta en acción terrorista,” El Espectador, 19 de marzo de 1997.

79 Correo del Magdalena: Resumen informativo de noticias de Colombia, II Época, No. 31, 20-26 de abril de de 1997; y “Carros bomba serían retaliación por secuestro de parientes de ‘Gabino’,” El Tiempo, 22 de abril de 1997.

80 Carta a Human Rights Watch de Volmar Pérez Ortiz, Director Nacional de Atención y Trámite de Quejas, Defensoría del Pueblo, 12 de diciembre de 1997; y “S.O.S. por la población civil de Barrancabermeja,” CREDHOS, 19 de junio de 1997.

81 “ELN dinamitó otra finca,” El Tiempo, 13 de julio de 1997.

82 “Ataques en 7 departamentos,” El Tiempo, 2 de julio de 1997; y “Muerte y destrucción dejan ataques dinamiteros,” El Colombiano, 2 de julio de 1997.

83 “ELN quemó finca de hermano de Uribe Vélez,” El Colombiano, 8 de julio de 1997; y “Guerrilla destruyó campamento maderero,” El Tiempo, 18 de julio de 1997.

84 Tres agentes de Policía cayeron en el enfrentamiento. “Combatieron solos durante las 11 horas,” El Tiempo, 2 de julio de 1997.

85 Oficina de Derechos Humanos de la Policía Nacional, “Informe: Ataques Subversivos,” 1997, pp. 13-14.

86 CINEP y Justicia y Paz, Noche y Niebla, No. 4, abril-junio de 1997, p. 129.

87 René Sierra, “Sur de Bolívar, secuestrado por el miedo,” El Tiempo, 2 de septiembre de 1997.

88 “ELN secuestró a siete dirigentes en Simití,” El Tiempo, 17 de agosto de 1997.

89 Correo del Magdalena: Resumen informativo de noticias de Colombia, II Época, No. 41, 29 de junio a 5 de julio de 1997.

90 “ELN quemó buses donde viajaban 140 niños scouts,” El Tiempo, 7 de julio de 1997.

91 Entrevistas de Human Rights Watch en el Magdalena Medio, 27-30 de junio de 1997; Entrevistas de Human Rights Watch con defensores de derechos humanos, Arauca y Saravena, 2-3 de febrero de 1997; y “Minas quiebrapatas cobran más víctimas,” El Colombiano, 29 de abril de 1996.

92 La UC-ELN utiliza minas M18A1 (Claymore), sombreros chinos o vietnamitas de construcción propia, y las llamadas minas quiebrapatas o cazabobos, fabricadas generalmente en los campamentos de la UC-ELN. Ninguna de ellas son minas “inteligentes,” lo que significa que nunca se autodestruyen. Entrevista de Human Rights Watch con Francisco Galán y Felipe Torres, prisión de Itagüí, Medellín, Antioquia, 8 de diciembre de 1997.

93 Diego Waldron, “Ataque del ELN aplastó sueños de una niña,” El Tiempo, 10 de julio de 1997.

94 CINEP y Justicia y Paz, Noche y Niebla, No. 6, octubre-diciembre de 1997, p. 153; y Oficina de Derechos Humanos de la Policía Nacional, “Informe: Ataques Subversivos,” 1997, pp. 5-6.

95 Entrevistas de Human Rights Watch, Barrancabermeja, Santander, 27-30 de junio de 1996.

96 Entrevistas de Human Rights Watch con funcionarios del gobierno y residentes, Arauca y Saravena, 2-3 de febrero de 1997, y “ELN armed stoppage paralyzes transportation in Arauca,” Santafé de Bogotá Inravisión, FBIS, Latin America, 11 de enero de 1996.


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